REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN A PROGRAMAS DE PREGRADO CAPITULO I BASE LEGAL CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES

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Transcripción:

REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN A PROGRAMAS DE PREGRADO 2018-2 CAPITULO I BASE LEGAL Artículo N 1.- El Presente Reglamento norma el Proceso de Admisión a la Universidad Privada Líder Peruana, en adelante la Universidad teniendo como base legal los dispositivos que se indican seguidamente: a) La Constitución Política del Estado. b) Ley Universitaria, Ley N 30220. c) Ley General de educación, Ley N 28044. d) Ley que regula los Programas deportivos de alta competencia en las universidades, ley N 30476. e) Ley General de la persona con discapacidad, Ley N 27050. f) Ley de Procedimientos administrativos, Ley N 27444 g) El Decreto legislativo N 882, sus ampliatorias, modificatorias y complementarias en su parte vigente. h) Ley General de sociedades - Ley N 26887. i) El Estatuto y sus reglamentos específicos. CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES Artículo N 2. El Concurso de Admisión es el proceso que permite a la Universidad, seleccionar a los estudiantes que deben iniciar o continuar sus estudios en ésta, evaluando los intereses vocacionales, aptitudes y rasgos de personalidad para acceder a una de las vacantes aprobadas mediante resolución del ente rector. Artículo N 3. La Universidad realiza su Proceso de Admisión (02) dos veces al año. Artículo N 4. El Proceso de Admisión está a cargo de la Comisión de Admisión, la cual estará nombrada mediante Resolución por acuerdo de Consejo Universitario, tendrá bajo su responsabilidad, la organización y ejecución de todas las acciones concernientes al mencionado proceso. Artículo N 5. El Proceso de Admisión será supervisado por el Vicerrectorado Académico de la universidad y un representante de la Oficina de Control Interno en calidad de veedor en el Examen de Admisión. Artículo N 6. La Comisión de Admisión formulará su Plan Operativo y lo elevará al Vicerrectorado Académico para la aprobación por Consejo Universitario. Artículo N 7. El Concurso de Admisión no es un Proceso discriminatorio por lo cual no contiene requisitos que constituyan discriminación o anulación de derechos, más bien garantiza las mismas oportunidades para todos los postulantes. Artículo N 8. No podrán participar en la conducción del proceso de admisión, quienes tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad con algún postulante o mantengan relación con alguna academia preuniversitaria. Quienes incurran en esta falta serán sancionados de acuerdo a Ley. CAPÍTULO III DE LAS MODALIDADES DE ADMISIÓN Artículo N 9. El Concurso de Admisión a la Universidad se efectúa en las Modalidades siguientes: a) Admisión Ordinario (40%) cuarenta por ciento b) Admisión Extraordinario hasta (60%) sesenta por ciento. Las vacantes no cubiertas por esta modalidad serán cubiertas por la modalidad ordinaria CAPÍTULO IV DEL CONCURSO DE ADMISIÓN ORDINARIO Artículo N 10. El Concurso de admisión ordinario está orientado para los egresados de educación secundaria, entre quienes se seleccionará a aquellos cuyos perfiles cognitivos, aptitudinales, socio emocionales acrediten idoneidad para seguir estudios universitarios en un determinada programa. A dichos postulantes se les aplicará una prueba general de conocimientos y aptitud académica. Artículo N 11. El número total de vacantes para el concurso de admisión está de acuerdo a lo aprobado para cada proceso de admisión. Artículo N 12. El Concurso de admisión ordinario se realizará (02) dos veces al año.

Artículo N 13. Los postulantes a la universidad por esta modalidad deberán presentar los siguientes documentos: a) Formulario de inscripción debidamente llenado. b) Copia legalizada de su DNI o partida de nacimiento original de ser menor de edad. c) Certificados originales de estudios de educación secundaria. d) Captura de Imagen. e) Copia del comprobante de pago por derecho de inscripción al concurso de admisión Artículo N 14. Si existiera empate en el último lugar entre (02) dos o más postulantes en esta modalidad, se cubrirá la última vacante con todos los postulantes que obtengan el mismo puntaje, siempre y cuando hayan obtenido nota aprobatoria. Artículo N 15. Las vacantes consideradas en cada programa, se cubrirán en estricto orden de mérito. CAPÍTULO V DEL CONCURSO DE ADMISIÓN EXTRAORDINARIO Artículo N 16. Están exonerados del procedimiento ordinario de admisión a la universidad: a) Los titulados o graduados. b) Traslado Externo, quienes hayan aprobado por lo menos cuatro periodos lectivos semestrales o (02) dos anuales o (72) setenta y dos créditos, provenientes de otros centros de educación superior. c) Traslado Interno, quienes hayan aprobado por lo menos (20) veinte créditos en la Universidad. d) Los (02) dos primeros puestos del orden de mérito de las instituciones educativas de nivel secundario, de cada región, en todo el país. e) Los deportistas destacados, acreditados como tales por el Instituto Peruano del Deporte (IPD). f) Los becados por los Programas Deportivos de Alta Competencia (PRODAC). g) Las personas con discapacidad. h) Centro Preuniversitario. i) Alto Rendimiento. j) Todos los demás casos previstos por ley. Artículo N 17. En los casos señalados en el Artículo N 16, literal a), b) y c), los postulantes se sujetan a una evaluación especial, a la existencia de vacantes, y a los demás requisitos que establece la Universidad. Los postulantes que alcanzaron vacante podrán solicitar convalidación de estudios realizados de acuerdo a ley, debiendo ser aprobado por el ente rector. TÍTULO PROFESIONAL O GRADO ACADÉMICO Artículo N 18. Los postulantes por la modalidad de exonerados por poseer título profesional o grado académico otorgado por una universidad del Perú o del extranjero y, los titulados en otros centros educativos de nivel superior con los cuales la universidad tiene convenio aprobado por el ente rector, deberán acreditar su condición de tal, presentando los siguientes documentos: a) Fotocopia legalizada del título o grado académico. Si la universidad de origen fuera extranjera deberá presentar título o grado académico reconocido o revalidado. b) En el caso que el título o grado del postulante haya sido obtenido en escuelas de oficiales y superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, el postulante deberá presentar el documento que lo acredite. TRASLADO EXTERNO Artículo N 19. Para inscribirse como postulante en la modalidad de traslado externo (Art. 16, caso b), deberán acreditar poseer los siguientes documentos: a) Certificados originales de estudios universitarios que acrediten tener por lo menos aprobados cuatro períodos lectivos o (02) dos anual o (72) setenta y dos créditos. b) Constancia original de ingreso de la Universidad de procedencia. c) Constancia de no haber sido separado de su institución de procedencia por medida disciplinaria o falta grave. TRASLADO INTERNO Artículo N 20. Para inscribirse como postulante en la modalidad de traslado interno (Art. 16, caso c), deberán acreditar poseer los siguientes documentos: a) Certificados originales de estudios universitarios que acrediten tener por lo menos (20) veinte créditos. Esta modalidad no genera contabilidad de ingresantes por ser nuestros propios estudiantes. PRIMEROS PUESTOS Artículo N 21. En el caso de los postulantes que quieran acogerse a la exoneración del concurso de admisión Ordinario por haber ocupado el (1ro) primero o (2do) segundo puesto de su respectivo Centro Educativo de Nivel Secundario, deberán acreditar su condición de tal, presentando: a) Constancia original del Director del Centro Educativo del cual procede, que acredite el orden de mérito en el que se encuentra. b) Haber concluido los estudios secundarios en los (03) tres años anteriores inmediatos a la fecha de inscripción.

c) Los documentos requeridos en el Artículo N 13 del presente reglamento. Artículo N 22. Las vacantes consideradas en cada programa, se cubrirán en estricto orden de mérito. Artículo N 23. Si existiera empate en el último lugar entre (02) dos o más postulantes en esta modalidad, se cubrirá la última vacante con todos los postulantes que obtengan el mismo puntaje, siempre y cuando hayan obtenido nota aprobatoria. DEPORTISTAS DESTACADOS Y PROGRAMA DEPORTIVO DE ALTA COMPETENCIA Artículo N 24. Los deportistas destacados, acreditados como tales por el Instituto Peruano del Deporte (IPD), y los becados por los programas Deportivos de Alta Competencia (PRODAC), que acrediten su condición de seleccionado nacional y/o haber participado dentro de los (02) dos últimos años en certámenes nacionales y/o internacionales, tienen derecho de solicitar ingreso a la universidad mediante esta modalidad. Artículo N 25. Para inscribirse como postulante en esta modalidad es necesario presentar los siguientes documentos: a) Credencial como miembro de la selección departamental o nacional y/o haber participado en certámenes nacionales o internacionales dentro de los (02) dos últimos años y tener actividad permanente en el deporte de su elección. b) Carta de presentación del presidente del Instituto Peruano del Deporte o quien haga sus veces, y alternativamente del director del IPD de la localidad. c) Constancia de no haber sido sancionado por falta grave o actividades antideportivas por los Tribunales o Comisión de Justicia de la Federación o Comisión Nacional respectiva. d) Compromiso de participación en la representación del equipo de la universidad en el deporte de su especialidad, y en todos los eventos deportivos en que la universidad lo requiera. e) Los documentos requeridos en el Artículo N 13 del presente Reglamento. Artículo N 26. La Comisión de admisión, con el apoyo del IPD Departamental que corresponda, realizará la evaluación de documentos presentados por el postulante el mismo que tendrá el carácter de eliminatorio y se considera en el siguiente orden: a) Seleccionado Nacional con participación oficial internacional. b) Seleccionado Nacional sin participación oficial internacional. c) Becado del programa Deportivo de Alta Competencia (PRODAC) d) Pre seleccionado nacional. e) Seleccionado departamental con participación en certámenes nacionales. Artículo N 27. Los postulantes mediante esta modalidad, para adquirir la condición de ingresante a la universidad deberán someterse a una evaluación aptitudinal que será diseñado por la comisión de admisión. Artículo N 28. Si existiera empate en el último lugar entre (02) dos o más postulantes en esta modalidad, se cubrirá la última vacante con todos los postulantes que obtengan el mismo puntaje, siempre y cuando hayan obtenido nota aprobatoria. PERSONA CON DISCAPACIDAD Artículo N 29. En cumplimiento del artículo N 26.- de la ley 27050, Ley general de la persona con discapacidad, la universidad reserva el (5%) cinco por ciento de las vacantes autorizadas, para personas con discapacidad, quienes accederán a este Centro de estudios previa evaluación. Artículo N 30. Para inscribirse como postulante en esta modalidad es necesario presentar los siguientes documentos: a) Resolución del CONADIS que acredite la condición de discapacidad del postulante. b) Los documentos requeridos en el artículo N 13 del presente Reglamento. Artículo N 31. El número de vacantes por la modalidad de ingreso extraordinario, ofrecidas en cada programa no podrá ser superior al (60%) sesenta por ciento del total de vacantes. Dichas vacantes incluyen la modalidad de centro pre universitario y alto rendimiento. Artículo N 32. La Prueba de Evaluación Especial para los postulantes por la modalidad de Concurso de Admisión Extraordinario se aplicará en la fecha y lugar que la Comisión de Admisión señale oportunamente, para lo cual la Comisión mencionada realizará las publicaciones correspondientes. CAPÍTULO VI DEL CENTRO PRE UNIVERSITARIO Artículo N 33. Se concederá hasta el (25%) veinticinco del total de vacantes ofrecidas en cada programa para el ingreso por la modalidad de concurso de admisión mediante el Centro Preuniversitario, siempre que se compruebe una asistencia por lo menos del (85%) ochenta y cinco a las clases dictadas en ella y que además hayan sido sometidos a evaluación permanente y hayan obtenido nota aprobatoria. Excepcionalmente este porcentaje puede ser diferente, previa autorización del ente rector.

Artículo N 34. Las vacantes para ingresar a la universidad mediante esta modalidad serán cubiertas por estricto orden de mérito. Artículo N 35. Las vacantes que no sean cubiertas por cualquiera de las modalidades de admisión extraordinaria o mediante el centro preuniversitario, se incrementarán a las vacantes por modalidad de concurso de admisión ordinaria. CAPÍTULO VII DE LA ADMISIÓN MEDIANTE EVALUACIÓN DE PRIMEROS PUESTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y DE ALTO RENDIMIENTO Artículo N 36. El Concurso de admisión a través de estas modalidades se orienta a los estudiantes egresados de educación de secundaria. Artículo N 37. Para postular por modalidad de alto rendimiento el alumno debe haberse mantenido en el Tercio Superior o haber obtenido promedio igual o superior a (15) quince del (1ro) Primero al (4to) Cuarto año, y en caso de primeros puestos haber obtenido hasta el (3er) tercer puesto en mérito, en su institución educativa. Artículo N 38. El sistema de evaluación, comprende; a) Evaluación aptitudinal del talento humano.- mide el área cognoscitiva, capacidades y/o habilidades concretas para la carrera profesional al cual postula b) Evaluación psicológica de aptitud vocacional.- evalúa los aspectos vocacionales y aptitudinales para la carrera profesional al cual postula c) Entrevista personal.- evalúa los intereses, madurez y perfil integral del postulante Artículo N 39. La evaluación del postulante considera todas las áreas curriculares establecidas por el Ministerio de Educación de modo general. Artículo N 40. Las vacantes para ingresar a una carrera específica de la universidad mediante estas modalidades de admisión son cubiertas por estricto orden de mérito. Artículo N 41. El porcentaje de vacantes para ingreso a la universidad vía alto rendimiento es hasta el (10%) diez por ciento, y vía primeros puestos hasta el (5%) cinco por ciento del total de vacantes ofrecidas en cada carrera. Artículo N 42. Las vacantes que no sean cubiertas mediante esta modalidad de admisión se incrementarán necesariamente a las vacantes ofrecidas en el examen de admisión ordinaria. CAPÍTULO VIII DE LA INSCRIPCIÓN AL CONCURSO DE ADMISIÓN Artículo N 43. Los postulantes que no alcancen vacante por la modalidad de concurso de admisión extraordinario o por el Centro Preuniversitario podrán someterse a la prueba de examen ordinario. Artículo N 44. La inscripción del postulante al concurso de admisión es personal. Se identificarán con su DNI si son mayores de edad, en caso de ser menores de edad se les solicitará también identificarse con su DNI o partida de nacimiento original. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, se identificarán con su carné de identidad; los extranjeros con el carné de extranjería o pasaporte con visa de residente o estudiante. Artículo N 45. El calendario de inscripción, la fecha y los lugares en los cuales se rendirá el examen serán invariables y anunciados mediante avisos Artículo N 46. Al momento de su inscripción el postulante presentará los documentos requeridos en el artículo N 13, sin borrones ni enmendaduras. Los documentos pendientes deberán ser registrados mediante declaración jurada y entregados en el proceso de matrícula. Artículo N 47. Al inscribirse, el postulante recibirá un carné de postulante que deberá presentar el día del examen de admisión, además de un documento de identidad. Artículo N 48. La inscripción del postulante se efectúa a un solo programa. Realizada la inscripción no se acepta cambio alguno, ni se devolverá los importes por derechos abonados. Artículo N 49. Si el postulante extraviase su carné, puede solicitar duplicado hasta (24) veinticuatro horas antes del examen, presentando los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al presidente de la comisión de admisión

b) Recibo de pago por derecho de duplicado de carné. REGLAMENTO Y CALENDARIO DE ADMISION 2018-2 Artículo N 50. Suscribir falsa Declaración Jurada, dará lugar a la anulación del expediente del postulante para todos sus efectos, sin perjuicio de la aplicación de las acciones legales correspondientes. El postulante estará prohibido de presentarse en próximos concursos de admisión de la Universidad. CAPÍTULO IX DEL EXAMEN DE ADMISIÓN Artículo N 51. La prueba general de admisión en todas las modalidades, a las que se refiere el presente reglamento a excepción de la modalidad de ingreso por el Centro Preuniversitario de la universidad, será de selección múltiple y de calificación anónima. Artículo N 52. El examen de admisión consta de un examen de conocimientos como proceso obligatorio principal y una evaluación de aptitudes y actitudes de forma complementaria opcional. La elaboración y aplicación del examen de admisión es de responsabilidad de la comisión de admisión. Artículo N 53. La prueba del examen de admisión se aplicará en una sola fecha, en ningún caso se concederá nueva fecha a los postulantes que no se presenten o que lleguen tarde el día y hora fijada. Artículo N 54. En garantía de transparencia e imparcialidad, por ningún motivo se permitirá el ingreso de los postulantes que lleguen después de iniciado el examen. CAPÍTULO X DE LA CALIFICACIÓN DEL EXAMEN DE ADMISIÓN Artículo N 55. El procesamiento de calificación y elaboración de los cuadros de mérito se efectuará a través de un sistema electrónico computarizado. Artículo N 56. La comisión de admisión hará conocer en el prospecto de admisión, la ponderación que se dé a cada sección de la prueba de admisión propuesta en el artículo N 52. Artículo N 57. La relación de postulantes que lograron ingreso a la universidad se establecerá en estricto orden de mérito para cada una de los programas y estará refrendada por la comisión de admisión, para ser publicada en los locales de la Universidad y en la página web de la universidad, dentro de las (12) doce horas siguientes de la finalización de la prueba del mencionado examen. Artículo N 58. Los documentos de los postulantes que ingresan, pasan a formar parte de la documentación oficial de la Universidad, que por ningún motivo se devolverán. Artículo N 59. Los postulantes que no alcancen una vacante en el concurso de admisión por cualquiera de las modalidades, tendrán un plazo de (30) treinta días contados a partir de la publicación de los resultados para solicitar a la oficina general de admisión la devolución de los documentos personales que entregaron al inscribirse, luego de este tiempo serán incinerados. CAPÍTULO XI DE LAS SANCIONES Artículo N 60. Cualquier falta o infracción cometida por el postulante durante el proceso de admisión (Datos personales falsos, falsificación de documentos, suplantación, etc.) dará lugar a la anulación de la inscripción y registros respectivos para todos sus efectos, sin perjuicio de la aplicación de las acciones legales correspondientes. Artículo N 61. El postulante perderá su derecho a participar en el proceso si incurre en alguna de las faltas siguientes: a) Ser suplantado por otra persona o suplantar a un postulante en el examen. b) Participar en la sustracción de la prueba de admisión. c) Presentar documentos falsos o adulterados en la inscripción o en algún acto posterior. d) Proporcionar datos falsos. e) Atentar contra la integridad y honorabilidad de los miembros de la Universidad o contra el patrimonio de la misma. f) Perturbar el proceso en cualquiera de sus etapas, mediante cualquier tipo de actividad que atente contra su normal desarrollo. g) En general toda muestra de indisciplina o acto doloso en cualquiera de las etapas del Proceso de Admisión, será causal de eliminación inmediata del postulante. Artículo N 62. La Universidad inhabilitará para postular nuevamente a quienes incurran en lo señalado en el artículo precedente del presente reglamento, independientemente de las acciones legales a que haya lugar y si el implicado fuera miembro de la comunidad universitaria (alumno, administrativo o docente) será denunciado y sancionado con la separación temporal o definitiva de la Universidad.

CAPÍTULO XII DE LA COBERTURA Artículo 63. La cobertura es el acto según el cual la universidad, luego de culminado el periodo de matrícula (regular y extemporánea), cubre las vacantes de ingresantes que no efectuaron su matrícula respectiva. Respetando para ello, el estricto orden de mérito alcanzado por los postulantes. Artículo 64. El ingresante que no haya efectuado su matrícula en los plazos establecidos (matricula regular y matrícula extemporánea) perderá automáticamente la vacante, la cual será cubierta en estricto orden de mérito, conforme lo establece la universidad, en una sola convocatoria del correspondiente proceso de admisión. Artículo 65. Para llevar a cabo el ingreso por cobertura se debe cumplir con lo siguiente: a) Se considera vacante desierta (disponible) a todas aquellas en las cuales los ingresantes no se matricularon, dentro del plazo establecido (matricula regular y matricula extemporánea). b) En el ingreso por cobertura se respetara el estricto orden de mérito alcanzado en el examen ordinario de admisión. c) Aplicar el ingreso por cobertura para la misma carrera profesional a la que ha postulado. d) Será aplicable para los postulantes para la modalidad de examen ordinario e) Se lleva a cabo en una sola convocatoria del correspondiente proceso de admisión, dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles después de concluida la matricula regular y extemporánea. Artículo 66. En la documentación relacionada al proceso de admisión se deberá incluir el cronograma de actividades del proceso de admisión los plazos y fechas establecidas a) Convocatoria b) Examen extraordinario c) Examen ordinario d) Matricula e) Cobertura Artículo 67. El ingreso por cobertura deberá ser publicado en un lugar visible dentro de las instalaciones de la universidad, luego de culminada el periodo de matrícula extemporánea, establecido en el cronograma de matrícula. CAPÍTULO XIII DEL INFORME DE ADMISIÓN Artículo 68. La oficina general de admisión remitirá su informe al vicerrectorado académico, quien lo elevará al consejo universitario para su aprobación mediante resolución. El informe comprende actas y resultados. Artículo 69. Las actas serán elaboradas in situ por la comisión de admisión y entregadas en el momento a la oficina general de admisión; a) Acta de Informe de ingresantes por modalidad de examen extraordinario. b) Acta de Instalación del examen de ordinario. c) Acta de la Ejecución del examen ordinario. d) Acta de culminación y resultados del examen ordinario. Artículo 70. Los resultados serán entregados in situ por la comisión de admisión a la oficina general de admisión adjuntando; a) Cuadro resumen de postulantes e ingresantes según modalidad, programa y sexo. b) Relación de los postulantes inscritos según modalidad, programa y sexo. c) Relación de los ingresantes por mérito según modalidad, programa y sexo. Artículo 71. La oficina general de admisión enviará, dentro de (02) dos días útiles, a la Unidad de asuntos y registros académicos la relación de los ingresantes por mérito según modalidad, programa y sexo, adjuntando los expedientes de cada uno de los ingresantes. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primero: Las solicitudes u otros que se encuentran en trámite para la autorización de vacantes por cobertura serán evaluados de acuerdo a lo establecido por el presente reglamento. Segundo: En caso de existir procesos de admisión no contempladas dentro de los procesos de admisión ordinario y extraordinario; se establecerá modalidades y se reglamentará el proceso de acceso y régimen de matrícula a la universidad.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero: Del Cronograma; La Comisión de admisión elaborara el cronograma de actividades del proceso de admisión para la aprobación de la autoridad competente. Segundo: De las Vacantes; el cuadro de vacantes será aprobado por el consejo universitario, previa propuesta de las facultades en concordancia con el presupuesto y el plan de desarrollo de la universidad. Tercero: Del Temario; El temario del proceso de admisión lo elaborará la comisión de admisión, para la aprobación de la autoridad competente y su integración al prospecto del proceso respectivo. Cuarto: Del Cumplimiento; el cumplimiento del presente reglamento es responsabilidad de la Comisión de Admisión, resolviendo los casos no contemplados en el mismo. CALENDARIO DE ADMISIÓN 2018-2 N ACTIVIDADES FECHA 1 Publicidad 04 de junio de 2018 2 Convocatoria de postulantes 04 de junio de 2018 3 Examen de aptitud escolar (Primera opción) 12 de agosto de 2018 4 Ingresantes en la modalidad CPU 2018-2 12 de agosto de 2018 5 Ingresantes en la modalidad extraordinaria 12 de agosto de 2018 6 Ingresantes en la modalidad de examen de admisión ordinario 09 de setiembre de 2018 7 Devolución de expedientes Del 10 de setiembre al 09 de octubre de 2018 8 Matrícula regular Del 10 al 15 de setiembre de 2018 9 Matrícula extemporánea Del 17 al 19 de setiembre de 2018 10 Matrícula por cobertura Del 20 al 22 de setiembre de 2018 11 Inicio de clases semestre académico 2018-2 17 de setiembre de 2018