DERECHO turístico y ambiental FMAR03490 ESPOL MATHIAS PECOT EXAMEN FINAL PARCIAL 2 02/2018 Alumno/a P1. PARTE 1 (54 puntos)

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Transcripción:

PARTE 1 (54 puntos) 1

Repuesta correcta: 3 puntos Repuesta correcta con falta: 1 puntos HORIZONTAL 1. Cláusula [DCiv] Obligación accesoria de una principal que suele pactarse en los contratos y por la cual el deudor se compromete, ante el incumplimiento de la prestación debida, a entregar una cantidad dinero, generalmente en sustitución de la indemnización por daños y perjuicios, y cuando se pacte expresamente junto a ésta. 4. turísticos: un acuerdo de voluntades celebrado entre el usuario turístico (turista) y el prestador de servicios turísticos, o entre prestadores de servicios turísticos entre sí; en virtud del cual se crean obligaciones para las partes contratantes, a fin de satisfacer directa o indirectamente la prestación efectiva de los servicios turísticos (Guzmán, 2012). 6. Cláusula : Cláusula contractual que produce un importante desequilibrio en las prestaciones económicas que debe realizar una de las partes. La Disp. Adic. de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios establece una enumeración de estas. Ej.: privación de los derechos básicos del consumidor. 10. Art. 9.- AMBIENTAL de Actividad Turística (2 palabras).- Es la autorización que otorga el Estado ecuatoriano a través de la Autoridad Ambiental Nacional, a las personas naturales o jurídicas para ejercer actividades turísticas y prestar servicios turísticos dentro del Patrimonio de Areas Naturales del Estado PANE. Estas actividades y servicios estarán previstos en este Reglamento y serán regulados por el Plan de Manejo correspondiente a cada área protegida. El AMBIENTAL de Actividad Turística es de carácter temporal, intransferible e intransmisible. No podrá desarrollarse a través de terceros; no serán objeto de prenda, cesiones en garantía, ni otras garantías previstas en las leyes, ni de convenios, asociaciones, ni acuerdos secundarios; tampoco podrán aportarse a fideicomisos ni cualquier otra figura de naturaleza similar. Podrá ser renovable y revocable en la forma prevista en este Reglamento, tomando en consideración las características de las actividades y servicios turísticos. Estará sujeto al marco normativo turístico y ambiental vigente.» 11. El es el espacio turístico dentro del territorio comunitario que ofrece servicios de alojamiento, alimentos y bebidas, basados en una organización comunitaria que promueve un desarrollo local justo, equitativo, responsable y sostenible; basado en el rescate de su identidad, costumbres, tradiciones a través de un intercambio de experiencias con visitantes con la finalidad de ofertar servicios de buena calidad y mejorar las condiciones de vida de las comunidades. 12. Es una actividad no extractiva que permite observar animales desde tierra, mar y aire, siguiendo los parámetros establecidos en la normativa y la legislación nacional vigente en la materia. 2

13. Es un principio que determina el ejercicio de los derechos conforme a unas exigencias morales y sociales. Implica, por ejemplo, no entregar u ocultar información relevante al momento de vender un vehículo. 15. Art. 47.- Obligación del Único de Turismo.- Toda persona natural, jurídica, empresa o sociedad, previo el inicio de cualquiera de las actividades turísticas descritas en el artículo 5 de la Ley de Turismo, obtendrán el de turismo, que consiste en la inscripción del prestador de servicios turísticos en el catastro o registro público de empresarios y establecimientos turísticos, en el Ministerio de Turismo. (Ley de turismo, Registro Oficial No. 733 del 22 diciembre del 2002.) 16. contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies. 2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional. (Código orgánico penal integral, Artículo 247) 17. El es el documento que identifica e individualiza a los contribuyentes, personas físicas o jurídicas, para fines tributarios. El es el instrumento que permite que el Servicio de Rentas Internas (SRI) realice el control tributario. VERTICAL 2. Art. 55.- Requisito previo para la operación. - Para el inicio y ejercicio de las actividades turísticas se requiere además del registro de turismo, la única anual de funcionamiento, la misma que constituye la autorización legal a los establecimientos dedicados a la prestación de los servicios turísticos, sin la cual no podrán operar, y tendrá vigencia durante el año en que se la otorgue y los sesenta días calendario del año siguiente. (Ley de turismo, Registro Oficial No. 733 del 22 diciembre del 2002.) 3. Conforme a lo establecido en el artículo 397 de la Constitución de la República, el Estado, para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, se compromete, entre otras actuaciones, a asegurar la intangibilidad de las áreas naturales, a efectos de que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas, reservándose para sí el manejo y la administración de dichas áreas. Las 3

Áreas Naturales son áreas de propiedad pública o privada, de relevancia ecológica, social, histórica, cultural y escénica, establecidas en el país de acuerdo con la ley, con el fin de impedir su destrucción y procurar el estudio y conservación de especies de plantas o animales, paisajes naturales y ecosistemas. (Codificación de la Ley forestal y de conservación de áreas naturales y vida silvestre del ecuador, codificación 2004-17, Ro n 418.) 5. Dicho de una ley, de una ordenanza, de un reglamento o de una costumbre que se encuentra aprobado por la autoridad competente y publicado en el registro oficial de la República del Ecuador. 6. Contrato de [DCiv1 Modalidad contractual muy extendida hoy en día, por la cual la totalidad de las cláusulas de un contrato han sido establecidas unilateralmente por una de las partes, la dominante o preponderante, limitándose la otra a aceptarlas en bloque. Para proteger a los consumidores la ley establece las siguientes garantías: que estén redactados con claridad, sencillez y concreción y que las cláusulas oscuras se interpreten a favor de los consumidores. Además, no podrán contener cláusulas abusivas. Uso frecuente en contratos de seguros o contratos de transporte. 7. DE LA VOLUNTAD: en materia de contratos, defectos o anomalías, bien conscientes bien inconscientes, que pueden provocar una discordia entre la voluntad interna y la declarada. Se clasifican en error, reserva mental, violencia, intimidación, simulación, o dolo. 8. Contrato de es «aquel contrato por el que una persona cede a otra el uso de una habitación en un establecimiento hotelero, por un periodo determinado a cambio de precio, obligándose al propio tiempo a la custodia de su equipaje y a la prestación de otros servicios accesorios». 9. El Contrato en virtud del cual una empresa se obliga y, además, tiene derecho a usar el sistema de explotación comercial de otra compañía, quien colaborará, controlará y supervisará la utilización por un franquiciado de sus técnicas comerciales con calidad y de forma uniforme, recibiendo como contraprestación una retribución económica. 14. La persona natural o jurídica que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación es el PARTE 2 Análisis de texto (46 puntos+ 4 puntos de abono) Leer con atención: Andreas Zotz (Naturefriends International), Human rights in tourism, An implementation guideline for tour operators, roundtable in tourism, 2013. (p.1-13) 1) Identificar a partir de la lectura 10 ejemplos de problemas de aplicación de los derechos humanos en la operación turística 4

2) Para cada ejemplo, identificar a partir de la lectura el marco normativo aplicable frente a la problemática. Descripción del problema (redactar con una oración de sentido completo, sujeto, verbo, completo) 1) Caracterización del Marco normativo 2) 3) 4) 5) 6) 7) 5

8) 9) 10) 6