ARTÍCULO 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS



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ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

Transcripción:

PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN El Artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, al establecer los derechos y deberes de los estudiantes señala que éstos, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, tendrán derecho a obtener reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 12, al establecer las directrices para el diseño de títulos de Graduado, y de conformidad con el precepto anterior, reitera la posibilidad de que los estudiantes puedan obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en las actividades universitarias señaladas, hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado. Con el doble objetivo de hacer efectivo ese derecho, y de promover la formación integral de sus estudiantes, incentivando un espíritu participativo y de colaboración entre estudiantes y profesores, todos los planes de estudio de la Universidad Rey Juan Carlos recogen un módulo formativo denominado Reconocimiento Académico de Créditos, al que se le ha asignado 6 créditos. Este módulo formativo, como todos los que conforman los planes de estudio, es evaluable, y por sus especiales características y finalidad, su seguimiento y evaluación se realizará por el Tutor Integral asignado a cada estudiante de grado de la Universidad, a través del procedimiento que se recoge en este reglamento. ARTÍCULO 1.- RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS De conformidad con el artículo 46.2.i) de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades y 12.8 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, la Universidad Rey Juan Carlos ha creado una asignatura de 6 créditos, cuyo contenido atenderá a la participación de los estudiantes de titulaciones de Grado en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, y será evaluada por el Tutor Integral del estudiante. ARTÍCULO 2.- CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS V02-07072010 1

De conformidad con la normativa vigente, únicamente podrá evaluarse la participación del estudiante en las actividades universitarias que el estudiante realice durante el período que curse la enseñanza de grado y conforme a la siguiente clasificación: 2.1. Reconocimiento de créditos por actividades universitarias culturales El Tutor Integral tendrá en cuenta para su evaluación la importancia de la actividad para el desarrollo formativo del alumno, su duración, dificultad y exigencia. En ningún caso podrá superarse este modulo o su parcialidad anual con una solo actividad, con independencia de su duración e importancia. Se podrán considerar actividades universitarias culturales a los efectos de este Modulo: a) Actividades académicas y culturales organizadas por la Universidad, a través del Vicerrectorado de Extensión Universitaria, las Facultades o Escuelas, los Departamentos, Centros o cualquier otro Órgano o Institución de la Universidad Rey Juan Carlos. La información detallada sobre este tipo de actividades se encuentra en el Anexo 1. b) Actividades culturales y formativas organizadas por otras Instituciones Podrán valorarse las actividades académicas o culturales organizadas por otras instituciones que sean recogidas en el ámbito de las relaciones con la Universidad Rey Juan Carlos. c) Cursos de Verano organizados por la Fundación de la Universidad Rey Juan Carlos. Podrán evaluarse como actividades culturales la participación en los Cursos de Verano. d) Asignaturas extracurriculares. Los alumnos podrán solicitar a sus tutores como actividades para el reconocimiento académico de crédito, asignaturas extracurriculares, optativas u obligatorias, de los planes oficiales de grado en el que estén matriculados, siempre que sean créditos adicionales no computados previamente como asignatura optativa. 2.2. Reconocimiento de créditos por actividades universitarias deportivas Los tutores integrales valoraran a aquellos alumnos que sigan las actividades deportivas propuestas por la Universidad Rey Juan Carlos o a través de federaciones deportivas, sin que en ningún caso se pueda evaluar este Módulo, ni en su conjunto ni en su cómputo anual sólo con esta actividad. La información detallada sobre este tipo de actividades se encuentra en el Anexo 2. V02-07072010 2

2.3 Reconocimiento de créditos por actividades universitarias de representación estudiantil. Los tutores integrales valoraran a aquellos alumnos que participen en la representación estudiantil en órganos de la Universidad Rey Juan Carlos, sin que en ningún caso se pueda evaluar este Modulo, ni en su conjunto ni en su computo anual sólo con esta actividad. En especial por el ejercicio de los siguientes puestos de representación: Delegado de curso. Representante de los estudiantes en el Consejo de Departamento o en la Junta de Centro. Representante de los estudiantes en las Comisiones de Garantía de la Calidad (Titulación, Centro o Universidad). Representante de los estudiantes en la Comisión de Estudios de Grado de la Universidad. Representante de los estudiantes en el Claustro, Consejo de Gobierno o Consejo Social. Se podrán valorar otras responsabilidades de coordinación y representación en órganos de participación estudiantil estatutariamente reconocidos, y cualquier otra actividad de coordinación o de representación que determine la Universidad, o que merezca análoga consideración a juicio de los Centros o los Órganos de Gobierno de la Universidad. 2.4. Reconocimiento de créditos por actividades universitarias solidarias y de cooperación. Los tutores integrales valorarán a aquellos alumnos que participen en actividades universitarias solidarias y de cooperación, en particular, las que desarrolle el Vicerrectorado competente en materia de Política Social y el Vicerrectorado competente en materia de Cooperación al Desarrollo, sin que en ningún caso se pueda evaluar este Módulo, ni en su conjunto ni en su computo anual con solo esta actividad. También podrán ser objeto de evaluación las actividades universitarias solidarias y de cooperación realizadas por los estudiantes a través de su participación en Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que desarrollen actividades relacionadas con la solidaridad o en entidades de asistencia social o iniciativas de voluntariado. V02-07072010 3

3. PROCEDIMIENTO DE EVALUACION 3.1. Procedimiento General El Módulo formativo Reconocimiento Académico de Créditos tiene asignado 6 créditos, que se evaluará global y definitivamente en el cuarto curso de cada titulación de grado, según los planes de estudio correspondiente. Con el objetivo de promover desde el inicio la responsabilidad del estudiante en su proceso formativo, anualmente, en la primera reunión, y de no ser posible, en otra posterior, con el Tutor Integral y de común acuerdo, de conformidad con la normativa aquí regulada referente a la duración y acreditación de las actividades realizadas, diseñarán el contenido anual y su forma de evaluación. Este diseño constituirá la guía docente de los créditos anuales del curso. De conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, con carácter general, las actividades evaluables de cada uno de los 3 primeros cursos supondrán entre un 30% y un 40% de la nota final del módulo, calculándose la calificación final como la media de las puntuaciones anuales. 3.2. Reconocimiento y calificación de los créditos 3.2.1. Modo: - En cada Curso de Grado: El tutor/a integral deberá comprobar que cada uno de sus alumnos/as tutelados/as haya realizado suficientes actividades para superar la asignatura de reconocimiento de créditos y proceder a calificarlos. El alumno/a tutelado/a HA DE SER ANUALMENTE CALIFICADO/A: Si el alumno/a tutelado/a no hubiera realizado actividades suficientes para evaluarle la parte correspondiente de esa asignatura en ese año o los hubiera completado en materias que no obedecen a la orientación dada por su tutor/a, este podrá calificarle con una puntuación negativa (inferior a 5, sobre 10). El tutor/a integral habrá siempre de calificar a sus alumnos/as tutelados/as en todos y cada uno de los Cursos de la Titulación de Grado. La calificación HA DE FIGURAR EN EL INFORME ANUAL que el Tutor/a remita cada año a su Coordinador/a de Grado y es un requisito indispensable para que sus alumnos/as tutelados/as aprueben la asignatura de reconocimiento de créditos y, al finalizar el Grado, obtengan la calificación global de la misma. En el caso de no haber realizado las actividades necesarias podrá completarlas en el 4º año del Grado - Al finalizar la Titulación de Grado: El tutor/a evaluará definitivamente la asignatura del reconocimiento de créditos: V02-07072010 4

FASE DE EVALUACION ORDINARIA: Resultado de la evaluación de los años anteriores. Si el alumno/a tutelado/a hubiera ido aprobando las evaluaciones de cada año: El tutor en base a estas calificaciones previas pondrá la nota final de la Asignatura de reconocimiento de créditos a cada uno de sus alumnos/as tutelados/as. EVALUACION EXTRAORDINARIA: Si el alumno/a tutelado ha sido calificado negativamente por su tutor/a en los anteriores Cursos, el tutor/a orientará al estudiante tutelado la posibilidad de completar las actividades que le faltan y así aprobar la asignatura y ser evaluado. Es necesario recordar al tutelado que aprobar ésta asignatura es un requisito indispensable para acabar la Titulación de Grado en la Universidad Rey Juan Carlos. Esta Evaluación Extraordinaria puede utilizarse para subir nota en la asignatura de reconocimiento de créditos dejándose al criterio de cada tutor/a integral si quiere hacer uso de esta posibilidad. En los casos de las Titulaciones en cuyo Plan de Estudios este previsto que haya dos o más asignaturas de Reconocimiento Académico de Créditos (por ejemplo, en el Grado de Medicina, está prevista esta asignatura en tercer y cuarto año) se procederá de igual manera en los años precedentes, asignado a la evaluación de cada año la parte correspondiente a los créditos totales de dicha asignatura. 3.2.2. Criterios Los profesores/as tutores/as deben informar de forma clara a sus alumnos/as tutelados/as sobre cuáles serán sus criterios de evaluación de esta asignatura. Habrán de informar de los mismos desde el primer curso de Grado, de conformidad con la normativa vigente. Con carácter general se establece lo siguiente: Cada tutor/a integral deberá informar a cada uno de sus tutelados/as, desde el primer curso de grado, de la importancia que tiene la asignatura de reconocimiento de créditos para acabar la titulación de grado. De ahí que hayan de transmitir de un modo claro el modo de obtener dichos créditos y los criterios que dicho tutor/a seguirá para calificarlos. La orientación del tutor/a habrá de ir dirigida a la realización, por parte de sus alumnos/as tutelados/as, de cursos y actividades complementarias que sean adecuadas para completar su formación. El tutor tendrá en cuenta para su evaluación la importancia de la actividad para el desarrollo formativo del alumno, su duración, dificultad y exigencia. En ningún caso podrá superarse este modulo o su parcialidad anual con una sola V02-07072010 5

actividad, con independencia de su duración e importancia. El tutor/a integral habrá de orientar hacia el enriquecimiento plural en el aprendizaje de sus estudiantes. 3.2.3. Documentación que debe aportar el estudiante Los estudiantes deberán aportar certificados o informes de los responsables de cada actividad para su reconocimiento efectivo, en el que se hará constar los datos sobre la duración de la actividad, asistencia y participación del estudiante que faciliten la calificación posterior por el Tutor Integral. Para la valoración y posterior evolución de cada actividad, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2 de la presente normativa. El modelo de certificaciones para justificar las actividades deportivas organizadas por la Universidad Rey Juan Carlos, están como documento adjunto en el Anexo 2. Para evaluar las actividades de representación deberá aportar el estudiante un certificado del Secretario del órgano colegiado de que se trate, o por órgano competente, haciendo constar la asistencia y participación. La solicitud de reconocimiento por actividad de Voluntariado y Cooperación se acompañará de un informe detallado de las actividades desarrolladas que deberá ser avalado por el representante legal que proceda. Para el reconocimiento y evaluación de las actividades, el alumno deberá aportar una memoria justificativa de las actividades desarrolladas, en la que se recojan las especificaciones fijadas por el Tutor Integral en la guía docente, acompañadas de los certificados a los que se hace referencia. 4. Procedimiento extraordinario para los alumnos que comenzaron el Grado en el curso 2008/2009 y 2009/2010 Los estudiantes que estén cursando ya sus estudios de grado tendrán que presentar la documentación de sus actividades al Tutor Integral el próximo curso 2010/2011, para evaluar conjuntamente la parte del modulo correspondiente a los años precedentes. V02-07072010 6