PÓLIZA SEGURO AUTOMOTRIZ (SURA VEHICULOS USADOS PARTICULAR) Deducible 5 UF Concesionario: AUTOSUMMIT CHILE S.A. - AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA
|
|
- Lucas Ojeda Lara
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 PÓLIZA N PÓLIZA SEGURO AUTOMOTRIZ (SURA VEHICULOS USADOS PARTICULAR) Deducible 5 UF Concesionario: AUTOSUMMIT CHILE S.A. - AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Datos del Corredor Nombre CONOSUR CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA Rut K Dirección Los Conquistadores Piso 23 Teléfono fijo Comisión 0% de la prima neta Otras Comisiones Comisión de Recaudación: 5.25% de la Prima Neta Comisión por Uso de Canal: 19.75% de la Prima Neta Número Propuesta Fecha Propuesta Pól./End. Emitir POLIZA Fecha Emisión Convenio 3190 Póliza Renovada Número Cotización 0 Póliza Asociada Contratante FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. R.u.t Dirección ISIDORA GOYENECHEA 3365, PISO 3 Comuna LAS CONDES Ciudad SANTIAGO Teléfono Teléfono Móvil Correo CLIENTES@FORUM.CL Asegurado FRANCISCO NICOLAS LEON DRPIC R.u.t Dirección EL MIRADOR 631 CASA 35 Comuna VILLA ALEMANA Ciudad VILLA ALEMANA Teléfono Teléfono Móvil Correo LEONDRPIC@GMAIL.COM Sucursal AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Inicio Vigencia 12:01 hrs del Ejecutivo de Venta GALVEZ PLAZA DANIEL Término Vigencia 12:00 hrs del Moneda UF Días de Vigencia 365 Digitado por FINEX Items Ingresados 1 Correo Medio de Pago CONTADO Ramo VEH. MOTORIZADOS G1 Producto SURA VEHICULOS USADOS PARTICULAR Monto Asegurado VALOR COMERCIAL Monto Prima Neta 0,00 Monto Prima Afecta 0,00 Monto IVA 0,00 Monto Prima Exenta 0,00 Monto Prima Bruta 0,00 Página 1 de 11
2 SEGUROS GENERALES SURAMERICANA R.U.T: Número Item 1 VEH. MOTORIZADOS G1 Asegurado FRANCISCO NICOLAS LEON DRPIC R.u.t Teléfono PÓLIZA N : Beneficiario FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. R.u.t Monto Asegurado Tope 380,39 Monto Asegurado VALOR COMERCIAL Inicio Vigencia 12:01 hrs del Monto Prima Neta 0,00 Término Vigencia 12:00 hrs del Monto Prima Bruta 0,00 Días de Vigencia 365 Materia Asegurada Patente GCJG-95 Uso PARTICULAR Número Motor ED Modelo COMPASS Número Chasis 1C4AJCAB9ED Color GRIS Tipo Vehículo LIVIANO Marca JEEP Año 2014 Linea SPORT 2.4 AT Nº Inspección Lugar Inspección AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Fecha Inspección Emisor AUTOSUMMIT CHILE S.A. Accesorios Estado Vehiculo USADO Kilometraje Interes Asegurable: No Definido Uso Especifico: No Definido Página 2 de 11
3 COBERTURAS ITEM N 1 Nombre Cobertura Código S.V.S Monto Prima Asegurado Neta (U.F.) COB. - DAÑOS MATERIALES AL VEHICULO POL VALOR COMERCIAL 9,80 COB. - ASIENTO PASAJERO PLAN C POL UF 625 0,30 COB. - ASIENTO PASAJERO PLAN A POL UF ,03 ADI. - ROBO,HURTO O USO NO AUTORIZADO POL VALOR COMERCIAL 0,50 ADI. - RIESGOS DE LA NATURALEZA CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - R. CIVIL LUCRO CESANTE POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - R. CIVIL DAÑO MORAL POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - R. CIVIL DAÑO EMERGENTE POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - DEFENSA PENAL Y CONS.FIANZA CAD UF 50 0,01 ADI. - DAÑOS POR HUELGA Y TERRORISMO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS POR ACTOS MALICIOSOS CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS MAT POR PROPIA CARGA CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS CAUSADOS POR SISMO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS CAUSADOS POR GRANIZO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - D.TERCEROS POR PROPIA CARGA CAD UF 500 0,01 ADI. - CLAUSULA ROBO DE ACCESORIOS CAD % VALOR COMERCIAL 0,50 ADI. - ASISTENCIA AL VEHICULO POL ,03 Total Prima Neta 0,00 Página 3 de 11
4 CONDICIONES PARTICULARES La cobertura comenzará a regir una vez que la compañía acepte el riesgo, el cual será confirmado con la emisión de la póliza. DAÑOS MATERIALES Rige condicionado de vehículos motorizados inscrito en registro de póliza código POL de acuerdo a modalidad valor comercial, según lo dispuesto en articulo 4. Para vehículos de uso particular, los deducibles indicados son I.V.A. incluido. INSPECCIONES Vehículos nuevos cubiertos contra factura y/o guía de despacho con máximo de 48 horas de emitido el documento. Para vehículos nuevos asegurados bajo factura y/o guía de despacho, se consideraran cubiertos los accesorios originales de fabrica no desmontables instalados al vehículo por el fabricante individualizados en la factura respectiva que se encuentre e poder de la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señalada en estas condiciones particulares. Vehículos asegurados, con inspección se consideraran cubiertos todos los accesorios no desmontables detallados en la inspección respectiva, que se encuentre en poder de la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señaladas en estas condiciones particulares. Para los vehículos asegurados sin inspección se consideraran cubiertos aquellos accesorios originales de fábrica no desmontables instalados por el fabricante o los señalados en inspecciones anteriores validadas por la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señalada en estas condiciones particulares. DEDUCIBLE PROVISORIO Con la primera suscripción del presente seguro, el asegurado asume, entre otras, la obligación de realizar la inspección del vehículo en cualquiera de los Centros de Inspección habilitados por la Compañía. Durante el tiempo intermedio, entre la contratación del seguro y la inspección del vehículo, la materia asegurada gozará de la cobertura contratada sin perjuicio de sus límites y exclusiones y con las siguientes restricciones: a) Para la cobertura de daños al vehículo asegurado, se aplicará un deducible equivalente a UF 40 adicionales al deducible contratado. b) Queda excluida la cobertura de robo, hurto o uso no autorizado, al igual que el robo de los accesorios del vehículo asegurado. Una vez realizada y aprobada la inspección del vehículo asegurado, éste contará con la cobertura contratada sin las restricciones señaladas en las letras a) y b) precedentes. El acta que se levante al momento de la inspección será firmada por el asegurado y se entenderá formar parte integrante de las condiciones particulares del seguro contratado. Si la inspección del vehículo fuere realizada por una tercera persona, el asegurado se obliga a conferirle poder suficiente, facultándola para que en su nombre y representación realice la inspección del vehículo asegurado y firme la correspondiente acta de inspección, liberando a Página 4 de 11
5 Seguros Generales Suramericana S.A. de toda ulterior responsabilidad en el cumplimiento del referido encargo. Para coordinar la inspección comuníquese a los teléfonos ó Nota: esta Condición Particular no rige para Vehículos ingresados como nuevos y cuya factura no supere las 48 horas desde la fecha de entrega del mismo. DEDUCIBLE RESPONSABLE Cuando exista un tercero claramente identificado y definitivamente culpable, se aplicará un descuento de un 100% en el deducible voluntario pactado en la póliza. El tercero se entenderá claramente identificado cuando se conozca el nombre, la dirección y el teléfono del conductor, la patente, marca modelo y color del vehículo de este. El tercero se entenderá definitivamente culpable, para los efectos de aplicar el deducible responsable, solamente en los siguientes casos: 1.- El tercero se declara culpable 2.- El tercero no respeta un letrero pare o ceda el paso. Son condiciones obligatorias: A.- Que la identificación del tercero, como las situaciones descritas en el punto anterior queden claramente especificadas en el parte policial y en la denuncia a la compañía. B.- Que el asegurado y el tercero dejen la constancia en carabineros Juntos. C.- Que el asegurado adjunte copia de la constancia policial, cuando haga la denuncia a la compañía, dentro de 10 días corridos desde ocurrido el accidente. Cuando no se den estas condiciones, se aplicará el deducible estipulado en la póliza. PERDIDA TOTAL Por la presente cláusula la Compañía cubrirá el Robo o Hurto del vehículo asegurado o las pérdida que este sufra, cuando el costo de reparación de los daños o de reposición de sus piezas o partes supere el 75% del valor de dicho vehículo, de acuerdo a los artículos 14 y 21 del condicionado general, circunstancia en la que se dejará constancia en las condiciones particulares de la póliza (registro póliza: código POL ). En caso de pérdida total la compañía cobrará la totalidad de la prima del seguro. RESPONSABILIDAD CIVIL Para el presente ítem las coberturas de Responsabilidad Civil rigen de acuerdo al siguiente detalle: Daño Emergente hasta un tope de UF 500 Daño Moral hasta un tope de UF 500 Lucro Cesante hasta un tope de UF 500 Página 5 de 11
6 ROBO DE ACCESORIOS HASTA 10% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO MAX. UF 50 En caso de robo de accesorios aun cuando estos estén especificados en la póliza, la indemnización en ningún caso podrá exceder el 10% del valor comercial del vehículo. Para equipos de sonido el tope máximo a indemnizar es de UF 50. Se deja constancia que aun cuando se encuentren detallados en la póliza, se excluye de la cobertura todo accesorio, piezas o partes no fijadas permanente al vehículo, tales como tapas de rueda no apernadas, radios o paneles desmontables y teléfonos celulares. El robo de radios con panel desmontable, solo será indemnizado contra entrega, por parte del asegurado del panel desmontable a la compañía. INCLUSIÓN DE ACCESORIOS: Para cubrir en este seguro accesorios que hubieren sido incorporados al vehículo después del inicio de vigencia de la póliza, es requisito dar cuenta de ellos en una nueva inspección a realizarse por parte de la compañía y solicitar su incorporación mediante el endoso respectivo. ASIENTO PASAJEROS PLAN A (MUERTE ACCIDENTAL) Monto asegurado UF200 por cada asiento, límite máximo indemnizable según capacidad técnica del vehículo con tope de UF1000. ASIENTO PASAJEROS PLAN C (GASTOS MÉDICOS) El plan C cubre en exceso de Isapre o Fonasa o seguros que operen en forma primaria. En caso que el asegurado no este inscrito en ningun sistema de salud previsional, se aplicará deducible UF10. CLAUSULA DE REPARACION: La Compañía tiene la opción de reparar, reemplazar o indemnizar en dinero los daños sufridos por el vehículo asegurado. En caso de reparación o reemplazo se aplican las siguientes condiciones: a). En el caso de vehículos hasta 5 años de antigüedad y cuya garantía de marca esté vigente, es decir, tenga el plan de mantenimiento al día y cumpla con los requisitos de años y/o kilometraje especificados por el fabricante, los repuestos a utilizar serán aquellos provistos por representantes oficiales de la marca del bien asegurado. La reparación se realizará en servicios oficiales de la marca del vehículo asegurado y que estén autorizados por la Compañía. b). En el caso de los vehículos mayores a 5 años de antigüedad y/o cuya garantía de marca esté expirada, la Compañía podrá proveer de repuestos cuya calidad, funcionalidad y condiciones de seguridad sean similares a los indicados en la letra a) anterior. La reparación se realizará en servicios autorizados por la Compañía. Si el costo de los repuestos ofertados por los concesionarios supera el de la lista de precios de la compañía, ésta tendrá la opción de elegir dónde comprarlos. En todos los casos, la Compañía velará porque, razonablemente, la reparación sea efectuada en condiciones que garanticen la aptitud, funcionalidad y seguridad necesarias para el correcto funcionamiento del vehículo. Si el Página 6 de 11
7 asegurado, en algún caso quisiere optar por la utilización de un servicio de reparación o repuestos distintos de los que la Compañía ofrece, deberá asumir cualquier costo adicional y la Compañía no tendrá el deber de velar por el trabajo de reparación ni la calidad de los repuestos. DOMICILIO Las partes fijan domicilio especial para todos los efectos derivados del presente contrato en la ciudad de Santiago. COBERTURA DE VEHÍCULOS INTERNADOS ALAMPARO DE FRANQUICIAS ADUANERA Sin perjuicio de lo señalado en las Condiciones Generales del seguro, que no se modifican sino en lo expresamente señalado a continuación en esta cláusula la presente póliza se extiende a cubrir vehículos motorizados internados al país al amparo de franquicias aduaneras sujeto empero a las siguientes condiciones especiales, las cuales son expresamente aceptadas por el asegurado en este acto: 1.- El asegurado estará obligado a acreditar a la Compañía el valor de adquisición del vehículo. Dicha acreditación se realizará a través de la exhibición de la factura respectiva o la Solicitud de Registro de Factura, expendida por el Servicio Nacional de Aduanas, documentos que formarán parte integrante del contrato de seguros. Se entenderá como valor de adquisición del vehículo, el valor total de venta indicado en estos documentos. 2.- En caso de pérdida total del vehículo asegurado, la indemnización quedará limitada al menor valor entre el valor comercial del vehículo al momento del siniestro y el valor de adquisición declarado a la Compañía menos la depreciación asociada al uso, antigüedad y estado de conservación del vehículo. 3.- Solo se podrán asegurar bajo esta extensión de cobertura vehículos motorizados con presencia comercial en Chile a través de distribuidores oficiales de la marca constituidos en el país. 4.- En caso que la Compañía opte por indemnizar en dinero la pérdida total del vehículo asegurado, el pago de la indemnización procederá sólo una vez que el asegurado acredite haber cancelado todas las sumas que sea necesario enterar a cualquier organismo público o privado para poder transferir el vehículo asegurado o sus restos, a la Compañía o a un tercero, en razón de haber sido internado bajo el amparo de alguna exención total o parcial de aranceles aduaneros y/o impuestos, con respecto al régimen general. DEFENSA PENAL Y CONSTITUCIÓN DE FIANZAS Adicional de defensa penal y constitución de fianza rige hasta un límite de UF 50. ASISTENCIA AL VEHICULO Cobertura Base Remolque o transporte del vehículo. Reparación in situ.(1) Límites Hasta 10 UF. Máximo 2 eventos Máximo 2 eventos Ambito territorial: Cobertura sólo en Chile, excluye islas salvo Chiloé. Página 7 de 11
8 * Remolque o transporte del vehículo En caso de que el vehículo no pudiera circular por avería o accidente, el servicio de asistencia se hará cargo del remolque o transporte con un tope de UF 10 hasta el taller que indique el titular, máximo 2 eventos al año. Esta prestación contempla el traslado del titular y sus acompañantes hasta el taller o hasta su domicilio. * Servicio de reparación in situ Si una avería o accidente impidiera que el vehículo inscrito circule por sus propios medios, el servicio de asistencia proporcionará la ayuda técnica necesaria para intentar una reparación de emergencia, a fin de que éste pueda continuar su viaje. Su alcance no superará el correspondiente a media hora de mano de obra en el lugar donde se haya producido el hecho, quedando excluido de esta prestación el costo de las piezas de recambio que fuera necesario sustituir. Tipos de reparaciones incluidas en la cobertura de reparación In Situ: * Puesta en marcha por Batería Descargada * Incluye los Servicios de Cambio de Neumático * Reposición de Combustible * Problemas de Encendido *Apertura de Puertas *Máximo 2 Eventos al Año En caso de que el vehículo no pudiera ser reparado en el tiempo indicado, entrará en vigor la prestación de remolque. NOTA: El Servicio de entrega de combustible está disponible a 2 km del domicilio registrado por el titular, siempre y cuando el vehículo no pueda circular por falta de éste; incluye 5 litros de combustible sin costo para el cliente con un tope de 3 eventos al año. DENUNCIA DE SINIESTROS: En Caso de siniestros, el asegurado o conductor deberá dejar constancia inmediata en la unidad policial más cercana. El conductor debe comunicarse en forma telefónica o por escrito a la compañía ( al Fono en un plazo máximo de 10 días desde la ocurrencia del siniestro. Para acceder al servicio de asistencia del vehículo asegurado ocurrido el accidente o avería, el contratante deberá comunicarse al Fono ó desde celulares y Página 8 de 11
9 el extranjero marcando *7024, servicio disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana. De acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 556 y 557 del Código de Comercio, declaro que toda información que he dado precedentemente es expresión fiel de la verdad, y admito desde ya que el contrato será ineficaz si se comprueba que mis informaciones han sido falsas, erróneas o reticentes. Notas: Información vía remota: Las partes acuerdan que cualquier comunicación, declaración o notificación que deba efectuar la Compañía al Asegurado con motivo de la contratación y ejecución de este seguro, podrá efectuarse a su dirección de correo electrónico indicado en la presente propuesta de seguro. En caso de faltar dicha dirección de correo electrónico, las comunicaciones serán enviadas al asegurado conforme a lo indicado en las condiciones generales. Termino anticipado del contrato: Conforme a lo dispuesto en el Artículo 537 del Código de Comercio, por el presente acto las partes convienen que el Asegurador podrá poner término anticipado al presente seguro en caso de concurrir una cualquiera de las siguientes causales: a)si el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del seguro. En este caso el asegurado tendrá derecho a restitución de la parte de la prima pagada no ganada por el asegurador correspondiente al tiempo no corrido. b)en caso de pérdida, destrucción o extinción de los riesgos o de la materia asegurada después de celebrado el contrato de seguros, sea que el evento tenga o no cobertura en la póliza contratada. En caso que el evento no tenga cobertura, el asegurado tendrá derecho a restitución de la parte de la prima pagada no ganada correspondiente al tiempo no corrido. c)por la transmisión a título universal o singular de la materia asegurada a un tercero. d)por la transferencia de la materia asegurada. En este caso el seguro terminará de pleno derecho una vez transcurridos 15 días contados desde la transferencia, a menos que el asegurador acepte que continúe por cuenta del adquirente o que la póliza sea a la orden. Esta causal no opera en caso que el asegurado conserve algún interés en el objeto del seguro hasta concurrencia de su interés. e)por aplicación de las políticas técnicas de suscripción del Asegurador, teniendo en consideración la siniestralidad presentada durante la vigencia, las condiciones del mercado reasegurador y las alteraciones o modificaciones que pudieran haber afectado al riesgo que se propuso asegurar. La terminación del contrato por aplicación de las causales a), b), c) y e) se producirá a la expiración del plazo de 30 días contados desde la fecha de envío de la respectiva comunicación de acuerdo a lo establecido en la cláusula 23. Página 9 de 11
10 De la misma forma, el asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador en la forma establecida en las condiciones generales de la póliza. Para todos los efectos legales y en cumplimiento de la obligación contenida en el número 1º del artículo 524 del Código de Comercio, respecto del deber del asegurado de declarar todas las circunstancias para identificar la cosa asegurada y apreciar la extensión de los riesgos, mediante la suscripción de la presente propuesta quien firma como proponente y/o asegurado declara que el vehiculo que se procura asegurar es de uso particular y no se encuentra en ninguna de las condiciones excluidas precedentemente. DEDUCIBLES: Póliza afecta a un deducible de UF 5 en toda y cada pérdida, excepto Responsabilidad Civil, Defensa Penal y Asistencia. Página 10 de 11
11 SEGUROS GENERALES SURAMERICANA R.U.T: INTERES ASEGURABLE El contratante deberá informar a la compañía si los bienes que se aseguran se encuentran o no dados en prenda, o si están afectados por cualquier otra limitación de dominio o gravamen, que haga presumible que existe otro interés asegurable, además del que ha manifestado el asegurado. Igual obligación regirá para las prendas u otras limitaciones que se constituyan durante la vigencia de esta póliza, las que deberán ser informadas dentro del plazo de 15 días siguientes a su constitución, salvo fuerza mayor. BUENAS PRÁCTICAS La Compañía Seguros Generales Suramericana S.A. Se encuentra adherida voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentran a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de Seguros Generales Suramericana S.A. y en NOTA: La forma de pago consignada en la propuesta u otros documentos escritos, se consideran parte integrante de las condiciones particulares de la póliza. NOTA 1: Se incluye Anexo relativo al Procedimiento de Liquidación de Siniestros. NOTA 2: Se incluye cláusula aclaratoria año 2000, la cual forma parte integrante del presente seguro, inscrita bajo código CUG , de fecha 11 de Agosto 1998 NOTA 3: Las partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago para todos los efectos derivados de este contrato de seguro. Firma Compañia Página 11 de 11
12 PROPUESTA N PROPUESTA SEGURO AUTOMOTRIZ (SURA VEHICULOS USADOS PARTICULAR) Deducible 5 UF Concesionario: AUTOSUMMIT CHILE S.A. - AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Con la emisión de la presente propuesta, no se obtiene cobertura alguna al riesgo que se procura asegurar. La cobertura comenzará a regir únicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por el asegurador y se inicie la vigencia de la Propuesta. (Circular Nº S.V.S.) Todas las menciones de esta propuesta formarán parte integrante de las Condiciones Particulares de la Propuesta. Datos del Corredor Nombre CONOSUR CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA Rut K Dirección Los Conquistadores Piso 23 Teléfono fijo Número Propuesta Fecha Propuesta Pól./End. Emitir POLIZA Póliza Asociada Convenio 3190 Póliza Renovada Número Cotización 0 Contratante FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. R.u.t Dirección ISIDORA GOYENECHEA 3365, PISO 3 Comuna LAS CONDES Ciudad SANTIAGO Teléfono Teléfono Móvil Correo CLIENTES@FORUM.CL Asegurado FRANCISCO NICOLAS LEON DRPIC R.u.t Dirección EL MIRADOR 631 CASA 35 Comuna VILLA ALEMANA Ciudad VILLA ALEMANA Teléfono Teléfono Móvil Correo LEONDRPIC@GMAIL.COM Sucursal AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Inicio Vigencia 12:01 hrs del Ejecutivo de Venta GALVEZ PLAZA DANIEL Término Vigencia 12:00 hrs del Moneda UF Días de Vigencia 365 Digitado por FINEX Items Ingresados 1 Correo Medio de Pago CONTADO Ramo VEH. MOTORIZADOS G1 Producto SURA VEHICULOS USADOS PARTICULAR Monto Asegurado VALOR COMERCIAL Monto Prima Neta 0,00 Monto Prima Afecta 0,00 Monto IVA 0,00 Monto Prima Exenta 0,00 Monto Prima Bruta 0,00 Página 1 de 15
13 SEGUROS GENERALES SURAMERICANA R.U.T: Número Item 1 VEH. MOTORIZADOS G1 Asegurado FRANCISCO NICOLAS LEON DRPIC R.u.t Teléfono PROPUESTA N : Beneficiario FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A. R.u.t Monto Asegurado Tope 380,39 Monto Asegurado VALOR COMERCIAL Inicio Vigencia 12:01 hrs del Monto Prima Neta 0,00 Término Vigencia 12:00 hrs del Monto Prima Bruta 0,00 Días de Vigencia 365 Materia Asegurada Patente GCJG-95 Uso PARTICULAR Número Motor ED Modelo COMPASS Número Chasis 1C4AJCAB9ED Color GRIS Tipo Vehículo LIVIANO Marca JEEP Año 2014 Linea SPORT 2.4 AT Nº Inspección Lugar Inspección AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA Fecha Inspección Emisor AUTOSUMMIT CHILE S.A. Accesorios Estado Vehiculo USADO Kilometraje Interes Asegurable Descripción SI NO BENEFICIARIO EMPRESA X CONYUGE O PAREJA X DUEÑO O PROPIETARIO X HIJOS X PADRES X REPRESENTANTES LEGALES X TUTOR LEGAL X USUARIO X Uso Especifico Descripción SI NO PARTICULAR X COMERCIAL X TRANSPORTE PASAJEROS X VEHICULOS DE REPARTO X OTROS USOS COMERCIALES DISTINTOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y/O CARGA X TAXI BASICO X TAXI COLECTIVO X TAXI EJECUTIVO X OTROS X TRANSPORTE ESCOLAR X TRANSPORTE MATERIALES EXPLOSIVOS, CORROSIVOS O COMBUSTIBLES X VEHICULO DE ARRIENDO O RENT A CAR X VEHICULO DE EMERGENCIA X TRANSPORTE DE TRONCOS X TRANSPORTE PERTRECHOS DE GUERRA X VEHÍCULO DE USO EN AEROPUERTO O PUERTO X Página 2 de 15
14 TRANSPORTE DE MERCADERÍA INFLAMABLE O PELIGROSA, SÓLIDA, LIQUIDO O GASEOSO X VEHÍCULO DE USO EN MINAS SUBTERRANEAS X MOTO DE USO EN CAMINOS NO HABILITADOS X MOTO DE USO EN COMPETENCIAS O RALLY X MOTO DE USO EN REPARTICION X Página 3 de 15
15 COBERTURAS ITEM N 1 Nombre Cobertura Código S.V.S Monto Prima Asegurado Neta (U.F.) COB. - DAÑOS MATERIALES AL VEHICULO POL VALOR COMERCIAL 9,80 COB. - ASIENTO PASAJERO PLAN C POL UF 625 0,30 COB. - ASIENTO PASAJERO PLAN A POL UF ,03 ADI. - ROBO,HURTO O USO NO AUTORIZADO POL VALOR COMERCIAL 0,50 ADI. - RIESGOS DE LA NATURALEZA CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - R. CIVIL LUCRO CESANTE POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - R. CIVIL DAÑO MORAL POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - R. CIVIL DAÑO EMERGENTE POL UF 500 INDEPENDIENTE 1,00 ADI. - DEFENSA PENAL Y CONS.FIANZA CAD UF 50 0,01 ADI. - DAÑOS POR HUELGA Y TERRORISMO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS POR ACTOS MALICIOSOS CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS MAT POR PROPIA CARGA CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS CAUSADOS POR SISMO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - DAÑOS CAUSADOS POR GRANIZO CAD VALOR COMERCIAL 0,01 ADI. - D.TERCEROS POR PROPIA CARGA CAD UF 500 0,01 ADI. - CLAUSULA ROBO DE ACCESORIOS CAD % VALOR COMERCIAL 0,50 ADI. - ASISTENCIA AL VEHICULO POL ,03 Total Prima Neta 0,00 Página 4 de 15
16 CONDICIONES PARTICULARES La cobertura comenzará a regir una vez que la compañía acepte el riesgo, el cual será confirmado con la emisión de la póliza. DAÑOS MATERIALES Rige condicionado de vehículos motorizados inscrito en registro de póliza código POL de acuerdo a modalidad valor comercial, según lo dispuesto en articulo 4. Para vehículos de uso particular, los deducibles indicados son I.V.A. incluido. INSPECCIONES Vehículos nuevos cubiertos contra factura y/o guía de despacho con máximo de 48 horas de emitido el documento. Para vehículos nuevos asegurados bajo factura y/o guía de despacho, se consideraran cubiertos los accesorios originales de fabrica no desmontables instalados al vehículo por el fabricante individualizados en la factura respectiva que se encuentre e poder de la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señalada en estas condiciones particulares. Vehículos asegurados, con inspección se consideraran cubiertos todos los accesorios no desmontables detallados en la inspección respectiva, que se encuentre en poder de la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señaladas en estas condiciones particulares. Para los vehículos asegurados sin inspección se consideraran cubiertos aquellos accesorios originales de fábrica no desmontables instalados por el fabricante o los señalados en inspecciones anteriores validadas por la compañía y que no estén excluidos de la cobertura de accesorios señalada en estas condiciones particulares. DEDUCIBLE PROVISORIO Con la primera suscripción del presente seguro, el asegurado asume, entre otras, la obligación de realizar la inspección del vehículo en cualquiera de los Centros de Inspección habilitados por la Compañía. Durante el tiempo intermedio, entre la contratación del seguro y la inspección del vehículo, la materia asegurada gozará de la cobertura contratada sin perjuicio de sus límites y exclusiones y con las siguientes restricciones: a) Para la cobertura de daños al vehículo asegurado, se aplicará un deducible equivalente a UF 40 adicionales al deducible contratado. b) Queda excluida la cobertura de robo, hurto o uso no autorizado, al igual que el robo de los accesorios del vehículo asegurado. Una vez realizada y aprobada la inspección del vehículo asegurado, éste contará con la cobertura contratada sin las restricciones señaladas en las letras a) y b) precedentes. El acta que se levante al momento de la inspección será firmada por el asegurado y se entenderá formar parte integrante de las condiciones particulares del seguro contratado. Si la inspección del vehículo fuere realizada por una tercera persona, el asegurado se obliga a conferirle poder suficiente, facultándola para que en su nombre y representación realice la inspección del vehículo asegurado y firme la correspondiente acta de inspección, liberando a Página 5 de 15
17 Seguros Generales Suramericana S.A. de toda ulterior responsabilidad en el cumplimiento del referido encargo. Para coordinar la inspección comuníquese a los teléfonos ó Nota: esta Condición Particular no rige para Vehículos ingresados como nuevos y cuya factura no supere las 48 horas desde la fecha de entrega del mismo. DEDUCIBLE RESPONSABLE Cuando exista un tercero claramente identificado y definitivamente culpable, se aplicará un descuento de un 100% en el deducible voluntario pactado en la póliza. El tercero se entenderá claramente identificado cuando se conozca el nombre, la dirección y el teléfono del conductor, la patente, marca modelo y color del vehículo de este. El tercero se entenderá definitivamente culpable, para los efectos de aplicar el deducible responsable, solamente en los siguientes casos: 1.- El tercero se declara culpable 2.- El tercero no respeta un letrero pare o ceda el paso. Son condiciones obligatorias: A.- Que la identificación del tercero, como las situaciones descritas en el punto anterior queden claramente especificadas en el parte policial y en la denuncia a la compañía. B.- Que el asegurado y el tercero dejen la constancia en carabineros Juntos. C.- Que el asegurado adjunte copia de la constancia policial, cuando haga la denuncia a la compañía, dentro de 10 días corridos desde ocurrido el accidente. Cuando no se den estas condiciones, se aplicará el deducible estipulado en la póliza. PERDIDA TOTAL Por la presente cláusula la Compañía cubrirá el Robo o Hurto del vehículo asegurado o las pérdida que este sufra, cuando el costo de reparación de los daños o de reposición de sus piezas o partes supere el 75% del valor de dicho vehículo, de acuerdo a los artículos 14 y 21 del condicionado general, circunstancia en la que se dejará constancia en las condiciones particulares de la póliza (registro póliza: código POL ). En caso de pérdida total la compañía cobrará la totalidad de la prima del seguro. RESPONSABILIDAD CIVIL Para el presente ítem las coberturas de Responsabilidad Civil rigen de acuerdo al siguiente detalle: Daño Emergente hasta un tope de UF 500 Daño Moral hasta un tope de UF 500 Lucro Cesante hasta un tope de UF 500 Página 6 de 15
18 ROBO DE ACCESORIOS HASTA 10% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO MAX. UF 50 En caso de robo de accesorios aun cuando estos estén especificados en la póliza, la indemnización en ningún caso podrá exceder el 10% del valor comercial del vehículo. Para equipos de sonido el tope máximo a indemnizar es de UF 50. Se deja constancia que aun cuando se encuentren detallados en la póliza, se excluye de la cobertura todo accesorio, piezas o partes no fijadas permanente al vehículo, tales como tapas de rueda no apernadas, radios o paneles desmontables y teléfonos celulares. El robo de radios con panel desmontable, solo será indemnizado contra entrega, por parte del asegurado del panel desmontable a la compañía. INCLUSIÓN DE ACCESORIOS: Para cubrir en este seguro accesorios que hubieren sido incorporados al vehículo después del inicio de vigencia de la póliza, es requisito dar cuenta de ellos en una nueva inspección a realizarse por parte de la compañía y solicitar su incorporación mediante el endoso respectivo. ASIENTO PASAJEROS PLAN A (MUERTE ACCIDENTAL) Monto asegurado UF200 por cada asiento, límite máximo indemnizable según capacidad técnica del vehículo con tope de UF1000. ASIENTO PASAJEROS PLAN C (GASTOS MÉDICOS) El plan C cubre en exceso de Isapre o Fonasa o seguros que operen en forma primaria. En caso que el asegurado no este inscrito en ningun sistema de salud previsional, se aplicará deducible UF10. CLAUSULA DE REPARACION: La Compañía tiene la opción de reparar, reemplazar o indemnizar en dinero los daños sufridos por el vehículo asegurado. En caso de reparación o reemplazo se aplican las siguientes condiciones: a). En el caso de vehículos hasta 5 años de antigüedad y cuya garantía de marca esté vigente, es decir, tenga el plan de mantenimiento al día y cumpla con los requisitos de años y/o kilometraje especificados por el fabricante, los repuestos a utilizar serán aquellos provistos por representantes oficiales de la marca del bien asegurado. La reparación se realizará en servicios oficiales de la marca del vehículo asegurado y que estén autorizados por la Compañía. b). En el caso de los vehículos mayores a 5 años de antigüedad y/o cuya garantía de marca esté expirada, la Compañía podrá proveer de repuestos cuya calidad, funcionalidad y condiciones de seguridad sean similares a los indicados en la letra a) anterior. La reparación se realizará en servicios autorizados por la Compañía. Si el costo de los repuestos ofertados por los concesionarios supera el de la lista de precios de la compañía, ésta tendrá la opción de elegir dónde comprarlos. En todos los casos, la Compañía velará porque, razonablemente, la reparación sea efectuada en condiciones que garanticen la aptitud, funcionalidad y seguridad necesarias para el correcto funcionamiento del vehículo. Si el Página 7 de 15
19 asegurado, en algún caso quisiere optar por la utilización de un servicio de reparación o repuestos distintos de los que la Compañía ofrece, deberá asumir cualquier costo adicional y la Compañía no tendrá el deber de velar por el trabajo de reparación ni la calidad de los repuestos. DOMICILIO Las partes fijan domicilio especial para todos los efectos derivados del presente contrato en la ciudad de Santiago. COBERTURA DE VEHÍCULOS INTERNADOS ALAMPARO DE FRANQUICIAS ADUANERA Sin perjuicio de lo señalado en las Condiciones Generales del seguro, que no se modifican sino en lo expresamente señalado a continuación en esta cláusula la presente póliza se extiende a cubrir vehículos motorizados internados al país al amparo de franquicias aduaneras sujeto empero a las siguientes condiciones especiales, las cuales son expresamente aceptadas por el asegurado en este acto: 1.- El asegurado estará obligado a acreditar a la Compañía el valor de adquisición del vehículo. Dicha acreditación se realizará a través de la exhibición de la factura respectiva o la Solicitud de Registro de Factura, expendida por el Servicio Nacional de Aduanas, documentos que formarán parte integrante del contrato de seguros. Se entenderá como valor de adquisición del vehículo, el valor total de venta indicado en estos documentos. 2.- En caso de pérdida total del vehículo asegurado, la indemnización quedará limitada al menor valor entre el valor comercial del vehículo al momento del siniestro y el valor de adquisición declarado a la Compañía menos la depreciación asociada al uso, antigüedad y estado de conservación del vehículo. 3.- Solo se podrán asegurar bajo esta extensión de cobertura vehículos motorizados con presencia comercial en Chile a través de distribuidores oficiales de la marca constituidos en el país. 4.- En caso que la Compañía opte por indemnizar en dinero la pérdida total del vehículo asegurado, el pago de la indemnización procederá sólo una vez que el asegurado acredite haber cancelado todas las sumas que sea necesario enterar a cualquier organismo público o privado para poder transferir el vehículo asegurado o sus restos, a la Compañía o a un tercero, en razón de haber sido internado bajo el amparo de alguna exención total o parcial de aranceles aduaneros y/o impuestos, con respecto al régimen general. DEFENSA PENAL Y CONSTITUCIÓN DE FIANZAS Adicional de defensa penal y constitución de fianza rige hasta un límite de UF 50. ASISTENCIA AL VEHICULO Cobertura Base Remolque o transporte del vehículo. Reparación in situ.(1) Límites Hasta 10 UF. Máximo 2 eventos Máximo 2 eventos Ambito territorial: Cobertura sólo en Chile, excluye islas salvo Chiloé. Página 8 de 15
20 * Remolque o transporte del vehículo En caso de que el vehículo no pudiera circular por avería o accidente, el servicio de asistencia se hará cargo del remolque o transporte con un tope de UF 10 hasta el taller que indique el titular, máximo 2 eventos al año. Esta prestación contempla el traslado del titular y sus acompañantes hasta el taller o hasta su domicilio. * Servicio de reparación in situ Si una avería o accidente impidiera que el vehículo inscrito circule por sus propios medios, el servicio de asistencia proporcionará la ayuda técnica necesaria para intentar una reparación de emergencia, a fin de que éste pueda continuar su viaje. Su alcance no superará el correspondiente a media hora de mano de obra en el lugar donde se haya producido el hecho, quedando excluido de esta prestación el costo de las piezas de recambio que fuera necesario sustituir. Tipos de reparaciones incluidas en la cobertura de reparación In Situ: * Puesta en marcha por Batería Descargada * Incluye los Servicios de Cambio de Neumático * Reposición de Combustible * Problemas de Encendido *Apertura de Puertas *Máximo 2 Eventos al Año En caso de que el vehículo no pudiera ser reparado en el tiempo indicado, entrará en vigor la prestación de remolque. NOTA: El Servicio de entrega de combustible está disponible a 2 km del domicilio registrado por el titular, siempre y cuando el vehículo no pueda circular por falta de éste; incluye 5 litros de combustible sin costo para el cliente con un tope de 3 eventos al año. DENUNCIA DE SINIESTROS: En Caso de siniestros, el asegurado o conductor deberá dejar constancia inmediata en la unidad policial más cercana. El conductor debe comunicarse en forma telefónica o por escrito a la compañía ( al Fono en un plazo máximo de 10 días desde la ocurrencia del siniestro. Para acceder al servicio de asistencia del vehículo asegurado ocurrido el accidente o avería, el contratante deberá comunicarse al Fono ó desde celulares y Página 9 de 15
21 el extranjero marcando *7024, servicio disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana. De acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 556 y 557 del Código de Comercio, declaro que toda información que he dado precedentemente es expresión fiel de la verdad, y admito desde ya que el contrato será ineficaz si se comprueba que mis informaciones han sido falsas, erróneas o reticentes. Notas: Información vía remota: Las partes acuerdan que cualquier comunicación, declaración o notificación que deba efectuar la Compañía al Asegurado con motivo de la contratación y ejecución de este seguro, podrá efectuarse a su dirección de correo electrónico indicado en la presente propuesta de seguro. En caso de faltar dicha dirección de correo electrónico, las comunicaciones serán enviadas al asegurado conforme a lo indicado en las condiciones generales. Termino anticipado del contrato: Conforme a lo dispuesto en el Artículo 537 del Código de Comercio, por el presente acto las partes convienen que el Asegurador podrá poner término anticipado al presente seguro en caso de concurrir una cualquiera de las siguientes causales: a)si el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del seguro. En este caso el asegurado tendrá derecho a restitución de la parte de la prima pagada no ganada por el asegurador correspondiente al tiempo no corrido. b)en caso de pérdida, destrucción o extinción de los riesgos o de la materia asegurada después de celebrado el contrato de seguros, sea que el evento tenga o no cobertura en la póliza contratada. En caso que el evento no tenga cobertura, el asegurado tendrá derecho a restitución de la parte de la prima pagada no ganada correspondiente al tiempo no corrido. c)por la transmisión a título universal o singular de la materia asegurada a un tercero. d)por la transferencia de la materia asegurada. En este caso el seguro terminará de pleno derecho una vez transcurridos 15 días contados desde la transferencia, a menos que el asegurador acepte que continúe por cuenta del adquirente o que la póliza sea a la orden. Esta causal no opera en caso que el asegurado conserve algún interés en el objeto del seguro hasta concurrencia de su interés. e)por aplicación de las políticas técnicas de suscripción del Asegurador, teniendo en consideración la siniestralidad presentada durante la vigencia, las condiciones del mercado reasegurador y las alteraciones o modificaciones que pudieran haber afectado al riesgo que se propuso asegurar. La terminación del contrato por aplicación de las causales a), b), c) y e) se producirá a la expiración del plazo de 30 días contados desde la fecha de envío de la respectiva comunicación de acuerdo a lo establecido en la cláusula 23. Página 10 de 15
22 De la misma forma, el asegurado podrá poner término anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador en la forma establecida en las condiciones generales de la póliza. Para todos los efectos legales y en cumplimiento de la obligación contenida en el número 1º del artículo 524 del Código de Comercio, respecto del deber del asegurado de declarar todas las circunstancias para identificar la cosa asegurada y apreciar la extensión de los riesgos, mediante la suscripción de la presente propuesta quien firma como proponente y/o asegurado declara que el vehiculo que se procura asegurar es de uso particular y no se encuentra en ninguna de las condiciones excluidas precedentemente. Página 11 de 15
23 EXCLUSIONES Las exclusiones que rigen este seguro son las indicadas en el artículo 5, numerales 5.1, 5.2 y 5.3, de las condiciones generales de la póliza, aplicables a todas las coberturas, para daños propios y responsabilidad civil respectivamente. DEDUCIBLES: Póliza afecta a un deducible de UF 5 en toda y cada pérdida, excepto Responsabilidad Civil, Defensa Penal y Asistencia. Página 12 de 15
24 SEGUROS GENERALES SURAMERICANA R.U.T: PROPUESTA N : DOMICILIO Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de todas las obligaciones de esta póliza la ciudad de Santiago. OTRAS CONDICIONES PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS (Circular Nº del de S. V.S.) 1) OBJETO DE LA LIQUIDACIÓN La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar. El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso. 2) FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro. 3) DERECHO DE OPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN DIRECTA En caso de liquidación directa por la Compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar al Liquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición. 4) INFORMACIÓN AL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR Y PETICIÓN DE ANTECEDENTES El Liquidador o la Compañía deberá informar al Asegurado, por escrito, en forma suficiente y oportuna, al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro. 5) PRE-INFORME DE LIQUIDACIÓN En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición del Asegurado, emitir un preinforme de Iiquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El Asegurado o la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al preinforme dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento. 6) PLAZO DE LIQUIDACIÓN Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde la fecha denuncio, a excepción de: Página 13 de 15
25 a) Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anual sea superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha denuncio. b) Siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde fecha denuncio. 7) PRÓRROGA DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse, sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que la fundamenten e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse al Asegurado y a la Superintendencia, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo. 8) INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 y 27 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda N 1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de Diciembre de 2012). 9) IMPUGNACIÓN INFORME DE LIQUIDACIÓN Recibido el informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá el Asegurado. Impugnado el informe, el Liquidador o la compañía dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación. PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS: En virtud de la Circular N de 28 de Noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Superintendencia de Valores y Seguros, Área de protección al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran Ubicadas en Av. Libertador Bernardo O Higgins 1449, piso 1, Santiago, o a través del sitio web CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓN Y BUENAS PRÁCTICAS HDI Seguros S.A., se encuentra adherida voluntariamente al código de autorregulación y al compendio de buenas prácticas de las compañías de seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas y entre éstas y sus clientes. Página 14 de 15
26 Copia del compendio de buenas prácticas corporativas de las compañías de seguros se encuentra a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de esta Compañía o en Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de HDI Seguros S.A. o a través de la página web Carlos Sanhueza Conosur Corredores de Seguros Ltda. RUT: K FIRMA CONTRATANTE/ASEGURADO INTERES ASEGURABLE El contratante deberá informar a la compañía si los bienes que se aseguran se encuentran o no dados en prenda, o si están afectados por cualquier otra limitación de dominio o gravamen, que haga presumible que existe otro interés asegurable, además del que ha manifestado el asegurado. Igual obligación regirá para las prendas u otras limitaciones que se constituyan durante la vigencia de esta póliza, las que deberán ser informadas dentro del plazo de 15 días siguientes a su constitución, salvo fuerza mayor. BUENAS PRÁCTICAS La Compañía Seguros Generales Suramericana S.A. Se encuentra adherida voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentran a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de Seguros Generales Suramericana S.A. y en NOTA: La forma de pago consignada en la propuesta u otros documentos escritos, se consideran parte integrante de las condiciones particulares de la póliza. NOTA 1: Se incluye Anexo relativo al Procedimiento de Liquidación de Siniestros. NOTA 2: Se incluye cláusula aclaratoria año 2000, la cual forma parte integrante del presente seguro, inscrita bajo código CUG , de fecha 11 de Agosto 1998 NOTA 3: Las partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago para todos los efectos derivados de este contrato de seguro. Carlos Sanhueza ConoSur Corredores de Seguros Ltda. RUT: K Firma Contratante Página 15 de 15
RENOVACION DE POLIZA
RENOVACION DE POLIZA ACCIDENTES PERSONALES N MAPFRE Seguros de Vida considerando : La propuesta de seguro presentada por el contratante o la cotización efectuada por el asegurador y su aceptación por parte
Más detallesFORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO
FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO DATOS DEL ASEGURADO Nombre RUT Teléfono Fijo Teléfono Celular Correo Electrónico Nombre denunciante y teléfono (en caso de no ser el asegurado)
Más detallesRENOVACION DE POLIZA
RENOVACION DE POLIZA ACCIDENTES PERSONALES N MAPFRE Seguros de Vida considerando : La propuesta de seguro presentada por el contratante o la cotización efectuada por el asegurador y su aceptación por parte
Más detallesPOLIZA DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA VIGENCIA DESDE
DE SEGURO DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS 99.279.000-8 SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA 153.439-5 182 13 0 CONTRATANTE : SERVICIO DE BIENESTAR PERSONAL USACH : 60.911.000-7 GRUPO NEGOCIO : 310 SERVICIO DE
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES
N DE POLIZA COLECTIVA xxxxxxx CONDICIONES PARTICULARES NOMBRE DEL SEGURO: Seguro Desgravamen Tarjeta de Crédito Fashion s Park BCI Seguros Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la empresa
Más detallesPÓLIZA Nº
ASEGURADO NOMBRE: Transportes Santo Tomas SpA RUT: 76606469-8 DIRECCION: Parcelacion Los Espinos LT 55 COMUNA: Lampa EMAIL: Sin Información TELEFONO: Sin Información INTERMEDIARIO RUT: 78739010-2 Corredores
Más detallesTran.Terrestre Con.Res Poliza de Seguros Generales N* Póliza : N* Propuesta : CONDICIONES PARTICULARES DE POLIZA DE SEGURO
PDF Póliza N* Póliza N* Propuesta Compañía de Seguros Generales Consorcio Nacional de Seguros S.A., considerando A) La Propuesta de Seguro presentada por el proponente, B) El plan de pago acordado en ella,
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA
CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA RESUMEN SEGURO DE VIDA I. Identificación del asegurado y la póliza Producto Corp Asistencia en Viajes Plan Familiar Silver N de póliza AW0410867
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA
CONDICIONES PARTICULARES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA N Póliza 738818 Vigencia desde 01 de Marzo de 2016 Vigencia hasta 28 de Febrero de 2017 Contratante : INVERSIONES S. B. S. A. General Velásquez
Más detallestel fax
ACE Seguros S.A Miraflores 222 piso 17 Santiago de Chile Casilla 493 Santiago Chile tel 56 2 2549 8300 fax 56 2 2632 6289 www.aceseguros.cl ASEGURADO : ITEM LTDA R.U.T. : 789363307 DOMICILIO CIUDAD : AV
Más detallestel fax
ACE Seguros S.A Miraflores 222 piso 17 Santiago de Chile Casilla 493 Santiago Chile tel 56 2 2549 8300 fax 56 2 2632 6289 www.aceseguros.cl ASEGURADO : ITEM LTDA R.U.T. : 789363307 DOMICILIO CIUDAD : AV
Más detallesPOLIZA DE VEHICULOS PESADOS SANTANDER - PÉRDIDA TOTAL RESPONSABILIDAD CIVIL PT RC
POLIZA DE VEHICULOS PESADOS SANTANDER - PÉRDIDA TOTAL RESPONSABILIDAD CIVIL PT RC IDENTIFICACION DEL CLIENTE Proponente: CONSTRUCTORA CABARRE LIMITADA Rut: 76225537-5 Dirección: RUTA F-190 KM. 3 SANTA
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las
Más detallesFORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO
FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO DATOS DEL ASEGURADO Nombre RUT Teléfono Fijo Teléfono Celular Correo Electrónico Nombre denunciante y teléfono (en caso de no ser el asegurado)
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIA PROTEGIDO
CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIA PROTEGIDO De conformidad con la propuesta presentada, la que forma parte integrante de la Póliza, HDI Seguros de Vida S.A., asegura de acuerdo
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL
N o PÓLIZA: N o PROPUESTA: CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante,
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD SEGURO MAMA FELIZ II
N o PÓLIZA: N o PROPUESTA: CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD SEGURO MAMA FELIZ II SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza
Más detalles2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. - SEDE PEÑALOLEN DOMICILIO : Valle del Aconcagua Nº 8031, Peñalolen, Santiago. R.U.T. :
SEGURO COLECTIVO DE VIDA ESCOLARIDAD PÓLIZA Nº 5002493 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPOSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO LOS CÓDIGOS POL 220131058 Y CAD 220131086.
Más detallesANTECEDENTES DEL ASEGURADO (SÓLO PERSONAS NATURALES)
PROPUESTA DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN ASOCIADO A CRÉDITOS DE CONSUMO BANCO FALABELLA FOLIO : FECHA : 18/07/2016 ANTECEDENTES DEL ASEGURADO (SÓLO PERSONAS NATURALES)
Más detallesORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE
DE SEGURO ORIGINAL DE COLECTIVO SALUD 178.049-3 1495 10 CONTRATANTE : CORP. DE BIENESTAR CONSORCIO NACIONAL DE SEGUROS : 70.704.900-6 GRUPO NEGOCIO : SIN GRUPO SUBGRUPO : DIRECCION : AV. EL BOSQUE SUR
Más detallesPOLIZA COBERTURAS Y PRIMAS. Determinación de Capital : Capitales Iguales, Monto 2.500,000
POLIZA Póliza Nro. : A-2502397 Vigencia Póliza : 01/01/2016 al 31/12/2020 COBERTURAS Y PRIMAS POL y CAD asociados: POL 3-2013-0351 Forma de Pago : Anual Edad % Tipo Factor/ Coberturas Máx. Cotización Descto
Más detallesMONEDA: UF RAMO: SEGURO CESANTIA OFICINA: EL BOSQUE F. EMISION:
MONEDA: UF RAMO: SEGURO CESANTIA OFICINA: EL BOSQUE F EMISION: 22-01-2016 ASEGURADO : CONCRECES LEASING S A RUT : 96784400-4 DIRECCION : MANUEL ANTONIO MATTA 221, LA SERENA COMUNA : LA SERENA FONO : 512671849
Más detallesPrograma Grupo Arauco Vehículos Motorizados 30 Noviembre Noviembre 2016 (12 meses)
Programa Grupo Arauco Vehículos Motorizados 30 Noviembre 2015 30 Noviembre 2016 (12 meses) Plan N 1 Cobertura Daños Propios (Pérdida Parcial y/o Total, Resp. Civil y Asistencia en Ruta) Materia Asegurada:
Más detallesCONDICIONES PARTICULARES
N DE POLIZA COLECTIVA WP7752445-2 CONDICIONES PARTICULARES NOMBRE DEL SEGURO: Seguro de Cesantía Tarjeta de Crédito Fashion s Park BCI Seguros Generales S.A., considerando los antecedentes entregados por
Más detallesORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE
DE SEGURO ORIGINAL DE CONTRATANTE : SERVICIOS GRUPO RHEIN S.P.A. : 76.451.406-8 GRUPO NEGOCIO : 566 RHEIN CHILE S.A SUBGRUPO : DIRECCION : LAS DALIAS 3040 COMUNA/CIUDAD : MACUL ASEGURADO : SEGUN CONDICIONES
Más detallesPOLIZA COLECTIVA WP Descripción de Coberturas y Condiciones de Asegurabilidad Póliza colectiva WP
POLIZA COLECTIVA WP 9064293 6 Descripción de Coberturas y Condiciones de Asegurabilidad Póliza colectiva WP 9064293 6 Materia Asegurada Cubre el valor de hasta 6 pagos regulares, en caso de cesantía o
Más detallesSEMINARIO NUEVO REGLAMENTO AUXILIARES DEL COMERCIO DE SEGUROS
SEMINARIO NUEVO REGLAMENTO AUXILIARES DEL COMERCIO DE SEGUROS Superintendencia de Valores y Seguros 12 Marzo de 2013 Santiago Principales Cambios al Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros y Procedimiento
Más detallesPOLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS
Av Isidora Goyenechea 3520, CP 755-0071, Las Condes, Santiago Chile T# 600 700 4000 (desde celulares T# 562694 7566) wwwmapfrecl POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS MAPFRE Seguros Generales considerando :
Más detalles2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. -SEDE PEÑALOLEN. DOMICILIO : Valle del Aconcagua N 8031, Peñalolén, Santiago. R.U.T. : 96.757.700-6.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA ESCOLARIDAD PÓLIZA Nº 5001578 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPOSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO LOS CÓDIGOS POL 2 09 088 Y CAD 2 09 089.
Más detallesSEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK, NETBOOK Y TABLET TOSHIBA
SEGURO PARA EQUIPOS ELECTRONICOS NOTEBOOK, NETBOOK Y TABLET TOSHIBA DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS Y PROCEDIMIENTOS PARTE INTEGRANTE LA POLIZA N 5370 DE HDI SEGUROS S.A. Sociedad Integradora Fincoser S.A. para
Más detallesPOLIZA DE CESANTIA SEGURO HIPOTECARIO
POLIZA DE CESANTIA SEGURO HIPOTECARIO IDENTIFICACION DEL CLIENTE PROPONENTE : CONCRECES LEASING S.A. RUT : 96.748.400-4 DIRECCION : MANUEL ANTONIO MATTA 221 COMUNA : LA SERENA CIUDAD : LA SERENA FONO :
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA Nº Póliza de Seguro Colectivo de Vida
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA Nº 280.758 Póliza de Seguro Colectivo de Vida VIGENCIA ACTUAL: Desde las 0:00 horas del día 01.12.2015 Hasta las 24:00 horas del día 30.11.2016 VIGENCIA ORIGINAL: 01.12.2002
Más detallesSEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N
SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N 5001121 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPÓSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO EL CÓDIGO POL 2 92 015. CONDICIONES
Más detallesMal uso o Clonación de Tarjetas Bancarias Scotiabank (Tarjetas de Crédito y/o Débito) POL , Artículo 3º sección a, b y c:
La información presentada en este documento es sólo un resumen de las principales características del Seguro Fraude Premium. Las coberturas, condiciones y exclusiones se rigen según lo dispuesto en las
Más detallesPOLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL NRO VOLVEK CORREDORES DE SEGUROS S.A.
POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL NRO. 61432 Estimado(a) Señor(a)(ita) : Santiago, ABRIL 03, 2018. Sr(a)(ita) P R E S E N T E Ref.: Póliza RESP.CIVIL CORREDORES COMERCIO Nro. 61432 CUALQUIER CONSULTA REFERIRSE
Más detallesA todo el mercado asegurador
REF.: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y TRAMITACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULARES Nº 1487, DE 2000, Y 1760, DE 2005. A todo el mercado asegurador Esta Superintendencia,
Más detallesPóliza Nro. : A Vigencia Póliza : 01/04/2009 al 31/08/2015
Se renueva la póliza por el período de un [1] año a contar desde el 01 de Septiembre de 2014 hasta el 31 de Agosto de 2015. AMBITO DE APLICACION: Esta póliza se rige por las Condiciones Generales registradas
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL220130205 ARTÍCULO 1 REGLAS APLICABLES AL CONTRATO
Más detallesCAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS HEROES Dirección:
Pagina 1 de 9 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación
Más detallesPagina 1 de 8 POLIZA
Pagina 1 de 8 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación
Más detallesA todo el mercado asegurador
REF.: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y TRAMITACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULARES Nº 1487, DE 2000, Y 1760, DE 2005. 1 A todo el mercado asegurador Esta Superintendencia,
Más detallesSOLICITUD DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO ONCOLÓGICO MÁS BENEFICIO DE FARMACIA CONTRATANTE: SERVICIOS E INVERSIONES TCD S.A.
DATOS ASEGURADO NOMBRE COMPLETO (PATERNO, MATERNO, NOMBRES) SOLICITUD DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO ONCOLÓGICO MÁS BENEFICIO DE FARMACIA CONTRATANTE: SERVICIOS E INVERSIONES TCD S.A.
Más detallesSEGURO DE RENTA NO PREVISIONAL CON PERÍODO GARANTIZADO DE PAGO
SEGURO DE RENTA NO PREVISIONAL CON PERÍODO GARANTIZADO DE PAGO Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 2013 1231 ARTÍCULO 1 : REGLAS APLICABLES AL CONTRATO Se aplicarán al presente contrato
Más detallesSin embargo, se entenderán válidas las estipulaciones contractuales que sean más beneficiosas para el Asegurado o el Beneficiario.
POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA VALORES FISCALES Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120150674 CONDICIONES GENERALES REGLAS CORRESPONDIENTES AL CONTRATO Artículo N 1 DISPOSICIONES
Más detallesCONDICIONADO PARTICULAR SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD AMBULATORIO
Estimado(a) Señor(a): Presente. Bienvenido a Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A. Usted cuenta con el respaldo y solidez de Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A., una empresa perteneciente
Más detallesPROPUESTA / CERTIFICADO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN TARJETA DE CRÉDITO CONTRATANTE: INVERSIONES TARJETA FAMILYCARD S.A.
PROPUESTA / CERTIFICADO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN TARJETA DE CRÉDITO CONTRATANTE: INVERSIONES TARJETA FAMILYCARD S.A. Datos Asegurado Nombre completo (paterno, materno, nombres) FOLIO Nº Rut Dirección particular
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las
Más detallesPagina 1 de 8 POLIZA
Pagina 1 de 8 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación
Más detallesPOLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS MOTORIZADOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL
POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS MOTORIZADOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120150673 CONDICIONES GENERALES REGLAS CORRESPONDIENTES AL CONTRATO Artículo
Más detallesPOLIZA DE SEGURO TRANSPORTES
Av Isidora Goyenechea 352, CP 755-71, Las Condes, Santiago Chile T# 6 7 4 (desde celulares T# 5622694 7566) wwwmapfrecl POLIZA DE SEGURO MAPFRE Seguros Generales considerando La propuesta de seguro presentada
Más detallesPóliza de Seguro de Vehículos Pesados
Poliza N OP0001074-K Póliza de Seguro de Vehículos Pesados Datos de la póliza Ramo: Daños Físico VMG2 Moneda: UF Fecha Inicio de Vigencia: 12-05-2011 12:00 Fecha Término de Vigencia: 12-05-2012 12:00 Fecha
Más detallesCesantía o Incapacidad Temporal
Cesantía o Incapacidad Temporal Cobertura VIVE TRANQUILO, VIVE FELIZ. CESANTÍA PLUS Características Principales Cesantía Plus es un seguro que te cubrirá en caso de desempleo involuntario o incapacidad
Más detallesPÓLIZA SEGURO AUTOMOTRIZ (.BCI FORD NUEVO PARTICULAR) Deducible 5 UF Concesionario: AUTOSUMMIT CHILE S.A. - AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA
PÓLIZA SEGURO AUTOMOTRIZ (.BCI FORD NUEVO PARTICULAR) Deducible 5 UF Concesionario: AUTOSUMMIT CHILE S.A. - AUTOSUMMIT ANTOFAGASTA PÓLIZA N 8226388 Esta entidad aseguradora, en consideración a la póliza
Más detallesCONDICIONADO PARTICULAR PÓLIZA DE SEGURO PARA TELÉFONOS CELULARES
CONDICIONADO PARTICULAR PÓLIZA DE SEGURO PARA TELÉFONOS CELULARES POLIZA Nº: 13 COMPAÑÍA: ASSURANT CHILE COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A. (la Compañía o la Aseguradora ) RUT: 76.212.519-6 CONTRATANTE:
Más detallesBBVA SOCIEDAD DE LEASING INMOBILIARIO S A Datos del corredor Rut: Comisión: 19,99% Nombre:
Pagina 1 de 16 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación
Más detallesPOLIZA DE SEGURO RUT : MARIA ANGELICA CONTRERAS DIAZ : PARIS CON BAQUEDANO134 RECREO : VIÑA DEL MAR Ciudad.
POLIZA DE SEGURO Av Isidora Goyenechea 3520, CP 755-0071, Las Condes, Santiago Chile T# 600 700 4000 (desde celulares T# 562694 7566) wwwmapfrecl MAPFRE Seguros Generales considerando La propuesta de seguro
Más detallesPOLIZA DE TRANSPORTE TERRESTRE NRO TRANSPORTES CARGOMAN LTDA.
POLIZA DE TRANSPORTE TERRESTRE NRO. 36028 TRANSPORTES CARGOMAN LTDA. Estimado(a) Señor(a)(ita) : Santiago, AGOSTO 31, 2016. Sr(a)(ita) TRANSPORTES CARGOMAN LTDA. P R E S E N T E Ref.: Póliza TRANS. TERRESTRE
Más detallesCLAUSULA DE BENEFICIO POR GASTOS FUNERARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD ARTÍCULO N 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA
CLAUSULA DE BENEFICIO POR GASTOS FUNERARIOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220130596 ARTÍCULO N 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA Mediante el pago de la prima adicional y en los términos
Más detallesPOLIZA: RENOVACION:
POLIZA DE INCENDIO Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., rige sus contratos de seguro conforme lo señalado en las condiciones generales y particulares de la póliza, considerando la materia asegurada
Más detallesPropuesta de Seguro de Vida Contratante: Inversiones Tarjeta Familycard Ltda.
Propuesta de Seguro de Vida Contratante: Inversiones Tarjeta Familycard Ltda. Datos Asegurado Nombre completo (paterno, materno, nombres) Nº Rut Dirección particular Comuna Ciudad I Teléfono Celular Correo
Más detallesLa presente póliza garantiza el fiel cumplimiento por parte del afianzado de las obligaciones especificadas en el artículo segundo precedente.
PÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA USUARIOS DE ZONA FRANCA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120180074 PRIMERO: Reglas aplicables Se aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones
Más detallesPOLIZA DE SEGURO 25/09/ :00
*0212030000* POLIZA DE SEGURO Póliza Nº : Propuesta Corr. Nº : 21203 2928700 Ramo: Responsabilidad Civil Industria, Infraestructura y Comercio PERIODO DE VIGENCIA: Fecha de emisión : 01/02/2016 Endoso
Más detalles} Es importante leer todas las cláusulas de una póliza con atención para así asegurarse de reclamar todo lo que corresponde.
} Un seguro es el medio por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato }
Más detallesSeguro Auto Full Particular Deducible UF 3 Desde las 00:01 hrs del 19/10/2016 a las 24:00 hrs del 19/10/2018
POLIZA DE SEGURO DE VEHICULOS Nº de Póliza: 3194855 Compañía de Seguros Generales Consorcio Nacional de Seguros S.A. considerando: (A) La Propuesta de Seguro presentada por el asegurable; (B) La Cotización
Más detallesSe aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones contenidas en los artículos siguientes y las
SEGURO DE CRÉDITO PARA OPERACIONES DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL420170235 Artículo 1º: Reglas Aplicables al Contrato. Se aplicarán al presente
Más detallesPOLIZA DE GARANTIA NRO VOLVEK CORREDORES DE SEGUROS S.A.
POLIZA DE GARANTIA NRO. 149378 Estimado(a) Señor(a)(ita) : Santiago, ABRIL 03, 2018. Sr(a)(ita) P R E S E N T E Ref.: Póliza GARANTIA CORREDORES COMERCIO Nro. 149378 CUALQUIER CONSULTA REFERIRSE A ESTOS
Más detallesIQUIQUE CONCEPCION PUERTO VARAS
IQUIQUE ANTOFAGASTA LA SERENA SANTIAGO CONCEPCION TEMUCO PUERTO VARAS C O N S O R C I O Pyme: Se actualizan las siguientes Coberturas y Límites: Monto Asegurado Máximo para Emisión Automática UF 100.000.
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las
Más detallesPOLIZA DE HDI HOGAR NRO HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A
POLIZA DE HDI HOGAR NRO. 133316-0 HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A CUALQUIER CONSULTA REFERIRSE A ESTOS NUMEROS POLIZA ENDOSO CERTIF./DECL. 133316 VIGENCIA DESDE VIGENCIA HASTA PROPUESTA 31/07/2018 31/07/2019
Más detallesPOLIZA DE SEGURO INCENDIO Y ALIADOS
Av Isidora Goyenechea 352, CP 755-71, Las Condes, Santiago Chile T# 6 7 4 (desde celulares T# 5622694 7566) wwwmapfrecl POLIZA DE SEGURO MAPFRE Seguros Generales considerando La propuesta de seguro presentada
Más detallesIQUIQUE CONCEPCION PUERTO VARAS
IQUIQUE ANTOFAGASTA LA SERENA SANTIAGO CONCEPCION TEMUCO PUERTO VARAS C O N S O R C I O Pyme: Se actualizan las siguientes Coberturas y Límites: Monto Asegurado Máximo para Emisión Automática UF 100.000.
Más detallesCARÁTULA UNIFORME PARA PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULO CÓDIGO SVS DE LA PÓLIZA
CARÁTULA UNIFORME PARA PÓLIZA DE SEGURO DE VEHÍCULO CÓDIGO SVS DE LA PÓLIZA PÓLIZA Nº POL120160016 3197045 CONTRATANTE (SI ES DISTINTO DEL ASEGURADO) Rut IVONNE EVELYN DIAZ ALMONACID 12.759.293-4 ASEGURADO
Más detallesCONDICIONES ESPECÍFICAS COBERTURA DE PROTECCIÓN DE COMPRAS - DAÑOS MATERIALES
CONDICIONES ESPECÍFICAS COBERTURA DE PROTECCIÓN DE COMPRAS - DAÑOS MATERIALES Cláusula 1 - RIESGO CUBIERTO. El Asegurador indemnizará al Asegurado los daños materiales sufridos como consecuencia de un
Más detallesMETLIFE CHILE SEGUROS DE VIDA S.A. SEGURO VIDA AHORRO VMLVAS
NOTAS Esta impresión menciona las condiciones del contrato de seguro para asegurados con vigencia a partir de la suscripción de esta propuesta. Infórmese sobre las condiciones de su seguro al momento en
Más detallesCLÁUSULA 1: OBJETO DEL ANEXO
El presente Anexo forma parte integrante de la Póliza de Seguro de Exceso de Salud N, a la cual se adhiere y es válido para las personas vigentes e inscritas dentro de la vigencia reflejada en el certificado.
Más detallesInforme de Liquidación N Z Vehículos Motorizados CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A.
Informe de Liquidación N Z-134296-16-06-28 Vehículos Motorizados CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A. Siniestro N 1272742 Antecedentes de la Póliza Póliza Nº 3067243 item 1 Vigencia DESDE 29-10-2015
Más detallesAnexo A : Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos
Anexo A : Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos Normas legales y reglamentarias: 1.- D.F.L. Nº 251, de 1931, Ley sobre Compañías de Seguros (texto vigente). 2.- D.L. Nº 3.538,
Más detallesPOLIZA COLECTIVA DE DESGRAVAMEN ASOCIADA A CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PROMESA DE COMPRAVENTA LEY BICE Vida Compañía de Seguros S.A.
POLIZA COLECTIVA DE DESGRAVAMEN ASOCIADA A CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PROMESA DE COMPRAVENTA LEY 19.281 BICE Vida Compañía de Seguros S.A. 1. Contratante : SAN SEBASTIAN INMOBILIARIA S.A. 2. Beneficiario
Más detallesAnexo A: Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos, para Corredores de Seguros y Liquidadores de Siniestros.
Anexo A: Materias mínimas para Cursos de Formación y Examen de Conocimientos, para Corredores de Seguros y Liquidadores de Siniestros. Normas legales y reglamentarias: 1) D.F.L. Nº 251, de 1931, Ley sobre
Más detallesCONDICIONADO PARTICULAR SEGURO INDIVIDUAL PARA EXÁMENES E IMAGENOLOGÍA AMBULATORIO
Estimado(a) Señor(a) nombre dirección Ciudad Presente 01 de Julio de 2015. Bienvenido a Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A. Usted cuenta con el respaldo y solidez de Cruz Blanca Compañía de Seguros
Más detallesRENOVACION DE POLIZA
Av Isidora Goyenechea 3520, CP 755-0071, Las Condes, Santiago Chile T# 600 700 4000 (desde celulares T# 5622694 7566) wwwmapfrecl RENOVACION DE POLIZA Ramo Nueva Vigencia Póliza Desde las 12:00 hrs Hasta
Más detallesORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE
DE SEGURO ORIGINAL DE CONTRATANTE : SERVICIO DE BIENESTAR PERSONAL USACH : 60.911.000-7 GRUPO NEGOCIO : 310 SERVICIO DE BIENESTAR DEL SUBGRUPO : DIRECCION : AV. SUR 3530 COMUNA/CIUDAD : ESTACION CENTRAL
Más detallesGarantía única de cumplimiento
Seguros Condiciones Generales Garantía única de cumplimiento AXA COLPATRIA SEGUROS S.A. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I - AMPAROS AXA COLPATRIA SEGUROS S,A. QUE EN ADELANTE
Más detallesPóliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas
Póliza de Seguro Protección Móvil de Equipos de Comunicaciones Inalámbricas La presente guía es indicativa y busca que el cliente tenga en cuenta los aspectos más importantes de la Póliza de Seguro Protección
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO
PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las
Más detalles2.1 COBERTURA PROGRAMA DE REPARACIONES
CERTIFICADO ELECTRO 01.- El Plan de Servicio que otorga Hites a sus clientes, los protege frente a los fallas mecánicas, eléctricas, electrónicas y operacionales del artículo adquirido y cubre las reparaciones
Más detallesCAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES Datos del intermediario Rut: K Comisión: 0,0% Nombre:
Pagina 1 de 11 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación
Más detallesI. COBERTURA DAÑO TOTAL EN TRANSPORTACION
ZURICH ASEGURADORA MEXICANA S.A. DE C.V. (antes QBE DE MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S. A. DE C. V.), denominada en lo sucesivo LA COMPAÑÍA, con sujeción a las Condiciones Generales y Condiciones Particulares
Más detallesHoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES
Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES Nombre del Titular: Fecha: Producto: Para facilitar la comprensión de las principales características
Más detallesSEGURO DE FRAUDE TOTAL COBERTURAS, MONTOS ASEGURADOS Y PRIMAS POR PLAN
SEGURO DE FRAUDE MATERIA ASEGURADA La materia asegurada para las coberturas que se refieren a las pérdidas relacionadas con la utilización de cheques corresponderá a la cuenta corriente asegurada, según
Más detallesI. COBERTURA DAÑO TOTAL EN TRANSPORTACION
QBE DE MÉXICO COMPAÑÍA DE SEGUROS, S. A. DE C. V., denominada en lo sucesivo LA COMPAÑÍA, con sujeción a las Condiciones Generales y Condiciones Particulares teniendo prelación estas últimas sobre las
Más detallesCONDICIONES ESPECÍFICAS COBERTURA DE PROTECCIÓN DE COMPRAS - ROBO
CONDICIONES ESPECÍFICAS COBERTURA DE PROTECCIÓN DE COMPRAS - ROBO Cláusula 1 - RIESGO CUBIERTO. El Asegurador indemnizará al Asegurado la pérdida causada por el robo de los bienes muebles abonados completamente
Más detallesSeguros. Condiciones Generales. Póliza de Cumplimiento Judicial
Seguros Condiciones Generales Póliza de Cumplimiento Judicial 01/03/2006-1306 - P-5 - P1400B PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO JUDICIAL CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I AMPAROS Y EXCLUSIONES AXA COLPATRIA SEGUROS
Más detallesSEGURO DE PROTECCION DE TARJETAS
SEGURO DE PROTECCION DE TARJETAS CLÁUSULAS ADICIONALES LAS ÚNICAS CLÁUSULAS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO DE SEGURO SON LAS EXPRESAMENTE ESPECIFICADAS EN LAS CONDICIONES PARTICULARES O CERTIFICADOS
Más detalles