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De conformidad con el orden del día notificado a los miembros de la Corporación, son adoptados los siguientes acuerdos:

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Transcripción:

BORRADOR DE LA SESION EXTRAORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE BARGAS (TOLEDO), CELEBRADA EL DIA 11 DE FEBRERO DEL 2008 En la Villa de Bargas, siendo las dieciocho horas del día 11 de febrero del 2008, se reúnen en la Sala de Comisiones de este Ayuntamiento los Sres./as Concejales/as que abajo se indican que componen la mayoría de los miembros que forman la Junta de Gobierno, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Gustavo Figueroa Cid, asistidos por la Secretaria de la Corporación, Dª Carmen Rodríguez Moreno, al objeto de celebrar sesión extraordinaria, en primera convocatoria, de esta Junta. ASISTENTES: Presidente: Vocales Secretaria : D. Gustavo Figueroa Cid Dª Consuelo Martín Alonso Dª Silvia Montes Bargueño D. Miguel Ángel Alfageme Macías D. Francisco Vicente García Dª Carmen Rodríguez Moreno Comienza la sesión con el primer punto del ORDEN DEL DIA PUNTO PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 13/12/07 Por parte del Sr. Alcalde se ruega a los Sres. Concejales asistentes que manifiesten si tienen que formular alguna objeción al acta de la sesión de 5 de octubre de 2007. No existiendo ninguna objeción, queda aprobada por unanimidad de los presentes. PUNTO SEGUNDO.- RATIFICACIÓN ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO DE FECHA 13/12/07 SOBRE AMPLIACIÓN DEL ACUERDO DE ADHESIÓN AL SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DEL PATRIMONIO DEL ESTADO El Sr. Alcalde da lectura a la siguiente propuesta: RATIFICACION DE LA AMPLIACIÓN DEL ACUERDO DE ADHESIÓN AL SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE PATRIMONIO DEL ESTADO, ACORDADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 2007. De conformidad con las instrucciones comunicadas a este Ayuntamiento por la Subdirección General de Compras del Ministerio de Hacienda, es preciso que el acuerdo de ampliación de la adhesión al sistema de adquisición centralizada, adoptado por la Junta de Gobierno Local el pasado 13 de diciembre de 2007, cumpla con la misma formalidad que el inicial de adhesión acordado por el Pleno de la Corporación. 1

En consecuencia, se propone a la Junta de Gobierno adopte acuerdo de ratificación en los siguientes términos: PROPUESTA DE ACUERDO: Solicitar la ampliación a la adhesión por parte de este Ayuntamiento al Sistema de Contratación Centralizada de bienes y servicios de la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda, con las siguientes condiciones: PRIMERA.- En virtud de esta ampliación a la adhesión el Ayuntamiento de Bargas contrae el compromiso de efectuar los suministros de Concurso 17.- Vehículos Industriales ; del Anexo I, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Compras) en las condiciones y precios vigentes en los contratos suscritos por la misma con las empresas adjudicatarias en el momento del arrendamiento, adquisición de los bienes o contratación de los servicios. En cualquier momento este Ayuntamiento podrá ampliar o reducir las categorías de bienes y servicios a que se extiende el compromiso manifestado en el apartado anterior previa notificación a la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Compras). Cuando por causas justificadas, la compra, arrendamiento, adquisición o contratación de prestaciones de servicios, se refiera a bienes o servicios incluidos genéricamente en los concursos de determinación de tipo a que se refiere este compromiso, pero que en su especificación concreta y determinada no figuren entre los adjudicados en aquéllos, este Ayuntamiento lo pondrá en conocimiento de la Subdirección General de Compras, definiendo las características y prestaciones singulares del mismo, para que por este Centro se efectúen, si es posible, las oportunas actuaciones para su disponibilidad o de producto similar de idénticas condiciones o prestaciones, o, en caso contrario comunique a aquél el resultado negativo para que proceda a su adquisición conforme a la normativa reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. SEGUNDA.- Con objeto de posibilitar la selección adecuada de los bienes a adquirir, la Subdirección General de Compras informará de las adjudicaciones de los concursos, condiciones de los contratos suscritos con las empresas adjudicatarias de aquéllos, tales como, plazos de entrega, garantías, etc., así como de todas las modificaciones que puedan tener durante su vigencia. La información a que se refiere el apartado anterior será suministrada a los órganos que se indiquen, especificando además de su denominación, su dirección, teléfono y fax. La citada información estará disponible mediante acceso a la consulta, vía Internet, de los catálogos de bienes y servicios adjudicados, con sus características y precios actualizados diariamente. TERCERA.- Asimismo se indicarán, especificando su denominación, dirección, teléfono y fax, los cargos que, en virtud de sus competencias propias o delegadas en materia de contratación y ordenación del gasto, deben suscribir las peticiones de órdenes de suministro de bienes y prestación de servicios, para que puedan ser tramitadas por la Subdirección General de Compras. CUARTA.-Las peticiones de suministro de bienes y de prestación de servicios se formularán en el modelo oficial de la Orden de 17 de abril de 1.984, y su tramitación ordinaria, así como sus posibles incidencias, tales como, devoluciones, correcciones, reclamaciones, y anulaciones de peticiones y de órdenes de suministro se regularán por las normas procedimentales establecidas, o que se establezcan por el Ministro de Hacienda o la Dirección General del Patrimonio del Estado, quien procederá a su remisión con antelación suficiente para su conocimiento y cumplimiento. QUINTA.- Este Ayuntamiento, pondrá en conocimiento de la Subdirección General de Compras las demoras en plazos de entrega, defectos en bienes suministrados o cualquier otro incumplimiento total o parcial relacionado con el suministro de bienes o la prestación de servicios, para la adopción de las medidas oportunas, incluidas, en su caso, la aplicación de las penalidades y exigencia de responsabilidades previstas por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. SEXTA.- Por este Ayuntamiento se efectuará la recepción de los bienes suministrados y de los servicios prestados, los cuales deberán coincidir en características y precios con los que identificados con su clave de referencia figuran en la correspondiente orden de suministro, así como el pago del precio, que se abonará conforme al artículo 99 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el R.D.L. 2

SEPTIMA.- La incorporación surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de la Dirección General del Patrimonio del Estado, y mantendrá su vigencia en tanto dicha Dirección General celebre los correspondientes concursos de determinación de tipo, si bien este Ayuntamiento podrá denunciar en cualquier momento el acuerdo de adhesión previa comunicación a la citada Dirección General con, al menos, tres meses de antelación. No obstante lo anterior, será causa de resolución el mutuo acuerdo de ambas partes o el incumplimiento grave de estas condiciones por alguna de ellas. En cualquiera de los supuestos enumerados, los efectos de la extinción de la adhesión quedarán en suspenso hasta tanto tenga lugar la recepción y pago de todos los suministros o servicios ordenados por la Subdirección General de Compras a las empresas suministradoras o prestatarias a instancia de este Ayuntamiento. A la vista de la propuesta formulada, la Junta de Gobierno Local por UNANIMIDAD ACUERDA: Solicitar la ampliación a la adhesión por parte de este Ayuntamiento al Sistema de Contratación Centralizada de bienes y servicios de la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda, con las siguientes condiciones: PRIMERA.- En virtud de esta ampliación a la adhesión el Ayuntamiento de Bargas contrae el compromiso de efectuar los suministros de Concurso 17.- Vehículos Industriales ; del Anexo I, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Compras) en las condiciones y precios vigentes en los contratos suscritos por la misma con las empresas adjudicatarias en el momento del arrendamiento, adquisición de los bienes o contratación de los servicios. En cualquier momento este Ayuntamiento podrá ampliar o reducir las categorías de bienes y servicios a que se extiende el compromiso manifestado en el apartado anterior previa notificación a la Dirección General del Patrimonio del Estado (Subdirección General de Compras). Cuando por causas justificadas, la compra, arrendamiento, adquisición o contratación de prestaciones de servicios, se refiera a bienes o servicios incluidos genéricamente en los concursos de determinación de tipo a que se refiere este compromiso, pero que en su especificación concreta y determinada no figuren entre los adjudicados en aquéllos, este Ayuntamiento lo pondrá en conocimiento de la Subdirección General de Compras, definiendo las características y prestaciones singulares del mismo, para que por este Centro se efectúen, si es posible, las oportunas actuaciones para su disponibilidad o de producto similar de idénticas condiciones o prestaciones, o, en caso contrario comunique a aquél el resultado negativo para que proceda a su adquisición conforme a la normativa reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. SEGUNDA.- Con objeto de posibilitar la selección adecuada de los bienes a adquirir, la Subdirección General de Compras informará de las adjudicaciones de los concursos, condiciones de los contratos suscritos con las empresas adjudicatarias de aquéllos, tales como, plazos de entrega, garantías, etc., así como de todas las modificaciones que puedan tener durante su vigencia. La información a que se refiere el apartado anterior será suministrada a los órganos que se indiquen, especificando además de su denominación, su dirección, teléfono y fax. La citada información estará disponible mediante acceso a la consulta, vía Internet, de los catálogos de bienes y servicios adjudicados, con sus características y precios actualizados diariamente. 3

TERCERA.- Asimismo se indicarán, especificando su denominación, dirección, teléfono y fax, los cargos que, en virtud de sus competencias propias o delegadas en materia de contratación y ordenación del gasto, deben suscribir las peticiones de órdenes de suministro de bienes y prestación de servicios, para que puedan ser tramitadas por la Subdirección General de Compras. CUARTA.-Las peticiones de suministro de bienes y de prestación de servicios se formularán en el modelo oficial de la Orden de 17 de abril de 1.984, y su tramitación ordinaria, así como sus posibles incidencias, tales como, devoluciones, correcciones, reclamaciones, y anulaciones de peticiones y de órdenes de suministro se regularán por las normas procedimentales establecidas, o que se establezcan por el Ministro de Hacienda o la Dirección General del Patrimonio del Estado, quien procederá a su remisión con antelación suficiente para su conocimiento y cumplimiento. QUINTA.- Este Ayuntamiento, pondrá en conocimiento de la Subdirección General de Compras las demoras en plazos de entrega, defectos en bienes suministrados o cualquier otro incumplimiento total o parcial relacionado con el suministro de bienes o la prestación de servicios, para la adopción de las medidas oportunas, incluidas, en su caso, la aplicación de las penalidades y exigencia de responsabilidades previstas por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. SEXTA.- Por este Ayuntamiento se efectuará la recepción de los bienes suministrados y de los servicios prestados, los cuales deberán coincidir en características y precios con los que identificados con su clave de referencia figuran en la correspondiente orden de suministro, así como el pago del precio, que se abonará conforme al artículo 99 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el R.D.L. SEPTIMA.- La incorporación surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de la Dirección General del Patrimonio del Estado, y mantendrá su vigencia en tanto dicha Dirección General celebre los correspondientes concursos de determinación de tipo, si bien este Ayuntamiento podrá denunciar en cualquier momento el acuerdo de adhesión previa comunicación a la citada Dirección General con, al menos, tres meses de antelación. No obstante lo anterior, será causa de resolución el mutuo acuerdo de ambas partes o el incumplimiento grave de estas condiciones por alguna de ellas. En cualquiera de los supuestos enumerados, los efectos de la extinción de la adhesión quedarán en suspenso hasta tanto tenga lugar la recepción y pago de todos los suministros o servicios ordenados por la Subdirección General de Compras a las empresas suministradoras o prestatarias a instancia de este Ayuntamiento. PUNTO TERCERO.- DAR CUENTA DE LA CREACIÓN DE CALLES NUEVAS EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES El Sr. Alcalde da lectura la siguiente propuesta: PROPUESTA PARA JUNTA DE GOBIERNO FECHA 11-02-08 NOMBRES PARA CALLES NUEVAS EN BARGAS La legislación de Bases de Régimen Local atribuye a los Ayuntamientos competencia para la gestión de su padrón. El municipio de Bargas esta creciendo constantemente por lo que la denominación de calles nuevas es una tarea más de esta corporación. 4

La decisión de qué nombres asignar a cada calle, avenida, plaza nueva se viene realizando por este Ayuntamiento en base a una serie de criterios, tales como nombres de personalidades de cierta relevancia cultural que en el momento de aprobar el nombre de la vía esta haya fallecido. Otro criterio es la relación con la zona donde este ubicada la nueva vía o urbanización, como puede ser nombres de antiguos parajes. Además se tendrá en cuenta la continuidad de los nombres ya existentes para facilitar el trabajo administrativo y de correos. Por todo lo anterior, se propone a los componentes de la Junta de Gobierno el siguiente acuerdo: PRIMERO: Denominación de las calles nuevas ubicadas en la UA-12 UA 12: Calle 3: Calle B: FRAY LUIS DE LEÓN LUIS DE GÓNGORA SEGUNDO: Que se notifique al Negociado de Estadística a los efectos oportunos. A la vista de la propuesta formulada, la Junta de Gobierno Local por UNANIMIDAD ACUERDA: PRIMERO: Denominación de las calles nuevas ubicadas en la UA-12 UA 12: Calle 3: Calle B: FRAY LUIS DE LEÓN LUIS DE GÓNGORA SEGUNDO: Que se notifique al Negociado de Estadística a los efectos oportunos. PUNTO CUARTO.- RUEGOS Y PREGUNTAS No se formulan. Y no habiendo más cuestiones que tratar, por el Sr. Alcalde se levanta la sesión siendo las dieciocho horas y quince minutos, de todo lo cual como Secretaria, doy fe. VºBº El ALCALDE LA SECRETARIA 5