RESOLUCION No. 023 (Cúcuta, 13 de Septiembre de 2017)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RESOLUCION No. 023 (Cúcuta, 13 de Septiembre de 2017)"

Transcripción

1 RESOLUCION No. 023 (Cúcuta, 13 de Septiembre de 2017) por medio de la cual se emite el reglamento selección norte patinaje de carreras liga de patinaje de norte de Santander para la representación en el certamen interligas 2017 y se toman otras determinaciones. El Presidente de la LIGA DE PATINAJE DE NORTE DE SANTANDER, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias CONSIDERANDO Que de conformidad con lo previsto en el artículo 7 Objeto de los estatuto de la liga de patinaje de norte de Santander, determino que el objeto de la Liga es fomentar, patrocinar y organizar la práctica del deporte del Patinaje y sus modalidades deportivas, en las diferentes ramas y categorías dentro del ámbito territorial del Departamento teniendo a su cargo el manejo técnico y administrativo. Que el Artículo 45 Funciones del Presidente el presidente es el representante legal de la Liga, en ejercicio de su cargo tendrá, entre otras, las siguientes funciones: ( ) d) suscribir los actos y contratos que comprometan a la Liga y los que señalen el estatuto, los reglamentos, la Asamblea o el Órgano de Administración, los acuerdos, resoluciones, actas y demás documentos ( ). Que según el Artículo 47 Funciones Generales de los Estatutos de la Liga de Patinaje, en sus literales: b, c y d, imparte facultades al Órgano de Administración para administrar económica y administrativamente los fondos y bienes de acuerdo a las disposiciones legales y estatutarias, disponiendo la expedición de normas recurrentes para la buena marcha del deporte de patinaje y la sana crítica e interpretación de los estatutos. Que el articulo 47 ibídem determino en el literal s, determino la función general del órgano de administración de la liga, la de convocar mediante resolución a los atletas afiliados, inscritos y habilitados en los registros departamentales de patinadores de norte de Santander que han de integrar la selección norte de patinaje modalidad carreras con miras a representar al de departamento en el certamen Interligas 2017.

2 Que el cuerpo técnico de la liga de patinaje de norte de Santander, en reunión oficial con la comisión técnica y el órgano de administración, determinaron implementar el reglamento de la selección norte de patinaje liga de patinaje de norte de Santander en la modalidad carreras para participar en el certamen interligas Que, en mérito de lo expuesto, el presidente de la liga patinaje en uso de sus facultades estatutarias y reglamentarias: RESUELVE ARTICULO PRIMERO. EXPEDIR OFICIALMENTE el reglamento de la selección norte de patinaje liga de patinaje de norte de Santander en la modalidad carreras para participar en el certamen interligas 2017 según el siguiente articulado propio del mismo así: TITULO I DE LOS ATLETAS PATINADORES CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS ARTÍCULO 1: Los atletas patinadores que se incorporen mediante resolución a la selección Norte de Patinaje merecen el respeto, exaltación y consideración de los directivos, entrenadores, cuerpo técnico, monitores, delegados, empleados y demás personas directa e indirectamente vinculadas a LIPANORSA. ARTICULO 2: Los atletas patinadores incorporados a la selecciono Norte de patinaje mediante resolución tienen la prelación y jerarquía para la disposición de los escenarios, medios técnico y tecnológicos, elementos suplementarios y demás accesorios para el desarrollo integral del programa de entrenamiento, competición, desarrollo de la estructura interna de la selección Norte de patinaje y formación de los niveles elite como atletas de altos logros dentro del sistema nacional del deporte. ARTICULO 3: Los atletas patinadores tienen derecho a recibir los primeros auxilios inmediatos para la estabilización, traslado y atención ante la empresa prestadora de salud EPS - de su registro de afiliación personal,

3 en siniestros sufridos dentro del programa de formación deportiva de la selección Norte de patinaje. ARTÍCULO 4.- Todo atleta patinador/a tiene derecho a recibir información necesaria sobre: - La correcta orientación, asesoría y dirección de las actividades deportivas, realización de los entrenamientos. - La alimentación adecuada. - Tratamiento y prevención de lesiones. - Desplazamientos alojamiento, instrucción y Competiciones. CAPÍTULO II DE LAS OBLIGACIONES Artículo 5.- Deberán guardar el debido respeto al resto de los componentes de la Liga: compañeros, cuerpo técnico, empleados, órgano de administración, así como al personal empleado en las instalaciones donde se realizan las actividades (entrenamientos, competiciones, desplazamientos, alojamientos ) donde se encuentre concentrada la selección Norte de Patinaje. Artículo 6.- Cuidar y respetar las instalaciones donde se realizan las actividades (pabellones, pistas, taquillas, piscinas, gimnasios, autobuses, hoteles, residencias, etc.), cumpliendo en todo momento las normas particulares de cada instalación. Cuidar el material propio y ajeno usado en competiciones y entrenamientos. ARTICULO 7: Todo atleta patinador deberá cuidar y respetar las instalaciones donde se realizan las actividades (pabellones, pistas, taquillas, piscinas, gimnasios, autobuses, hoteles, residencias, etc.), cumpliendo en todo momento las normas particulares de cada instalación. Cuidar el material propio y ajeno usado en competiciones y entrenamientos. Artículo 8.- El atleta patinador/a tendrá la obligación de asistir a los entrenamientos programados con su propio material, ropa deportiva, patines adecuados, etc. ARTICULO 9: Todo atleta patinador deberá cumplir con rigurosa puntualidad los horarios marcados por la Liga, para el desarrollo de las

4 diferentes actividades de entrenamientos, desplazamientos, competiciones, pruebas de nivel y demás requeridos por el cuerpo técnico y la liga. ARTICULO 10: Todo atleta patinador deberá asistir a todos los entrenamientos, competiciones, concentraciones, o cualquier otra actividad que la Liga disponga, así como a las convocatorias que puedan hacerle la Federación Colombiana de Patinaje. PARAGRAFO PRIMERO: Todo atleta patinador deberá entrenar únicamente en los horarios establecidos y en forma reglamentaria para la formación de los programas de la selección Norte de patinaje, direccionado por el cuerpo técnico y el órgano de administración de la liga. PARAGRAFO SEGUNDO: Ningún atleta patinador podrá acudir a eventos, festivales, validas o certamen que puedan afectar su concentración y rendimiento deportivo o campeonatos no organizados por la Liga, sin la previa autorización de la presidencia de la liga de patinaje de Norte de Santander. ARTICULO 11: Todo atleta patinador que por enfermedad, lesión, fuerza mayor o caso fortuito, no pueda asistir a un entrenamiento, competición u otra actividad marcada por la Liga, deberá comunicarlo en el término de la distancia y chequearse con el médico dispuesto por la liga, para determinar la gravedad de la misma y evaluar su continuidad en la Selección. ARTICULO 12: Todo atleta patinador deberá justificar las faltas de asistencia, puntualidad y demás comportamiento ante el cuerpo técnico designado por la liga. ARTICULO 13: Todo atleta patinador lesionado deberá seguir los consejos y orientaciones médicas para su recuperación y abstenerse de la práctica de cualquier actividad que pueda retrasar su recuperación. Artículo 14.- Todo atleta patinador deberá mantener la correcta actitud, atender y seguir en todo momento las instrucciones de los entrenadores para el aprovechamiento de cada uno de los entrenamientos y competiciones. ARTICULO 15: Todo atleta patinador deberá atender y seguir en todo momento las instrucciones del cuerpo técnico de la selección, tanto en entrenamientos y competiciones, como en las actividades complementarias que se realicen

5 ARTICULO 16.- Todo atleta patinador deberá en competiciones y durante el total desarrollo de ellas, deberá permanecer con el resto de los miembros del equipo, en el lugar asignado para ellos manteniendo una actitud digna y animando a sus compañeros, no permitiéndose ausencias (salidas de la pista, subir a las gradas, etc.) salvo autorización expresa del cuerpo técnico o delegado de la liga. ARTICULO 17.- En competiciones y pruebas de paso a nivel, se acatarán las decisiones de los jueces y árbitros, correspondiendo sólo al cuerpo técnico o delegados la facultad de reclamarlas, si lo considerasen oportuno, por los cauces reglamentarios, así mismo deberán tener el máximo respeto a toda decisión que los jueces y árbitros dictaminen. ARTICULO 18: Todo atleta patinador deberá mantener unos hábitos de vida saludable, propios de un atleta patinador de altos logros incorporados a la selección Norte de Patinaje. ARTICULO 19: Ningún atleta patinador podrá dar entrevistas, comunicados, expresiones públicas, comentarios o información del programa de entrenamiento, instrucción, competencia o de otra orden mientras sea parte integral de la misma, a cualquier persona, empresa, medio de comunicación, sin la autorización escrita del presidente de la liga de patinaje de Norte de Santander. ARTICULO 20: Ningún atleta patinador que se encuentre en el programa de formación e instrucción de la selección debidamente incorporado, podrá realizar actividades diurnas o nocturnas que afecten su capacidad física, mental o espiritual sin la evaluación y autorización previa del cuerpo técnico y el órgano de administración de la liga. ARTICULO 21: Todo atleta patinador está obligado a orientar a sus familiares, allegados, compañeros de club y demás, sobre la responsabilidad que le asiste a pertenecer a la selección Norte de patinaje, al respeto por la institución a la cual se encuentra vinculado, los entrenamientos, cuerpo técnico y la liga. ARTICULO 22: Todo atleta patinador deberá mantener su vinculación mediante afiliación al club deportivo debidamente afiliado a la liga de patinaje e inscripción en el Registro Departamental de Patinadores de Norte de Santander - RDPNS.- vigente, actualizado y habilitado; so pena de incurrir en desvinculación inmediata de la selección Norte de patinaje por exclusión material del sistema nacional del deporte.

6 TITULO II DEL CUERPO TECNICO CAPÍTULO I: DE LOS DERECHOS La misión del cuerpo técnico es elevar el nivel deportivo de los integrantes de la selección norte de patinaje de carreras, convirtiéndolos en atletas competitivos, mantener la disciplina e informar a las directivas de LIPANORSA, de las incidencias producidas en entrenamientos, competiciones o cualquier otra actividad promovida por LIPANORSA ARTICULO 23: El cuerpo técnico perteneciente a LIPANORSA, merecen por su condición, el respeto y la consideración de los atletas patinadores, padres de familia, directivos y personas vinculadas directa o indirectamente al sistema nacional de deporte. ARTICULO 24: El cuerpo técnico tiene igual derecho a expresar sus opiniones y concepto profesionales sobre los trabajos, actividades y directrices realizados por los seleccionados dentro del marco del programa de formación deportiva de los atletas patinadores de altos logros pertenecientes a la selección y los posibles prospectos potenciales a incluir. ARTICULO 25: El cuerpo técnico ostenta el derecho de independencia de dirección, control y seguimiento deportivo necesario para desarrollar su plan de trabajo, siempre y cuando, se encuentre enmarcado dentro del marco técnico y normativo dispuesto por el órgano de administración de la liga. ARTICULO 26: El cuerpo técnico tiene derecho a proponer, esquematizar y proyectar ideas y actividades para la selección Norte de patinaje. CAPÍTULO II: DE LAS OBLIGACIONES ARTICULO 27: El cuerpo técnico tiene la obligación de preparar los programas de trabajo para el grupo de atletas patinadores a su cargo ARTICULO 28: El cuerpo técnico tiene la obligación de atender a todos los atletas patinadores, órgano de administración, directivos de los clubes afiliados a la liga, padres de familia, personal vinculado directa e indirectamente al sistema nacional del deporte con el debido respeto y

7 consideración en los temas relacionados de su cargo como cuerpo técnico de la selección norte de patinaje. ARTICULO 29: El cuerpo técnico tiene la obligación de conservar en todo momento, plena autoridad moral sobre los atletas patinadores, demostrando comportamiento ejemplarizante dentro y fuera de los escenarios de entrenamiento y competencia, evitando confianzas excesivas, sin que por ello redunde, en perjuicio de la camaradería que debe caracterizar las relaciones deportivas ARTICULO 30: El cuerpo técnico tiene la obligación de asistir puntualmente a todas las sesiones de entrenamiento y demás actividades, con el trabajo preparado para el adecuado desarrollo de la sesión o actividad. ARTICULO 31: El cuerpo técnico tiene la obligación de informar a la comisión técnica y al órgano de administracion de la liga de patinaje, cualquier anomalía observada de vista sobre faltas cometidas por los atletas patinadores o sobre cualquier modificación que sea conveniente de la planificación para evitar situaciones de orden público, administrativa y/o deportiva. ARTICULO 32: El cuerpo técnico tiene la obligación de velar por la progresión deportiva de cada uno de los atletas patinadores y de su estado de salud en general ARTICULO 33: El cuerpo técnico tiene la obligación de informar e instruir a los atletas patinadores sobre aspectos reglamentarios, técnicos y tácticos necesarios para el desarrollo de la actividad. ARTICULO 34: El cuerpo técnico tiene la obligación de asistir a las reuniones de trabajo requeridas con comisión técnica y órgano de administración de LIPANORSA con la debida actitud de colaboración ARTICULO 35: El cuerpo técnico tiene la obligación de mantener prudencia en sus manifestaciones públicas, que no sean vejatorias ni perjudiciales para los deportistas y liga de patinaje de norte de Santander o cualquiera de los componentes de la misma, toda entrevista o comentario ante medio de comunicación de cualquier índole será aprobado su autorización previamente por el presidente de la liga de patinaje en su función de representante legal y presidente del órgano de administración de la liga de patinaje de Norte de Santander. ARTICULO 37: El cuerpo técnico tiene la obligación de mantener toda su actuación profesional dirigida a obtener los logros deportivos en cada

8 competencia, sin perjuicio de los atletas patinadores de la selección Norte de patinaje, a título deportivo, personal, o familiar que atenten contra su integridad física, personal o moral de cada uno de los atletas de altos logros a su cargo. ARTÍCULO 38: El cuerpo técnico tiene la obligación de coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento dentro y fuera de la selección norte, directivos, padres de familia, clubes, escuelas y demás personas vinculadas directa e indirectamente en el sistema nacional del deporte. ARTICULO 39: El cuerpo técnico tiene la obligación de restringir el acceso de público a la concentración de los atletas patinadores a su cargo y a cualquier persona ajena al cuerpo técnico y el órgano de administración de la liga. ARTICULO 40: El cuerpo técnico tiene la obligación de prohibir cualquier acto, acontecimiento, acción o evento publicitación, promocional, entrevista y/o espectáculo, dentro de la concentración, entrenamiento o evento competitivo por parte de los atletas patinadores y cuerpo técnico sin la autorización escrita del representante legal y presidente de la liga de patinaje de norte de Santander. TITULO III DE LA SELECCIÓN NORTE DE PATINAJE CAPÍTULO I: DE LOS DESPLAZAMIENTOS ARTICULO 41.- Cuando sea necesario realizar desplazamientos fuera de la ciudad por causas de entrenamiento deportivo, será el cuerpo técnico responsable quien designe el horario de salida y de todas las decisiones derivadas de los viajes, así como las normas de comportamiento. ARTICULO 42.- Los desplazamientos son una parte más de las actividades deportivas de los/as atletas patinadores/as dentro de cada club, por lo que será obligado comportarse con educación y respeto, evitando gastar bromas que puedan molestar a los compañeros y demás personas. CAPÍTULO II: DE LA DISCIPLINA

9 ARTÍCULO 43.- Las infracciones de los preceptos contenidos en el presente reglamento se agrupan a efecto de conductas disciplinables, tanto para Atletas patinadores como para cuerpo técnico. ARTICULO 44.- De las conductas disciplinables menores se podrá estipular como medida de corrección, la amonestación verbal del cuerpo técnico o del comité ejecutivo de LIPANORSA, la exclusión de alguna competición, pruebas o actividades a organizar y/o expulsión de la sesión de entrenamiento programada, esta última con anotación en la carpeta administrativa deportiva del atleta patinador. Dentro de este marco menores las siguientes se catalogaran como conductas disciplinables a) Llegar tarde a los entrenamientos, competiciones o actividades, sin causa justificada. b) Proferir palabras malsonantes o promover discusiones con los compañeros. c) Falta de respeto a los compañeros. d) Retirarse del entrenamiento sin el consentimiento del cuerpo técnico. e) No realizar convenientemente las tareas diarias encomendadas por el cuerpo técnico. f) Uso indebido y reiterado del material de cada club. g) Actitud inadecuada en entrenamientos o competiciones. h) No vestir la indumentaria oficial establecida en cada situación. i) Faltas a entrenamientos superiores a un 15% no justificada. j) Falta de información al comité ejecutivo de LIPANORSA por parte del cuerpo técnico. k) No hacer cumplir por parte del cuerpo técnico la disciplina propia de su grupo. l) Utilizar medios electrónicos en los entrenamientos y eventos deportivos que obstaculicen el desarrollo de los mismo m) Cualquier falta análoga que el comité ejecutivo de LIPANORSA y/o cuerpo técnico estime como tal ARTÍCULO 45.- De las conductas disciplinables medianas realizadas por los atletas patinadores, las cuales se podrá estipular como medida de corrección principal, el aislamiento del atleta patinador del equipo, durante los entrenamientos y abono de los daños causados. Dentro de este marco medianas las siguientes se catalogaran como conductas disciplinables

10 a) Reiteración en la comisión de conductas disciplinables menores. b) Faltar a competiciones sin causa justificada. c) Discusiones graves con el cuerpo técnico, compañeros, jueces, directivos. d) Causar daños en materiales o instalaciones, ya sean de la entidad o ajenas. e) La sustracción de cualquier propiedad, ya sea de la entidad o ajenas. f) Comportamiento ofensivo en las competiciones, desplazamientos, concentraciones o actividades que se organicen. g) Dar lugar a altercados, que puedan originar la comisión de una falta grave. h) Ser encubridor o incitar a la comisión de actos que tengan la consideración de conducta disciplinable superior. i) No ejecutar las órdenes dadas por el cuerpo técnico en el uso de sus funciones. j) Uso de sustancias nocivas o toxicas para la salud del deportista o que alteren su rendimiento deportivo o comportamiento. k) Practicar actividades físicas que pongan en peligro la forma física del patinador/a y/o el rendimiento del equipo, dos semanas antes de cualquier competición. l) Negativa a participar en actividades para las que LIPANORSA los convoque. m) Todos aquellos hechos que no estén previstos anteriormente y que con carácter excepcional sean considerados por la dirección de LIPANORSA como especialmente graves. ARTICULO 46: De las conductas disciplinables superiores realizadas por los atletas patinadores se podrá estipular como medida de corrección principal la expulsión definitiva de la Selección Norte de Patinaje de carreras, suspensión y reintegro de ayudas a que hubiera tenido derecho y abono de los daños causados Dentro de este marco superiores las siguientes se catalogaran como conductas disciplinables a) La reiteración en la comisión de conductas disciplinables medianas.

11 b) Manifestaciones públicas de desprecio, insulto o vejación hacia LIPANORSA, o cualquiera de las personas que lo componen. c) La embriaguez o drogadicción en entrenamientos o fuera el, actos sociales o actuación del equipo. d) Cualquier acto, deportivo o no, que cause un perjuicio intencionado a la Liga, o cualquiera de las personas que lo componen. e) Provocar o participar en riñas o peleas dentro y fuera de la concentración de la selección con otros equipos, directivos, jueces, etc. f) incitar a una actitud violenta a los/as patinadores/as o compañeros (cuerpo técnico, delegados y padres). g) Todos aquellos hechos que sin estar previstos anteriormente y que con carácter excepcional sean considerados por la dirección de LIPANORSA como especialmente de alta incidencia. CAPÍTULO III: DEL PROCEDIMIENTO ARTICULO 47.- En caso de producirse una conducta disciplinable de cualquier tipo menores, medianas, superiores - por parte de un atleta patinador durante un entrenamiento, competición, prueba de nivel o desplazamiento; el cuerpo técnico o persona responsable Liga - en ese momento del patinador tomará nota de lo sucedido e informará al patinador - tutores si se tratara de un menor de edad - verbalmente del tipo de falta que ha cometido, informara al Comité Ejecutivo de la Liga y este a su vez al Comité disciplinario de la Liga para los tramites disciplinarios legales y pertinentes respectivos. TITULO IV.- DE LOS PADRES/MADRES Y TUTORES DE LOS/AS PATINADORES/AS. CAPÍTULO I: DE LOS PADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTE DEL ATLETA PATINADOR ARTICULO 48.- Durante las concentraciones programadas para los distintos eventos y/o competiciones de la selección norte de patinaje de carreras los padres de familia o tutores deberán guardar el debido respeto

12 hacia el cuerpo técnico, comité ejecutivo de LIPANORSA, delegados, jueces y terceros en general ARTICULO 49- Durante las concentraciones programadas para los distintos eventos y/o competiciones de la selección norte de patinaje de carreras (entrenamientos, competiciones, pruebas de nivel, desplazamientos, alojamientos, etc.), los padres de familia o tutores solo tendrán el contacto directo previa autorización del cuerpo técnico, comité ejecutivo y delegado de LIPANORSA respectivos, cumpliendo en todo momento las normas particulares de cada instalación y conservando el debido respeto manteniendo una actitud digna y animando a sus hijos. ARTICULO 50.- Los padres de familia o tutores a cargo de los atletas patinadores de la selección norte de patinaje de carreras no podrán permanecer en la instalación durante los entrenamientos, desplazamientos, alojamientos, etc. ARTICULO 51.-En competiciones, se acatarán las decisiones de los jueces y árbitros, correspondiendo sólo a cuerpo técnico o delegados la facultad de reclamarlas, si lo considerasen oportuno, por los cauces reglamentarios. Los padres familia o tutores deberán tener el máximo respeto a todo lo que los jueces y árbitros evitando conflictos. ARTÍCULO 52- En competiciones o eventos que los patinadores estén representando a LIPANORSA, no les está permitido a los padres de familia o tutores acceder a espacio reservados para las mismas como vestuarios, pista, camerinos etc. y permanecer en los sitios de concentración durante la competición. ARTICULO 53.-Tendrán derecho a expresar su opinión sobre el trabajo realizado ante las Directivas de la Liga. Sin perjuicio de toda persona a manifestarse libremente sobre cualquier materia, mantener prudencia y respeto en sus manifestaciones públicas, que no sean vejatorias ni perjudiciales para LIPANORSA o cualquiera de los componentes de los mismos. ARTICULO 54.- Tendrán Derecho a recibir información sobre la organización y estructura técnica de la Selección Norte de Patinaje de Carreras, así como competiciones, entrenamientos, pruebas y otras actividades de LIPANORSA. ARTÍCULO 55.- En caso de incumplimiento de alguna disposición prevista en el presente capitulo, como medida de corrección y prevención, se amonestara al club donde se encuentra el atleta patinador concentrado para

13 que se tome las correcciones disciplinarias de conformidad con sus estatutos y código disciplinario interno respecto del padre de familia o tutor infractor. PARAGRAFO PRIMERO: En caso de renuncia, desobediencia, reiteración, vulneración de la amonestación por parte del padre de familia o tutor del atleta patinador concentrado en la selección norte de patinaje, se compulsara copia de lo actuado a la comisión de disciplina para la respectiva sanción disciplinaria al club deportivo afiliado respectivo. PARAGRAFO SEGUNDO: En igual sentido se comunicara a la comisión de disciplina si transcurrido veinticuatro (24) horas desde la prevención de acción disciplinaria, el club deportivo afiliado no ha impartido las sanciones correspondientes al padre de familia o tutor infractor. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición Dada en San José de Cúcuta a los trece (13) días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete (2017). PUBLIQUESE, COMUNIQUSE Y CUMPLASE Proyecto: Comisión técnica y cuerpo técnico Lipanorsa Reviso: Edgar Uriel Villamizar Meneses Secretario Lipanorsa Aprobó: Abelardo Mora Quintero Presidente Lipanorsa Archivo: Resoluciones 2017

RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB BALONMANO MÓSTOLES. Artículo 1

RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB BALONMANO MÓSTOLES. Artículo 1 CLUB BALONMANO MÓSTOLES CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1 El presente Régimen Disciplinario será de aplicación a todos los deportistas y personal técnico del Club, pudiéndose extender en aquellas

Más detalles

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACION QUINTANAR

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACION QUINTANAR NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACION QUINTANAR INTRODUCCION. El objeto del presente documento es regular las normas de régimen interno así como la estructura y desarrollo del régimen disciplinario

Más detalles

CÓDIGO INTERNO BALONCESTO CLUB ARISTOS CAPITULO I ÓRGANOS DE GOBIERNO

CÓDIGO INTERNO BALONCESTO CLUB ARISTOS CAPITULO I ÓRGANOS DE GOBIERNO CÓDIGO INTERNO BALONCESTO CLUB ARISTOS CAPITULO I ÓRGANOS DE GOBIERNO OBJETO: El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de nuestro club, dentro

Más detalles

RESUELVE ARTÍCULO 1: EVENTO OFICIAL - Es oficial, todo evento o competencia que se incluya en el Calendario Oficial de la Federación Colombiana de Pat

RESUELVE ARTÍCULO 1: EVENTO OFICIAL - Es oficial, todo evento o competencia que se incluya en el Calendario Oficial de la Federación Colombiana de Pat ACUERDO N 001 DEL 2015 POR EL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS NACIONALES E INTERNACIONALES (31 DE MARZO DEL 2015) Por medio del cual se reglamenta la participación

Más detalles

RESOLUCIÓN No.003. (Cúcuta, 03 de Febrero de 2017)

RESOLUCIÓN No.003. (Cúcuta, 03 de Febrero de 2017) RESOLUCIÓN No.003 Por la cual se convoca a al, I FESTIVAL RECREACIONAL DE ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA DE PATINAJE que se realizará los días 25 y 26 de FEBRERO del 2017 El Presidente de la LIGA DE PATINAJE

Más detalles

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CIUDAD DE MURCIA- LOS OLIVOS

NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CIUDAD DE MURCIA- LOS OLIVOS 1 NORMAS DE REGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CIUDAD DE MURCIA- LOS OLIVOS INTRODUCCION. Se trata de elaborar un código de conducta, válido para el desarrollo de la actitud y de la aptitud de los miembros

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CASTILLA BURGOS

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CASTILLA BURGOS REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLUB NATACIÓN CASTILLA BURGOS PREAMBULO El objeto del presente documento es regular las normas de régimen interno así como la estructura y desarrollo del régimen disciplinario

Más detalles

RESOLUCION No de marzo de 2010

RESOLUCION No de marzo de 2010 RESOLUCION No. 012 25 de marzo de 2010 POR LA CUAL SE INSTITUCIONALIZA EL AVAL DEPORTIVO, PARA REALIZAR COMPETENCIAS EN EL TERRITORIO NACIONAL El Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana de Tenis de

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº 006 Febrero 13 del Por medio de la cual, se convoca al I Campeonato Departamental Menores.

RESOLUCIÓN Nº 006 Febrero 13 del Por medio de la cual, se convoca al I Campeonato Departamental Menores. RESOLUCIÓN Nº 006 Febrero 13 del 2017 Por medio de la cual, se convoca al I Campeonato Departamental Menores. El Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje de Antioquia en uso de sus atribuciones legales,

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN EQUIPOS REPRESENTATIVOS

REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN EQUIPOS REPRESENTATIVOS REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN EQUIPOS REPRESENTATIVOS VICERRECTORÍA DE EXPERIENCIA ESTUDIANTIL Página 1 de 7 Introducción: Todos los campus de la Universidad del Valle de México

Más detalles

RESOLUCION # 010 Marzo 15 de 2018

RESOLUCION # 010 Marzo 15 de 2018 RESOLUCION # 010 Marzo 15 de 2018 Por medio de la cual, se convoca al I Campeonato Departamental de patinaje artístico de las categorías NOVATOS, MAYORES Y SHOW El Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CLUB DEPORTIVO BÁSICO CLAUDINA THÈVENET JESÚS-MARÍA TITULO I- PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1. Definición y Remisión 1.- La presente normativa se desarrolla de conformidad

Más detalles

CLUB GIMNASIA RÍTMICA VALLE MAGERIT

CLUB GIMNASIA RÍTMICA VALLE MAGERIT REGLAMENTO DE REGIMEN DISCIPLINARIO 2016 TITULO I- PRINCIPIOS GENERALES Artículo 1. Definición y Remisión 1.- La presente normativa será de aplicación a todos los deportistas y socios del Club, pudiéndose

Más detalles

RESOLUCION N 028 Julio 3 de 2017

RESOLUCION N 028 Julio 3 de 2017 RESOLUCION N 028 Julio 3 de 2017 Por medio de la cual se convoca y reglamenta el 2 Festival de Escuelas de formación en la modalidad de patinaje de carreras a realizarse el día 22 de julio de 2017. El

Más detalles

ESTATUTOS CLUB NATACIÓN SAFA MADRID

ESTATUTOS CLUB NATACIÓN SAFA MADRID ESTATUTOS CLUB NATACIÓN SAFA MADRID PREÁMBULO El objetivo de este reglamento de régimen interno lo constituye la regulación de las obligaciones y derechos derivados de las relaciones deportivas y económicas

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS SECCIONES DEPORTIVAS

REGLAMENTO DE LAS SECCIONES DEPORTIVAS REGLAMENTO DE LAS SECCIONES DEPORTIVAS ÍNDICE Preliminar. 2 Capítulo I: Disposiciones Generales 3 Capítulo II Régimen Documental y Contable.. 4 Capítulo III: Régimen Económico.. 4 Capítulo IV: Dirección

Más detalles

RESOLUCION Febrero 3 de 2017

RESOLUCION Febrero 3 de 2017 RESOLUCION 004-2017 Febrero 3 de 2017 Por medio de la cual se convoca al I Festival de patinaje en la temporada deportiva 2017, que se realizara el 25 y 26 de Febrero de 2017. El Presidente de la Liga

Más detalles

NORMATIVA DE FUNCIONES DE DEPORTISTAS, DELEGADOS, DELEGADAS, ENTRENADORES, ENTRENADORAS, TÉCNICOS Y TÉCNICAS EN COMPETICIONES UNIVERSITARIAS SERVICIO

NORMATIVA DE FUNCIONES DE DEPORTISTAS, DELEGADOS, DELEGADAS, ENTRENADORES, ENTRENADORAS, TÉCNICOS Y TÉCNICAS EN COMPETICIONES UNIVERSITARIAS SERVICIO NORMATIVA DE FUNCIONES DE DEPORTISTAS, DELEGADOS, DELEGADAS, ENTRENADORES, ENTRENADORAS, TÉCNICOS Y TÉCNICAS EN COMPETICIONES UNIVERSITARIAS SERVICIO DE DEPORTES La Universidad de Alicante participa en

Más detalles

RESOLUCION No de junio de 2017

RESOLUCION No de junio de 2017 RESOLUCION No. 43 25 de junio de 2017 Por la cual se convoca y reglamenta un Evento Distrital en la Modalidad de Patinaje Artístico El comité ejecutivo de la Liga de Patinaje de Bogotá y la comisión técnica

Más detalles

RESOLUCION Junio 28 de 2017

RESOLUCION Junio 28 de 2017 RESOLUCION 009-2017 Junio 28 de 2017 Por medio de la cual se convoca al III Departamental de patinaje en la temporada deportiva 2017, que se realizara el 14 y 15 de Julio de 2017. El Presidente de la Liga

Más detalles

RESOLUCION N 014 Mayo 18 de 2018

RESOLUCION N 014 Mayo 18 de 2018 RESOLUCION N 014 Mayo 18 de 2018 Por medio de la cual se convoca y reglamenta la 1ra Válida de la Copa Antioquia 2018 Pre juvenil, juvenil y mayores en la modalidad de patinaje de carreras a realizarse

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA EN LAS SELECCIONES AUTONÓMICAS

CÓDIGO DE CONDUCTA EN LAS SELECCIONES AUTONÓMICAS CÓDIGO DE CONDUCTA EN LAS SELECCIONES AUTONÓMICAS I.-PRESENTACION Las selecciones autonómicas son y deben ser el máximo exponente del colectivo del pádel en Cantabria. Por ello todos sus componentes deben

Más detalles

LIBRO VII DE LA ORGANIZACION DE FUTBOL SALA

LIBRO VII DE LA ORGANIZACION DE FUTBOL SALA LIBRO VII DE LA ORGANIZACION DE FUTBOL SALA CAPITULO I.- Consideraciones generales. Artículo 202.- Generalidades. La organización territorial de Fútbol Sala reúne a todas aquellas personas físicas o jurídicas

Más detalles

DECÁLOGO DEL JUEGO LÍMPIO

DECÁLOGO DEL JUEGO LÍMPIO EN LA ESCUELA DE FÚTBOL, RESPETAMOS, POR ENCIMA DE TODO, A NUESTROS COMPAÑEROS. TODO LO QUE AQUÍ SE DICE, ES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO. SI NO SABES CUMPLIRLO Y NO AYUDAS A QUE SE CUMPLA, QUIERE DECIR QUE

Más detalles

RESOLUCION 031 (Septiembre 15 de 2016)

RESOLUCION 031 (Septiembre 15 de 2016) RESOLUCION 031 (Septiembre 15 de 2016) Por medio de la cual se convoca y reglamenta PRIMER TORNEO ZONAL HOCKEY LÍNEA, a realizarse durante los días 24, 25 de septiembre en el municipio de Nemocón Cundinamarca.

Más detalles

RESOLUCIÓN No (DICIEMBRE DE 2016)

RESOLUCIÓN No (DICIEMBRE DE 2016) RESOLUCIÓN No. 076-2016 (DICIEMBRE DE 2016) Por medio de la cual se reglamentan las edades, costos y cronograma de participación en los Torneos Oficiales y especiales de Fútbol de la Liga de Fútbol de

Más detalles

RESOLUCION Enero 30 de 2017

RESOLUCION Enero 30 de 2017 RESOLUCION 002-2017 Enero 30 de 2017 Por medio de la cual se convoca al I Departamental de patinaje en la temporada deportiva 2017, que se realizara el 10 y 11 de Febrero de 2017. El Presidente de la Liga

Más detalles

NORMATIVA GENERAL DE REGIMEN INTERNO PARA TODOS LOS COMPONENTES DE ELECTROCOR C.F.

NORMATIVA GENERAL DE REGIMEN INTERNO PARA TODOS LOS COMPONENTES DE ELECTROCOR C.F. NORMATIVA GENERAL DE REGIMEN INTERNO PARA TODOS LOS COMPONENTES DE ELECTROCOR C.F. 1. AMBITO DE APLICACIÓN La presente normativa tiene por objeto regular las funciones y deberes de todos los componentes

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DEPORTIVO DEL CLUB NOUBROT BÀSQUET ALCOI

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DEPORTIVO DEL CLUB NOUBROT BÀSQUET ALCOI REGLAMENTO DE RÉGIMEN DEPORTIVO DEL CLUB NOUBROT BÀSQUET ALCOI OBJETO: El presente Reglamento de Régimen Deportivo (RRD) tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento interno del CLUB NOUBROT

Más detalles

CLUB DE PATINAJE OCAÑA SOBRE RUEDAS

CLUB DE PATINAJE OCAÑA SOBRE RUEDAS (OCAÑA 16 de AGOSTO de 2017) CONVOCATORIA: Por la cual se convoca al, FESTIVAL RECREACIONAL DE ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE PATINAJE,(RECREATIVO-PROFESIONALES NOVATOS) que se desarrollara en el Municipio

Más detalles

PLAN DE CONVIVENCIA. (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007)

PLAN DE CONVIVENCIA. (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) PLAN DE CONVIVENCIA (Elaborado según Decreto15/2007 publicado en B.O.C.M. 15 abril 2007) - Cualquier profesor testigo de una infracción de las Normas de Conducta, de consideración leve, está facultado

Más detalles

Cúcuta, 18 de julio de Señores Presidente y Representantes legales CLUBES DE PATINAJE DE NORTE SANTANDER Ciudad.

Cúcuta, 18 de julio de Señores Presidente y Representantes legales CLUBES DE PATINAJE DE NORTE SANTANDER Ciudad. Cúcuta, 18 de julio de 2017 y Representantes legales CLUBES DE PATINAJE DE NORTE SANTANDER Ciudad Cordial saludo: La liga de patinaje de Norte de Santander en cumplimiento del estatuto vigente y mediante

Más detalles

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 005 (ENERO 31 DE 2015)

RESOLUCIÓN No. 005 (ENERO 31 DE 2015) RESOLUCIÓN No. 005 (ENERO 31 DE 2015) Por medio de la cual se convoca y reglamenta el 1er CAMPEONATO DEPARTAMENTAL INTERCLUBES DE MAYORES Y MENORES DE PATINAJE ARTÍSTICONIVEL TECNICO A Y B, a realizarse

Más detalles

RESOLUCION No 004 (Enero 20 de 2017)

RESOLUCION No 004 (Enero 20 de 2017) RESOLUCION No 004 (Enero 20 de 2017) Por medio de la cual se convoca y reglamenta el TEST FISICO PARA CATEGORIAS INFANTIL A SENIOR DE PATINAJE ARTÍSTICO NIVEL TECNICO A Y B, a realizarse en el Municipio

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEPORTIVO PREÁMBULO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEPORTIVO PREÁMBULO C. F. UNIÓN DEPORTIVA BENICALAP C/ Francisco Morote Greus s/n (Polideportivo de Benicalap) 46025 VALENCIA TL. Y Fax: 963 498 886 Email: secretaria@udbenicalap.es Web: www.udbenicalap.es REGLAMENTO DE RÉGIMEN

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN TALLERES Y CLUBES DEPORTIVOS

REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN TALLERES Y CLUBES DEPORTIVOS REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN TALLERES Y CLUBES DEPORTIVOS VICERRECTORÍA DE EXPERIENCIA ESTUDIANTIL Página 1 de 6 Introducción: Todos los campus de la Universidad del Valle de México

Más detalles

LINEAMIENTOS DEPORTIVOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUERÉTARO

LINEAMIENTOS DEPORTIVOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUERÉTARO LINEAMIENTOS DEPORTIVOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUERÉTARO ÍNDICE CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ADMINISTRATIVAS CAPITULO II. CEREMONIAS PROTOCOLARIAS CAPITULO III. REGLAMENTACIÓN

Más detalles

Resolución Nº 004. (Enero 22 de 2016)

Resolución Nº 004. (Enero 22 de 2016) Resolución Nº 004 (Enero 22 de 2016) POR MEDIO DE LA CUAL E REGLAMENTAN LO HORARIO DE LO ECENARIO DEPORTIVO - ENRIQUE LARA HERNANDEZ Y TEODULO GELVEZ ALBARRACIN DE LA CIUDAD DE CUCUTA El Presidente de

Más detalles

Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS

Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS En vigor desde el día 23 de julio de 2008 REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS Í N D I C E Art. 1.-

Más detalles

C/Calvario, 11T Villafranca de los Barros Badajoz

C/Calvario, 11T Villafranca de los Barros Badajoz Los triatletas que deseen pertenecer al Club Atletismo Perceiana-Extremadura deberán aceptar la siguiente normativa: COMPROMISOS DE TODAS LAS SECCIONES DEL CLUB Artículo 1: Todos los triatletas, independientemente

Más detalles

RESOLUCION No. 002 (13 de Enero de 2016) El Presidente de la FEDERACION COLOMBIANA DE PATINAJE, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y

RESOLUCION No. 002 (13 de Enero de 2016) El Presidente de la FEDERACION COLOMBIANA DE PATINAJE, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y RESOLUCION No. 002 (13 de Enero de 2016) Por medio de la cual se establecen plazos, requisitos y condiciones para la carnetización de Dirigentes, Delegados, Técnicos, Jueces y Deportistas a la Federación

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016)

NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016) NORMAS DE CONVIVENCIA (Decreto 16/2016) Curso 2016-2017 NORMAS BÁSICAS DE COMPORTAMIENTO En todo el Centro Respetar a los profesores, compañeros y todo el personal del centro. Cuidar el edificio, las instalaciones,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Todo jugador y jugadoras de las categorías de formación de la UES (Senior, Sub18-Sub16-Sub14-Sub12-Sub10-Sub8-Sub6) que desee tramitar ficha federativa con la Union Esportiva

Más detalles

REGLAMENTO ANTIDOPAJE DE LA FEDERACION DE ARQUEROS DE COLOMBIA

REGLAMENTO ANTIDOPAJE DE LA FEDERACION DE ARQUEROS DE COLOMBIA REGLAMENTO ANTIDOPAJE DE LA FEDERACION DE ARQUEROS DE COLOMBIA En reunión del Comité Ejecutivo de la de la Federación de Arqueros de Colombia, según acta No. 106 de junio 1 de 2010, se adopta el Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERO

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERO Reglamento de Régimen Interno REGLAMENTO DE REGIMEN INTERO Pág. 1 Reglamento de Régimen Interno REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO En este reglamento se incluyen obligaciones de los integrantes del Club (Nadadores,

Más detalles

RESOLUCION No de Febrero de Por medio de la cual se convoca y reglamenta EL PRIMER FESTIVAL

RESOLUCION No de Febrero de Por medio de la cual se convoca y reglamenta EL PRIMER FESTIVAL RESOLUCION No 007 10 de Febrero de 2015 Por medio de la cual se convoca y reglamenta EL PRIMER FESTIVAL RECREACIONAL DISTRITAL DE ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE PATINAJE, a realizarse en la ciudad

Más detalles

PRESENTACIÓN: OBJETIVO GENERAL:

PRESENTACIÓN: OBJETIVO GENERAL: PRESENTACIÓN: El club de patinaje ciudad blanca, es una escuela de formación deportiva sin ánimo de lucro que se ha caracterizado en los últimos años por brindar a la juventud Caucana un espacio de formación

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO DE ( ) LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO En ejercicio de sus facultades conferidas en el artículo 78 de la Constitución Política

Más detalles

CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DEL MUNDO ABSOLUTO. JUNIO 2017 MUJU, KOREA junio

CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DEL MUNDO ABSOLUTO. JUNIO 2017 MUJU, KOREA junio CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DEL MUNDO ABSOLUTO JUNIO 2017 MUJU, KOREA 24-30 junio NORMATIVA DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TAEKWONDO PARA LA SELECCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LOS EQUIPOS NACIONALES

Más detalles

El Presidente de la Confederación Panamericana de Patinaje CPP, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y; CONSIDERANDO:

El Presidente de la Confederación Panamericana de Patinaje CPP, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y; CONSIDERANDO: Por medio de la cual se convoca y reglamenta el CAMPEONATO PANAMERICANO DE HOCKEY PATIN DE CLUBES Y NACIONES EN LAS RAMAS MASCULINA Y FEMENINA, a realizarse en la ciudad de Recife, Brasil, del 24 de noviembre

Más detalles

ACUERDO Nº 175 A FECHA: MARZO 19 DE 1998

ACUERDO Nº 175 A FECHA: MARZO 19 DE 1998 POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA, UNIAGRARIA. El Consejo Superior de la Fundación Universitaria Agraria de Colombia en

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

COSTOS DE COMPETICIONES PARA FÚTBOL SALA Y FÚTBOL PLAYA

COSTOS DE COMPETICIONES PARA FÚTBOL SALA Y FÚTBOL PLAYA COSTOS DE COMPETICIONES PARA FÚTBOL SALA Y FÚTBOL PLAYA 2017 RESOLUCIÓN No. 077-2016 (DICIEMBRE DE 2016) Por medio de la cual se reglamentan las edades, costos y cronograma de participación en los Torneos

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO CLUB TRI IMPULSO

REGLAMENTO INTERNO CLUB TRI IMPULSO REGLAMENTO INTERNO CLUB TRI IMPULSO De acuerdo con lo establecido en el Capítulo II, articulo 8, de los Estatutos de la Región de Murcia que rigen un club deportivo elemental, se establece el siguiente

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010

FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010 FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010 Por medio del cual se aprueba el Reglamento del Comité de Bienestar, Integración y Deportes del Fondo de Empleados de Caracol FODEMCA

Más detalles

ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS

ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS ANEXO I REGLAMENTO DISCIPLINARIO DEL PROYECTO CAMPVS CAPÍTULO I: LA POTESTAD DISCIPLINARIA Art. 1. Ámbito de aplicación. El presente Reglamento será de aplicación a los estudiantes del proyecto CAMPVS

Más detalles

Normas internas disciplinarias FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN. Plazas al Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres

Normas internas disciplinarias FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN. Plazas al Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres Aclaración: El Centro Nacional de Tecnificación Deportiva, en adelante, CNTD, abarcará, como concepto, las instalaciones y material con los que los deportistas que gocen de plaza asignada por la Federación

Más detalles

Reglamento de Viaje y Conducta SELECCIONES CONADEIP Comisión Nacional Deportiva Estudiantil de Instituciones Privadas, A.C.

Reglamento de Viaje y Conducta SELECCIONES CONADEIP Comisión Nacional Deportiva Estudiantil de Instituciones Privadas, A.C. Comisión Nacional Deportiva Estudiantil de Instituciones Privadas, A.C. Reglamento de Viaje y Conducta SELECCIONES CONADEIP INTRODUCCIÓN Los artículos de este reglamento son de observación obligatoria

Más detalles

NORMATIVA INTERNA PARA JUGADORES

NORMATIVA INTERNA PARA JUGADORES NORMATIVA INTERNA PARA JUGADORES Derechos El jugador tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. Todos los deportistas tienen derecho a las mismas oportunidades

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY CAMPUS SANTA FE

INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY CAMPUS SANTA FE INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY CAMPUS SANTA FE Disposiciones Generales REGLAMENTO DE EQUIPOS REPRESENTATIVOS 1.- El presente documento tiene la finalidad de regular las actividades

Más detalles

NORMATIVA DE RÉGIMEN INTERNO

NORMATIVA DE RÉGIMEN INTERNO NORMATIVA DE RÉGIMEN INTERNO C.D.E. RAYO SAN FERNANDO Jugadores y Padres NORMATIVA DE RÉGIMEN INTERNO C.D.E. RAYO SAN FERNANDO La normativa de régimen interno del Rayo San Fernando, tiene como objetivo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE TECNIFICACION DE BALONMANO

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE TECNIFICACION DE BALONMANO REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE TECNIFICACION DE BALONMANO FEDERACION DE BALONMANO DE CASTILLA Y LEON CONTENIDO CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: Definición del Centro de Tecnificación de

Más detalles

NORMAS GENERALES CLUB ATLETISMO PORTUGALETE

NORMAS GENERALES CLUB ATLETISMO PORTUGALETE NORMAS GENERALES CLUB ATLETISMO PORTUGALETE 1.-INSTALACIÓN ENTRENAMIENTO Todos los atletas del Club Atletismo Portugalete tendrán derecho al acceso gratuito tanto a la pista de atletismo de Santurtzi como

Más detalles

RESOLUCIÓN N 018 (Abril 24 de 2017)

RESOLUCIÓN N 018 (Abril 24 de 2017) RESOLUCIÓN N 018 (Abril 24 de 2017) Por medio de la cual se convoca y avala la realización del 1er FESTIVAL ZONAL DE ESCUELAS DE FORMACIÓN DE PATINAJE DE VELOCIDAD, a realizarse en el municipio de El Rosal,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB NATACION SAN FERNANDO.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB NATACION SAN FERNANDO. REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO CLUB NATACION SAN FERNANDO. Art. 1.- Potestad disciplinaria 1. El Club Natación SAN FERNANDO ejercerá, a través de sus órganos disciplinarios, la potestad disciplinaria

Más detalles

BIENESTAR INSTITUCIONAL

BIENESTAR INSTITUCIONAL REGLAMENTO BIENESTAR INSTITUCIONAL El Consejo Superior de la Corporación Educativa Taller Cinco Centro de Diseño en uso de sus facultades legales y estatutarias y, CONSIDERANDO: 1. Que la Resolución No

Más detalles

Real Federación Española de Patinaje Comité Nacional P.Velocidad Freestyle

Real Federación Española de Patinaje Comité Nacional P.Velocidad Freestyle Comunicado 11 / 2014 CAMPEONATO DE ESPAÑA FEMENINO Y MASCULINO DE FREESTYLE LUGAR: VIGO 5 y 6 de Julio de 2014 A propuesta del Comité Nacional de Patinaje Velocidad-Freestyle, se convoca el CAMPEONATO

Más detalles

SELECCI N NACIONAL DE PARAPENTE. Comisión Técnica Nacional de Parapente

SELECCI N NACIONAL DE PARAPENTE. Comisión Técnica Nacional de Parapente REGLAMENTO DEL EQUIPO Y SELECCI N NACIONAL DE PARAPENTE Comisión Técnica Nacional de Parapente 31de Octubre de 2012 EQUIPO NACIONAL DE PARAPENTE El Equipo Nacional de Parapente estará compuesto por: Pilotos:

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO El LOGOS BASKET es un club que pretende colaborar en la formación integral de los jugadores que integran sus plantillas. Por ello, cree en los principios del respeto, la disciplina,

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 047 (02 DE MAYO DE 2016)

RESOLUCIÓN No. 047 (02 DE MAYO DE 2016) RESOLUCIÓN No. 047 (02 DE MAYO DE 2016) Por medio de la cual se convoca y reglamenta EL II FESTIVAL RECREACIONAL ZONA CENTRO DE ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE PATINAJE, a realizarse en la ciudad de

Más detalles

RESOLUCION No DE MARZO DE 2018

RESOLUCION No DE MARZO DE 2018 RESOLUCION No. 015 9 DE MARZO DE 2018 Por medio de la cual se convoca y reglamenta 1ER. FESTIVAL RECREACIONAL DISTRITAL DE ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE PATINAJE, a realizarse en la ciudad de Bogotá,

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 024 Junio 1 de Por la cual se convoca a un evento Distrital en la modalidad de carreras

RESOLUCIÓN No. 024 Junio 1 de Por la cual se convoca a un evento Distrital en la modalidad de carreras RESOLUCIÓN No. 024 Junio 1 de 2015 Por la cual se convoca a un evento Distrital en la modalidad de carreras El Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje de Bogotá D. C y la Comisión Técnica Distrital; en

Más detalles

CARTA DE COMPROMISO D... con DNI número:. Respetar, asumir y cumplir con el Reglamento de Régimen Interno del Club.

CARTA DE COMPROMISO D... con DNI número:. Respetar, asumir y cumplir con el Reglamento de Régimen Interno del Club. Bilbao,.. / /.. UNIVERSITARIO BILBAO RUGBY. BILBAO RUGBY ESKOLA. C/ Salou nº1, esquina Moncada. 48002 BILBAO. www.universitariobilbao.com CARTA DE COMPROMISO Este documento constituye el compromiso del

Más detalles

Guía de los Derechos y Deberes de los Asociados de Aseguradora Solidaria de Colombia

Guía de los Derechos y Deberes de los Asociados de Aseguradora Solidaria de Colombia Guía de los de los Asociados de Aseguradora Solidaria de Colombia Derechos y Deberes de los Asociados Gerencia de Riesgo y Gobierno Corporativo DERECHOS DE LOS ASOCIADOS Los Asociados tendrán, además de

Más detalles

Objetivo del Código de Conducta

Objetivo del Código de Conducta Código de Conducta de la Objetivo del Código de Conducta El Código de Conducta de la Asociación Española de Unihockey Floorball () está escrito para garantizar los más altos estándares de los deportistas

Más detalles

CASTEJÓN. DIRECTOR CAMPEONATO

CASTEJÓN. DIRECTOR CAMPEONATO XXIII JUEGOS DEPORTIVOS DE NAVARRA DE TAEKWONDO 1ª FASE COMBATE INFANTIL, CADETE Y JUNIOR TÉCNICA Y PUMSE SINCRONIZADO ALEVÍN, INFANTIL Y CADETE TÉCNICA Y PUMSE INDIVIDUAL JUVENIL 15 de Enero de 2010 ORGANIZA:

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE RELACIONES INTERNAS Y ÉTICA DE SOCIEDAD DE FOMENTO FABRIL F.G.

REGLAMENTO COMISIÓN DE RELACIONES INTERNAS Y ÉTICA DE SOCIEDAD DE FOMENTO FABRIL F.G. REGLAMENTO COMISIÓN DE RELACIONES INTERNAS Y ÉTICA DE SOCIEDAD DE FOMENTO FABRIL F.G. TITULO PRELIMINAR 1.- Objetivos de la Comisión de Relaciones Internas y Ética La Comisión de Relaciones Internas y

Más detalles

NORMATIVA 2017 FUTBOL 7 (Itinerario de rendimiento)

NORMATIVA 2017 FUTBOL 7 (Itinerario de rendimiento) NORMATIVA 2017 FUTBOL 7 (Itinerario de rendimiento) La Dirección de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco, en colaboración con la Federación Vasca de Fútbol organizará los IX JUEGOS DEPORTIVOS

Más detalles

Club de Basketball-IER REGLAMENTO OFICIAL

Club de Basketball-IER REGLAMENTO OFICIAL Club de Basketball-IER REGLAMENTO OFICIAL DISPOSICIONES GENERALES. I. OBJETIVO. I.1. General: Implementar y mantener una serie de reglas que permitan una buena organización y funcionamiento del Club de

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIOS DEPORTIVOS SYNCHRO PANAMA CIUDAD DE PANAMA

REGLAMENTO DE SERVICIOS DEPORTIVOS SYNCHRO PANAMA CIUDAD DE PANAMA REGLAMENTO DE SERVICIOS DEPORTIVOS SYNCHRO PANAMA CIUDAD DE PANAMA En ciudad de Panamá, quien firma el presente documento (en adelante el Afiliado o Miembro ), y cuyas generales se detallan en la sección

Más detalles

PRIMERA PARTE INTEGRACIÓN DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS A LA FEBD

PRIMERA PARTE INTEGRACIÓN DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS A LA FEBD PROTOCOLO DE INTEGRACIÓN DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS Y DE AFILIACIÓN DE CLUBES O ASOCIACIONES DEPORTIVAS A LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BAILE DEPORTIVO (FEBD) PRIMERA PARTE INTEGRACIÓN DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO CLUB DEPORTIVO SEMILLANO Escuela de Fútbol Semillano

REGLAMENTO INTERNO CLUB DEPORTIVO SEMILLANO Escuela de Fútbol Semillano REGLAMENTO INTERNO CLUB DEPORTIVO SEMILLANO Escuela de Fútbol Semillano TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO I. OBJETO El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización

Más detalles

VISIÓN MISIÓN VALORES REGLAMANTO INTERNO

VISIÓN MISIÓN VALORES REGLAMANTO INTERNO VISIÓN MISIÓN VALORES REGLAMANTO INTERNO Rancagua, Chile VISIÓN El Club Deportivo Rama de Basquetbol O'Higgins es una institución que busca destacarse en promover el básquetbol y un estilo de vida saludable,

Más detalles

Carácter propio, buenas prácticas y reglamento

Carácter propio, buenas prácticas y reglamento Carácter propio, buenas prácticas y reglamento Carácter propio, buenas prácticas y reglamento Club Deportivo Peñalba Carácter Propio El Club Deportivo organiza y gestiona el deporte en las extraescolares

Más detalles

RESOLUCIÓN No.32 (4 DE OCTUBRE DE 2016)

RESOLUCIÓN No.32 (4 DE OCTUBRE DE 2016) RESOLUCIÓN No.32 (4 DE OCTUBRE DE 2016) Por medio de la cual se convoca y reglamenta el IV CAMPEONATO DEPARTAMENTAL INTERCLUBES PARA CATEGORIA MAYORES Y MENORES DE PATINAJE ARTÍSTICO NIVEL TECNICO A, B

Más detalles

REGLAMENTO CENTRO DE TECNIFICACIÓN DE JUDO

REGLAMENTO CENTRO DE TECNIFICACIÓN DE JUDO REGLAMENTO CENTRO DE TECNIFICACIÓN DE JUDO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente reglamento tiene por finalidad regular el funcionamiento del Centro de Tecnificación de Judo de Castilla y León.

Más detalles

CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DE EUROPA ABSOLUTO MAYO 2016 MONTREUX, SUIZA

CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DE EUROPA ABSOLUTO MAYO 2016 MONTREUX, SUIZA CRITERIOS DE SELECCIÓN CAMPEONATO DE EUROPA ABSOLUTO 19-22 MAYO 2016 MONTREUX, SUIZA NORMATIVA DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TAEKWONDO PARA LA SELECCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LOS EQUIPOS NACIONALES

Más detalles

RESOLUCION No. 009 Marzo 10 de 2017

RESOLUCION No. 009 Marzo 10 de 2017 RESOLUCION No. 009 Marzo 10 Por medio de la cual, se convoca a los ZONALES CLASIFICATORIOS a la 3ra COPA LIPATINCITOS y Festivales de Escuelas en la modalidad de Carreras. El Comité Ejecutivo de la Liga

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES Colección Documento Universitario Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Más detalles

[CLUB BALONCESTO SPORTING CIUTAT DE PALMA] CÓDIGO DE CONDUCTA

[CLUB BALONCESTO SPORTING CIUTAT DE PALMA] CÓDIGO DE CONDUCTA Éste es un documento que establece los puntos clave del Club y tanto jugadores como padres deben aceptarlo. 1. Compromiso con el Club. El compromiso con el club una vez firmada la ficha federativa es para

Más detalles

UNIVERSIDAD EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES. Servicio de Deportes y Promoción de la Salud Normativa Torneos Internos

UNIVERSIDAD EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES. Servicio de Deportes y Promoción de la Salud Normativa Torneos Internos UNIVERSIDAD EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES Servicio de Deportes y Promoción de la Salud Normativa Torneos Internos 2017-2018 NORMATIVA TORNEOS INTERNOS 2017 2018 1. NORMAS GENERALES o Se llevarán a cabo dos

Más detalles

REGLAMENTO DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE

REGLAMENTO DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE REGLAMENTO DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE Mayo, 2017 Contenido TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES... 2 TÍTULO II. CENTRO DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE... 2 TÍTULO III. DEPORTISTAS... 3 CAPÍTULO 1. DEPORTISTA UNIVERSITARIO...

Más detalles

RESOLUCIÓN No. 139 DEL AÑO 2006 (18 de julio) POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL DEPORTE FORMATIVO EN LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AUTÓNOMA DEL CAUCA

RESOLUCIÓN No. 139 DEL AÑO 2006 (18 de julio) POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL DEPORTE FORMATIVO EN LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AUTÓNOMA DEL CAUCA RESOLUCIÓN No. 139 DEL AÑO 2006 (18 de julio) POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL DEPORTE FORMATIVO EN LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AUTÓNOMA DEL CAUCA En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial

Más detalles

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO FORÇA LLEIDA CLUB ESPORTIU

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO FORÇA LLEIDA CLUB ESPORTIU REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO FORÇA LLEIDA CLUB ESPORTIU ÍNDICE TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES. TÍTULO II.- COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA. CAPÍTULO I.- ÓRGANOS DE GOBIERNO. CAPÍTULO II.- CUERPO TÉCNICO. CAPÍTULO

Más detalles

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS

COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS COLEGIO SAN JUAN BOSCO REGLAMENTO ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES FAMILIAS El comportamiento de los alumnos durante el desarrollo de las actividades extraescolares deberá ajustarse, en todo momento, al exigido

Más detalles

FEDERACION SALVADOREÑA DE BOWLING F E S A B O W L

FEDERACION SALVADOREÑA DE BOWLING F E S A B O W L FEDERACION SALVADOREÑA DE BOWLING F E S A B O W L REGLAMENTO GENERAL DE PRE SELECCIONES, REPRESENTACIONES Y SELECCIONES NACIONALES Art.1. Con el objeto de lograr una mejor preparación y participación con

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 36351 III. Otras Resoluciones Consejería de Turismo, Cultura y Deportes 4899 Dirección General de Deportes.- Resolución de 12 de diciembre de 2016, por la que se hace pública la modificación de los Estatutos

Más detalles

FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE SALVAMENTO Y SOCORRISMO

FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE SALVAMENTO Y SOCORRISMO 34529 FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE SALVAMENTO Y SOCORRISMO ACUERDO de 7 de septiembre de 2015 sobre creación de los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública. (2015AC0017) El apartado 1

Más detalles

REGLAMENTO DE REGISTRO DE JUGADORES Y CUERPOS TECNICOS

REGLAMENTO DE REGISTRO DE JUGADORES Y CUERPOS TECNICOS REGLAMENTO DE REGISTRO DE JUGADORES Y CUERPOS TECNICOS CAPITULO I Artículo 1.- Artículo 2.- Articulo 3.- Artículo 4.- Artículo 5.- En cumplimiento de los Estatutos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional,

Más detalles