NORMAS LEGALES SUMARIO PODER JUDICIAL PODER LEGISLATIVO ORGANISMOS AUTONOMOS PODER EJECUTIVO GOBIERNOS LOCALES SEPARATA ESPECIAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMAS LEGALES SUMARIO PODER JUDICIAL PODER LEGISLATIVO ORGANISMOS AUTONOMOS PODER EJECUTIVO GOBIERNOS LOCALES SEPARATA ESPECIAL"

Transcripción

1 Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado Año XXXIV - Nº AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO LUNES 18 DE DICIEMBRE DE SUMARIO PODER LEGISLATIVO PODER JUDICIAL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley Nº Ley que modifica el Artículo 1 de la Ley 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico del Perú y diversos artículos de la Ley Nº CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº P-CSJV/PJ.- Encargan a magistrada el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla 13 PODER EJECUTIVO ORGANISMOS AUTONOMOS PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. Nº PCM.- Aceptan renuncia de Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República 5 DEFENSA R.S. Nº DE/.- Dan por concluidas las funciones y pasan a situación militar de retiro a Comandante General del Ejército del Perú 5 R.S. Nº DE/.- Nombran Comandante General del Ejército del Perú 6 R.S. Nº DE/FAP.- Nombran en diversos empleos a Oficiales Generales de la Fuerza Aérea del Perú 6 ECONOMIA Y FINANZAS R.M. Nº EF/43.- Designan Director de la Dirección de Proyecciones y Escenarios Macroeconómicos 7 INTERIOR R.M. Nº IN.- Designan Directora de la Oficina de Administración del Personal y Compensaciones 9 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.M. Nº JUS.- Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Oficina General de Administración del Ministerio 9 PRODUCE R.D. Nº INACAL/DN.- Aprueban Normas Técnicas Peruanas versión 2017 referentes a fertilizantes líquidos, concreto, cales, cementos y otros 9 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº Rectifican la Res. SBS Nº que autorizó al BBVA Continental el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima 14 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza Nº Ordenanza que establece montos por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación de tributos municipales correspondientes al ejercicio 2018 en la Municipalidad Metropolitana de Lima 14 Ordenanza Nº Régimen Tributario de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2018 en el Cercado de Lima (Separata Especial) Ordenanza Nº Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2018 en la Municipalidad Metropolitana de Lima 15 SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza Nº Régimen Tributario de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2018 en el Cercado de Lima

2 2 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 15251, LEY QUE CREA EL COLEGIO ODONTOLÓGICO DEL PERÚ Y DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY Nº Artículo 1. Modificación del artículo 1 de la Ley 15251, Ley que Crea el Colegio Odontológico del Perú Modifícase el artículo 1 de la Ley cuyo texto es como sigue: a) Créase el Colegio Odontológico del Perú (COP) como persona de derecho público interno, con jurisdicción en todo el territorio nacional y con sede en la ciudad de Lima. b) El Colegio Odontológico del Perú es gobernado por el Consejo Nacional como su órgano supremo. El COP se encuentra constituido jurídicamente por los Colegios Odontológicos Regionales, los cuales poseen personería jurídica propia en razón a lo dispuesto por la presente ley. c) Los Colegios Odontológicos Regionales tienen competencia sobre la circunscripción territorial que les sea determinada y se sujetan íntegramente a las disposiciones que establece la presente ley, el reglamento y las normas generales que emanen del Consejo Nacional. Serán nulos de pleno derecho todos aquellos actos que sean realizados por ellos en contravención a la presente ley, a su reglamento y a las normas que emanen del Consejo Nacional. Artículo 2. Modificación de diversos artículos de la Ley 29016, Ley que modifica, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley 15251, Ley que Crea el Colegio Odontológico del Perú Modifícanse el artículo 1 y subsiguientes de la Ley 29016, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: Artículo 1. Modificación Modifícanse los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la Ley y añádese el artículo 14, los mismos que quedan redactados con el siguiente texto: Artículo 2. Colegiación La colegiación y la condición de habilitado son requisitos obligatorios para el ejercicio de la profesión odontológica en el Perú. El incumplimiento de los requisitos resta efi cacia jurídica a los actos que realicen los cirujanos dentistas en razón al ejercicio profesional. Para estar habilitado el colegiado debe cumplir con todas las obligaciones que sean establecidas por el reglamento. Artículo 3. Fines Son fi nes del Colegio Odontológico del Perú: a) Contribuir con la defensa de la salud humana en el país. b) Contribuir con el desarrollo integral del país. c) Defender los derechos propios del Colegio y sus miembros. d) Orientar, regular y vigilar el ejercicio de la profesión con arreglo a las normas legales vigentes y al Código de Ética Profesional. e) Colaborar con el Estado, absolviendo consultas o elaborando informes concernientes al campo profesional y a la cobertura de la asistencia profesional. f) Contribuir a la mejor enseñanza de la odontología y al perfeccionamiento profesional de sus miembros. g) Organizar y llevar el registro de los cirujanos dentistas en el Perú. h) Contribuir en la erradicación de la práctica ilegal de la Odontología. i) Promover el desarrollo y mejoramiento del nivel cultural, científi co, socioeconómico y material de los colegiados. j) Proponer disposiciones legales que promuevan el desarrollo de la profesión. k) Proponer y participar en la elaboración de programas de salud para benefi cio de la población. l) Representar ofi cialmente a la profesión en los organismos que las leyes señalen y en aquellos que por la naturaleza de sus actividades así lo requieran. m) Organizar y participar en certámenes nacionales e internacionales que conllevan al perfeccionamiento y capacitación permanente, incentivando la investigación como parte inherente al desarrollo profesional. n) Exigir y mantener la disciplina, ética, decoro profesional y responsabilidad de los colegiados para lo cual podrá sancionar a los miembros de su orden. ñ) Otorgar a sus miembros programas de previsión y bienestar social. o) Participar directamente o por medio de sus organismos en cursos de capacitación regulados de acuerdo a ley para los cirujanos dentistas y de sus auxiliares. p) Contribuir a la orientación, supervisión, capacitación y regulación de las actividades de los técnicos dentales y auxiliares en odontología. q) Administrar su patrimonio. r) Emitir opinión sobre asuntos administrativos, tributarios y económicos que involucren a la profesión. s) Todas las demás que la Ley, reglamentos y otras disposiciones del Colegio determinen. Artículo 4. Órganos de gobierno y de administración del COP a) Son órganos de gobierno del Colegio Odontológico del Perú: El Consejo Nacional como órgano supremo y normativo, teniendo jurisdicción en todo el territorio nacional. Los Consejos Regionales de cada Colegio Odontológico Regional. b) Son órganos de administración del Colegio Odontológico del Perú: El Consejo Administrativo Nacional que administra al Consejo Nacional. Los Consejos Administrativos Regionales que administran cada Colegio Odontológico Regional. Artículo 5. Conformación de los órganos de gobierno y órganos de administración Los órganos de gobierno y de administración del Colegio Odontológico del Perú se encuentran conformados por: a) El Consejo Nacional del Colegio Odontológico del Perú, conformado por el Decano Nacional y

3 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 los Decanos Regionales. Lo preside el Decano Nacional. b) Los Consejos Regionales, conformados por todos los miembros de cada Consejo Administrativo Regional y los delegados de todos los colegiados de cada Colegio Odontológico Regional. Los Consejos Regionales son presididos por el Decano Regional. c) El Consejo Administrativo Nacional, conformado por el Decano Nacional, el Vicedecano Nacional y cinco (5) directores nacionales. d) Los Consejos Administrativos Regionales, conformados por el Decano Regional, el Vicedecano Regional y cinco (5) directores regionales. Artículo 6. Atribuciones del Consejo Nacional Son atribuciones del Consejo Nacional: a) Determinar las pautas generales y reglas del ejercicio profesional mediante resoluciones que son vinculantes en el ámbito de su competencia. b) Coordinar las actividades de los Colegios Regionales. c) Actuar como última instancia en todos aquellos casos que sean de su competencia. d) Colaborar con el Estado en los programas relacionados con la profesión. e) Promover y mantener vinculación con organizaciones similares y científi cas del país y del extranjero. f) Acordar la venta, hipoteca, prenda y enajenación de los bienes del Colegio. g) Disponer investigaciones y auditorías especiales. h) Remover del cargo a cualquier miembro de los Consejos conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la ley. i) Confi rmar o revocar las sanciones disciplinarias de expulsión de algún colegiado. j) Elegir a los miembros de la Junta Electoral Nacional. k) Aprobar el Informe Anual del Decano Nacional. l) Aprobar los balances y estados fi nancieros anuales del Colegio Odontológico del Perú. m) Resolver en los casos en que la ley o el reglamento disponen su intervención y en cualquier otro de interés institucional, salvo en materia electoral que corresponde a la Junta Electoral Nacional. n) Otros que señale el reglamento de la presente ley. Artículo 7. Atribuciones de los Consejos Regionales Son atribuciones de los Consejos Regionales: a) Acordar la adquisición, venta o hipoteca de los bienes inmuebles del Colegio Regional. b) Disponer investigaciones y auditorías especiales. c) Remover del cargo a cualquier miembro del Consejo Administrativo Regional, Delegados, miembros de Comisiones Regionales, conforme a los procedimientos establecidos en el reglamento de la Ley. d) Elegir a los miembros de la Junta Electoral Regional. e) Aprobar el Informe memoria anual del Decano Regional. f) Aprobar los balances y estados fi nancieros anuales del Colegio Regional. g) Otras que disponga el reglamento de la presente ley. Artículo 8. Atribuciones del Consejo Administrativo Nacional Son atribuciones del Consejo Administrativo Nacional: a) Sesionar ordinariamente dos veces al mes y en forma extraordinaria cuando fuere necesario. b) Nombrar representantes del Colegio Odontológico del Perú, ante los poderes públicos, instituciones públicas y particulares, certámenes y jornadas científi cas que se realicen en el país o en el extranjero. c) Otorgar facultades generales y especiales de representación legal del COP. d) Crear comisiones, programas y órganos especializados que juzgue necesarios como determinar, su naturaleza, funciones y número de miembros. e) Proponer al Consejo Nacional la creación de programas y comisiones que correspondan a su nivel. f) Llevar el registro nacional de cirujanos dentistas del Perú y todos aquellos registros que señale el reglamento. g) Resolver como última instancia en todos los casos que exista procedimiento administrativo dentro del COP. h) Resolver como última instancia en todos los casos que exista procedimiento disciplinario, salvo la sanción de expulsión, que corresponderá al Consejo Nacional. i) Administrar todos los bienes y servicios que se encuentren bajo el ámbito del Consejo Nacional. j) Intervenir en defensa de los derechos de los cirujanos dentistas en salvaguarda del decoro y la dignidad profesional. k) Comprar y vender muebles, aceptar donaciones y en general celebrar toda clase de actos y contratos que no requieran de la aprobación del Consejo Nacional. l) Contratar las empresas auditoras que sean necesarias para el control de sus órganos, incluyendo el Fondo de Previsión Social. m) Nombrar y remover a los servidores del Consejo Nacional. n) Nombrar y remover a los miembros del Fondo de Previsión Social. ñ) Absolver las consultas o apelaciones de los colegios regionales o de sus miembros. o) Aprobar, modifi car y derogar los reglamentos del colegio, a excepción del reglamento de la presente ley. p) Todas aquellas que establezca el reglamento de la presente ley. Artículo 9. Atribuciones de los Consejos Administrativos Regionales a) Administrar su patrimonio. b) Contratar y remover a los empleados y servidores del Colegio Odontológico Regional. c) Ejercer las facultades de gestión y de representación legal del Colegio Odontológico del Perú dentro de su circunscripción. d) Vigilar el ejercicio de la profesión en su región. e) Liderar en su región la lucha contra el ejercicio ilegal de la profesión. f) Brindar bienestar a sus colegiados sin colisionar con lo establecido por los programas de ámbito nacional. g) Elegir a los miembros del Comité de Medidas Disciplinarias. h) Informar al Consejo Regional sobre el desarrollo de la gestión institucional. i) Sesionar ordinariamente por lo menos dos (2) veces al mes y en forma extraordinaria cuando fuere necesario. j) Determinar el número de comisiones y su naturaleza. k) Proponer al Consejo Nacional y al Consejo Regional la creación de programas que juzguen necesarios para la consecución de sus fi nes, siempre y cuando tengan su propia fi nanciación. l) Presentar para su aprobación los estados fi nancieros y la memoria anual del Decano Regional ante el Consejo Regional. m) Llevar los registros del Colegio Regional. n) Resolver en todos los casos que exista procedimientos administrativos dentro del Consejo Regional. ñ) Resolver en todos los casos que exista procedimiento disciplinario a excepción de la expulsión que corresponderá al Consejo Regional. o) Intervenir en defensa de los derechos de los cirujanos dentistas habilitados en los confl ictos de estos con las instituciones en que prestan sus 3

4 4 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano servicios, en salvaguarda del decoro y dignidad profesional. p) Ejecutar la contratación de empresas auditoras dispuestas por el Consejo Regional. q) Formular los reglamentos de los programas, comisiones y órganos especializados que consideren necesarios para la marcha institucional. r) Aprobar la compra y la venta de muebles, aceptar donaciones, y en general celebrar toda clase de actos y contratos de ámbito Regional. s) Otorgar al Decano Regional, al Vicedecano Regional y al Director de Economía poderes amplios y sufi cientes para la mejor marcha y funcionamiento de las transacciones bancarias y fi nancieras que se requieran. t) Certifi car la habilitación del cirujano dentista. u) Autorizar, dentro de su jurisdicción el ejercicio temporal de la profesión en todas sus modalidades y conforme los reglamentos de la materia. v) Todas aquellas que sean establecidas por el reglamento. Artículo 10. Régimen económico Son rentas del Colegio Odontológico del Perú: a) Los aportes obligatorios de sus miembros, los que se distribuirán entre el Consejo Nacional, los Colegios Odontológicos Regionales y el Fondo de Previsión Social. El reglamento de la presente ley establecerá la forma de distribución. b) Las donaciones, legados, transferencias y otros recursos provenientes de instituciones públicas o privadas. c) Los ingresos propios que se generen por las cuotas extraordinarias, los servicios prestados a terceros, actividades comerciales, actividades docente-académicas y cualquier otra actividad que sea necesaria para el logro de sus fi nes. d) Derechos de trámites. e) Venta del Certifi cado Odontológico. f) Ingresos provenientes por la administración de fondos privados. g) Las multas por infracciones a los reglamentos del COP. h) Todas aquellas que sean dispuestas por el Reglamento. Estando a la naturaleza jurídica de los Colegios Odontológicos Regionales estos deberán tener su propio Registro Único de Contribuyentes (RUC), así como con cumplir con todas las obligaciones de orden contable y tributario que le pudiere corresponder. Artículo 11. Órganos de apoyo institucional a) El Colegio Odontológico del Perú presta servicios de bienestar y previsión social a sus miembros por medio de su Fondo de Previsión Social, así como presta servicios de perfeccionamiento profesional a sus colegiados y sus auxiliares por medio de su Escuela Nacional de Perfeccionamiento Profesional (ENPP). b) Para el caso anterior, contará con el reconocimiento legal que le corresponda. c) Ambos organismos se constituyen y se desenvuelven como patrimonios autónomos sujetos de derechos y obligaciones. Ambos serán regulados en el reglamento de la presente ley. Artículo 12. Responsabilidad profesional, social y ética El Colegio Odontológico del Perú podrá sancionar a sus colegiados por las infracciones que estos cometan contra el Código de Ética y Deontología Profesional y las demás normas que emanen de la institución, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y administrativa que le compete sancionar a las instituciones correspondientes, si así fuese el caso. Asimismo podrá iniciar todas las acciones legales que le franquea la ley contra todos aquellos que no siendo miembros de su orden generen menoscabo o causen perjuicio a su actividad profesional o a sus profesionales. Artículo 13. Renovación de cargos y órganos electorales Para la renovación de los cargos directivos del COP se debe observar lo siguiente: a) La elección de los miembros del Consejo Administrativo Nacional y los Consejos Administrativos Regionales se realiza por votación secreta y universal. b) El proceso electoral nacional se encuentra a cargo de la Junta Electoral Nacional a quien le compete dirigir y regular todo lo concerniente a las elecciones de la institución, como organismo autónomo dentro del Colegio Odontológico del Perú. c) Las Juntas Electorales Regionales se encargarán del proceso electoral en sus propias jurisdicciones y se someten a las disposiciones que emanen de la Junta Electoral Nacional. Resuelven lo pertinente en primera instancia. d) El reglamento de la presente ley regulará todo aquello que sea concerniente al proceso electoral. Artículo 14. Mandatos y publicidad de la representación legal a) El mandato de los miembros de los Consejos Administrativos Nacionales y Regionales dura tres (3) años pudiendo ser reelegidos tres (3) de sus miembros; solo para un periodo inmediato siguiente, el cual rige a partir del siguiente periodo. Otros aspectos relacionados a los mandatos serán regulados por el reglamento. b) La sola publicación que haga la Junta Electoral Nacional en el diario ofi cial El Peruano de los representantes elegidos por los miembros del Colegio otorga la publicidad a que se refi ere el artículo 2012 del Código Civil. Dicho órgano podrá certifi car además la vigencia de poderes de los representantes de los diferentes órganos de la Institución. c) La inscripción de los mandatos y poderes en los Registros Públicos del Colegio Odontológico es facultativa y su inscripción en dicho Registro no implica la pérdida de su naturaleza jurídica conforme a lo dispuesto por el artículo 76 del Código Civil, ni enerva las facultades de publicidad y certifi cación que se le otorga a la Junta Electoral Nacional. d) Los miembros de la Junta Electoral Nacional serán solidariamente responsables de cualquier daño que se pueda ocasionar al Colegio o a terceros en caso exista fraude en la publicación o en la certificación de poderes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Derogación Deróganse la Ley 29931; los artículos 7-A, 7-B y 7-C de la Ley 15251, modifi cada por la Ley 29016, y las demás normas que se opongan a la presente ley. SEGUNDA. Reglamentación El Poder Ejecutivo, en coordinación con el Colegio Odontológico del Perú, reglamentará la presente ley en el plazo de 90 días, contados a partir del día siguiente de su publicación. TERCERA. Diario oficial El Peruano El diario ofi cial El Peruano concederá a los órganos del Colegio Odontológico del Perú las mismas condiciones económicas que concede a los organismos autónomos constitucionales respecto de las publicaciones de orden legal que tenga que publicar sin mayor distinción a no ser la que haga la ley. CUARTA. Vigencia y adecuación La presente norma entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, debiendo todos los órganos del COP adecuarse a las disposiciones establecidas en la presente ley.

5 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil diecisiete. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MAURICIO MULDER BEDOYA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros DEFENSA Dan por concluidas las funciones y pasan a situación militar de retiro a Comandante General del Ejército del Perú 5 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia de Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº PCM Lima, 15 de diciembre de 2017 Que, mediante Resolución Suprema N PCM del 31 de enero de 2017, se designó al señor Alberto José Cabello Ortega, en el cargo de Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes mencionado, por lo que resulta pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado por Decreto Supremo Nº PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº PCM; Estando a lo acordado; Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Alberto José Cabello Ortega, al cargo de Asesor Técnico en comunicación, imagen y prensa del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº DE/ Lima, 17 de diciembre de 2017 Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 30135, dispone que los Ofi ciales Generales y/o Almirantes que sean nombrados como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o Comandante General de la institución armada correspondiente, ejercen su función por un período no mayor de dos (2) años; Que, el inciso i) del artículo 44 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1143, contempla como causal de pase a la situación militar de retiro, el cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas; Que, asimismo, el artículo 53 de la precitada Ley, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1143, señala que el Ofi cial que, en el desempeño del cargo de Comandante General o Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, cesa en sus funciones antes de cumplir los cuarenta (40) años de servicios previstos en dicha norma, pasa a la situación de retiro, reconociéndosele la totalidad de años de servicios indicados; Que, mediante Resolución Suprema Nº DE del 24 de diciembre de 2015, se nombró al señor General de División Luis Humberto Ramos Hume como Comandante General del Ejército del Perú; y, Estando a lo acordado; Artículo 1.- Dar por concluidas las funciones del señor General de División Luis Humberto Ramos Hume como Comandante General del Ejército del Perú, y pasarlo a la situación militar de retiro, reconociéndosele cuarenta (40) años de servicios como Oficial; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa

6 6 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano Nombran Comandante General del Ejército del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº DE/ Lima, 17 de diciembre de 2017 Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector, nombra entre otros, a los Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas; Que, según lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ejército del Perú es comandado por el Comandante General del Ejército del Perú, quien es designado por el Presidente de la República conforme a la normativa específi ca, y depende del Ministro de Defensa; Estando a lo propuesto por el Ministro de Defensa; Artículo 1.- Nombrar al General de División César Augusto Astudillo Salcedo como Comandante General del Ejército del Perú. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República en Situación de Actividad tiene derecho a la asignación de empleo; Que, el numeral 2, inciso A) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº DE del 28 de enero de 2015, establece que por Resolución Suprema se aprobarán, los nombramientos y cambios de empleo de Ofi ciales Generales; Que, mediante Resolución Suprema Nº del 29 de abril de 2016, se nombró desde el 01 de mayo de 2016 hasta el 30 de abril de 2018, a los Ofi ciales Generales MAG. FAP GREGORIO CESAR MENDIOLA LOMPARTE como Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y al MAG. FAP JUAN CARLOS VELASQUEZ SOTO como Agregado de Defensa y Aéreo a la embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de Belarus; Que, mediante Resolución Suprema Nº DE/ del 21 de noviembre de 2017, se aprobaron los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en las Misiones Diplomáticas en el exterior, a partir del 01 de marzo de 2018, y por un período máximo de 02 (dos) años; y, Estando a lo informado por el Director General de Personal, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; Artículo 1.- Nombrar a partir del 01 de enero de 2018, a los Ofi ciales Generales de la Fuerza Aérea del Perú que se indican, a los empleos siguientes, a mérito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución: DESTINO NSA ORIGEN ALA AÉREA Nº 2 COMANDANTE GENERAL DE ALA AÉREA: MAG. FAP JOSE LUIS BARRIOS ESPINOSA ESCAP JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa Nombran en diversos empleos a Oficiales Generales de la Fuerza Aérea del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº DE/FAP Lima, 17 de diciembre de 2017 VISTO: El inciso A) del artículo 15 de la Ley Nº Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas del 11 de octubre de 2004, que establece que el nombramiento y asignación en el empleo de los Ofi ciales Generales se efectúa mediante Resolución Suprema a propuesta del Comandante General de la Institución correspondiente; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifi ca la Ley Nº Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas del 11 de octubre de 2004, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al Ofi cial, en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y, conforme a su grado, antigüedad y especialidad. No existe empleo honorífi co alguno, ni ejercicio del mismo por delegación; el Ofi cial ALA AÉREA Nº 4 COMANDANTE GENERAL DE ALA AÉREA: MAG. FAP JORGE RICHARD PAREDES MORAN CCFA COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS TTG. FAP CESAR ROBERTO ROMERO DIAZ EMGRA MAG. FAP MARCOS MOISES HUAMAN CORRALES ESCOP MAG. FAP FRANCISCO JOSE MARTIN ARRASCO LUCERO CODA COMANDO DE OPERACIONES 2DO. COMANDANTE: MAG. FAP IGOR GIOTVAN ORLANDO GUZMAN SANCHEZ ALAR3 DIRECCIÓN DE BIENESTAR MAG. FAP VICTOR OCTAVIO DIAZ PACHECO GRUP3 DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA SUB-DIRECTOR GENERAL: MAG. FAP MARIO GONZALO PIMENTEL HIGUERAS INSPE DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DIRECTOR GENERAL: TTG. FAP ALFONSO JAVIER ARTADI SALETTI CCFA

7 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 SUB-DIRECTOR GENERAL: MAG. FAP HENRY EDGAR PEREZ SAAVEDRA DINIA 7 Artículo 2.- Nombrar, a partir del 01 de marzo de 2018, a los Ofi ciales Generales que a continuación se detallan, a los empleos siguientes: DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN E INTERESES AEROESPACIALES MAG. FAP ROMMEL ENRIQUE MALPARTIDA REATEGUI GRUP2 DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES MAG. FAP CESAR AUGUSTO FERNANDEZ CORBETTO ESFAP DIRECCIÓN DE RACIONALIZACIÓN MAG. FAP JUAN MARTIN FIGUEROA DEZA DIGED DIRECCIÓN DE TELEMÁTICA MAG. FAP WILFREDO CORONEL SERRANO MIDEF DIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y RECONOCIMIENTO AÉREO MAG. FAP JOSE ANTONIO MARTINELLI ECHEGARAY EOFAP ESTADO MAYOR GENERAL SUB-JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL: MAG. FAP JOSE ANTONIO RUBIO TRAVI DIGPE ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA AÉREA MAG. FAP CHARLES ENRIQUE LAMBRUSCHINI ACUY DIRAC HOSPITAL CENTRAL FAP MAG. FAP EDMUNDO FERNANDO ADRIANZEN RONCEROS HOLAP INSPECTORÍA GENERAL SUB-INSPECTOR GENERAL: MAG. FAP JUAN CARLOS CASTRO MALARIN DIPAC MINISTERIO DE DEFENSA MAG. FAP CARLOS EDUARDO CASTRO RENWICK SEMAN ASESOR DEL MINISTRO: MAG. FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH ALAR2 ESCUELA CONJUNTA DE LAS FUERZAS ARMADAS MAG. FAP PERCY WALTER MUÑOZ BRINGAS CCFA SERVICIO DE MANTENIMIENTO COMANDANTE: MAG. FAP CARLOS ENRIQUE CHAVEZ CATERIANO COMOP DESTINO NSA ORIGEN ALA AÉREA Nº 3 COMANDANTE GENERAL DE ALA AÉREA: MAG. FAP GREGORIO CESAR MENDIOLA LOMPARTE PEREXT COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS MAG. FAP JUAN CARLOS VELASQUEZ SOTO PEREXT PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa ECONOMIA Y FINANZAS Designan Director de la Dirección de Proyecciones y Escenarios Macroeconómicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/43 Lima, 15 de diciembre de 2017 Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial II Director de la Dirección de Proyecciones y Escenarios Macroeconómicos, Categoría F-3, de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; y, en el Decreto Supremo Nº EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Artículo Único.- Designar al señor Pedro Miguel Casavilca Silva, en el cargo de Director de Programa Sectorial II Director de la Dirección de Proyecciones y Escenarios Macroeconómicos, Categoría F-3, de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 18 de diciembre de CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas

8 8 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano

9 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 INTERIOR Designan Directora de la Oficina de Administración del Personal y Compensaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº IN Lima, 14 de diciembre de 2017 Que, se encuentra vacante el cargo público de libre designación y remoción de Director de la Ofi cina de Administración del Personal y Compensaciones de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor público que asuma el mencionado cargo; Con la visación de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº IN; Artículo Único.- Designar a la señora Cristina Del Pilar Rodríguez Medrano en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración del Personal y Compensaciones de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior. que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor César Hilario Mancilla Aguilar al cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe de la Ofi cina de Gestión de Inversiones de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Roger Andrés Simich García en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe de la Ofi cina de Gestión de Inversiones de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos PRODUCE AAprueban Normas Técnicas Peruanas versión 2017 referentes a fertilizantes líquidos, concreto, cales, cementos y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº INACAL/DN Lima, 13 de diciembre de CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Jefe de la Oficina de Gestión de Inversiones de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº JUS Lima, 15 de diciembre de 2017 Que, mediante Resolución Ministerial N JUS, se designó, entre otros, al señor César Hilario Mancilla Aguilar en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe de la Ofi cina de Gestión de Inversiones de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el referido servidor ha presentado su renuncia a la designación indicada en el considerando precedente, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley VISTO: El Informe Nº INACAL/DN.PA Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley Nº 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo Nº PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modifi cado por Decreto Supremo Nº PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley Nº 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo Nº PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y

10 10 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo Nº PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2017, a través del Informe Nº INACAL/DN-Programa de Actualización, de fecha 10 de marzo de 2017, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe Nº INACAL/DN.PA, el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva de 38 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Fertilizantes y sus productos afi nes, b) Agregados, concreto, concreto armado y concreto pretensado, c) Cementos, cales y yesos, d) Unidades de albañilería, e) Saneamiento, f) Tecnología química, y g) Industrias manufactureras; corresponde aprobarlas en su versión 2017 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modifi cado por Decreto Supremo Nº PRODUCE; Artículo 1º.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017: NTP-ISO 10248:2012 (revisada el 2017) Fertilizantes líquidos. Desaireación de muestras en suspensión por arrastre en capa fi na. 1a -ISO 10248:2012 NTP-ISO 10249:2012 (revisada el 2017) Fertilizantes líquidos. Examen visual preliminar y preparación de muestras para ensayos físicos. 1ª -ISO 10249:2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CONCRETO. Método de ensayo para determinar la resistencia a la fl exión del concreto en vigas simplemente apoyadas con cargas a los tercios del tramo. 3ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CONCRETO. Método de ensayo para determinar la resistencia a la fl exión del concreto en vigas simplemente apoyadas con cargas en el centro del tramo. 3ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CONCRETO. Método de ensayo normalizado para la determinación de la resistencia a tracción simple del concreto, por compresión diametral de una probeta cilíndrica. 3ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CONCRETO. Método de ensayo para determinar la velocidad de pulso a través del concreto. 1ª :2012 NTP :2001 (revisada el 2017) TUBOS DE CONCRETO PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Método de ensayo de presión hidrostática. 2ª Reemplaza a la NTP :2001 NTP :2001 (revisada el 2017) TUBOS DE CONCRETO PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Método de ensayo de absorción. 2ª Reemplaza a la NTP :2001 NTP :2001 (revisada el 2017) TUBOS DE CONCRETO PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Ensayo de resistencia al aplastamiento. Método de los tres fi los. 2ª Reemplaza a la NTP :2001 NTP :2012 (revisada el 2017) CALES. Evaluación de la uniformidad de la caliza o cal proveniente de una sola fuente. 1ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CALES. Guía para la estabilización alcalina de los desechos de las plantas de tratamiento de aguas residuales. 1ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CALES. Método de ensayo para determinar la composición de la cal y la caliza por espectrometría de rayos X. 1ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) NTP :2012 (revisada el 2017) CEMENTOS. Procedimiento para la obtención de pastas de cemento hidráulico mediante mezclado a alta velocidad angular. 1ª :2012 CEMENTOS. Especifi cación normalizada para cementos Pórtland de rápida resistencia inicial. 1ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación cuantitativa de fases en clinker de cemento Pórtland mediante el procedimiento microscópico de conteo de puntos. 2ª :2012

11 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 NTP :2012 (revisada el 2017) CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación del tiempo de fraguado de mortero de cemento hidráulico con la aguja de Vicat modifi cada. 2ª :2012 NTP :2012 (revisada el 2017) CEMENTOS. Adiciones minerales del cemento y concreto: puzolana natural cruda o calcinada y ceniza volante. Métodos de ensayo. 2ª :2012 NTP :2007 (revisada el 2017) CEMENTOS. Ambientes, gabinetes y tanques de almacenamiento utilizados en los ensayos de cemento y concreto. Requisitos. 2ª :2007 NTP :1979 (revisada el 2017) NTP :1982 (revisada el 2017) :1979 (revisada el ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Muestreo y recepción. 1ª :1979 (revisada el ELEMENTOS DE ARCILLA COCIDA. Ladrillo previ, muros. Requisitos. 1ª :1982 (revisada el NTP :1982 (revisada el 2017) ELEMENTOS SÍLICO CALCÁREO. Ladrillo previ, muros. Requisitos. 1ª :1982 (revisada el NTP :2007 (revisada el 2017) CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para cambios de longitud de morteros y concretos con cemento Pórtland endurecido. 1ª :2007 NTP :2002 (revisada el 2017) CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para exudación de pastas de cemento y morteros. 1ª :2002 NTP :2011 (revisada el 2017) CEMENTOS. Determinación de la fi nura del cemento Pórtland por medio del turbidímetro. 2ª :2011 NTP :1982 (revisada el 2017) LADRILLO SÍLICO CALCÁREO. Muestreo y recepción. 1ª :1982 (revisada el NTP :1982 (revisada el 2017) LADRILLO PARA COBERTURA, PASTELERO. Requisitos. 1ª :1982 (revisada el NTP :1979 (revisada el 2017) NTP :1979 (revisada el 2017) ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Requisitos. 1ª :1979 (revisada el ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Métodos de ensayo. 1ª NTP-ISO 49:1997 (revisada el 2017) Accesorios de fundición maleable roscados según ISO a -ISO 49:1997 NTP :1997 (revisada el 2017) VÁLVULAS DESCAR- GADORAS DE AIRE, DE AIRE VACÍO Y COMBINACIONES DE VÁLVULAS DE AIRE PARA SERVICIOS DE AGUA. Requisitos. 1ª :1997 NTP :1997 (revisada el 2017) TUBOS, ACCESORIOS Y PIEZAS ESPECIALES DE FIERRO GRIS PARA CONDUCCIONES A PRESIÓN. Requisitos. 1a :1997 NTP :1997 (revisada el 2017) TUBOS CENTRIFUGADOS DE FUNDICIÓN GRIS PARA DESAGÜE. Requisitos. 2a :1997 NTP :2001 (revisada el 2017) NTP :1997 (revisada el 2017) ABRAZADERAS METÁLICAS PARA CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Requisitos, muestreo y métodos de ensayo. 3ª :2001 MARCO Y TAPA PARA CAJA DE MEDIDOR DE AGUA Y PARA CAJA DE DESAGUE. Requisitos. 2a :1997 NTP :2001 (revisada el 2017) DIMENSIONES DE LAS CONEXIONES FABRICADAS DE ACERO PARA TUBOS QUE CONDUCEN AGUA.

12 12 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano Requisitos. 1ª :2001 NTP :2012 (revisada el 2017) PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. Hipocloritos, ácidos cloroisocianúricos y sus sales derivadas. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª :2012 NTP :1983 (revisada el 2017) CONSTRUCCIÓN NAVAL. Lumbreras para barcos. Requisitos. 1ª :1983 (revisada el NTP :1983 (revisada el 2017) CONSTRUCCIONES NAVALES. Sombreros de ventilación de tanques. Requisitos. 1ª :1983 (revisada el Artículo 2º.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 10248:2012 NTP-ISO 10249:2012 FERTILIZANTES LÍQUIDOS. Des-aireación de muestras en suspensión por arrastre en capa fi na. 1a FERTILIZANTES LÍQUIDOS. Examen visual preliminar y preparación de muestras para ensayos físicos. 1ª NTP :2012 CONCRETO. Método de ensayo para determinar la resistencia a la fl exión del concreto en vigas simplemente apoyadas con cargas a los tercios del tramo. 3ª NTP :2012 CONCRETO. Método de ensayo para determinar la resistencia a la fl exión del concreto en vigas simplemente apoyadas con cargas en el centro del tramo. 3ª NTP :2012 CONCRETO. Método de ensayo normalizado para la determinación de la resistencia a tracción simple del concreto, por compresión diametral de una probeta cilíndrica. 3ª NTP :2012 CONCRETO. Método de ensayo para determinar la velocidad de pulso a través del concreto. 1ª NTP :2001 TUBOS DE HORMIGÓN (CONCRETO) PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Método de ensayo de presión hidrostática. 2ª NTP :2001 TUBOS DE HORMIGÓN (CONCRETO) PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Método de ensayo de absorción. 2ª NTP :2001 TUBOS DE HORMIGÓN (CONCRETO) PARA LA CONDUCCIÓN DE LÍQUIDOS SIN PRESIÓN. Ensayo de resistencia al aplastamiento. Método de los tres fi los. 2ª NTP :2012 CALES. Evaluación de la uniformidad de la caliza o cal proveniente de una sola fuente. 1ª NTP :2012 CALES. Guía para la estabilización alcalina de los desechos de las plantas de tratamiento de aguas residuales. 1ª NTP :2012 CALES. Método de ensayo para determinar la composición de la cal y la caliza por espectrometría de rayos X. 1ª NTP :2012 NTP :2012 CEMENTOS. Procedimiento para la obtención de pastas de cemento hidráulico mediante mezclado a alta velocidad angular. 1ª CEMENTOS. Especifi cación normalizada para cementos Portland de rápida resistencia inicial. 1ª NTP :2012 CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación cuantitativa de fases en clinker de cemento Portland mediante el procedimiento microscópico de conteo de puntos. 2a NTP :2012 CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación del tiempo de fraguado de mortero de cemento hidráulico con la aguja de Vicat modificada. 2a NTP :2012 CEMENTOS. Adiciones minerales del cemento y concreto: puzolana natural cruda o calcinada y ceniza volante. Métodos de ensayo. 2a NTP :2007 CEMENTOS. Ambientes, gabinetes y tanques de almacenamiento utilizados en los ensayos de cemento y concreto. Requisitos. 2ª NTP :2007 CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para cambios de longitud de morteros y concretos con cemento Portland endurecido. 1ª.

13 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 NTP :2002 CEMENTOS. Método de ensayo normalizado para exudación de pastas de cemento y morteros. 1ª. NTP :2011 CEMENTOS. Determinación de la fi nura del cemento Pórtland por medio del turbidímetro. 2ª NTP :1982 (revisada el LADRILLO SÍLICO CALCÁREO. Muestreo y recepción. 1ª NTP :1982 (revisada el LADRILLO PARA COBERTURA (PASTELERO). 1ª NTP :1979 (revisada el NTP :1979 (revisada el NTP :1979 (revisada el NTP :1982 (revisada el ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Requisitos. 1ª ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Métodos de ensayo. 1ª ELEMENTOS DE SUELO SIN COCER. Adobe estabilizado con asfalto para muros. Muestreo y recepción. 1ª ELEMENTOS DE ARCILLA COCIDA. Muros. Ladrillo previ. Requisitos. 1ª NTP :1982 (revisada el ELEMENTOS SÍLICO CALCÁREO. Muros. Ladrillo previ. Requisitos. 1ª NTP-ISO 49:1997 ACCESORIOS DE FUNDICION MALEABLE ROSCADOS SEGUN ISO 7-1. (Equivalente a la ISO 49:1994 Malleable cast iron fi ttings threaded to ISO 7-1) 1a. NTP :1997 VALVULAS DESCAR- GADORAS DE AIRE, DE AIRE VACIO Y COMBINACIONES DE VALVULAS DE AIRE PARA SERVICIOS DE AGUA. 1ª. NTP :1997 TUBOS, ACCESORIOS Y PIEZAS ESPECIALES DE FIERRO GRIS PARA CONDUCCIONES A PRESION. 1a. NTP :1997 TUBOS CENTRIFUGADOS DE FUNDICION GRIS PARA DESAGÜE. Requisitos. 2a. NTP :2001 ABRAZADERAS METÁLICAS PARA CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Requisitos, muestreo y métodos de ensayo. 3ª. NTP : MARCO Y TAPA PARA CAJA DE MEDIDOR Y PARA CAJA DE DESAGÜE. 2a. NTP :2001 DIMENSIONES DE LAS CONEXIONES FABRICADAS DE ACERO PARA TUBOS QUE CONDUCEN AGUA. 1ª. NTP :2012 PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. Hipocloritos, ácidos cloroisocianúricos y sus sales derivadas. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª NTP :1983 (revisada el CONSTRUCCIÓN NAVAL. Lumbreras para barcos. 1ª NTP :1983 (revisada el ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización PODER JUDICIAL CONSTRUCCIONES NAVALES. Sombreros de ventilación de tanques. 1ª CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan a magistrada el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N P-CSJV/PJ Ventanilla, doce de diciembre de dos mil diecisiete.- VISTO: La Resolución de fecha cuatro de diciembre de dos mil diecisiete; y, PRIMERO: Por Resolución de visto el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó la realización de la Convención Anual 2017 del Programa Presupuestal 099: Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales, que se llevará a cabo el día 18 de diciembre del año en curso, en la ciudad de Lunahuana, Cañete. En ese sentido, se autorizó la participación en la referida actividad a los Presidentes de los Equipos Técnico Distrital de Implementación de la nueva Ley Procesal de Trabajo, Jueces Coordinadores y Administradores de los Módulos Corporativos Laborales; asimismo, se concedió licencia con goce de haber a los señores Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para su participación en el referido evento más el termino de distancia en los casos estrictamente necesarios. SEGUNDO: En atención a lo expuesto y considerando que el Despacho de la Presidencia requiere atender y resolver en forma permanente diversos asuntos propios de la gestión y siendo el Presidente de la Corte Superior la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a

14 14 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano su cargo y quien dirige la política interna de su Distrito Judicial, resulta pertinente encargar el Despacho Presidencial durante el día 18 de diciembre de 2017, a la Magistrada que continúa en la antigüedad a la Presidenta de este Distrito Judicial. TERCERO: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N Resolución Administrativa N CE-PJ de fecha 05 de octubre de 2016, dispuso el Cuadro de Mérito y Antigüedad de Jueces Superior Titulares del Poder Judicial, indicándose en la misma que la señora doctora Ana Mirella Vásquez Bustamante, Jueza Superior Titular de este Distrito Judicial, es la Magistrada que continúa en la antigüedad posterior a la señora doctora Olga Lidia Inga Michue, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90 incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla a la señora doctora ANA MIRELLA VASQUEZ BUSTAMENTE, Jueza Superior Titular, por el día 18 de diciembre de 2017, sin dispensa de su labor jurisdiccional. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla e interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta Que, mediante Resolución SBS N de fecha 19 de setiembre de 2017, esta Superintendencia autorizó al Banco el traslado defi nitivo de la Agencia Izaguirre a la dirección Av. Carlos Alberto Izaguirre N 925, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, el citado Banco ha informado mediante carta S/N recibida el día 13 de noviembre de 2017, que, según la licencia municipal de funcionamiento del 2 de octubre del 2017, la dirección correcta de la Agencia Izaguirre es Av. Carlos Alberto Izaguirre N 929, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria A ; y, De conformidad con las facultades establecidas en la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N ; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N ; y, la Resolución Administrativa SBS N ; RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car la Resolución SBS N de fecha 19 de setiembre de 2017 que autorizó el traslado de la Agencia Izaguirre a la dirección Av. Carlos Alberto Izaguirre N 925, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, por la siguiente dirección: Av. Carlos Alberto Izaguirre N 929, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Rectifican la Res. SBS N que autorizó al BBVA Continental el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº Lima, 7 de diciembre de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia rectifi que la dirección de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; y, GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que establece montos por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación de tributos municipales correspondientes al ejercicio 2018 en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 2074 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, POR TANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 7 de diciembre de 2017, el Dictamen Nº MML- CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización;

15 El Peruano / Lunes 18 de diciembre de 2017 Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES Y DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2018 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Emisión del Impuesto Predial Fíjese en S/ 1.90 (Un y 90/100 Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial del ejercicio 2018 y de recibos de pago, incluyendo su distribución a domicilio. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.70 (70/100 Soles). El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio Artículo Segundo.- Emisión del Impuesto al Patrimonio Vehicular Fíjese en S/ 3.50 (Tres y 50/100 Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto al patrimonio vehicular del ejercicio 2018 y de recibos de pago por cada vehículo afecto de su propiedad, incluyendo su distribución a domicilio. El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio Artículo Tercero.- Emisión de los Arbitrios Municipales Fíjese en S/ 1.20 (Un y 20/100 Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de determinación de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo correspondientes al ejercicio 2018, y de recibos de pago por cada predio, incluyendo su distribución a domicilio. El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota de los arbitrios municipales del ejercicio DISPOSICIÓN FINAL Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 7 de diciembre de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2018 en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 2076 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 7 de diciembre de 2017, el Dictamen Nº MML- 15 CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2018 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2018 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: Tercera cuota: Cuarta cuota: 31 de mayo 31 de agosto 30 de noviembre Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo: De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 562, la obligación de pago de los arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2018 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago cuota trimestral : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 31 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2018 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago Fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 31 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre DISPOSICIÓN FINAL Única.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a establecer fechas distintas a las señaladas en los artículos precedentes a través de Acuerdo de su Consejo Directivo, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Las nuevas fechas así establecidas, deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 7 de diciembre de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima

16 16 Lunes 18 de diciembre de 2017 / El Peruano

INTERIOR PRODUCE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Designan Directora de la Oficina de Administración del Personal y Compensaciones

INTERIOR PRODUCE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Designan Directora de la Oficina de Administración del Personal y Compensaciones INTERIOR Designan Directora de la Oficina de Administración del Personal y Compensaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1263-2017-IN Lima, 14 de diciembre de 2017 Que, se encuentra vacante el cargo público

Más detalles

Resolución Directoral N INACAL/DN ( )

Resolución Directoral N INACAL/DN ( ) Resolución Directoral N 047-2017-INACAL/DN (2017-12-18) El Centro de Información y Documentación (CID) del Inacal, con el objetivo de ofrecer a los usuarios en general productos informativos actualizados,

Más detalles

PUBLICADO EN EL DIARIO EL PERUANO EL DIA MARTES 16 DE ENERO DE 2007

PUBLICADO EN EL DIARIO EL PERUANO EL DIA MARTES 16 DE ENERO DE 2007 PUBLICADO EN EL DIARIO EL PERUANO EL DIA MARTES 16 DE ENERO DE 2007 LEY Nº 28951 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El congreso de la Republica He dado la ley siguiente: LEY DE ACTUALIZACIÓN DE

Más detalles

EDUCACION NORMAS LEGALES. de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas las siguientes facultades:

EDUCACION NORMAS LEGALES. de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas las siguientes facultades: El Peruano / Domingo 6 de enero de 2019 de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas las siguientes facultades: 4.1 Aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias efectuadas

Más detalles

Proys. núms. 192 y 201

Proys. núms. 192 y 201 Proys. núms. 192 y 201 TEXTO APROBADO DEL PROYECTO DE LEY PENDIENTE DE SEGUNDA VOTACIÓN (Aprobado en sesión de la Comisión Permanente de fecha 4 de enero de 2007) LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE

Más detalles

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS AMBIENTE AGRICULTURA Y RIEGO. Encargan el Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS AMBIENTE AGRICULTURA Y RIEGO. Encargan el Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente 6 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2017 / El Peruano a cabo en la ciudad de Lima en el mes de setiembre del presente año. Publíquese, comuníquese y cúmplase. En Lima, a los veintitrés días del mes

Más detalles

EDUCACION. Designan Jefe de la Unidad de Servicio de Atención al Usuario de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación NORMAS LEGALES

EDUCACION. Designan Jefe de la Unidad de Servicio de Atención al Usuario de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación NORMAS LEGALES El Peruano / Jueves 31 de enero de 2019 Sectorial IV - Director General, Categoría F-5, de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.

Más detalles

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA Y DEROGA VARIOS ARTÍCULOS DEL DECRETO LEY Nº 21210, LEY QUE CREA EL COLEGIO DE OBSTETRICES DEL PERÚ Artículo

Más detalles

Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096

Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096 1 Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso

Más detalles

Resolución Directoral

Resolución Directoral Lima, 25 de noviembre de 2015 VISTO: El Informe del Plan de Actualización N 003-PA-2015/DN CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N 30224, Ley que crea

Más detalles

Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD

Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD Aprueban Directiva para el uso, registro y consulta del Sistema Electrónico del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido - RNSDD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-2007-PCM Lima, 18 de enero

Más detalles

LEY DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

LEY DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la ley siguiente: LEY DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL TITULO I: GENERALIDADES Artículo 1.- Personería Jurídica El Instituto

Más detalles

El Peruano / Miércoles 29 de marzo de 2017 de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ORLANDO VILLAR AMIEL Jefe de la Ofi cina

Más detalles

Resolución Directoral

Resolución Directoral Lima, 22 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe del Plan de Actualización N 007-PA-2015/DN; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N 30224, Ley que crea

Más detalles

LEY Nº LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

LEY Nº LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS LEY Nº 30065 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Artículo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto fortalecer la Superintendencia Nacional de los

Más detalles

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE

Más detalles

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1284

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1284 DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA EL FONDO DE INVERSIÓN AGUA SEGURA (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016, y rectificado por Fe de Erratas publicada el 30 de diciembre de 2016)

Más detalles

4.1. LEY DE CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE - CONAM: Ley N (22.dic.1994)

4.1. LEY DE CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE - CONAM: Ley N (22.dic.1994) 4. CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE: 4.1. LEY DE CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE - CONAM: Ley N 26410 (22.dic.1994) EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso Constituyente Democrático

Más detalles

ORDENANZA REGIONAL Nº /GRU-CR

ORDENANZA REGIONAL Nº /GRU-CR ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2010/GRU-CR El Consejo Regional de Ucayali POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú

Más detalles

Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Ley N 26335

Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Ley N 26335 LEY ORGANICA Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Ley N 26335 Jueves, 21 de julio de 1994 CCD CONCORDANCIAS: R. Nº 034-99-CRG-AMAG (TUPA) R. D. Nº 195-2000-AMAG-DG (TUPA) R. Nº 021-2001-AMAG-CD

Más detalles

Ley del Ejército del Perú

Ley del Ejército del Perú Ley del Ejército del Perú DECRETO LEGISLATIVO N 1137 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, por Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, entre

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente

Más detalles

AGRICULTURA Y RIEGO. Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur - PESCS

AGRICULTURA Y RIEGO. Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur - PESCS El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544475 Que, en este contexto resulta pertinente aceptar la renuncia de la señora Liliana del Carmen La Rosa Huertas al cargo para el que fue designada; y De conformidad

Más detalles

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 6 NORMAS LEGALES Martes 3 de julio de 2018 / El Peruano Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de julio de

Más detalles

NORMAS LEGALES. Ley de la Fuerza Aérea del Perú LEY DE LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

NORMAS LEGALES. Ley de la Fuerza Aérea del Perú LEY DE LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES 480442 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES ÚNICA.- Empleo de capacidad disponible La Marina de Guerra del Perú, en observancia del mandato constitucional de participación en el desarrollo económico y

Más detalles

Aprueban la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna

Aprueban la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna 514540 Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día diecisiete de agosto del año dos mil trece. JULIA TERESA BENAVIDES LLANCAY Presidenta

Más detalles

Decreto Supremo N EF

Decreto Supremo N EF Decreto Supremo N 021-17-EF DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29806, LEY QUE REGULA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO EN EL SECTOR PÚBLICO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES,

Más detalles

Resolución Directoral

Resolución Directoral Lima, 11 de diciembre de 2015 Resolución Directoral VISTO: El Informe del Plan de Actualización N 005-PA-2015/DN CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley

Más detalles

Ley de la Fuerza Aérea del Perú

Ley de la Fuerza Aérea del Perú Ley de la Fuerza Aérea del Perú DECRETO LEGISLATIVO N 1139 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, por Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar,

Más detalles

CAPÍTULO I ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA

CAPÍTULO I ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA CAPÍTULO I ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE GUATEMALA Bodegón Chapín Autor: Manolo Gallardo Técnica: Óleo 1 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA El Banco de Guatemala, de conformidad con lo dispuesto en los

Más detalles

AGRICULTURA Y RIEGO. Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur - PESCS

AGRICULTURA Y RIEGO. Aprueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Sierra - Centro - Sur - PESCS El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544475 Que, en este contexto resulta pertinente aceptar la renuncia de la señora Liliana del Carmen La Rosa Huertas al cargo para el que fue designada; y De conformidad

Más detalles

Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales

Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales LEY Nº 29849 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso

Más detalles

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA (OSINERGMIN) DECRETO SUPREMO Nº PCM

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA (OSINERGMIN) DECRETO SUPREMO Nº PCM DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - PDF. CONCORDANCIAS: R. Nº 523-2007-OS-CD (Establecen disposiciones aplicables a referencias normativas

Más detalles

AMBIENTE NORMAS LEGALES. Aprueban el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA PERÚ:

AMBIENTE NORMAS LEGALES. Aprueban el Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA PERÚ: 446108 Artículo 6º.- Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay-Lambayeque. El Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chancay- Lambayeque, presentará, para su aprobación, a la

Más detalles

El Peruano / Viernes 7 de diciembre de 2018 En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde

Más detalles

Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña LEY Nº 30286

Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña LEY Nº 30286 Ley que crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña LEY Nº 30286 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY

Más detalles

RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES RELACIONES EXTERIORES Aprueban Cuadro General y Cuadro Regional de Precedencias protocolar para actos y ceremonias que conciernan al Ceremonial del Estado CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 100-2005-RE EL

Más detalles

NORMAS LEGALES. Año Fiscal 2017 y de la Primera Adenda al Convenio Nº VIVIENDA.

NORMAS LEGALES. Año Fiscal 2017 y de la Primera Adenda al Convenio Nº VIVIENDA. El Peruano / Miércoles 5 de abril de 2017 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 190 000 000,00 (CIENTO NOVENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios,

Más detalles

INTERIOR. Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio del Interior

INTERIOR. Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio del Interior El Peruano Miércoles 6 de noviembre de 2013 506545 S.A. la concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica La Niña;

Más detalles

ECONOMIA Y FINANZAS. Modifican el Decreto Supremo Nº PCM que creó el Consejo Nacional de la Competitividad DECRETO SUPREMO Nº EF

ECONOMIA Y FINANZAS. Modifican el Decreto Supremo Nº PCM que creó el Consejo Nacional de la Competitividad DECRETO SUPREMO Nº EF ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM que creó el Consejo Nacional de la Competitividad DECRETO SUPREMO Nº 223-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley

Más detalles

Ley que modifica el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura LEY Nº 30048

Ley que modifica el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura LEY Nº 30048 Ley que modifica el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura LEY Nº 30048 CONCORDANCIAS: D.S.Nº 007-2013-MINAGRI (Reglamento de Organización

Más detalles

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS El Peruano / Lunes 25 de julio de 2016 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aceptan renuncia de Director de Sistema Administrativo III, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN

Más detalles

Resolución S.B.S. N

Resolución S.B.S. N Lima, 11 de agosto de 2016 Resolución S.B.S. N 4349-2016 El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 8 de la Ley N 27693

Más detalles

DECRETO LEGISLATIVO Nº 501

DECRETO LEGISLATIVO Nº 501 DECRETO LEGISLATIVO Nº 501 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el artículo 188 de la Constitución Política, mediante el inciso b) del

Más detalles

Reporte de Normas Legales

Reporte de Normas Legales REPORTE DE NORMAS LEGALES Fecha: 18.JUL.2010 NORMAS DE INTERÉS PARA EL OEFA NORMA TÍTULO ORGANISMO EMISOR RESUMEN Decreto Supremo Nº 154-2010-EF Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones

Más detalles

ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO Nº EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO Nº EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura urbana

Más detalles

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia. Nacional de Educación Superior Universitaria SUNEDU

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia. Nacional de Educación Superior Universitaria SUNEDU 543570 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria SUNEDU DECRETO SUPREMO Nº 012-2014-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

Sistema Peruano de Información Jurídica

Sistema Peruano de Información Jurídica Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA. Designan emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica NORMAS LEGALES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA. Designan emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica NORMAS LEGALES Para el caso de los ITS, la responsabilidad por la información ingresada a través de la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental - Subsector Transportes, también alcanza

Más detalles

PUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157

PUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157 PUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº PCM

DECRETO SUPREMO Nº PCM Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros creando la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales DECRETO SUPREMO Nº 010-2010-PCM EL

Más detalles

ORDENANZA DE LA ESCUELA DE GRADUADOS Facultad de Odontología

ORDENANZA DE LA ESCUELA DE GRADUADOS Facultad de Odontología Res. Nº 13 de C.D.C. de 22/VI/2004 - Distr. Nº 324/04 D.O. 5/VII/2004 ORDENANZA DE LA ESCUELA DE GRADUADOS Facultad de Odontología I) OBJETIVOS GENERALES. Art. 1.- La Escuela de Graduados de la Facultad

Más detalles

Aprueban Documento Técnico Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera

Aprueban Documento Técnico Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014 538535 exceda los sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Segunda.- Plan de Implementación

Más detalles

LEY Nº DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2008

LEY Nº DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2008 LEY Nº 29370 DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2008 CONCORDANCIAS: Ley Nº 29380 (Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN))

Más detalles

LEY Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

LEY Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; LEY Nº 27680 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional: Ley de Reforma

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 061-2017/SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI Lima, 07 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N 005-2017-SUNAT/1K2000

Más detalles

Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos

Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos LEY Nº 28337 CONCORDANCIAS: D.S. N 042-2005-PCM, Art.

Más detalles

Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos

Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos Ley que modifica diversas Disposiciones de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos LEY Nº 28337 CONCORDANCIAS: D.S. N 042-2005-PCM, Art.

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES 592058 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano de conflictos internacionales, desórdenes internos y calamidades públicas. El Gobierno del Perú abonará los gastos ocasionados, de conformidad

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo y la Asignación Extraordinaria por Navidad del Año 2009 y autorizan transferencia de partidas a favor de diversas entidades en el

Más detalles

Aprueban Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado

Aprueban Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado Aprueban Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado DECRETO SUPREMO Nº 072-2000-EF (9.07.2000) CONCORDANCIA: D.S. Nº 034-2001-PCM ACUERDO DE DIRECTORIO

Más detalles

Movimiento Regional del Callao Fuerza Callao Seguro

Movimiento Regional del Callao Fuerza Callao Seguro Movimiento Regional del Callao Fuerza Callao Seguro LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Art. 37 Son órganos de Dirección del Movimiento los siguientes: a. La Congreso Regional; b. El Comité Regional - Provincial (CR-P).

Más detalles

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Naturaleza y finalidad del Consejo Nacional de Educación El

Más detalles

Perú. División de funciones: Normativa Electoral:

Perú. División de funciones: Normativa Electoral: Perú Normativa Electoral: Ley N 26.487 - Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) Ley N 26.486 - Orgánica del Jurado Nacional del Elecciones (JNE) Ley N 26.497 Registro Nacional de

Más detalles

N P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

N P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA N 4199--P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En uso de las facultades que le confiere el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, El siguiente DECRETAN: Reglamento

Más detalles

Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021

Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021 El Peruano Miércoles 22 de enero de 2014 514801 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil trece. MARTÍN

Más detalles

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO X 01. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE ALTA DIRECCIÓN

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO X 01. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO X 01. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE ALTA DIRECCIÓN Artículo 20º DE LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO Son funciones del Órgano de Gobierno y de Alta Dirección, dirigir la entidad, supervisar sus actividades,

Más detalles

NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 / El Peruano

NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 / El Peruano 605026 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 / El Peruano NTP-ISO 3509:2016 Café y sus derivados. Vocabulario. 3 a -ISO 3509:2007 NTP/ET-ISO/TS 80004-1:2016 Nanotecnologías. Vocabulario. Parte

Más detalles

Delegan facultades en materia de contratación pública, a diversos funcionarios de PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº PERÚ COMPRAS

Delegan facultades en materia de contratación pública, a diversos funcionarios de PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº PERÚ COMPRAS Delegan facultades en materia de contratación pública, a diversos funcionarios de PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 008-2017-PERÚ COMPRAS Lima, 3 de febrero de 2017 VISTO: El Memorando Nº 032-2017-PERÚ

Más detalles

Resolución S.B.S. N La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Resolución S.B.S. N La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Lima, 28 de marzo de 2018 Resolución S.B.S. N 1201-2018 La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo

Más detalles

Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización LEY Nº 27680

Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización LEY Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Más detalles

AGRICULTURA Y RIEGO. Aceptan renuncia de Secretaria de Gestión Pública de la PCM

AGRICULTURA Y RIEGO. Aceptan renuncia de Secretaria de Gestión Pública de la PCM El Peruano / Viernes 12 de agosto de 2016 Aceptan renuncia de Secretaria de Gestión Pública de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 171-2016-PCM Lima, 11 de agosto de 2016 VISTA: La carta presentada por la

Más detalles

El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 NORMAS LEGALES 447655 Estando al Informe N 728-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo

Más detalles

Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano LEY Nº 28495

Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano LEY Nº 28495 Ley del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano LEY Nº 28495 CONCORDANCIAS: D.S. N 065-2005-PCM (REGLAMENTO) D.S. N 103-2005-EF (Autorizan Transferencia de Partidas

Más detalles

Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS

Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS Establecen beneficio de recompensa para promover y lograr la captura de miembros de organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables

Más detalles

1 2 JUL ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RIGUEZ N JUS/CDJE

1 2 JUL ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL RIGUEZ N JUS/CDJE ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 411` A S tarjo Consejo de Defensa Jun MINISTERIO DE STICIA XesoCución de Ca Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica creí Estado Lima, 1 2 JUL. 2011 N 038-2011-JUS/CDJE VISTO,

Más detalles

Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos LEY Nº 29809 CONCORDANCIAS: D.S. N 011-2012-JUS (Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia

Más detalles

AMBIENTE. Aprueban el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú NORMAS LEGALES

AMBIENTE. Aprueban el Plan de Acción para implementar las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú NORMAS LEGALES El Peruano / Miércoles 21 de junio de 2017 g) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia. Artículo 3.- Priorización del Alcance del Sistema de

Más detalles

Reglamento de la Ley Nº 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera

Reglamento de la Ley Nº 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera Reglamento de la Ley Nº 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera DECRETO SUPREMO Nº 090-2013-EF Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Más detalles

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto

Más detalles

Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas - Perú Compras DECRETO LEGISLATIVO Nº 1018

Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas - Perú Compras DECRETO LEGISLATIVO Nº 1018 Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas - Perú Compras DECRETO LEGISLATIVO Nº 1018 Enlace Web: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PDF. CONCORDANCIAS: D.S. Nº 184 2008 EF, Art. 82 EL PRESIDENTE DE

Más detalles

PRODUCE. Designan Asesor 1 del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior

PRODUCE. Designan Asesor 1 del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior 527238 personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114-Ley de Presupuesto del Sector Público para el

Más detalles

LEY 109 DE 1994 (enero 11) por la cual se transforma la Imprenta Nacional de Colombia en Empresa Industrial y Comercial del Estado.

LEY 109 DE 1994 (enero 11) por la cual se transforma la Imprenta Nacional de Colombia en Empresa Industrial y Comercial del Estado. LEY 109 DE 1994 (enero 11) DIARIO OFICIAL. No. 41167. 11, ENERO, 1994. PAG. 1 por la cual se transforma la Imprenta Nacional de Colombia en Empresa Industrial y Comercial del Estado. El Congreso de Colombia,

Más detalles

25 de julio de Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento LEY Nº 27792

25 de julio de Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento LEY Nº 27792 25 de julio de 2002 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento LEY Nº 27792 (*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N 012-2002-VIVIENDA, publicada

Más detalles

Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú

Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú LEY Nº 29643 CONCORDANCIAS: D.U. Nº 020-2011 (Dictan medidas para el otorgamiento de una bonificación

Más detalles

Ley Nº LEY DEL MINISTERIO DE DEFENSA TÍTULO I DEL MINISTERIO DE DEFENSA CAPÍTULO I OBJETO, ÁMBITO Y FINALIDAD

Ley Nº LEY DEL MINISTERIO DE DEFENSA TÍTULO I DEL MINISTERIO DE DEFENSA CAPÍTULO I OBJETO, ÁMBITO Y FINALIDAD EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: Ley Nº 27860 LEY DEL MINISTERIO DE DEFENSA TÍTULO

Más detalles

adquirir derechos y contraer obligaciones, todo de acuerdo con las normas generales del Estado sobre la materia.

adquirir derechos y contraer obligaciones, todo de acuerdo con las normas generales del Estado sobre la materia. adquirir derechos y contraer obligaciones, todo de acuerdo con las normas generales del Estado sobre la materia. Artículo 4.- El Ejército se regirá por la Constitución Política de la República, el presente

Más detalles

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados N 9266 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA PARCIAL DE LA LEY N. 13, LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DE 28 DE OCTUBRE

Más detalles

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS AGRICULTURA

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS AGRICULTURA El Peruano Lima, jueves 19 de enero de 2012 NORMAS LEGALES 459409 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo

Más detalles

NORMAS LEGALES. Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil

NORMAS LEGALES. Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil 381166 NORMAS LEGALES El eruano Lima, jueves 9 de octubre de 2008 Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El eruano.

Más detalles

Delegan diversas facultades en los Viceministros de Economía y de Hacienda, la Secretaria General y otros funcionarios

Delegan diversas facultades en los Viceministros de Economía y de Hacienda, la Secretaria General y otros funcionarios Delegan diversas facultades en los Viceministros de Economía y de Hacienda, la Secretaria General y otros funcionarios Lima, 29 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 438-2016-EF/43

Más detalles

ARTÍCULO 1.- La presente ley establece el ámbito y la finalidad del Ejército, así como la estructura y las funciones de sus órganos constitutivos.

ARTÍCULO 1.- La presente ley establece el ámbito y la finalidad del Ejército, así como la estructura y las funciones de sus órganos constitutivos. Título: Perú. Ley Orgánica del Ejército Peruano Fecha: 27/09/1987 Idioma: español LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO PERUANO Decreto Legislativo N 437 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la

Más detalles