SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSM/DGRM-DS/058/2014
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- Silvia Flores Suárez
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Transcripción
1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación con fundamento en lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículos 12, 82, 83 y demás aplicables del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal; convoca a las personas físicas y morales interesadas, a participar en el Concurso Público Sumario CPSM/DGRM-DS/058/2014, para la contratación de los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video y exposición fotográfica, para el evento denominado Semana Nacional de Protección Civil en el Distrito Federal, al tenor de la siguiente convocatoria/bases: 1. CONSULTA Y OBTENCIÓN DE CONVOCATORIA/BASES: Las personas físicas y morales que deseen participar podrán obtener la presente convocatoria/bases y sus anexos, sin costo alguno, en las oficinas de la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicadas en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal; a partir del 25 de septiembre de 2014 de las 9:00 a las 17:00 horas, con la Licenciada Beatriz Rangel Romero, con número telefónico extensiones 1233 ó 1249; documento que también estará disponible en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la siguiente dirección electrónica: Se hace del conocimiento de los interesados que, la presente convocatoria/bases, será enviada directamente a las personas físicas y morales respecto de las cuales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con alguna referencia de que puedan participar en el presente Concurso Público Sumario. 2. CALENDARIO DE EVENTOS FECHA DE PUBLICACIÓN ENTREGA DE PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA 25 de septiembre de de septiembre de Horario de 9:00 a 17:00 horas. Domicilio: Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS PARTIDA DESCRIPCIÓN 1 Renta de mobiliario e imagen para ceremonia de inauguración 2 Mobiliario, equipo de audio y video 3 Renta de Pabellones 4 Exposición Fotográfica Nota: Las especificaciones técnicas detalladas de los servicios se incluyen en el Anexo 2a Requerimiento Técnico. Al participar en este procedimiento concursal mediante la entrega de propuestas, los participantes se sujetan a las condiciones establecidas en la convocatoria/bases, por lo que, ante cualquier omisión en las propuestas, se entenderá que aceptan y se someten a las condiciones establecidas en la misma. Página 1 de 23
2 4. CONDICIONES PARA LA ENTREGA Y PAGO LUGAR DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS Mobiliario e Imagen para ceremonia de inauguración. Área de murales del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicado en la Calle de José María Pino Suárez No. 2 Col. Centro de la Ciudad de México, C.P , Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. Mobiliario, Equipo de Audio y Video Área de murales del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Pabellón 1 Estacionamiento del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Exposición Fotográfica Vestíbulo Principal del Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. PLAZO DE ENTREGA Montaje: viernes 17 de octubre de 2014 a partir de las 15:00 hrs. Desarrollo del evento: lunes 20 de octubre de 2014 de 9:00 a 11:00 hrs. Desmontaje: lunes 20 de octubre de 2014 a partir de las 15:00 hrs. Montaje: viernes 17 de octubre de 2014 a partir de las 15:00 hrs. Desarrollo del evento: lunes 20 de octubre de 2014 de 9:00 a 11:00 hrs. Desmontaje: lunes 20 de octubre de 2014 a partir de las 15:00 hrs. Montaje: miércoles 22 de octubre de 2014 a partir de las 16:00 hrs. Desarrollo del evento: jueves 23 de octubre de 9:00 a 14:00 hrs. Desmontaje: jueves 23 de octubre, a partir de las 17:00 hrs. Montaje: viernes 17 de octubre de 2014 a partir de las 15:00 hrs. Duración de la exposición: del 20 al 24 de octubre de Desmontaje: viernes 24 de octubre, a partir de las 17:00 hrs. PLAZO Y FORMA DE PAGO El pago se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación correcta del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) correspondiente, en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa notificación por escrito de la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social, de que la prestación de los servicios se realizó a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (En términos de los Artículos 154 y 172 del AGA VI/2008, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción). Transferencia bancaria, de conformidad con los datos que sean proporcionados. Pabellón 2 Cendi-Estancia Infantil de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicada en la Calle de Chimalpopoca No. 112, Col. Centro de la Ciudad de México, C.P , Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. Montaje: miércoles 22 de octubre de 2014 a partir de las 17:00 hrs. Desarrollo del evento: jueves 23 de octubre de 10:00 a 14:00 hrs. Desmontaje: jueves 23 de octubre, a partir de las 17:00 hrs.. 5. REQUISITOS 5.1. La entrega de las propuestas se hará conforme al calendario de eventos establecido en el apartado 2 de la presente convocatoria/bases, de la forma siguiente: Página 2 de 23
3 Directamente en original en la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicada en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal Las propuestas deberán presentarse por escrito en original, en idioma español, en papel membretado de la persona física o moral, dirigidas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin personalizar, sin tachaduras ni enmendaduras, preferentemente foliadas, debiendo estar firmadas por el representante legal Declaración, en original, firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, conforme el formato que consta en el Anexo 1a de esta convocatoria/bases Escrito en el cual manifieste el domicilio en el que recibirá toda clase de notificaciones de los actos derivados del procedimiento, incluyendo los de la adjudicación correspondiente, e incluso, todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse, conforme el Anexo 1b 5.5. Las condiciones establecidas en la presente convocatoria/bases y en las propuestas presentadas, no son negociables y, su incumplimiento, será causa de descalificación, o bien de la rescisión del instrumento contractual Las personas físicas y morales interesadas deberán participar por las partidas completas y estas, no deberán fraccionarse No se aceptarán propuestas alternativas, sólo se aceptará una propuesta por participante La Suprema Corte de Justicia de la Nación se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información presentada por los participantes, en cualquier momento En caso de que los participantes requieran subcontratar algún equipo o servicio, así deberán manifestarlo precisando el tipo de equipo o servicio motivo de la subcontratación. 6. PROPUESTA TÉCNICA (Anexo 2a) La propuesta técnica contendrá: 6.1. Descripción completa, detallada y ordenada de los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica, las cuales deberán incluir el mínimo de requisitos técnicos especificados en el Anexo 2a Requerimiento Técnico Información técnica adicional de los servicios ofertados, conteniendo como mínimo los requisitos solicitados en la presente convocatoria bases, así como los demás aspectos técnicos que, en su conjunto, mejoren, especialicen y actualicen lo solicitado en el Anexo 2a Requerimiento Técnico Manifestación bajo protesta de decir verdad, sobre el cumplimiento de las normas nacionales y, en su caso, internacionales que cumplen los servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones nacionales y, en su caso, internacionales aplicables, Anexo 2b Los participantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con la infraestructura y capacidad necesaria para los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica, conforme el Anexo 2c de la presente convocatoria/bases. 6.5 Plazo de entrega de los servicios, que será en los términos establecidos en la presente convocatoria/bases. 6.6 Los participantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad que tienen conocimiento de los alcances que requiere este Alto Tribunal; así como de los materiales, equipo y personal con el que cuentan para atender los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video y exposición fotográfica a entera satisfacción y en la fecha requerida Página 3 de 23
4 7. PROPUESTA ECONÓMICA (Anexo 3) La propuesta económica contendrá: 7.1 En el formato de cotización Anexo 3 Formato de Propuesta Económica, se asentará, en moneda nacional: el precio unitario, descuentos, Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y precio total, en forma desglosada en cada una de las partidas, señalando el importe total de la propuesta económica con número y letra. 7.2 Incluir detalladamente en su cotización los siguientes conceptos: a) Indicar el plazo de entrega: La especificada en el anexo 2a Requerimiento Técnico. En caso de que el plazo se cumpla en día inhábil, se pasará en automático al siguiente día hábil. b) Forma de pago: deberá ser a crédito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación del Comprobante Fiscal Digital (CFDI) correspondiente, en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa verificación y constancia de que, la prestación de los servicios se realizó a entera satisfacción. No se otorgarán anticipos. c) Vigencia de la propuesta: las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días naturales siguientes a la fecha de entrega de las mismas. Los precios se entenderán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. d) Nombre y firma del representante o apoderado legal. 7.3 No se pagará ningún costo adicional por concepto de flete, seguro o cualquier concepto análogo; por lo que los costos de seguro y flete serán a cargo del prestador de servicios hasta el destino final. 7.4 Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación de los servicios serán pagados por el participante que resulte adjudicado, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Para determinar qué propuestas resultan solventes, los documentos presentados por cada uno de los participantes se someterán a los criterios de evaluación técnica y económica, que se precisan en los numerales 8.1 y 8.2. El resultado de dicha evaluación se plasmará, respectivamente, en los dictámenes resolutivos técnico y económico, en la inteligencia de que estos serán desfavorables cuando no se presente alguno de los documentos solicitados en esta convocatoria/bases. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas en la convocatoria/bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas y agilizar la conducción del procedimiento, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los participantes respecto de dichas condiciones o requisitos, no será motivo para desechar sus propuestas. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismo no afecta la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si la información requerida se proporciona de manera clara; o cualquier otro cuyo propósito no sea determinar, objetivamente, la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas. Página 4 de 23
5 La evaluación se realizará con la documentación presentada, en función de la que fue solicitada. 8.1 EN EL DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO SE VERIFICARÁ LO SIGUIENTE: Se haya presentado completa y debidamente requisitada la totalidad de la documentación solicitada en el apartado 6 y Anexo 2a Requerimiento Técnico Sólo se aceptará una propuesta por la totalidad de las partidas. No se aceptarán propuestas alternativas Se verificará que se señale la cantidad total de los servicios requeridos por los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica, no se considerarán las propuestas que coticen parcialmente los servicios que integran la contratación Para la emisión del dictamen resolutivo técnico se tomarán en cuenta las identificadas como causas de descalificación establecidas en el apartado 10 de la presente convocatoria/bases El participante presente por escrito toda la información y documentos que permitan comprobar que, el servicio ofertado, cumple con las características indicadas en el Anexo 2a Requerimiento Técnico, de esta convocatoria/bases Los participantes manifiesten que tienen conocimiento del tipo de material que este Alto Tribunal entregará para los servicios de Los participantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con los recursos humanos, experiencia, infraestructura y capacidad para atender los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica, conforme el Anexo 2c de la presente convocatoria/bases. 8.2 EL DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO CONTENDRÁ: La evaluación de las propuestas económicas se realizará mediante un análisis de forma comparativa de los precios y condiciones ofertados por los participantes, determinando las mejores condiciones de contratación por los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica En la evaluación de los precios cotizados, con base en la información disponible, las propuestas cuyo costo sea desproporcionado en relación con el presupuesto base u otras referencias con las que cuente la convocante, se dictaminarán como no favorables. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá declinar las propuestas cuyos precios sean superiores en un 20% o más del presupuesto base u otra información disponible Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y, cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del participante. En caso de encontrarse errores numéricos en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcto el precio identificado como precio unitario antes de considerar descuentos e impuestos, por lo que, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, efectuará las correcciones correspondientes y, el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las propuestas económicas. Los participantes aceptarán las correcciones que realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ningún caso podrá modificarse el precio unitario cotizado. 9. PROPIEDAD INTELECTUAL Los participantes se hacen totalmente responsables en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual y, por lo tanto, liberan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier responsabilidad en dicho sentido. 10. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá descalificar a los participantes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: 10.1 Cuando las propuestas no se entreguen en la fecha y hora señaladas Cuando algún participante acuerde con otro, u otros, fijar los precios objeto del presente procedimiento. Página 5 de 23
6 10.3 Cuando el participante esté inhabilitado o impedido por los órganos de la Administración Pública Federal, Poder Legislativo, Poder Judicial de la Federación o por cualquier otra disposición legal, previo a la emisión del fallo Cuando algún participante durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación Cuando el participante no entregue la documentación que se señala en la convocatoria/bases Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos señalados en la convocatoria/bases Cuando el participante proporcione información falsa para participar en el presente procedimiento Cuando exista incongruencia en la información presentada entre la propuesta técnica y la económica y que, conforme los criterios señalados en el apartado 8, en la parte conducente, afecte la solvencia de la propuesta Cuando el participante incluya más de una propuesta ya sea técnica o económica o cotice parcialmente los servicios que integran los servicios de renta de mobiliario, equipo de audio y video, pabellones y exposición fotográfica que participe El incumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria/bases y la contravención a lo dispuesto por el Acuerdo General de Administración VI/2008, por parte de algún participante, será motivo de descalificación, lo cual se hará de su conocimiento en cualquiera de las etapas del procedimiento, debiéndose fundar y motivar la causa para desechar su propuesta. 11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 11.1 Se considerará que una propuesta es solvente cuando obtenga resultado favorable en los dictámenes resolutivos técnico y económico La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en el resultado favorable de los dictámenes resolutivos técnico y económico adjudicará a quien(es) presente(n) la(s) propuesta(s) solvente(s) cuyo precio sea el más bajo para la totalidad de las partidas y, que haya cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en la convocatoria/bases Para adjudicar este procedimiento bastará con sólo una propuesta que resulte viable Si derivado de la evaluación de las propuestas económicas se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará en favor del participante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, depositados en una urna, de la que se extraerá, en primer lugar, el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales propuestas. 12. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DEL CONCURSO SUSPENSIÓN: 12.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el concurso, en cualquier momento, en todo o en parte, cuando existan razones suficientes que lo motiven La notificación de suspensión se publicará en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la resolución correspondiente Una vez analizadas las causas que dieron origen a la suspensión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación instruirá para subsanarlas en caso de ser posible y, efectuado ello, continuará con el procedimiento. CANCELACIÓN: 12.4 La cancelación del presente procedimiento procederá cuando no puedan subsanarse las causas que dieron origen a la suspensión, cuando existan causas debidamente justificadas que extingan la necesidad de realizar la contratación Página 6 de 23
7 respectiva, o bien, cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La cancelación del procedimiento se notificará a todos los participantes por escrito. REPOSICIÓN: 12.5 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta algún vicio lo hará del conocimiento del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, el cual podrá ordenar la reposición cuidando no afectar los principios derivados del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 13. INCONFORMIDADES Los participantes que acrediten interés jurídico podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos previstos en los artículos 189 al 195 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 14. FALLO 14.1 El fallo del procedimiento se hará del conocimiento de los participantes a través de comunicado en la página de Internet de la Suprema Corte y, en el caso del participante al que le haya favorecido el fallo, se le hará saber personalmente mediante oficio de adjudicación para que en un plazo no mayor de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación, formalice el instrumento jurídico respectivo, Anexo Los derechos y obligaciones que el participante adquiera con la firma del contrato respectivo, no podrán cederse en forma total o parcial, gravarse, transferirse o afectar bajo cualquier título en favor de otra persona Podrá declararse desierto el presente Concurso Público Sumario en su totalidad, si no se presentan propuestas, si ninguna obtiene resultado favorable en todos los dictámenes o si los precios propuestos no fueran aceptables de conformidad con la información disponible Al declarar desierto el Concurso Público Sumario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá expedir una diversa convocatoria/bases para un Concurso Público Sumario o bien adjudicar directamente. 15. ENTREGA-RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y DEVOLUCIONES 15.1 La administración técnica de los servicios que deriven de este procedimiento concursal, estará a cargo de la Dirección General de Comunicación y Vinculación Social El participante adjudicado será responsable de los servicios contratados por este Alto Tribunal, hasta que sean recibidos a entera satisfacción en las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el domicilio identificado como lugar de entrega en el apartado 4 de la presente convocatoria/bases, por lo que el riesgo correrá a cargo del participante hasta ese momento, bajo los siguientes términos: I. El tipo de transporte a utilizar será aquel que el prestador de servicios adjudicado considere conveniente y que garantice la entrega oportuna, así como que los bienes sean entregados en óptimo estado, con el empaque necesario para evitar daños durante el traslado y soportar las maniobras a las que estarán sujetos, tales que preserven su calidad y condiciones óptimas durante su transportación, manejo y almacenaje, sin merma de su vida útil. II. El participante adjudicado será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los bienes, desde sus instalaciones hasta el lugar de destino final. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por Página 7 de 23
8 concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros y otros costos adicionales para la Suprema Corte de Justicia de la Nación. III. Para la entrega de los servicios deberá presentarse la información y documentación necesaria para su identificación, así como una copia de la factura o remisión correspondiente. IV. La Suprema Corte de Justicia de la Nación no recibirá los servicios en mal estado por causas imputables al prestador de servicios adjudicado o su transportista, por lo que, la aceptación de los servicios solicitados, será a entera satisfacción de la convocante, de acuerdo con las especificaciones descritas en el Anexo 2a Requerimiento Técnico de esta convocatoria/bases y de conformidad con las propuestas técnicas presentadas por el(los) participante(s). V. Responsabilidad objetiva: El participante que resulte adjudicado, responderá por los daños que se causen a las personas o bienes con motivo de la contratación que derive del presente procedimiento aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar. DEVOLUCIONES 15.3 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá hacer devoluciones de los servicios cuando: I. Se compruebe que no son de la calidad solicitada. II. Presenten defectos de fabricación o deficiencias durante su uso por causas imputables al prestador de servicios. III. Cuando los servicios entregados no cumplan con las características técnicas solicitadas por la convocante. En estos casos el prestador de servicios se obliga a restituir, sin condición alguna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los bienes devueltos objeto del servicio, dentro de los 10 días naturales a la presentación de la reclamación Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiera hacer la devolución de los bienes por causas distintas a las indicadas, estas se efectuarán previo acuerdo por escrito de ambas partes, en cuyo caso se deberá efectuar la devolución de los recursos efectivamente pagados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un plazo que no deberá exceder de 15 días hábiles, mediante depósito o cheque certificado a nombre de la Institución, así como los intereses que se generen por dichas cantidades conforme a la tasa que fije la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente a la firma del presente contrato, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se computarán por días calendario. 16. SANCIONES Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente: 16.1 En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al (los) participante(s) adjudicado(s) una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto total del contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado En caso de incumplimiento en el plazo de entrega pactado en el contrato, se aplicará al (los) participante(s) adjudicado(s), una pena convencional por los atrasos que les sean imputables, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso a la cantidad que importen los bienes no entregados e instalados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total de los bienes no entregados en el plazo establecido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Página 8 de 23
9 16.3 El (los) participante(s) adjudicado(s) responsable(s) del incumplimiento se hará(n) acreedor(es) a las penas convencionales previstas en los numerales que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte al (los) participante(s) adjudicado(s) y de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal. 17. REQUISITOS PARA EL PAGO 17.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, efectuará el pago mediante transferencia electrónica; para lo cual, deberá entregarse la siguiente documentación en original y copia: I. Carta membretada en la que se indiquen sus datos bancarios: a. Cuenta b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE) c. Banco d. Sucursal e. Beneficiario II. III. IV. Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) original a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ P5, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado. Asimismo, se deberán atender las disposiciones fiscales vigentes. Anexar las validaciones del SAT. Enviar los archivos XML a la dirección de correo electrónico brangelr@mail.scjn.gob.mx V. Oficio del Área Técnica de que los servicios se prestaron en los términos contratados. VI. No se realizará el pago de facturas que amparen servicios que no se hayan prestado en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 18. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El instrumento contractual que en su oportunidad se formalice con el participante adjudicado podrá ser objeto de modificaciones o cancelaciones, en los términos previstos en el artículo 143 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 19. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL 19.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el plazo de ejecución del contrato cuando existan causas de interés general, por necesidades del servicio público o en caso de irregularidades en el cumplimiento del objeto del contrato, señalando la interrupción del plazo de ejecución, así como los hechos que motivan la suspensión La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá: Dar por terminado el contrato al cumplirse su objeto o bien de manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general como lo son, entre otras: A. Por nulidad. B. Por rescisión. C. Por sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor. D. Por mutuo consentimiento. Página 9 de 23
10 20. PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN Los adjudicados podrán presentar su solicitud de conciliación cuando se suscite alguna controversia respecto de lo pactado en el instrumento contractual, en los términos previstos en los artículos 196 a 201 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 21. TRIBUNAL COMPETENTE Para la interpretación y cumplimiento del instrumento derivado de este procedimiento de contratación, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en el mismo, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener, en términos de los dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 22. ANEXOS Anexo 1a: Anexo 1b: Anexo 2a: Anexo 2b: Anexo 2c Anexo 2d Anexo 2e Anexo 3: Anexo 4: Formato de Carta Protesta de no impedimentos para contratar. Formato de domicilio legal. Requerimiento Técnico. Cumplimiento de normas nacionales e internacionales. Carta Infraestructura Carta de disponibilidad de las fechas solicitadas Carta conocimiento de alcances y requerimientos técnicos Formato de propuesta económica. Formato de contrato simplificado de servicios. Atentamente Suprema Corte de Justicia de la Nación México, D.F., 25 de septiembre de Irineo Juárez Reyes Dirección de Servicios Página 10 de 23
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