Bodegas Riojanas S.A.



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Transcripción:

Bodegas Riojanas S.A. Reglas sobre Voto a Distancia y Delegación de Voto a Distancia El Consejo de Administración de Bodegas Riojanas S.A., al amparo del artículo 8 del Reglamento de la Junta General de Accionistas, ha decidido las siguientes reglas en materia de voto y delegación de voto a distancia. Voto mediante medios de Comunicación a distancia Los accionistas de Bodegas Riojanas S.A. con derecho de asistencia y voto podrán ejercer el voto en relación con los puntos del orden del día de la Junta General a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta. Cuando en el documento de voto no se especifique el sentido del mismo se entenderá que coincide con la propuesta del Consejo de Administración. Correo Postal Para la emisión del voto a distancia mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado Voto a Distancia Postal de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta de asistencia, el accionista la deberá remitir a la siguiente dirección: Bodegas Riojanas S.A. C/Doctor Ruiz de Azcárraga nº 1, 26350 Cenicero, La Rioja. En caso de que la Tarjeta de asistencia no incorpore apartado para el Voto a distancia, el accionista deberá indicar de forma expresa que vota a distancia y firmará la tarjeta, en caso de que no hubiese sitio será valida la indicación de voto a distancia y firma por la parte de atrás de la tarjeta de asistencia. Para asegurar el ejercicio de voto, deberá enviarse el documento, bien mediante correo certificado con acuse de recibo por parte de Bodegas Riojanas S.A. o sistema sustitutivo acreditativo de la recepción del mismo, o bien mediante correo normal supuesto que su efectiva recepción por la sociedad se lleve a cabo dentro del plazo previsto. Medios electrónicos Para emitir el voto a distancia mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas deberán hacerlo enviando un correo electrónico a la siguiente dirección bodega@bodegasriojanas.com, indicando en el asunto Voto a Distancia en Junta General de Accionistas. En el texto del mensaje se indicará, número de títulos

depositados, entidad depositaria, fecha de la Junta General en primera y segunda convocatoria, número de tarjeta de Asistencia, nombre completo y dirección del titular y el sentido del voto. Así mismo y para garantizar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto, deberá indicar la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Se deberá indicar así mismo una dirección de correo electrónico de contacto para la confirmación de la recepción del mismo y en caso de no indicarse, Bodegas Riojanas S.A. informará de la recepción del mismo a la dirección desde la que fue enviado. Esta confirmación de Recepción no implica el voto efectivo, ya que Bodegas Riojanas S.A. hará efectivo el voto en el momento que se comprueben todos los extremos de la información recibida. Delegación de Voto a Distancia Los accionistas de Bodegas Riojanas S.A. con derecho de asistencia y voto podrán delegar el voto en relación con los puntos del orden del día de la Junta General a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta. Cuando el Documento de Delegación de Voto se entregue a la sociedad con el nombre del representante en Blanco se entenderá conferida la representación al Presidente del Consejo de Administración. Correo Postal Para la emisión de la delegación de voto a distancia mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado Delegación de Voto de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta de asistencia, el accionista la deberá remitir a la siguiente dirección: Bodegas Riojanas S.A. C/Doctor Ruiz de Azcárraga nº 1, 26350 Cenicero, La Rioja. En caso de que la Tarjeta de asistencia no incorpore apartado para la Delegación de voto o Delegación de Voto a Distancia, el accionista deberá indicar de forma expresa que delega el voto y firmará la tarjeta, en caso de que no hubiese sitio será valida la indicación de delegación de voto y firma por la parte de atrás de la tarjeta de asistencia, indicando el nombre de la persona en que delega el voto. La persona en quien se delegue el voto solo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta. En el día y hora señalados, los representantes señalados deberán identificarse mediante su

Documento Nacional de Identidad o Pasaporte con el fin de que Bodegas Riojanas S.A. pueda comprobar la delegación conferida, acompañando en su caso, copia de dicha delegación. Para garantizar el ejercicio de la delegación de voto, deberá enviarse el documento, bien mediante correo certificado con acuse de recibo por parte de Bodegas Riojanas S.A. o sistema sustitutivo acreditativo de la recepción del mismo, o bien mediante correo normal supuesto que su efectiva recepción por la sociedad se lleve a cabo dentro del plazo previsto. Medios electrónicos Para emitir la Delegación de Voto a distancia mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas deberán hacerlo enviando un correo electrónico a la siguiente dirección bodega@bodegasriojanas.com, indicando en el asunto Delegación de Voto a Distancia en Junta General de Accionistas. En el texto del mensaje se indicará, número de títulos depositados, entidad depositaria, fecha de la Junta General en primera y segunda convocatoria, número de tarjeta de Asistencia, nombre completo y dirección del titular y persona en la que se Delega el Voto. Así mismo y para garantizar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto, deberá indicar la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Se deberá indicar así mismo una dirección de correo electrónico de contacto para la confirmación de la recepción del mismo y en caso de no indicarse, Bodegas Riojanas S.A. informará de la recepción del mismo a la dirección desde la que fue enviado. Esta confirmación de Recepción no implica la Delegación de Voto efectiva, ya que Bodegas Riojanas S.A. dará validez a dicha Delegación de Voto en el momento que se comprueben todos los extremos de la información recibida. La persona en quien se delegue el voto solo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta. En el día y hora señalados, los representantes señalados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte con el fin de que Bodegas Riojanas S.A. pueda comprobar la delegación conferida, acompañando en su caso, copia de dicha delegación. Reglas Básicas sobre voto y Delegación de Voto. Plazo de Recepción de Voto y Delegación de Voto

Tanto el Voto, como la Delegación de Voto, que sean enviadas a Bodegas Riojanas S.A., por cualquiera de los sistemas aceptados, deberán haber sido recibidos por la Sociedad 24 Horas antes de la primera convocatoria de la Junta General, para su validez. En caso de recibirse con posterioridad, la delegación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido, salvo que la recepción posterior, pero siempre antes de la celebración de la Junta General, no plantee problemas materiales para las debidas comprobaciones y cómputos de cara a la preparación y celebración de la misma. Prioridades entre Delegación, voto y asistencia física La asistencia personal a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado, dejará sin efecto dicha delegación o voto. Así mismo, el voto, sea cual fuere el método utilizado, dejará sin efecto la delegación de voto, independientemente del sistema utilizado para dicha delegación o el momento de la misma, ya que si fuese anterior se entenderá revocada y si fuese posterior se entenderá como no realizada dicha delegación. En el caso de que un accionista realice varias delegaciones prevalecerá la última realizada. Cualquier accionista podrá votar validamente a distancia una sola vez con cada posición de valores. En el caso de que se realicen varios votos respecto a la misma posición de valores prevalecerá el primero recibido por la sociedad y que sea considerado válido, con independencia del sistema de recepción del mismo. Si el accionista desea cambiar el sentido del voto deberá asistir personalmente a la Junta General. Se faculta al Presidente del Consejo para resolver cualquier otra incidencia no recogida en estas Reglas. Bodegas Riojanas S.A. se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo demanden. Bodegas Riojanas S.A. no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista por la imposibilidad de utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia, causada por cualquier eventualidad ajena a la voluntad de Bodegas Riojanas S.A., tales como mal funcionamiento del servicio de comunicación a distancia. Ley de Protección de Datos Los datos personales que los señores accionistas remitan para el ejercicio o delegación de su derecho de voto en Junta serán tratados por la Sociedad a los únicos efectos de

permitir el ejercicio de éstos derechos, pudiendo ejercitar, cuando resulte legalmente procedente, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.