(2001/C 180 E/07) COM(2000) 798 final/2 2001/0048(COD) (Presentada por la Comisión el 14 de febrero de 2001)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "(2001/C 180 E/07) COM(2000) 798 final/2 2001/0048(COD) (Presentada por la Comisión el 14 de febrero de 2001)"

Transcripción

1 C 180 E/94 Diario Oficial de las Comunidades Europeas Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas del transporte ferroviario (2001/C 180 E/07) (Texto pertinente a efectos del EEE) COM(2000) 798 final/2 2001/0048(COD) (Presentada por la Comisión el 14 de febrero de 2001) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 285, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del ComitØ Económico y Social, Visto el dictamen del ComitØ de las Regiones, De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado, Considerando lo siguiente: (1) Los ferrocarriles constituyen una parte importante de las redes de transporte comunitarias. (2) La Comisión precisa de estadísticas sobre el transporte ferroviario de mercancías y pasajeros para poder supervisar y desarrollar la política comœn de transportes, así como el capítulo transporte de las políticas regionales y las redes transeuropeas. (3) La Comisión precisa de estadísticas sobre seguridad ferroviaria para poder preparar y hacer el seguimiento de las medidas comunitarias sobre la seguridad del transporte. (4) Las estadísticas comunitarias sobre el transporte ferroviario tambiøn son necesarias para el sistema europeo de observación ferroviaria, segœn lo dispuesto en la Directiva.../.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 91/440/CEE del Consejo sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios. (5) Las estadísticas comunitarias sobre todos los modos de transporte deberían recogerse con arreglo a conceptos y normas comunes, con el fin de lograr la comparabilidad mæs completa posible entre los modos de transporte. (6) La reestructuración de la industria ferroviaria con arreglo a la Directiva 91/440/CEE del Consejo ( 1 ), así como los cambios en el tipo de información requerida por la Comisión y otros usuarios de las estadísticas comunitarias del transporte ferroviario, han dejado obsoletas las disposiciones de la Directiva 80/1177/CEE del Consejo ( 2 )enlo que respecta a la recogida de estadísticas a travøs de determinadas administraciones de las redes ferroviarias principales. ( 1 ) DO L 237 de , p. 25. ( 2 ) DO L 350 de , p. 23. (7) La coexistencia entre compaæías ferroviarias de propiedad pœblica y privada en un mercado de transporte ferroviario comercial hace necesario especificar explícitamente la información estadística que deben suministrar todas las compaæías ferroviarias y que debe difundir Eurostat. (8) Con arreglo al principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5 del Tratado CE, la elaboración de normas estadísticas comunes que permitan obtener datos armonizados sólo puede llevarse a cabo de manera eficaz desde el plano comunitario; tales normas se aplicaræn en cada Estado miembro bajo el control de los organismos e institutos responsables de elaborar estadísticas oficiales. (9) El Reglamento (CE) n o 322/97 del Consejo, de 17 de febrero de 1997, sobre la estadística comunitaria ( 3 ) proporciona un marco de referencia para las disposiciones establecidas por el presente Reglamento. (10) Dado que las medidas necesarias para aplicar el presente Reglamento son de Æmbito general, segœn lo definido en el artículo 2 de la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión ( 4 ), deben aprobarse mediante el procedimiento de reglamentación previsto en el artículo 5 de dicha Decisión. (11) El ComitØ del Programa Estadístico, creado por la Decisión 89/382/CEE, Euratom ( 5 ), ha sido consultado con arreglo al artículo 3 de dicha Decisión. HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Objetivo El objetivo del presente Reglamento es establecer normas comunes para la elaboración de estadísticas comunitarias relativas al transporte ferroviario. Artículo 2 `mbito de aplicación El presente Reglamento se aplicaræ a todos los ferrocarriles de la Unión Europea. Cada Estado miembro facilitaræ las estadísticas relativas al transporte de su territorio nacional. Los Estados miembros podræn excluir del Æmbito de aplicación del presente Reglamento: ( 3 ) DO L 52 de , p. 1. ( 4 ) DO L 184 de , p. 23. ( 5 ) DO L 181 de , p. 47.

2 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/95 las compaæías ferroviarias que operen completa o principalmente dentro de instalaciones industriales y similares, incluidos los puertos, las compaæías ferroviarias que proporcionen principalmente servicios turísticos locales, como los ferrocarriles históricos a vapor existentes, otras compaæías ferroviarias que, en conjunto, supongan menos del 2 % del total del transporte ferroviario de mercancías o pasajeros del país declarante, medido en toneladas-km y pasajero-km, respectivamente. Este porcentaje podræ adaptarse mediante la aplicación del procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Artículo 3 Definiciones 1. A efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, se aplicaræn las definiciones siguientes: «país declarante»: el Estado miembro que transmite los datos a Eurostat; «autoridades nacionales»: los institutos nacionales de estadística y otros organismos responsables en cada Estado miembro de elaborar estadísticas comunitarias; «compaæía ferroviaria»: cualquier empresa pœblica o privada que preste servicios de transporte ferroviario de mercancías o pasajeros. 2. Las definiciones formuladas en el apartado 1 podræn adaptarse y, cuando resulte necesario para garantizar la armonización de las estadísticas, podræn adoptarse nuevas definiciones, con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Artículo 4 Recogida de datos 1. Las estadísticas que deben recogerse figuran en los anexos del presente Reglamento. DeberÆn cubrir los siguientes tipos de datos: Estadísticas anuales sobre el transporte de mercancías: informe detallado (anexo A) Estadísticas anuales sobre el transporte de mercancías: informe simplificado (anexo B) Estadísticas anuales sobre el transporte de pasajeros: informe detallado (anexo C) Estadísticas anuales sobre el transporte de pasajeros: informe simplificado (anexo D) Estadísticas trimestrales sobre el transporte de mercancías y pasajeros (anexo E) Estadísticas regionales sobre el transporte de mercancías y pasajeros (anexo F) Estadísticas sobre los flujos de træfico de la red ferroviaria (anexo G) Estadísticas sobre accidentes (anexo H). 2. Los anexos B y D contienen los procedimientos de información simplificada que los Estados miembros pueden utilizar en lugar de los informes detallados normales que figuran en los anexos A y C, respectivamente. Las normas que deberæn aplicar los Estados miembros para decidir quø empresas pueden utilizar el sistema de información simplificada se adoptaræn de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo Para cada tipo de datos, los anexos correspondientes especifican: la lista de variables y las correspondientes unidades de medida los periodos de referencia y la frecuencia la lista de s con el desglose de cada los plazos de transmisión de los datos el primer periodo de referencia para el que deben transmitirse los datos en su caso, notas suplementarias. 4. Los Estados miembros tambiøn facilitaræn una relación de las compaæías ferroviarias de las que proporcionan estadísticas, tal como se especifica en el anexo I. 5. A efectos del presente Reglamento, las mercancías se clasificaræn con arreglo a lo especificado en el anexo J. Las mercancías peligrosas se clasificaræn, ademæs, con arreglo a lo previsto en el anexo K. 6. El contenido de los anexos podræ adaptarse con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Artículo 5 Fuentes de datos 1. Los Estados miembros podræn designar cualquier organización pœblica o privada para que participe en la recogida de los datos requeridos por el presente Reglamento. 2. Los datos necesarios podræn obtenerse mediante cualquier combinación de las siguientes fuentes: Encuestas obligatorias Datos administrativos, incluidos datos recogidos por organismos reguladores Procedimientos de estimación estadística Datos suministrados por organizaciones profesionales del sector ferroviario Estudios específicos. 3. Las autoridades nacionales tomaræn medidas para coordinar las fuentes de datos utilizadas y garantizar la calidad de las estadísticas transmitidas a Eurostat.

3 C 180 E/96 Diario Oficial de las Comunidades Europeas Artículo 6 Transmisión de las estadísticas a Eurostat 1. Los Estados miembros transmitiræn a Eurostat las estadísticas mencionadas en el artículo Las normas para la transmisión de las estadísticas que se mencionan en el artículo 4 se adoptaræn con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Artículo 7 Difusión 1. Eurostat difundiræ los datos estadísticos que se especifican en los anexos A a H del presente Reglamento. No obstante, cuando una compaæía ferroviaria así lo solicite a las autoridades nacionales, los datos que permitan identificarla indirectamente y que no estøn a disposición del pœblico a escala nacional no se difundiræn o se presentaræn de modo que su difusión no perjudique la confidencialidad de las estadísticas. Las autoridades nacionales comunicaræn a Eurostat esas solicitudes, así como la necesaria información justificativa. 2. La información facilitada de conformidad con el anexo I sólo podræ difundirse si se establecen disposiciones específicas para ello con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Artículo 8 Calidad de las estadísticas 1. A fin de ayudar a los Estados miembros a mantener la calidad de las estadísticas en este sector, Eurostat desarrollaræ y publicaræ recomendaciones metodológicas. Estas recomendaciones tendræn en cuenta las mejores præcticas de las autoridades nacionales, las compaæías ferroviarias y las organizaciones profesionales de la industria ferroviaria. 2. Eurostat evaluaræ la calidad de los datos estadísticos. Con esta finalidad, los Estados miembros facilitaræn a Eurostat, previa solicitud, información sobre los møtodos utilizados para elaborar las estadísticas. Artículo 9 Informe Una vez completado un período de tres aæos de recogida de datos, la Comisión presentaræ al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la experiencia adquirida en los trabajos efectuados en aplicación del presente Reglamento. Este informe incluiræ los resultados de la evaluación de la calidad mencionada en el artículo 8. Asimismo, haræ una valoración de las ventajas de disponer de estadísticas en este Æmbito, los costes de su obtención y la carga que ello representa para las empresas. Artículo 10 Procedimientos de aplicación Las disposiciones de aplicación que a continuación se indican se adoptaræn con arreglo al procedimiento que se especifica en el apartado 2 del artículo 11: adaptación del porcentaje previsto para la cobertura estadística del transporte ferroviario (artículo 2); adaptación de las definiciones y adopción de nuevas definiciones (artículo 3); adaptación del contenido de los anexos (artículo 4), adopción de normas para la comunicación de información simplificada (artículo 4), normas para la transmisión de datos a Eurostat (artículo 6), difusión de la información comunicada con arreglo al anexo I (artículo 7). Artículo 11 Procedimiento 1. La Comisión estaræ asistida por el ComitØ del Programa Estadístico, instituido por el artículo 1 de la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo ( 1 ). 2. En los casos en que se cite el presente apartado, seræ de aplicación el procedimiento de reglamentación previsto en el artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE del Consejo ( 2 ), en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 de su artículo 7 y su artículo El periodo fijado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE del Consejo seræ de tres meses. Artículo 12 Directiva 80/1177/CEE 1. Los Estados miembros comunicaræn los resultados para el aæo 2001 con arreglo a la Directiva 80/1177/CEE. 2. La Directiva 80/1177/CEE quedaræ derogada a partir del 1 de enero de Artículo 13 Entrada en vigor El presente Reglamento entraræ en vigor el vigøsimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento seræ obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. ( 1 ) DO L 181 de , p. 47. ( 2 ) DO L 184 de , p. 23.

4 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/97 ANEXO A ESTAD STICAS ANUALES SOBRE EL TRANSPORTE DE MERCANC AS INFORME DETALLADO mercancías transportadas en: toneladas toneladas-km nœmero de unidades de transporte combinado fletadas: nœmero TEU [unidad equivalente a 20 pies] (para contenedores y cajas móviles) Lista de s con el desglose de cada aæo cada aæo Cuadro A1: mercancías transportadas, por tipo de transporte Cuadro A2: mercancías transportadas, por tipo de mercancía (anexo J) Cuadro A3: mercancías transportadas (para el transporte internacional y en trænsito) por país de carga y país de descarga Cuadro A4: mercancías transportadas, por categoría de mercancías peligrosas (anexo K) Cuadro A5: mercancías transportadas, por tipo de envío Cuadro A6: mercancías transportadas en unidades de transporte combinado, por tipo de transporte y por tipo de unidad de transporte Cuadro A7: nœmero de unidades de transporte combinado cargadas fletadas, por tipo de transporte y por tipo de unidad de transporte Cuadro A8: nœmero de unidades de transporte combinado vacías fletadas, por tipo de transporte y por tipo de unidad de transporte 5 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2002 Notas 1. El tipo de transporte se desglosaræ como sigue: nacional entradas internacionales salidas internacionales trænsito 2. El tipo de envío se desglosaræ como sigue: envío por tren completo envío por vagón completo otros 3. El tipo de unidades de transporte se desglosaræ como sigue: contenedores y cajas móviles semirremolques (no acompaæados) vehículos rodados (acompaæados) 4. Para el A3, Eurostat y los Estados miembros podræn acordar un sistema que facilite la consolidación de los datos procedentes de las compaæías de otros Estados miembros a fin de garantizar la coherencia de dichos datos 5. Para el A4, los Estados miembros deberæn indicar, en su caso, quø categorías de træfico no estæn cubiertas por los datos

5 C 180 E/98 Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO B ESTAD STICAS ANUALES SOBRE EL TRANSPORTE DE MERCANC AS INFORME SIMPLIFICADO Lista de s con el desglose de cada mercancías transportadas en toneladas toneladas-km aæo cada aæo Cuadro B1: mercancías transportadas, por tipo de transporte Cuadro B2: mercancías transportadas en unidades de transporte combinado, por tipo de transporte 5 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2002 Notas El tipo de transporte se desglosaræ como sigue: nacional entradas internacionales salidas internacionales trænsito

6 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/99 ANEXO C ESTAD STICAS ANUALES SOBRE EL TRANSPORTE DE PASAJEROS INFORME DETALLADO Lista de s con el desglose de cada pasajeros transportados en: nœmero de pasajeros pasajeros-km Aæo cada aæo Cuadro C1: pasajeros transportados, por tipo de transporte (datos provisionales, sólo nœmero de pasajeros) Cuadro C2: pasajeros internacionales transportados, por país de embarque y país de desembarque (datos provisionales, sólo nœmero de pasajeros) Cuadro C3: pasajeros transportados, por tipo de transporte (datos consolidados finales) Cuadro C4: pasajeros internacionales transportados, por país de embarque y país de desembarque (datos consolidados finales, sólo nœmero de pasajeros) 8 meses tras finalizar el periodo de referencia (s C1, C2) Primer periodo de referencia meses tras finalizar el periodo de referencia (s C3, C4) Notas 1. El tipo de transporte se desglosaræ como sigue: nacional internacional 2. Para los s C1 y C2, los Estados miembros podræn comunicar provisionalmente los datos basados en las ventas de billetes sólo en el país declarante. Para los s C3 y C4, los Estados miembros deberæn comunicar los datos consolidados finales, incluyendo información sobre las ventas de billetes fuera del país declarante. Esta información puede obtenerse o bien directamente de las autoridades nacionales de los otros países o bien mediante acuerdos de compensación internacional para los billetes

7 C 180 E/100 Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO D ESTAD STICAS ANUALES SOBRE EL TRANSPORTE DE PASAJEROS INFORME SIMPLIFICADO Lista de s con el desglose de cada Pasajeros transportados en: nœmero de pasajeros pasajeros-km Aæo cada aæo Cuadro D1: pasajeros 8 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2003 Notas Para el D1, los Estados miembros podræn comunicar de los datos basados sólo en la venta de billetes en el país declarante, como para el C1 ANEXO E ESTAD STICAS TRIMESTRALES SOBRE EL TRANSPORTE DE MERCANC AS Y PASAJEROS mercancías transportadas en: toneladas toneladas-km pasajeros transportados en: nœmero de pasajeros pasajeros-km Lista de s con el desglose de cada Trimestre cada trimestre Cuadro E1: mercancías transportadas Cuadro E2: pasajeros transportados 3 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia Primer trimestre de 2002 Notas 1. Los s E1 y E2 podræn elaborarse con datos provisionales, incluso estimaciones. Para el E2, los Estados miembros podræn suministrar datos basados sólo en la venta de billetes en el país declarante 2. Estas estadísticas se suministraræn para las compaæías cubiertas por los anexos A y C

8 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/101 ANEXO F ESTAD STICAS REGIONALES SOBRE EL TRANSPORTE DE MERCANC AS Y PASAJEROS mercancías transportadas en: toneladas pasajeros transportados en: nœmero de pasajeros Lista de s con el desglose de cada Aæo cada 5 aæos Cuadro F1: transporte nacional de mercancías por región de carga y región de descarga (NUTS 2) Cuadro F2: transporte internacional de mercancías por región de carga y región de descarga (NUTS 2) Cuadro F3: transporte nacional de pasajeros por región de embarque y región de desembarque (NUTS 2) Cuadro F4: transporte internacional de pasajeros por región de embarque y región de desembarque (NUTS 2) 12 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2003 Notas 1. Si el lugar de carga o descarga (s F1, F2) o de embarque o desembarque (s F3, F4) no se halla en el Espacio Económico Europeo, los Estados miembros sólo comunicaræn el país 2. A fin de ayudar a los Estados miembros a preparar estos s, Eurostat les proporcionaræ una lista de códigos de estación de la UIC y los correspondientes códigos NUTS 3. Para los s F3 y F4, los Estados miembros podræn suministrar datos basados en la venta de billetes 4. Estas estadísticas se suministraræn para las compaæías cubiertas por los anexos A y C

9 C 180 E/102 Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO G ESTAD STICAS SOBRE FLUJOS DE TR`FICO DE LA RED FERROVIARIA transporte de mercancías: nœmero de trenes transporte de pasajeros: nœmero de trenes Lista de s con el desglose de cada Aæo cada cinco aæos Cuadro G1: transporte de mercancías, por segmento de la red Cuadro G2: transporte de pasajeros, por segmento de la red 18 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2005 Notas 1. Los Estados miembros definiræn una serie de segmentos de la red que incluyan al menos las redes transeuropeas (RTE) ferroviarias de su territorio nacional. DeberÆn comunicar a Eurostat: las coordenadas geogræficas y demæs datos precisos para identificar y situar cada segmento, así como los enlaces entre segmentos información sobre las características (incluyendo la capacidad) de los trenes que utilicen cada segmento 2. Cada segmento de la red que forme parte de las RTE ferroviarias se identificaræ por medio de un nuevo atributo en el registro de datos, a fin de poder cuantificar el træfico de dicha RTE

10 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/103 ANEXO H ESTAD STICAS SOBRE ACCIDENTES nœmero de accidentes (s H1, H2) nœmero de muertos ( H3) nœmero de heridos graves ( H4) Lista de s con el desglose de cada Aæo cada aæo Cuadro H1: nœmero de accidentes, por tipo de accidente Cuadro H2: nœmero de accidentes que afecten al transporte de mercancías peligrosas Cuadro H3: nœmero de muertos, por tipo de accidente y por categoría de personas Cuadro H4: nœmero de heridos graves, por tipo de accidente y por categoría de persona 5 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2002 Nota 1. Los tipos de accidente se desglosaræn como sigue: colisiones (salvo accidentes en pasos a nivel) descarrilamientos accidentes en pasos a nivel accidentes sobre personas causados por material rodante en movimiento otros total 2. El H2 se desglosaræ como sigue: nœmero total de accidentes en los que estø implicado al menos un vehículo ferroviario que transporte mercancías peligrosas, tal como se definen en la lista de mercancías del anexo K nœmero de estos accidentes en que se produzcan escapes de sustancias peligrosas 3. El desglose por categorías de personas seræ el siguiente: pasajeros empleados (incluidos contratistas) otros total 4. Los datos de los s H1-H4 se suministraræn para todos los ferrocarriles cubiertos por el presente Reglamento 5. Durante los cinco primeros aæos de aplicación del presente Reglamento, los Estados miembros podræn enviar las estadísticas con arreglo a las definiciones nacionales, siempre que no estøn disponibles los datos con arreglo a las definiciones armonizadas (adoptadas segœn el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11)

11 C 180 E/104 Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO I LISTA DE COMPAÑ AS FERROVIARIAS Lista de s con el desglose de cada vøase mæs abajo Aæo cada aæo vøase mæs abajo 5 meses tras finalizar el periodo de referencia Primer periodo de referencia 2002 Nota La información que figura en el siguiente (I1) deberæ suministrarse para cada compaæía ferroviaria para la que se suministren datos con arreglo a los anexos A-H Esta información deberæ utilizarse: para comprobar quø compaæías ferroviarias estæn cubiertas por los s de los anexos A-H para validar la cobertura de los anexos A y C en relación con la actividad total de transporte ferroviario

12 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/105 Cuadro I1 Identificación de la fuente de datos I1.1 País declarante I1.2 Aæo de referencia I1.3 Nombre de la compaæía I1.4 País sede de la compaæía Tipo de actividad I1.2.1 Transporte de carga: internacional I1.2.2 Transporte de carga: nacional I1.2.3 Transporte de pasajeros: internacional I1.2.4 Transporte de pasajeros: nacional I1.2.5 Transporte de pasajeros: metro o tren ligero Nivel de actividad de transporte I1.3.1 I1.3.2 I1.3.3 I1.3.4 Transporte de carga total (toneladas) Transporte de carga total (toneladas-km) Transporte de pasajeros total (nœmero de pasajeros) Transporte de pasajeros total (pasajeros-km) Datos incluidos en los anexos A a H Anexo A Anexo B Anexo C Anexo D Anexo E Anexo F Anexo G Anexo H

13 C 180 E/106 Diario Oficial de las Comunidades Europeas ANEXO J CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANC AS Se utilizaræn los grupos de mercancías siguientes hasta que se establezca una nueva clasificación con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 11. Grupos de mercancías Partida de la NST/R Grupos de la NST/R Descripción Cereales 2 02, 03 Patatas, otras hortalizas y frutas frescas o congeladas 3 00, 06 Animales vivos, remolachas azucareras 4 05 Madera y corcho 5 04, 09 Materiales textiles y fibras artificiales, otras materias primas de origen animal o vegetal , 12, 13, 14, 16, 17 Productos alimenticios y forrajes 7 18 Oleaginosas , 22, 23 Combustibles minerales sólidos Petróleo crudo 10 32, 33, 34 Productos del petróleo , 46 Minerales de hierro, chatarras, cenizas de altos hornos Minerales y residuos no ferrosos , 52, 53, 54, 55, 56 Productos metalœrgicos , 69 Cementos, cales, materiales de construcción manufacturados 15 61, 62, 63, 65 Minerales brutos o manufacturados , 72 Abonos naturales o manufacturados Productos carboquímicos, alquitranes 18 81, 82, 89 Productos químicos, salvo carboquímicos y alquitranes Celulosa y residuos de papel , 92, 93 Vehículos y material de transporte, mæquinas, motores, incluso desmontados, y piezas Artículos metælicos Vidrio, vidriería, artículos de vidrio, productos ceræmicos 23 96, 97 Cueros, textiles, vestuario, artículos manufacturados diversos Artículos diversos

14 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 180 E/ Explosivos 2. Gases, comprimidos, licuados o disueltos a presión 3. Líquidos inflamables 4.1. Sólidos inflamables 4.2. Sustancias con riesgo de combustión espontænea ANEXO K CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANC AS PELIGROSAS 4.3. Sustancias que, en contacto con el agua, emiten gases inflamables 5.1. Sustancias oxidantes 5.2. Peróxidos orgænicos 6.1. Sustancias tóxicas 6.2. Sustancias que pueden provocar infecciones 7. Materias radiactivas 8. Sustancias corrosivas 9. Sustancias peligrosas diversas N.B.: estas categorías son las definidas en el Reglamento relativo al transporte internacional ferroviario de mercancías peligrosas, conocido habitualmente como RID, incluido en la Directiva 96/49/CE del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, y en sus modificaciones posteriores ( 1 ). ( 1 ) DO L 235 de , p. 25. Su œltima modificación la constituye la Directiva 96/87/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 1996, para la adaptación al progreso tøcnico de la Directiva 96/49/CE del Consejo sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, (DO L 335 de , p. 45).

ANEXOS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO. relativo a las estadísticas sobre transporte ferroviario (Texto refundido)

ANEXOS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO. relativo a las estadísticas sobre transporte ferroviario (Texto refundido) COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 30.6.2017 COM(2017) 353 final ANNEXES 1 to 10 ANEXOS Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a las estadísticas sobre transporte ferroviario (Texto

Más detalles

Estadística sobre Transporte Ferroviario

Estadística sobre Transporte Ferroviario Estadística sobre Transporte Ferroviario Nota metodológica Mayo 2017 Índice 1. Objetivos 2. Ámbitos 2.1. Ámbito poblacional 2.2. Ámbito temporal 2.3. Ámbito geográfico 3. Unidad estadística 4. Definición

Más detalles

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de julio de 2016 (OR. en)

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de julio de 2016 (OR. en) Consejo de la Unión Europea Bruselas, 6 de julio de 2016 (OR. en) Expediente interinstitucional: 2013/0297 (COD) 10000/16 ACTOS LEGISLATIVOS Y OTROS INSTRUMENTOS Asunto: STATIS 39 TRANS 224 CODEC 851 Posición

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos legislativos) REGLAMENTOS

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos legislativos) REGLAMENTOS 2.5.2018 L 112/1 I (Actos legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) 2018/643 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de abril de 2018 relativo a las estadísticas sobre transporte ferroviario (versión

Más detalles

L 103/26 Diario Oficial de la Unión Europea

L 103/26 Diario Oficial de la Unión Europea L 103/26 Diario Oficial de la Unión Europea 20.4.2007 REGLAMENTO (CE) N o 425/2007 DE LA COMISIÓN de 19 de abril de 2007 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 1365/2006 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 294/5

Diario Oficial de la Unión Europea L 294/5 13.11.2007 Diario Oficial de la Unión Europea L 294/5 REGLAMENTO (CE) N o 1322/2007 DE LA COMISIÓN de 12 de noviembre de 2007 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 458/2007 del Parlamento Europeo

Más detalles

ANEXOS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

ANEXOS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 26.9.2017 COM(2017) 545 final ANNEXES 1 to 8 ANEXOS Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre estadísticas del transporte de mercancías por vías navegables

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Proyecto de REGLAMENTO (CE) Nº /2005 DE LA COMISIÓN

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Proyecto de REGLAMENTO (CE) Nº /2005 DE LA COMISIÓN COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 13.7.2005. Proyecto de REGLAMENTO (CE) Nº /2005 DE LA COMISIÓN de [ ] por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) nº

Más detalles

UNIÓN EUROPEA 2006/0287 (COD) PE-CONS 3648/2/07 REV 2

UNIÓN EUROPEA 2006/0287 (COD) PE-CONS 3648/2/07 REV 2 UNIÓN EUROPEA EL PARLAMENTO EUROPEO EL CONSEJO Bruselas, 26 de febrero de 2008 (OR. en) 2006/0287 (COD) PE-CONS 3648/2/07 REV 2 ENV 447 ENT 104 CODEC 899 ACTOS LEGISLATIVOS Y OTROS INSTRUMENTOS Asunto:

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 293/15

Diario Oficial de la Unión Europea L 293/15 11.11.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 293/15 REGLAMENTO (UE) N o 1014/2010 DE LA COMISIÓN de 10 de noviembre de 2010 sobre el seguimiento y la presentación de datos relativos a la matriculación

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 17.2.26 COM(25) 539 final 25/215 (CNB) Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE)

Más detalles

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, DIRECTIVA 2002/84/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJODE 5 DE NOVIEMBRE DE 2002 POR LA QUE SE MODIFICAN LAS DIRECTIVAS RELATIVAS A LA SEGURIDAD MARÍTIMA Y A LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN PORLOS

Más detalles

[notificada con el número C(2003) 3026] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/627/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

[notificada con el número C(2003) 3026] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/627/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, DECISIÓN DE LA COMISIÓN DE 20 DE AGOSTO DE 2003 POR LA QUE SE AUTORIZA A LOS ESTADOS MIEMBROS, DE CONFORMIDAD CON LA DIRECTIVA 96/49/CE, A ESTABLECER DETERMINADAS EXCEPCIONES CON RESPECTO AL TRANSPORTE

Más detalles

(Actos legislativos) REGLAMENTOS

(Actos legislativos) REGLAMENTOS 30.9.2016 L 266/1 I (Actos legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) 2016/1724 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 14 de septiembre de 2016 por el que se modifica el Reglamento (CE) n. o 471/2009,

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL EXAMEN DE LAS AYUDAS ESTATALES EN EL SECTOR DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA (2001/C 19/05)

DIRECTRICES PARA EL EXAMEN DE LAS AYUDAS ESTATALES EN EL SECTOR DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA (2001/C 19/05) 20.1.2001 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 19/7 DIRECTRICES PARA EL EXAMEN DE LAS AYUDAS ESTATALES EN EL SECTOR DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA (2001/C 19/05) INTRODUCCIÓN El mantenimiento de

Más detalles

de 9 de julio de 2008 relativo a los censos de población y vivienda

de 9 de julio de 2008 relativo a los censos de población y vivienda L 218/14 ES Diario Oficial de la Unión Europea 13.8.2008 REGLAMENTO (CE) N o 763/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 9 de julio de 2008 relativo a los censos de población y vivienda (Texto pertinente

Más detalles

Diario Oficial de las Comunidades Europeas

Diario Oficial de las Comunidades Europeas 8.11.2001 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 291/13 REGLAMENTO (CE) N o 2163/2001 DE LA COMISIÓN de 7 de noviembre de 2001 relativo a las modalidades técnicas de transmisión de los datos estadísticos

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 150/71

Diario Oficial de la Unión Europea L 150/71 9.6.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 150/71 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 489/2012 DE LA COMISIÓN de 8 de junio de 2012 por el que se establecen normas de desarrollo para la aplicación del

Más detalles

Diario Oficial de las Comunidades Europeas. (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

Diario Oficial de las Comunidades Europeas. (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) 29.11.2002 L 324/1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) N o 2099/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de noviembre de 2002 por el que se crea el Comité

Más detalles

(Diario Oficial de la Uni n Europea L 167 de 30 de abril de 2004)

(Diario Oficial de la Uni n Europea L 167 de 30 de abril de 2004) L 201/56 Correcci n de errores de la Directiva 2004/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre requisitos m nimos de seguridad para tœneles de la red transeuropea de carreteras

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN 15.4.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 94/33 DECISIONES DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 14 de abril de 2010 por la que se modifica la Directiva 2009/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Adaptación al procedimiento de reglamentación con control Parte I. Propuesta de

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Adaptación al procedimiento de reglamentación con control Parte I. Propuesta de COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 23.11.2007 COM(2007) 741 final 2007/0262 (COD) Adaptación al procedimiento de reglamentación con control Parte I Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 5/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 5/3 9.1.2008 Diario Oficial de la Unión Europea L 5/3 REGLAMENTO (CE) N o 10/2008 DE LA COMISIÓN de 8 de enero de 2008 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 458/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo,

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 320/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 320/3 17.11.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 320/3 REGLAMENTO (UE) N o 1077/2012 DE LA COMISIÓN de 16 de noviembre de 2012 sobre un método común de seguridad para la supervisión por parte de las autoridades

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 1.4.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 86/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) N o 275/2010 DE LA COMISIÓN de 30 de marzo de 2010 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o

Más detalles

L 112/14 Diario Oficial de la Unión Europea

L 112/14 Diario Oficial de la Unión Europea L 112/14 Diario Oficial de la Unión Europea 24.4.2008 REGLAMENTO (CE) N o 364/2008 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2008 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 716/2007 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

SEGURIDAD INDUSTRIAL Y TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS

SEGURIDAD INDUSTRIAL Y TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS SEGURIDAD INDUSTRIAL Y TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS LEY 21 / 1992, DE 16 DE JULIO, DE INDUSTRIA Adecuación de Normativa Adaptación a la Evolución Técnica LEY 21 / 1992, DE 16 DE JULIO, DE INDUSTRIA

Más detalles

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 5 de octubre de 2016 (OR. en)

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 5 de octubre de 2016 (OR. en) Consejo de la Unión Europea Bruselas, 5 de octubre de 2016 (OR. en) Expediente interinstitucional: 2013/0013 (COD) 11197/16 TRANS 296 CODEC 1056 ACTOS LEGISLATIVOS Y OTROS INSTRUMENTOS Asunto: Posición

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE) Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 338, apartado 1,

(Texto pertinente a efectos del EEE) Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 338, apartado 1, L 163/10 Diario Oficial de la Unión Europea 29.5.2014 REGLAMENTO (UE) N o 545/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 577/98 del Consejo,

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN L 247/54 Diario Oficial de la Unión Europea 24.9.2011 DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de septiembre de 2011 por la que se establece el cuestionario que se utilizará en los informes sobre la

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 22.10.2014 L 302/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1112/2014 DE LA COMISIÓN de 13 de octubre de 2014 por el que se determina un modelo común para el intercambio

Más detalles

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 26.9.2017 COM(2017) 545 final 2013/0226 (COD) Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre estadísticas del transporte de mercancías por vías navegables

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 19.4.2017 L 103/17 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/699 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 2017 que establece una metodología común para el cálculo del peso de los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE)

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 110/39

Diario Oficial de la Unión Europea L 110/39 1.5.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 110/39 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de abril de 2009 relativa a la armonización, la transmisión periódica de información y el cuestionario a que se refieren

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea C 214 E/1. (Comunicaciones) CONSEJO. POSICIÓN COMÚN (CE) N o 40/2003

Diario Oficial de la Unión Europea C 214 E/1. (Comunicaciones) CONSEJO. POSICIÓN COMÚN (CE) N o 40/2003 9.9.2003 Diario Oficial de la Unión Europea C 214 E/1 I (Comunicaciones) CONSEJO POSICIÓN COMÚN (CE) N o 40/2003 aprobada por el Consejo el 28 de marzo de 2003 con vistas a la adopción del Reglamento (CE)

Más detalles

BANCO CENTRAL EUROPEO

BANCO CENTRAL EUROPEO C 176/4 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 21.6.2001 BANCO CENTRAL EUROPEO RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 11 de mayo de 2000 sobre las exigencias de información del Banco Central Europeo

Más detalles

INFORMACIÓN JURÍDICA IMPORTANTE

INFORMACIÓN JURÍDICA IMPORTANTE DECISIÓN SOBRE LA CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS POR LOS QUE SE PERCIBEN TASAS (Decisión del consejo de administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos) INFORMACIÓN JURÍDICA IMPORTANTE

Más detalles

***I PROYECTO DE INFORME

***I PROYECTO DE INFORME Parlamento Europeo 2014-2019 Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios 2017/0134(COD) 25.10.2017 ***I PROYECTO DE INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 4.4.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 98/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 293/2012 DE LA COMISIÓN de 3 de abril de 2012 sobre el seguimiento y la notificación

Más detalles

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) L 63/6 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) N o 530/1999 DEL CONSEJO de 9 de marzo de 1999 relativo a las estadísticas estructurales sobre ingresos y costes

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 27.10.2014 COM(2014) 680 final 2014/0314 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO que establece la posición que deberá adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité de

Más detalles

de 30 de agosto de 2001

de 30 de agosto de 2001 19.9.2001 Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 250/1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) n o 1808/2001 DE LA COMISIÓN de 30 de agosto de 2001 por el

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 29.5.2013 COM(2013) 307 final 2013/0159 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la aplicación del Reglamento nº 41 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones

Más detalles

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 12 de noviembre de 2015 (OR. en)

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 12 de noviembre de 2015 (OR. en) Consejo de la Unión Europea Bruselas, 12 de noviembre de 2015 (OR. en) 13998/15 CONSOM 190 MI 714 NOTA DE TRANSMISIÓN De: Comisión Europea Fecha de recepción: 29 de octubre de 2015 A: Secretaría General

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) L 277/32 DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1901 DE LA COMISIÓN de 20 de octubre de 2015 por la que se establecen normas de certificación y un modelo de certificado sanitario para la importación en la Unión

Más detalles

Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 252/5

Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 252/5 12.9.2001 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 252/5 Directrices sobre ayudas estatales para publicidad de productos incluidos en el anexo I del Tratado CE y de determinados productos no incluidos

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea 10.2.2016 L 33/3 REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/172 DE LA COMISIÓN de 24 de noviembre de 2015 por el que se complementa el Reglamento (CE) n o 691/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta

Más detalles

Transporte internacional con origen/destino en España

Transporte internacional con origen/destino en España Transporte internacional con origen/destino en España 17 375 17.1. EVOLUCIÓN DEL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE VIAJEROS. 1998-2007 Y MERCANCÍAS. 1998-2006 Viajeros Mercancías 100.000 95.000 90.000 85.000

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 313/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 313/3 ES 28.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 313/3 REGLAMENTO (CE) N o 1150/2009 DE LA COMISIÓN de 10 de noviembre de 2009 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1564/2005 en lo que respecta

Más detalles

Reglamento (CE) núm. 2027/1997, del Consejo de 9 octubre 1997, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente

Reglamento (CE) núm. 2027/1997, del Consejo de 9 octubre 1997, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente Reglamento (CE) núm. 2027/1997, del Consejo de 9 octubre 1997, sobre responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad

Más detalles

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 338, apartado 1,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 338, apartado 1, L 189/128 Diario Oficial de la Unión Europea 27.6.2014 REGLAMENTO (UE) N o 659/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 638/2004, sobre

Más detalles

NOTAS. Grupo El Derecho y Quantor, S.L. 1

NOTAS. Grupo El Derecho y Quantor, S.L. 1 EDL 1996/15694 Consejo de las Comunidades Europeas Reglamento (CE) núm. 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad. Diario

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 22.5.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 126/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) N o 440/2010 DE LA COMISIÓN de 21 de mayo de 2010 relativo a las tasas que deben abonarse a la

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 97/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 97/3 12.4.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 97/3 REGLAMENTO (UE) N o 349/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de abril de 2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

Proyecto de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO RELATIVO A LA ACCIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL ÁMBITO ESTADÍSTICO /* COM/94/78FINAL - CNS 94/0026 */

Proyecto de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO RELATIVO A LA ACCIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL ÁMBITO ESTADÍSTICO /* COM/94/78FINAL - CNS 94/0026 */ Proyecto de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO RELATIVO A LA ACCIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL ÁMBITO ESTADÍSTICO /* COM/94/78FINAL - CNS 94/0026 */ Diario Oficial n C 106 de 14/04/1994 p. 0022 Propuesta de Reglamento

Más detalles

ES Diario Oficial de la Unión Europea L 158/ 1. I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

ES Diario Oficial de la Unión Europea L 158/ 1. I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) 30.4.2004 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 158/ 1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) Nº 849/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 1997R0258 ES 20.01.2009 003.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CE) N o 258/97 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 24.4.2014 L 121/21 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 410/2014 DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2014 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 293/2012 en lo que se refiere al seguimiento

Más detalles

Diario Oficial de las Comunidades Europeas

Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 10/53 DIRECTIVA 2001/111/CE DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 2001 relativa a determinados azúcares destinados a la alimentación humana EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) L 328/118 DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2287 DE LA COMISIÓN de 8 de diciembre de 2017 por la que se especifican los formularios que deben utilizarse en relación con la importación de mercurio y de ciertas

Más detalles

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Bruselas, 13 de enero de 2012 (16.01) (OR. en) 5313/12 TRANS 9

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Bruselas, 13 de enero de 2012 (16.01) (OR. en) 5313/12 TRANS 9 CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Bruselas, 13 de enero de 2012 (16.01) (OR. en) 5313/12 TRANS 9 NOTA DE TRANSMISIÓN Emisor: Comisión Europea Fecha de recepción: 9 de enero de 2012 Destinatario: Secretaría General

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 21 de diciembre de 2006

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 21 de diciembre de 2006 6.2.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 32/183 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de diciembre de 2006 por la que se establecen valores de referencia de la eficiencia armonizados para la producción

Más detalles

Control de los movimientos de dinero efectivo ***II

Control de los movimientos de dinero efectivo ***II P6_TA(2005)0225 Control de los movimientos de dinero efectivo ***II Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento

Más detalles

Reglamento (Euratom) nº 1493/93 del Consejo, de 8 de junio de 1993, relativo a. a los traslados de sustancias radiactivas entre los Estados miembros

Reglamento (Euratom) nº 1493/93 del Consejo, de 8 de junio de 1993, relativo a. a los traslados de sustancias radiactivas entre los Estados miembros Reglamento (Euratom) nº 1493/93 del Consejo, de 8 de junio de 1993, relativo a los traslados de sustancias radiactivas entre los Estados miembros Diario Oficial n L 148 de 19/06/1993 P. 0001-0007 REGLAMENTO

Más detalles

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES Secretaría General de Consumo

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y RELACIONES INSTITUCIONALES Secretaría General de Consumo Reglamento 1830/2003, de 22 septiembre, sobre trazabilidad y etiquetado de organismos modificados genéticamente y trazabilidad de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos y modifica Directiva

Más detalles

D I S P O N G O: CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Artículo 1.- Objeto.

D I S P O N G O: CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Artículo 1.- Objeto. REAL DECRETO 1566/1999, DE 8 DE OCTUBRE, SOBRE LOS CONSEJEROS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA, POR FERROCARRIL O POR VÍA NAVEGABLE.(B. O. E. NÚM.251, DE 20 DE OCTUBRE)

Más detalles

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de enero de 2017 (OR. en) A: D. Jeppe TRANHOLM-MIKKELSEN, secretario general del Consejo de la Unión Europea

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de enero de 2017 (OR. en) A: D. Jeppe TRANHOLM-MIKKELSEN, secretario general del Consejo de la Unión Europea Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de enero de 2017 (OR. en) Expediente interinstitucional: 2017/0010 (NLE) 5569/17 ENV 50 COMPET 37 PROPUESTA De: Fecha de recepción: 19 de enero de 2017 secretario

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 2003R1830 ES 11.12.2008 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CE) N o 1830/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 2.10.2015 ES L 257/19 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1759 DE LA COMISIÓN de 28 de septiembre de 2015 por el que se aprueba el uso del glutaraldehído como sustancia activa en biocidas de los tipos de

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN 27.4.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 115/27 DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de abril de 2012 por la que se establece la segunda serie de objetivos comunes de seguridad para el sistema ferroviario

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 14.3.2003 COM(2003) 114 final 2003/0050 (CNS) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a los datos estadísticos que han de utilizarse la hora de ajustar

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea L 24/6 ES 30.1.2016 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/125 DE LA COMISIÓN de 29 de enero de 2016 por el que se aprueba el uso de PHMB (1600; 1.8) como sustancia activa existente en biocidas de los tipos

Más detalles

Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 80/1 TRATADO DE NIZA

Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 80/1 TRATADO DE NIZA 10.3.2001 Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 80/1 TRATADO DE NIZA POR EL QUE SE MODIFICAN EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, LOS TRATADOS CONSTITUTIVOS DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y DETERMINADOS

Más detalles

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 28.7.2015 COM(2015) 362 final INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión

Más detalles

Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.2.2014 COM(2014) 4 final 2014/0033 (COD) Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica las Directivas 89/608/CEE, 90/425/CEE y 91/496/CEE en lo

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 352/79

Diario Oficial de la Unión Europea L 352/79 24.12.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 352/79 DECISIÓN N o 1/2013 DEL COMITÉ DE TRANSPORTES TERRESTRES COMUNIDAD/SUIZA de 6 de diciembre de 2013 por la que se modifica el anexo 1 del Acuerdo entre

Más detalles

Artículo 1 El anexo 1 del Acuerdo queda sustituido por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 1 El anexo 1 del Acuerdo queda sustituido por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión. L 186/38 9.7.2016 DECISIÓN N. o 2/2016 DEL COMITÉ DE TRANSPORT TERRTR COMUNIDAD/SUIZA de 10 de junio de 2016 por la que se modifica el anexo 1 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación

Más detalles

DIRECTRICES COMUNITARIAS SOBRE AYUDAS ESTATALES AL SECTOR AGRARIO (2000/C 28/02)

DIRECTRICES COMUNITARIAS SOBRE AYUDAS ESTATALES AL SECTOR AGRARIO (2000/C 28/02) C 28/2 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 1.2.2000 DIRECTRICES COMUNITARIAS SOBRE AYUDAS ESTATALES AL SECTOR AGRARIO (2000/C 28/02) 1. INTRODUCCIÓN 1.1. Uno de los principios bæsicos de la Comunidad

Más detalles

Artículo 1. Los anexos II, III, IV, V y VIII del Reglamento (CEE) n o 959/93 se sustituirán por los anexos I, II, III, IV y V del presente Reglamento.

Artículo 1. Los anexos II, III, IV, V y VIII del Reglamento (CEE) n o 959/93 se sustituirán por los anexos I, II, III, IV y V del presente Reglamento. L 43/18 ES Diario Oficial de la Unión Europea 18.2.2003 REGLAMENTO (CE) N o 296/2003 DE LA COMISIÓN de 17 de febrero de 2003 por elque se modifica elreglamento (CEE) n o 959/93 del Consejo relativo a la

Más detalles

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES L 166/20 ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONAL DECISIÓN N. o 1/2018 DEL COMITÉ DE TRANSPORT TERRTR COMUNIDAD/SUIZA de 12 de junio de 2018 por el que se modifica el anexo 1

Más detalles

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) de 29 de septiembre de 2003

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) de 29 de septiembre de 2003 31.10.2003 Diario Oficial de la Unión Europea L 284/1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) N o 1882/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de septiembre

Más detalles

L 120/4 Diario Oficial de la Unión Europea

L 120/4 Diario Oficial de la Unión Europea L 120/4 Diario Oficial de la Unión Europea 1.5.2013 REGLAMENTO (UE) N o 397/2013 DE LA COMISIÓN de 30 de abril de 2013 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 443/2009 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE)

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE) L 160/6 DECISION DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/896 DE LA COMISIÓN de 19 de junio de 2018 por la que se establece la metodología para el cálculo del consumo anual de bolsas de plástico ligeras y se modifica

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 7.4.2015 COM(2015) 146 final 2015/0071 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la posición que, en el 68º periodo de sesiones del Comité de Protección del Medio Marino

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) L 337/6 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/2236 DE LA COMISIÓN de 12 de diciembre de 2016 por el que se especifican las características técnicas del módulo ad hoc de 2018 sobre conciliación de la vida laboral

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 20.3.2017 C(2017) 1702 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN de 20.3.2017 relativo a las condiciones para la clasificación, sin ensayos, de los productos de madera

Más detalles

R Trazabilidad y etiquetado alimentos y pienso MG

R Trazabilidad y etiquetado alimentos y pienso MG REGLAMENTO (CE) No 1830/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 22 de septiembre de 2003 relativo a la trazabilidad y al etiquetado de organismos modificados genéticamente y a la trazabilidad de los

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 27.03.2002 COM(2002) 160 final 2002/0078 (COD) Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo al mantenimiento del sistema CECA de

Más detalles

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 1 de su artículo 95, Vista la propuesta de la Comisión ( 1 ),

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 1 de su artículo 95, Vista la propuesta de la Comisión ( 1 ), L 268/24 REGLAMENTO (CE) N o 1830/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 22 de septiembre de 2003 relativo a la trazabilidad y al etiquetado de organismos modificados genéticamente y a la trazabilidad

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) 29.9.2015 ES L 252/27 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1730 DE LA COMISIÓN de 28 de septiembre de 2015 por el que se aprueba el uso del peróxido de hidrógeno como sustancia activa existente en biocidas

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 2002R1606 ES 10.04.2008 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CE) N o 1606/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea 9.5.2003 L 115/63 DIRECTIVA 2003/20/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 8 de abril de 2003 por la que se modifica la Directiva 91/671/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones

Más detalles

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN. [notificada con el nœmero C(2002) 315] (2002/C 70/04)

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN. [notificada con el nœmero C(2002) 315] (2002/C 70/04) C 70/8 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 19.3.2002 COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN Directrices comunitarias multisectoriales sobre ayudas regionales a grandes proyectos de inversión [notificada con

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 90/71

Diario Oficial de la Unión Europea L 90/71 28.3.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 90/71 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 300/2013 DE LA COMISIÓN de 27 de marzo de 2013 que modifica el Reglamento (UE) n o 605/2010, por el que se establecen

Más detalles

(1999/880/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

(1999/880/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, 23. 12. 1999 ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 331/73 DECISIÓN DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 1999 por la que se autoriza a los Estados miembros a aplicar y a continuar aplicando a determinados

Más detalles

DIRECTIVA 2004/78/CE DE LA COMISIÓN. de 29 de abril de 2004

DIRECTIVA 2004/78/CE DE LA COMISIÓN. de 29 de abril de 2004 L 153/104 ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.4.2004 DIRECTIVA 2004/78/CE DE LA COMISIÓN de 29 de abril de 2004 por la que se modifica la Directiva 2001/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE) Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 338, apartado 1,

(Texto pertinente a efectos del EEE) Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 338, apartado 1, L 171/144 REGLAMENTO (UE) 2016/1013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 8 de junio de 2016 por el que se modifica el Reglamento (CE) n. o 184/2005 relativo a las estadísticas comunitarias sobre balanza

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 146/7

Diario Oficial de la Unión Europea L 146/7 8.6.2007 Diario Oficial de la Unión Europea L 146/7 REGLAMENTO (CE) N o 633/2007 DE LA COMISIÓN de 7 de junio de 2007 por el que se establecen requisitos para la aplicación de un protocolo de transferencia

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 18.4.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 108/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) N o 348/2013 DE LA COMISIÓN de 17 de abril de 2013 por el que se modifica el anexo XIV del Reglamento

Más detalles