LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD B
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- Rosario Soriano Salinas
- hace 7 años
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1 LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD B (APROBACION DEL PROYECTO CON EVALUACION PREVIA POR LOS REVISORES URBANOS) Sujetas a esta modalidad: 1. EDIFICACIONES PARA FINES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR, MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y/O MULTIFAMILIAR (no mayores a 5 pisos siempre que el proyecto tenga un máximo de 3,000 m2 de área construida). 2. CERCOS (en inmuebles que se encuentren bajo el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común). 3. OBRAS DE AMPLIACIÓN O REMODELACIÓN DE UNA EDIFICACIÓN EXISTENTE (con modificación estructural, aumento del área construida o cambio de uso). 4. DEMOLICIÓN PARCIAL. No están consideradas en esta modalidad: Las obras de edificación en bienes inmuebles que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación declarado por el Ministerio de Cultura, e incluida en la lista a la que se hace referencia en el Art.3 numeral 2 literal f) de la Ley N Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
2 REQUISITOS 1. EDIFICACIONES PARA FINES DE VIVIENDA UNIFAMILIAR, MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y/O MULTIFAMILIAR FUE, por triplicado y debidamente suscritos. En caso no sea el propietario del predio, la escritura pública que acredite el derecho a edificar. Si es representante de una persona jurídica, vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión. Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa. Certificado de Factibilidad de Servicios para Obra Nueva de vivienda multifamiliar. En caso que el administrado no inicie la obra luego de obtenida la licencia, comunica a la Municipalidad, el inicio del proceso edificatorio con una antelación de quince (15) días calendario. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA COMPUESTA POR: Plano de Ubicación. Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas y otras, de ser el caso, y las memorias justificativas por especialidad. Planos de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 de la Norma E 050 del RNE. Memoria descriptiva que precise las características de la obra y las edificaciones colindantes; indicando el número de pisos y sótanos; así como fotos en los casos que se presente el Plano de Sostenimiento de Excavaciones. Estudio de Mecánica de Suelos, según los casos que establece el RNE. VERIFICACIÓN TÉCNICA Para iniciar la ejecución de la obra autorizada con la Licencia, tiene que haber presentado ante la Municipalidad el Anexo H según lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 Del Decreto Supremo VIVIENDA: Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
3 * Cronograma de Visitas de Inspección, debidamente suscrito por el Responsable de Obra y el Supervisor Municipal. *La Fecha del inicio de obra y el nombre del Responsable de Obra. * Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la Verificación Técnica. Póliza CAR (Todo Riesgo Contratista) o la Póliza de Responsabilidad Civil según las características de las obras a ejecutarse con cobertura por daños materiales y personales a terceros. NOTA: Todos los documentos técnicos serán presentados en original y por duplicado. El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que interviene. Todos los planos y documentos técnicos deben estar sellados y firmados por el profesional responsable de los mismos y firmados por el propietario o solicitante. La Póliza CAR o la Póliza de Responsabilidad Civil se entrega el día útil anterior al inicio de la obra y debe tener una vigencia igual o mayor a la duración del proceso edificatorio. Debe comunicarse el inicio del proceso edificatorio con una antelación de 15 días calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. El derecho de trámite de la verificación técnica es para una sola supervisión, por lo que se deberá multiplicar dicho monto por la cantidad de visitas de inspección determinadas con el responsable de obra para determinar el monto total a pagar por la verificación técnica. 2. CERCOS FUE, por triplicado y debidamente suscritos. En caso no sea el propietario del predio, la escritura pública que acredite el derecho a edificar. Si es representante de una persona jurídica, vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión. Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa. Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
4 Copia del Reglamento Interno y plano de Independización de la unidad inmobiliaria correspondiente. Autorización de la Junta de Propietarios, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno o a la normatividad vigente (de ser el caso). DOCUMENTACIÓN TÉCNICA COMPUESTA POR: Plano de Ubicación. Planos de las especialidades que correspondan y sus respectivas memorias descriptivas. Planos de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 de la Norma E 050 del RNE. Planos de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 de la Norma E 050 del RNE. Memoria descriptiva que precise las características de la obra y las edificaciones colindantes; indicando el número de pisos y sótanos; así como fotos en los casos que se presente el Plano de Sostenimiento de Excavaciones. VERIFICACIÓN TÉCNICA Para iniciar la ejecución de la obra autorizada con la Licencia, tiene que haber presentado ante la Municipalidad el Anexo H según lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 Del Decreto Supremo VIVIENDA: * Cronograma de Visitas de Inspección, debidamente suscrito por el Responsable de Obra y el Supervisor Municipal. *La Fecha del inicio de obra y el nombre del Responsable de Obra. * Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la Verificación Técnica. NOTA: Todos los documentos técnicos serán presentados en original y por duplicado. El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que interviene. Todos los planos y documentos técnicos deben estar sellados y firmados por el profesional responsable de los mismos y firmados por el propietario o solicitante. Debe comunicarse el inicio del proceso edificatorio con una antelación de 15 días calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
5 El derecho de trámite de la verificación técnica es para una sola supervisión, por lo que se deberá multiplicar dicho monto por la cantidad de visitas de inspección determinadas con el responsable de obra para determinar el monto total a pagar por la verificación técnica. 3. OBRAS DE AMPLIACIÓN O REMODELACIÓN DE UNA EDIFICACIÓN EXISTENTE FUE, por triplicado y debidamente suscritos. En caso no sea el propietario del predio, la escritura pública que acredite el derecho a edificar. Si es representante de una persona jurídica, vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión. Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa. Copia del documento que acredite la Declaratoria Fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; ó copia del Certificado de Conformidad ó Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Construcción de la edificación existente. Certificado de Factibilidad de Servicios para obras de ampliación de Vivienda Multifamiliar, obras de remodelación de Vivienda Unifamiliar a Multifamiliar o a otros fines diferentes al de vivienda. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA COMPUESTA POR: Plano de Ubicación. Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), Estructuras, Instalaciones Sanitarias e Instalaciones Eléctricas y otros, de ser el caso, donde se diferencien las áreas existentes de las ampliadas y/o remodeladas; y las memorias justificativas por especialidad. Planos de Sostenimiento de Excavaciones, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 33 de la Norma E 050 del RNE. Memoria descriptiva que precise las características de la obra y las edificaciones colindantes; indicando el número de pisos y sótanos; así como fotos en los casos que se presente el Plano de Sostenimiento de Excavaciones. Estudio de Mecánica de Suelos, según los casos que establece el RNE. Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
6 Copia del Reglamento Interno, en caso que el inmueble a intervenir esté sujeto al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. Autorización de la Junta de Propietarios, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno o la normatividad vigente (de ser el caso). VERIFICACIÓN TÉCNICA Para iniciar la ejecución de la obra autorizada con la Licencia, tiene que haber presentado ante la Municipalidad el Anexo H según lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 Del Decreto Supremo VIVIENDA: * Cronograma de Visitas de Inspección, debidamente suscrito por el Responsable de Obra y el Supervisor Municipal. *La Fecha del inicio de obra y el nombre del Responsable de Obra. * Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la Verificación Técnica. Póliza CAR (Todo Riesgo Contratista) o la Póliza de Responsabilidad Civil según las características de las obras a ejecutarse con cobertura por daños materiales y personales a terceros y como complemento al Seguro Complementario al Trabajo de Riesgo previsto en la Ley N NOTA: Todos los documentos técnicos serán presentados en original y por duplicado. El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que interviene. Todos los planos y documentos técnicos deben estar sellados y firmados por el profesional responsable de los mismos y firmados por el propietario o solicitante. La Póliza CAR o la Póliza de Responsabilidad Civil se entrega el día útil anterior al inicio de la obra y debe tener una vigencia igual o mayor a la duración del proceso edificatorio. Debe comunicarse el inicio del proceso edificatorio con una antelación de 15 días calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. El derecho de trámite de la verificación técnica es para una sola supervisión, por lo que se deberá multiplicar dicho monto por la cantidad de visitas de inspección determinadas con el responsable de obra para determinar el monto total a pagar por la verificación técnica. Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
7 4. DEMOLICION PARCIAL FUE, por triplicado y debidamente suscritos. En caso no sea el propietario del predio, la escritura pública que acredite el derecho a edificar. Si es representante de una persona jurídica, vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión. Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa. Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; ó copia del Certificado de Conformidad ó Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Construcción de la edificación existente. En caso la edificación no pueda acreditarse con la autorización respectiva, se deberá presentar: * Plano de Ubicación. * Plano de planta de la edificación a demoler. Diferenciando las áreas a demoler de las remanentes. En caso la fábrica se encuentre inscrita en los Registros Públicos, se deberá acreditar que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes; ó acreditar la autorización del titular de la carga ó gravamen. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA COMPUESTA POR: Plano de Ubicación. Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas y otras, de ser el caso, y las memorias justificativas por especialidad. Memoria descriptiva de los trabajos a realizar y del procedimiento de demolición a utilizar, donde se consideren las medidas de seguridad contempladas en la Norma Técnica G.050 del RNE y demás normas de la materia. 10 Carta de Responsabilidad de Obra, firmada por ingeniero civil. Copia del Reglamento Interno, en caso que el inmueble a intervenir esté sujeto al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. Autorización de la Junta de Propietarios, de ser el caso y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno o la normatividad vigente (de ser el caso). Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
8 VERIFICACIÓN TÉCNICA Para iniciar la ejecución de la obra autorizada con la Licencia, tiene que haber presentado ante la Municipalidad el Anexo H según lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 Del Decreto Supremo VIVIENDA: * Cronograma de Visitas de Inspección, debidamente suscrito por el Responsable de Obra y el Supervisor Municipal. *La Fecha del inicio de obra y el nombre del Responsable de Obra. * Indicar el número de recibo y la fecha del Pago de la tasa municipal correspondiente a la Verificación Técnica. Póliza CAR (Todo Riesgo Contratista) o la Póliza de Responsabilidad Civil según las características de las obras a ejecutarse con cobertura por daños materiales y personales a terceros y como complemento al Seguro Complementario al Trabajo de Riesgo previsto en la Ley N NOTA: Todos los documentos técnicos serán presentados en original y por duplicado. El Formulario y sus anexos deben ser visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el propietario o por el solicitante y los profesionales que interviene. Todos los planos y documentos técnicos deben estar sellados y firmados por el profesional responsable de los mismos y firmados por el propietario o solicitante. La Póliza CAR o la Póliza de Responsabilidad Civil se entrega el día útil anterior al inicio de la obra y debe tener una vigencia igual o mayor a la duración del proceso edificatorio. Debe comunicarse el inicio del proceso edificatorio con una antelación de 15 días calendarios, en caso de no haberlo declarado en el FUE. El derecho de trámite de la verificación técnica es para una sola supervisión, por lo que se deberá multiplicar dicho monto por la cantidad de visitas de inspección determinadas con el responsable de obra para determinar el monto total a pagar por la verificación técnica. Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones ( ) y sus modificatorias. Art. 10, Decreto Legislativo 1225 ( ) Decreto Legislativo que Modifica LA LEY N 29090, LEY de Regularizacion De Decreto Supremo N VIVIENDA, Aprueban Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y crecimiento Ley N 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y
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