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Transcripción:

A C T A N Ú M E R O 30 En la Ciudad de Monterrey, Capital del Estado de Nuevo León, siendo las diez horas con veinte y cinco minutos del día dos de Octubre de dos mil siete, reunidos en el Recinto Oficial del Republicano Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, en uso de la palabra, el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. ADALBERTO ARTURO MADERO QUIROGA, manifestó: Buenos días a todos. Señores y señoras, Regidoras, Regidores y señores Síndicos del Ayuntamiento de Monterrey. En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, y el Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, se les ha convocado para que el día de hoy, se celebre SESIÓN EXTRAORDINARIA, en la que se tratará como ASUNTO ÚNICO: CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL C. JUEZ TERCERO DEL DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO JUDICIAL FEDERAL, EN LA RESOLUCIÓN PRONUNCIADA EN AUDIENCIA CONSTITUCIONAL DE FECHA 26 DE

2 FEBRERO DEL 2007, DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO NÚMERO 852/2006-II PROMOVIDO POR EL C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTINEZ ; por lo que solicito al Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento el señor Marco Heriberto Orozco, pase lista de asistencia y verifique el quórum legal; y con fundamento a lo que establece el artículo 76, fracción III del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, me asista con los trabajos de esta Sesión ;- agregando el C. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO, LIC. MARCO HERIBERTO OROZCO RUIZ VELAZCO, lo siguiente: Con las instrucciones del C. Presidente Municipal, procedo a pasar la lista de asistencia.- Se encuentran presentes: C. Presidente Municipal, Adalberto Arturo Madero Quiroga.- Regidores y Regidoras: C. Marcos Mendoza Vázquez.- C. Luis Alberto García Lozano.- C. Julio César García Garza.- C. Ana Cristina Morcos Elizondo.- C. Juan Antonio Campos Gutiérrez.- C. Jovita Morin Flores.- C. Sandra Leticia Hernández Padilla.- C. Pedro Mendoza Guerrero.- C. Martina García Reyes.- C. Modesta Morales Contreras.- C. Hugo Ortiz Rivera.- C. Rafael Gerardo Guajardo Villarreal.- C. Antonio García Luna.- C. Ofelia Cervantes García.- C. Sergio Corona Serrano.- C. Tomás David Macías Canales.- C. Armando Amaral Macías.- C. Benito Martínez Loera.- C. Mario Armando de la Garza Casas.- C. Daniel Bautista Rocha.- C. Humberto Cervantes Lozano.- C. Pedro Carmelo Arredondo Meras.- C. Gilberto Crombe Camacho.- C. Candelario Maldonado Martínez, justificó su inasistencia.- C. Sergio Arellano Balderas.- C. Manuel Elizondo Salinas.- C. Mario Alberto Leal Regalado.- Síndicos: 1º. C. Rogelio Sada Zambrano.- 2º. C. María de los Ángeles García Cantú.- Asimismo un servidor de ustedes, Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco, Secretario del R. Ayuntamiento.- Hay quórum legal señor Presidente Municipal.- Sigue manifestando el C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO: Enseguida y cumpliendo con las indicaciones del C. Presidente Municipal y existiendo quórum legal, de acuerdo a lo establecido en los artículos 32 y 34 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, se declaran abiertos los trabajos de esta Sesión Extraordinaria, bajo el siguiente orden del día.- 1.- Lista de asistencia.- 2.-

3 Lectura y aprobación en su caso, del acta número 29, correspondiente a la Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de Septiembre de 2007.- 3.- ASUNTO ÚNICO: Cumplimiento a lo ordenado por el C. Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito Judicial Federal, en la resolución pronunciada en Audiencia Constitucional de fecha 26 de Febrero de 2007, dentro del Juicio de Amparo Número 852/2006-II, promovido por el C. José Humberto Reyes Martínez.- 4.- Clausura de la Sesión.- Señoras y Señores Regidores y Síndicos, de estar de acuerdo con la propuesta del orden del día, sírvanse aprobarlo levantando su mano.- Se aprueba el orden del día.- Enseguida, el C. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO, expresó: Continuando con el orden del día, esta Secretaría a mi cargo informa a este R. Ayuntamiento, que en lo que respecta al acta correspondiente a la Sesión Ordinaria de fecha 26 de Septiembre del presente año, se encuentra en proceso de elaboración y revisión; motivo por el cual, de no haber inconveniente les solicito que la aprobación del acta en mención se lleve a cabo en la próxima Sesión Ordinaria que celebre este Órgano Colegiado. De estar de acuerdo con la propuesta, por favor sírvanse manifestarlo levantando su mano.- Muchas gracias, se Aprueba.- Para dar trámite al Asunto Único para el que fueron convocados a esta Sesión Extraordinaria, se solicita a los integrantes de la Comisión de Espectáculos y Alcoholes, hagan uso de la palabra para la presentación de documento relativo al Cumplimiento de la resolución emitida por el C. Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito Judicial Federal, en la resolución pronunciada en Audiencia Constitucional de fecha 26 de Febrero de 2007, dentro del Juicio de Amparo Número 852/2006-II, promovido por el C. José Humberto Reyes Martínez; para lo cual cedo el uso de la palabra a la Regidora Martina García.- En uso de ella, la C. REG. MARTINA GARCÍA REYES, expresó: Buenos días a todos, señor Secretario visto que el dictamen ha sido circulado en tiempo y forma, atentamente le solicito ponga a consideración de los miembros de este Republicano Ayuntamiento la solicitud de dispensa para omitir la lectura total del documento que presenta la Comisión de Espectáculos y Alcoholes, a fin

4 de darle lectura parcial al mismo y a los puntos resolutivos, en el entendido que de ser aceptada mi propuesta el documento deberá ser transcrito en forma íntegra en el acta que se elabore de esta sesión.- Manifestando el C. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO, lo siguiente: Con todo gusto Regidora. Someto a la aprobación del Pleno la solicitud de la Regidora Martina García Reyes de omitir la lectura total del dictamen, quien esté a favor sírvase manifestarlo levantando su mano. Se aprueba Regidora continúe por favor".- Enseguida, la C. Regidora procedió en la forma aprobada; transcribiéndose a continuación en forma completa el documento ya referido, el que a la letra dice: - COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS Y ALCOHOLES MUNICIPAL DEL R. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE MONTERREY.- Encontrándose reunidos en el recinto oficial del R. Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, los miembros de la Comisión de Espectáculos y Alcoholes del Municipio, el Presidente; Regidor Julio Cesar García Garza, Secretario; Regidor Hugo Ortiz Rivera, Vocal; Regidor Martina García Reyes, Vocal; Regidor Rafael Gerardo Guajardo Villarreal, Vocal; Regidor Pedro Carmelo Arredondo Meraz, en ejercicio de las facultades concedidas por los artículos 39 y 56 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de la Ciudad de Monterrey, proceden a estudiar, analizar y proponer como alternativa de solución a diversos asuntos municipales, en base a la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: I.- En fecha 8 de noviembre del 2006, fué promovido por el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ, por su propio derecho, el Amparo y la Protección de la justicia Federal contra actos del Director de Inspección y Vigilancia del Municipio de Monterrey Nuevo León y otras autoridades, siendo el acto reclamado el acuerdo pronunciado en fecha 24- veinticuatro de octubre del año 2006, a través del cual se informa a la quejosa de garantías que su solicitud de reordenamiento respecto de la licencia con giro autorizado de Restaurant Bar con Venta de Bebidas Alcohólicas, y domicilio autorizado para su funcionamiento en el ubicado en la calle Simón Bolívar 320-A Sur, de la Colonia Chepevera de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo titular lo es el propio quejoso, C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ, número

5 de cuenta municipal 134119 no fue tomada en consideración en la sesión de cabildo de fecha 21 de Diciembre del año 2005, dictada por el R. Ayuntamiento de Monterrey. II.- En fecha 26-veintiséis de febrero del 2007-dos mil siete, el Juzgado Tercero de Distrito en materia Administrativa del cuarto circuito Judicial de la Federación con residencia en la Ciudad de Monterrey Nuevo León pronunció la sentencia constitucional del Amparo 852/2006-II, notificada a la Autoridad Responsable, el 1-primero de marzo del mismo año, siendo lo más relevante lo que a la letra dice: Es procedente conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para el efecto de que la autoridad responsable proceda a dar respuesta a la petición de la parte quejosa y hacerla de su conocimiento en forma indubitable, en el término de veinticuatro horas, contado a partir de que cause ejecutoria la presente sentencia.... III.- En fecha 29 de marzo del 2007 se notifica a la autoridad responsable, que la resolución Constitucional había causado ejecutoria de Ley y que en consecuencia se pide el cumplimiento con fundamento en los artículos 80 y 104 de la ley de Amparo para que dentro del término de 24 horas a partir de la fecha en que sea debidamente Notificada, el presente proveído, con el apercibimiento que de no informar a este juzgado de distrito, dentro del término concedido, se procederá en su contra de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 105 de la ley de amparo. IV.- Por acuerdo pronunciado por el C. Secretario del R. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, de fecha 10 de Septiembre del año 2007, tomando en consideración la naturaleza propia de la ejecutoria, cuyo cumplimiento es requerido, es decir, que tomando en consideración que la autoridad indicada para resolver lo correspondiente a la solicitud de reordenamiento planteada por la quejosa solo puede hacerlo el R. Ayuntamiento a través de la sesión respectiva, solicitó del C. Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito Judicial Federal, que se tuviera a las autoridades responsables en vías de cumplimiento de la ejecutoria de mérito. En opinión de la Dirección Jurídica de este Municipio, los actos y resoluciones emitidos por los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados de circuito de la Federación se encuentran

6 apegados a estricto derecho y legalidad, por otro lado y tomando en consideración que la naturaleza de la propia resolución a cumplimentar deriva de un mandato dado por un Juez de Distrito en materia Administrativa en el Estado de Nuevo León en cumplimiento a un procedimiento que se encuentra contemplado en la ley de amparo en vigor, en el cual se dispone como sanción al incumplimiento de sus resoluciones emitidas dentro de los juicios de Amparo aquellas que van desde un requerimiento dado a una autoridad de mayor jerarquía para su cabal cumplimiento, hasta la separación del cargo y puesta a disposición del Juez de Distrito correspondiente en términos de lo dispuesto por los artículos 80 104 105 108 y demás relativos de la ley de amparo, en relación con el artículo 107 fracción XVI-decimosexta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es por lo que se estima que es pertinente proceder al sometimiento de la solicitud de reordenamiento que respecto de la licencia con giro autorizado de Restaurant Bar con Venta de Bebidas Alcohólicas, y con domicilio autorizado para su funcionamiento el ubicado en la calle Simón Bolívar 320-A Sur, de la Colonia Chepevera, de esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo titular lo es el propio quejoso, C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ, número de cuenta municipal 134119, ante la decisión del R. Ayuntamiento de esta municipalidad, por así encontrarse contemplado en el artículo Sexto Transitorio de las reformas del 02-dos de Abril del año 2004-cuatro, publicadas en el Periódico Oficial del Estado número 48-cuarenta y ocho de fecha 07-siete de Abril del mismo año, del Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Monterrey, Nuevo León., CONSIDERANDO: Primero.- Que el R. Ayuntamiento en términos de lo dispuesto por el articulo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, para resolver los asuntos que le corresponden celebrará sesiones que podrían ser, I ordinarias, II extraordinarias y III solemnes. Segundo.- Que en fecha 26 de noviembre del año 2004 fue solicitado un canje de la licencia con giro autorizado de Restaurant Bar con Venta de Bebidas Alcohólicas, y domicilio autorizado para su

7 funcionamiento en el ubicado en la calle Simón Bolívar 320-A Sur, de la Colonia Chepevera de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, fuera planteada por el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ, dentro del programa de reordenamiento contemplado en el artículo sexto transitorio de las reformas del 02-dos de Abril del año 2004-cuatro, publicadas en el Periódico Oficial del Estado número 48- cuarenta y ocho de fecha 07-siete de Abril del mismo año, del Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, hecho saber al público mediante Convocatoria de fecha 1º-Primero de Junio del año 2004-dos mil cuatro. Tercero.- Que en fecha 21 de diciembre del año 2005-dos mil cinco se celebró una sesión ordinaria en la cual entre los asuntos correspondientes al orden del día se sometió a decisión el correspondiente al punto 05-cinco relativo al informe de comisiones, siendo entre otras la correspondiente a la Comisión de Espectáculos y Alcoholes quien interpuso la propuesta para que fueran sometidas a la aprobación o desaprobación de las solicitudes y expedientes de quienes participaran en el Programa de Reordenamiento contemplado en el artículo sexto transitorio de las reformas del 02-dos de Abril del año 2004-cuatro, publicadas en el Periódico Oficial del Estado número 48-cuarenta y ocho de fecha 07-siete de Abril del mismo año, del Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, ya sea mediante cambio de giro, domicilio y/o titular. Cuarto.- Que en la sesión ordinaria mencionada en el punto inmediato anterior, no fue tomada en consideración la solicitud de la licencia con giro autorizado de licencia de Restaurant Bar con Venta de Bebidas Alcohólicas, y domicilio autorizado para su funcionamiento en el ubicado en la calle Simón Bolívar 320-A Sur, de la Colonia Chepevera de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, planteada por el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ. Quinto: Que el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ inconforme con la falta de contestación por parte del R. Ayuntamiento de esta Municipalidad, a la solicitud de referencia, promovió juicio de amparo ante el H.

8 Juzgado Tercero de Distrito en materia Administrativa en el Estado, quien la radicó bajo el número de índice 852/2007-II, en contra del C. Director de Inspección y Vigilancia y otras autoridades de esta municipalidad, juicio de amparo el anterior en el cual fue pronunciada sentencia constitucional de fecha 26-de febrero del presente año, en la que se concediera el amparo y protección de la justicia federal, para el efecto de que se deje insubsistente el acuerdo pronunciado en fecha 23-veintitrés de octubre del año 2006, a través del cual se informa a la quejosa de garantías que su solicitud de reordenamiento respecto de la licencia con giro autorizado de Restaurant Bar con Venta de Bebidas Alcohólicas, y domicilio autorizado para su funcionamiento ubicado en la calle Simón Bolívar 320-A Sur, de la Colonia Chepevera de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo titular lo es el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ, número de cuenta municipal 134119, concediéndose también para el efecto de que la autoridad responsable proceda a dar respuesta a la petición de la parte quejosa y hacerla de su conocimiento en forma indubitable, en el término de veinticuatro horas, contado a partir de que cause ejecutoria la presente sentencia, ahora bien, y tomando en consideración que el Artículo Sexto Transitorio de las Reformas del 02 de Abril del 2004, publicadas en el Periódico Oficial del Estado número 48 de fecha 7 de Abril del mismo año, del Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas para el Municipio de Monterrey, Nuevo León, establece que: Dentro de un programa de reordenamiento de los establecimientos que actualmente venden y/o consumen cerveza y/o bebidas alcohólicas en el municipio de Monterrey, la Secretaría del Ayuntamiento por conducto de la Dirección de Inspección y Vigilancia expedirá una convocatoria para regular a los establecimientos que operan en el área geográfica que se incorporó al territorio del municipio, conforme a los decretos 349 y 93 de fecha 18 de agosto de 2000 y 5 de Noviembre de 2001, respectivamente, expedidos por el H. Congreso del Estado y que contaban con licencias legalmente expedidas por el R. Ayuntamiento de General Escobedo, Nuevo León. En esta convocatoria, que

9 deberá precisar plazos y procedimientos, podrán participar los establecimientos que demostrando contar con licencia o permiso debidamente autorizado por el Ayuntamiento de Monterrey, y contando con número de cuenta de Tesorería Municipal, se encuentren operando con giro diferente al autorizado y/o con un titular de la licencia diverso al acreditado, y/o en un domicilio diferente al autorizado, siempre y cuando dichos establecimientos no se encuentren en un rango menor de 200 metros de Escuelas de Educación, Centros de Salud o Templos Religiosos, contados de predio a predio y que el inicio de sus operaciones sea anterior a la presente Administración Municipal. El R. Ayuntamiento a propuesta de la Comisión de Espectáculos y Alcoholes, será la autoridad encargada de otorgar o negar las solicitudes de reordenamiento registradas en los términos de la convocatoria. El programa de reordenamiento al que se refiere este artículo, no excusa la inobservancia de cualquier disposición del presente Reglamento, sino únicamente permite la operación temporal de los establecimientos que encontrándose inscritos en el padrón municipal se encuentren en los casos mencionados en este artículo y que se inscriban en el proceso de ordenamiento, en los términos que especifique la convocatoria. ; desprendiéndose de lo expuesto que la autoridad indicada para resolver lo correspondiente a la solicitud de reordenamiento planteada por el quejoso, lo es el R. Ayuntamiento de esta municipalidad, a través de la sesión correspondiente, por lo que en tales consideraciones y en cumplimiento de la ejecutoria de mérito, es necesario el sometimiento de la solicitud de reordenamiento planteada por la quejosa a la presente sesión a fin de que en términos de lo dispuesto por los artículos 80, 104, 105 y demás relativos de la Ley de Amparo en vigor, se de cumplimiento a la ejecutoria solicitada. Sexto.- Que en fecha 2 de Abril del año 2004, el R. Ayuntamiento de Monterrey, en sesión ordinaria aprobó las reformas al ahora Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas para el Municipio de Monterrey, Nuevo León, con el objeto de homologar sus disposiciones con la Ley Estatal de Prevención de Combate al Abuso del Alcohol. Dichas reformas fueron publicadas

10 en el Periódico Oficial del Estado, el día 7 de abril entrando en vigor el día 8 del mismo mes y año; asimismo, la convocatoria a que hace referencia el dispositivo legal en consulta, fue debidamente publicada en los periódicos de mayor circulación en nuestra ciudad con el objeto de difundir ampliamente a la comunidad el citado programa de reordenamiento; que la solicitud y expediente del establecimiento interesado en participar en el programa de reordenamiento fue oportunamente remitido a esta Comisión para ser discutidos y analizados conforme queda asentado en las minutas de trabajo correspondientes; que el Plan de Desarrollo establece dentro del eje temático, Monterrey Seguro y con Orden, como estrategia y línea de acción, ordenar y actualizar el padrón de establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas y de los que ofrecen espectáculos, así como revisar los giros de los establecimientos en el primer cuadro de la ciudad; que esta comisión constató que el establecimiento que solicita participar en este programa de reordenamiento, ha estado operando en lugar distinto; asimismo, esta Comisión de Espectáculos y Alcoholes verificó el interés jurídico de la solicitante, cuyo establecimiento cuenta con licencia expedida por la autoridad municipal competente para ello, con número de cuenta 134119 de la Tesorería Municipal, y que ha iniciado sus operaciones con anterioridad a esta administración: que el programa de reordenación busca depurar el censo de establecimientos que operan en la ciudad que permita a la autoridad municipal contar con un padrón de establecimientos dedicados a la venta y/o expendio de bebidas alcohólicas en el municipio con mayor confiabilidad, el cual brindará un mayor control sobre los mismos y transparentará el padrón de establecimientos en la ciudad. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido por los artículos 2, 29 fracción V, 35, 36 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, 1, 3, 7, 17, 24 y 39 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento, tercero, sexto y séptimo transitorio del Reglamento que Regula las Actividades de los Establecimientos de Venta y/o Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Monterrey, Nuevo León, se somete a consideración de este R.

11 Ayuntamiento el siguiente punto resolutivo: La Comisión de Espectáculos y Alcoholes, por lo expuesto y fundado propone al R. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, la aprobación del siguiente acuerdo. Primero.- Que en estricto cumplimiento a lo ordenado por él C. Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito Judicial Federal, en la resolución pronunciada en Audiencia Constitucional de fecha 26 de febrero del 2007, dentro de Juicio de Amparo número 852/2006-II promovido por el C. JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ en contra del C. Director de Inspección y Vigilancia del Municipio de Monterrey, Nuevo León, asimismo y a fin de no violentar las disposiciones contenidas en los artículos 80, 104, 105, 108 y demás relativos de la Ley de Amparo, en relación con el artículo 107 fracción XVI y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, procede someter a la consideración del R. Ayuntamiento del Municipio de Monterrey, Nuevo León, el cumplimiento de ejecutoria en cuestión. Segundo.- Se otorgue la licencia realizándose los cambios respectivos con el nombre de titular, domicilio y giro correspondiente y dar así cumplimiento a las finalidades y objetivos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo referente al ordenamiento y actualización de los establecimientos en donde se vende y/o consumen bebidas alcohólicas en este municipio de Monterrey, Nuevo León. Por lo tanto la licencia deberá contener los siguientes datos: TITULAR: JOSÉ HUMBERTO REYES MARTÍNEZ..- GIRO: RESTAURANT BAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.- DOMICILIO: CONSTIUYENTES DE NUEVO LEÓN 1160-A COLONIA LOS FRESNOS EN MONTERREY, NUEVO LEÓN. Así lo acuerden y firman los integrantes de la Comisión de Espectáculos y Alcoholes del R. Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León. Atentamente: Monterrey, Nuevo León, a 26 de Septiembre del año 2007. COMISIÓN DE ESPECTÁCULOS Y ALCOHOLES MUNICIPAL DEL R. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN. Julio César García Garza, Presidente; Regidor.- Hugo Ortiz Rivera, Secretario; Regidor.- Martina García Reyes, Vocal; Regidor.- Rafael Gerardo Guajardo Villarreal, Vocal; Regidor.- Pedro Carmelo Arredondo

12 Meraz, Vocal; Regidor.- Rúbricas.- Acto seguido, en uso de la palabra el C. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO, manifestó: Gracias Regidora, a consideración de ustedes el documento presentado. De no haber comentarios se somete a votación de los presentes el documento que se ha dado a conocer, quienes estén a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano, gracias, quienes estén en contra, (ninguno) gracias, quienes deseen abstenerse, (ninguno). SE APRUEBA POR UNANIMIDAD.- Habiéndose agotado el asunto único de esta sesión extraordinaria, se solicita al C. Presidente Municipal proceda a la clausura de los trabajos.- A continuación, en uso de la palabra el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. ADALBERTO ARTURO MADERO QUIROGA, dijo: Señores Regidores y Regidoras, agotado el asunto único previsto en el orden del día para esta sesión extraordinaria, siendo las diez horas con cuarenta y cinco minutos, me permito declarar clausurados los trabajos de la misma, solicitándoles atentamente que permanezcan en este recinto oficial, y en sus lugares ya que dentro de unos segundos daremos inicio a otra Sesión Extraordinaria convocada para este día. Gracias.- Doy fe. - - - - - - - - - - - - - - - -