ARBITRAJE EN MÉXICO Arbitraje en México

Documentos relacionados
Arbitraje en Perú. Visión general

Carnet Extranjeria x Nacionalidad

Población PERE TOTAL - Región de Murcia

ACUERDOS EN MATERIA DE INVERSIÓN SUSCRITOS POR LA REPÚBLICA DE PANAMÁ BILATERALES

Población PERE Región de Murcia - Total

INSTITUTO MEXICANO DEL ARBITRAJE POSTURA. con respecto a la adhesión de México al Convenio CIADI

Carnet Extranjeria x Nacionalidad

TRATADOS COMERCIALES

Cuantías en euros Por alojamiento Por manutenc. Dieta entera

ESTADÍSTICAS NACIONALES DE COMERCIO EXTERIOR DE CALZADO

ARGENTINA: DECRETO EXCLUYE EXPRESAMENTE DEL

Este documento resume los datos sobre llegadas de turistas internacionales, durante el primer semestre 2014.

COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS Y MARINA MERCANTE DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE ENSENADA, B.C. EXPORTACIONES A: CARGA TONELADAS ARRIBOS BARCOS

Grupo 1 102,56 53,34 155,90 Grupo 2 65,97 37,40 103,37 Grupo 3 48,92 28,21 77,13

Carnet Extranjeria x Nacionalidad

EXPORTACIONES A: CARGA TONELADAS ARRIBOS BARCOS

Diplomacia Parlamentaria Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión

Este documento resume los datos sobre llegadas de turistas internacionales, durante el segundo semestre 2014.

Grupo 1 Altos cargos incluidos en los artículos 25, 26 y 31.dos de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre (Nivel 30)

INFORMACIÓN PRELIMINAR ENERO DICIEMBRE 2010 CÁMARA DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

IMPORTACIONES DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES PERIODO PARCIAL: ENERO - AGOSTO DE 2007 DÓLARES

CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN y ACUERDOS DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA.

Carnet Extranjeria x Nacionalidad

VILA-REAL. ESTADÍSTICA DE HABITANTES a Sexo, Descripción Mujer Varón Total: 50684

ESTADÍSTICA DE POBLACIÓN POR NACIONALIDADES A 1/ 1/200

Los Acuerdos Internacionales de Inversión: Opciones de Reforma

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS ECONÓMICOS Y COMERCIALES BOLETÍN DE COMERCIO EXTERIOR DEL ECUADOR

C. GENERAL CONTENERIZADA 14, C. GENERAL CONTENERIZADA 1, BOLIVIA CONTENERIZADA AUSTRALIA BÉLGICA BÉLGICA

Unidad: Kilogramo Advalorem: 20% Diario Oficial: Jueves, 30 de Diciembre de 2004

Anexo 4 : Nacionalidades que no tienen obligación de solicitar visado y régimen de visados simplificado

ESPECIALES, OFICIALES Y DE SERVICIO ARGELIA SI SI 28/07/2005 ARGENTINA SI SI 15/09/1964 AUSTRIA SI SI 01/01/1996 AZERBAIYAN SI SI 14/08/2014

CAPÍTULO 08. empresa DATOS DE

CAPÍTULO 8 EXPORTACIONES SEGÚN DATOS DE EMPRESA

ESTADÍSTICA DE HABITANTES

EXPORTACIONES DE VINOS Y MOSTOS POR MODALIDAD DE ENVIO Y COLOR. Enero-Setiembre 2018*Cifras proviosrias

SECCIón IV.8. Cooperación Externa

CATASTRO DE DERECHOS DE TRÁFICO Entre territorios de las partes 3ª y 4ª libertad

HONDURAS VALOR Y VOLUMEN DE LA IMPORTACION SEGUN BLOQUES ECONOMICOS Y PAISES, (Miles de $ Centroamericanos y Toneladas Métricas)

ESPECIALES, OFICIALES Y DE SERVICIO ARGELIA SI SI 28/07/2005 ARGENTINA SI SI 15/09/1964 AUSTRIA SI SI 01/01/1996 AZERBAIYAN SI SI 14/08/2014

EXPORTACIONES A: CARGA TONELADAS ARRIBOS BARCOS

ESPECIALES, OFICIALES Y DE SERVICIO ALBANIA SI SI 11/12/2017 ARGELIA SI SI 28/07/2005 ARGENTINA SI SI 15/09/1964 AUSTRIA SI SI 01/01/1996

EXPORTACIONES A: CARGA TONELADAS ARRIBOS BARCOS

HONDURAS VALOR Y VOLUMEN DE LA EXPORTACION SEGUN BLOQUES ECONOMICOS Y PAISES, (Miles de $ Centroamericanos y Toneladas Métricas)

El presente Real Decreto entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

MARZO,2018 ALEMANIA: ARGENTINA:

Situación actual de la influenza 14 de Junio

Situación actual de la influenza 09 de Junio

MANZANILLO, COL. SALIDAS A: CARGA TONELADAS ARRIBOS BARCOS ALEMANIA CONTENERIZADA 5, ARABIA SAUDITA CONTENERIZADA

Capítulo. Comercio Exterior ANUARIO ESTADÍSTICO

Metadatos de los Registros Administrativos

Metadatos de los Registros Administrativos

ANUARIO ESTADÍSTICO DEL TRANSPORTE MARÍTIMO 2011

ANUARIO ESTADÍSTICO 2008 INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

VERACRUZ, VER. ALBANIA CONTENERIZADA ALEMANIA C. GENERAL 161, ARUBA CONTENERIZADA BELICE CONTENERIZADA 1,

Informe Tributario y de Gestión Informe Tributario. Enero-marzo 2014

Comunicado de Prensa

Metadatos de los Registros Administrativos

Subsecretaría para América del Norte Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior Dirección General Adjunta

ESPAÑOLA EXTRANJERA TOTAL ESPAÑOLA EXTRANJERA TOTAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

8. Comercio internacional

OIT Ginebra UNESCO París OMPI Ginebra. París, 1 de abril de 2005 Original: inglés

CONVENIO SOBRE EL REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LOS ABORDAJES, 1972, EN SU

PROTECCIÓN SOCIAL EN APLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES

COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS Y MARINA MERCANTE DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE ALTAMIRA, TAMPS.

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

PAIS TIPO DE PERMISO OTORGADO. Total país AFGANISTAN

Banda ancha para el desarrollo en América Latina y el Caribe. Antonio Garcia Zaballos

COMERCIO EXTERIOR DE CHILE TERCER TRIMESTRE 2011 ANEXO ESTADÍSTICO

Hombres. Pagina 1

11. Comercio internacional

Financiación y Sostenibilidad en el marco internacional: CDTI

COMERCIO EXTERIOR CONSIDERANDO LOS PRINCIPALES PRODUCTOS DE IMPORTACION

COMERCIO EXTERIOR DE CHILE SEGUNDO TRIMESTRE 2011 ANEXO ESTADÍSTICO

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL PANAMA, 1975

6. Comercio internacional

Arbitraje en Reino Unido. Visión general

ESTADÍSTICA DE HABITANTES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

CUBA POBLACION NATIVA POBLACION NACIDA EN EL EXTERIOR

COMERCIO EXTERIOR DE CHILE CUARTO TRIMESTRE 2011 ANEXO ESTADÍSTICO

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

QCAA. Página 1. Vigente para el intercambio de información correspondiente a períodos fiscales 2019 y siguientes (***)

PAQUETES VIAJERO INTERNACIONAL DE INTERNET (SISTEMA AMIGO DE TELCEL)

COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS Y MARINA MERCANTE DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE MANZANILLO, COL.

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Informe Tributario y de Gestión Informe Tributario. Enero-junio 2014

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO PLANEAMIENTO Y DESARROLLO TURÍSTICO ADMINISTRACIÓN DE LA INFORMACIÓN

CANIETI. XXXII Convención Anual. Dr. Francisco de Rosenzweig Subsecretario de Comercio Exterior 14 de Septiembre de 2011

NOTA DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

ANEXOS TABLA 1 Inversión Extranjera directa en México: determinantes y pautas de localización en /

Informe sobre las contribuciones al Fondo de Cooperación Técnica para 2007

PROTOCOLO DE 1988 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR, (PROT 1988 SOLAS (SARC)).


MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS - DIPR. Nieve Rubaja 2016

1. - Situación Registros

Transcripción:

Arbitraje en México Visión general 1

LEY DE ARBITRAJE México no dispone de una ley de arbitraje independiente que regule la materia arbitral. La regulación sobre el arbitraje comercial está contenida en el Título Cuarto del Libro Quinto del Código de Comercio bajo el título del Arbitraje Comercial. Hasta el año 1989, si bien el Código de Comercio reconocía la posibilidad de juicios arbitrales, no existía reglamentación al respecto. En 1989 se tomaron en cuenta principios de la Ley Modelo de UNCITRAL y se llevaron a cabo reformas en el Código incorporando un cuerpo de normas destinado a regir el arbitraje comercial tanto nacional como internacional. En el año 1993 México modificó nuevamente el Código de Comercio para establecer una completa reglamentación de arbitraje comercial, a través de la adopción de la Ley Modelo UNCITRAL sobre arbitraje comercial. Esta regulación es aplicable a todos los procedimientos arbitrales comerciales, nacionales o internacionales, que tengan como lugar del arbitraje el territorio mexicano, así como a la nulidad del laudo y al reconocimiento y ejecución. Las principales características de la regulación del arbitraje comercial incluidas en el Código de Comercio son las siguientes: Arbitrabilidad: No existe una regla general sobre las materias susceptibles de someterse a arbitraje. Sin embargo, todas aquellas controversias que no estén expresamente reservadas al Estado o versen sobre materias excluidas expresamente del arbitraje, podrán ser sometidas al arbitraje. El acuerdo de arbitraje debe constar por escrito y consignarse en un documento firmado por las partes. Se prevén reglas de remisión del litigio al arbitraje cuando exista un acuerdo arbitral válido entre las partes. Prevé la posibilidad de solicitar al juez la adopción de medidas cautelares provisionales, con anterioridad a las actuaciones arbitrales o durante su transcurso. Principio de Kompetenz-Kompetenz. 2

Principio de separabilidad del convenio arbitral. Establece un mecanismo para que las partes puedan solicitar la corrección o interpretación del laudo, o inclusive que se dicte un nuevo laudo respecto a reclamaciones omitidas en la resolución original. Aunque la regulación del arbitraje está basada en la Ley Modelo de UNCITRAL, existen pequeñas variaciones: Cuando no existe consenso de las partes para determinar el número de árbitros el Código establece que será un solo árbitro, en lugar de tres como dispone la Ley Modelo. En caso de que las partes no hubiesen previsto cuál será la ley aplicable al fondo del asunto, el Código señala que el tribunal arbitral determinará el derecho aplicable según su criterio tomando en cuenta las características y conexiones del caso, a diferencia de la Ley Modelo que prevé que el tribunal aplicará la ley que determinen las normas de conflicto de leyes que estime aplicables. En relación con las costas del arbitraje, a falta de acuerdo de las partes, el Código establece la forma en que se determinarán las costas. En caso de medidas cautelares acordadas por un tribunal arbitral, el Código establece la responsabilidad de la parte solicitante y del tribunal arbitral por los daños derivados de dichas medidas. CONVENIOS INTERNACIONALES México ha ratificado los siguientes convenios internacionales en materia de arbitraje: Convenio sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras ( Convenio de Nueva York ). México se adhirió al Convenio de Nueva York en el año 1971 sin reserva alguna. Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional ( Convención de Panamá ). México ratificó la Convención en 1978. 3

Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales Extranjeros ( Convención de Montevideo ). México ratificó la Convención en 1987. Convenio entre México y España sobre reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales y laudos arbitrales en materia civil y mercantil. Celebrado en Madrid el 17 de abril de 1989, fue aprobado por el Senado mexicano en 1989 y entró en vigor en 1992. En España entró en vigor en 1990. Es el único tratado bilateral firmado por México en la materia, y fue suscrito por ambos países después de su ratificación de la Convención de Nueva York, pero antes de la adopción, en sus legislaciones internas, de la Ley Modelo. PROTECCIÓN DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS La inversión extranjera en México se encuentra regulada por la Ley de Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1993. El objeto de esta ley es determinar las reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional. México ha firmado el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados ( Convenio de Washington o Convenio CIADI ).Dicho Convenio CIADI entró en vigor en México desde el pasado 26 de agosto de 2018.. México tiene celebrados Acuerdos de Protección Recíproca de Inversiones ( APRIs ) con 31 países: Argentina, Cuba, Panamá, Trinidad y Tobago, Uruguay, Alemania, Austria, Bielorrusia, Dinamarca, España, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia, Suiza, Australia, China, Corea, India, Singapur, Unión Económica Belgo-Luxemburguesa, Bahréin y Kuwait. Tiene también suscritos APRIS con Brasil, Haití, Turquía y Emiratos Árabes Unidos, que todavía no han entrado en vigor. Todos los tratados de inversión celebrados por México establecen la posibilidad de acceder al mecanismo arbitral del CIADI para la solución de controversias entre Estados o entre un inversionista y el Estado. México cuenta también con varios Tratados de Libre Comercio ( TLCs ) que incluyen un capítulo de inversión semejante a los APRIs. Es el caso de los TLCs suscritos con América del Norte (Estados Unidos y Canadá), 4

Centroamérica (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua), Chile, Costa Rica, Colombia, Panamá, Uruguay, Perú y Japón. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAUDOS EXTRANJEROS La regulación sobre el reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral, cualquiera que sea el país en que haya sido dictado, viene contemplada en el capítulo dedicado al arbitraje en el Código de Comercio. El reconocimiento y ejecución de laudos no requiere de homologación. Las causas de denegación del reconocimiento y ejecución están tasadas y son las mismas que las que se prevén en el Convenio de Nueva York. Si se hubiera solicitado la nulidad o suspensión del laudo a un juez del país en que, o conforme a cuyo derecho fue dictado el laudo, el juez al que se solicite el reconocimiento o la ejecución del laudo podrá, si lo considera procedente, aplazar su decisión, y también a instancia de la parte solicitante, ordenar a la otra parte que otorgue garantías suficientes. El reconocimiento y ejecución se promoverán en un juicio especial. Las resoluciones que dicten los jueces sobre el reconocimiento y ejecución son auténticos actos de autoridad emanados del poder judicial, impugnables por tanto en el juicio de amparo ante los tribunales federales que tienen el control de la Constitución y de protección última de las garantías individuales. PRINCIPALES INSTITUCIONES ARBITRALES Centro de Arbitraje de México (CAM). 5

Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (CANACO). International Chamber of Commerce, Capítulo México (ICC México). 6