AYUNTAMIENTO DE LA ADRADA (ÁVILA) Plaza de la Villa n º 1 / N.I.F. P A / Tfno / Fax / C. Postal

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AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE BARBARROYA, PROVINCIA DE TOLEDO. ORDENANZA FISCAL NÚM. 20

Transcripción:

TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTO MEDIANTE COMUNICACIÓN AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL Modelo 102 1.- DATOS SUJETO PASIVO CONTRIBUYENTE (PROMOTOR O DUEÑO): Domicilio completo a efecto de notificaciones: Municipio: C.P.: 2.- DATOS REPRESENTANTE: 3.- DATOS SUJETOS PASIVOS SUSTITUTOS CONTRIBUYENTE: 4- DATOS DE LA ACTIVIDAD: AUTOR DEL PROYECTO Apellidos y nombre: NIF: Fecha inicio de obra: Fecha final de obra: 5.- DATOS FINCA: Nº fijo IBI: Referencia Catastral: Emplazamiento: Nº. Bloque Escalera Planta Puerta 6.- DATOS DE LA COMUNICACIÓN DE APERTURA Titular: Descripción de la actividad: Órgano resolutorio: Superficie total:

7.- CÁLCULO DE LA CUOTA: CUOTA FIJA(TOTAL A INGRESAR) ------------------------------------ Según la Ordenanza Reguladora De La Tasa Por La Apertura De Establecimiento Mediante Comunicación (B.O.P. 23/01/2013): METROS LOCAL ACTIVIDAD SUJETA A LA LEY 11/2003 ACTIVIDAD SUJETA AL ANEXO DEL REAL DECRETO LEY 19/2012 De 0 hasta 75 m2 De 76 hasta 100 m2 Más de 100 m2 60,00 75,00 90,00 105,00 120,00 135,00 Validación mecánica por Entidad Bancaria La Adrada, a de de (firma del solicitante) Este documento no será válido sin la validación mecánica, o en su defecto, firma autorizada. Esta autoliquidación, junto con el justificante del ingreso, deberá adjuntarse a la solicitud de licencia urbanística, comunicación previa o declaración responsable. EJEMPLAR PARA LA ADMINISTRACIÓN: CONTABILIDAD

TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTO MEDIANTE COMUNICACIÓN AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL Modelo 102 1.- DATOS SUJETO PASIVO CONTRIBUYENTE (PROMOTOR O DUEÑO): Domicilio completo a efecto de notificaciones: Municipio: C.P.: 2.- DATOS REPRESENTANTE: 3.- DATOS SUJETOS PASIVOS SUSTITUTOS CONTRIBUYENTE: 4- DATOS DE LA ACTIVIDAD: AUTOR DEL PROYECTO Apellidos y nombre: NIF: Fecha inicio de obra: Fecha final de obra: 5.- DATOS FINCA: Nº fijo IBI: Referencia Catastral: Emplazamiento: Nº. Bloque Escalera Planta Puerta 6.- DATOS DE LA COMUNICACIÓN DE APERTURA Titular: Descripción de la actividad: Órgano resolutorio: Superficie total:

7.- CÁLCULO DE LA CUOTA: CUOTA FIJA(TOTAL A INGRESAR) ------------------------------------ Según la Ordenanza Reguladora De La Tasa Por La Apertura De Establecimiento Mediante Comunicación (B.O.P. 23/01/2013): METROS LOCAL ACTIVIDAD SUJETA A LA LEY 11/2003 ACTIVIDAD SUJETA AL ANEXO DEL REAL DECRETO LEY 19/2012 De 0 hasta 75 m2 De 76 hasta 100 m2 Más de 100 m2 60,00 75,00 90,00 105,00 120,00 135,00 Validación mecánica por Entidad Bancaria La Adrada, a de de (firma del solicitante) Este documento no será válido sin la validación mecánica, o en su defecto, firma autorizada. Esta autoliquidación, junto con el justificante del ingreso, deberá adjuntarse a la solicitud de licencia urbanística, comunicación previa o declaración responsable. EJEMPLAR PARA LA ADMINISTRACIÓN: EXPEDIENTE

TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTO MEDIANTE COMUNICACIÓN AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL Modelo 102 1.- DATOS SUJETO PASIVO CONTRIBUYENTE (PROMOTOR O DUEÑO): Domicilio completo a efecto de notificaciones: Municipio: C.P.: 2.- DATOS REPRESENTANTE: 3.- DATOS SUJETOS PASIVOS SUSTITUTOS CONTRIBUYENTE: 4- DATOS DE LA ACTIVIDAD: AUTOR DEL PROYECTO Apellidos y nombre: NIF: Fecha inicio de obra: Fecha final de obra: 5.- DATOS FINCA: Nº fijo IBI: Referencia Catastral: Emplazamiento: Nº. Bloque Escalera Planta Puerta 6.- DATOS DE LA COMUNICACIÓN DE APERTURA Titular: Descripción de la actividad: Órgano resolutorio: Superficie total:

7.- CÁLCULO DE LA CUOTA: CUOTA FIJA(TOTAL A INGRESAR) ------------------------------------ Según la Ordenanza Reguladora De La Tasa Por La Apertura De Establecimiento Mediante Comunicación (B.O.P. 23/01/2013): METROS LOCAL ACTIVIDAD SUJETA A LA LEY 11/2003 ACTIVIDAD SUJETA AL ANEXO DEL REAL DECRETO LEY 19/2012 De 0 hasta 75 m2 De 76 hasta 100 m2 Más de 100 m2 60,00 75,00 90,00 105,00 120,00 135,00 Validación mecánica por Entidad Bancaria La Adrada, a de de (firma del solicitante) Este documento no será válido sin la validación mecánica, o en su defecto, firma autorizada. Esta autoliquidación, junto con el justificante del ingreso, deberá adjuntarse a la solicitud de licencia urbanística, comunicación previa o declaración responsable. EJEMPLAR PARA LA ENTIDAD BANCARIA

TASA POR APERTURA DE ESTABLECIMIENTO MEDIANTE COMUNICACIÓN AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL Modelo 102 1.- DATOS SUJETO PASIVO CONTRIBUYENTE (PROMOTOR O DUEÑO): Domicilio completo a efecto de notificaciones: Municipio: C.P.: 2.- DATOS REPRESENTANTE: 3.- DATOS SUJETOS PASIVOS SUSTITUTOS CONTRIBUYENTE: 4- DATOS DE LA ACTIVIDAD: AUTOR DEL PROYECTO Apellidos y nombre: NIF: Fecha inicio de obra: Fecha final de obra: 5.- DATOS FINCA: Nº fijo IBI: Referencia Catastral: Emplazamiento: Nº. Bloque Escalera Planta Puerta 6.- DATOS DE LA COMUNICACIÓN DE APERTURA Titular: Descripción de la actividad: Órgano resolutorio: Superficie total:

7.- CÁLCULO DE LA CUOTA: CUOTA FIJA(TOTAL A INGRESAR) ------------------------------------ Según la Ordenanza Reguladora De La Tasa Por La Apertura De Establecimiento Mediante Comunicación (B.O.P. 23/01/2013): METROS LOCAL ACTIVIDAD SUJETA A LA LEY 11/2003 ACTIVIDAD SUJETA AL ANEXO DEL REAL DECRETO LEY 19/2012 De 0 hasta 75 m2 De 76 hasta 100 m2 Más de 100 m2 60,00 75,00 90,00 105,00 120,00 135,00 Validación mecánica por Entidad Bancaria La Adrada, a de de (firma del solicitante) Este documento no será válido sin la validación mecánica, o en su defecto, firma autorizada. Esta autoliquidación, junto con el justificante del ingreso, deberá adjuntarse a la solicitud de licencia urbanística, comunicación previa o declaración responsable. EJEMPLAR PARA EL INTERESADO

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR ESTE MODELO. Modelo 102 INSTRUCCIONES BÁSICAS Número de ejemplares: Este modelo consta de 4 ejemplares: - Uno, para presentar en cualquier entidad bancaria de las indicadas (Ejemplar para la Entidad Bancaria). - Dos, para ser presentados en el Registro General del Ayuntamiento, junto con la solicitud, una vez efectuado el pago (Ejemplar para la Administración: contabilidad y Ejemplar para la Administración: expediente). - Uno, para el sujeto pasivo, que lo conservará como justificante de pago (Ejemplar para el interesado). CÓMO CUMPLIMENTAR LAS CASILLAS DEL MODELO 1.- Datos sujeto pasivo contribuyente (promotor o dueño obra): 1.1.- Sujeto Pasivo: Sujeto pasivo es la persona natural o jurídica obligada a practicar la autoliquidación y a ingresar el importe de la tasa. De conformidad con la normativa de la tasa, vienen obligados a practicar la autoliquidación: Tendrán la consideración de sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas, las herencias yacentes, Comunidades de Bienes y demás Entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimonio separado, susceptibles de imposición, que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la actividad administrativa referenciada en el hecho imponible. Asimismo, de conformidad con el artículo 23.2.b) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente en las tasas establecidas por el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en la Normativa sobre suelo y ordenación urbana, los constructores y los contratistas de las obras. 1.2.-. Promotor: De conformidad con el art. 9.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, será considerado promotor cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para si o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título. l Tratándose de cualesquiera de los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente, se cumplimentará necesariamente este apartado, relativo a datos sujeto pasivo contribuyente. 2.- Representante: Se cumplimentará este apartado siempre que el sujeto pasivo (a título de contribuyente o tenga la condición de sustituto del contribuyente) sea una entidad jurídica. También en el supuesto de la persona física que desee actuar por medio de representante. 3.- Datos sujetos pasivos sustitutos del contribuyente: Marcar con una X la opción correspondiente a solicitante de la licencia, comunicación previa o declaración responsable si es distinto del promotor o la opción del constructor o realizador de la obra en caso contrario. Se consignarán los apellidos y nombre o razón social, NIF/CIF y domicilio completo del solicitante de la licencia o del constructor, según la opción que se haya marcado. 4.- Datos de la obra: Marcar con una X la casilla Autor del Proyecto y se consignarán los apellidos y nombre y NIF del mismo. 5.- Datos Finca: Se consignará el número fijo y la referencia catastral de la finca objeto de actuación urbanística, que figuren en el recibo del I.B.I. u otra documentación catastral acreditativa. Asimismo deberá consignarse el emplazamiento concreto de las obras indicando, en su caso, el nuevo emplazamiento si hubiese sido reasignado con posterioridad a la solicitud de la licencia. 6.- Datos de comunicación de apertura: Titular: Es el que figura como tal en la licencia, el que realice la comunicación previa o efectúe la declaración responsable. Órgano resolutorio: Es el órgano competente que ha otorgado la licencia, en su caso, y que figura en la licencia concedida. Descripción de la actividad: Es la modalidad y descripción de la actividad. Superficie total: Es la superficie expresada en metros cuadrados que figura como superficie total, extraída de las características del proyecto y transcrita a la comunicación. 7.- Cálculo de la Cuota: Cuota: El importe a ingresar, si bien el Ayuntamiento puede comprobar dicha Cuota, de acuerdo con lo previsto en el art. 57 de la Ley General Tributaria. Se fija en la Ordenanza Reguladora De La Tasa Por La Apertura De Establecimiento Mediante Comunicación (B.O.P. 23/01/2013).

PROCEDIMIENTO Rellenar el modelo con arreglo a las instrucciones. Una vez cumplimentado el modelo preséntelo firmado en una de las entidades bancarias indicadas a continuación, donde podrá efectuar el pago. Le devolverán tres ejemplares con la validación mecánica. Dos para entregar en el Registro General de Ayuntamiento junto con la solicitud correspondiente y otro que podrá conservar como justificante del pago realizado. PAGO: En las siguientes entidades bancarias: - BANKIA 2038-7782-29-6400001338 - CAJA DUERO 2104-0324-34-1100007362 - LA CAIXA 2100-6101-56-0200018075 PLAZOS: En periodo voluntario (Art. 62.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria): Con carácter general la autoliquidación deberá satisfacerse el mismo día de su emisión y excepcionalmente hasta las 14,00 horas del día siguiente hábil. No se iniciará la tramitación de la solicitud de licencia hasta que se haya procedido al pago de la tasa. Devengo: - La tasa se devengará cuando se presente la solicitud del interesado que inicie el expediente, el cual no se tramitará sin el previo pago de la tasa establecida, o con la iniciación de oficio por parte de la Administración, que conllevará a su vez el pago de la tasa. - Cuando las obras se hayan iniciado o ejecutado sin haber obtenido la oportuna licencia, la Tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si la obra en cuestión es o no autorizable; con independencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para la autorización de estas obras o su demolición si no fueran autorizables. - La obligación de contribuir, una vez nacida, no se vera afectada en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada o por la concesión de ésta, condicionada a la modificación del proyecto presentado ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida la licencia. Documentación a aportar: - copia del documento en que conste la superficie del local. - Si en el transcurso de la tramitación del expediente el interesado pretendiese variar o ampliar el establecimiento o la actividad para el que solicitó la licencia, deberá al entregársele ésta, formular nueva petición correspondiente a la variación o ampliación, según proceda, que será objeto de liquidación por separado. - En los establecimientos donde se ejerzan una o varias, las mismas o distintas industrias, comercio o profesiones por distintos industriales, cada uno de éstos devengará por separado los derechos que procedan. - En aquellos locales donde se ejerza por una misma persona dos o más industrias o comercios, se tributará separadamente por cada una de las actividades con independencia de su tramitación conjunta. ADVERTENCIAS FINALES Comprobación: A la vista de la documentación aportada o de cualquier otra relativa a estas construcciones, instalaciones u obras y de las efectivamente realizadas así como del coste real y efectivo de las mismas una vez finalizadas, el Ayuntamiento procederá mediante la correspondiente comprobación administrativa, a la determinación del coste real efectivo de las mismas, que constituye la base imponible del tributo. Rectificación: Los sujetos pasivos podrán instar a la Administración municipal su conformidad con la autoliquidación practicada o su rectificación y restitución, en su caso, de lo indebidamente ingresado antes de haber prescrito tanto el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación como el derecho a la devolución del ingreso indebido. Impugnación de Autoliquidaciones: Deberá instarse la rectificación de la autoliquidación mediante solicitud dirigida al Sr. Alcalde, en el plazo comprendido entre la presentación de aquella y antes de haber practicado la Administración la oportuna liquidación definitiva o, en su defecto, de haber prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación como el derecho de devolución del ingreso indebido; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos126 y ss. del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE de 5 de septiembre de 2007).