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Núm. 73 Jueves 26 de marzo de 2015 Sec. III. Pág. 26370 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 3261 Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para la actualización de los anexos I, II, III y IV y prórroga para el año 2015, del Convenio de colaboración entre el Principado de Asturias, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. El Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, el Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, y la Gerente de la Mutualidad General Judicial, han suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2014, un Acuerdo de prórroga y actualización para 2015, del Convenio de colaboración firmado el 30 de septiembre de 2003, para la prestación, en zonas rurales, de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida adenda para la actualización de los anexos I, II, III y IV y prórroga, como anejo a la presente resolución. Madrid, 16 de marzo de 2015. El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales. ANEJO Adenda para la actualización de los Anexos I, II, III y IV y prórroga para el año 2015 del Convenio de Colaboración firmado el 30 de septiembre de 2003, entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Gobierno del Principado de Asturias y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades En Oviedo, a 30 de diciembre de 2014. REUNIDOS una parte, el Sr. D. Faustino Blanco González, Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, autorizado expresamente para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno celebrado el día 29 de diciembre de 2014. otra parte, el Sr. D. Gustavo Emiliano Blanco Fernández, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (), en uso de las

Núm. 73 Jueves 26 de marzo de 2015 Sec. III. Pág. 26371 facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real creto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de, La Sra. D.ª María Soledad Álvarez de Miranda lgado, Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real creto 1726/2007, de 21 de diciembre, Y la Sra. D.ª Celima Gallego Alonso, Gerente de la Mutualidad General Judicial (), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional cimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial, en uso de las facultades que le confiere el artículo 14. 3. g) del Real creto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial. EXPONEN Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2003, entre la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias y, ISFAS y, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2015, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender. Primero. ACUERDAN Prorrogar el Convenio de referencia cuya vigencia se extiende desde 1 de enero de 2015 hasta 31 de diciembre de 2015. Segundo. Actualizar con efectos de 1 de enero de 2015 y según lo previsto en las cláusulas séptima y octava del mencionado Convenio, los anexos I, II y III y IV del mismo, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento y que modifican las relaciones de Municipios citadas en su cláusula primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta. Dichos precios, para el año 2015, serán de 12,17 por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 1,02 por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.

Núm. 73 Jueves 26 de marzo de 2015 Sec. III. Pág. 26372 Tercero. Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo. Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar quintuplicado y a un solo efecto, el titular de la Consejería de Sanidad y de cada una de las mutualidades. El Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, Faustino Blanco González. El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Gustavo Emiliano Blanco Fernández. La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda lgado. La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso. ANEXO I Listado de Municipios Principado de Asturias Municipios Allande. Aller. Amieva. Belmonte de Miranda. Bimenes. Boal. Cabrales. Cabranes. Candamo. Cangas de Narcea. Cangas de Onís. Caravia. Carreño. Caso. Castropol. Coaña. Colunga. Corvera. Cudillero. gaña. Franco (El). Gozón. Grado. Grandas de Salime. Ibias. Illano. Illas. Laviana. Lena. Llanera. Llanes. Morcín. Muros de Nalón. Nava. Navia. Zona básica de salud/zes Allande. Bajo Aller-Moreda (VII.5). Alto Aller-Cabañaquinta (VII.6). Concejos de Cangas de Onís, Onís y Amieva. Belmonte de Miranda. Boal. Candamo, Grado y Yernes y Tameza. Cangas de Narcea. Concejos de Cangas de Onís, Onís y Amieva. Colunga, Caravia. Carreño. Caso y Sobrescobio. Castropol, S. Tirso de Abres y Vegadeo. Coaña y Navia. Colunga y Caravia. Corvera de Asturias. Cudillero. gaña. El franco y Tapia de Casariego. Gozón. Candamo, Grado y Yernes y Tameza. Grandas de Salime y Pesoz. Ibias. Illano. La Magdalena-Carriona. Pola de Laviana. Lena. Llanera. Llanes y Ribadedeva. Coaña y Navia.

Núm. 73 Jueves 26 de marzo de 2015 Sec. III. Pág. 26373 Municipios Noreña. Onis. Parres. Peñamellera Alta. Peñamellera Baja. Pesoz. Piloña. Ponga. Pravia. Proaza. Quirós. Regueras (Las). Ribadedeva. Ribadesella. Ribera de Arriba. Riosa. Salas. San Martin de Oscos. San Martin del Rey Aurelio. San Tirso de Abres. Santa Eulalia de Oscos. Santo Adriano. Sariego. Sobrescobio. Somiedo. Soto del Barco. Tapia de Casariego. Taramundi. Teverga. Tineo. Vegadeo. Villaviciosa. Villayón. Villanueva de Oscos. Yernes y Tameza. Zona básica de salud/zes Noreña y Siero. Cangas de Onís, Onis, Amieva. Parres y Cangas de Onís. Grandas de Salime, Pesoz. Piloña. Ponga. La Argañosa-San Claudio-Las Regueras. Llanes y Ribadedeva. Ribadesella. Salas. Santa Eulalia, San Martin y Villanueva de Oscos. Sotrondio, Blimea y el Entrego. Castropol, san tirso de abres y vegadeo. Santa Eulalia, San Martin y Villanueva de Oscos. Proaza, Quiros, Santo Adriano y Teverga. Siero - Sariego. Caso, Sobrecobio. Somiedo. El franco y Tapia de Casariego. Taramundi. Tineo. Castropol, S. Tirso de Abres y Vegadeo. Villaviciosa. Villayón. Santa eulalia, San martin y Villanueva de Oscos. Candamo, Grao, Yernes y Tamez. ANEXO II Listado de municipios Comunidad Autónoma: Principado de Asturias Municipio: Valdés.

Núm. 73 Jueves 26 de marzo de 2015 Sec. III. Pág. 26374 ANEXO III Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2014), a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (Precio por persona = 12,17 /mes año 2015) Entidad Personas adscritas ISFAS de Importe mensual de ISFAS de ADESLAS.... 2.248 1.575 46 27.358,16 19.167,75 559,82 ASISA.... 657 401 58 7.995,69 4.880,17 705,86 CASER... 0 0 26 0,00 0,00 316,42 DKV Seguros... 680 0 42 8.275,60 0,00 511,14 MAPFRE Familiar.... 0 0 26 0,00 0,00 316,42 Ig. de Santander.... 10 0 0 121,70 0,00 0,00 Sanitas.............................. 0 5 0,00 0,00 60,85 Total... 3.595 1.976 203 43.751,15 24.047,92 2.470,51 ANEXO IV Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2014, a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (Precio por persona = 1,02 /mes año 2015) Personas adscritas Importe mensual Entidad ISFAS de de ISFAS de ADESLAS.... 147 127 0 149,94 129,54 0,00 ASISA.... 35 28 4 35,70 28,56 4,08 CASER... 0 0 0 0,00 0,00 0,00 DKV Seguros... 16 0 0 16,32 0,00 0,00 MAPFRE Familiar.... 0 0 2 0,00 0,00 2,04 Ig. de Santander.... 0 0 0 0,00 0,00 0,00 Sanitas.............................. 0 0 0 0,00 0,00 0,00 Total... 198 155 6 201,96 158,10 6,12 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X