SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DOCTORADO EN DERECHO Universidad Complutense de Madrid



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Transcripción:

SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DOCTORADO EN DERECHO Universidad Complutense de Madrid 1. RESPONSABLES DEL SISTEMA DE GARANTÍA INTERNA DE CALIDAD (SGIC). La Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid aprobó, en Junta de Facultad de 27 de Febrero de 2013, el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Garantía Interno de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM (en adelante Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM). El SGIC de la Facultad de Derecho de la UCM se compone, en lo que concierne al Programa de Doctorado, por la Comisión de Calidad del Centro y la Subcomisión de Calidad de Postgrado (art. 1.2 del Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM). Además, el art. 1.2 c) del Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM, establece como parte del SGIC las Comisiones de Coordinación de cada una de las Titulaciones que se imparten en la Facultad de Derecho (Comisión Académica del Programa de Doctorado), especificando que la naturaleza de las Comisiones de Coordinación es mixta, puesto que además de integrarse en el sistema de calidad pertenecen a los mecanismos de coordinación y planificación docente, de modo que su composición y funciones no están reguladas por el Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM. La Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM está compuesta por los siguientes miembros (art. 4 Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM): a) El Decano de la Facultad de Derecho, que actuará como

Presidente. b) El Secretario de la Facultad de Derecho, que actuará como Secretario. c) Los Vicedecanos con funciones de Grado, Postgrado, Ordenación Académica y Calidad. d) Dos representantes del PDI. e) Dos representantes de los Alumnos. f) Un representante del PAS, que será el Jefe de la Secretaría de Alumnos. g) Un Agente externo. Son miembros natos de la Comisión de Calidad del Centro el Decano, el Secretario de la Facultad, el Jefe de la Secretaría de Alumnos y los Vicedecanos enumerados en el artículo 4 c), siendo designados los demás miembros de la Comisión de Calidad del Centro para un periodo de dos cursos académicos completos (arts. 5 y 6 Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM). Las funciones de la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM son, conforme al art. 3 del Reglamento SGIC de la Facultad Derecho UCM, las que siguen, respecto a las que se expresa, en particular, el desarrollo correspondiente al Programa de Doctorado: a) Coordinar todo el Sistema de Garantía Interno de Calidad de la Facultad de Derecho, y proponer a la Junta de Facultad las modificaciones en él que estime necesarias. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, el seguimiento de su SGIC y de los objetivos de calidad del programa, evaluándolos, y la propuesta de modificaciones de los objetivos de calidad del programa y, también, propuestas de revisión y mejora. Además, esta función incluye, respecto al Programa de Doctorado, el establecimiento de la política

de calidad del programa de acuerdo con la política de calidad del Centro y con la política de calidad de la UCM. b) Examinar las Memorias de Seguimiento anuales de las Titulaciones de la Facultad elaboradas por los Coordinadores de Titulación y acordar, en su caso, que se eleven a la Junta de Facultad para su aprobación. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, el seguimiento de su SGIC y de los objetivos de calidad del programa, evaluándolos, y la propuesta de modificaciones de los objetivos de calidad del programa y, también, propuestas de revisión y mejora. c) Distribuir, a través de un Equipo Permanente (EP) las quejas, reclamaciones y sugerencias que se dirijan a la Comisión entre los órganos y servicios académicos y administrativos que mejor puedan responder a ellas en cada caso. Integran el Equipo Permanente el Secretario de la Facultad, el Jefe de la Secretaría de Alumnos y el Vicedecano que tenga funciones de Calidad. d) Analizar los datos que se desprenden tanto de las Memorias de Seguimiento como de las quejas, reclamaciones y sugerencias formuladas, y proponer a la Junta de Facultad o a los órganos académicos y administrativos correspondientes en cada caso la adopción de las medidas necesarias para eliminar las deficiencias que se adviertan o para promover la mejora de las Titulaciones que se imparten en la Facultad. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, el seguimiento de su SGIC y de los objetivos de calidad del programa, evaluándolos, y la propuesta de

modificaciones de los objetivos de calidad del programa y, también, propuestas de revisión y mejora. e) Gestionar el Sistema de Información de las Titulaciones conforme a lo dispuesto por la CAM y por la UCM. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, la recogida de información y evidencias sobre el desarrollo y aplicación del programa de actividades y de formación investigadora. f) Nombrar a los representantes de Alumnos, PDI y PAS en las Subcomisiones de Calidad de Grado y de Postgrado. En cuanto a los procedimientos de funcionamiento y toma de decisiones, el art. 7 del Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM establece: 1. La Comisión de Calidad del Centro se reunirá en tres sesiones ordinarias a lo largo del curso académico, en los siguientes períodos: pasado el inicio del curso y al terminar el primer y el segundo semestre. Se reunirá, además, en sesión extraordinaria, cuando el Presidente lo estime necesario. 2. Las reuniones de la Comisión serán convocadas por el Presidente con una antelación mínima de 48 horas. La convocatoria incluirá el orden del día y la documentación necesaria, y se comunicará en la dirección de correo electrónico que señale cada miembro, salvo a quienes hayan solicitado expresamente ser convocados por otro medio y hayan indicado cuál.

3. Le corresponde al Presidente dirigir el debate y formular los acuerdos que deban someterse a votación. Ésta, si es necesaria, se hará a mano alzada y se resolverá por mayoría. Cuando la votación se refiera a personas, será secreta a instancia de cualquier miembro de la Comisión. El Presidente tiene siempre voto de calidad. 4. El Presidente, por iniciativa propia o a instancia de otros miembros de la Comisión, podrá invitar a las reuniones, con voz pero sin voto, a quienes estime que pueden auxiliar a la Comisión en función del orden del día concreto. 5. El Secretario de la Comisión levantará acta de todas las reuniones que se celebren. La Subcomisión de Calidad de Postgrado de la Facultad de Derecho de la UCM está compuesta por los siguientes miembros (art. 9.2 Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM): a) El Vicedecano con funciones de Calidad, que actuará como Presidente. b) Los Vicedecanos con funciones de Postgrado y de Investigación. c) Los Coordinadores de las Titulaciones de Máster y de los Programas de Doctorado que se impartan en la Facultad de Derecho. El Coordinador que tenga menor antigüedad como profesor actuará como Secretario de la Subcomisión. d) Un representante del PDI.

e) Un representante de los Alumnos, matriculado en un Programa de Doctorado. f) Un representante del PAS. Son miembros natos de la Subcomisión de Calidad de Postgrado los Vicedecanos y Coordinadores a los que se refiere el art. 9.2, siendo designados los demás miembros de la Subcomisión de Calidad de Postgrado para un periodo de dos cursos académicos completos (arts. 10 y 11 Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM). Las funciones de la Subcomisión de Calidad de Postgrado de la Facultad de Derecho de la UCM respecto al Programa de Doctorado son, conforme al art. 8 Reglamento SGIC de la Facultad Derecho UCM, las que siguen, respecto a las que se expresa, en particular, el desarrollo correspondiente al Programa de Doctorado: a) Conectar, a través del Coordinador del Programa de Doctorado, el ámbito académico y de planificación docente propio de la Comisión de Coordinación de la Titulación (Comisión Académica del Programa de Doctorado) con el ámbito de calidad que es específico del SGIC. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, la recogida de información y evidencias sobre el desarrollo y aplicación del programa de actividades y de formación investigadora. b) Recibir, a través del Coordinador del Programa de Doctorado, la información sobre la marcha de la Titulación. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, la recogida de información y evidencias sobre el

desarrollo y aplicación del programa de actividades y de formación investigadora. c) Detectar las fortalezas y debilidades del Programa de Doctorado, y analizar tanto las causas como las posibilidades de mejora. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, el seguimiento de su SGIC y de los objetivos de calidad del programa, evaluándolos, y la propuesta de modificaciones de los objetivos de calidad del programa y, también, propuestas de revisión y mejora. d) Proponer, a través del Vicedecano con funciones de Postgrado, que la Comisión de Calidad del Centro estudie las cuestiones y adopte los acuerdos que la Subcomisión estime necesarios para la mejora de la calidad del Programa de Doctorado. Esta función incluye, por lo que concierne al Programa de Doctorado, el seguimiento de su SGIC y de los objetivos de calidad del programa, evaluándolos, y la propuesta de modificaciones de los objetivos de calidad del programa y, también, propuestas de revisión y mejora. En cuanto a los procedimientos de funcionamiento y toma de decisiones, el art. 12 del Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM establece: 1. La Subcomisión de Calidad de Postgrado se reunirá en dos sesiones ordinarias a lo largo del curso académico, en los siguientes períodos: al comenzar el curso académico y después de que sean presentadas a la UCM las Memorias de Seguimiento de las Titulaciones. Se reunirá, además, en sesión extraordinaria, cuando el Presidente lo estime necesario.

2. En cuanto a la convocatoria de las reuniones, el desarrollo de los debates, las personas invitadas, la adopción de acuerdos y las actas, la Subcomisión de Calidad de Postgrado se regirá por lo dispuesto para la Comisión de Calidad del Centro en el artículo 7 del Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM. Conforme a la regulación del SGIC de la Facultad de Derecho de la UCM, el responsable de garantizar la calidad interna del Programa de Doctorado es el Decano, en cuanto Presidente de la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM (art. 4 a) Reglamento SGIC Facultad Derecho UCM). El Coordinador del Programa de Doctorado elaborará anualmente la Memoria de Seguimiento en la que se especificará el plan de las mejoras propuestas. Dicha memoria se elevará a la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM, que elaborará un informe. La memoria del programa, junto con el informe elaborado por la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM, serán aprobados en la Junta de Centro y remitidos a la Comisión de Calidad de Titulaciones del Vicerrectorado de Evaluación de la Calidad. 2. EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y MEJORA DEL PROGRAMA DE DOCTORADO. 2.1. Procedimientos para la calidad de la formación investigadora. 2.1.1. Datos para la calidad de la formación y progreso de la investigación. La memoria que se presente a la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM contendrá información sobre diversos campos indicativos de la marcha del Programa de Doctorado:

De la Comisión Académica del Programa de Doctorado. De la Secretaría de alumnos de la Facultad de Derecho de la UCM, de los programas de gestión informática y el Servicio de Coordinación y Gestión Académica. Del Decanato de la Facultad de Derecho de la UCM. De los Departamentos implicados en las enseñanzas. Del resto de procedimientos de recogida de datos del Sistema de Información del programa que se reseñan en el apartado 2.4. Además, se realizará un análisis cualitativo sobre los siguientes aspectos: Difusión del Programa de Doctorado. Existencia de redes o convenios internacionales. Procedimientos de admisión y selección de los doctorandos. Programas de supervisión de los doctorandos. Coordinación del profesorado del programa. Organización de la formación investigadora y su planificación a lo largo del desarrollo del Programa. Adecuación de las actividades previstas para la dirección de las

tesis doctorales en el desarrollo del Programa. Recursos materiales, infraestructuras y otros medios que garanticen el desarrollo de la investigación. Estructura y características del profesorado y del personal de apoyo del Programa de Doctorado. Información general sobre la matrícula, la movilidad de estudiantes y otros. 2.1.2. Satisfacción de los actores implicados en el programa. Para recabar la información sobre los aspectos específicos del Programa de Doctorado es necesario conocer las opiniones de los actores implicados en el mismo (doctorandos, doctores, profesorado y personal de apoyo). Dicha información se obtendrá mediante encuestas, que serán remitidas a los distintos actores implicados en el Programa de Doctorado dentro del correspondiente curso académico. Para la realización de las encuestas se cuenta con la ayuda técnica de la Oficina para la Calidad de la UCM, que elaborará los cuestionarios y llevará a cabo el tratamiento analítico de la información facilitada en los mismos. Es necesario diseñar una encuesta para recoger la información sobre la satisfacción de la formación recibida en el momento en el que se solicite el título de Doctor en la Secretaria de alumnos del Centro. El Título Cuarto del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema de Garantía Interno de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM, aprobado en Junta de Facultad de 27

de Febrero de 2013, establece, en sus artículos 13 a 18, el procedimiento para la presentación y tramitación de reclamaciones y de sugerencias, que se expone a continuación con las especificaciones que corresponden al Programa de Doctorado. quejas. Competencia para la resolución de reclamaciones y 1. Todas las reclamaciones y quejas relativas a la calidad de las titulaciones que se imparten en la Facultad de Derecho se dirigirán a la Comisión de Calidad del Centro. Se entienden reclamaciones y quejas relativas a la calidad de las titulaciones las relacionadas con la enseñanza propia de la titulación y con las unidades administrativas y los recursos materiales y personales necesarios para prestarla. 2. Las reclamaciones o quejas relativas al expediente administrativo de los alumnos y a la matrícula se dirigirán directamente a la Jefatura de la Secretaría de Alumnos. Sólo cuando el alumno estime que respecto de las cuestiones previamente formuladas a la Secretaría de Alumnos no ha recibido la atención debida o una respuesta ajustada a Derecho o fundamentada, dirigirá su reclamación a la Comisión de Calidad del Centro. 3. La Jefatura de la Secretaría de Alumnos trasladará a la Comisión de Calidad de Centro los aspectos de las quejas recibidas y resueltas por la Secretaría de Alumnos que considere relevantes para mejorar la calidad de las titulaciones. 4. Las autoridades académicas y administrativas que reciban reclamaciones o quejas relativas a la calidad de las titulaciones instarán a los reclamantes a dirigirse a la Comisión de Calidad del Centro a través de este procedimiento.

Formulación de reclamaciones y quejas. 1. Las reclamaciones serán formuladas mediante la presentación de un escrito que contenga los datos personales del reclamante, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio y una dirección de correo electrónico a efectos de notificación. El escrito concretará con suficiente claridad los hechos que originan la reclamación y la petición que se dirige a la Comisión de Calidad del Centro, y podrá ir acompañado de otros documentos que el reclamante considere necesarios para formar el criterio de la Comisión. 2. El escrito de reclamación se presentará a través del Registro o mediante el Buzón de Reclamaciones y Sugerencias de la página web de la Facultad. No está sometido a reglas formales, aunque tanto en la página web como en el Registro habrá modelos disponibles que faciliten la presentación de la reclamación. Tramitación de las reclamaciones y quejas. 1. El Equipo Permanente (EP) de la Comisión de Calidad del Centro se reunirá semanalmente para distribuir las reclamaciones y quejas que se hayan presentado entre los órganos del SGIC (Sistema de Garantía Interno de Calidad) más adecuados en cada caso. Este equipo inadmitirá las reclamaciones anónimas y las formuladas sin fundamento o pretensión, así como todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso, el Vicedecano con funciones de Calidad comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de la inadmisión.

2. El órgano del SGIC en el que haya recaído la reclamación comprobará los datos y recabará la información que le resulte necesaria para resolverla. Esta información comprenderá, siempre que la queja se dirija contra alguna persona o personas determinadas, el traslado de la queja a los implicados y las alegaciones que éstos realicen. Resolución de las reclamaciones y quejas. 1. La decisión del SGIC debe producirse en todo caso dentro del mes siguiente a la presentación de la reclamación o queja. La decisión será comunicada al reclamante, a las personas directamente implicadas en la queja, si las hubiera, y al servicio u órgano al que afecte, con las recomendaciones que se estimen necesarias para subsanar, en su caso, las deficiencias que se hayan observado. 2. Los órganos del SGIC instarán las actuaciones e intervenciones que consideren oportunas por parte de los órganos académicos o unidades administrativas competentes en cada caso. Registro y publicidad. 1. El Vicedecano con funciones de calidad es el responsable del sistema de registro y archivo de las reclamaciones y quejas formuladas, y enviará el correspondiente acuse de recibo a los que las hayan presentado. 2. El Vicedecano con funciones de calidad es el responsable de incorporar los datos que resulten de la tramitación y resolución de reclamaciones y quejas al Sistema de Información previsto en la Memoria de cada Titulación.

Formulación y tramitación de sugerencias. 1. Cualquier miembro de la comunidad universitaria y cualquier persona que acceda a la web de la Facultad puede formular sugerencias a través del formulario que se encuentra en el Buzón de Reclamaciones y Sugerencias de la web de la Facultad, realizando propuestas que tengan como finalidad promover la mejora de la calidad del Programa de Doctorado. 2. Las sugerencias se dirigen a la Comisión de Calidad del Centro. El Equipo Permanente (EP) de la Comisión de Calidad del Centro se reunirá semanalmente para distribuir las sugerencias que se hayan formulado entre los órganos del SGIC (Sistema de Garantía Interno de Calidad) más adecuados en cada caso. 3. El órgano del SGIC en el que haya recaído la sugerencia, la valorará, e instará las actuaciones que estime oportunas respecto de ella. En todo caso, si quien formula la sugerencia ha dejado datos de contacto o ha solicitado una respuesta, se le comunicará sucintamente que su sugerencia ha sido recibida. 4. El Vicedecano con funciones de calidad es el responsable de incorporar los datos que resulten de las sugerencias recibidas al Sistema de Información previsto en la Memoria de cada Titulación. Las decisiones y resoluciones de la Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM derivadas de reclamaciones y/o sugerencias no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno; tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad.

Toda la información y el análisis referente a las encuestas de satisfacción, así como el tratamiento dado a las reclamaciones y sugerencias recabadas, se incorporará al Sistema de Información del Programa de Doctorado. La Comisión de Calidad de la Facultad de Derecho de la UCM utilizará dicha información, así como los análisis derivados del tratamiento de la misma, para elaborar los informes y las propuestas del plan de mejoras. 2.1.3. Cumplimiento de objetivos y resultados de la formación investigadora. Los objetivos formativos globales y la calidad de los resultados del Programa de Doctorado se concretan en la defensa de las Tesis Doctorales y en la medición de la calidad de las investigaciones. Además, es muy importante tener en cuenta el análisis de las encuestas de satisfacción, el impulso de los programas de movilidad y el desarrollo de otras actividades complementarias a las investigaciones. Se harán previsiones porcentuales sobre las tasas de éxito a los 3 y 4 años de desarrollo del programa. Se tendrán en consideración los datos e indicadores relativos a los últimos 5 años (tesis producidas, calidad de las mismas, contribuciones resultantes ). También se tendrá en consideración la estimación prevista para los próximos 6 años: - Tesis producidas.

doctorales. - Porcentaje de tasa de éxito en la realización de tesis - Calidad de las tesis. - Contribuciones resultantes de las tesis. 2.2. Procedimientos para evaluar la calidad de los programas de movilidad. El correcto desarrollo del programa de movilidad del doctorado en Derecho se asegurará recogiendo información, a los efectos del seguimiento y evaluación de los doctorandos, mediante un informe individual de los estudiantes participantes en los programas de movilidad, en los que se especifiquen los siguientes parámetros: a) Grado de adecuación de la actividad respecto a las previsiones ofertadas por el Programa; b) Grado de satisfacción de los doctorandos remitidos y acogidos por el Programa; c) Grado de satisfacción respecto a la gestión de la actividad por parte del Programa. En el Documento de Actividades del Doctorando se consignará la institución en la que realiza la estancia, las actividades desarrolladas, si ha obtenido financiación en un concurso competitivo y los resultados de la estancia.

2.3. Procedimiento para el seguimiento de doctores egresados, empleabilidad y satisfacción con la formación recibida. Tres años después de doctorarse, se realizarán encuestas promovidas por el Rectorado de la Universidad, con la participación de la Facultad de Derecho en colaboración con la Oficina para la Calidad, para conocer el nivel de empleabilidad de los doctores así como la satisfacción con la formación recibida en el Programa. El programa deberá elaborar un breve informe haciendo referencia a los datos de empleabilidad de los doctorandos durante los tres años posteriores a la lectura de su tesis, por lo que se cuidará especialmente la base de datos personalizada de los doctores para poder contactar fácilmente en el futuro con ellos. Se podrá recabar información de grupos investigadores, Universidades, Colegios y Asociaciones Profesionales, y cualquier otra Organización pública o privada en la que se insertan Doctores de la UCM. Para realizar el seguimiento de la empleabilidad de los doctores, el Centro responsable podrá recopilar información, cada curso académico, a través de cuestionarios enviados a las organizaciones mencionadas. La Comisión de Calidad valorará y analizará toda esta información periódicamente y emitirá propuestas de revisión y mejora del Programa de Doctorado. 2.4. Sistema de Información.

Se creará un Sistema de Información que recogerá sistemáticamente datos para realizar el seguimiento y la evaluación de calidad y su desarrollo. Se determinará un conjunto de indicadores para conocer de manera objetiva el cumplimiento de los planes de mejora. Se contará con la ayuda técnica de la Oficina para la Calidad para el desarrollo de los procesos de la calidad del doctorado, en especial para la aplicación y tratamiento de las encuestas de satisfacción y para la medición de la empleabilidad. Además, la Vicegerencia de Gestión Académica proporcionará información sobre la gestión de matrícula y de actas, así como sobre los datos para la elaboración de los indicadores que se han señalado. El sistema de Información incluirá, entre otros, los siguientes procedimientos y fuentes de datos: 1) Información de las bases de datos existentes de matrículas, actas y otras facilitada por la Secretaría de Alumnos y la Gerencia. calidad. 2) Memoria Anual del Programa, con indicadores y análisis de 3) Propuestas de mejora y seguimiento de las mismas. implicados. 4) Resultados de las encuestas de satisfacción de los colectivos 5) Resultados de las encuestas de inserción laboral. 6) Sistema de reclamaciones y sugerencias.

3. Difusión y publicidad de los resultados del seguimiento del Sistema de Garantía Interna de Calidad. El Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid difundirá los resultados del seguimiento de garantía interna de calidad del Programa de Doctorado en Derecho, para darlo a conocer entre la comunidad universitaria y la sociedad en general. En la difusión se utilizarán medios informáticos (inclusión en la página Web institucional), y se podrán propiciar foros y Jornadas de debate. La Facultad de Derecho pondrá a disposición de la comunidad universitaria y la sociedad en general los resultados del seguimiento del SGIC mediante la publicación en su página web de la Memoria anual, el Plan de Mejoras y los Informes de Seguimiento de las Agencias externas de la evaluación de la calidad.