AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA INSPECCION DE RENTAS Y EXACCIONES



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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL SISTEMA DE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, EL ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES EN EL ED-2 DE PUNTA UMBRIA (EDIFICIOS DE VIVIENDAS DE VPO). 1.- FINALIDAD El Ayuntamiento de Punta Umbría, consciente de la importancia que para el ámbito de viviendas del ED-2 supone la instalación de profesionales en las áreas comerciales del mismo, que desarrollen actividades comerciales y hosteleras tendentes al desarrollo del ámbito y a cubrir las necesidades de los/as vecinos/a y usuarios/as de la Zona, ha adquirido los locales comerciales sitos en la misma. En consecuencia, el Ayuntamiento ofrece los locales e instalaciones del área comercial descrita, a aquellas empresas o profesionales que, previa justificación, acrediten la viabilidad de una actividad empresarial de hostelería, comercial, etc, útil para el sector, y tendente a satisfacer las necesidades de los/as vecinos/a y usuarios/as de la zona. 2.- OBJETO DEL CONTRATO 2.1 Objeto.- Constituye el objeto del presente Contrato el arrendamiento de los locales construidos en el área comercial del ED-2 de Punta Umbría (locales comerciales en edificios de viviendas) que se describen: MANZANA LOCAL SUPERFICIE 1 1 745,00 m2 1 2 352,87 m2 4 2 332,50 m2 2.2 Usos.- Los usos permitidos en estos locales serán: - Comercial - Hostelera, excepto discotecas y disco - bares. - Se permitirá la actividad de Pub, siempre que se cumplan los requisitos de insonorización, y demás requisitos que determine la normativa de aplicación. - Cultural - Recreativa. 2.3 Superficie.- Dada la superficie de los locales objeto del presente procedimiento, susceptibles de división para su explotación independiente, los licitadores podrán ofertar el arrendamiento de una superficie menor a la del Local completo, conforme a lo establecido al efecto, en cuanto a su forma y modo, en la cláusula 19º del presente Pliego.

3.- PLAZO DE DURACIÓN La duración inicial del contrato de arrendamiento será de 15 AÑOS. Podrán concederse prórrogas del periodo inicial hasta un máximo de 10 años, siendo en consecuencia el plazo máximo del arrendamiento, incluidas las prorrogas, de 25 años. Para su concesión, el/la adjudicatario/a vendrá obligado a presentar en el plazo de dos meses anteriores al vencimiento, solicitud de prórroga a la que adjuntará: prórroga de los seguros exigidos en este Pliego de Condiciones, así como los motivos que acrediten razones fundamentales para ello, de carácter técnico y económico. Todas las solicitudes de prórroga serán resueltas discrecionalmente por el Ayuntamiento. El/la adjudicatario/a, no tendrá derecho a percibir indemnización por ningún concepto cuando finalice el contrato de arrendamiento, sea cual sea la duración de éste. 4.- PRECIO DE ADJUDICACIÓN El precio del arrendamiento de los locales comerciales, será de 72,00 Euros ( setenta y dos euros) ( IVA Excluido), por metro cuadrado construido y año (lo que hace un precio de 6,00 mensuales el m2 construido). El precio indicado se considerará tipo mínimo, al alza, siendo a partir del segundo año y sucesivos incrementado con el I.P.C. publicado por el I.N.E. u organismo que le sustituya. El precio será liquidado a prorrata mensualmente y deberá ser abonado entre los días 1 y 5 de cada mes. - No obstante lo anterior, y considerando los gastos a sufragar por los interesados al objeto de lograr una plena y correcta adecuación del local, el importe correspondiente al proyecto de adecuación del Local, será minorado del importe anual correspondiente al arrendamiento, comenzando a pagar el precio el Adjudicatario a partir del mes o año en que se haya amortizado el importe del proyecto, en la forma siguiente: 1º. Se considerará a estos efectos, como importe a minorar el Presupuesto de adecuación, estableciendo a su vez, el importe máximo de dicha minoración en las siguientes cuantías: a ) El resultado de multiplicar los m2 de Local x el importe de 180,00.. b) En todo caso la cuantía máxima de 30.000,00. 2º. El Arrendatario deberá presentar en el Ayuntamiento el presupuesto de Ejecución correspondiente a la adecuación del Local, así como factura justificativa a la terminación de las obras. 3º Dicho presupuesto será comprobado por los Servicios Técnicos Municipales. 4º El importe total correspondiente al proyecto aprobado, se dividirá por el precio anual a abonar por el Adjudicatario IVA incluido (considerando a estos solos efectos, para el segundo año y sucesivos una subida del IPC vigente a la fecha de la solicitud) y su resultado determinará el periodo total en que el Arrendatario no abonará precio al Ayuntamiento.

5º Se considerarán a estos efectos, como gastos considerados para efectuar la minoración, las obras necesarias de adecuación del Local, instalaciones necesarias, etc, no resultando evaluable en ningún caso la maquinaria, mobiliario, enseres, etc, que se vayan a utilizar en la explotación del Local. 6º En ningún caso, el importe correspondiente al Proyecto aprobado y tenido en cuenta para acordar la minoración, podrá ser superior al importe tenido en cuenta para el calculo de los Impuestos y Tasas correspondientes a la Licencia de Obras. 5.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Los contratos, que tendrán naturaleza de contratos privados de arrendamiento para uso distinto del de vivienda, se regirán por: 1.- Las condiciones y cláusulas contenidas en este Pliego. 2.- Supletoriamente por las normas generales del derecho privado. 3.- Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por mutuo acuerdo entre las partes y, en su defecto por los Juzgados y Tribunales con sede en Huelva. 6.- MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN Los contratos se adjudicarán por procedimiento Negociado. 7.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES El/la adjudicatario/a se obliga: a) Con anterioridad a la ocupación del local arrendado, el/la adjudicatario/a deberá efectuar los trabajos, obras e instalaciones necesarias para la puesta a punto del local. b) A cuidar del mantenimiento y conservación de los locales, para ello el adjudicatario deberá realizar cuantas obras de conservación, cuidado y reparaciones sean necesarias para el buen uso de lo arrendado, a fin de que todo se encuentre siempre en perfectas condiciones de funcionamiento y limpieza. Así mismo, deberá solicitar y obtener del Ayuntamiento de Punta Umbría la correspondiente autorización para la realización de cualquier tipo de modificación, adaptación, reforma o mejora de los locales e instalaciones, las cuales revertirán al Ayuntamiento, una vez finalizado el contrato, sin que por ello adquiera el adjudicatario derecho a indemnización, ni compensación de tipo alguno. El arrendatario únicamente podrá retirar del inmueble los complementos que hubiera añadido al mismo y no perjudique su estructura con esta acción. c) A ajustar su proceso productivo empresarial a las especificaciones contenidas en el proyecto o memoria presentada, sin que pueda variar la actividad, salvo previa solicitud y autorización escrita por parte del Ayuntamiento de Punta Umbría, que la otorgará discrecionalmente una vez analizada la viabilidad e idoneidad de las variaciones a introducir.

d) A correr con todos los gastos de suministros: luz, agua, gas, desagüe, basura, limpieza, etc, los gastos correspondientes a impuestos y contribuciones que graven el inmueble, incluidos los que correspondan al propietario, así como reparaciones, instalaciones y demás que sean necesarios para el proceso de la empresa. Serán también por cuenta del adjudicatario los gastos que se originen como consecuencia de las preceptivas publicaciones de la licitación. f) Al cumplimiento de todos los requisitos y obtención de todas las autorizaciones exigidas por la legislación general y sectorial para el desarrollo del objeto de la actividad a desarrollar, así mismo queda obligado a cumplir todas las normas legales vigentes que afecten al desarrollo de su actividad, quedando el Ayuntamiento de Punta Umbría totalmente al margen de cualquier asunto o cuestión que pudiese plantear en relación con tal actividad. g) El adjudicatario vendrá obligado a suscribir una póliza multiriesgo por el importe que El Ayuntamiento de Punta Umbría determine en cada caso, correspondiente al valor del inmueble arrendado y que cubra, cuanto menos, los riesgos de: Incendio, Explosión, Caída de rayo, Garantías complementarias (Gastos de Extinción, Desescombro, Obtención de Permisos y Licencias, etc.), Riesgos Extensivos (Actos de Vandalismo, Inundación, Lluvia, Viento, pedrisco y Nieve, Choque de vehículos etc.), Riesgos Extraordinarios (Consorcio) y Daños por Robo al Edificio. La póliza deberá incluir la garantía de Revalorización Automática de Capitales y, además, contemplará como beneficiario de la misma al Ayuntamiento de Punta Umbría. El arrendatario vendrá obligado a suscribir un seguro de Responsabilidad Civil con, al menos, las garantías de R. Civil de Explotación y Locativa (frente al propietario del inmueble). En todo caso, el arrendatario deberá facilitar a la propiedad copia completa de las pólizas contratadas así como, anualmente, copia del recibo acreditativo del pago de la prima que acredite la vigencia de la cobertura. h) El adjudicatario deberá cuidar que el personal que acuda a las instalaciones arrendadas guarde una conducta acorde con el cuidado de las mismas y respetuosa con el resto de los/as usuarios/as. A tal efecto, se encuentra facultado para expulsar del establecimiento a quienes alteren el orden o las más elementales normas de convivencia dentro del recinto, acudiendo si fuera necesario a requerir el auxilio de la fuerza pública. Por otro lado, el incumplimiento de la normativa municipal sobre ruidos y/o la organización de eventos que puedan alterar el clima normal de la vida en la Zona, sin la autorización del Ayuntamiento de Punta Umbría. será causa de rescisión del presente contrato. i) El adjudicatario deberá mantener el local arrendado y la zona donde se encuentran los locales comerciales arrendados en perfectas condiciones de limpieza. Así mismo, los adjudicatarios vendrán obligados a instalar en la zona comercial a su costa distintas zonas de recogida de residuos si ello fuera necesario, según el criterio del Ayuntamiento., y encargarse de su gestión.

Ello con el objeto de que las Zonas comerciales se hallen en las adecuadas condiciones de limpieza y salubridad j) Así mismo, si se produjese cualquier otro gasto para el Ayuntamiento de Punta Umbría, en relación al acondicionamiento, limpieza y/o mantenimiento de la zona comercial que ocupan los locales objeto de arrendamiento, lo repercutirá en los/as arrendatarios/as en proporción a los metros cuadrados arrendados. El Ayuntamiento de Punta Umbría se obliga a : a) A poner a disposición del adjudicatario el local objeto de arrendamiento. b) A ejercer las acciones precisas para mantenerlo en la pacífica posesión del bien y otorgar la protección adecuada para una correcta prestación de su actividad, así como mantener al arrendatario en el uso y disfrute del derecho concedido. c) Otorgar la preceptiva licencia de apertura, si así procediera, previa tramitación del oportuno expediente y el pago de las tasas que procedan. 8.-LICITADORES Podrán presentarse a la licitación los profesionales que lo deseen, ya sean personas físicas o jurídicas, españoles o extranjeras y las agrupaciones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, siempre que unas y otras tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo deberán reunir los requisitos generales legalmente establecidos para contratar con la Administración y no hallarse comprendidos en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades previstas en el RDL 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 9.-GARANTÍAS No se exige la constitución de garantía provisional para acudir al presente procedimiento. El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir una garantía definitiva por el importe de dos mensualidades de renta, a favor del Ayuntamiento de Punta Umbría. 10.- PROPOSICIONES Cada licitador no podrá presentar más de una proposición y tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

Las proposiciones se presentarán en Tres sobres cerrados que contendrán los documentos que a continuación se especifican: SOBRE Nº 1. Documentación General. 1.- En este sobre se incorporará la documentación correspondiente a la acreditación de la capacidad, solvencia económico-financiera y solvencia técnica, a través de los siguientes documentos: a) D.N.I. de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constará en las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. c) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra. Dicho poder deberá estar debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. d) Justificación de la solvencia económica y financiera, que podrá acreditarse bien a través de informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos, bien mediante declaración relativa a los servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios o bien, tratándose de personas jurídicas, mediante la presentación de las cuentas anuales o extractos de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria e) Justificación de la solvencia técnica o plan de empresa que se acreditará por alguno o algunos de los siguientes medios: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos años que incluya descripción suficiente de los mismos. - Una descripción del equipo humano y material con los que llevará a cabo su actividad empresarial o profesional. - Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo en los últimos dos años. - Una cuenta de explotación provisional con 2 hipótesis: 1.- Máximos 2.- Mínimos. f) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al RDL 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La declaración a que se refiere en el párrafo anterior comprenderá además expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. g) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

h) Cuando la proposición se formule por una agrupación de empresas, deberá presentarse además, documento firmado por los representantes legales de todas ellas en el que se señale la participación de cada una en la unión temporal de empresas a constituir y designarse la persona que durante la vigencia del contrato habrá de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la contrata. Dichos documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. SOBRE Nº2.- Documentación técnica. En este sobre se incluirán los siguientes documentos: - Memoria descriptiva de la actividad o actividades a realizar, instalaciones necesarias y necesidad del arrendamiento. A la memoria se acompañará un anexo en el que se especifique si la actividad a desarrollar estará incluida en alguno de los siguientes apartados: -Ruido. Debiendo especificar el nivel de ruido que se emitirá. -Manejo de productos peligrosos con alto riesgo de incendio. -Cualquier otra actividad que suponga algún riesgo o peligro para las personas o cosas. SOBRE Nº 3 Propuesta. En este sobre se incluirá exclusivamente, la proposición económica que deberá ajustarse estrictamente al modelo que figura como anexo número I. Los adjudicatarios deberán abonar los gastos de licitación (en particular los necesarios de publicación en proporción a los metros cuadrados arrendados) y formalización del contrato en su caso. 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES El plazo de presentación de solicitudes será abierto, dada la naturaleza del procedimiento (Negociado), procediéndose por este Ayuntamiento a la celebración cada 15 días (si hubiese solicitudes en dicho plazo) de las Actuaciones necesarias en orden a proceder a la Adjudicación de las Locales.

Las proposiciones de las empresas licitadores se presentarán en horario de 09,00 a 14,00 h, en el Registro General del Ayuntamiento de Punta Umbría, Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) sito en Plaza de la Constitución s/n de Punta Umbría (Huelva). Si la propuesta se presentase por correo, se deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento, con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de ofertas, vía fax (número 959-495150), así como el justificante de la fecha de entrega. Sin el cumplimiento de este requisito, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, tres días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. La presentación de proposiciones por parte del ofertante supone la aceptación incondicionada de las cláusulas de este pliego y de los demás documentos contractuales, además de la declaración responsable de que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos para poder contratar. Los sobres se presentarán cerrados, y contendrán la documentación señalada en la cláusula 10, figurando en los mismos el nombre del licitador y la inscripción Procedimiento Negociado para el arrendamiento de local comercial en la ED-2 de Punta Umbría. En cada sobre se señalará además su respectivo contenido con las indicaciones: Sobre número 1: Documentación General Sobre número 2: Documentación Técnica. Sobre número 3: Propuesta. 12.- APERTURA DE PROPOSICIONES. PROPUESTA DE ADJUDICACION. Cada 15 días (si hubiese solicitudes en dicho plazo) se procederá a la celebración de Mesa de Contratación, al objeto de realizar la apertura de las ofertas y realizar propuesta de Adjudicación. La Mesa de contratación estará integrada del modo siguiente: - Presidente. El Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue - Secretaria: Francisca Betanzos Nuñez o funcionario en quien delegue. - Vocales : Un Concejal nombrado por el Sr. Alcalde. Un representante del Grupo Socialista. Un representante del Grupo Popular. D. Manuel J. Feria Ponce o funcionario en quien delegue. Dña. Dolores Vazquez Pintiado o funcionario en quien delegue. D. José Garduño Vallecillo o personal técnico en quien delegue. D. Tomás Díaz García o funcionario en quien delegue.

Previa calificación, se excluirán todos aquellos ofertantes que no reúnan los requisitos y documentación exigida en el Pliego. No obstante lo anterior, la Mesa, en dicho acto, en el supuesto de que se apreciare algún defecto material, otorgará un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error, quedando condicionado a ello el resultado de la licitación, en su caso. De las solicitudes admitidas, en acto publico, se procederá a la apertura del sobre nº 3, dándose lectura seguidamente a las propuestas económicas. Las solicitudes admitidas cuya propuesta económica se habrá leído en Acto Público, conjuntamente con su documentación, pasarán a estudio y calificación por parte de la mesa, que realizará la misma en Acto que no será público. Una vez otorgada la puntuación correspondiente a cada solicitante, a tenor de la documentación acreditada, y la emisión de los Informes referidos en la Cláusula 13 del presente Pliego, la Mesa formulará propuesta de local, conforme a lo indicado en la cláusula 14. 13.- CRITERIOS BÁSICOS PARA LA ADJUDICACIÓN. El Ayuntamiento, de no declarar desierto procedimiento, adjudicará los contratos de arrendamiento a las proposiciones que estime más ventajosas, teniendo en cuenta los siguientes factores: 1.- En relación al tipo de actividad principal que se pretenda llevar a cabo en el local objeto de arrendamiento, hasta 30 puntos, se valorará preferentemente: - Actividad que se pretende ejercer, tomando en consideración la necesidad que cubre en la zona, o el interés social, Lúdico, recreativo o cultural de la misma. - Plan de viabilidad de la actividad. - Solvencia económico-financiera - Cuantía económica de la inversión. 2.- Oferta Económica. De 0 a 25 puntos. Será valorada en función del incremento porcentual relativo a la mejora económica sobre el Precio mínimo o tipo de licitación. Se otorgarán 25 puntos a la mejor oferta y el resto proporcionalmente a aquella. 3.- Creación de Empleo. Se valorará la creación empleo, en función del número de personas que prestarán servicio en la actividad a desarrollar en el local arrendado, conforme al siguiente Baremo: de 0 a 1 personas 0 puntos

de 2 a 3 personas 10 puntos de 4 a 7 personas _20 puntos de 8 personas en adelante 30 puntos La puntuación obtenida, servirá tanto para determinar el orden de preferencia para contratación de Local, como para determinar el local concreto que será objeto de arrendamiento. De este modo, vistas todas las solicitudes y los proyectos presentados por los licitadores, los Técnicos competentes emitirán informe en el que se establecerá la puntuación obtenida y se determinará, atendiendo a distintos criterios (actividad a desarrollar, necesidad o no de vista al exterior o interior de la urbanización, interés de la actividad, etc, etc) el Local que se propone sea objeto de arrendamiento a los licitadores. A estos efectos se procederá con anterioridad a la adjudicación, a la realización de los trámites previos determinados en la cláusula 14 del presente Pliego. 14. ADJUDICACIÓN. FORMALIZACION DEL CONTRATO 14. 1.- Tramites Previos. De acuerdo con lo establecido en el último párrafo de la cláusula anterior, la Mesa de contratación, a la vista de los Informes expresados, y de la puntuación obtenida, propondrá a los licitadores el Local que se pretende adjudicar, debiendo estos manifestar en el plazo de 3 días si aceptan o no dicha Adjudicación, entendiéndose a todos los efectos, que una vez transcurrido dicho plazo sin tener contestación fehaciente del licitador, éste no acepta el Local que se propone. 14. 2.- Si el licitador aceptara la propuesta de Local, se realizará la correspondiente Adjudicación del Contrato, siguiéndose los trámites establecidos en el RDL 3/2011 de 14 de Noviembre por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, según la redacción dada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, concretamente: 1º Se requerirá al licitador posible Adjudicatario, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa establecida en el art. 151 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre y constituya la garantía definitiva que sea procedente. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 2º Se procederá a la Adjudicación del Contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

3º Se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido dicho requerimiento 15.- PAGO DEL PRECIO El/la adjudicatario/a vendrá obligado a pagar mensualmente al Ayuntamiento de Punta Umbría, el importe del alquiler del local objeto de arrendamiento, a este importe hay que añadir las cantidades que resulten por la recogida de residuos peligrosos y basuras, por la limpieza de las zonas de recogida de los mismos, y otros que pudieran ocasionarse por el mantenimiento, limpieza y/o acondicionamiento de la zona, que serán repercutidos a los/as arrendatarios/as en proporción a los metros cuadrados arrendados. A estas cantidades habrá que añadir, en su caso, el Impuesto sobre el valor añadido vigente en cada momento. El abono del precio del arrendamiento, se efectuará por mensualidades anticipadas el primer día laborable de cada mes; para el resto de cantidades señaladas en el párrafo anterior (de existir) en un plazo de 10 días desde que le sean notificadas por el Ayuntamiento de Punta Umbría. El retraso del/la adjudicatario/a en el abono de las cantidades señaladas durante dos meses consecutivos, autorizará al Ayuntamiento a promover contra el mismo el correspondiente procedimiento de desahucio, sin perjuicio de la acción para el cobro de las rentas en descubierto. El precio del arrendamiento se incrementará anualmente conforme a la variación experimentada por el índice de precios al consumo en el período anual precedente. El arrendatario se obliga a cumplir las obligaciones fiscales de retenciones e ingresos establecidas en la norma y a entregar anualmente al arrendador el correspondiente certificado de retenciones. 16.- NORMA GENERAL El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato. 17.- CESIÓN DEL CONTRATO A TERCEROS. El/la adjudicatario/a no podrá subarrendar ni total ni parcialmente el local objeto de contrato, ni ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivados del contrato de arrendamiento a otra persona o entidad sin previa autorización de El Ayuntamiento de Punta Umbría. 18.- TANTEO Y RETRACTO

El/la adjudicatario/a renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto establecidos en la normativa vigente. 19. GASTOS DE DEPURACIÓN FÍSICA Y JURÍDICA DEL INMUEBLE. 19.1 Gastos de división Jurídica del Inmueble. Todos los gastos necesarios para la segregación (escritura pública, registro de la propiedad, etc) de los m2 de superficie que se arrendarán, en el caso de no arrendarse un Local completo, serán exclusivamente de cuenta y cargo del arrendatario. 19.2 Gastos de División física del inmueble.- De igual forma, en el caso de no arrendarse un Local completo, todos los gastos que se originen y resulten necesarios para la división física de los inmuebles (Obras, proyectos, Licencias de Obras, etc) serán de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. En los casos de concurrir dos o más arrendatarios en el local para su división, todos los gastos expresados en los números anteriores, serán satisfechos por cada uno de ellos en proporción a la superficie (m2 construidos) del local que ofertaron y cuyo arrendamiento se le adjudica. ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN. Don..., mayor de edad, con domicilio en... y D.N.I... en nombre propio (o en representación de la sociedad..., con domicilio en... y C.I.F...), enterado del Procedimiento Negociado convocado por EL AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA, para la contratación del arrendamiento de LOCALES COMERCIALES EN EL ED-2 DE PUNTA UMBRIA, por medio del la presente solicita tomar parte en el referido procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones aprobado al efecto, cuyo contenido asume íntegramente, con arreglo a las siguientes determinaciones: 1) Descripción y ubicación: Local nº Manzana nº 2) Precio de arrendamiento Ofertado: Euros x metro cuadrado construido y año. 4) Superficie de Local que se pretende arrendar: m2. De conformidad con lo establecido en la cláusula 13 del presente Pliego, caso de no resultar posible o conveniente la adjudicación del Local pretendido, acepto expresamente que el Ayuntamiento de Punta Umbría me proponga la adjudicación de otro Local de igual o similar superficie, a cuyo objeto en el plazo de tres días a contar de la fecha de notificación de la propuesta, expresaré de forma fehaciente mi voluntad de aceptar o no dicho Local.

En Punta Umbría a de 2013. Fdo:... D.N.I. ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Don/Doña...domiciliado/a en..., calle... nº..., con D.N.I... en nombre propio (o en representación de la sociedad...) con domicilio en... calle...nº... teléfono... y C.I.F... DECLARO: Bajo mi responsabilidad, que ni el declarante, ni la entidad (nombre de la empresa). ni persona alguna de las que forman parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa o sociedad, se halla incursa en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el RDL 3/2011 de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, declaro que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En Punta Umbría a de de 2013. Fdo: DNI: