San Salvador de Jujuy, 30 de junio de RESOLUCIÓN Nº 1236 /2017. VISTA:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "San Salvador de Jujuy, 30 de junio de RESOLUCIÓN Nº 1236 /2017. VISTA:"

Transcripción

1 San Salvador de Jujuy, 30 de junio de RESOLUCIÓN Nº 1236 /2017. VISTA: La Nota Nº XXXX/2017, mediante la cual el Sr. J.R.C., en su carácter de apoderado de la sociedad YYYY I.C. y F.S.A., efectúa consulta en los términos del art. 11º del Código Fiscal Ley 5791/2013; CONSIDERANDO: Que, el Sr. J.R.C., en el carácter invocado y acreditado mediante fotocopia simple de poder general de administración obrante a fs. 08 y 09, efectúa consulta vinculante referida a la gravabilidad o no de la actividad del contribuyente XXXX S.A. en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el ámbito de la Provincia de Jujuy, a fin de proceder a la retención del impuesto.- Que, la firma consultante expresa: nuestro proveedor, el responsable XXXX S.A. CUIT XX-XXXXXXXX-X, con sede en la jurisdicción 901 (CABA), dedicada a la Venta al por mayor en comisión o consignación de energía eléctrica, gas y combustible (Código ), afirma que no corresponde que nuestra empresa YYYY I.C.yF.S.A. CUIT XX-XXXXXXXX-X, Agente de Retención N XXX, le practique retenciones de Ingresos Brutos según Resolución General N 959/ Que, el planteo del contribuyente XXXX S.A. se basa en que la actividad realizada con la empresa YYYY I.C.yF.S.A. es la comercialización de gas natural, el cual se entrega en boca de pozo, es decir en las cuencas de producción, y que en ningún caso es en la Provincia de Jujuy. Por lo que el contribuyente expone: las operaciones de ventas realizadas fuera de la jurisdicción, que no generen gastos ni ingresos para la misma, no constituyen hecho imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Jujuy conforme los dispuesto por el artículo 237 del Código Fiscal Ley 5791/2013 y normas del Convenio Multilateral.- Que, la consultante adjunta: - de fecha 08/05/2017, enviado por la firma XXXX S.A., asunto: Factura NDA , donde manifiestan que XXXX S.A. no es sujeto pasible de Retenciones en la Provincia de Jujuy, basándose en el artículo 2 de la Resolución 303/2016 y que la actividad que realiza es la comercialización de gas natural el cual se entrega en boca de pozo, es decir en las cuencas de producción, que en ningún caso es en la Provincia de Jujuy.- - de fecha 10/05/2017, enviado por la firma XXXX S.A. en la que agrega, que la operación sujeta a análisis tributa ingresos brutos en órbita al régimen especial del artículo

2 11 de la Ley de Convenio Multilateral, y surge claramente que tanto la boca de pozo (lugar de radicación de los bienes) como la oficina central (Ciudad Autónoma de Bs. As) están fuera de la Prov. de Jujuy, por lo que de ninguna manera se generan ingresos que fuesen atribuibles a la provincia, quedando fuera del objeto del impuesto y por ende del régimen de retención.- Que, a modo de aclaración, en primer término corresponde puntualizar que la consulta vinculante que formulen los contribuyentes o responsables de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 del Código Fiscal Ley 5791/2013, debe tener carácter técnico jurídico y cumplir con los requisitos de admisibilidad referidos a la aplicación de derecho, clasificación tributaria de una situación de hecho efectiva y concreta, es decir no puede ser una consulta en abstracto.- Que, la consulta y su respuesta vinculan exclusivamente al consultante y al Organismo Recaudador con relación al caso consultado en tanto no se alteren, las circunstancias, antecedentes y demás datos suministrados hasta el momento del dictado del acto mediante el cual se responda a la consulta.- Que, en el caso bajo análisis el agente de retención efectúa una consulta sobre una situación de hecho efectiva y concreta, a la que encuadra en una norma jurídica, solicitando se determine si corresponde se practique retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos al contribuyente XXXX S.A CUIT XX-XXXXXXXX-X, conforme Resolución General N 959/ Que, la firma XXXX S.A. se encuentra inscripta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Régimen de Convenio Multilateral, con Nº de Inscripción XXX-XXXXXX-X, asiento principal en jurisdicción Bs. As. y alta en jurisdicción Jujuy desde el 01/09/2009, siendo sus actividades las siguientes: Fabricación de Gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías (Cód ), Venta al por mayor en comisión o consignación de energía eléctrica, gas y combustibles (Cód ), Venta al por mayor de combustibles y lubricantes-excepto para automotores, gas en garrafas y fraccionadores de gas licuado-leña y carbón leña y carbón (Cód ), Servicios de créditos n.c.p. (Cód ), Servicios empresariales n.c.p. (Cód ). Declarando, según sistema DGR gestión web, las actividades de: Servicios de créditos n.c.p. y Servicios empresariales n.c.p. y presentando a la fecha un importante saldo a favor en jurisdicción de Jujuy.- Que, a fin de evitar la doble imposición interjurisdiccional, respecto del contribuyente que desarrolla distintas actividades en dos o más jurisdicciones, Convenio Multilateral establece como método a seguir el requisito de la existencia de un proceso único y económicamente inseparable, entre las mismas, para distribuir la base imponible correspondiente al sujeto obligado. Que, de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente, la Resolución General Nº 959/2000 en su art. 2º establece quienes son los sujetos obligados a actuar como Agentes de Retención, en tanto que el art. 5º dispone que no corresponde efectuar retención, cuando el proveedor, prestador o locador, sea un contribuyente con sede fuera de la provincia de Jujuy y que por sus actividades no corresponda atribuir base imponible a esta jurisdicción. (inc. d); cuando se

3 desarrolle actividades no gravadas o exentas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, o beneficiadas con Regímenes de Promoción vigentes (inc. e) y cuando el sujeto pasible de la misma resulte comprendido en las normas del Régimen General del Convenio Multilateral y su coeficiente unificado de ingresos-gastos atribuible a la provincia de Jujuy resulte inferior al 1% (0,0100), el que deberá exteriorizarse mediante la exhibición de la última Declaración Jurada Anual vencida (Formulario CM 05) (inc. f).- Que, la contribuyente XXXX S.A. si bien tiene sede principal en la jurisdicción de CABA, se encuentra bajo el régimen de Convenio Multilateral y es contribuyente en esta Jurisdicción desde el año Que, de acuerdo a las presentaciones efectuadas se constata que en la declaración jurada anual CM 05 del año 2015 posee un coeficiente unificado de ingresos-gastos atribuible a la provincia de Jujuy superior al 1%., por lo que se puede inferir que la firma no encuadra dentro de las excepciones del artículo 5 de la normativa citada en el párrafo anterior.- Que, a manera de reseña podemos decir que en cuanto al ámbito de aplicación del Convenio Multilateral es necesario citar las siguientes Teorías (Convenio Multilateral-Impuestos - Colección Práctica, Errepar, 6ª edición): - La Teoría de la Unicidad Jurídica, conocida comúnmente como Convenio Sujeto, la cual sostiene que el régimen general establecido por el Convenio Multilateral se aplica, excepto para los casos especiales, para todas las actividades desarrolladas por el contribuyente, considerando que las mismas conforman un proceso único y económicamente inseparable. Es decir que si un sujeto encuadra por una actividad en lo dispuesto por el artículo 1, queda sometido por todas sus actividades al presente régimen.- - La Teoría de la Unicidad Económica, conocida comúnmente como Convenio Actividad, sostiene que si un contribuyente realiza una actividad comprendida en el régimen y otras actividades que no están comprendidas en el régimen y que son económicamente divisibles, sólo deberán distribuir la base imponible entre las jurisdicciones intervinientes de acuerdo a las normas del convenio por la actividad comprendida en el régimen.- Que, la Comisión Arbitral ha entendido en reiteradas oportunidades que para los contribuyentes incluidos en las normas de Convenio Multilateral resulta aplicable la Teoría de la Unicidad Jurídica, es decir se considera la totalidad de los ingresos que integran los rubros objeto de su explotación comercial. Cuando un mismo contribuyente realiza más de una actividad en distintas jurisdicciones, se encuentra comprendidos los ingresos correspondientes a todas ellas (salvo que encuadren en alguno de los regímenes especiales comprendidos en los artículos 6 al 13 del Convenio Multilateral) los que deben distribuirse de acuerdo con las normas del CM (art. 2, régimen general), sin detenerse a distinguir si todas ellas se realizan o no en más de una jurisdicción.- Que, el inc b) última parte, del artículo 2 del Convenio Multilateral especifica cómo deben ser atribuidos los ingresos generados por las operaciones realizadas en las condiciones

4 previstas en la norma precedentemente citada, correspondiendo a la jurisdicción del domicilio del adquirente de los bienes.- Que, así también la Comisión arbitral tiene dicho que los ingresos deben atribuirse a la jurisdicción de destino de los bienes, cualquiera sea la forma de comercialización, los ingresos deben asignársele al lugar de donde se dirige. (Resoluciones (C.A.): 8/2011, 26/2012, 15/2013, 16/2013, 56/2015 y Resoluciones (C.P.): 7/2013, 22/2014, 52/2014). Que, se constata que no obra en autos documentación que acredite la aseveración expuesta mediante por el contribuyente, que en la cual afirma que la entrega se realizó en boca de pozo, no existiendo ningún instrumento que así lo demuestre, por lo que en ese entendimiento y sin que tenga relevancia si el transporte está o no a cargo de los compradores, al margen de que las operaciones sean entre presentes o entre ausentes y existiendo el pertinente sustento territorial, corresponderá atribuir a la jurisdicción del domicilio del adquirente.- Que, si nos remitimos a la situación objeto de la consulta y en consonancia con los antecedentes existentes en los Organismos del Convenio Multilateral contenidos en los casos antes aludidos, el domicilio del adquirente es la planta industrial ubicada en la provincia de Jujuy, por lo que los ingresos generados, por la firma XXXX S.A., correspondientes a dichas operaciones de ventas a YYYY I.C.yF.S.A., deben atribuirse sin lugar a dudas a nuestra jurisdicción.- Que, por todo lo expuesto, la consultante YYYY I.C.yF.S.A., debe actuar como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicando las retenciones por los pagos inherentes a operaciones de compras de bienes o mercadería ( en este caso gas por boca de pozo) objeto de la consulta, realizados a la firma XXXX S.A., ya que no se encuentran incluidas en las excepciones que establece los lineamientos contemplados en el artículo 5 de la Resolución General N 959/2000 ni acredito prueba que sustente la aseveración expuesta.- Que, la sociedad XXXX S.A., de mantener saldo a favor en esta Jurisdicción debería realizar los trámites pertinentes para la obtención del certificado de no retención o exclusión ajustándose a los requisitos, formalidades, plazos y demás condiciones que establece la Resolución General N 1338/ Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Código Fiscal vigente: ARTÍCULO 1º: TENER POR ADMISIBLE la consulta vinculante efectuada por el Sr. J.R.C., en su carácter apoderado de la firma YYYY I.C.yF.S.A., con domicilio Fiscal en Ruta WWWW, Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-

5 ARTÍCULO 2º: COMUNICAR a la consultante, la firma YYYY I.C.yF.S.A., CUIT XX-XXXXXXXX-X, en su carácter de Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá practicar las retenciones por los pagos inherentes a operaciones de compras de bienes o mercadería objeto de la consulta, realizados a la firma XXXX S.A., conforme lo establece en la Resolución General 959/2000, debido a que no se encuentran incluidas en las excepciones que establece los lineamientos contemplados en el artículo 5 de la Resolución General N 959/ ARTÍCULO 3º: La presente Resolución tendrá carácter vinculante para la Dirección y para el consultante con relación al caso estrictamente planteado, no siendo su alcance extensivo a favor o en contra de terceros ajenos a la misma.- ARTÍCULO 4º: INFORMAR al consultante que contra la presente Resolución podrá interponer Recurso Jerárquico ante el Ministerio de Hacienda, en el término y con el alcance previsto en el Art. 12º del Código Fiscal.- ARTÍCULO 5º: NOTIFIQUESE. Tomen razón: Subdirección, Depto. Secretaria Gral., Depto. Grandes Contribuyentes División Convenio Multilateral, Depto. Informático. Cumplido, archívese.-

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS COMERCIALIZACION DE GRANOS ACOPIADORES CONSIGNATARIOS Cr. Gerardo Casadei IMPUESTOS PROVINCIALES CONVENIO MULTILATERAL AGENTES DE RECAUDACION DE INGRESOS BRUTOS IMPUESTO A LOS SELLOS

Más detalles

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE RAFAELA ALIMENTOS S.A. LEGAJO IMPOSITIVO DATOS GENERALES: RAZON SOCIAL: RAFAELA ALIMENTOS S.A. CUIT: 33-50052990-9 DOMICILIO FISCAL Y LEGAL: PARANA 899 RAFAELA PCIA. SANTA FE Nº INSCRICIÓN ING. BRUTOS:

Más detalles

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE RAFAELA ALIMENTOS S.A. LEGAJO IMPOSITIVO DATOS GENERALES: RAZON SOCIAL: RAFAELA ALIMENTOS S.A. CUIT: 33-50052990-9 DOMICILIO FISCAL Y LEGAL: PARANA 899 RAFAELA PCIA. SANTA FE Nº INSCRICIÓN ING. BRUTOS:

Más detalles

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE

RAFAELA ALIMENTOS S.A. PARANÁ 899 RAFAELA SANTA FE RAFAELA ALIMENTOS S.A. LEGAJO IMPOSITIVO DATOS GENERALES: RAZON SOCIAL: RAFAELA ALIMENTOS S.A. CUIT: 33-50052990-9 DOMICILIO FISCAL Y LEGAL: PARANA 899 RAFAELA PCIA. SANTA FE Nº INSCRICIÓN ING. BRUTOS:

Más detalles

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA AGOSTO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA AGOSTO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires Empresa Domicilio Comercial PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires CUIT 30-61526545-0 IVA RESPONSABLE INSCRIPTO GANANCIAS RESPONSABLE INSCRIPTO INGRESOS BRUTOS

Más detalles

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA ENERO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA ENERO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires Empresa Domicilio Comercial PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires CUIT 30-61526545-0 IVA RESPONSABLE INSCRIPTO GANANCIAS RESPONSABLE INSCRIPTO INGRESOS BRUTOS

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO. Documentación de respaldo. Normativa aplicable

LEGAJO IMPOSITIVO. Documentación de respaldo. Normativa aplicable LEGAJO IMPOSITIVO Documentación de respaldo. Normativa aplicable Contacto: Mail: impuestos@ribeiro.com.ar Tel: 011-5235 7900 Av. Corrientes Nº 4678 C.A.B.A. (CP 1195) Página 1 de 30 RIBEIRO S.A.C.I.F.A.E.I.

Más detalles

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Diciembre de RESOLUCION GENERAL Nº 1455/2016 VISTO:

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Diciembre de RESOLUCION GENERAL Nº 1455/2016 VISTO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Diciembre de 2016.- RESOLUCION GENERAL Nº 1455/2016 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal Ley 5791/13 y sus modificatorias, las Resoluciones Generales 717/93, 718/93,

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO. Documentación de respaldo. Normativa aplicable

LEGAJO IMPOSITIVO. Documentación de respaldo. Normativa aplicable LEGAJO IMPOSITIVO Documentación de respaldo. Normativa aplicable Contacto: Mail: impuestos@ribeiro.com.ar Tel: 011-5235 7900 Av. Corrientes Nº 4678 C.A.B.A. (CP 1195) Página 1 de 33 RIBEIRO S.A.C.I.F.A.E.I.

Más detalles

COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 Resolución General 5/2014 Procedimiento de registro de alta de oficio. Ingresos brutos. Bs. As., 9/4/2014 B.O. 25/4/2014 Vigencia y Aplicación: 1/5/2014

Más detalles

INFORME N Vienen las presentes actuaciones a fin de que esta dependencia emita opinión respecto de la siguiente cuestión:

INFORME N Vienen las presentes actuaciones a fin de que esta dependencia emita opinión respecto de la siguiente cuestión: INFORME N 019-12 TEMA Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Tratamiento de los ingresos derivados de la actividad de comercialización, vía internet, de productos ubicados en el exterior a clientes radicados

Más detalles

Dra. Paula Andrea Ataria Asesora de Trivia [Servicios Profesionales]

Dra. Paula Andrea Ataria Asesora de Trivia [Servicios Profesionales] COLABORACIÓN TÉCNICA Dra. Paula Andrea Ataria Asesora de Trivia [Servicios Profesionales] Constancias de no retención y/o percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Ante la proliferación de diversos

Más detalles

VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente ley nº 5.791/13, la Resolución General de la Comisión Arbitral 03/2.008; y,

VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente ley nº 5.791/13, la Resolución General de la Comisión Arbitral 03/2.008; y, San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2.015.- RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.415/2015 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente ley nº 5.791/13, la Resolución General de la Comisión Arbitral 03/2.008;

Más detalles

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA FEBRERO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires

ACTUALIZACION SITUACION IMPOSITIVA FEBRERO PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires Estan Empresa Domicilio Comercial PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. Gbor. Ugarte 3561 Munro Pcia. de Buenos Aires CUIT 30-61526545-0 IVA RESPONSABLE INSCRIPTO GANANCIAS RESPONSABLE INSCRIPTO INGRESOS BRUTOS

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE: San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2.015.- RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1414/2015 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13, la Resolución General N 889/1999; y, CONSIDERANDO: Que,

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE RESOLUCION GENERAL Nº 1494 /2017 VISTO: San Salvador de Jujuy, 27 de Diciembre de 2017.- 1455/2016, y; Las disposiciones del Código Fiscal Ley 5791/2013 y sus modificatorias, la Resolución General Nº CONSIDERANDO:

Más detalles

Se adjunta a la presente la constancia de CUIT de JBS Argentina S.A.

Se adjunta a la presente la constancia de CUIT de JBS Argentina S.A. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 01 de julio de 2014 Sres. Clientes y Proveedores Presente Ref. JBS ARGENTINA S.A. CUIT 30-56037805-6 LEGAJO IMPOSITIVO AÑO 2014 De nuestra mayor consideración, Tenemos

Más detalles

YAMAHA MOTOR ARGENTINA S.A

YAMAHA MOTOR ARGENTINA S.A Buenos Aires, JUNIO 2018 Ref.: Situación Impositiva de Yamaha Motor Argentina SA Señores Clientes y Proveedores, Nos dirigimos a Uds. a fin de informarles nuestra condición impositiva en el ámbito nacional

Más detalles

30 de abril de 2017 DISTECNA.COM S.A. LEGAJO IMPOSITIVO

30 de abril de 2017 DISTECNA.COM S.A. LEGAJO IMPOSITIVO 30 de abril de 2017 DISTECNA.COM S.A. DISTECNA.COM S.A. LEGAJO IMPOSITIVO MAYO 2017 C.A.B.A., 30 de abril de 2017 Sres. Clientes / Proveedores Presente De nuestra mayor consideración: Por medio del presente

Más detalles

Proyecto Provisorio Resolución CV 57/2018

Proyecto Provisorio Resolución CV 57/2018 2018 AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA Proyecto Provisorio Resolución CV 57/2018 Córdoba, 5 de marzo de 2018.- REF.: Contacto N 16344643 VISTO: La presentación ingresada a través de la web

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1477/17 San Salvador de Jujuy, Lunes 17 de Abril del 2017.- VISTO Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13 y su modificatoria Ley N 6002/16, y; CONSIDERANDO Que,

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE RESOLUCION GENERAL Nº 1456/2016 VISTO: San Salvador de Jujuy, 27 de Diciembre de 2016.- 1455/2016, y; Las disposiciones del Código Fiscal Ley 5791/2013 y sus modificatorias, la Resolución General Nº CONSIDERANDO:

Más detalles

UNIDAD 2: CASO PRÁCTICO: RÉGIMEN GENERAL

UNIDAD 2: CASO PRÁCTICO: RÉGIMEN GENERAL : CASO PRÁCTICO: RÉGIMEN GENERAL En esta unidad desarrollaremos un caso práctico de un contribuyente incluido en el Convenio Multilateral y encuadrado en el Régimen General, donde aplicaremos conceptos

Más detalles

San Salvador de Jujuy, 19 de Noviembre de RESOLUCION GENERAL Nº 1416 /2015 VISTO:

San Salvador de Jujuy, 19 de Noviembre de RESOLUCION GENERAL Nº 1416 /2015 VISTO: San Salvador de Jujuy, 19 de Noviembre de 2015.- RESOLUCION GENERAL Nº 1416 /2015 VISTO: Las disposiciones contenidas en el Código Fiscal vigente, ley 5791/2013 y en la Resolución General 1377/2014, y;

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO IMPUESTOS NACIONALES. Impuesto a las Ganancias Sociedades

LEGAJO IMPOSITIVO IMPUESTOS NACIONALES. Impuesto a las Ganancias Sociedades LEGAJO IMPOSITIVO Actualizado a Mayo 2018 IMPUESTOS NACIONALES Impuesto a las Ganancias Sociedades Nación Servicios S.A. se encuentra inscripta en el impuesto. - Exclusión Nación Servicios S.A. se encuentra

Más detalles

OBJETIVO ENUNCIADO JORGE H. AROSTEGUY SEBASTIÁN M. DOMÍNGUEZ. AUTOR/ES: Arosteguy, Jorge H.; Domínguez, Sebastián M.

OBJETIVO ENUNCIADO JORGE H. AROSTEGUY SEBASTIÁN M. DOMÍNGUEZ. AUTOR/ES: Arosteguy, Jorge H.; Domínguez, Sebastián M. TÍTULO: CONVENIO MULTILATERAL. EJERCICIO PRÁCTICO AUTOR/ES: Arosteguy, Jorge H.; Domínguez, Sebastián M. PUBLICACIÓN: TOMO/BOLETÍN: PÁGINA: MES: Práctica Integral Buenos Aires (PIBA) VII Abril AÑO: 2015

Más detalles

Formularios requeridos para la inscripción de Clientes / Proveedores:

Formularios requeridos para la inscripción de Clientes / Proveedores: Formularios requeridos para la inscripción de Clientes / Proveedores: IMPUESTOS NACIONALES Formularios requeridos para acreditar condición de inscripción en A.F.I.P. / D.G.I.(IVA/Ganancias) Responsables

Más detalles

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias Buenos Aires, Agosto de 2018 Arauco Argentina S.A. CUIT: 33-56324011-9 Domicilio Legal: Av. Belgrano 687, Piso 8, Of. 33 Capital Federal Domicilio Fiscal: Gob. Valentín Vergara 403, Vicente Lopez, Pcia.

Más detalles

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias Buenos Aires, Mayo de 2018 Arauco Argentina S.A. CUIT: 33-56324011-9 Domicilio Legal: Av. Belgrano 687, Piso 8, Of. 33 Capital Federal Domicilio Fiscal: Gob. Valentín Vergara 403, Vicente Lopez, Pcia.

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO IMPUESTOS NACIONALES. Impuesto a las Ganancias Sociedades

LEGAJO IMPOSITIVO IMPUESTOS NACIONALES. Impuesto a las Ganancias Sociedades LEGAJO IMPOSITIVO Actualizado a Diciembre 2016 IMPUESTOS NACIONALES Impuesto a las Ganancias Sociedades Nación Servicios S.A. se encuentra inscripta en el impuesto. - Exclusión Nación Servicios S.A. se

Más detalles

El Art. 52º de la Ley Impositiva Nº 1.590, y las facultades reglamentarias previstas en el Código Fiscal de la Provincia de Formosa, y;

El Art. 52º de la Ley Impositiva Nº 1.590, y las facultades reglamentarias previstas en el Código Fiscal de la Provincia de Formosa, y; FORMOSA, 25 de Agosto de 2014.- VISTO: El Art. 52º de la Ley Impositiva Nº 1.590, y las facultades reglamentarias previstas en el Código Fiscal de la Provincia de Formosa, y; CONSIDERANDO: Que el citado

Más detalles

RESOLUCION GENERAL Nº 1513

RESOLUCION GENERAL Nº 1513 RESOLUCION GENERAL Nº 1513 VISTO Y CONSIDERANDO: Que resulta aconsejable establecer el procedimiento en materia de compensaciones, acreditaciones o reintegros del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL N 1928

RESOLUCIÓN GENERAL N 1928 VISTO Y CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN GENERAL N 1928 Que es necesario aprobar el calendario de vencimientos del año 2018, para aquellos contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Adicional

Más detalles

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias Buenos Aires, Abril de 2018 Arauco Argentina S.A. CUIT: 33-56324011-9 Domicilio Legal: Av. Belgrano 687, Piso 8, Of. 33 Capital Federal Domicilio Fiscal: Gob. Valentín Vergara 403, Vicente Lopez, Pcia.

Más detalles

El Expediente Nº , lo dispuesto en el Artículo 131º Bis de la Ley Nº y sus modificatorias, la Resolución Nº 2.

El Expediente Nº , lo dispuesto en el Artículo 131º Bis de la Ley Nº y sus modificatorias, la Resolución Nº 2. 2012 AÑO DEL BICENTENARIO DE LA CREACIÓN Y PRIMERA JURA DE LA BANDERA ARGENTINA DIRECCION GENERAL DE RENTAS SAN JUAN VISTO: RESOLUCION Nº 2222-DGR/2012.- SAN JUAN, 27 DE JUNIO DE 2012.- El Expediente Nº

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE RESOLUCION GENERAL Nº 1420/2015 VISTO: San Salvador de Jujuy, 30 de Diciembre de 2015.- Nº 1273/2011, y; Las disposiciones del Código Fiscal Ley 5791/2013, la Resolución General CONSIDERANDO: Que, la Resolución

Más detalles

ÍNDICE. B. CONsIDEraCIONEs Para resultar COMPrENDIDO COMO agente DE

ÍNDICE. B. CONsIDEraCIONEs Para resultar COMPrENDIDO COMO agente DE I. agentes DE recaudación a. LEY 13930. PrOCEDIMIENtO. reformas DEL CóDIgO FIsCaL referidas a LOs agentes DE recaudación... 3 texto PErtINENtE DEL CóDIgO FIsCaL DE La PrOVINCIa DE BuENOs aires... 3 B.

Más detalles

Abril 2016 Novedades impositivas del al PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. SE PRORROGA EL PLAZO

Abril 2016 Novedades impositivas del al PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. SE PRORROGA EL PLAZO Abril 2016 Novedades impositivas del 07 04 al 13 04 Novedades Nacionales PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. SE PRORROGA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA DECLARACIÓN JURADA CORRESPONDIENTE

Más detalles

MENDOZA, 23 de Setiembre de RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. N 82 VISTO:

MENDOZA, 23 de Setiembre de RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. N 82 VISTO: MENDOZA, 23 de Setiembre de 2014. RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. N 82 VISTO: El expediente 523-A-2013-01130 y su acumulado, expediente N 14350-D- 13-01134 y lo dispuesto por los artículos 10, inciso a) y 23,

Más detalles

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias

C.U.I.T. N Grandes Contribuyentes Nacionales Impuesto al Valor Agregado Impuesto a las Ganancias Buenos Aires, Octubre de 2017 Arauco Argentina S.A. CUIT: 33-56324011-9 Domicilio Legal: Av. Belgrano 687, Piso 8, Of. 33 Capital Federal Domicilio Fiscal: Gob. Valentín Vergara 403, Vicente Lopez, Pcia.

Más detalles

Este régimen es aplicable a las operaciones y sus respectivos pagos, que se realicen a partir del 1 de Noviembre de 2011, inclusive.

Este régimen es aplicable a las operaciones y sus respectivos pagos, que se realicen a partir del 1 de Noviembre de 2011, inclusive. Rosario, 28 de octubre de 2011. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: Régimen de Retención IVA Operaciones realizadas por Empresas de Servicios de limpieza de edificios, de investigación

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33.614 28 de abril de 2017 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4035-E Impuesto al Valor Agregado. Resoluciones Generales N 1.168, sus modificatorias y complementarias,

Más detalles

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE. 0 y 1 16/09/ y 3 17/09/ y 5 18/09/ y 7 21/09/ y 9 22/09/2.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE. 0 y 1 16/09/ y 3 17/09/ y 5 18/09/ y 7 21/09/ y 9 22/09/2. San Salvador de Jujuy, 16 de Diciembre de 2014.- RESOLUCION GENERAL Nº 1392 VISTO: Nº 1273/2011, y; Las disposiciones del Código Fiscal Ley 5792/2013, la Resolución General CONSIDERANDO: Que, la Resolución

Más detalles

A tal efecto, adjuntamos el formulario correspondiente y la documentación adjunta que se detalla en el mismo.

A tal efecto, adjuntamos el formulario correspondiente y la documentación adjunta que se detalla en el mismo. ......, (Lugar)... de... de... (Día, Mes y Año) Señores AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. El que suscribe....con documento de identidad N...., en su carácter de (Presidente/Vicepresidente/Apoderado)

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL N 1960

RESOLUCIÓN GENERAL N 1960 VISTO Y CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN GENERAL N 1960 Que es necesario aprobar el calendario de vencimientos del año 2019, para aquellos contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Adicional

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4201-E-Se amplía el régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo desde el 1/1/2017.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4201-E-Se amplía el régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo desde el 1/1/2017. Rosario, 05 de Marzo 2018. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: Novedades tributarias 02/2018 (Resumen) RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4201-E-Se amplía el régimen de facilidades de pago permanente

Más detalles

FORMOSA, 29 de Agosto de

FORMOSA, 29 de Agosto de FORMOSA, 29 de Agosto de 2014.- VISTO: El artículo 7º del Código Fiscal de la Provincia de Formosa- Ley Nº 1.589, la Resolución General Nº 01/2006 de este Organismo, sus modificatorias y complementarias;

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO 2018

LEGAJO IMPOSITIVO 2018 AIR S.R.L. LEGAJO IMPOSITIVO 2018 Fecha última revisión 17/04/2018 Legajo Impositivo AIR S.R.L 1 Rosario, 17 de Abril de 2018 Ref. Datos Impositivos AIR S.R.L CUIT: 30-57013558-5 Sres. Proveedores / Clientes

Más detalles

Resolución General 4035-E. AFIP. IVA. Sistema Reproweb- Consulta a Proveedores. Modificación

Resolución General 4035-E. AFIP. IVA. Sistema Reproweb- Consulta a Proveedores. Modificación Resolución General 4035-E. AFIP. IVA. Sistema Reproweb- Consulta a Proveedores. Modificación Se modifican las RG 1168, RG 2000, RG 2125 y RG 2854 de la forma que se indica a continuación. ADMINISTRACIÓN

Más detalles

Resolución nº 384/12 Reglamenta la Ley 2763

Resolución nº 384/12 Reglamenta la Ley 2763 Resolución nº 384/12 Reglamenta la Ley 2763 Publicada: 03-08-2012 Neuquén, 26 de julio de 2012 VISTO: El Expediente N 5823-001820/2012, del registro de la Dirección Provincial de Rentas, caratulado: Dirección

Más detalles

NOVEDADES NACIONALES. Se aprueba el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos destinados a la

NOVEDADES NACIONALES. Se aprueba el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos destinados a la NOVEDADES NACIONALES REGÍMENES ESPECIALES Educación técnica. Régimen de crédito fiscal. Aprobación del reglamento para el año 2013 Se aprueba el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL N 1789

RESOLUCIÓN GENERAL N 1789 RESOLUCIÓN GENERAL N 1789 VISTO Y CONSIDERANDO: Que es necesario aprobar el calendario de vencimientos del año 2014, para aquellos contribuyentes comunes incorporados al Sistema Informático Integral (SIREC)

Más detalles

Que actualmente se registra la adhesión de 18 jurisdicciones, donde el Sistema funciona en forma exitosa;

Que actualmente se registra la adhesión de 18 jurisdicciones, donde el Sistema funciona en forma exitosa; Paraná, 12 de junio de 2008 VISTO: El Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias SIRCREB aprobado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18 de agosto de 1977, dispuesto

Más detalles

VISTO: Los Expedientes Nro y ; Decreto 8653/2011 y Ley 3202 t.o y modificatorias; y

VISTO: Los Expedientes Nro y ; Decreto 8653/2011 y Ley 3202 t.o y modificatorias; y San Salvador de Jujuy, 21 de Noviembre de 2.011.- RESOLUCION GENERAL Nº 1.272/2011 VISTO: Los Expedientes Nro. 500-664-2010 y 500-394-2001; Decreto 8653/2011 y Ley 3202 t.o. 1982 y modificatorias; y CONSIDERANDO:

Más detalles

Que las Resoluciones Generales Nº29/2011, Nº30/2011 y Nº31/2011 modificaron y complementaron el régimen establecido.

Que las Resoluciones Generales Nº29/2011, Nº30/2011 y Nº31/2011 modificaron y complementaron el régimen establecido. Formosa, 04 de Octubre de 2011 VISTO: La Resolución General Nº 28/2011 sus modificatorias y complementarias a saber: Resolución General Nº 29/2011, Nº 30/2011, Nº 31/2011 y Nº 36/2011 de ésta Dirección;

Más detalles

VISTO: Las disposiciones del Art. 287º del Código Fiscal Ley Nº 5791/13 y;

VISTO: Las disposiciones del Art. 287º del Código Fiscal Ley Nº 5791/13 y; "2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional" RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1.446/2016 San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2016. VISTO: Las disposiciones del Art. 287º del

Más detalles

LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TRIBUTARIA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TRIBUTARIA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: FORMOSA, 22 de Diciembre de 2016. VISTO: Los artículos 11, 224, 225 del Fiscal Ley 1589 sus modificatorias y complementarias, la Resolución General Nº 40/97 de la Dirección General de Rentas y; CONSIDERANDO:

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 112/2012 -PARTE PERTINENTE-

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 112/2012 -PARTE PERTINENTE- Emisión: 26/9/2012 BO (Tucumán): 28/9/2012 Artículo 1º.- A los efectos de dar por acreditada la condición establecida en el inciso b) del artículo 1º del Decreto Nº 1610/3 (ME)-2012, la Asociación de Transportadores

Más detalles

MR Consultores 24/11/2010. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria. Resolución General 2955

MR Consultores 24/11/2010. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria. Resolución General 2955 MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria Resolución General 2955 Ventas a través de portales virtuales Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Noviembre de 2010 SUJETOS OBLIGADOS

Más detalles

RESOLUCIÓN CV 025/2013

RESOLUCIÓN CV 025/2013 RESOLUCIÓN CV 025/2013 Córdoba, Octubre de 2013.- REF.: TRÁMITE C. I. Nº.- CONTACTO Nº.- VISTO: El trámite de referencia por medio del cual, se presenta el Señor.. en representación de la Firma.. UNIÓN

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO. RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises SAU. CUIT:

LEGAJO IMPOSITIVO. RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises SAU. CUIT: LEGAJO IMPOSITIVO RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises SAU. CUIT: 30-71506876-8 DOMICILIO FISCAL: Tucumán 1 Piso 4 CP 1049 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Planta Hughes Ruta 8km 302.5 S/N CP 2725 Hughes

Más detalles

Responsables. Inscripción. Requisitos

Responsables. Inscripción. Requisitos RESOLUCIÓN GENERAL Nº 53/2006 -PARTE PERTINENTE- Emisión: 14/6/2006 BO (Tucumán): 16/6/2006 Responsables Artículo 1º.- Las Bolsas, Cámaras, Mercados o Asociaciones que registren los documentos, actos,

Más detalles

NOVEDADES NACIONALES

NOVEDADES NACIONALES NOVEDADES NACIONALES REGÍMENES ESPECIALES RESOLUCIÓN (Sec. Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional) 120/2010 Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Plazo para la presentación de proyectos.

Más detalles

SANTA FE - INGRESOS BRUTOS - MODIFICACIONES AL REGIMEN GENERAL DE RETENCION

SANTA FE - INGRESOS BRUTOS - MODIFICACIONES AL REGIMEN GENERAL DE RETENCION SANTA FE - INGRESOS BRUTOS - MODIFICACIONES AL REGIMEN GENERAL DE RETENCION Resolución General 32/2016 Administración Provincial de Impuestos Buenos Aires, 6 de Enero de 2017 A través de la Resolución

Más detalles

CASO PRÁCTICO INTEGRAL DE CONVENIO MULTILATERAL. NOTA PUBLICADA LA REVISTA Práctica Integral Buenos Aires de EDITORIAL ERREPAR

CASO PRÁCTICO INTEGRAL DE CONVENIO MULTILATERAL. NOTA PUBLICADA LA REVISTA Práctica Integral Buenos Aires de EDITORIAL ERREPAR CASO PRÁCTICO INTEGRAL DE CONVENIO MULTILATERAL Carolina H. Marchetti Carla G. Tamburro (MR Consultores) NOTA PUBLICADA LA REVISTA Práctica Integral Buenos Aires de EDITORIAL ERREPAR Por medio de la Resolución

Más detalles

AIR S.R.L. LEGAJO IMPOSITIVO 2017

AIR S.R.L. LEGAJO IMPOSITIVO 2017 AIR S.R.L. LEGAJO IMPOSITIVO 2017 Legajo Impositivo AIR S.R.L 1 Rosario, 01 de Agosto de 2017 Ref. Datos Impositivos AIR S.R.L CUIT: 30-57013558-5 Sres. Proveedores / Clientes De nuestra mayor consideración:

Más detalles

En tal sentido, a continuación exponemos los resultados de la tarea encomendada, realizando el análisis por jurisdicción. Provincia de Santa Fe

En tal sentido, a continuación exponemos los resultados de la tarea encomendada, realizando el análisis por jurisdicción. Provincia de Santa Fe Rosario, 15 de octubre de 2012 Señores del Centro de Corredores de Cereales de Rosario Presentes De nuestra consideración: Se nos consulta acerca del alcance para los corredores de cereales de las disposiciones

Más detalles

Régimen Optativo de Consulta Vinculante. Artículo 145 del Código Fiscal T.O Reglamentación.

Régimen Optativo de Consulta Vinculante. Artículo 145 del Código Fiscal T.O Reglamentación. CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución Nº 477/13 Régimen Optativo de Consulta Vinculante. Artículo 145 del Código Fiscal T.O. 2013. Reglamentación.

Más detalles

San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto de RESOLUCION GENERAL Nº 1369 VISTO:

San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto de RESOLUCION GENERAL Nº 1369 VISTO: San Salvador de Jujuy, 27 de Agosto de 2.014 RESOLUCION GENERAL Nº 1369 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013, lo establecido en las Resoluciones Generales Nros. 1221/2009,

Más detalles

CHACO - INGRESOS BRUTOS NUEVO REGIMEN DE RETENCION

CHACO - INGRESOS BRUTOS NUEVO REGIMEN DE RETENCION CHACO - INGRESOS BRUTOS NUEVO REGIMEN DE RETENCION Resolución General 1749/2013 Administración Tributaria Provincial Buenos Aires, 6 de Marzo de 2013 Con fecha 08/02/2013 la Administración Tributaria Provincial

Más detalles

CIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

CIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Salta, 18 de marzo de 2.010 CIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: PREVISIONAL TEMA: Régimen de Retención para el ingreso de las Contribuciones Patronales con destino a la Seguridad Social

Más detalles

LEGAJO IMPOSITIVO. RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises Sociedad Anónima. CUIT:

LEGAJO IMPOSITIVO. RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises Sociedad Anónima. CUIT: LEGAJO IMPOSITIVO RAZON SOCIAL: Black Bamboo Enterprises Sociedad Anónima. CUIT: 30-71506876-8 DOMICILIO FISCAL: Tucumán 1 Piso 4 CP 1049 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Planta Hughes Ruta 8km 302.5 S/N

Más detalles

La ley Provincial y la Resolución Generales 021/2007 de la Dirección General de Rentas, y;

La ley Provincial y la Resolución Generales 021/2007 de la Dirección General de Rentas, y; Formosa; 30 DE AGOSTO DE 2007 VISTO: La ley Provincial 1.510 y la Resolución Generales 021/2007 de la Dirección General de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que la referida ley ha instaurado el Régimen Simplificado

Más detalles

IMPUESTOS. Impuestos al consumo. Impuestos a los ingresos brutos

IMPUESTOS. Impuestos al consumo. Impuestos a los ingresos brutos IMPUESTOS Impuestos a los ingresos brutos El desarrollo de contenidos que se presenta a continuación es una selección editada y compilada ad hoc, sobre la base de la bibliografía citada al pie, para ser

Más detalles

Impuestos Ingresos brutos: regímenes

Impuestos Ingresos brutos: regímenes A NEXO DE A CTUALIZACIÓN - JUNIO 2005 Colección Práctica Impuestos Ingresos brutos: regímenes de retención y percepción NORTE Hernán C. Avanzini M. Josefina Bavera Mónica C. Ciacci TUCUMÁN Este Anexo incluye:

Más detalles

Mayo 2015 Novedades impositivas del al Novedades Provinciales

Mayo 2015 Novedades impositivas del al Novedades Provinciales Mayo 2015 Novedades impositivas del 14 05 al 20 05 Novedades Provinciales Córdoba. Código Tributario. Texto ordenado 2015 DECRETO (Poder Ejecutivo Cba.) 400/2015 El Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba

Más detalles

GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS Y BIENES PERSONALES. VERSIÓN: RELEASE 0 - VIGENTE

GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS Y BIENES PERSONALES. VERSIÓN: RELEASE 0 - VIGENTE www.pgkconsultores.com Paludi, Gonzalez y Asociados Sociedad Civil Una firma miembro de PGK CONSULTORES Miembro de TGS Global Network Céspedes 3249 Of. 002 (C1426DVG), Bs. As. tel: +54 (11) 6091.8950 Novedades

Más detalles

San Salvador de Jujuy, 30 de mayo de RESOLUCION GRAL Nº 1136 VISTO:

San Salvador de Jujuy, 30 de mayo de RESOLUCION GRAL Nº 1136 VISTO: San Salvador de Jujuy, 30 de mayo de 2005. RESOLUCION GRAL Nº 1136 VISTO: El Código Fiscal -Ley Nº 3202/75 y sus modificaciones-, la Resolución General (DPR) 680/92 y la Resolución General (AFIP) 1415/2003

Más detalles

Resolución General 3733/2015. AFIP. Minería. Registros fiscales. IVA. Régimen de retención

Resolución General 3733/2015. AFIP. Minería. Registros fiscales. IVA. Régimen de retención Resolución General 3733/2015. AFIP. Minería. Registros fiscales. IVA. Régimen de retención Se modifica el régimen específico del IVA para los contribuyentes que desarrollen actividades mineras o provean

Más detalles

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS DIARIOS Y REVISTAS

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS DIARIOS Y REVISTAS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS DIARIOS Y REVISTAS INSCRIPCIÓN El trámite deberá ser personal o por representante y/o apoderado que acredite su condición (poder especial y/o general

Más detalles

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa:

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa: SITUACION FISCAL o Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA CARTOCOR S.A. C.U.I.T. 30-58673333-4 N INGRESOS BRUTOS 904-353396-6 (Convenio Multilateral) DOMICILIO FISCAL Av. Marcelino Bernardi 24 - C.P.

Más detalles

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa:

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa: SITUACION FISCAL o Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA CARTOCOR S.A. C.U.I.T. 30-58673333-4 N INGRESOS BRUTOS 904-353396-6 (Convenio Multilateral) DOMICILIO FISCAL Av. Marcelino Bernardi 24 - C.P.

Más detalles

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE DICIEMBRE DE RESOLUCION GENERAL Nº 1273 VISTO:

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE DICIEMBRE DE RESOLUCION GENERAL Nº 1273 VISTO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE DICIEMBRE DE 2011. RESOLUCION GENERAL Nº 1273 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal Ley 3202 (t.o 1998) y sus modificatorias, del Decreto Reglamentario 1144-H-1982, las

Más detalles

RESOLUCIÓN GENERAL N 1522 /05

RESOLUCIÓN GENERAL N 1522 /05 RESOLUCIÓN GENERAL N 1522 /05 VISTO Y CONSIDERANDO: Que es necesario aprobar el calendario de vencimientos del año 2006, para aquellos contribuyentes comunes incorporados al Sistema Informático Integral

Más detalles

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA SITUACION FISCAL o Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA CARTOCOR S.A. C.U.I.T. 30-58673333-4 N INGRESOS BRUTOS 904-353396-6 (Convenio Multilateral) DOMICILIO FISCAL Av. Marcelino Bernardi 24 - C.P.

Más detalles

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE MEDIOS PUBLICITARIOS INSCRIPCIÓN El trámite deberá ser personal o por representante y/o apoderado que acredite su condición (poder especial y/o general certificado por

Más detalles

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa:

SITUACION FISCAL. Datos Generales de nuestra Empresa: SITUACION FISCAL o Datos Generales de nuestra Empresa: EMPRESA CARTOCOR S.A. C.U.I.T. 30-58673333-4 N INGRESOS BRUTOS 904-353396-6 (Convenio Multilateral) DOMICILIO FISCAL Av. Marcelino Bernardi 24 - C.P.

Más detalles