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Transcripción:

1 CARATULA DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL E IGUALDAD, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. 1. OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de vigilancia y seguridad de las dependencias municipales del Área de Acción Social e Igualdad, ubicadas en la C/ Sabino Arana nº 3 del municipio de Santurtzi (Edificio Antigua Escuela Náutica), durante el horario de atención al público (de 8.30 h. a 13.30 h). CPV: 79714000-2: Servicios de vigilancia. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: No. EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACIÓN: No. 2. PRESUPUESTO MÁXIMO DEL CONTRATO: Importe: 22.571,00. 21 % I.V.A: 4.739,91. Total: 27.310,91. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 45.142,00. PRECIOS UNITARIOS: Sí. De acuerdo a la modalidad de este contrato, se fija el precio de la unidad que lo integra, siendo el que se indica a continuación, y pudiendo ser mejorados dicho precio por los licitadores. Concepto Hora diurna laborable Importe máximo 16,36 (sin IVA) - TIPO DE LICITACIÓN: Hora diurna laborable: 16,36 (sin IVA). - EXPEDIENTE DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA: No. Se compromete crédito por los importes correspondientes para el resto de los ejercicios a los que afecte el contrato. 3. ANUALIDADES: 2015: 20.595,10. 2016: 6.715,81. 4. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 6 230 227.13.00 5. PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACION DEL CONTRATO: Un año. PRORROGABILIDAD DEL CONTRATO: Sí, previo acuerdo expreso y por un periodo máximo de un año, entendiéndose finalizado el contrato si no se adopta el correspondiente acuerdo. De acuerdo con la naturaleza, estructura de costes y duración del contrato, se considera que no resulta procedente la revisión de precios en su eventual prórroga. En cualquier caso, no procederá la suscripción de la eventual prórroga si la adjudicataria ha procedido a realizar una reducción unilateral de las condiciones de trabajo del personal adscrito al contrato que estuviesen contempladas en el convenio aplicable en el momento de la adjudicación del mismo. Todo ello previo informe del Área promotora emitido al respecto. PLAZOS PARCIALES: No.

2 6. FORMA DE PAGO: Con periodicidad mensual, con el visto bueno del Área, y previa su aprobación por el órgano competente, en función de la fecha de presentación de las correspondientes facturas, en el plazo de 30 días siguientes a la expedición de la factura. La presentación de las facturas deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 18 del Pliego. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el Registro General de Facturas, en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio. 7. REVISIÓN DE PRECIOS: De acuerdo con la naturaleza, estructura de costes y duración del contrato, se considera que no resulta procedente la revisión de precios en su eventual prórroga. 8. LUGAR DE EXAMEN DEL EXPEDIENTE. El expediente se podrá examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en el Área de Acción Social e Igualdad, promotora del expediente. 9. SUPUESTO QUE AUTORIZA EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO: Artículo 174.e, sin que resulte preceptiva la publicación de anuncio (art. 177.2, a sensu contrario). 10. GARANTÍAS: - PROVISIONAL: No se exige. - DEFINITIVA: 1.128,55. - COMPLEMENTARIA: No se exige. 11. PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN: 60% 12. CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN: Se solicitarán al menos tres ofertas, sin perjuicio del anuncio que, a título informativo, se publicará en el Perfil de Contratante. 13. PLAZO PARA LA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCIÓN: Un mes. PLAZO DE GARANTIA: No se establece. 14. TRAMITACIÓN URGENTE: No. 15. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas del Ayuntamiento de Santurtzi. (Casa Consistorial, 1ª planta Dcha.). Podrán asimismo presentarse en Correos en la forma y con los requisitos previstos en el la cláusula 8 del Pliego. 16. ASPECTOS NEGOCIABLES-CRITERIOS OBJETIVOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN: - Único criterio: Precio. -UMBRAL MINIMO DE PUNTUACIÓN: No se establece. 17. CONTENIDO DEL SOBRE B: Incluirá la proposición económica con arreglo al modelo establecido en el Anexo II del Pliego. En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre B, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

3 1.- Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al I.V.A. En el caso de licitadores o actividades exentas, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0. 2.- El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe. 3.- Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluído el I.V.A 18. SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA: Se acreditará por cualquiera de las formas que se relacionan a continuación: - Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. - Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. - Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: Las empresas licitadoras deberán acreditar, mediante los documentos pertinentes, haber desarrollado, al menos, un (1) contrato para la prestación Servicio de Vigilancia por un presupuesto igual o superior a 20.000 (IVA excluido), para cualquier entidad del sector público o privado, desde el 1 de enero de 2012. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma. Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, del empresario para la realización de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido. COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: No se exige. CLASIFICACIÓN: No se exige. HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL:.Se exige habilitación específica necesaria para el desarrollo de los servicios de seguridad privada mediante inscripción en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior o, en su caso, en la Comunidad Autónoma Vasca (Ley 23/1992, de 30 de julio, de seguridad privada). 19. PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige.

4 20. CARÁCTER DESPROPORCIONADO O ANORMAL DE LAS OFERTAS: Para su apreciación se seguirán los criterios establecidos en el art. 85 del RD 1098/2001. 21. INTERVENCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN: No. 22. ADMISION DE VARIANTES: No, sin perjuicio de las mejoras que se pudieran presentar. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN: 15 días naturales a contar a partir del siguiente al de la apertura de las proposiciones. 23. REGIMEN DE PENALIDADES-: El previsto en la cláusula 19 del Pliego. OBLIGACIONES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERA CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Aparte de por las causas expresamente previstas en la normativa reguladora de la contratación de las entidades del sector público, se establece como causa de resolución del contrato el que la empresa contratista no abone a los/as trabajadores/as adscritos al servicio las retribuciones que correspondan de acuerdo con los convenios colectivos y pactos que se concretan en el listado de subrogación, si se constatara que ello constituye un incumplimiento de las obligaciones laborales. Esa constatación vendrá determinada por la imposición de una sanción laboral tras la correspondiente actuación inspectora de la ITSS o el pronunciamiento de una Sentencia judicial, una vez alcance firmeza cualquiera de ellas. También constituirá causa de resolución del contrato la condena a la empresa contratista por la comisión de una infracción muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, cometida con ocasión de la ejecución del contrato. Asimismo, se establece como causa de resolución la no adscripción al servicio de los recursos personales previstos en el pliego de técnicas. 24. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL O MEDIOAMBIENTAL: No se establecen. 25. SUBROGACIÓN DE PERSONAL: Sí. Se exige la subrogación de la persona a la que se hace referencia en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas. 26. PERSONA RESPONSABLE DEL CONTRATO: La Directora del Área de Acción Social e Igualdad. 27. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: No procede 28. OBSERVACIONES: OTRAS ESPECIFICACIONES CLÁUSULAS SOCIALES: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en relación con esta materia en el RD 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, indicar los documentos a requerir como empresa principal- a la empresa que resulte adjudicataria, de entre los que se indican a continuación:

5 Modalidad organizativa de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Certificado de aptitud de los trabajadores emitido tras reconocimiento médico. Evaluación de riesgos derivados de los puestos de trabajo a cubrir, y medidas de prevención a adoptar. Acreditación de formación e información en materia preventiva requerida para el puesto. Listado de Equipos de Protección Individual (EPIS) a utilizar durante la consecución de los trabajos. Documento acreditativo de su entrega. Listado de maquinaria y equipos de trabajo a utilizar y certificados de homologación de los mismos. Certificación de manejo de maquinaria. Fichas de seguridad de los productos químicos utilizados. Para estos casos, se adjunta documento que se incluirá como Anexo del Pliego de Prescripciones Técnicas. Con carácter previo al inicio de las prestaciones, se verificará por el Área de Régimen Interior la correcta presentación de esa documentación por el adjudicatario. POSIBILIDAD DE MODIFICAR EL CONTRATO: Por necesidades del Área de Acción Social e Igualdad, se podrá solicitar la ampliación, modificación y reducción del horario y/o prestación del servicio, atendiendo a razones de interés público y/o debido causas imprevistas. Dichas ampliaciones, modificaciones o reducciones del servicio podrán afectar como máximo al 20 % del presupuesto máximo anual de licitación. Las ampliaciones, modificaciones y reducciones se deberán llevar a cabo siguiendo el procedimiento previsto en la ley. La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de las indemnizaciones que correspondan al personal a adscribir al servicio y que, en su caso, puedan derivarse de la modificación del servicio contratado, conforme a los arts. 52 y 53 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o resulten de la modificación legal de dichos preceptos. FORMA DE ACCESO AL PERFIL DE CONTRATANTE: www.santurtzi.net/perfilcontratante.asp ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santurtzi, quien tiene delegada la competencia para la autorización del contrato, y acuerdos derivados de la misma tales como su modificación, resolución, el desistimiento, la renuncia, o la declaración de desierto, en la Junta de Gobierno Local. 29. NÚMERO DE EXPEDIENTE: 1/2015 --------------------------------------------------------------------------------