ACTA NO. 163 SESIÓN EXTRAORDINARIA 30 DE OCTUBRE DE 2015

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1 1 ACTA NO. 163 SESIÓN EXTRAORDINARIA 30 DE OCTUBRE DE 2015 El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Buenas tardes señoras y señores, Síndicos y Regidores, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 41 del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, se les ha convocado el día de hoy 30 de octubre de 2015, al término de la Centésimo Sexagésima Segunda Sesión Extraordinaria, a fin de celebrar la Centésimo Sexagésima Tercera Sesión Extraordinaria; por lo que, solicito al ciudadano Secretario del Ayuntamiento pase lista de asistencia, verifique el quórum legal y me asista en la celebración de esta sesión con fundamento en lo que señala el artículo 82 fracción II, incisos a) y b) del Reglamento antes referido. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: Buenas tardes, de acuerdo a las instrucciones del C. Presidente Municipal procedo a pasar lista de asistencia: Presidente Municipal: Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés Presente Síndicos: C. Guillermo Montemayor Cantú Presente C. Juan Juan Castro Lobo Presente Regidores: C. Priscilla Chapa Valdés Presente C. Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez Ausente con aviso C. María Cristina Moreno Gutiérrez Presente C. María Magdalena Galván García Presente C. Miguel Ángel Ávila Martínez Ausente con aviso C. María Loyola Coindreau Farías Presente C. Jorge Emilio Montoya Mederos Presente C. Rodrigo Maldonado de Hoyos Ausente con aviso C. Alberto Santos Boesch Ausente con aviso C. Myrthea de la Peña Adame Presente C. Jorge Salvador González Garza Presente C. Francisco Javier Flores Maldonado Ausente con aviso Existe quórum legal señor Presidente. El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Adelante. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: También está con ustedes el de la voz un servidor Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, Secretario del Republicano Ayuntamiento. Ahora bien, someto a consideración de ustedes el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1. Lista de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura y aprobación del Orden del Día. 3. ASUNTO ÚNICO: Dictamen relativo al expediente administrativo número PE 23472/2013 de la Comisión de Desarrollo Sustentable. 4. Clausura. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: Hay algún comentario? Les solicito si están de acuerdo con el orden del día, favor de manifestarlo de la forma acostumbrada. Presidente Municipal: Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés A favor Síndicos: C. Guillermo Montemayor Cantú A favor C. Juan Juan Castro Lobo A favor Regidores: C. Priscilla Chapa Valdés A favor 1/42

2 2 C. Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez Ausente con aviso C. María Cristina Moreno Gutiérrez A favor C. María Magdalena Galván García A favor C. Miguel Ángel Ávila Martínez Ausente con aviso C. María Loyola Coindreau Farías A favor C. Jorge Emilio Montoya Mederos A favor C. Rodrigo Maldonado de Hoyos Ausente con aviso C. Alberto Santos Boesch Ausente con aviso C. Myrthea de la Peña Adame A favor C. Jorge Salvador González Garza A favor C. Francisco Javier Flores Maldonado Ausente con aviso SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: Continuando con el Orden del Día, pasamos al punto 3, ASUNTO ÚNICO: Dictamen relativo al expediente administrativo número PE 23472/2013 de la Comisión de Desarrollo Sustentable. Para la presentación del dictamen cedo la palabra al Síndico Guillermo Montemayor Cantú, Presidente de la Comisión de Desarrollo Sustentable. Síndico Primero, C. Guillermo Montemayor Cantú. Gracias señor Secretario, antes de proceder se solicita la dispensa de la lectura total del siguiente dictamen por haberse circulado con anterioridad y en caso de ser necesaria la intervención del personal de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, para cualquier duda o aclaración. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: En virtud de la solicitud presentada, se somete a consideración la dispensa de la lectura del dictamen, así como la intervención del personal administrativo. Si están de acuerdo con ello, favor de manifestarlo en la forma acostumbrada. Presidente Municipal: Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés A favor Síndicos: C. Guillermo Montemayor Cantú A favor C. Juan Juan Castro Lobo A favor Regidores: C. Priscilla Chapa Valdés A favor C. Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez Ausente con aviso C. María Cristina Moreno Gutiérrez A favor C. María Magdalena Galván García A favor C. Miguel Ángel Ávila Martínez Ausente con aviso C. María Loyola Coindreau Farías A favor C. Jorge Emilio Montoya Mederos A favor C. Rodrigo Maldonado de Hoyos Ausente con aviso C. Alberto Santos Boesch Ausente con aviso C. Myrthea de la Peña Adame A favor C. Jorge Salvador González Garza A favor C. Francisco Javier Flores Maldonado Ausente con aviso SE APRUEBA POR UNANIMIDAD. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Jesús Horacio González Delgadillo, expresó: Cedo la palabra al Síndico Guillermo Montemayor Cantú, presidente de la Comisión de Desarrollo Sustentable. Síndico Primero, C. Guillermo Montemayor Cantú. Gracias señor Secretario, para la lectura del siguiente dictamen, cedo la palabra a mi compañera regidora María Cristina Moreno. Regidora, C. María Cristina Moreno Gutiérrez. Gracias Guillermo. AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E. A los integrantes de la Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento en fecha veintiuno (21) de Octubre de dos mil quince (2015), nos fue turnada 2/42

3 3 de nueva cuenta la solicitud presentada el día veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013), por los C.C. BERNARDO JAVIER LLAGUNO JIMÉNEZ, HUGO JOSÉ DE JESÚS MARTÍNEZ TREVIÑO y ROSSANA ELIZONDO SEPÚLVEDA, mediante la cual solicitan la AUTORIZACIÓN DE PROYECTO EJECUTIVO Y PARA REALIZAR OPERACIONES DE VENTAS O ENAJENACIÓN DE LOTES PARA UN FRACCIONAMIENTO DE REGIMEN EN CONDOMINIO HORIZONTAL, Y ASIGNACIÓN DE NÚMERO OFICIALES, para el predio ubicado en la Avenida Antiguo Camino a San Agustín No. 999, en este Municipio de San Pedro Garza García Nuevo León, mismo que cuenta con una superficie total de 157, metros cuadrados, identificado con el número de expediente catastral , solicitud que fue presentada ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, quién integró el expediente administrativo número PE 23472/2013, y vistos los planos, dictámenes, disposiciones técnicas, urbanísticas y demás constancias que obran dentro del expediente, se presenta ante esa H. Autoridad el siguiente Dictamen bajo los siguientes antecedentes y consideraciones de orden legal. ANTECEDENTES PRIMERO. La parte promovente presentó solicitud referente a la AUTORIZACIÓN DE PROYECTO EJECUTIVO Y PARA REALIZAR OPERACIONES DE VENTAS O ENAJENACIÓN DE LOTES PARA UN FRACCIONAMIENTO DE REGIMEN EN CONDOMINIO HORIZONTAL, para el predio ubicado en el Antiguo Camino a San Agustín No.999, en este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, mismo que cuenta con una superficie total de 157, metros cuadrados, identificado con el número de expediente catastral , solicitud que fue presentada ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, misma que integró el expediente administrativo número PE 23472/2013. SEGUNDO. La Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León vigente, en su artículo sexto transitorio establece que las factibilidades expedidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, continuaran el proceso de autorización de las etapas subsecuentes hasta los actos definitivos, conforme a las disposiciones, ordenamientos, procedimientos y documentación requerida, según lo previsto en la Ley objeto de su autorización. Los solicitantes cumplen con los requisitos señalados en los artículos 228 y 230 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado para la Autorización del Proyecto Ejecutivo y artículos 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, para lo cual en cumplimiento a los requisitos establecidos en dichos ordenamientos, en especial la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, aplicable al presente caso, anexan la siguiente documentación: 1. Solicitud correspondiente en formato y escrito abierto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción I, y 230 fracción I de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 2. Copia simple de la siguiente documentación: Escritura pública 28,921-veintiocho mil novecientos veintiuno, de fecha 10-diez de mayo del 2002-dos mil dos, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Garza Calderón, titular de la notaria numero 75-setenta y cinco, con ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al contrato de compra venta de inmueble, celebrada por los señores Luis Segura Lecea, Gertrudis Glasche de Segura, Luis Gabriel Segura Glasche, Martha Patricia Segura Glasche, Ana Gertrudis Segura Glasche y Erika María Segura Glasche, todos como la parte vendedora, y por la parte compradora la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza y la sociedad denominada PROMOCION INMOBILIARIA DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su apoderado, el señor Hugo José de Jesús Martínez Treviño, referente a un lote de terreno ubicado en el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo Leon, con una superficie de metros cuadrados y expediente catastral ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 1183, Volumen 186, Libro 24, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 23 de agosto de Escritura pública 38,350-treinta y ocho mil trescientos cincuenta, de fecha 27- veintisiete de diciembre del 2007-dos mil siete, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Garza Calderón, titular de la notaria numero 75-setenta y cinco, con 3/42

4 4 ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al convenio de dación en pago, celebrada por una parte por la sociedad denominada PROMOCION INMOBILIARIA DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su apoderada, la señora Rossana Elizondo Sepúlveda, denominada como el enajénate, y por la otra parte adquiriente el señor Hugo José de Jesús Martínez Treviño, compareciendo además la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza, declara el enajenante que su representada es dueña del %-cincuenta y tres punto sesenta por ciento del lote de terreno ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo Leon, con una superficie total de 157, metros cuadrados y expediente catastral numero ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 978, Volumen 104, Libro 40, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 30 de mayo de Escritura pública 5,758-cinco mil setecientos cincuenta y ocho, de fecha 12-doce de noviembre de 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Licenciado José Martínez González, titular de la notaria numero 29-veintinueve, con ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al contrato de compra venta de bien inmueble, en donde comparece como la parte vendedora la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza; y el ingeniero Bernardo Javier Llaguno Jiménez como la parte compradora, así mismo comparecen los señores Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda, declara la parte vendedora que es dueña en co-propiedad con los señores Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda, correspondiéndole el 46.40%-cuarenta y seis punto cuarenta por ciento del 100%-cien por ciento del lote de terreno rustico ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, N.L. con una superficie total de 157, metros cuadrados y con expediente catastral número ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 13, Volumen 113, Libro 1, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 5 de enero de Acta aclaratoria de medidas de fecha 14-cartorce de agosto del año 2015-dos mil quince, en la cual el C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez menciona un error en el cuerpo del documento donde se citó la descripción del inmueble con una superficie total de 157, metros cuadrados, debiendo ser lo correcto con una superficie de 157, metros cuadrados; dicho escrito fue ratificado ante la fe del titular de la Notaría Pública número 29-veintinueve, Licenciado José Martínez González, lo cual consta en el acta fuera de protocolo número 79,731-setenta y nueve mil setecientos treinta y uno de fecha 14-catorce de agosto del 2015-dos mil quince, inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo Leon bajo el número 1051, Volumen 72, Libro 22, Sección Auxiliares, Unidad Garza García en fecha 17- diecisiete de agosto de Lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 230, fracción III de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 3. Carta Poder de fecha 18-dieciocho de marzo del año 2011-dos mil once, en la cual los C.C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, Hugo José de Jesús Martínez Treviño y la Sra. Rossana Elizondo Sepúlveda, otorgaron un poder especial a favor de los C.C Claudia Marcela Huacuja Mota, Enrique Eduardo Ibarra Chapa, Oscar Pablo Quintero Urrutia y Sergio Daniel Cazares Zúñiga; carta poder ratificada ante la fe del titular de la Notaría Pública número 29-veintinueve, Licenciado José Martínez González, lo cual consta en el acta fuera de protocolo número 36,928-treinta y seis mil novecientos veintiocho de fecha 25-veinticinco de marzo del 2011-dos mil once, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción XIV, de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 217, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 4. Certificado de Libertad de Gravamen del predio citado, expedido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, Dirección de Registro Público Primer Distrito, de fecha 24-veinticuatro de mayo del año 2013-dos mil trece, en los que se hace constar que la propiedad identificada como lote de terreno rustico ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, N.L., con una superficie total de 157, metros cuadrados, inscrita a favor del C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, no registra en su margen constancia alguna de que se encuentra gravada con hipoteca, embargo, fianza, fideicomiso, ni de algún otro modo; cumplimento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VII y 230 fracción IV de la Ley de 4/42

5 5 Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y el artículo 217, fracción IX-novena del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 5. Copia del recibo de pago de Impuesto Predial del año 2013, del lote identificado con el número de expediente catastral , emitido por la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal de San Pedro Garza García Nuevo León, al corriente en el pago de las contribuciones, con el número de folio A177003; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción V y XII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 216, fracción I-primera y 217, fracción I-primera y V-quinta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León seis copias del Plano del proyecto ejecutivo y 6-seis copias del plano de ventas con su archivo electrónico en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228 fracción XV-décima quinta de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los artículos 216- fracción II-segunda y 217, fracción II-segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 7. Identificación oficial de los propietarios y apoderado en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción XIII y 217 fracción VI del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 8. Copia simple del acuerdo de Factibilidad, Lineamientos Generales, Proyecto Urbanístico Y Rasantes, según antecedente número 1 y 2 del apartado II-segundo de los antecedentes del presente documento, con lo que se cumple con el artículo 228, fracción II, III y VIII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 9. Fotografías del predio en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción IV de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 10. Valor Catastral del lote identificado con el número de expediente catastral , emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VI de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León dos copias de los proyectos de ingeniería urbana de agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, energía eléctrica, alumbrado público, nomenclatura, y señalamiento vial, autorizados por las dependencias públicas correspondientes; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción IX de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 216, fracciones III, IV, V y VII del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 12. Convenios de aportación de obra y constancias de pago por incorporación celebrados con las dependencias de Agua y Drenaje de Monterrey y Comisión Federal de Electricidad; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción X y 230, fracción VII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 216, fracción IX del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 13. Mecánica de Suelos para el Diseño de Pavimentos elaborado por la empresa PROESA. Proyectos y estudios ambientales S. A. de C. V., siendo el responsable del mismo el ingeniero David Gallegos Castro con cedula profesional numero , de fecha 30-treinta de mayo del año 2013-dos mil trece, así como dos copias de los planos del proyecto de pavimentos, cordones y banquetas; lo anterior en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción XI de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 216, fracción VI del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 5/42

6 6 14. Presupuesto y programa de las obras de urbanización a ejecutar en el predio firmando como responsable del mismo la C. Arq. Claudia Marcela Huacuja en su carácter de apoderado legal, así como de director responsable de obra, por la cantidad de $21,191, (VEINTIUN MILLONES, CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 72/100 M.N.); Lo anterior, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 228 fracción XIII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 217, fracción IV del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. 15. Póliza de fianza para garantizar la terminación de las obras de urbanización del fraccionamiento en cuestión, emitida por Afianzadora Insurgentes, S. A. de C. V. mediante la póliza número , de fecha 18-dieciocho de agosto del 2014-dos mil catorce, recibida en la Secretaría de Desarrollo Sustentable el día 15 de septiembre del año 2014-dos mil catorce, lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 230 fracción V-quinta de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. 16. Programa de aplicación de las medidas de seguridad y mitigación para evitar afectaciones a terceros durante el proceso de la obra y para la restauración del sitio, incluyendo reporte de la zona de campamento, tipo de maquinaria a utilizar, personal y horario de trabajo, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216 fracciones X, XI y XII del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. Asimismo el predio objeto de la solicitud, cuenta con los siguientes antecedentes: La parte solicitante en cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 252 y 254, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, anexó la siguiente documentación: 1.- Factibilidad y Lineamientos Urbanísticos, para el desarrollo de un régimen de propiedad en condominio horizontal para 23-veintitrés viviendas en el predio ubicado al norte de Antiguo Camino a San Agustín y Sierra Anáhuac de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, según consta en el oficio número GARP/FDU/015/2002 de fecha 8 de ABRIL de 2002, aprobado por la entonces Secretaría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio de San Pedro Garza García, N.L., bajo el Expediente número FL Autorización de Proyecto Urbanístico y Rasantes, según consta en el oficio número AMDG/JSECU/393/2010, de fecha 19-diecinueve de marzo de 2010, aprobado por la entonces Secretaría de Control Urbano, bajo el Expediente número PU-10254/2004, quedando el proyecto registrado con el siguiente cuadro de áreas: Cuadro de áreas Superficie Área total 157, metros cuadrados Área de afectación metros cuadrados Área neta a desarrollar 156, metros cuadrados Área municipal 19, metros cuadrados Área vial común 11, metros cuadrados Área derecho de paso metros cuadrados Área total en condominio 136, metros cuadrados Área privativa 117, metros cuadrados Área de preservación natural (común) 8, metros cuadrados Número de lotes 20 TERCERO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable, con fundamento en los artículos 228 y 230 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado, así como lo previsto en los artículos 216, 217 y demás relativos del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, emitió un dictamen técnico, mismo que será transcrito íntegramente en ulteriores líneas en el presente instrumento. CUARTO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable en observancia al numeral 148 fracción IV del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, turnó al Consejo Consultivo Ciudadano la documentación que integra el expediente en estudio a fin de que emitiera su opinión, en fecha primero (1º) de 6/42

7 7 Julio de dos mil quince (2015), siendo el sentido de la misma A FAVOR de aprobar lo solicitado. QUINTO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable, en fecha seis (6) de agosto de dos mil quince (2015), turnó a esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento el expediente formado con motivo de la solicitud de la parte promovente, a fin de que emitiera dictamen y quedar en posibilidad de presentarlo a la consideración del pleno del Republicano Ayuntamiento. SEXTO. La Comisión de Desarrollo Sustentable elaboró el dictamen correspondiente en relación a lo solicitado por la parte promovente, mismo que fuera aprobado por el Pleno del Republicano Ayuntamiento POR MAYORÍA, con once (11) votos a favor y un (1) voto en abstención, en el punto Siete del Orden del día, informe de comisiones, de la Segunda Sesión Ordinaria del mes de Septiembre, celebrada en fecha ocho (8) de septiembre de año dos mil quince (2015). SEPTIMO. En ese orden de ideas, mediante oficio CAPT/DCU-200/2015, el Director de Control Urbano de la Secretaría de Desarrollo Sustentable informa al Presidente de la suscrita Comisión de Desarrollo Sustentable que dentro del Dictamen Técnico de esa Secretaría, así como en el Dictamen de esta Comisión de Desarrollo Sustentable se señaló, por un error, que el número de expediente administrativo era el número PE-23742/2013, siendo que el número de expediente administrativo correcto es el PE-23472/2013. Asimismo, en el referido oficio acordó enviar de nueva cuenta el expediente administrativo número PE 23472/2013, a fin de que se tomaran las medidas correspondientes a efecto de emitir un acuerdo en el que se aclare dicho error y someterlo al Pleno del Republicano Ayuntamiento. Ahora bien, de un estudio realizado por la suscrita Comisión de Desarrollo Sustentable a las constancias que integran el expediente administrativo PE 23472/2013, específicamente analizando el Control de Ingreso de Trámite en SEDUE, se advierte que tal y como lo refiere la el Director de Control Urbano de la Secretaría de Desarrollo Sustentable en su oficio CAPT/DCU-200/2015, el número de expediente administrativo correcto es el PE /2013; de ahí la obligación de las autoridades competentes de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, de hacer la corrección correspondiente y someterlo a consideración del Republicano Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto por el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. OCTAVO. En virtud de lo anterior, la Comisión de Desarrollo Sustentable elaboró un nuevo dictamen en relación a lo solicitado, respecto de la aclaración de dicho error, el cual fue sometido y aprobado el Pleno del Republicano Ayuntamiento POR UNANIMIDAD, con trece (13) votos a favor, en el punto Siete del Orden del día, informe de comisiones, de la Tercera Sesión Ordinaria del mes de Septiembre, celebrada en fecha veintidós (22) de septiembre de año dos mil quince (2015). NOVENO. En ese orden de ideas, mediante oficio CATP/DCU-278/2015, el Director de Control Urbano de la Secretaría de Desarrollo Sustentable informa al Presidente de la suscrita Comisión de Desarrollo Sustentable que dentro del Dictamen Técnico de esa Secretaría, así como en el Dictamen de esta Comisión de Desarrollo Sustentable se señalaron diversos errores los cuales ya fueron subsanados en el Dictamen Técnico de la referida Secretaría de Desarrollo Sustentable. Asimismo, en el referido oficio acordó enviar de nueva cuenta el expediente administrativo número PE 23472/2013, así como un nuevo Dictamen Técnico ya con las correcciones aplicadas, a fin de que se tomaran las medidas correspondientes a efecto de emitir un acuerdo en el que se aclare dicho error y someterlo al Pleno del Republicano Ayuntamiento. Ahora bien, de un estudio realizado por la suscrita Comisión de Desarrollo Sustentable a las constancias que integran el expediente administrativo PE 23472/2013, específicamente analizando el dictamen técnico de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, se advierte que tal y como lo refiere el Director de Control Urbano de la Secretaría de Desarrollo Sustentable en su oficio CATP/DCU-278/2015, existen diversos errores en dicho dictamen técnico así como en el dictamen de la suscrita Comisión de Desarrollo Sustentable, de ahí la obligación de las autoridades competentes de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, de hacer las correcciones correspondientes y someterlo a consideración del Republicano Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto por el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. DECIMO. Por lo anterior, surge la obligación y responsabilidad de las autoridades de este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, de realizar las acciones 7/42

8 8 correspondientes, para efectos de seguridad legal y certeza jurídica tanto del particular, como del orden público y el bien colectivo, ya que el presente dictamen se está realizando para que el particular y la ciudadanía en general tengan la certeza de que, lo solicitado es realmente lo que se analizó en cuanto al proyecto presentado; por lo cual, se dictamina en sentido POSITIVO dejar SIN EFECTOS tanto el dictamen aprobado el Pleno del Republicano Ayuntamiento POR UNANIMIDAD, con trece (13) votos a favor, en el punto Siete del Orden del día, informe de comisiones, de la Tercera Sesión Ordinaria del mes de Septiembre, celebrada en fecha veintidós (22) de septiembre de año dos mil quince (2015), así como el dictamen aprobado por el Pleno del Republicano Ayuntamiento POR MAYORÍA, con once (11) votos a favor y un (1) voto en abstención, en el punto Siete del Orden del día, informe de comisiones, de la Segunda Sesión Ordinaria del mes de Septiembre, celebrada en fecha ocho (8) de septiembre de año dos mil quince (2015) y en consecuencia a lo anterior proceder al análisis del nuevo Dictamen Técnico de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, el cual ya cuenta con las correcciones correspondientes, en ese orden realizar el dictamen correspondiente y someterlo a consideración del Republicano Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto por los artículos 8 de la Constitución Política Federal y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. DÉCIMO PRIMERO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable, en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil quince (2015), turnó de nueva cuenta a esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento el expediente formado con motivo de la solicitud de la parte promovente, así como el nuevo dictamen técnico ya con correcciones aplicadas a fin de que emitiera dictamen y quedar en posibilidad de presentarlo a la consideración del pleno del Republicano Ayuntamiento. Por lo que, visto las constancias que obran en el expediente de referencia se tienen de orden legal, las siguientes: CONSIDERACIONES PRIMERA. La Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, es competente para conocer, estudiar, solventar y proponer al Republicano Ayuntamiento el Dictamen correspondiente, de conformidad con lo señalado en los artículos 26, 27, 28 fracción XI, 29 fracción XI incisos a), e) y j), 31 al 35, 83 fracción II y del 85 al 87, del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León y los artículos 138, fracción XIII, 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. SEGUNDA. El Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, es la única autoridad competente para resolver el dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable, referente a la solicitud presentada de conformidad con los artículos 124, 150, 151, 218, 228, 229, 230, 231, 232, 235, 239, 240, 241, 242, 245, 254, 256 y demás relativos y aplicables de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en relación con los artículos 135, segundo párrafo, y 209 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. TERCERA. Esta Comisión de Desarrollo Sustentable advierte que con las documentales relacionadas en el antecedente Segundo del presente Dictamen se cumple con lo dispuesto por los artículos artículo 230, fracción III de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículos 216y 217, fracción VII-séptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León; quedando debidamente acreditada la propiedad y el interés jurídico que le asiste a la parte promovente únicamente para impulsar el presente trámite administrativo. CUARTA. En el presente caso, se tiene que la Secretaría de Desarrollo Sustentable, con fundamento en lo previsto en los artículos 124, 150, 151, 218, 228, 229, 230, 231, 232, 235, 239, 240, 241, 242, 245, 254, 256 y demás relativos y aplicables de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en relación con los artículos 135, segundo párrafo, y 209 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, emitió el siguiente dictamen técnico (ya con correcciones aplicadas) en relación a la solicitud que nos ocupa: I.- DATOS GENERALES: DICTAMEN TÉCNICO 8/42

9 9 SOLICITUD: AUTORIZACIÓN DE PROYECTO EJECUTIVO Y PARA REALIZAR OPERACIONES DE VENTAS O ENAJENACIÓN DE LOTES PARA UN FRACCIONAMIENTO DE REGIMEN EN CONDOMINIO HORIZONTAL, Y ASIGNACIÓN DE NÚMERO OFICIALES Fecha de Ingreso del Expediente: 27 de febrero del 2013 Número Expediente Administrativo: PE-23472/2013 Número Expediente Catastral: Propietarios: C.C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda. Apoderado Legal: C. Arq. Claudia Marcela Huajuca Mota. Superficie total del predio: 157, metros cuadrados Ubicación: Antiguo Camino a San Agustín No.999, en este Municipio de San Pedro Garza García Nuevo León II.- ANTECEDENTES DEL PREDIO 1.- Factibilidad y Lineamientos Urbanísticos, para el desarrollo de un régimen de propiedad en condominio horizontal para 23-veintitres viviendas en el predio ubicado al norte de Antiguo Camino a San Agustín y Sierra Anáhuac de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo Leon, según consta en el oficio número GARP/FDU/015/2002 de fecha 8 de ABRIL de 2002, aprobado por la Secretaría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio de San Pedro Garza García, N.L., bajo el Expediente número FL Autorización de Proyecto Urbanístico y Rasantes, según consta en el oficio número AMDG/JSECU/393/2010, de fecha 19-diecinueve de marzo de 2010, aprobado por la Secretaría de Control Urbano, bajo el Expediente número PU-10254, quedando el proyecto registrado con el siguiente cuadro de áreas: Cuadro de áreas Superficie Área total 157, metros cuadrados Área de afectación metros cuadrados Área neta a desarrollar 156, metros cuadrados Área municipal 19, metros cuadrados Área vial común 11, metros cuadrados Área derecho de paso metros cuadrados Área total en condominio 136, metros cuadrados Área privativa 117, metros cuadrados Área de preservación natural (común) 8, metros cuadrados Número de lotes 20 III.- DOCUMENTACIÓN PRESENTADA Que la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León vigente, en su artículo sexto transitorio establece que las factibilidades expedidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley, continuaran el proceso de autorización de las etapas subsecuentes hasta los actos definitivos, conforme a las disposiciones, ordenamientos, procedimientos y documentación requerida, según lo previsto en la Ley objeto de su autorización. Los solicitantes cumplen con los requisitos señalados en el artículo 228 y 230 de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado para la Autorización del Proyecto Ejecutivo; y artículo 216 y 217 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, para lo cual en cumplimiento a los requisitos establecidos en dichos ordenamientos, en especial la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, anexan la siguiente documentación: a).- Solicitud correspondiente en formato y escrito abierto, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción I, y 230 fracción I-primera de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. b).- Presenta copia de la siguiente documentación: Escritura pública 28,921-veintiocho mil novecientos veintiuno, de fecha 10-diez de mayo del 2002-dos mil dos, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Garza Calderón, titular de la notaria numero 75- setenta y cinco, con ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al contrato de compra venta de inmueble, celebrada por los señores Luis Segura Lecea, Gertrudis Glasche de Segura, Luis Gabriel Segura Glasche, Martha Patricia Segura Glasche, Ana Gertrudis Segura Glasche y Erika María Segura Glasche, todos como la parte vendedora, y por la parte compradora la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza y la sociedad denominada PROMOCION INMOBILIARIA DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su apoderado, el señor Hugo José de Jesús Martínez Treviño, referente a un lote de terreno ubicado en el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, con una superficie de 157, metros cuadrados y expediente catastral ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 1183, Volumen 186, Libro 24, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 23 de agosto de /42

10 10 Escritura pública 38,350-treinta y ocho mil trescientos cincuenta, de fecha 27-veintisiete de diciembre del 2007-dos mil siete, pasada ante la fe del Licenciado Francisco Garza Calderón, titular de la Notaria numero 75-setenta y cinco, con ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al convenio de dación en pago, celebrada por una parte por la sociedad denominada PROMOCION INMOBILIARIA DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por su apoderada, la señora Rossana Elizondo Sepúlveda, denominada como el enajénante, y por la otra parte adquiriente el señor Hugo José de Jesús Martínez Treviño, compareciendo además la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza, declara el enajenante que su representada es dueña del %-cincuenta y tres punto sesenta por ciento del lote de terreno ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo Leon, con una superficie total de 157, metros cuadrados y expediente catastral numero ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 978, Volumen 104, Libro 40, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 30 de mayo de Escritura pública 5,758-cinco mil setecientos cincuenta y ocho, de fecha 12-doce de noviembre de dos mil diez, pasada ante la fe del Licenciado José Martínez González, titular de la notaria numero 29- veintinueve, con ejercicio en el primer distrito registral en el Estado, referente al contrato de compra venta de bien inmueble, en donde comparece como la parte vendedora la señora Zaira María Gutiérrez Muguerza; y el ingeniero Bernardo Javier Llaguno Jiménez como la parte Compradora, así mismo comparecen los señores Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda, declara la parte vendedora que es dueña en co-propiedad con los señores Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda, correspondiéndole el 46.40%-cuarenta y seis punto cuarenta por ciento del 100%-cien por ciento del lote de terreno rustico ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, N.L. con una superficie total de 157, metros cuadrados y con expediente catastral numero ; inscrita en el registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 13, Volumen 113, Libro 1, Sección Propiedad, Unidad Garza García en fecha 5 de enero de Escrito del Acta Aclaratoria de medidas de fecha 14-catorce de agosto del año 2015-dos mil quince, en la cual el C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez menciona un error en el cuerpo del documento donde se cito la descripción del inmueble con una superficie total de 157, metros cuadrados, debiendo ser lo correcto con una superficie de metros cuadrados; dicho escrito fue ratificado ante la fe del titular de la Notaría Pública número 29-veintinueve, Licenciado José Martínez González, lo cual consta en el acta fuera de protocolo número 79,731-setenta y nueve mil setecientos treinta y uno de fecha 14-catorce de agosto del 2015-dos mil quince, inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo Leon bajo el número 1051, Volumen 72, Libro 22, Sección Auxiliares, Unidad Garza García en fecha 17-diecisiete de agosto de Lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 230, fracción III de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 217, fracción VIIséptima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. c).- Presenta Carta Poder de fecha 18-dieciocho de marzo del año 2011-dos mil once, en la cual los C.C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, Hugo José de Jesús Martínez Treviño y la Sra. Rossana Elizondo Sepúlveda, otorgaron un poder especial a favor de los C.C Claudia Marcela Huacuja Mota, Enrique Eduardo Ibarra Chapa, Oscar Pablo Quintero Urrutia y Sergio Daniel Cazares Zúñiga; carta poder ratificada ante la fe del titular de la Notaría Pública número 29-veintinueve, Licenciado José Martínez González, lo cual consta en el acta fuera de protocolo número 36,928-treinta y seis mil novecientos veintiocho de fecha 25-veinticinco de marzo del 2011-dos mil once, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción XIV, de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 217, fracción X-décima del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. d).- Los solicitantes anexan el Certificado de Libertad de Gravamen del predio citado, expedido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, Dirección de Registro Público Primer Distrito, de fecha 24- veinticuatro de mayo del año 2013-dos mil trece, en los que se hace constar que la propiedad identificada como lote de terreno rustico ubicado en el Municipio de San Pedro Garza García, N.L., con una superficie total de 157, metros cuadrados, inscrita a favor del C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, no registra en su margen constancia alguna de que se encuentra gravada con hipoteca, embargo, fianza, fideicomiso, ni de algún otro modo; cumplimento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VII y 230 fracción IV de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y el artículo 217, fracción IXnovena del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. e).-el solicitante presenta copia del recibo de pago de Impuesto Predial del año 2013, del lote identificado con el número de expediente catastral , emitido por la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal de San Pedro Garza García Nuevo León, al corriente en el pago de las contribuciones, con el número de folio A177003; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción V y XII, y 230 fracción VIII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 216, fracción I-primera y 217, fracción I-primera y V-quinta del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. f).- Además, presentó las 6-seis copias del Plano del proyecto ejecutivo y 6-seis copias del plano de ventas con su archivo electrónico en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228 fracción XV-décima quinta de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y los 10/42

11 11 artículos 216-fracción II-segunda y 217, fracción II-segunda del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. g).- Se anexa identificación oficial de los propietarios y apoderado en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216, fracción XIII y 217 fracción VI del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. h).- Presentó copia simple del acuerdo de Factibilidad, Lineamientos Generales, Proyecto Urbanístico Y Rasantes, según antecedente número 1 y 2 del apartado II-segundo de los antecedentes del presente documento, con lo que se cumple con el artículo 228, fracción II, III y VIII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. i).- Anexa fotografías del predio en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción IV de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. j).- Presenta Valor Catastral del lote identificado con el número de expediente catastral , emitido por la Dirección de Catastro del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 228, fracción VI de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. k).- El solicitante presenta copia de los proyectos de ingeniería urbana de agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, energía eléctrica, alumbrado público, nomenclatura, y señalamiento vial, autorizados por las dependencias públicas correspondientes; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción IX de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, y artículo 216, fracciones III, IV, V y VII del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. l).- Se anexan los convenios de aportación de obra y constancias de pago por incorporación celebrados con las dependencias de Agua y Drenaje de Monterrey y Comisión Federal de Electricidad; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción X y 230, fracción VII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 216, fracción IX del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. m).- El Solicitante anexa Mécanica de Suelos para el Diseño de Pavimentos elaborado por la empresa PROESA. Proyectos y estudios ambientales S. A. de C. V., siendo el responsable del mismo el ingeniero David Gallegos Castro, con cédula profesional número , de fecha 30-treinta de mayo del año 2013-dos mil trece, así como dos copias de los planos del proyecto de pavimentos, cordones y banquetas; lo anterior, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 228 fracción XI de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 216, fracción VI del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. n).- Los solicitantes presentaron el presupuesto y programa de las obras de urbanización a ejecutar en el predio firmando como responsable del mismo la C. Arq. Claudia Marcela Huacuja en su carácter de apoderado legal, así como de director responsable de obra, por la cantidad de $21,191, (VEINTIUN MILLONES, CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 72/100 M.N.); lo anterior, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 228 fracción XIII de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículo 217, fracción IV del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. o).- Los solicitantes presentan póliza de fianza para garantizar la terminación de las obras de urbanización del fraccionamiento en cuestión, emitida por Afianzadora Insurgentes, S. A. de C. V. mediante la póliza número , de fecha 18-dieciocho de agosto del 2014-dos mil catorce, recibida en esta Secretaría el día 15 de septiembre del año 2014-dos mil catorce, lo anterior en cumplimiento a lo señalado en el artículo 230 fracción V- quinta de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León. p).- Los solicitantes presentan programa de aplicación de las medidas de seguridad y mitigación para evitar afectaciones a terceros durante el proceso de la obra y para la restauración del sitio, incluyendo reporte de la zona de campamento, tipo de maquinaria a utilizar, personal y horario de trabajo, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 216 fracciones X, XI y XII del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León. IV.- INSPECCIÓN FÍSICA El predio se localiza en las faldas de la Sierra Madre Oriental, con acceso al sur de Antiguo Camino a San Agustín, colinda al norte con la colonia Las Calzadas, al sur y oriente con la ladera de la Sierra Madre Oriental, al poniente la zona antigua hacienda San Agustín. Conforme la inspección física efectuada al predio en fecha 14-catorce de Noviembre del 2014-dos mil catorce, es de forma irregular, se encuentra delimitado por barda perimetral en su colindancia norte, en donde se localizan el acceso al predio delimitado por reja metálica, la pendiente promedio del terreno es menor al 45%, el predio se 11/42

12 12 encuentra parcialmente alterado por introducción de líneas de agua potable, en este caso existen redes de servicios públicos instalados en el predio, la arborización es de tipo nativa de la región, y vegetación de galería localizada en el área de escurrimientos, con árboles de altura promedio de 7.00 metros; se localizaron escurrimientos que cruzan al predio con trayectoria sur-norte. Los solicitantes estiman conveniente integrar los trámites en una instancia, tal y como lo señala el artículo 240, fracción II de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León aplicable al proyecto, además, conforme al artículo 241, fracción V, de la Ley antes citada, el proyecto propuesto tendrá como propósito establecer el plano y acuerdo correspondiente conteniendo la distribución de calles, lotes y áreas municipales conforme a las determinaciones, así como las especificaciones generales de cada tipo de servicio público, y el programa de obras y demás que se señalan a continuación: V.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 241, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EL FRACCIONAMIENTO DE TIPO HABITACIONAL UNIFAMILIAR DE URBANIZACIÓN INMEDIATA DEBE CONTENER LO SIGUIENTE: 1.- ZONIFICACIÓN: USO DE SUELO Y DENSIDAD: De acuerdo al Plano E-2, de Zonificación Secundaria, Usos y Destinos del Suelo Propuestos, contenido en el Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, 2024, Actualización 2010, el predio con expediente catastral , se localiza en tres zonas: la mayor parte en la zona denominada como área urbanizable de uso habitacional unifamiliar A (preservación ecológica campestre), en la que se permite una densidad de 1-una vivienda por hectárea, siendo el lote mínimo de 6,000-seis mil metros cuadrados, zona H-17 uso habitacional unifamiliar en área urbana con superficie mínima de lote de 4,000-cuatro mil metros cuadrados y zona H-16 uso habitacional unifamiliar en área urbana con superficie mínima de lote de 2,000-dos mil metros cuadrados, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, fracción I, letra a) y 38 apartado I, Densidad Tipo A: hasta 1 vivienda por hectárea, artículo 39 apartados XVI-decimo sexto y XVII-decimo séptimo del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García Nuevo León. LOTE SUPERFICIE TOTAL METROS CUADRADOS PRESERVACION ECOLOGICA CAMPESTRE L=6,000 METROS CUADRADOS MINIMOS H-17 HABITACIONAL UNIFAMILIAR L=4,000 METROS CUADRADOS MINIMOS H-16 HABITACIONAL UNIFAMILIAR L=4,000 METROS CUADRADOS MINIMOS TOTAL UNIDADES , % (125, ) 18% (28,213.17) 2% (3,134.80) No. DE VIVIENDAS = = = 1 29 TOTAL DE VIVIENDAS (DENSIDAD MAXIMA) =.. 29 VIVIENDAS TOTAL DE VIVIENDAS PROPUESTAS = 20 VIVIENDAS El proyecto presentado por los C.C. Bernardo Javier Llaguno Jiménez, Hugo José de Jesús Martínez Treviño y Rossana Elizondo Sepúlveda, presenta las 20-veinte unidades privativas con diferentes superficies cada una, por 12/42

13 13 lo que cumple el proyecto con la densidad señalada. Con base al análisis de las densidades habitacionales, no se autorizará la subdivisión de lotes a fin de que se mantengan el equilibrio de la densidad habitacional y de población prevista, la zonificación aprobada de la zona y la infraestructura del área. 2.- LA DIMENSIÓN Y LA SUPERFICIE DE LOS LOTES, El proyecto ejecutivo presentado para su autorización comprende 20-veinte lotes para desarrollar el fraccionamiento Habitacional Unifamiliar sujeto al Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal denominado Las Cascadas con superficie promedio de 6, metros cuadrados por unidad privativa, cumpliendo el proyecto con la densidad autorizada, según la propuesta de Proyecto Ejecutivo con el uso de suelo y la densidad señalada en el párrafo primero del apartado1- ZONIFICACIÓN del presente dictamen. El frente de los lotes que señala el proyecto presentado por el solicitante cumple con lo establecido en el artículo 150, fracción I de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado aplicable. Los propietarios de los futuros lotes que componen el proyecto ejecutivo propuesto, en su momento, deberán respetar los lineamientos de construcción relativos al área libre destinada a jardín, remetimientos: frontal, laterales y posterior, alturas de las edificaciones y bardas y cajones de estacionamiento y demás que al efecto establezcan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes al momento de solicitar la licencia de construcción, para las edificaciones y cualquier otra obra a realizarse en los lotes. Dichas disposiciones deberán transcribirse en las respectivas escrituras públicas mediante las cuales se formalice el traslado de dominio o posesión de los lotes del desarrollo citado. La dimensión y la superficie de los lotes propuestos del sector, se expresan gráficamente en los planos que se presentan para su autorización, lo cual, para todo efecto legal, se tienen por transcritas en el presente documento, quedando los veinte lotes con la misma superficie cada uno en la forma siguiente: LOTE AREA PRIVADA % INDIVISO AREA INDIVISO TOTAL M1 5, , M2 M2 5, , M2 M3 5, , M2 M4 5, , M2 M5 5, , M2 M6 5, , M2 M7 5, , M2 M8 5, , , M2 M9 17, , , M2 M10 5, , M2 B1 5, , M2 B2 5, , M2 13/42

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