ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO"

Transcripción

1 ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED AIR/W/98 31 de octubre de 1994 Distribución especial ( ) Comité del Comercio de Aeronaves Civiles NOTA DEL PRESIDENTE Según lo acordado en la reunión que celebró el Comité el 21 de octubre de 1994, distribuyo los textos siguientes como anexos dei presente documento: Anexo I : Anexo II: Protocolo ( 1994) por el que se modifica el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles. Decisión adoptada por los Signatarios dei Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles en relación con la conclusión dei Protocolo (1994) por el que se modifica el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles. El Comité se reunirá el 10 de noviembre de 1994 para adoptar una decisión formal acerca de la adopción dei texto dei Protocolo quefiguraen el anexo I y dei texto de la Decisión quefiguraen el anexo II.

2 Página 2 ANEXO\ Protocolo (1994) por el que se modifica el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles Los Signatarios dei Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles (denominado en adelante el "Acuerdo"), ACTUANDO de conformidad con el artículo dei Acuerdo, CON OBJETO de asegurar el funcionamiento correcto de ese Acuerdo en tanto que Acuerdo Comercial Plurilateral incluido en el Anexo 4 dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio y en tanto que acuerdo abarcado incluido en el Apéndice 1 dei Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias que figura como anexo dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio, Preámbulo CONVIENEN en modificar el Acuerdo como sigue: 1. Primer apartado: Sustituyase "Los Signatarios dei" por "Las Partes en el". 2. Suprímase la nota 1 al apartado Séptimo apartado: Sustituyase "muchos Signatarios" por "muchas Partes". 4. Décimo apartado: Sustituyase "dei Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (denominado en adelante 'Acuerdo General' o 'GATT') y en virtud de otros acuerdos multilaterales negociados bajo los auspicios dei GATT," por "del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio, incluidos los Acuerdos e instrumentos jurídicos relacionados que figuran en los Anexos 1, 2 y 3 dei mismo (denominados en adelante 'los Acuerdos Comerciales Multilaterales') y los otros Acuerdos e instrumentos jurídicos relacionados que figuran en el Anexo 4, que haya aceptado una Parte (denominados en adelante 'los Acuerdos Comerciales Plurilaterales')". Artículo 2 5. Artículo 2.1 : Sustituyase "Los Signatarios convienen" por "Cada una de las Partes conviene". 6. Artículo 2.1.1: Después de "Acuerdo" añádase "para la Parte de que se trate". 7. Nota al artículo 2.1.1: Sustituyase "Acuerdo General" por "GATT de 1994". 8. Artículo 2.1.2: Después de "Acuerdo" añádase "para la Parte de que se trate". 9. Artículo 2.1.2: Después de "reparaciones" añádase "(con inclusión dei mantenimiento, reconstrucción, modificación y conversión)". 10. Artículo 2.1.2: Después de "aeronaves civiles;" añádase "e 'a disposición se aplica exclusivamente a las reparaciones de aeronaves civiles completas y a aquellos productos de

3 Página 3 aeronaves civiles que estén clasificados a efectos aduaneros en las partidas de sus respectivos aranceles enumeradas en el anexo dei presente Acuerdo;". 11. Nota al artículo 2.1.2: Sustituyase "Acuerdo General" por "GATT de 1994". 12. Artículo 2.1.3: Sustituyase "sus respectivas Listas anexas al Acuerdo General" por "su respectiva Lista anexa al GATT de 1994". 13. Artículo 2.1.3: Suprímase "para el I o de enero de 1980 o". 14. Artículo 2.1.3: Después de "Acuerdo" añádase "para la Parte de que se trate". 15. Artículo 2.2: Sustituyase "Todo Signatario" por "Cada Parte" y sustituyase "los demás Signatarios", en los dos lugares en que aparecen estas palabras, por "las demás Partes". Artículo Artículo 3.1 : Sustituyase "los Signatarios" por "las Partes", "Los Signatarios" por "Las Partes" y "los Signatarios dei" por "las Partes en el". 17. Artículo 3.1: Después de "Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio" añádase "que figura en el Anexo 1A dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio (denominado en adelante 'Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio')". Artículo Artículo4.2: Sustituyase "Los Signatarios" por "LasPartes" y "unsignatario" por "una Parte". 19. Artículo 4.3: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes", "todo Signatario" por "toda Parte" y "otros Signatarios" por "otras Partes". 20. Nota al artículo 4.3: Sustituyase "un Signatario" por "una Parte" y "otros Signatarios" por "otras Partes". 21. Artículo4.4: Sustituyase "LosSignatarios" por "Las Partes" y "unsignatario" por "una Parte". Artículo Artículo 5.1: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes". 23. Artículo 5.1: Sustituyase "dei Acuerdo General" por "de los Acuerdos Comerciales Multilaterales" y "el Acuerdo General" por "los Acuerdos Comerciales Multilaterales". 24. Artículo 5.2: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes" y "otros Signatarios" por "otras Partes". 25. Artículo 5.2: Sustituyase "dei Acuerdo General" por "de los Acuerdos Comerciales Multilaterales".

4 Página 4 Artículo Artículo 6.1: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes" y "todos los Signatarios" por "todas las Partes". 27. Artículo 6.1 : Sustituyase "Acuerdo sobre la interpretación y aplicación de los artículos VI, XVI y XXIII dei Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias)" por "Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias que figura en el Anexo 1A dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio (denominado en adelante 'Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias')". 28. Artículo 61: Redáctese la segunda frase como sigue: "Declaran que al participar en programas relativos a las aeronaves civiles o al prestarles su apoyo ninguna Parte deberá producir efectos desfavorables para el comercio de aeronaves civiles en el sentido dei Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias." 29. Artículo 6.2: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes". Artículo Artículo 7.1: Sustituyase "los Signatarios" por "las Partes". Artículo Artículo 8.1: Sustituyase "todos los Signatarios" por "todas las Partes", y "los Signatarios" por "las Partes" en los dos lugares en que aparecen esas palabras. 32. Artículo 8.2: Sustituyase "a las PARTES CONTRATANTES dei Acuerdo General" por "al Consejo General de la Organización Mundial dei Comercio". 33. Artículo 8.3: Sustituyase "los Signatarios" por "las Partes". 34. Artículo8.5: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes", "otro Signatario" por "otra Parte" y "se prestarán a" por "brindarán oportunidades adecuadas para". 35. Artículo 8.6: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes", "otros Signatarios" por "otras Partes" y "los Signatarios" por "las Partes". 36. Artículo 8.7: Sustituyase "Todo Signatario" por "Toda Parte", "otro Signatario" por "otra Parte" y "los Signatarios" por "las Partes". 37. Artículo 8.7: Sustituyase "dei Acuerdo General o de instrumentos negociados multilateralmente bajo los auspicios dei GATT" por "de los Acuerdos Comerciales Multilaterales y Plurilaterals". 38. Artículo 8.7: Sustituyase "dei Acuerdo General y de dichos instrumentos" por "de los Acuerdos Comerciales Multilaterales y Plurilaterals ". 39. Artículo 8.8: Sustituyase la totalidad dei párrafo por lo siguiente: "Salvo disposición en contrario en el presente Acuerdo, las disposiciones de los artículos XXII y XXIII dei GATT de 1994, desarrolladas y aplicadas en virtud dei Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias, anexo al Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio, serán de aplicación para las consultas y la solución de diferencias en el marco dei presente Acuerdo."

5 Página 5 Artículo Artículo 9.1 : Sustituyase "gobiernos que sean partes contratantes dei Acuerdo General, y de la Comunidad Económica Europea" por "Miembros de la Organización Mundial dei Comercio". 41. Artículo 9.1.2: Suprímase la totalidad dei párrafo. 42. Artículo 9.1.3: Numérese "9.1.2" y redáctese como sigue: "El presente Acuerdo estará abierto a la adhesión de cualquier otro gobierno en las condiciones que, respecto de la aplicación efectiva de los derechos y obligaciones dimanantes dei mismo, convengan dicho gobierno y las Partes, mediante el depósito en poder dei Director General de la Organización Mundial dei Comercio de un instrumento de adhesión en el que se enuncien las condiciones convenidas." 4? Artículo 9.1.4: Suprímase la totalidad dei párrafo. 44. Artículo 9.2.1: Sustituyase "los demás Signatarios" por "las demás Partes". 45. Nota al artículo 9.3.1: Suprímase la palabra "Económica". 46. Artículo 9.4.2: Sustituyase "Signatario" por "Parte". 47. Artículo 9.5.1: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes", "los Signatarios" por "las Partes", "un Signatario" por "una Parte" y "éste" por "ésta". 48. Artículo : Sustituyase "Todo Signatario" por "Toda Parte" y "todo Signatario" por "toda Parte". 49. Artículo : Sustituyase "las PARTES CONTRATANTES dei Acuerdo General 1 por "la Organización Mundial dei Comercio". 50. Artículo 9.7: En el título, sustituyase "determinados Signatarios" por "determinadas Partes". 51. Artículo 9.7.1: Sustituyase "Signatarios" por "Partes", "uno de ellos" por "una de ellas" y "uno de esos Signatarios" por "una de esas Partes". 52. Artículo 9.9.1: Sustituyase "dei GATT" por "de la Organización Mundial dei Comercio". 53. Artículo : Redáctese el párrafo como sigue: "El presente Acuerdo será depositado en poder dei Director General de la Organización Mundial dei Comercio, quien remitirá sin dilación a cada Parte y a cada uno de los Miembros de la Organización Mundial dei Comercio copia autenticada de dicho instrumento y de cada modificación introducida en virtud dei párrafo 9.5, y notificación de cada aceptación o adhesión hechas con arreglo al párrafo 9.1 o de cada denuncia dei Acuerdo realizada de conformidad con el párrafo 9.6. " 54. A continuación dei párrafo introdúzcase un nuevo párrafo cuyo texto sea el siguiente: "9.12 Textos auténticos El presente texto es auténtico en los idiomas español, francés e inglés. " 55. Último párrafo dei texto dei Acuerdo: Suprímase "en un solo ejemplar y en los idiomas francés e inglés, siendo cada uno de los textos igualmente auténtico, salvo indicación en contrario en lo que concierne a las diversas listas dei anexo".

6 Página Párrafo 1: Sustituyase "Los Signatarios" por "Las Partes". 57. Texto adyacente al código ex dei SA: Después de "cinta magnética", añádase "incluso con receptor incorporado de señales de imagen y sonido". 58. Texto adyacente al código ex dei SA: Sustituyase "Conjuntos y subconjuntos de los artículos del N" , consistentes en dos o más piezas sujetas o ensambladas" por "Partes y accesorios de aparatos de la partida ". 59. Después dei código ex dei SA y su texto adyacente: Añádanse el nuevo código dei SA y texto adyacente siguientes: "ex 'Instrumentos, aparatos y modelos, proyectados para demostraciones (por ejemplo: en la enseñanza o exposiciones), que no sean susceptibles de otros usos' - simuladores para mantenimiento en tierra". 60. Texto adyacente al código ex dei SA: Redáctese como sigue: "Termómetros y pirómetros, de líquido, con lectura directa, sin combinar con otros instrumentos". Las Partes recuerdan su Decisión de 25 de marzo de 1987 (IBDD 34S/246) en la que acordaron que se considerará auténtico el texto español dei Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles, que figura en anexo dei documento AIR/61/Rev. 1. Hasta la entrada en vigor dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio, el presente Protocolo será depositado en poder dei Director General de las PARTES CONTRATANTES dei GATT de 1947, quien remitirá sin dilación a cada Signatario dei Acuerdo y a cada una de las partes contratantes dei GATT de 1947 copia autenticada de dicho instrumento y notificación de cada aceptación dei Protocolo. AI entrar en vigor el Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio, el presente Protocolo será depositado en poder dei Director General de la Organización Mundial dei Comercio. El presente Protocolo estará abierto a la aceptación, mediante firma o formalidad de otra clase, de los Signatarios dei Acuerdo. El presente Protocolo permanecerá abierto a la aceptación durante un período de dos años contado a partir de la fecha de entrada en vigor dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio; sin embargo, el período durante el cual puede aceptarse el presente Protocolo podrá prorrogarse más allá de esa fecha mediante una decisión dei Comité dei Comercio de Aeronaves Civiles. No podrán formularse reservas respecto de ninguna de las disposiciones dei presente Protocolo sin el consentimiento de los demás Signatarios. El presente Protocolo entrará en vigor para cada Signatario en la última de las dos fechas siguientes: a) la fecha de aceptación dei Protocolo por el Signatario de que se trate, y b) la fecha de entrada en vigor dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio para ese Signatario. El presente Protocolo será registrado de conformidad con las disposiciones dei Artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. Hecho en Ginebra el... de... de mil novecientos noventa y cuatro en un solo ejemplar y en los idiomas español, francés e inglés, siendo cada uno de los textos igualmente auténtico.

7 Página 7 ANEXO II Decisión adoptada por los Signatarios dei Acuerdo sobre Comercio de Aeronaves Civiles en relación con la conclusión dei Protocolo (1994) por el que se modifica el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles 1. La conclusión dei proceso de modificación dei Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles para asegurar su adecuado funcionamiento como Acuerdo Comercial Plurilateral incluido en el Anexo 4 dei Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio no significa que hayan terminado las negociaciones previstas en el párrafo 8.3 dei Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles e iniciadas de conformidad con la Decisión adoptada por el Comité el 16 de julio de 1992 ( AIR/M/32), tampoco significa que se hayan establecido normas multilaterales específicas en el sentido de las notas 15 y 24 dei Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias anexo al Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial dei Comercio (denominado en adelante "Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias"). 2. Los Signatarios aplicarán el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles en sus relaciones mutuas de conformidad con los términos de este instrumento. Reconocen que el hecho de que el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles haya sido modificado después de concluido el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias no significa que aquél tenga prioridad sobre éste.

REPÚBLICA DE LA INDIA - MERCOSUR ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO -------------------------------------------------------------------------------- Capítulo I Objeto del Acuerdo Artículo 1 A los fines del

Más detalles

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC Antecedentes Después de casi 10 años de conversaciones, los Miembros de la OMC concluyeron las negociaciones relativas al Acuerdo sobre Facilitación

Más detalles

PROTOCOLO ADICIONAL DE LA CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADO EN ESTRASBURGO, EL 15 DE MARZO DE 1978

PROTOCOLO ADICIONAL DE LA CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADO EN ESTRASBURGO, EL 15 DE MARZO DE 1978 PROTOCOLO ADICIONAL DE LA CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADO EN ESTRASBURGO, EL 15 DE MARZO DE 1978 Protocolo publicado en el Diario Oficial de la Federación,

Más detalles

Protocolo a la Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado 1954

Protocolo a la Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado 1954 Protocolo a la Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado 1954 La Haya, 14 de Mayo 1954 Las Altas Partes Contratantes han convenido lo siguiente: 1. Cada una de

Más detalles

ACUERDO GENERL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO. RESTRICTED L/ de abril de 1980

ACUERDO GENERL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO. RESTRICTED L/ de abril de 1980 ACUERDO GENERL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO BESTRICTED RESTRICTED L/497028 de abril de 1980 Distribución limitada ADHESION DE COLOMIA El 28 de noviembre de 1979 las PARTES CONTRATANTES adoptaron

Más detalles

ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO ENTRE MERCOSUR Y LA REPUBLICA DE LA INDIA

ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO ENTRE MERCOSUR Y LA REPUBLICA DE LA INDIA ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO ENTRE MERCOSUR Y LA REPUBLICA DE LA INDIA La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados

Más detalles

CONVENIO DE GINEBRA CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS

CONVENIO DE GINEBRA CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS CONVENIO DE GINEBRA CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS Los Estados contratantes, del 29 de octubre de 1971 Preocupados por

Más detalles

ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO

ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED IMC/W/94 4 de marzo de 1994 Distribución especial (94-0402) Consejo Internacional de la Carne Reunión extraordinaria 21 de marzo de 1994

Más detalles

DECISIÓN RELATIVA A LOS PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACIÓN

DECISIÓN RELATIVA A LOS PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACIÓN Página 413 DECISIÓN RELATIVA A LOS PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACIÓN Los Ministros deciden recomendar que la Conferencia Ministerial adopte la Decisión relativa al mejoramiento y examen de los procedimientos

Más detalles

LEY 170 DE (diciembre 15) El Congreso de Colombia, RONDA URUGUAY ACTA FINAL MARRAKECH, 15 DE ABRIL DE 1994

LEY 170 DE (diciembre 15) El Congreso de Colombia, RONDA URUGUAY ACTA FINAL MARRAKECH, 15 DE ABRIL DE 1994 LEY 170 DE 1994 (diciembre 15) por medio de la cual se aprueba el Acuerdo por el que se establece la "Organización Mundial de Comercio (OMC)", suscrito en Marrakech (Marruecos) el 15 de abril de 1994,

Más detalles

ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO PREAMBULO

ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO PREAMBULO ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO 163 ACUERDO DE LA CARNE DE BOVINO PREAMBULO Convencidos de que debe incrementarse la cooperación internacional de manera que contribuya al logro de una mayor liberalización,

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE îf W de 1967 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución limitada

ACUERDO GENERAL SOBRE îf W de 1967 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución limitada RESTRICTED ACUERDO GENERAL SOBRE îf W de 1967 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución limitada PROTOCOLO DE GINEBRA (1967) El Protocolo de Ginebra (1967), en el que se incorporan los resultados de

Más detalles

Entrada en vigor: 9 de marzo de 1927, de conformidad con el artículo 12

Entrada en vigor: 9 de marzo de 1927, de conformidad con el artículo 12 Convención sobre la Esclavitud Firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926 Entrada en vigor: 9 de marzo de 1927, de conformidad con el artículo 12 Artículo 1 La Convención fue modificada por el Protocolo

Más detalles

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCIÓN NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCIÓN NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS TRATADOS SOBRE DERECHO DE AUTOR SUSCRITOS POR MÉXICO CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCIÓN NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS Los Estados contratantes, Preocupados

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE

ACUERDO GENERAL SOBRE ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Subcomlté del Comité del Comercio de Aeronaves Civiles RESTRICTED AIR/RN/l 24 de noviembre de 1992 Distribución especial Original: Inglés ELEMENTOS

Más detalles

CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS 29 DE OCTUBRE DE 1971

CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS 29 DE OCTUBRE DE 1971 CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS 29 DE OCTUBRE DE 1971 Artículo 1. Para los fines del presente Convenio, se entenderá

Más detalles

Convenio de Distribución Señales Portadoras de Programas por Satélite

Convenio de Distribución Señales Portadoras de Programas por Satélite Convenio de Distribución Señales Portadoras de Programas por Satélite APROBACIÓN DEL CONVENIO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE SEÑALES PORTADORAS DE PROGRAMAS TRANSMITIDAS POR SATÉLITE ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase,

Más detalles

Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer

Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer 2. Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 31 de marzo de 1953 Fecha de entrada en vigor internacional: 7 de julio de 1954 Vinculación

Más detalles

VINCULACIÓN DE MÉXICO: 8 DE SEPTIEMBRE DE ADHESIÓN. ENTRADA EN VIGOR: 9 DE MARZO DE 1927 DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 12

VINCULACIÓN DE MÉXICO: 8 DE SEPTIEMBRE DE ADHESIÓN. ENTRADA EN VIGOR: 9 DE MARZO DE 1927 DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 12 CONVENCIÓN RELATIVA A LA ESCLAVITUD DEPOSITARIO: ONU. LUGAR DE ADOPCIÓN: GINEBRA, SUIZA. FECHA DE ADOPCIÓN: 25 DE SEPTIEMBRE DE 1926. VINCULACIÓN DE MÉXICO: 8 DE SEPTIEMBRE DE 1934. ADHESIÓN. ENTRADA EN

Más detalles

ANEXO. de la. Propuesta de Decisión del Consejo

ANEXO. de la. Propuesta de Decisión del Consejo COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 29.1.2015 COM(2015) 20 final ANNEX 1 ANEXO de la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, de la Convención de las Naciones

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. 01-17-94 DECRETO por el que se aprueba el Protocolo que modifica la Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimiento del 25 de agosto de 1924, como se enmendó por

Más detalles

Aprobación del Acta Final en que se incorporan los Resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales

Aprobación del Acta Final en que se incorporan los Resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales LEY Nº 7475 DE APROBACIÓN DEL ACTA FINAL EN QUE SE INCORPORAN LOS RESULTADOS DE LA RONDA DE URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES De fecha 20 de diciembre de 1994 Publicado en La Gaceta 26

Más detalles

CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE DERECHO AERONÁUTICO. (Montreal, 20 de abril al 2 de mayo de 2009)

CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE DERECHO AERONÁUTICO. (Montreal, 20 de abril al 2 de mayo de 2009) 17/4/09 CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE DERECHO AERONÁUTICO (Montreal, 20 de abril al 2 de mayo de 2009) PROYECTO DE CLÁUSULAS FINALES DEL CONVENIO SOBRE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS POR

Más detalles

Convenio Europeo de 1983 sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos

Convenio Europeo de 1983 sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos Convenio Europeo de 1983 sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos Los Estados miembros del Consejo de Europa, signatarios del presente Convenio, considerando que el fin del Consejo de Europa

Más detalles

PROTOCOLO DE MODIFICACION DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS CONSIDERANDO

PROTOCOLO DE MODIFICACION DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS CONSIDERANDO PROTOCOLO DE MODIFICACION DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS Las Partes, CONSIDERANDO Que el Convenio Multilateral sobre Cooperacion

Más detalles

RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 COMUNICACIÓN DEL CANADA

RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 COMUNICACIÓN DEL CANADA NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original: inglés Grupo de Negociación

Más detalles

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EL 7 DE DICIEMBRE DE Presidente: Sr. Harald Ernst (Suiza)

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EL 7 DE DICIEMBRE DE Presidente: Sr. Harald Ernst (Suiza) ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED GPR/M/57 8 de febrero de 1996 Distribución especial (96-0485) Comité de Compras del Sector Público ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EL 7 DE DICIEMBRE

Más detalles

19. Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos

19. Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos 19. Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 2 de noviembre de 1973

Más detalles

ACTA FINAL EN QUE SE INCORPORAN LOS RESULTADOS DE LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

ACTA FINAL EN QUE SE INCORPORAN LOS RESULTADOS DE LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES Página 9 ACTA FINAL EN QUE SE INCORPORAN LOS RESULTADOS DE LA RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES 1. Habiéndose reunido con objeto de concluir la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales

Más detalles

Montreal CANADÁ. 25 de septiembre de 1975

Montreal CANADÁ. 25 de septiembre de 1975 PROTOCOLO ADICIONAL NÚMERO 2 QUE MODIFICA EL CONVENIO PARA LA UNIFICACIÓN DE CIERTAS REGLAS RELATIVAS AL TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL FIRMADO EN VARSOVIA EL 12 DE OCTUBRE DE 1929, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO

Más detalles

APÉNDICE 103 LAT UHR-EdKit-03-UHR Educator Guide Interior /08/ :24:42 p.m.

APÉNDICE 103 LAT UHR-EdKit-03-UHR Educator Guide Interior /08/ :24:42 p.m. APÉNDICE 103 GUÍA G DEL EDUCADOR PARA DAR VIDA A LOS DERECHOS HUMANOS 104 APÉNDICE 105 GUÍA G DEL EDUCADOR PARA DAR VIDA A LOS DERECHOS HUMANOS 106 APÉNDICE 107 GUÍA G DEL EDUCADOR PARA DAR VIDA A LOS

Más detalles

ERRADICACIÓN DE LA ESCLAVITUD, SERVIDUMBRE Y TRABAJO FORZOSO

ERRADICACIÓN DE LA ESCLAVITUD, SERVIDUMBRE Y TRABAJO FORZOSO PROTOCOLO QUE MODIFICA EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES Y MENORES CONCLUIDO EN GINEBRA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1921 Y EL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Página 11 ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Las Partes en el presente Acuerdo, Reconociendo que sus relaciones en la esfera de la actividad comercial y económica deben

Más detalles

PODER LEGISLATIVO LEY N 444 QUE RATIFICA EL ACTA FINAL DE LA RONDA DEL URUGUAY DEL GATT EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

PODER LEGISLATIVO LEY N 444 QUE RATIFICA EL ACTA FINAL DE LA RONDA DEL URUGUAY DEL GATT EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY PODER LEGISLATIVO LEY N 444 QUE RATIFICA EL ACTA FINAL DE LA RONDA DEL URUGUAY DEL GATT EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1.- Apruébase el Acta Final de la Ronda del

Más detalles

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Aprobado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 diciembre

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGU/W/11 9 de julio de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) O.ginal: inglés Grupo de Negociación

Más detalles

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos A/RES/2200 A (XXI), de 16 diciembre de 1966 Los Estados Partes en el siguiente Protocolo, Considerando que para asegurar el

Más detalles

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados 2. Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 31 de enero de 1967 Fecha de entrada en vigor internacional: 4 de octubre de 1967 Vinculación de México:

Más detalles

PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS*

PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS* PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS* Los Estados Partes en el presente Protocolo, Considerando que para asegurar mejor el logro de los propósitos del Pacto Internacional

Más detalles

CONVENCIÓN INTERNACIONAL RELATIVA A LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE EDAD*

CONVENCIÓN INTERNACIONAL RELATIVA A LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE EDAD* CONVENCIÓN INTERNACIONAL RELATIVA A LA REPRESIÓN DE LA TRATA DE MUJERES MAYORES DE EDAD* Deseosos de asegurar de una manera más completa la represión de la trata de mujeres y niños; Habiendo tomado conocimiento

Más detalles

ELEMENTOS DEL MARCO PARA LAS NEGOCIACIONES. Comunicación del Japón

ELEMENTOS DEL MARCO PARA LAS NEGOCIACIONES. Comunicación del Japón ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED AIR/RN/9 4 de mayo de 1993 Distribución especial Subcomité del Comité del Original: inglés Comercio de Aeronaves Civiles ELEMENTOS DEL MARCO

Más detalles

ANEXO. a la. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

ANEXO. a la. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 15.6.2015 COM(2015) 291 final ANNEX 1 ANEXO a la Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo adicional del Convenio del

Más detalles

Convención Internacional relativa a la Represión de la trata de Mujeres Mayores de Edad

Convención Internacional relativa a la Represión de la trata de Mujeres Mayores de Edad Convención Internacional relativa a la Represión de la trata de Mujeres Mayores de Edad 9. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 11 de octubre de 1933 Fecha de entrada en vigor internacional:

Más detalles

PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD*

PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD* PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD* Los Estados Partes en el presente Protocolo acuerdan lo siguiente: ARTÍCULO 1 1. Todo Estado Parte en el presente

Más detalles

Nº 4229 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA. Decreta:

Nº 4229 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA. Decreta: Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Adoptado por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Aprobada por la Asamblea Legislativa

Más detalles

ACUERDO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA EL TRAMITE DE LICENCIAS DE IMPORTACION

ACUERDO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA EL TRAMITE DE LICENCIAS DE IMPORTACION PREAMBULO ACUERDO SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA EL TRAMITE DE LICENCIAS DE IMPORTACION Habida cuenta de las Negociaciones Comerciales Multilaterales, las Partes en el presente Acuerdo sobre procedimientos

Más detalles

TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR. adoptado por la Conferencia Diplomática el 20 de diciembre de Índice

TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR. adoptado por la Conferencia Diplomática el 20 de diciembre de Índice TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR adoptado por la Conferencia Diplomática el 20 de diciembre de 1996 Índice Preámbulo Artículo 1: Artículo 2: Artículo 3: Artículo 4: Artículo 5: Artículo 6: Artículo

Más detalles

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la aprobación de un Signo Distintivo Adicional (Protocolo III)

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la aprobación de un Signo Distintivo Adicional (Protocolo III) Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la aprobación de un Signo Distintivo Adicional (Protocolo III) 8. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción:

Más detalles

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Texto vigente Los Estados Partes en el presente Protocolo acuerdan lo siguiente: Artículo 1 1. Todo Estado Parte

Más detalles

Convenio 1 sobre Competencia de Autoridades, Ley Aplicable y Reconocimiento de Decisiones en Materia de Adopción

Convenio 1 sobre Competencia de Autoridades, Ley Aplicable y Reconocimiento de Decisiones en Materia de Adopción Convenio 1 sobre Competencia de Autoridades, Ley Aplicable y Reconocimiento de Decisiones en Materia de Adopción (hecho el 15 de noviembre de 1965) Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando

Más detalles

El Senado y Cámara de Diputados. de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza. de Ley:

El Senado y Cámara de Diputados. de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza. de Ley: 1 de 14 30/03/2009 06:08 p.m. Ley 26.083 Apruébase el Protocolo para la Adhesión del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) al Acuerdo sobre el Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Países en Desarrollo,

Más detalles

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional.

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional. Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III) Ginebra, 8 de diciembre de 2005 Protocolo adicional a los

Más detalles

* ACUERDO GENERAL SOBRE

* ACUERDO GENERAL SOBRE * ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED VAL/M/10 5 de noviembre de 1984 Distribución especial Comite de Valoración en Aduana ACTA DE.LA REUNION CELEBRADA EL 24 DE SEPTIEMBRE DE

Más detalles

PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS *

PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS * PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS * Los Estados Partes en el presente Protocolo, Considerando que la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951

Más detalles

66. PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS

66. PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS 66. PROTOCOLO SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS Aprobado en Nueva York el 31 de enero de 1967 (Entró en vigor el 4 de octubre de 1967, de conformidad con el artículo VIII) Los Estados Partes en el presente

Más detalles

Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales («Tratado sobre el Registro de Películas»)

Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales («Tratado sobre el Registro de Películas») Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales («Tratado sobre el Registro de Películas») adaptado en Ginebra el 18 de abril de 1989 Fuente: Texto tomado de la página de la OMPI: http://www.wipo.int/treaties/es/ip/frt/trtdocs_wo004.html

Más detalles

PROTOCOLO DE MONTREAL

PROTOCOLO DE MONTREAL PROTOCOLO DE MONTREAL COMPLEMENTARIO DE CONVENIO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL, HECHO EN MONTREAL EL 23 DE SEPTIEMBRE DE 1971. Los Estados Partes en el presente

Más detalles

(hecho el 14 de marzo de 1978) 3 CAPITULO I - CELEBRACION DEL MATRIMONIO. Artículo 1

(hecho el 14 de marzo de 1978) 3 CAPITULO I - CELEBRACION DEL MATRIMONIO. Artículo 1 26. Convenio 1 relativo a la Celebración y al Reconocimiento del Matrimonio 2 (hecho el 14 de marzo de 1978) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar la celebración del matrimonio

Más detalles

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto. MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 40/10 ACUERDO MARCO DE COMERCIO Y COOPERACIÓN ECONÓMICA ENTRE EL MERCOSUR Y LA ORGANIZACIÓN PARA LA LIBERACIÓN DE PALESTINA, EN NOMBRE DE LA AUTORIDAD NACIONAL PALESTINA VISTO: El

Más detalles

Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales

Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales Base de datos de la de textos legislativos Tratado sobre el Registro Internacional de Obras Audiovisuales («Tratado sobre el Registro de Películas») adaptado en Ginebra el 18 de abril de 1989 Preámbulo

Más detalles

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, en adelante referidos como las Partes ;

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, en adelante referidos como las Partes ; ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD EN LA AVIACION El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el

Más detalles

16. Protocolo para la represión de actos ilícitos. la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental,

16. Protocolo para la represión de actos ilícitos. la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, 16. Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental Firmado el 14 de octubre de 2005 Entrada en vigor: de conformidad

Más detalles

Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer PODER LEGISLATIVO LEYES Nº 8089 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA

Más detalles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES Los Estados Partes de esta Convención REAFIRMANDO su voluntad de continuar el desarrollo progresivo y la codificación del

Más detalles

Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras

Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras Hecha en Nueva York el 10 de junio de 1958[1] Aunque esta Convención, aprobada por una conferencia diplomática

Más detalles

CAPÍTULO 30 DISPOSICIONES FINALES. Los Anexos, Apéndices y notas a pie de página de este Tratado constituirán parte integrante de este.

CAPÍTULO 30 DISPOSICIONES FINALES. Los Anexos, Apéndices y notas a pie de página de este Tratado constituirán parte integrante de este. CAPÍTULO 30 DISPOSICIONES FINALES Artículo 30.1: Anexos, Apéndices y Notas a Pie de Página Los Anexos, Apéndices y notas a pie de página de este Tratado constituirán parte integrante de este. Artículo

Más detalles

Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada

Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada 3. Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 20 de febrero de 1957 Fecha de entrada en vigor internacional: 11 de agosto de 1958 Vinculación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES IX LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 15 de julio de 2011 Núm. 454 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000282 (CD) Protocolo de

Más detalles

PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Y SU ANEXO. A p r o b a c i ó n

PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Y SU ANEXO. A p r o b a c i ó n COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES ANEXO I AL REPARTIDO Nº 430 JUNIO DE 2016 CARPETA Nº 967 DE 2016 PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

Más detalles

(hecho el 14 de marzo de 1978) 3 CAPITULO I - AMBITO DE APLICACION DEL CONVENIO. Artículo 1

(hecho el 14 de marzo de 1978) 3 CAPITULO I - AMBITO DE APLICACION DEL CONVENIO. Artículo 1 27. Convenio 1 sobre la Ley Aplicable a los Contratos de Intermediarios y a la Representación 2 (hecho el 14 de marzo de 1978) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando establecer disposiciones

Más detalles

DECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO

DECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO 26.6.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 160/5 DECISIONES DECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO de 17 de junio de 2010 relativa al examen, por una Conferencia de representantes de los Gobiernos de los Estados

Más detalles

PROTOCOLO QUE MODIFICA LA CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL, HECHO EN PARÍS EL 27 DE MAYO DE 2010.

PROTOCOLO QUE MODIFICA LA CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL, HECHO EN PARÍS EL 27 DE MAYO DE 2010. PROTOCOLO QUE MODIFICA LA CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL, HECHO EN PARÍS EL 27 DE MAYO DE 2010 Preámbulo Los Estados miembros del Consejo de Europa y los países miembros

Más detalles

ACUERDO MARCO DE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y EL ESTADO DE ISRAEL

ACUERDO MARCO DE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y EL ESTADO DE ISRAEL ACUERDO MARCO DE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y EL ESTADO DE ISRAEL La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay, y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes

Más detalles

( ) Página: 1/6 RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA

( ) Página: 1/6 RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA 10 de febrero de 2017 (17-0899) Página: 1/6 Original: inglés RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA La siguiente comunicación,

Más detalles

ACUERDO MARCO PARA LA CREACIÓN DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ÁRABE SIRIA

ACUERDO MARCO PARA LA CREACIÓN DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ÁRABE SIRIA MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 34/10 ACUERDO MARCO PARA LA CREACIÓN DE UN ÁREA DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA ÁRABE SIRIA VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto. CONSIDERANDO:

Más detalles

2. Cada uno de los Estados Partes adoptará todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su jurisdicción.

2. Cada uno de los Estados Partes adoptará todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su jurisdicción. Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte Aprobado y proclamado por la Asamblea General en su resolución 44/128 15 de diciembre

Más detalles

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte 6. Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte Clase de Instrumento: Tratado internacional Fecha de firma: 15 de diciembre

Más detalles

Tercer Protocolo Adicional

Tercer Protocolo Adicional ALADI/AAP.CE/51.3 20 de diciembre de 2013 ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE COMPLEMENTACIÓN ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA No. 51 CELEBRADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPÚBLICA DE CUBA Tercer

Más detalles

Convención Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Menores

Convención Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Menores Convención Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Menores 8. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 30 de septiembre de 1921 Fecha de entrada en vigor internacional: Ver

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED COM.TD/SCPM/W/25 14 de septiembre de 1984 Distribución limitada \ Comité de Comercio y Desarrollo Subcomité de Hedidas de Protección Séptima

Más detalles

Considerando que el 19 de febrero de 1952 el Consejo adoptó textos en dichos idiomas del Convenio de Chicago;

Considerando que el 19 de febrero de 1952 el Consejo adoptó textos en dichos idiomas del Convenio de Chicago; Preámbulo El 7 de abril de 1954, en la décimocuarta reunión de su XXI período de sesiones, el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional adoptó la siguiente Resolución: "Vista la Resolución

Más detalles

CONVENIO ADUANERO RELATIVO A LA IMPORTACION TEMPORAL DE MATERIAL CIENTIFICO PREÁMBULO

CONVENIO ADUANERO RELATIVO A LA IMPORTACION TEMPORAL DE MATERIAL CIENTIFICO PREÁMBULO CONVENIO ADUANERO RELATIVO A LA IMPORTACION TEMPORAL DE MATERIAL CIENTIFICO PREÁMBULO Las PARTES CONTRATANTES del presente Convenio, elaborado bajo los auspicios del Consejo de Cooperación Aduanera con

Más detalles

Aplicable entre México y los Estados que no son Partes en la Convención Única sobre Estupefacientes

Aplicable entre México y los Estados que no son Partes en la Convención Única sobre Estupefacientes PROTOCOLO ENMENDANDO LOS ACUERDOS, CONVENCIONES Y PROTOCOLOS SOBRE ESTUPEFACIENTES CONCERTADOS EN LA HAYA EL 23 DE ENERO DE 1912, EN GINEBRA EL 11 DE FEBRERO DE 1925 Y EL 19 DE FEBRERO DE 1925, Y EL 13

Más detalles

CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA SUPRESION DE LA TRATA DE MUJERES Y MENORES

CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA SUPRESION DE LA TRATA DE MUJERES Y MENORES CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA SUPRESION DE LA TRATA DE MUJERES Y MENORES Que el día treinta de septiembre de mil novecientos veintiuno, se celebró y firmó en la 2 ciudad de Ginebra, Suiza, una Convención

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE ll de diciembre de 1980

ACUERDO GENERAL SOBRE ll de diciembre de 1980 RESTRICTED SCM/l/Add.13 ACUERDO GENERAL SOBRE ll de diciembre de 1980 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución especial Comité de Subvenciones y Original: inglés Medidas Compensatorias INFORMACIÓN SOBRE

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 160/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 160/3 23.6.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 160/3 REGLAMENTO (CE) N o 539/2009 DE LA COMISIÓN de 18 de junio de 2009 que modifica el Reglamento (CE) n o 810/2008 relativo a la apertura y el modo de

Más detalles

Convenio 1 sobre Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias

Convenio 1 sobre Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias Convenio 1 sobre Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias (hecho el 2 de octubre de 1973) (entrado en vigor el 1º de octubre de 1977) Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando establecer

Más detalles

CONVENCIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LA MUJER CASADA

CONVENCIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LA MUJER CASADA CONVENCIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LA MUJER CASADA Los Estados contratantes, 2 Reconociendo que surgen conflictos de ley y de práctica en materia de nacionalidad a causa de las disposiciones sobre la

Más detalles

Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad

Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2391

Más detalles

PREPARACIÓN DE LAS LISTAS DE CONCESIONES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS DE LA RONDA URUGUAY. Nota de la Secretaría

PREPARACIÓN DE LAS LISTAS DE CONCESIONES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS DE LA RONDA URUGUAY. Nota de la Secretaría NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/MA/W/25 22 de diciembre de 1993 Distribución especial (UR-93-0256) Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 22.6.2011 COM(2011) 360 final 2011/0157 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la firma y la celebración del acuerdo monetario entre la Unión Europea y la República Francesa

Más detalles

CONSIDERANDO que, por tanto, es conveniente formular normas que regulen dichas circunstancias HAN CONVENIDO LO SIGUIENTE: Artículo I

CONSIDERANDO que, por tanto, es conveniente formular normas que regulen dichas circunstancias HAN CONVENIDO LO SIGUIENTE: Artículo I CONVENIO COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO DE VARSOVIA PARA LA UNIFICACION DE CIERTAS REGLAS RELATIVAS AL TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL REALIZADO POR QUIEN NO SEA EL TRANSPORTISTA CONTRACTUAL LOS ESTADOS QUE

Más detalles