ATRIBUCIONES DEL ALCALDE Y DEL PLENO
|
|
- Esther Quintero Plaza
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 ATRIBUCIONES DEL ALCALDE Y DEL PLENO ATRIBUCIONES DEL ALCALDE (Artículos 21 LRBRL, 24 TRRL y 41 ROF) A) DELEGABLES EN LA COMISION DE GOBIERNO Y EN CONCEJALES?? Representar al Ayuntamiento y presidir todos los actos públicos que se celebren en el término municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento de Protocolo. Suscribir escrituras, documentos y pólizas.?? Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales cuya ejecución o realización hubiese sido acordada, recabando los asesoramientos técnicos necesarios. Dirigir la policía urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad y circulación y de costumbres. Dictar órdenes, circulares e instrucciones de servicio.?? Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.?? Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y efectuar las convocatorias.?? Resolver los concursos para la provisión de los puestos de trabajo (Ley 14/2000, de 29 de diciembre, MFAOS) y nombrar funcionarios de carrera de la Corporación, interinos o personal laboral, a propuesta del tribunal, a los que superen las correspondientes pruebas. Formalizar los contratos de trabajo.?? Nombrar y cesar al personal eventual en los términos previstos en la legislación vigente.?? Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios y apercibir y suspender preventivamente a toda clase de personal.?? Premiar y sancionar a todo el personal de la Corporación, salvo que la sanción consista en la separación del servicio o el despido del personal laboral ( que es indelegable), incluidos los funcionarios de habilitación nacional, siempre que no supongan la destitución del cargo ni la separación definitiva del servicio, que corresponde a la Administración del Estado (art LRBRL).?? La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el personal.?? La asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones, conforme a las normas estatales reguladoras de las retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales.?? Ejercer la jefatura directa de la policía municipal.?? Las contrataciones, concesiones y convenios de toda clase cuando su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los
2 euros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.?? La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.?? Presidir la Mesa de Contratación (Disposición adicional novena. Tres TRLCAP).?? La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los euros.?? La enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los euros, en los siguientes supuestos: La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto. La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el Presupuesto.?? El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de Gobierno.?? Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento, Ordenanzas y Reglamentos municipales.?? Exigir a todos los obligados el exacto y diligente cumplimiento de los servicios o cargas de carácter público.?? Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.?? El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado por el Pleno.?? Autorizar y disponer gastos dentro de los límites de su competencia (art LRHL).?? Concertar operaciones de tesorería cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.?? Reconocer y liquidar obligaciones. Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto y que hubieran sido recibidas por los servicios de intervención (art LRHL).?? Ordenar pagos.?? Formar los proyectos de presupuestos.?? Liquidar el Presupuesto y rendir cuentas. B) NO DELEGABLES?? Dirigir el gobierno y la administración municipal y, en el marco del Reglamento Orgánico, la organización de los servicios administrativos de la Corporación. 2
3 ?? Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno y decidir los empates con voto de calidad.?? Dictar bandos.?? Desempeñar la jefatura superior de todo el personal.?? La separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre.?? Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno (aprobación inicial), así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. Sí es delegable en la Comisión de Gobierno.?? El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.?? La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de la competencia de la Alcaldía.?? Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.?? Concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 % de sus recursos ordinarios. 3
4 ATRIBUCIONES DEL PLENO (Artículos 22 LRBRL, 23 TRRL y 50 ROF). A) DELEGABLES EN ALCALDE Y COMISION DE GOBIERNO?? El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.?? La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento, tanto en materias de competencia plenaria como del Alcalde.?? La concertación de las operaciones de tesorería cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.?? El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria.?? La disposición de gastos en materia de su competencia (art LRHL).?? Las contrataciones, convenios y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los euros, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada en esta letra.?? La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos.?? La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a euros, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos: Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto. Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones de bienes.?? La autorización o denegación de compatibilidad del personal al servicio de la entidad local para un segundo puesto o actividad en el sector público, así como la resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad del citado personal para el ejercicio de actividades de la entidad local, a que se refieren los artículos 9 y 14 de la Ley , de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.?? Conceder medallas, emblemas, condecoraciones u otros distintivos honoríficos y conferir títulos de hijos predilectos o adoptivos o de miembros honorarios de la Corporación. 4
5 B) NO DELEGABLES?? El control y la fiscalización de los órganos de gobierno, incluida la votación sobre la moción de censura al Alcalde y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo.?? Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las Entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas Entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.?? La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.?? La aprobación del Reglamento Orgánico y de las Ordenanzas.?? La determinación de los recursos propios de carácter tributario.?? La aprobación y modificación de los Presupuestos.?? La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto.?? La concertación de Operaciones de crédito para financiar gastos corrientes del artículo LRHL.?? La aprobación de la Cuenta General.?? La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.?? La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.?? El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades locales y demás Administraciones públicas.?? La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo.?? La fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios.?? La determinación del número, características o régimen del personal eventual.?? La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público. 5
6 ?? Enajenación de bienes patrimoniales cuya cuantía supere el 20 por cien de los recursos ordinarios del Presupuesto (art. 114 RBEL).?? Cesión gratuita de bienes patrimoniales a otras Administraciones o instituciones privadas sin ánimo de lucro (art RBEL).?? La regulación del aprovechamiento de los bienes comunales en los términos previstos en la legislación aplicable y la cesión por cualquier título del aprovechamiento de estos bienes (art. 102 RBEL).?? Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. 6
LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL
LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL TEXTO CONSOLIDADO CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN
Más detallesÓRGANOS DE GOBIERNO Y FUNCIONES:
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y FUNCIONES: A) LA ALCALDESA (Mª CARMEN CONTELLES LLOPIS) Ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipal. b) Representar al ayuntamiento.
Más detallesb) Representar al ayuntamiento.
PORTAL DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL VILLANUEVA DEL ARISCAL A.1.7.- Se especifican los diferentes Órganos de Gobierno y sus respectivas funciones. Los diferentes Órganos de Gobierno de nuestro Ayuntamiento
Más detallesCORPORACIÓN ALCALDE
ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO Y SUS FUNCIONES CORPORACIÓN 2015-2019 ALCALDE Sus funciones están establecidas en el artículo 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Más detallesNORMATIVA SOBRE LA ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL ALCALDE
NORMATIVA SOBRE LA ELECCIÓN Y FUNCIONES DEL ALCALDE La figura del Alcalde se regula en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
Más detallesd) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. g) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Corporación.
El Ayuntamiento es el órgano de gobierno y administración del Municipio, con carácter de Corporación de Derecho Público. Son órganos necesarios del Ayuntamiento: 1) El Alcalde. El Alcalde es el Presidente
Más detallesÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
Más detallesÓRGANOS DE GOBIERNO Y FUNCIONES
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y FUNCIONES A) Alcalde: Presidir el Pleno municipal y la Junta de Gobierno Local y Mesas de Contratación. Nombramiento de Tenientes de Alcalde y vocales de la Junta de Gobierno Local.
Más detallesRESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de Écija el día 13 de junio de 2015 para el mandato corporativo 2015/2019 surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones
Más detallesAJUNTAMENT DE NÀQUERA (València)
Órganos de Gobierno y funciones La Alcaldía DAMIÁN IBÁÑEZ NAVARRO El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir el gobierno y la administración municipal.
Más detallesLa referencia debe entenderse hecha al artículo del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Órganos de Gobierno municipal. **Alcalde Presidente: Fernando Zamora Ruiz El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones dispuestas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985,
Más detallesAYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA Secretaría General
AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA Secretaría General FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL. Articulado de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Artículo
Más detallesDña. MARÍA DEL MAR SUÁREZ BELTRÁN, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE ASTURIAS,
Dña. MARÍA DEL MAR SUÁREZ BELTRÁN, SECRETARIA ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE ASTURIAS, CERTIFICA: Que según resulta del borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada por el AYUNTAMIENTO
Más detallesAyuntamiento Yuncler de la Sagra BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 23 DE JUNIO DE 2015
BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 23 DE JUNIO DE 2015 En Yuncler en el Salón de Sesiones de esta Corporación, se reunieron en primera convocatoria,
Más detallesIlustre Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria
SECRETARIA GENERAL Ref: CIAM/PGC Exp: 328/2015 Asunto: Expediente General de la Corporación X Mandato Corporativo Delegación de competencias del Pleno Trámite: Certificado de Pleno Extraordinario 03/07/2015
Más detallesADMINISTRATIVO AYUNTAMIENTO
ADMINISTRATIVO AYUNTAMIENTO TEMA 16.- ORGANIZACIÓN MUNICIPAL: ÓRGANOS DEL AYUNTAMIENTO. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES. DE BENISSA https://teleoposiciones.es 1 ORGANIZACIÓN NORMAS GENERALES El Gobierno y
Más detalles27 de septiembre de 2002 B.O.P. DE CADIZ NUM. 225 Página 11
27 de septiembre de 2002 B.O.P. DE CADIZ NUM. 225 Página 11 ALGECIRAS PROYECTO DE REGLAMENTO ORGANICO TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES: CAPITULO PRIMERO. APLICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO. ARTICULO 1.-
Más detallesORDENANZAS NO FISCALES 2014 I N D I C E
I N D I C E Nº Pág. 1 REGLAMENTO ORGANICO 3 2 ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESION DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICION DEL BONOBUS 40 3 ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA 42 4 ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA
Más detallesESTATUTOS DE LA ESCUELA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
1 ESTATUTOS DE LA ESCUELA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA ÍNDICE ESTATUTOS TÍTULO I: NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO... 2 TÍTULO II: COMPETENCIAS Y ÁMBITO DE ACTUACIONES 3 TÍTULO III: ORGANIZACIÓN
Más detallesSabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfico, circulación
Más detallesCAPÍTULO II. DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y DE CONTROL.
CAPÍTULO II. DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS Y DE CONTROL. ARTÍCULO 22. 1. Las Comisiones Informativas y de Control permanentes, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE
ESTATUTOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DINAMIZACIÓN CIUDADANA (Publicados en BOP 166 de 19-7-2000) Artículo 1º.- Naturaleza jurídica El Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, al amparo de lo establecido
Más detallesREGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE LA EMISORA MUNICIPAL DE RADIO DE LA RODA
REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE LA EMISORA MUNICIPAL DE RADIO DE LA RODA REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE LA EMISORA MUNICIPAL DE LA RODA. CAPÍTULO I. NATURALEZA Y FINALIDADES DEL SERVICIO DE
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfico, circulación
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 24 de julio de 2001
Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y otras medidas para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfico, circulación
Más detalles8932 LEY 11/1999, de 21 de abril, de modificación
14928 Jueves 22 abril 1999 BOE núm. 96 129.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Por tanto, Mando a todos
Más detallesREGLAMENTO O NORMAS DE AUTOORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN DE ACTUACIÓN DEL MUNICIPIO DE CANET D EN BERENGUER.
REGLAMENTO O NORMAS DE AUTOORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN DE ACTUACIÓN DEL MUNICIPIO DE CANET D EN BERENGUER. ARTICULO PRIMERO.- PRINCIPIOS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA. El Ayuntamiento
Más detallesDECRETO DE ALCALDÍA PRESIDENCIA Nº 550/2016 D. CESÁREO DE LA PUEBLA DE MESA ALCALDE-PRESIDENTE
DECRETO DE ALCALDÍA PRESIDENCIA Nº 550/2016 D. CESÁREO DE LA PUEBLA DE MESA ALCALDE-PRESIDENTE En Algete (Madrid) a treinta y uno de octubre de 2016. RESULTANDO que mediante Decreto de Alcaldía 721/2015
Más detallesESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DEL DEPORTE DE COSLADA.
APROBACION INICIAL: PLENO DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1995. PUBLICACION BOCM: 20 DE NOVIEMBRE DE 1995. NUMERO 276. ULTIMO DIA ALEGACIONES: 28 DE DICIEMBRE DE 1996. APROBACION DEFINITIVA: PLENO DE 15 DE ENERO
Más detallesARTICULOS DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL BILBAO EKINTZA REFERENTES A LOS ORGANOS DE GOBIERNO
ARTICULOS DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL BILBAO EKINTZA REFERENTES A LOS ORGANOS DE GOBIERNO Página 1 de 6 Capítulo Tercero. Organización y Funcionamiento Artículo 9. Órganos de gobierno
Más detallesREGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA ÍNDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS TITULO PRELIMINAR (Arts. 1 al 7) REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA ÍNDICE TITULO I. EL ALCALDE CAPITULO I. COMPETENCIAS Y SU EJERCICIO (Arts. 8 al 16)
Más detallesTEMA 1 LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL (I). LA PRESIDENCIA, LOS GRUPOS DE DIPUTADOS Y LOS DIPUTADOS DELEGADOS.
TEMA 1 LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL (I). LA PRESIDENCIA, LOS GRUPOS DE DIPUTADOS Y LOS DIPUTADOS DELEGADOS. 1. Cuál de los siguientes órganos no debe existir de forma obligatoria en todas las Diputaciones
Más detallesEl Área de Asistencia y Modernización Local de la Diputación Provincial (Servicio Cuarto Espacio): Funciones de apoyo integral a los Ayuntamientos
El Área de Asistencia y Modernización Local de la Diputación Provincial (Servicio Cuarto Espacio): Funciones de apoyo integral a los Ayuntamientos José Javier Muñoz Casas Interventor Jefe del Área de Asistencia
Más detallesRESUMEN DEL ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 22 DE OCTUBRE DE 2012
2012000051 RESUMEN DEL ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA URGENTE CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 22 DE OCTUBRE DE 2012 1.-RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA. La Junta de Gobierno Local por unanimidad
Más detallesmunicipales. Los servicios mínimos. TEMA 12- Formas de acción administrativas con especial referencia a la Administración Local.
TEMA 1- La Constitución Española de 1978: Estructura y principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. TEMA 2- La organización territorial del Estado en la Constitución española.
Más detallesDELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS 1. COMPETENCIAS DEL ALCALDE DELEGADAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO Resultando que, después de las elecciones municipales, con fecha 13 de junio de 2015, el Ayuntamiento Pleno eligió
Más detallesSan Pedro del Pinatar
Página 31969 IV. Administración Local San Pedro del Pinatar 13111 Delegaciones, nombramientos y organización municipal. En virtud de lo previsto en el art. 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento
Más detallesTEMA 10 EL MUNICIPIO
TEMA 10 EL MUNICIPIO EL MUNICIPIO. ELEMENTOS. ORGANIZACIÓN. COMPETENCIAS DEL MUNICIPIO DE RÉGIMEN COMÚN. INTRODUCCIÓN Abordamos en este tema el estudio del Municipio que se verá ampliado en temas posteriores
Más detallesESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTONOMO CENTRO MUNICIPAL DE INFORMATICA DE MALAGA (CEMI).
ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTONOMO CENTRO MUNICIPAL DE INFORMATICA DE MALAGA (CEMI). TITULO I.- NATURALEZA Y FINES. Art. 1º.- El Excmo. Ayuntamiento de Málaga crea, al amparo de las previsiones del art.
Más detalles4. LEY 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local
4. LEY 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local TÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1 1. Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces
Más detallesMANCOMUNIDAD MARIOLA
ADMINISTRATIVO TEMA 11.- EL MUNICIPIO Y SUS ELEMENTOS. EL TERRITORIO MUNICIPAL. LA POBLACIÓN. EL EMPADRONAMIENTO. MANCOMUNIDAD MARIOLA https://teleoposiciones.es 1 Abordamos en este tema el estudio del
Más detallesPROGAMA ANEXO A LA CONVOCATORIA
PARTE GENERAL PROGAMA ANEXO A LA CONVOCATORIA TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: Sistemática y estructura; características generales. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Su eficacia,
Más detallesDelegación de competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos
Decretos de Alcaldía Delegación de competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos Marginal: ANM 2015\49 Tipo de Disposición: Decretos de Alcaldía / Delegaciones específicas
Más detallesPRIMER EJERCICIO DE LA FASE DE OPOSICION PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE PLAZAS DE TECNICO ADMINISTRACION GENERAL.
1.- El funcionario del Ayuntamiento de X tiene asignada las retribuciones que se indican, con una jornada semanal de 37 horas 30 minutos en horario de 8 a 15,30 horas: - Sueldo base: 10.000 - Trienios:
Más detallesDecreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)
Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación
Más detallesESTATUTOS DEL PATRONATO DE TURISMO DE TORROX CAPITULO I.- OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES
ESTATUTOS DEL PATRONATO DE TURISMO DE TORROX CAPITULO I.- OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES ARTICULO 1º.- El Patronato Municipal de Turismo de Torrox se constituye como fundación pública de servicios, al
Más detallesFUNCIONES DE UN ALCALDE
FUNCIONES DE UN ALCALDE El alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal. En lo que le corresponde, es atribución
Más detallesAyuntamiento de Orihuela
EXP GESTIONA 15216. ALCALDÍA. PROPUESTA DE DETERMINACIÓN DE RÉGIMEN DE DEDICACIONES EXCLUSIVAS y PARCIALES; RETRIBUCIONES DE PERSONAL EVENTUAL; ASIGNACIONES A GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES E INDEMNIZACIONES
Más detalles1. Corresponden a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades. Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda. Locales. (TRLCSP y LCSP) Normas específicas de contratación en las Entidades Locales (TRLCSP) Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales (LCSP) 1. Corresponden
Más detallesESTATUTOS DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE PALMA DEL RIO CAPITULO I.- CONSTITUCION Y NATURALEZA JURIDICA.-
ESTATUTOS DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE PALMA DEL RIO TITULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES.- CAPITULO I.- CONSTITUCION Y NATURALEZA JURIDICA.- ARTICULO 1.- El Patronato Deportivo Municipal es
Más detallesESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA
1 ESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Los presentes Estatutos tienen por objeto regular la organización y funcionamiento del Patronato Municipal
Más detallesÓRGANOS UNIPERSONALES Y COLEGIADOS DE GOBIERNO MUNICIPAL Y SUS FUNCIONES
ÓRGANOS UNIPERSONALES Y COLEGIADOS DE GOBIERNO MUNICIPAL Y SUS FUNCIONES 1.- ALCALDÍA: D. José Martín Méndez (Partido Popular). El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las atribuciones
Más detallesLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local PREÁMBULO. TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II. EL MUNICIPIO o CAPÍTULO I. TERRITORIO Y POBLACIÓN o CAPÍTULO II. ORGANIZACIÓN
Más detalles1. LOS GASTOS DE INVERSIÓN DENTRO DEL PRESUPUESTO, SE ENCUENTRAN RECOGIDOS EN EL CAPÍTULO:
1. LOS GASTOS DE INVERSIÓN DENTRO DEL PRESUPUESTO, SE ENCUENTRAN RECOGIDOS EN EL CAPÍTULO: a) 7 b) 5 c) 6 d) 3 2. CÚAL ES LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL SE ENTIENDEN PRORROGADO AUTOMÁTICAMENTE EL PRESUPUESTO?
Más detalles13. En un municipio de habitantes, el número de concejales será de: a) 13 b) 21 c) 25 d) 17
1. De acuerdo con el art. 118 de la Ley 30/1992, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: a) El recurso de reposición se interpondrá
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Área de Gobierno de Urbanismo. Servicio de Urbanismo
2758 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 38, lunes 28 de marzo de 2016 El contenido íntegro de las bases por las que se rige la convocatoria de la segunda edición del Certamen Premio
Más detallesLEY 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local 1.
LEY 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local 1. (B.O.E. de 3 de abril de 1985 y corrección de errores de 11 de junio) Artículo 105. TÍTULO VIII Haciendas Locales 1. De conformidad
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID)
El Sr. Alcalde-Presidente, mediante Decretos núms. 1240/2015, 1297/2015 y 2431/2015, de fechas 18 y 23 de junio y 7 de diciembre de 2015, respectivamente, ha delegado las siguientes funciones en los Concejales
Más detallesAUTORIZACIÓN Y COMPROMISO DE NUEVOS GASTOS PLURIANUALES
AUTORIZACIÓN Y COMPROMISO DE NUEVOS GASTOS PLURIANUALES Consulta: Durante la ejecución del presupuesto, es posible que un determinado proyecto de gasto, cuya primera evaluación preveía su completa realización
Más detallesPatronato Deportivo Municipal de Guadalajara
Estatutos del Patronato Deportivo Municipal TITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Los presentes Estatutos tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Patronato Deportivo Municipal.
Más detallesACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 18 DE JUNIO DE 2015 POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE ORGANIZACIÓN ASISTENTES
ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 18 DE JUNIO DE 2015 POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE ORGANIZACIÓN Ilmo. Sr. Alcalde... Sres. Concejales... ASISTENTES D. José Luis Tena Marín D. Bernardo de
Más detallesPROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES Aprobados por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento el 14 de Marzo de 1.996 Modificados por el Pleno del
Más detallesINDICADORES AMBIENTALES
INDICADORES AMBIENTALES 1.- FACTORES ORGANIZATIVOS MUNICIPALES. 1.1.- COMPETENCIAS LOCALES. La Constitución Española no señala atribuciones competenciales expresas a los entes locales. Pese a ello, dos
Más detallesACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES, EL DÍA CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL TRES.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES, EL DÍA CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL TRES. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, siendo las once
Más detallesCAPITULO I.- NATURALZA Y FINES
ESTATUTOS DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RADIO MEDIANTE ORGANIZACIÓN ESPECIALIZADA CAPITULO I.- NATURALZA Y FINES ARTICULO 1º.- El Servicio Municipal de Radio es un servicio público local del Ayuntamiento de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148 Jueves 21 de junio de 2012 Sec. III. Pág. 44350 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8350 Resolución de 14 de junio de 2012, de la Subsecretaría, sobre delegación
Más detallesLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local - Actualizada a
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local - Actualizada a 5-10-2009 - TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. 1. Los Municipios son entidades básicas de la organización
Más detalles(BOCyL nº 225, de 23/11/ Corrección de errores en BOCyL, nº 245, de 23/12/1993) TEXTO
DECRETO 275/1993, DE 18 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ARTICULA LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN. (BOCyL nº 225, de 23/11/ 1993. Corrección de
Más detallesÍNDICE SISTEMÁTICO. BLOQUE PRIMERO Organización, funcionamiento y procedimiento administrativo local
ÍNDICE SISTEMÁTICO BLOQUE PRIMERO Organización, funcionamiento y procedimiento administrativo local Supuesto nº 1. Moción de censura: tramitación y requisitos... 23 Supuesto nº 2. Ordenanzas municipales:
Más detallesAPROBACIÓN DE REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL ÍNDICE DE DOCUMENTOS
APROBACIÓN DE REGLAMENTO ORGANICO MUNICIPAL Expediente n.º /20 ÍNDICE DE DOCUMENTOS DOCUMENTO PÁGINAS 1 PROVIDENCIA DE ALCALDÍA 4 2 INFORME DE SECRETARÍA 5 3 PROVIDENCIA DE ALCALDÍA 8 4 DILIGENCIA 9 5
Más detallesEstatutos. Índice de contenido ESTATUTOS FUNDACION PROVINCIAL DE CULTURA. EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁDIZ
Estatutos ESTATUTOS FUNDACION PROVINCIAL DE CULTURA. EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁDIZ Índice de contenido CAPITULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN...5
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ORDEN EHA/3243/2004, de 5 de octubre, sobre delegación de competencias en materia de recursos humanos (BOE n.º 244 de 9 de octubre). Las modificaciones orgánicas efectuadas
Más detallesÓRGANOS DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SESTAO
ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE SESTAO En el contamos con los siguientes órganos: 1. Alcalde. 2. Tenientes de Alcalde. 3. Pleno 4. Junta de Gobierno. 5. Los Concejales delegados. 6. Las Comisiones
Más detallesACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA 27 DE JUNIO DE 2007.
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA 27 DE JUNIO DE 2007. En Monturque (Córdoba) a las veinte horas y treinta minutos del día veintisiete de junio de dos mil siete,
Más detallesANUNCIO 1. AMBITO DE APLICACIÓN
ANUNCIO Carlos Armas Rodriguez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Agulo, La Gomera, CERTIFICA que mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha tres de abril de dos mil trece, se ha
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77 Viernes 30 de marzo de 2012 Sec. III. Pág. 26834 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 4431 Resolución de 20 de marzo de 2012, del Instituto Nacional de la Seguridad
Más detallesESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I
ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I Naturaleza y Fines: Artículo 1º.- El Patronato Municipal de la Residencia Riosol de la Tercera Edad es un Organismo Autónomo
Más detallesESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO CASA DE LA PROVINCIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO PRIMERO Constitución, denominación, domicilio
ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO CASA DE LA PROVINCIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO PRIMERO Constitución, denominación, domicilio Artículo 1.- Constitución y régimen jurídico. La Diputación
Más detallesLorca. Número 222 Martes, 24 de septiembre de 2013
Página 35899 IV. Administración Local Lorca 13446 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Excelentísimo Ayuntamiento de Lorca para la creación
Más detallesAUXILIAR ADMINISTRATIVO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO TEMA 5. LA ADMINISTRACIÓN LOCAL Y EL MUNICIPIO: CONCEPTO, ELEMENTOS ORGANIZACIÓN Y COMPE - TENCIAS. AYTO. ARROBA DE LOS MONTES 2018 https://teleoposiciones.es 1 Las Entidades que
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107 Viernes 4 de mayo de 2012 Sec. III. Pág. 33853 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5975 Orden PRE/934/2012, de 24 de abril, sobre delegación de competencias en órganos del Ministerio
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SANT VICENT DEL RASPEIG SECRETARIA GENERAL Ayuntamiento Pleno. Sesión Extraordinaria-13 de julio de 2015
3. DAR CUENTA DECRETOS DE LA ALCALDÍA RELATIVOS A: - 1183 CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES DE LA ALCALDÍA. Se da cuenta del decreto de la Alcaldía nº1183/2015, de
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID)
El Sr. Alcalde-Presidente, mediante Decretos núms. 1240/2015, 1297/2015 y 2431/2015, de fechas 18 y 23 de junio y 7 de diciembre de 2015, respectivamente, ha delegado las siguientes funciones en los Concejales
Más detallesEn su virtud, y a propuesta del Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, y previa deliberación y Acuerdo del Consejo de Gobiemo en su sesión del día,
DECRETO nº 5/1995, de 17 de febrero, por el que se regula la estructura y funciones de los Organos de Administración y Gestión del Servicio Murciano de Salud. La Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de
Más detallesESTATUTOS DEL INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ. TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Naturaleza. De conformidad
Más detallesANUNCIO. Doña Carolina Rosario Casanova Román, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santiponce.
ANUNCIO Doña Carolina Rosario Casanova Román, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santiponce. Hace saber: Que por Resoluciones de Alcaldía números 294/2016, 295/2016 y 297/2016, se ha dictado lo siguiente:
Más detallesPROGRAMA CURSO BLOQUE TEMÁTICO 1
ASIGNATURA: DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL Escuela Universitaria de Ciencias Sociales. (Campus de Melilla Universidad de Granada) Diplomatura en Gestión y Administración Pública Departamento: DERECHO ADMINISTRATIVO
Más detallesPerfeccionamiento y formalización. Invalidez de los Contratos. Extinción de los Contratos. Tema 15. Los derechos reales administrativos.
ANEXO II. TEMARIO Tema 1. La constitución española de 1.978: Principios generales. El Procedimiento de reforma de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Tribunal Constitucional.
Más detallesESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DEPORTIVA NAVARRA SUR. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO.
ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DEPORTIVA NAVARRA SUR. CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO. Artículo 1º.- Los Ayuntamientos de: Ablitas, Buñuel, Cortes, Cabanillas, Fitero, Fustiñana, Murchante
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA
Núm. 304 Miércoles 17 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 102179 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 13091 Orden DEF/2362/2014, de 28 de noviembre, sobre delegación de competencias en materia
Más detallesLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. 1. Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado
Más detallesÍNDICE DE TEMAS DE LA GUÍA DE GESTIÓN LOCAL
ÍNDICE DE TEMAS DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL, AUTONÓMICA Y LOCAL I. Legislación estatal, autonómica y local... I - 1 A - Legislación estatal:... I - 1 B - Legislación autonómica... I - 2 ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIAS
Más detallesTÍTULO III Organización institucional del Ayuntamiento
TÍTULO III Organización institucional del Ayuntamiento CAPÍTULO I: Los Órganos de Gobierno Disposiciones generales Artículo 34.- La Organización Municipal se estructura de acuerdo con las siguientes disposiciones:
Más detalles2. Participación ciudadana municipal: herramientas y posibilidades.
1. Índice de contenidos 1. El Ayuntamiento: órganos, competencias y decisiones. 1. La Corporación Local. 1. Alcaldía. 2. Concejales y concejalas. 3. Secretaría, intervención y tesorería. 2. Competencias
Más detallesAYUNTAMIENTO DE GRANADA SECRETARÍA GENERAL (Plaza del Carmen)
.. REGLAMENTO ORGANICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA 2014 (BOP. 185, DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2014) INTRODUCCIÓN La Constitución Española garantiza la autonomía de los Municipios, cuya característica
Más detallesEstatutos del Organismo Autónomo Local, denominado Patronato Municipal de. TÍTULO I. Disposiciones Generales
Estatutos del Organismo Autónomo Local, denominado Patronato Municipal de Escuelas Infantiles de Albacete. TÍTULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. De conformidad con lo establecido en los artículos
Más detallesANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA DE TRANSPARENCIA, BUEN GOBIERNO Y CALIDAD DEMOCRÁTICA DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
a) Sedes físicas, direcciones, horarios, emails y enlaces Web. b) Las funciones que desarrolla c) La normativa que sea de aplicación al Ayuntamiento de Almería d) Delegaciones de competencias vigentes.
Más detallesLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local Artículo 21. Competencias del Alcalde. 1. El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: a) Dirigir
Más detalles