UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N UCV
|
|
- María Victoria Serrano Castellanos
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 1 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N UCV Trujillo, 08 de julio de 2016 VISTA: La comunicación electrónica que remite la Dra. Cecilia de los Milagros Miranda Jara, Vicerrectora de Bienestar Universitario, enviando el Reglamento de Escala de Pensiones de la Universidad César Vallejo S.A.C., para su aprobación; y CONSIDERANDO: Que la Ley Universitaria n , en su artículo 100, numeral 7 establece que es derecho de los estudiantes, tener en las universidades privadas, la posibilidad de acceder a escalas de pago diferenciadas, previo estudio de la situación económica y del rendimiento académico del alumno; y la Universidad César Vallejo ha iniciado su proceso de adecuación a la Ley Universitaria n , con la finalidad de ajustar su actividad a las exigencias actuales, por lo que ha reformado el Estatuto Social de la Universidad, disponiendo que complementariamente se realicen las modificaciones de las diferentes normas institucionales que sean necesarias; Que el Estatuto, el Reglamento General y los demás reglamentos universitarios son normas institucionales que regulan las relaciones que se establecen entre las unidades académicas y administrativas de la universidad, con la finalidad de encauzar los esfuerzos individuales para alcanzar la visión, misión y objetivos institucionales; por lo que están sujetos a permanente evaluación para mejorarlos y adecuarlos a las exigencias del entorno y los propósitos institucionales; Que, la Dra. Cecilia de los Milagros Miranda Jara, Vicerrectora de Bienestar Universitario de la Universidad César Vallejo S.A.C., en cumplimiento del encargo institucional ha presentado la versión final del Reglamento de Escala de Pensiones de la Universidad César Vallejo que ha sido elaborado con la participación de los miembros de la Consejo de Bienestar Universitario, Funcionarios invitados y tomando en consideración las opiniones de las autoridades académicas y administrativas; quedando xpedito para su aprobación por el Gerente General; Que el Gerente General ha revisado y ha aprobado el Reglamento de Escala de Pensiones de la Universidad César Vallejo S.A.C. de la Universidad César Vallejo S.A.C., encargando a la Vicerrectora de Asuntos Estudiantiles que remita la versión final de la mencionada norma al Directorio para su aprobación; Que el Directorio de la Universidad ha evaluado el reglamento presentado, encontrándolo conforme al Estatuto Social y a los propósitos institucionales, por lo que lo ha aprobado y ha dispuesto su aprobación formal y entrada en vigencia, por lo que debe emitirse la correspondiente resolución; SE RESUELVE: Estando a lo expuesto y de conformidad con las normas y reglamentos institucionales vigentes Art APROBAR el REGLAMENTO DE ESCALA DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO S.A.C., documento técnico normativo presentado por el Vicerrectorado de Bienestar Universitario que consta de cuatro títulos, tres capítulos, catorce artículos, seis disposiciones complementarias y cuatro disposiciones transitorias, y cuyo texto es el siguiente: Resolución de Directorio N Pág. 1 fblucv.peru
2 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO UCV REGLAMENTO DE ESCALA DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO S.A.C. TÍTULO I GENERALIDADES Es política de la Universidad César Vallejo S.A,C. ofrecer diversas escalas de pensiones por sus servicios educativos a los estudiantes ingresantes, de pregrado, posgrado y programas de formación para adultos. TÍTULO II BASE LEGAL Ley Universitaria Ley de Creación de la UCV Decreto Supremo n EF. Estatuto y Reglamentos de la Universidad César Vallejo S.A.C. Convenios o Acuerdos Marco y Específicos de Cooperación Académica, Científica y Cultural Internacional. TÍTULO III DE LAS ESCALAS Y BECAS CAPÍTULO I: DE LAS ESCALAS DE PENSIONES Artículo 1: La Universidad César Vallejo S.A.0 ofrece los servicios estudiantiles en el marco de la calidad educativa y establece las siguientes escalas de pensiones, teniendo como criterio básico la Institución Educativa de procedencia: Escalas para Pregrado: Escala 1: Estudiantes que proceden de Institución Educativa Privada A o Institución Educativa del extranjero sin convenio internacional. Escala 2: 0 a. Estudiantes que proceden de Institución Educativa privada B. b. Egresados de Institutos Particulares. c. Estudiantes que hicieron traslado externo y provienen de universidades privadas. cala 3: a. Estudiantes que proceden de Institución Educativa privada C. b. Estudiantes que proceden de Instituciones Educativas públicas urbanas o Instituciones Educativas parroquiales urbanas. c. Egresados de institutos estatales. d. Estudiantes que hicieron traslado externo y provienen de universidades estatales. Escala 4: a. Estudiantes que proceden de Instituciones Educativas públicas rurales o Instituciones Educativas parroquiales rurales. b. Estudiantes que habiendo culminado su semestre académico obtengan un promedio ponderado de 16 o más. Tel.: (044) Anx Resolución de Directorio N Pág. 2 ucv_peru
3 1 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO c. Docentes a tiempo parcial de la UCV y sus hijos, dicha escala se pierde al finalizar la relación laboral. Escala 5: a. Los estudiantes que concluido el primer semestre en adelante se ubican en el primer y segundo puesto por sede/filial, ciclo y carrera profesional. b. Estudiantes que forman parte de los elencos artísticos y selecciones deportivas de la UCV. c. Trabajadores de la UCV con contrato indeterminado o sujeto a modalidad siempre que la relación laboral tenga por lo menos un año de vigencia, se extiende a cónyuge e hijos; dicha escala se pierde al finalizar la relación laboral. d. Estudiantes que sufren la pérdida del padre, tutor o persona encargada de solventar su educación, en los siguientes casos debidamente comprobados y siempre que al momento de la pérdida se encuentre matriculado en la UCV: 1. Por fallecimiento 2. Inhabilitación física o mental permanente, por causa de enfermedad o accidente que lo incapacite para el trabajo. 3. Por sentencia judicial de internamiento. e. Estudiantes primer puesto por premios de excelencia de las Instituciones Educativas, hasta dos años después de haber concluido la Educación Secundaria. f. Estudiantes graduados del programa de líderes escolares que promueve la UCV, se otorga la escala hasta dos años después de haberse graduado como Líder escolar. g. Alcaldes escolares, se otorga la escala hasta dos años después de haberse culminado sus estudios secundarios Escalas para el Programa de Formación para Adultos Escala 1: Todos los estudiantes que no se acojan a las escalas 2 y 3. Escala 2: Por convenio interinstitucional basado en la reciprocidad de beneficio. Escala 3: Trabajadores de la UCV con contrato indeterminado o sujeto a modalidad siempre la relación laboral que tenga por lo menos un año de vigencia, se extiende a cónyuge e hijos; dicha escala se pierde al finalizar la relación laboral Escalas para Posgrado Las escalas para programas de posgrado serán aplicadas según los tipos de maestrías y doctorados Maestrías Escala 1: Todos los estudiantes que no se acojan a las escalas 2 y 3. Escala 2: Estudiantes provenientes de organizaciones con convenio interinstitucional basado en la reciprocidad de beneficio. Escala 3: Egresados de Bachiller de la UCV o trabajadores de la UCV con contrato indeterminado o sujeto a modalidad siempre que la relación laboral tenga por lo menos un año de vigencia; dicha categoría se pierde al finalizar la relación laboral Doctorado Escala 1: Todos los estudiantes que no se acojan a las escalas 2 y 3. Escala 2: Estudiantes provenientes de organizaciones con convenio interinstitucional basado en reciprocidad de beneficio. Escala 3: Egresados de Maestría de la UCV o Trabajadores de la UCV con contrato indeterminado o sujeto a modalidad siempre que la relación laboral tenga por lo menos un año de vigencia; dicha categoría se pierde al finalizar la relación laboral. fbiucv.peru Resolución de Directorio N Pág. 3
4 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO Artículo 2: Documentos sustentatorios: Adicionalmente a los requisitos solicitados por la Oficina de Admisión, se requiere: 2.1. Para Pregrado y Programa de Formación para Adultos Fotocopia legalizada del certificado de estudios de educación secundaria o del Instituto o Universidad de procedencia, que acredite el cumplimiento satisfactorio de los mismos previo a su inscripción al examen de admisión. 2.1,2. Fotocopia de DNI Boleta de notas (para casos de ponderado mayor a 16) Constancia de Trabajo original y fotocopia simple de la última boleta de remuneración (para casos de convenio por vínculo laboral y trabajadores UCV) Copia certificada de la partida de defunción (para casos de fallecimiento del padre, tutor o apoderado que solventa la educación) Fotocopia del certificado de la Institución Educativa de origen visado por la UGEL, Resolución o Acta de la institución educativa visado por la UGEL que acredite haber obtenido el primer puesto por premio de excelencia (pregrado) Certificado médico con especificación de la inhabilitación física o mental de carácter permanente y que lo incapacita para el trabajo, expedido por la dependencia correspondiente del Ministerio de Salud (para casos de inhabilitación física o mental permanente del padre, tutor o apoderado que solventa la educación) Fotocopia de la Resolución Judicial que acredite la sentencia de internamiento o interdicción (para casos de sentencia judicial del padre, tutor o apoderado que solventa la educación) Constancia de Alcalde Escolar expedido por la Institución Educativa y/o Municipalidad Para Posgrado Fotocopia del grado de Bachiller o Maestría legalizada por el secretario general de la Universidad de procedencia Fotocopia de DNI Constancia de trabajo original, en el caso de trabajadores de la UCV Fotocopia simple de la última boleta de remuneración (para casos de convenio interinstitucional) Constancia de trabajo original y fotocopia simple de la última boleta de remuneración (para casos de convenio por vínculo laboral) Carta de presentación simple de la Institución, para casos de asociados por convenio laboral. Artículo 3. Del Procedimiento 3.1 Las Escalas de pensiones, así como los criterios para clasificar a las Instituciones Educativas son aprobadas mediante Resolución de Directorio a recomendación de Gerencia General. 3.2 Los estudiantes acceden a la Escala de Pensiones previa evaluación de las oficinas de Servicio Social. Resolución de Directorio N Pág. 4 fb/ucv.peru
5 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO 3.3 Los ingresantes de pregrado y posgrado presentarán a la oficina de admisión los requisitos que se exige para la ubicación en la Escala correspondiente. 3.4 Para mantener la escala 4, a excepción de los estudiantes que proceden de Instituciones Educativas públicas rurales y parroquiales rurales, así como los trabajadores tiempo parcial de la UCV e hijos, deben realizar una matrícula regular y mantener el promedio ponderado de 16 a más. El estudiante que pierda su escala por rendimiento académico pasa a la escala de pensión que tenía al haber ingresado, con opción de recuperarla una vez que cumpla con los requisitos establecidos para acceder a escala perdida y previa solicitud y aprobación de lo peticionado. 3.5 Para mantener la escala 5: Los estudiantes que obtuvieron la escala 5 por ubicarse en el primer o segundo puesto por sede/filial, ciclo y carrera profesional, deben mantener su puesto en el cuadro de mérito. El estudiante que pierda su ubicación de puesto en el cuadro de mérito pasará a la escala de pensión inicial y la recuperará si en el próximo semestre obtiene la condición por la que obtuvo la escala Los estudiantes integrantes de los elencos artísticos y selecciones deportivas mantendrán su escala siempre que aprueben todas las asignaturas en que se matricularon en el semestre, y participen activamente en sus respectivos equipos de acuerdo a su reglamento interno Los trabajadores de la UCV, cónyuges e hijos, deben realizar una matrícula regular y obtener el promedio ponderado no menor a 14. El estudiante que pierde su escala pasa a la subsiguiente y la recuperará progresivamente si en el próximo semestre académico cumple con el promedio ponderado exigido Los estudiantes que obtuvieron la escala 5 por pérdida del padre, tutor o apoderado encargado de solventar su educación, ya sea por fallecimiento, inhabilitación física o mental permanente, por causa de enfermedad o accidente que lo incapacite para el trabajo, o sentencia judicial de internamiento; perderán esta escala al siguiente semestre si desaprueban más del 50% de las asignaturas matriculadas, y podrán recuperarla si en el siguiente semestre aprueban la totalidad de las asignaturas en las que se ha matriculado. 6 El estudiante de pregrado que pierde su escala pasa a la subsiguiente y la recuperará progresivamente si cumple con las condiciones de promedio ponderado semestral mínimo requerido. Para mantener la escala 2 y 3 del Programa de Formación para Adultos, los estudiantes deben realizar una matrícula regular y aprobar todas las asignaturas en las que se registró, con un promedio ponderado semestral no menor a 14. El estudiante que pierda su escala por rendimiento académico pasa a la escala 1, con opción de recuperarla una vez cumpla con los requisitos establecidos para acceder a la escala perdida y previa solicitud y aprobación de lo peticionado. 3.8 En Posgrado, para los casos de convenio interinstitucional y colaboradores egresados de la UCV, la Dirección General emitirá la Resolución correspondiente. CAPÍTULO II: DE LAS BECAS PARCIALES Artículo 4: La Universidad César Vallejo otorga becas parciales que cubran los derechos de enseñanza que se otorgan al amparo de un programa de reinversión, únicamente pueden ser otorgadas a campi9s.s~teos con bajos recursos económicos, y que tengan alto rendimiento académico o dejmió,peirá Resolución de Directorio N Pág. 5
6 ~PEF v III UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO acuerdo a evaluación, siempre que el estudiante cumpla con los requisitos que se establecen a continuación: 4.1. INGRESANTE: Tener de promedio general mínimo en los últimos tres (3) años de estudios del nivel secundario o haber sido uno de los tres primeros puestos del orden de mérito de su institución educativa en el último año de educación secundaria o pertenecer, al menos, al programa de Apoyo al Deportista-PAD I del Instituto Peruano del Deporte; Haber terminado la educación secundaria dentro de los tres (3) años anteriores al inicio de clases en la universidad; y Tener un ingreso per cápita mensual del núcleo familiar durante el último año no mayor a dos veces el valor de la línea de pobreza monetaria vigente al momento del otorgamiento de la beca. 4.2 ESTUDIANTE DE PREGRADO Haber obtenido promedio aprobatorio en el periodo lectivo anterior Ubicarse en el tercio superior de rendimiento académico en el periodo lectivo anterior o pertenecer, al menos, al Programa de Apoyo al Deportista I del instituto peruano del Deporte; Tener un ingreso per cápita mensual del núcleo familiar durante el último año no mayor a dos veces el valor de la línea de pobreza monetaria vigente al momento del otorgamiento de la beca. 4.3 ESTUDIANTE DEL PROGRAMA DEPORTIVO DE ALTA COMPETENCIA Integrantes de las selecciones que conforman el programa deportivo de alta competencia (PRODAC). 4.4 ESTUDIANTE DE POSGRADO Contar con grado de bachiller o maestro según corresponda Ubicarse en el tercio superior del rendimiento académico de una universidad pública o privada durante sus estudios de pregrado para la maestría, de posgrado para el doctorado o pertenecer, al menos, al Programa de Apoyo al Deportista I del Instituto Peruano del Deporte Tener un ingreso per cápita mensual del núcleo familiar durante el último año no mayor a dos veces el valor de la línea de pobreza monetaria vigente al momento del otorgamiento de la beca. Artículo 5. Documentos Sustentatorios: Para Ingresantes a. Fotocopia del certificado de la Institución Educativa de origen visado por la UGEL, Constancia de la institución educativa visada por la UGEL que acredite haber obtenido 15 de promedio ponderado durante los tres últimos años de Educación Secundaria, o constancia de la Institución Educativa que acredite haber ocupado alguno de los tres primeros puestos en el último año de Educación Secundaria; o una carta de presentación actualizada de pertenecer al Programa de Apoyo al Deportista del Instituto Peruano del Deporte. b. Recibo de luz y/o agua. c. Ficha de datos económicos, acta de constatación de vivienda y todos los documentos que sustenten lo declarado. d. Solicitud de Beca. e. Otros que solicite la oficina de Servicio Social. Resolución de Directorio N Pág. 6 ucv_peru
7 V 1 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO Estudiantes del Programa Deportivo de Alta Competencia- PRODAC: a. Resolución emitida por la Dirección de Bienestar Universitario de pertenecer al PRODAC. Estudiantes Posgrado a. Grado de Bachiller o Maestro visado por el Secretario General de la Universidad de origen. b. Fotocopia de Inscripción del registro de grados y títulos de SUNEDU. c. Boleta de pago, o reporte de pago de impuestos de la SUNAT o declaración jurada de ingresos debidamente legalizada del titular y cónyuge o declaración jurada de la SUNAT. d. Recibo de luz y/o agua. e. Ficha de datos socioeconómica y acta de constatación de vivienda, firmada por el especialista de Servicio Social. f. Solicitud de Beca. Artículo 6: Procedimiento 6.1 Para acceder a una Beca, el estudiante debe presentar la solicitud dirigida a la Dirección de Bienestar Universitario acompañando los documentos que sustenten su pretensión, antes del inicio del semestre académico. 6.2 Previa evaluación de la Oficina de Servicio Social se emitirá la Resolución respectiva por parte de la Dirección de Bienestar Universitario. 6.3 La Beca se otorga por única vez, en caso de pérdida no habrá lugar a recuperación y el estudiante pasará a pago por escala de pensiones según colegio de procedencia. Artículo 7: Vigencia 7.1 El presente Reglamento aplica para los estudiantes ingresantes a partir del semestre 2016-II. Para los estudiantes registrados en semestres anteriores al señalado, les corresponde el cuadro de escalas consignadas en la primera disposición transitoria del presente reglamento. TÍTULO IV DEL CUADRO DE MÉRITOS DE PREGRADO Artículo 8: La Dirección de Registros Académicos es la unidad encargada de elaborar: El Cuadro General de Méritos El Cuadro de Méritos Semestral. rtículo 9: En la elaboración del Cuadro General de Méritos se consideran los calificativos que el studiante obtiene en las asignaturas aprobadas y desaprobadas tanto de carácter obligatorio como electivo. El cuadro de mérito será elaborado por filial, sede y ciclo académico. Artículo 10: El Cuadro General de Méritos permite otorgar constancias de orden de mérito, tercio y quinto superior, teniendo en cuenta el Promedio Ponderado Acumulado. Artículo 11: El Cuadro de Méritos Semestral se determina con el Promedio Ponderado del semestre, obtenido de la aprobación de todas las asignaturas en las que se registró el estudiante y de acuerdo a las siguientes reglas: fb/ucv.peru u cv.ed u. pe Resolución de Directorio N Pág. 7
8 S UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO a) Los Estudiantes ubicados académicamente en el primer ciclo deberán haber registrado matrícula en todas las asignaturas que pertenecen al primer ciclo de su plan de estudios. b) Para los Estudiantes ubicados académicamente en los ciclos restantes, con planes de estudios que no contienen asignaturas de carácter electivo, deberán haber registrado matrícula en un mínimo de 18 créditos. c) Para los Estudiantes ubicados académicamente en los ciclos restantes, con planes de estudios que, si contienen asignaturas de carácter electivo, deberán haber registrado matrícula en un mínimo de 18 créditos, de los cuales 8 créditos como mínimo deberán ser de asignaturas de carácter obligatorio. Artículo 12: El Cuadro de Méritos toma en cuenta la ubicación académica de los estudiantes por cada ciclo de estudios, la misma que se determina según el número de créditos acumulados, de todas las asignaturas que hubiese aprobado, en el rango siguiente: CREDITAJE I 1 >= C <= 22 II 23 >= C <= 44 III 45 >= C <= 66 IV 67 >= C <= 88 V 89 >= C <= 110 VI 111 >= C <= 132 VII 133 >= C <= 154 VIII 155 >= C <= 176 IX 177 >= C <= 198 X 199 >= C <= 220 XI 221 >= C <= 242 XII 243 >= C <= 264 XIII 265 >= C <= 286 XIV 287 >= C <= 308 Artículo 13: Al finalizar cada semestre, la Dirección de Registros Académicos, seleccionará del Cuadro de Méritos semestral a los siguientes Estudiantes: a) Estudiantes de cada escuela y ciclo entre los que han obtenido puntajes iguales o mayor,q1 a 13.5 ro/ucv.peru CAMPUS TRIPPPI1 el y de 14 a partir del 2016-II: Resolución de Directorio N Pág. 8
9 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO ) A los estudiantes que han ocupado el primer y segundo puesto de mérito en su ciclo y escuela. A fin de que la Dirección de Bienestar Universitario les asigne la escala correspondiente. Artículol4: En los casos de Estudiantes que obtienen el mismo puntaje, para determinar el orden de precedencia se tendrá en cuenta: a) Para estudiantes del primer ciclo: el puntaje obtenido en el examen de admisión. b) Para Estudiantes de los ciclos restantes: el promedio ponderado del semestre anterior. c) En ambos casos, de subsistir el empate, se otorgará a los estudiantes la misma escala. CAPÍTULO III: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Disposición Complementaria 1: Si al momento de suspender su relación académica con la universidad, un estudiante se encontraba en una escala de pensiones determinada, podrá mantenerla al momento de reanudar sus estudios, siempre y cuando cumpla con las disposiciones establecidas en el presente reglamento y no tenga obligaciones económicas pendientes. Disposición Complementaria 2: Los alumnos que realizan traslado interno, cambio de sede/filial o traslado externo serán evaluados y se les asignará la escala correspondiente en la Escuela y Sede/filial de destino. Disposición Complementaria 3: Las escalas de pensiones que la UCV otorga por convenios interinstitucionales serán determinadas en las cláusulas específicas y serán renovadas de forma semestral de acuerdo a las condiciones señaladas en el presente reglamento. Disposición Complementaria 4: Los casos no previstos en el presente reglamento serán resueltos por la Dirección de Bienestar Universitario de sede/filial, en coordinación con Dirección General de sede/ filial. Disposición Complementaria 5: Los estudiantes que viajen a una Universidad del extranjero, dentro de los Programas de Movilidad Académica Estudiantil, Intercambio Estudiantil y Becas, en base a Convenios Internacionales suscritos por la UCV, solo pagarán la tasa administrativa de matrícula, exonerándoseles mediante Resolución Rectoral el pago de las pensiones educativas y de cualquier tasa administrativa, durante el tiempo que dure su permanencia en el extranjero. Disposición Complementaria 6: Los estudiantes que vienen de una Universidad del extranjero, dentro de los Programas de Movilidad Académica Estudiantil, Intercambio Estudiantil y Becas, en base a Convenios Internacionales suscritos por la UCV, no pagarán ninguna tasa administrativa, ni derecho académico alguno, según lo establecido en dichos Convenios, de acuerdo al principio de reciprocidad establecido, requiriéndose la Resolución Rectoral correspondiente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Disposición Transitoria 1: Para Los estudiantes matriculados hasta el semestre académico se aplicará las siguientes escalas, las mismas que son equivalentes a las escalas aplicadas en el reglamento aprobado por resolución de directorio n Resolución de Directorio N Pág. 9 fb/ucv.peru
10 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO Escala equivalente al reglamento aprobado por resolución de ESCALA VIGENTE directorio n Escala 6a Art.3.Inciso 3.1 Art.8 Inciso 8.1 Escala 5a Art.3.lnciso 3.2 Art.8 Inciso 8.2 Escala 4a Art.3 Inciso 3.3 Art.8 Inciso 8.3 Escala 3a Art.3.lnciso 3.4 Art.8 Inciso 8.4 Pensión Normal Disposición Transitoria 2: Los estudiantes a los que hace referencia el artículo precedente, que no registraron matrícula al momento de la emisión de la presente norma, a su retomo se adecuarán a las escalas contempladas en el presente reglamento. Disposición Transitoria 3: Para los estudiantes matriculados hasta el semestre y que gozaron de la escala 6 (pensión 0), esta se mantendrá hasta la culminación de sus estudios siempre y cuando cumpla con el requisito de promedio ponderado semestral mínimo de 16 a partir del semestre 2016-II. Disposición Transitoria 4: El estudiante matriculado hasta el semestre que pierde su escala pasa a la escala subsiguiente superior y la recuperará progresivamente si cumple con las condiciones de promedio ponderado semestral mínimo requerido. Art DISPONER que la norma institucional aprobada en el artículo precedente entrará en vigencia a partir del Semestre Académico 2016-II. Art DISPONER que todas las unidades académicas y administrativas de la Universidad, brinden las facilidades del caso para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. UCV.110VERS,DAD ZÉSAR VAlLEJO P E f r. CÉS ACUÑA PERALTA Presidente DISTRIBUCIÓN: Rector Presidenta Ejecutiva V. V.B.U. V.C. Gerente General Dir. Admisión Directores generales, académicos y de bienestar universitario de las filiales UCV Decanos Dir. de Finanzas del alumno Dir. de Marketing Dir. de Imagen Dir. De Planificación Asesor legal D.T.I. Oficina de Cooperación Internacional Oficinas de Admisión Archivo. CAP/vsch: ss fbiucv.peru Resolución de Directorio N Pág. 10
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N UCV
Trujillo, 25 de agosto de 2017 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N 0092-20171 UCV VISTA: La comunicación electrónica que remite la Dra. Sophía Verónika Calderón Rojas, Vicerrectora de Bienestar Universitario, enviando
APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS
www.uss.edu.pe VERSIÓN 02 APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N 016-2016/PD-USS Página 1 de 11 ÍNDICE TÍTULO I... 3 GENERALIDADES... 3 TÍTULO II... 3 BASE LEGAL... 3 TÍTULO III... 4 DE LAS
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN Julio 2013 ÍNDICE TÍTULO I GENERALIDADES 3 TÍTULO II INGRESO A ESTUDIOS GENERALES 5 TÍTULO III INGRESO A ESTUDIOS DE CARRERA 7 TÍTULO IV INGRESO A ESTUDIOS DE
REGLAMENTO DE BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS Y ESTÍMULOS ACADÉMICOS PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO 1 INDICE TÍTULO: I... 3 GENERALIDADES.. 3 BASE LEGAL.. 4 TÍTULO: II... 4 PENSIONES Y FECHAS DE PAGO... 4
REGLAMENTO DE BECAS DE PREGRADO
Página 1 de 19 REGLAMENTO DE BECAS DE PREGRADO Página 2 de 19 ÍNDICE Título I: DISPOSICIONES GENERALES. Capítulo I: Generalidades. Capítulo II: De la Comisión de becas y áreas de apoyo. Capítulo III: Requisitos
REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS Y DESCUENTOS
REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS Y DESCUENTOS ÍNDICE PRESENTACIÓN... 2 SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES... 3 SECCIÓN II: BECA SOCIOECONÓMICA... 3 CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS... 3 CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO... 4
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. CAPÍTULO I CATEGORIZACIÓN
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO S.A.C. CAPÍTULO I CATEGORIZACIÓN Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4 Artículo 5 La categorización
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DEL CICLO ACADÉMICO 2017-I
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DEL CICLO ACADÉMICO 2017-I INDICE TITULO I: CONSIDERACIONES GENERALES Y BASE LEGAL DEL REGLAMENTO... 3 1. GENERALIDADES... 3 2. BASE
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN Y BECAS
3 Página 0 de REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN Y BECAS ESTADO DE LAS REVISIONES Índice de revisión Naturaleza de la revisión Fecha de entrada en vigencia 3 02/0/205 Nombres Apellidos Fecha Firma y sello Elaborado
V.1.0 DIRECTIVA DE ORDEN DE MÉRITO ACADÉMICO. Preparando el Camino. Versión 1.0. Documento de Aprobación
Nº Página Página 1 de 8 DIRECTIVA DE ORDEN DE MÉRITO V.1.0 Preparando el Camino Nº Página Página 2 de 8 DIRECTIVA DE ORDEN DE MÉRITO INDICE FINALIDAD.... 3 ALCANCE....3 BASE LEGAL..3 OBJETIVOS...4 DEL
Reglamento de Becas de Pregrado
Reglamento de Becas de Pregrado Aprobado por Resolución Rectoral N 185 del 26 de julio de 2018 1 INTRODUCCIÓN El presente Reglamento de Becas (el Reglamento) tiene por finalidad establecer de forma transparente
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I. CATEGORIZACIÓN Art. 1 Art. 2 Art. 3 La categorización es un proceso por el cual un alumno
Reglamento de Becas, Premios a la Excelencia y Descuentos
Reglamento de Becas, Premios a la Excelencia y Descuentos ÍNDICE PRESENTACIÓN... 2 SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES... 3 SECCIÓN II: BECA SOCIOECONÓMICA... 4 CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS... 4 CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO...
REGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES
UNIVERSIDAD PRIVADA SISE Resolución 408-2012-CONAFU REGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES LIMA - PERÚ Finalidad Art. 1 CAPITULO I Generalidades El presente reglamento tiene como finalidad regular los
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES (APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº CU/UDL) 29 DE MAYO DE 2017
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES (APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 049-2017- CU/UDL) 29 DE MAYO DE 2017 REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N / UCV
Trujillo, 08 de julio de 2016 RESLUCIÓN DE DIRECTRI N 021.2016 / UCV VISTA: la comunicación que remite la Dra. Cecilia de los Milagros Miranda Jara, Vicerrectora de Bienestar Universitario, solicitando
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP SAC GENERALIDADES
REGLAMENTO DE ADMISIÓN A LA UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP SAC GENERALIDADES ARTÍCULO 1 El presente Reglamento tienen por finalidad establecer las normas y procedimientos generales para la admisión a la Universidad
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN 2017 ÍNDICE TÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES 3 Capítulo I Generalidades 3 Capítulo II Deberes del postulante 4 TÍTULO II DEL INGRESO A ESTUDIOS GENERALES 5 TÍTULO
REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN Julio - 2016 RESOLUCIÓN RECTORAL N 3359-2016-R- UPAO REGLAMENTO DE ADMISIÓN VERSIÓN: 1.1 Fecha de Cambio: 08/07/2016 UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR
Bienestar Nuestro compromiso
REGLAMENTO PARA EL USO DE LA BOLSA DE TRABAJO Bienestar Nuestro compromiso REGLAMENTO PARA EL USO DE LA BOLSA DE TRABAJO CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1 Artículo 2 La Universidad Nacional de Ucayali
REGLAMENTO DE BECAS ESCUELA SUPERIOR TÉCNICA SENCICO GERENCIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL
REGLAMENTO DE BECAS ESCUELA SUPERIOR TÉCNICA SENCICO MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENCICO MEDIANTE ACUERDO Nº 928 DEL 30.01.2007 Lima, febrero del 2009 GERENCIA
REGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES
UNIVERSIDAD PRIVADA SISE Resolución 408-2012-CONAFU REGLAMENTO DE BECAS Y RECATEGORIZACIONES LIMA - PERÚ Finalidad Art. 1 CAPITULO I Generalidades El presente reglamento tiene como finalidad regular los
LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS A ALUMNOS DE UPC
1 de 11 1. OBJETIVO Define los beneficios internos (académicos, socioeconómicos, RRHH) que UPC ofrece a sus postulantes y alumnos de las 3 unidades de - Pregrado, EPE Pregrado y Escuela de Postgrado. 2.
REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1 El presente Reglamento norma la admisión y permanencia de los estudiantes de la Universidad
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS DE BECAS Y CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS SUPERIORES DEL CENFOTUR
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS DE BECAS Y CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS SUPERIORES DEL CENFOTUR I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El Centro de Formación en Turismo
UNAMAD UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS
DE MADRE DE DIOS DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE ASUNTOS ACADÉMICOS OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS DIRECTIVA PARA OBTENER EL PROMEDIO PONDERADO, EL QUINTO Y TERCIO SUPERIOR DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N 0102A UCV
UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO Trujillo, 21 de octubre de 2017 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N 0102A-20171 UCV VISTA: la comunicación que remite la Dra. Karina Flor Cárdenas Ruiz, Gerente General de la Universidad
TASAS EDUCATIVAS. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS: *PREGRADO, *POSTGRADO, *2das. ESPECIALIDADES Gratuito.
TASAS EDUCATIVAS SUBPROCESO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS: *PREGRADO, *POSTGRADO, *2das. ESPECIALIDADES 1 Presentar solicitud según formato
REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS
UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS (ESCUELA DE POSGRADO) Aprobado por Resolución Vicerrectoral N 006-2016-UPA Lima, octubre 2016
RESOLUCIÓN N DIRECTORIO UPAGU
UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO RESOLUCIÓN N 113 2007 DIRECTORIO UPAGU Cajamarca, 14 de noviembre de 2007. Visto: - El Oficio Nº 126-2007-VAC-UPAGU, mediante el cual el Vicerrector Académico,
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO ESCUELA DE POSGRADO REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE POSGRADO (Aprobado por Resolución N 1469-2016-EPG del 31/12/16) (Ratificada por Resolución N 457-2017-R del
UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI VICERRECTORADO ACADÉMICO OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art.1º.-El presente Reglamento establece el beneficio de becas estudiantiles que otorga la Universidad José Carlos Mariátegui a sus estudiantes
REGLAMENTO DE GRADUACIÓN
REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación
REQUISITOS PARA POSTULAR AL PROCESO DE ADMISIÓN
REQUISITOS PARA POSTULAR AL PROCESO DE ADMISIÓN REQUISITOS b) Certificados de estudios originales, actualizados, del 1º al 5 grado de educación Para los que están cursando 5 grado de educación secundaria
UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II ESTRUCTURA DE TARIFAS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS 2. DERECHOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II ESTRUCTURA DE TARIFAS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS. ESTRUCTURA DE PENSIONES Nª FACULTAD CARRERA PROFESIONAL MATRICULA S/. PENSION S/. CATEGORIA A CATEGORIA B CATEGORIA C
REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS VERSIÓN 002 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, con Resolución Nº 0114-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 08 de Febrero del 2017
SECCIÓN DE POSGRADO CALENDARIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICO ADMINISTRATIVO I
MAESTRIA EN ENSEÑANZA DEL DERECHO SECCIÓN DE POSGRADO CALENDARIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICO ADMINISTRATIVO 2014 - I ACTIVIDADES ACADÉMICO ADMINISTRATIVAS Proceso de Admisión: Informes e Inscripciones(pre
REGLAMENTO DE ADMISIÓN
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE ADMISIÓN VERSIÓN 006 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 1349-2014CU-ULADECH Católica, de fecha 25 de noviembre de 2014 CHIMBOTE PERÚ
REGLAMENTO DE ADMISIÓN UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN
REGLAMENTO DE ADMISIÓN UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN REGLAMENTO DE ADMISIÓN UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Constituye la base legal del presente reglamento las siguientes
INVERSIÓN EN LA FORMACIÓN PUCP
INVERSIÓN EN LA FORMACIÓN PUCP INVERSIÓN - CRÉDITOS - BECAS INVERSIÓN ESCALA DE GRADO DE PENSIONES COSTO APROXIMADO DE UN CICLO DE ESTUDIOS El total del costo de los estudios del 1 ciclo se divide en 5
CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS
CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS Sofía Quiliano Silva Coordinador de Facturación, Crédito y Cobranzas Lissette Ramírez Coronado Analista de Crédito Educativo y Becas AGENDA Funciones Definiciones Crédito Educativo
REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS VERSIÓN 001 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, con Resolución Nº 0938-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 22 de Junio de 2016 CHIMBOTE
POLÍTICA PARA LA GENERACIÓN DE RANKING Y PREMIACIÓN DE ESTUDIANTES PO SAC 02
POLÍTICA PARA LA GENERACIÓN DE RANKING Y PREMIACIÓN DE PO SAC 02 O-FPP Formación en Pregrado y Postgrado FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 07/12/2016 VERSIÓN 06 NÚMERO DE PÁGINAS 09 ELABORADO POR REVISADO POR
REGLAMENTO DE BECAS. Cuarta versión Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 20 de agosto de 2009 CHIMBOTE- PERÚ
REGLAMENTO DE BECAS Cuarta versión Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 20 de agosto de 2009 CHIMBOTE- PERÚ Versión: 004 Cod: GCORP-RB F.Implementación : 20-08-2009 Pag. 1 de 9 RESOLUCIÓN
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIONES DE PENSIONES REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Reglamento de Categorización de Pensiones tiene como finalidad establecer
SERVICIOS 3500 AÑO 2015 ENTIDAD: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 3850 DERECHO DE
SERVICIOS DE LA OFICINA DE ADMISIÓN 12 Venta de Prospecto y Carpeta de Postulante 1. Recibo de pago, 60.00 1.56 x 1(un día) Oficina de Comisión de Admisión de Admisión 13 Modalidad de Inscripción vía internet
Costo. Plazo de dias habiles S/.
Nº Orden Denominación del Procedimiento Requisitos Costo S/. Plazo de dias habiles Dependencia donde se inicia el tramite Autoridades para resolver cada instancia Recurso de aprueba el tramite reconcideracion
REGLAMENTO DE ADMISIÓN
REGLAMENTO DE ADMISIÓN APROBADO EN SESIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO DE FECHA 08 DE JULIO DE 2016. MODIFICADO EL 13 DE MARZO DEL 2017 CON RESOLUCIÓN N 058-2017-CD-UPAO UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO DE TRUJILLO
REQUISITOS PARA SOLICITUD DE BECAS BECA PARA COLABORADORES
REQUISITOS PARA SOLICITUD DE BECAS BECA PARA COLABORADORES a) En el caso de profesor, deberá tener mínimo cinco años de permanencia continua en la institución. b) En el caso de personal administrativo
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES DIRECTIVA N OPDU-UTEA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES DIRECTIVA N 001-2017-OPDU-UTEA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA UNIVERSITARIA 2017 CONTENIDO PRESENTACIÓN... 4 Artículo 1.- OBJETIVO... 5
UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO
10 UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO RESOLUCIÓN RECTORAL N. 0177-2016IUCV Trujillo, 29 de marzo de 2016 VISTOS: El articulo 7. de la Ley Universitaria, que establece la investigación como una función de la universidad,
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Becas
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de Becas ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I Generalidades...3 CAPÍTULO II De los tipos de beca...4 CAPÍTULO III De la renovación
REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO ESTUDIANTIL
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO ESTUDIANTIL VERSIÓN 006 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 27 de mayo de 2013 CHIMBOTE PERÚ Versión: 006 Código: R RMAE F.
1. Para el contrato a nueva plaza, deberá presentar el expediente foliado y firmado por el postulante, en el siguiente orden:
1. Para el contrato a nueva plaza, deberá presentar el expediente foliado y firmado por el postulante, en el siguiente orden: Docente Auxiliar (Tiempo Parcial 20 Hrs.): Resumen de Curriculum Vitae (impreso
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL COLEGIO CLARETIANO DE TRUJILLO. Copyright Colegio Claretiano de Trujillo
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL COLEGIO CLARETIANO DE TRUJILLO Copyright Colegio Claretiano de Trujillo www.claretianotrujillo.edu.pe (Aprobado mediante R.D. Nº 119-2015-D-CLARET/TRU) REGLAMENTO DE ADMISIÓN
REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES VERSION 006 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario con Resolución N 1497-2014-CU-ULADECH Católica, de fecha 15 de diciembre
REGLAMENTO DE BECAS PREPARANDO EL CAMINO. Universidad Privada San Juan Bautista SAC Nº Página 1 de 15. Versión 2.2 Documento de Aprobación
Universidad Privada San Juan Bautista SAC Nº Página 1 de 15 REGLAMENTO DE BECAS PREPARANDO EL CAMINO Universidad Privada San Juan Bautista SAC Nº Página 2 de 15 ÍNDICE Pág. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
UNIVERSIDAD LA SALLE
UNIVERSIDAD LA SALLE REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Art. 1º Las becas son beneficios consistentes en descuentos en el monto de las cuotas que pueden
Dirigido a: Número de becas:
Convocatoria 2017 Objetivo de la Beca Fortalecer los vínculos educativos y culturales existentes entre la República Popular de China y la República del Perú, otorgando becas para estudios de pregrado y
CONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012
CONSEJO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS DE DESCUENTO PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN PERMANENTE El Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica
Artículo 8 Los estudiantes beneficiarios realizarán una labor de apoyo en las Facultades y en algunas dependencias de la universidad según
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECA Y MEDIA BECA, BOLSA DE TRABAJO, COMEDOR UNIVERSITARIO Y AYUDANTÍA DE CÁTEDRA QUE OFERTA LA OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO
REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte
REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS VERSIÓN 004 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, con Resolución Nº 0340-2018-CU-ULADECH Católica, de fecha 27 de marzo del 2018 CHIMBOTE
PROCESO DE EVALUACIÓN INTERNA PARA LA AMPLIACIÓN DE CONTRATO DE DOCENTES - PRIMER SEMESTRE 2018
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO-PUNO COMISIÓN DE CONCURSO DE CÁTEDRA 2018 INSTRUCTIVO PROCESO DE EVALUACIÓN INTERNA PARA LA AMPLIACIÓN DE CONTRATO DE DOCENTES - PRIMER SEMESTRE 2018 PUNO, 2018 1 PRESENTACIÓN
REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 008 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0940-2016-CU-, de fecha 24 de junio de 2016 CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de 7 CAPÍTULO
PROCEDIMIENTOS COSTO DEL TRAMITE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRÁMITE ÁREA DE INICIO DE TRÁMITE REQUISITOS
1 Constancias (estudios, matrícula, no baja por disciplina, orden de mérito y promedio ponderado acumulado, retiro de la universidad; entre otros) 1.-Solicitud de trámite suscrito En español S/ 60.00 Secretaria
REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE BECAS VERSIÓN 003 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, con Resolución Nº 1028-2017-CU-ULADECH Católica, de fecha 26 de Octubre del 2017
REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL
- 1 - REGLAMENTO DE PREVISION SOCIAL OBJETIVO. El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos de administración y otorgamiento de los beneficios de Previsión Social que la Cooperativa
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL COLEGIO CLARETIANO DE TRUJILLO. Copyright Colegio Claretiano de Trujillo
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL COLEGIO CLARETIANO DE TRUJILLO Copyright Colegio Claretiano de Trujillo www.claretianotrujillo.edu.pe (Aprobado mediante R.D. Nº 170-2018-D-CLARET/TRU) REGLAMENTO DE ADMISIÓN
PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE MATRÍCULA DE POSGRADO TÍTULO I GENERALIDADES
PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE MATRÍCULA DE POSGRADO TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I DE LA BASE LEGAL, OBJETIVO Y ÁMBITO Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 FINALIDAD El presente Reglamento establece
GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE BECAS Quinta versión
GERENCIA CORPORATIVA REGLAMENTO DE BECAS Quinta versión Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario de fecha 15 de setiembre de 2012 CHIMBOTE - PERÚ Versión: 005 Cód.: GCORP-RB. F. Implementación: 15-09-12
En caso de que el (la) alumno(a), sea independiente presentarán su propia documentación.
DEPARTAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO AREA DE SERVICIO SOCIAL A efectos de solicitar la RECATEGORIZACION del(a) alumno (a), de 3º,5º,7 y 9º Ciclos está recibiendo esta GUIA DE INSTRUCCIONES para la Asignación
RECTORADO REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES VERSIÓN 005 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 28 de mayo de 2013 CHIMBOTE PERÚ Versión: 005 Código: R-RCP F.
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - ( TUPA) SERVICIOS ENTIDAD: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 4050 DERECHO DE
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - ( TUPA) SERVICIOS 3500 2017 ENTIDAD: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 4050 REQUISITOS DERECHO DE CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE N DENOMINACIÓN TRAMITACIÓN
FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA
FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA 2014-2015 Fecha de apertura de la convocatoria: 10 de octubre de 2014. Fecha de
REGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
1. REGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA Página 1 REGLAMENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA BASE LEGAL a) Ley Universitaria, Ley Nº 30220. b) Estatuto
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - ( TUPA) SERVICIOS 3500 AÑO 2012 ENTIDAD: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Nº
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - ( TUPA) Nº 16 3650 DERECHO DE CALIFICACIÓN PLAZO DE LA OFICINA DE ADMISIÓN 13 Venta de Prospecto y Carpeta de Postulante 1. Recibo de pago, 52.00 1.42 x
REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES
REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE CICLOS BASICOS Y TERMINALES TITULO I DEL CICLO BASICO Art. N 1 El Ciclo Básico se define como un conjunto de cursos y actividades académicas que conforman una secuencia curricular
1. BECA DE APOYO ECONÓMICO Está dirigida a los estudiantes cuyos ingresos o situación económica no les permite cubrir los costos universitarios.
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA COMITÉ DE BECAS OFERTA DE BECAS MODALIDAD PRESENCIAL ALUMNO DE NUEVO INGRESO PRIMER CICLO PERIODO OCTUBRE 2018 FEBRERO 2019 La Universidad Técnica Particular de Loja
CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA
* Derecho de Matricula Semestral S/
Puno, 04 de Enero del 2016 RESOLUCION GERENCIAL Nº 001-2015-UPSC-PUNO VISTA.- El Certificado de Vigencia de Poder, de la partida Nro. 1168762 correspondiente al Registro de Personas Jurídicas, Sociedades
BECA HIJOS DE DOCENTES: PARA LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN EL PERÚ
BECA HIJOS DE DOCENTES: PARA LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN EL PERÚ CONVOCATORIA 2017 La Beca Excelencia Académica para Hijos de Docentes (BEAHD) está dirigida a los hijos de docentes nombrados de la Carrera
REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE AYUDA ESTUDIANTIL
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE AYUDA ESTUDIANTIL VERSIÓN 007 Aprobado por acuerdo del Consejo Universitario con Resolución N 1428-2014-CU-ULADECH Católica, de fecha 03 de diciembre
HOJA DE VIDA DEL REGLAMENTO MODIFICACIONES. Número Corrección N
HOJA DE VIDA DEL REGLAMENTO MODIFICACIONES Número Corrección N Páginas Números Nº Pág. Año Í N D I C E PRESENTACIÓN TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES INTRODUCCIÓN Art. 1º- 2º- 3º TÍTULO II DE LAS BECAS
APROBADO CON RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N /PD-USS
www.uss.edu.pe VERSIÓN N 03 APROBADO CON RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Versión: 3.0 F. Implementación: 23-06-2017 Página 1 de 13 ÍNDICE TÍTULO I... 3 DISPOSICIONES GENERALES... 3 TÍTULO II... 3 DEL PROCESO
PROCEDIMIENTO Página 1 de 6
PROCEDIMIENTO Página 1 de 6 1. FINALIDAD Establecer el procedimiento, requisitos y criterios de priorización para el otorgamiento de Becas Educativas SER MÁS para Casos Sociales o Extrema urgencia. 2.
REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIÓN
REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIÓN Aprobado con Resolución Rectoral N 231-2018-UPN-SAC, Fecha 12 de Octubre del 2018 ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 3 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES... 4 TÍTULO II: ADMISIÓN PREGRADO...
SECRETARÍA GENERAL BECAS PARCIALES QUE SE OTORGAN PARA LOS ESTUDIANTES QUE SE MATRICULEN A LOS DIFERENTES PROGRAMAS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN
1 941 2 5 6 499 7 EPEDICIÓN 01 de febrero de 2017 Pago Anticipado de la Matrícula 5% Pago semestral anticipado del valor de la matrícula, de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario de matrícula.
UNIVERSIDAD LA SALLE
UNIVERSIDAD LA SALLE REGLAMENTO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Art. 1º Las becas son beneficios otorgados por la ULASALLE, consistentes en descuentos en el monto
SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 509 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:
SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD ACUERDO 509 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) Por el cual se reglamenta el proceso de admisión regular al Programa Curricular de Posgrado
REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 009 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0063-2018-CU-ULADECH Católica, de fecha 16 de Enero del 2018 CHIMBOTE PERU
REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i
REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 El Departamento de Bienestar Estudiantil es la unidad administrativa responsable del manejo de créditos educativos y pagos
UNIVERSIDAD JAIME BAUSATE Y MEZA REGLAMENTO DE ADMISIÓN
UNIVERSIDAD JAIME BAUSATE Y MEZA REGLAMENTO DE ADMISIÓN 2015 TEXTO ÚNICO DEL REGLAMENTO DE ADMISIÓN CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- El presente Reglamento norma los requisitos y procedimientos del
ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.
VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados
APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS
www.uss.edu.pe VERSIÓN 03 APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N 009-2016/PD-USS Página 1 de 9 ÍNDICE TÍTULO I... 3 GENERALIDADES... 3 TÍTULO II... 3 DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS Y SU
TIPOS DE BECAS Y REQUISITOS
1 TIPOS DE BECAS Y REQUISITOS Beca de excelencia académica... 2 Beca por méritos deportivos.. 2 Beca por condición socioeconómica.. 2 Beca por condiciones especiales: Por discapacidad. 3 Comunidades históricamente
Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración
Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Requisitos De ingreso Los aspirantes a ingresar al plan de estudios del doctorado deberán obtener su carta de aceptación por parte del Comité