LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO 25 de enero de 2019
Participaciones, Aportaciones, Convenios y Subsidios Se incorpora el numeral 8.2.4. al Artículo 1, a efecto de referir como ingreso municipal, las participaciones ministradas por el gobierno estatal derivado del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal e incentivos federales derivados de convenios y el Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México al Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico, previsto en el artículo 219 fracción II, inciso D) del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Recargos y Factor de Actualización Los porcentajes de recargos por pago extemporáneo de créditos fiscales y por prórrogas, de 1.85% y 1.3% mensual, así como el factor de actualización de los montos de los créditos fiscales pagados fuera de los plazos establecidos en el Código Financiero de 0.42%, aprobados para 2019, se mantienen en los mismos términos que para el ejercicio 2018.
Bonificaciones Impuesto Predial y Derechos de Agua en Pago Anual Anticipado y Puntual Cumplimiento Las bonificaciones por pago anual anticipado en Impuesto Predial y Derechos de Agua, son del 8%, 6% y 4% durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente. Estimulo adicional por cumplimiento en el pago del Impuesto Predial del 8% en el mes de enero, 6% en el mes de febrero y 2% en el mes de marzo, pudiendo la autoridad fiscal solicitar los comprobantes de pago de los dos ejercicios anteriores. Estimulo adicional por cumplimiento en el pago de los Derechos de Agua, es del 4% en el mes de enero y del 2% en el mes de febrero.
Bonificaciones Predial y Agua a Sectores Vulnerables Bonificación de hasta el 34% en Impuesto Predial y de hasta el 38% en Derechos de Agua, a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales vigentes.
Estímulos Fiscales a Grupos de Población Vulnerable y a la Apertura de Unidades Económicas de Bajo Impacto Estímulos fiscales de hasta el 100% en el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, a grupos de población vulnerable; así como a favor de asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia pública o privada, asociaciones culturales, instituciones de enseñanza pública y otros contribuyentes, que realicen actividades no lucrativas. Estímulos fiscales de hasta el 100% en el pago de contribuciones, cuando se destinen a la apertura de unidades económicas de bajo impacto.
Bonificaciones en Impuesto Predial al Regularizar la Tenencia de la Tierra y en Inmuebles Destinados a Actividades Agropecuarias Acuícolas y Forestales Estímulos fiscales de hasta el 100% en el pago del Impuesto Predial por ejercicios anteriores y accesorios legales, a: Quienes lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra. Propietarios de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales.
Estímulo Fiscal a la Regularización de Adeudos de Impuesto Predial y Derechos de Agua Estímulos fiscales de hasta el 50% en el pago del Impuesto Predial y Derechos por Suministro de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado, por ejercicios anteriores y accesorios legales, a propietarios de inmuebles destinados a casa habitación, que regularicen sus adeudos.
Estímulos Fiscales del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles Estímulos fiscales de hasta el 100% en el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de inmuebles, y accesorios legales a: Quienes lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra. Quienes adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular, a través de los organismos públicos creados para tal efecto. En los programas de regularización de vivienda con uso habitacional, en los que participe el Gobierno del Estado de México por conducto de las dependencias correspondientes, el Instituto de la Función Registral del Estado de México y el Colegio de Notarios del Estado de México.
Límite de Incremento de Impuesto Predial El límite de incremento del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2019, no podrá exceder del 20% de incremento respecto al monto determinado para pago en el ejercicio fiscal 2018, conforme a las disposiciones legales aplicables.