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STCC/ECTP Tercera edición: julio, 2018 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, Ciudad de México. Diseño de portada: Éricka Toledo Piñón Impreso en México

La seguridad pública es una función primordial a cargo de la Federación, la Ciudad de México, los Estados y los municipios, que tiene como finalidad salvaguardar la integridad física, los bienes y los derechos de las personas; prevenir la comisión de ilícitos, así como mantener el orden y la paz públicos en nuestro país. DERECHOS DEL PERSONAL POLICIAL 1. Gozar sin excepción de los derechos humanos y sus garantías, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que le son reconocidos a todas las personas que se encuentran en nuestro país. 2. Recibir el respeto y la consideración de la comunidad a la que sirven. 3. Recibir la capacitación inicial y continua para el desarrollo de destrezas, habilidades, conocimientos teóricos y prácticos, que conlleven a la profesionalización de su función, enfatizando, de manera específica, los derechos humanos y el uso legítimo de la fuerza, necesarios para ser policía de carrera. 4. Recibir equipo y uniformes reglamentarios sin costo alguno. 5. Ser personal sujeto de ascensos, condecoraciones, estímulos y recompensas. 3

4 6. Gozar de un trato digno y respetuoso por parte de sus superiores jerárquicos, iguales o subalternos, así como de la comunidad en general. 7. Recibir asesoría y ser defendidos(as) jurídicamente. 8. En caso de ser personas indiciadas o sentenciadas y encontrarse sujetas a prisión preventiva o a pena privativa de la libertad, deberán permanecer en los establecimientos ordinarios, pero ubicadas en áreas especiales para policías, separadas y diferentes a las que se destinen para el resto de las personas procesadas o sentenciadas. 9. Recibir oportuna atención médica y tratamiento adecuado, cuando sean personas lesionadas en cumplimiento de su deber; en caso de extrema urgencia o gravedad, el personal deberá ser atendido en la institución médica privada o pública más cercana al lugar donde se produjeron los hechos, sin costo alguno. OBLIGACIONES DE LAS POLICÍAS 1. Desempeñar sus funciones bajo los principios de legalidad, disciplina, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad y respeto a los derechos humanos y sus garantías, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, así como de los instrumentos internacionales en la materia. 2. Servir con respeto, diligencia y honor a la sociedad, salvaguardar la vida e integridad física, así como los bienes

de las personas, permitiendo el libre ejercicio de sus derechos, preservando el orden y la paz pública. 3. Prestar el auxilio que le sea posible a quienes estén amenazadas(os) de un peligro personal y, en su caso, solicitar los servicios médicos de urgencia cuando dichas personas se encuentren heridas o gravemente enfermas, así como dar aviso a sus familiares o personas conocidas de tal circunstancia. 4. En los casos de detenciones de delitos cometidos en flagrancia, presentar inmediatamente ante el Ministerio Público a quienes son presuntos(as) responsables. 5. Abstenerse de realizar la detención de personas sin cumplir con los requisitos constitucionales y legales previstos para ello. 6. Desempeñar con honradez, responsabilidad y veracidad el servicio encomendado, debiendo abstenerse de todo acto de corrupción, sin solicitar ni aceptar compensaciones, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente. 7. Prevenir la comisión de delitos y faltas administrativas que determinen las leyes. 8. Abstenerse de cometer actos de agresión física o verbal, intimidación o cualquier otro que lesione la dignidad de las personas. 5

9. Al momento de la detención de una persona, informarle a ésta sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 10. Usar el equipo a su cargo con el debido cuidado y prudencia en el cumplimiento de su deber, destinándolo exclusivamente al desempeño de sus funciones. 11. No utilizar su credencial o uniforme para obtener privilegios personales. 12. Usar en todo momento la persuasión verbal antes de emplear la fuerza y las armas. 13. En toda detención debe conducirse dentro del marco de la legalidad y el respeto a los derechos humanos, así como velar por la vida; la dignidad, y la integridad física, psicológica y patrimonial del detenido y de la víctima. 14. Abstenerse de infligir, tolerar o permitir actos de tortura u otros tratos o sanciones crueles, inhumanos o degradantes a aquellas personas que se encuentren bajo su custodia. BIBLIOGRAFÍA Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley de la Policía Federal. 6

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Periférico Sur 3469, Col. San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C. P. 10200, Ciudad de México. Teléfonos: (55) 56 81 81 25 Larga distancia sin costo: 01 800 715 20 00 y 01 800 719 24 79 www.cndh.org.mx Contenidos: Ivette Guadalupe Jiménez Flores Fecha de elaboración: junio de 2013 Número de identificación: SEGS/CART/200C Principales derechos y deberes de las y los elementos policiales en el ejercicio de sus funciones, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de imprimir en agosto de 2018 en los talleres de Home Print, S. A. de C. V., Corregidora núm. 194, colonia Miguel Hidalgo, 2a. Sección, Delegación Tlalpan, C. P. 14250, Ciudad de México. El tiraje consta de 22,500 ejemplares. Este material fue elaborado con papel certificado por la Sociedad para la Promoción del Manejo Forestal Sostenible A. C. (Certificación FSC México). 7