POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
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- María del Rosario Montero Navarrete
- hace 7 años
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1 POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN OBJETIVO De conformidad con las leyes locales anticorrupción¹, así como algunas regulaciones internacionales como la Foreign Corrupt Practices Act o FCPA y obligaciones establecidas por tratados internacionales; y en concordancia con los diez principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas; América Móvil, S.A.B. de C.V. (individualmente o en conjunto con sus subsidiarias, según el contexto, América Móvil, la Empresa, la Compañía o nosotros ) formaliza su compromiso en la lucha contra la corrupción y la ilegalidad a través de esta política. Asegurar que cualquier actividad que se desempeñe en nuestra Compañía o a nombre de ella, esté fundamentada en la ética y valores que nos caracterizan, condenando la corrupción, soborno, fraude o cualquier otro acto ilegal que se pudieran presentar a lo largo de nuestra cadena productiva. Alcance y ámbito de aplicación Esta política es aplicable a cada uno de nuestros empleados, representantes, proveedores, distribuidores, contratistas y demás socios comerciales en cada uno de los países en los que operamos, quienes están obligados a conocer, comprender y poner en práctica los principios aquí contenidos para dar a conocer que América Móvil y todas las personas que trabajan en la Empresa, así como sus grupos de interés, luchan contra la corrupción en su ámbito de influencia En América Móvil entendemos como corrupción cualquier abuso de poder
2 para obtener algún beneficio para la Empresa, personal o un tercero. Los actos de corrupción generalmente se materializan por la acción u omisión a través del soborno que consiste en la acción de ofrecer, prometer, dar, aceptar, solicitar o autorizar directa o indirectamente algún beneficio o cualquier tipo de ventaja para inducir a cualquier tercero a conductas ilegales, faltas de ética o abusos de confianza. Los sobornos pueden tener la forma de obsequios, préstamos, valores, pago de entretenimiento, viajes, vacaciones, pagos de comisiones o recompensas en efectivo o en especie, ofertas de trabajo, servicios personales especiales o cualquier otra cosa de valor, que se proporcione con el ánimo de obtener una ventaja indebida o de presionar moralmente a alguien para que otorgue tal ventaja o influenciar una decisión (como puede ser obtener una tasa de impuestos inferior a lo que establece la ley). Es importante señalar que el acto de corrupción se da aún y cuando no se obtenga el beneficio o ventaja esperada. Por lo tanto, los actos de corrupción para efectos de la política anticorrupción de América Móvil incluyen conductas no éticas como el soborno, la colusión, los pagos de facilitación, el fraude, la extorsión, el enriquecimiento ilícito, el tráfico de influencias, la utilización de información falsa o privilegiada y el lavado de dinero, entre otras; no sólo si éstas involucran a un servidor público, sino también si son cometidas por algún empleado, proveedor, representante, distribuidor, contratista o cualquier otro socio comercial, en perjuicio de la Empresa o algún tercero. Estas acciones están prohibidas y constituyen delitos independientemente de que se encuentren involucrados servidores públicos. Por último, América Móvil prohíbe cualquier intento de ayudar u ocultar actos de corrupción independientemente de si obtienes un beneficio. Asimismo, se entiende comprendido como actos de corrupción y faltas de ética, el fraude ocupacional entendiendo a éste como el uso intencional del puesto de trabajo para el enriquecimiento personal, de un tercero u otra entidad a través del uso indebido de los recursos o activos de la Empresa.
3 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES POR LO ANTERIOR, AMÉRICA MÓVIL PROHÍBE, EN SU NOMBRE O REPRESENTACIÓN: 1. Ofrecer, pagar, prometer, autorizar el pago o recibir, directa o indirectamente, dinero, obsequio o servicio de o a cualquier servidor público o tercero, a fin de obtener alguna ventaja o de influir en una decisión a lo largo de nuestra cadena de valor. 2. Aceptar u ofrecer algún servicio, entretenimiento, dinero, valores, gastos de viaje, alojamiento o comidas cuyo valor sea inapropiado o que no porten el logotipo de la Empresa, de o a un servidor público, proveedor, distribuidor, u otra parte interesada o realizar algún tipo de acto o actividad que se pueda interpretar como un incentivo para influir en una decisión o la obtención de una ventaja. En ciertas relaciones comerciales, la aceptación de comidas y otros tipos de hospitalidad se consideran normales y se estima que no influyen en las decisiones de una persona. Dar o recibir regalos, comidas o entretenimiento puede ser aceptable mientras no haya expectativa de que la persona que recibió el beneficio vaya a corresponder con algo a cambio de esa atención. Estas cortesías deben ser previamente reportadas y autorizadas por tu supervisor jerárquico o a la Dirección Jurídica en caso de que un servidor público esté involucrado; y deben ser razonables según las circunstancias, no excesivas e infrecuentes. Si tenemos la duda sobre aceptar o dar una comida o regalo, debemos preguntar a nuestro supervisor jerárquico o consultar con nuestra Dirección Jurídica. 3. Celebrar contratos con consultores, lobistas, contratistas, agentes o terceros que pudieran representar un riesgo de soborno. No debemos negociar o hacer pagos a terceros si existe algún indicio de que esas personas pueden realizar algún tipo de soborno en nuestra representación. 4. Realizar pagos por concepto de gastos de viaje de servidores públicos o sus familiares. 5. Hacer donativos o realizar pagos a causas o partidos políticos, con recursos de la Empresa o a nombre de América Móvil. Puedes realizar donativos a título personal y de acuerdo con las leyes locales aplicables. 6. La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquier acto de corrupción. TIP Un buen criterio para saber si debes dar o aceptar un regalo o una atención es preguntarte cómo se vería ante los ojos de alguna persona externa a la Empresa o en la primera plana de un periódico.
4 COMPROMISOS CON EL FIN DE COMBATIR LA CORRUPCIÓN, EN AMÉRICA MÓVIL NOS COMPROMETEMOS A: 1. Apegarnos a las leyes y convenciones internacionales sobre el combate de la corrupción, incluida la FCPA (ley anticorrupción de los Estados Unidos de Norteamérica), y a la legislación aplicable de todos los países en los que operamos. 5. Adoptar los controles internos y denunciar, si es necesario, ante las autoridades correspondientes aquellos casos en los que algún empleado o tercero incurra en un acto de corrupción. 2. Cumplir con todas las normas de información financiera aplicables a la Empresa, ya que la falsificación de nuestros libros y registros contables está estrictamente prohibida y constituye un delito. 3. Realizar todas las negociaciones, compras y transacciones financieras con apego a nuestros procedimientos internos y conservar todos los registros de las mismas para ser revisados en caso de auditoría. 4. Asegurarnos de que los pagos que realicemos o que se realicen por nuestra cuenta sean exclusivamente una remuneración por servicios efectivamente prestados a nuestra Compañía. 6. Promover prácticas para luchar contra la corrupción a lo largo de la cadena de valor, capacitar al personal sobre las medidas preventivas y realizar campañas de difusión. Procedimiento de cumplimiento, implementación, denuncia y control Para facilitar el cumplimiento de esta política, en línea con nuestro Código de Ética, ponemos a disposición de nuestros empleados, clientes, proveedores, contratistas, distribuidores y demás socios comerciales el Portal de Denuncia disponible en mediante el cual cualquier denunciante, interno o externo, podrá presentar su denuncia.
5 Mediante este portal se llevará el proceso de recibir, aclarar, investigar, atender, dar seguimiento y resolución a todas las denuncias interpuestas. Los denunciantes podrán dar seguimiento a su denuncia a través de dicho portal único de denuncias. Recuerda que el no reportar un acto de corrupción puede tener consecuencias disciplinares para ti, ya que podrías estar encubriendo un hecho no ético o un delito. Se podrán presentar denuncias anónimas si el denunciante así lo desea. En este caso se recomienda dejar un contacto para el seguimiento de la investigación. Todos nuestros empleados deben cooperar con cualquier investigación interna o externa y mantener la confidencialidad de la misma. Aquellos empleados que realicen alguna declaración falsa o dolosa con respecto a la presunta violación de esta Política Anticorrupción, se harán acreedores a sanciones disciplinarias. América Móvil tomará todas las medidas razonables y justificadas para proteger a los denunciantes y que no se tomará ningún tipo de represalia en tu contra por denunciar. En la medida de lo posible, la Empresa mantendrá la confidencialidad de los denunciantes. Las sanciones por incumplimiento de esta Política podrán ser de tipo administrativo, laboral o incluso penal, dependiendo la gravedad del acto y podrán incluir, de forma enunciativa mas no limitativa, amonestaciones orales o escritas, notas en los expedientes laborales, condicionamiento o terminación de la relación laboral con la Empresa. Todo esto sin perjuicio de las sanciones que puedan tomar directa o indirectamente las autoridades competentes. El Comité de Ética será la última instancia en la determinación de la responsabilidad en caso de incumplimiento de esta política anticorrupción. América Móvil, a través de su Comité de Ética, revisará esta política y tomará las medidas pertinentes para su debido cumplimiento. Ninguna disposición de esta Política se entenderá como obstáculo para que las personas puedan directamente presentar denuncias ante las autoridades competentes. En dichos casos se recomienda dar aviso a nuestra Dirección Jurídica, para que, de ser necesario, coadyuve con las autoridades correspondientes. En caso de dudas contactar a [email protected] ¹ En México: la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y el Código Penal Federal.
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