CONTRATO No COM-PUB-SZE-2014

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1 CONTRATO No COM-PUB-SZE-2014 CONTRATO DE LA COTIZACION No. COTBS-SZE PARA LA CONTRATACION DE LOS "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO". COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte La Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8, representada por el Sr. Coronel de E.M. Abg. Francisco De Los Reyes Nájera en calidad de Delegado del Sr. Ministro del Interior para Compras Públicas de la SZ-E de conformidad al Acuerdo Ministerial No. 1853, de fecha 26 de Enero del 2011, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra el señor AdibYoussepKahil Moran, Gerente propietario y Representante Legal del taller de motos EL TURCO, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: Cláusula Primera.- ANTECEDENTES 1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-, y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la Sub Zona de Policía Esmeraldas No. 8, contempla la ejecución de los "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO" Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8, resolvió aprobar el pliego de la COTIZACIÓN No. COTBS-SZE para la contratación de los SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO. 1.3 Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No denominado "Vehículos", conforme consta en la certificación No. 194 emitida por el Departamento Financiero de la SZ-E, según Oficio No JF-SZ-E de fecha 07 de Mayo de 2014, firmado por la Sra. PolicíaSaidaPiarpuezan Arango encargada de Presupuesto de la SZ-E, mediante el cual certifica que existe disponibilidad presupuestaria. 1.4 Se realizó la respectiva convocatoria el 13 de junio del 2014, a través del Portal Institucional. 1.5 Luego del proceso correspondiente, el Delegado del Sr. Ministro del Interior para Compras Públicas de la SZ-E, mediante resolución No CP-SZE de fecha 27 de junio de 2014, adjudicó la contratación de los SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO, al oferente taller de motos EL TURCO, a través de su Representante legal el señor AdibYoussepKahil Moran. Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:

2 a) El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del Pliego CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación. b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en la página institucional del SERCOP. c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman. d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA. e) La resolución de adjudicación. f) Las certificaciones de la Jefatura Financiera de la SZ-E, que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el Portal Institucional. Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 3.01 El Contratista se obliga con la Sub Zona de Policía Esmeraldas No. 8 a, (proveer los servicios requeridos) ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, en caso de los servicios en la mecánica instalada dentro del Comando de Policía Esmeraldas, según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato, de conformidad con el siguiente detalle: ESPECIFICACIONES GENERALES ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO". 2. TRABAJOS REALIZADOS. a - Determinación del parque de motos marca HONDA Y KAWASAKI perteneciente a la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8. UBICACIÓN O < o Q Q in < z z I o 1- MOTOCICLETAS Si z o X oc > QOC < UJ ü ESMERALDAS N V> ATACAMES _i < 1- O 32

3 ELOY ALFARO SAN LORENZO QUININDE TOTAL MOTOS MANTENIMIENTO PREVENTIVO El Contratista deberá realizar este mantenimiento en coordinación con el personal de supervisión asignado por la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8 y tendrá lugar antes de que ocurran fallas o averías en las motocicletas y cuadrones, se efectuará bajo condiciones controladas, a razón del plan de mantenimientos preventivos asignados para las motocicletas marca Honda y Kawasaki vigente y a la experiencia y pericia del personal de la mecánica a contratarse. La Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8, establecerá fechas programadas para la realización de mantenimiento, adicionalmente el Contratista deberá contar con un historial de todas las motocicletas para el plan anual de mantenimiento actual implementado, se espera una estandarización del servicio en la plaza en la que se encuentre las motocicletas. 2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO La Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8 solicitará al Contratista realice este mantenimiento cuando ocurra una falla o avería, sin previa planificación, para lo cual se tomará en consideración las condiciones particulares del servicio a contratarse. CONDICIONES GENERALES Y TÉCNICAS: El mantenimiento que proporcionarán los talleres de la contratista, deberá tener la capacidad adecuada para el trabajo encomendado, para lo cual esta empresa deberá cumplir con los siguientes requerimientos: 1. El taller a contratar deberá contar con el espacio necesario y adecuado para el mantenimiento preventivo y correctivo de las motocicletas y cuadrones de preferencia este espacio deberá ser cubierto y piso nivelado. 2. El contratista brindará el servicio a nivel local en el Cantón Esmeraldas, es decir en el taller más cercana al lugar de operación de las motocicletas, y de ser posible brindará el servicio en los Distritos Policiales de los diferentes Cantones de la Provincia de Esmeraldas. 3. Los trabajos que se realizarán dentro de cada mantenimiento son los detallados en el plan de mantenimiento recomendado por la marca HONDA Y KAWASAKI, además de encontrarse alguna anomalía en la operación de las motocicletas, esta deberá ser notificada de inmediato a la persona encargada del mantenimiento de las motos de la Policía para la respectiva autorización de trabajos adicionales. 4. El contratista deberá contar con los equipos y herramientas de diagnóstico y mantenimiento necesario.

4 5. El contratista a contratar deberá disponer de personal técnico capacitado y calificado suficiente para el cumplimiento de los servicios de mantenimientos de las motocicletas. 6. La sub zona de Policía Esmeraldas No. 8 en razón de contar con las motocicletas en el menor tiempo posible, y con la finalidad de prestar un servicio ágil y oportuno a la ciudadanía el Contratista deberá brindar un servicio de mantenimiento oportuno e inmediato a las motocicletas marca Honda y Kawasaki. 7. El contratista garantiza técnicamente cada trabajo que realice, esta Garantía estará de acuerdo al tipo de trabajo en tiempo y/o kilometraje, según se estipule para cada trabajo convirtiéndose en obligación de su parte el que se cumpla, para el caso de repuestos, la misma será de 6 meses o kilómetros lo que se cumpla primero y en el caso de accesorios dependerá de las circunstancias del deterioro o pérdida del mismo, entiéndase por accesorio para este contrato todo implemento que esté exterior al motor y partes principales de la motocicleta y por su naturaleza son frágiles. 8. El contratista con el personal administrativo debe ofrecer un servicio informativo y atento al cliente, manteniendo al tanto de los pormenores del avance en la reparación de sus motocicletas y toda la información requerida por el administrador del contrato de la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8 del Cantón Esmeraldas. 9. El contratistabrindara el servicio de capacitación básica de cuidado y mantenimiento de las motocicletas y cuadrones tanto al personal policial custodios y al sr. Encargado de las motocicletas y cuadrones, a fin de que las motocicletas y cuadrones sean correctamente utilizados para evitar mal uso y desperfectos mecánicos posteriores de funcionamiento. 10. El contratista deberá proporcionar repuestos los cuales deben ser originales para el caso de los repuestos principales o primordiales, y las piezas remplazadas serán puestas en presencia del custodio o encargado del mantenimiento de las motocicletas y serán entregadas obligatoriamente al encargado del mantenimiento de las motocicletas del SZE para su verificación, con sus respectivas actas. 11. El contratista deberá en el caso de encontrar daños adicionales inherentes al mantenimiento correctivo de las unidades, comunicar al administrador del contrato de la Policía Nacional remitiendo un informe técnico de los daños, en donde solicita autorización para la ejecución de los trabajos planteados con su respectiva cotización, de acuerdo al precio del mercado. 12. El contratista se comprometerá a que en el caso de sufrir desperfectos debido a la mala aplicación de prácticas de mantenimiento que ocasionaren mal funcionamiento de los sistemas que hayan sido intervenidos durante el mantenimiento asumirá los costos de las intervenciones correctivas derivadas. 13. El contratista efectuado cada servicio de mantenimiento deberá entregar la motocicleta lavada Express cuyo costo correrá a cuenta del Contratista. 14. En caso de que la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8, requiera enviar a mantenimiento preventivo o correctivo a motocicletas de otras unidades que por error, pases, adquisiciones y comodatos no se encuentren detallado en estos listados, se acogerá al descuento estipulado en el contrato. 15. La Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8 del Cantón Esmeraldas, se reserva el derecho de verificar en el mercado el valor de los trabajos de terceros, así como de los repuestos de consumo variable (zapatas, amortiguadores, embragues, etc.) a utilizarse en la reparación de las motocicletas marca Honda y cuadrones Kawasaki si fuera el ca solicitará revisión de las proformas presentadas. <- ic^^ O

5 16. Las motocicletas reparadas serán entregadas por el oferente, en los talleres del oferente, la misma que deberá ser recibidas con los respectivos repuestos cambiados, para lo cual se firmará un acta de entrega recepción a conformidad del SZE, sin que esto incurra en un gasto adicional para la Policía. 17. El contratista DEBERÁ CONTAR CON UN STOCK DE REPUESTOS EN BODEGA, suficiente en toda la gama de repuestos, para reducir el tiempo de entrega de las motocicletasque ingresan a los talleres para el mantenimiento preventivo o correctivo y de existir discontinuidad o escases del producto en el mercado, se tomara como prioridad a la contratante y el repuesto que existe en bodega como único será utilizado de manera obligatoria. 18. Que en caso de requerirse trabajos de mano de obra o repuestos, no contemplados en los anexos del presente informe, los precios a tomarse en cuenta para la cancelación de mano de obra y repuestos deberán basarse en las condiciones del mercado actual (a la fecha de ejecución de los trabajos), previo a la emisión de informe del técnico mecánico de la Subzona Esmeraldas No 8 y la autorización del departamento correspondiente del comando(señor administrador del contrato), estos valores serán incluidos en el listado del contrato para futuros mantenimientos. 19. El contratista para la suscripción del Contrato deberá presentar un listado de los tiempos estimados de duración de los trabajos a realizar y solicitados por el contratante, el cual se sujetara a las condiciones particulares de cada vehículo, en consideración de la necesidad de uso de las unidades policiales. 20. El contratista deberá utilizar exclusivamente lubricantes de marca y producción nacional con el grado API y SAE de acuerdo a lo requerido por el fabricante del vehículo, para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las motocicletas y cuadrones objeto de la contratación. 21. El contratista adjudicado se comprometerá a dar un trato preferencial en la prestación de "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO VEHICULAR Y CAMBIO DE REPUESTOS NECESARIOS, PARA LOS VEHICULOS TIPO MOTOCICLETAS MARCA HONDA TORNADO, KAWASAKI Y TERYX PERTENECIENTE AL DISTRITO DE POLICIA ESMERALDAS, ATACAMES, QUININDE Y SAN LORENZO" CONSIDERACIONES LOGISTICAS QUE EL OFERENTE ADJUDICADO DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO: 1. Por ningún concepto se realizará ingreso de las motocicletas a la mecánica contratada sin la respectiva ORDEN DE INGRESO autorizada por el Señor Jefe de Mantenimiento y Logística del SZE, salvo caso fortuito en la que el vehículo tenga que ser remolcado de manera directa desde el lugar del desperfecto hasta la mecánica contratada, para el efecto el responsable del automotor debe coordinar el ingreso con el señor encargado del mantenimiento de las motocicletas del SZE, en un lapso no mayor a 24H Los REPORTES MENSUALES se sujetarán estrictamente a los formularios emitidos por la Oficina de Logística del SZE 3. Todo tipo de repuesto, parte o pieza debe ser devuelta al Sr. Encargado del mantenimiento de motos de nuestra institución, en el momento mismo que se entrega la motocicleta reparada, para el efecto es necesario que sean devueltos en una funda plástica rotulada; debiendo para este efecto elaborarse el acta de entrega-recepción, y ^ verificados por la persona designada de nuestra institución (mecánico y bodeguero).

6 5. En los presupuestos por mantenimiento preventivo se debe registrar la fecha del último mantenimiento realizado. 6. Todo tipo de presupuesto de mantenimiento Preventivo, cambio de aceite y otros menores, en los que se realice cambio de repuestos deben ser verificados y firmados en la Oficina de Mantenimiento y Logística del SZE. 7. En caso de aplicación de Garantía Técnica, aboque conocimiento inmediato al taller a fin de que previo informe técnico se dé solución al daño, bajo en concepto de garantía técnica; 8. Dentro del informe técnico para la aplicación de garantías se determinara que el daño es ocasionado por defectos de repuesto o mano de obra, estos deberán ser cubierto de manera íntegra por el Oferente adjudicado sin costo para la Sub zona de Policía Esmeraldas No. 8, sin perjuicio de la culminación y aclaración de dicho informe, de lo contrario se aplicara la multa del 1x En los presupuestos el Oferente Adjudicado deberá establecer las características de los repuestos (detalle o nombre del repuesto, marca, código, serie) y su respectiva garantía. 10. Los presupuestos efectuados por el oferente deberán ser presentados para la aprobación y registro en función del daño diagnosticado no mayor al tiempo estimado de reparación, en la Oficina de Logística y mantenimiento del SZE. 11. Los reportes por concepto de filtros, lubricantes, repuestos, mano de obra serán firmados por el representante de la empresa contratada. Jefe de Mantenimiento y Logística del SZE y la persona encargada de la revisión de nuestra institución (nombresapellidos completos y función que desempeña). 13. En los reportes de mano de obra se detallaran pormenorizadamente los trabajos realizados y estipular el precio por cada rubro. 14. El contratista deberá considerar que en la elaboración de: facturas, presupuestos, órdenes de trabajo, actas de entrega-recepción deben tener firmas de responsabilidad del personal que interviene en la revisión y aprobación; además de los sellos de las dependencias responsables, en estos documentos se registrará los nombres y apellidos completos, número de cédula y función, que desempeña todo el personal que elaboran la documentación (personal policial y empleados de su empresa). 15. La documentación que respalda el proceso de pago, debe ser previamente verificada, corregida y avalada por parte del personal del OFERENTE ADJUDICADO a fin de evitar contratiempos al momento de realizar el trámite de pago. 16. Las observaciones, omisiones o reclamos del oferente se canalizarán a través de la Oficina de Mantenimiento y Logística (Administrador del Contrato) con conocimiento del señor Jefe de la Sub zona de Policía Esmeraldas No De presentarse inconvenientes de carácter técnico se canalizará y coordinara con personal encargado del mantenimiento de las motos de la Policía Nacional, a fin de adoptar procedimientos que permitan decisiones técnico-prácticas, previo conocimiento del administrador del contrato y Jefe de Mantenimiento y Logística.

7 4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1. Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO El pago de los servicios de mantenimiento preventivo/correctivo, aprovisionamiento de repuestos, insumes, accesorios y partes originales de las motocicletas y cuadrones Honda Tornado 250 y Kawasaki, se cancelará contra entrega del trabajo y presentación de la factura previo a la presentación de las actas de entrega - recepción e informe técnico del cumplimiento de forma mensual. Cláusula Sexta.- GARANTÍAS 6.1 El contratista a la firma del contrato, presentara la garantía técnica de mano de obra y de repuestos. Esta garantía entrará en vigencia a partir de la suscripción del presente contrato y durara SEIS MESES o Km de recorrido (lo que se cumpla primero) Durante el plazo de vigencia de la garantía técnica, si la Entidad Contratante solicitare el cambio de piezas o partes de los servicios objeto del contrato consideradas defectuosas, estas serán reemplazadas por otras nuevas de la misma calidad y condición sin costo adicional alguno para la Institución; y, en caso de que el daño o defecto sea de tal magnitud, que impida que los repuestos funcionen normalmente, estos serán cambiados por otros nuevos, sin que ello signifique costo adicional para la Entidad Contratante, excepto si los daños hubieren sido ocasionados por el mal uso de los mismos por parte del personal de la Institución o por fuerza mayor o caso fortuito. El contratista a la firma del contrato, presentara la garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP. 6.2 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE. Cláusula Séptima.- PLAZO 7.1 El plazo de la contratación de los Servicios de Mantenimiento vehicular y cambio de Repuestos necesarios, para los vehículos tipo motocicletas marca Honda Tornado, Kawasaki y Teryx perteneciente al Distrito de Policía Esmeraldas, Atacames, Quininde y San Lorenzo, tendrá una duración de UN AÑO, excepto si el precio total del contrato se ha terminado antes del año, contados a partir de la firma del contrato. Cláusula Octava.- MULTAS 8.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa de 1 por del valor del contrato. Cláusula Novena.-DEL REAJUSTE DE PRECIOS Para servicios cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios: el contrato se sujetará al sistema de reajuste de precios previsto en los artículos 126, y 140 del Reglamento General de la LOSNCP. ^

8 Cláusula Décima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: 10.1 LA CONTRATANTE designa al señor Sbte. De Policía Rommel Eduardo Guaranguay Vargas, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato, y al señor Cbos. De Policía Cristhian Rodríguez Redroban, como Técnico a fin LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual. Cláusula Undécima.- TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación; b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA; c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada. d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.5 del formulario de la oferta - Presentación y compromiso; e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. f) Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. Cláusula Duodécima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo', entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción,, Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal

9 Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato. Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento y será de conocimiento del Administrador del Contrato. Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Esmeraldas la Contratante y ciudad de Quevedo el Contratista Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: COMANDO DE LA SUBZONA ESMERALDAS ubicado en el Cantón Esmeraldas, Av. Simón Plata Torres y 5 de Agosto, Sector Propicia ITelf ; policiaesmeraldascp [email protected] El CONTRATISTA: Taller de motos EL TURCO ubicado en la ciudad de Quevedo, calle Decima Quinta, No. 100, calle; malecón. Telf; cel ; [email protected]. Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos. Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Dado, en la ciudad de esmeraldas, a 08 días de julio de CONTRATANTE Adib YouS^p Káhil Moran Gerente Propietario 1" Taller de motos "EL TURCO' CONTRATISTA

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