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CONVENIO MARCO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ZARATAN Y CLUB DEPORTIVO DE... PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MUNICIPIO DE ZARATAN. En Zaratán, a COMPARECEN De una parte, el Ayuntamiento de Zaratán, con C.I.F. P-4723200-D y domicilio en la Plaza de las Herrerías nº 1 de Zaratán, y en su nombre y representación, el Alcalde D. José Luis Revuelta Giralda, representante legal del Ayuntamiento de Zaratán. Y de otra parte, el Club Deportivo... con C.I.F.... y domicilio en..., de Zaratán (Valladolid), y en su nombre y representación D./Dª..., representante legal de dicho Club Deportivo. En la representación que ostentan y con la capacidad legal que tienen y mutuamente se reconocen, EXPONEN: Que el Ayuntamiento de Zaratán conforme establece el art. 25 de la Ley de Bases de Régimen Local tiene como competencia el fomento de las actividades deportivas en el municipio de Zaratán. Que con el fin de potenciar el Deporte en el Municipio, y más concretamente entre los jóvenes del mismo, suscriben el presente Convenio con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS: PRIMERA.- El Convenio de Colaboración estará vinculado al desarrollo de la programación deportiva del Club Deportivo en el que se incluirá la participación en competición federada, la impartición de enseñanzas deportivas, campañas de promoción y así como el fomento de actividades deportivas que incentiven la práctica de la actividad física y deportiva entre la población del Municipio, según modelo aprobado por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Zaratán de fecha 27 de septiembre de 2011. SEGUNDA.- El Ayuntamiento de Zaratán concederá a cada uno de los Clubes Deportivos del municipio la utilización de las instalaciones deportivas oportunas para los entrenamientos y partidos de cada uno de sus equipos, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos y en función de sus necesidades y características. TERCERA.- La concesión se realizará mediante cesión por uso de duración de Temporada Deportiva, con exención de tasas. Deberá solicitarse dicho uso entre el 1 y el 30 de junio, mediante solicitud oficial y con la presentación de un proyecto de temporada comprendido entre 1 de septiembre y 31 de mayo del año siguiente. La prórroga de utilización durante los meses de junio, julio, agosto, podrá ser concedida por resolución de la Junta de Gobierno Municipal, previa solicitud motivada por el Club Deportivo con una antelación mínima de 15 días. CUARTA.-

El Ayuntamiento de Zaratán tendrá potestad para decidir la modalidad deportiva concreta de cada uno de los Clubes Deportivos con la que se establece este acuerdo de colaboración, no existiendo obligación a incluir todas las posibles secciones de ese Club Deportivo en el ANEXO que se suscribe al efecto. QUINTA.- En los entrenamientos y partidos de competición, en la apertura de las instalaciones y durante el desarrollo de las actividades deberá haber siempre un Delegado o responsable del Club Deportivo en cuestión, el cual se registrará en dichas instalaciones al inicio de la actividad. Asimismo dicho Delegado o responsable del Club Deportivo se responsabilizará del buen funcionamiento, de la buena utilización de las instalaciones y del comportamiento de los deportistas o practicantes del deporte del que se trate. SEXTA.- Una vez aprobado el uso de la instalación por el Ayuntamiento de Zaratán, cada Club Deportivo se comprometerá a entregar el calendario oficial de competición de toda la temporada al menos con quince días de antelación al inicio de la misma. Para los partidos de competición el Club Deportivo deberá solicitar al Ayuntamiento de Zaratán (a través del personal técnico de la Concejalía de Deportes) el horario de los mismos y la hora de apertura de la instalación, como mínimo con una semana de antelación a la celebración de los mismos. SEPTIMA.- Los horarios de entrenamiento definitivos de cada temporada se concretarán también a través del personal técnico de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Zaratán y tendrán validez a partir de la firma del Convenio y Anexo por ambas partes. OCTAVA.- El personal responsable de las actividades impartidas por los Clubes Deportivos será aportado por el Club Deportivo en cuestión, no existiendo compromiso alguno ni responsabilidad en este aspecto por parte del Ayuntamiento de Zaratán. Igualmente, los Clubes Deportivos, a través de sus seguros médicos federativos, serán responsables directos de las lesiones sufridas por sus participantes tanto en entrenamientos como en partidos amistosos y oficiales de competición. El Ayuntamiento de Zaratán quedará eximido totalmente de las consecuencias de todo tipo derivadas del desarrollo y práctica de la actividad deportiva de la que se trate. Independientemente de los seguros médicos que con carácter obligatorio las Federaciones Deportivas exigen, el Ayuntamiento de Zaratán podrá obligar a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil que cubra todo tipo de contingencias y cuyo pago se prorrateará entre todos los Clubes Deportivos usuarios de las instalaciones, a tenor del criterio que tenga a bien fijar la Corporación. NOVENA.- Una vez efectuada la concesión de horarios e instalaciones, el Club Deportivo realizará un uso directo de la instalación mediante sus propios participantes, no pudiendo realizar una subconcesión a terceros, En todo caso, deberá comunicarla y recibir previamente la aprobación del Ayuntamiento. DECIMA.-

La limpieza y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales correrán a cargo del Ayuntamiento de Zaratán, siempre y cuando se realice un uso razonable, cívico y moderado de las mismas. En caso contrario, el Club Deportivo se hará cargo de reponer o subsanar los desperfectos, si los hubiera, que se deriven del mal uso y funcionamiento de las dependencias utilizadas. En todo caso el Ayuntamiento de Zaratán, en defensa de los intereses de todo tipo del municipio de Zaratán, podrá resolver cualquiera de los convenios firmados siempre que los mismos produzcan o generen un perjuicio o daño a los intereses del Municipio, bastando para ello la notificación por escrito al Club Deportivo afectado, sin perjuicio de la exigencia de la responsabilidad que se haya podido producir o derivar. DECIMOPRIMERA.- El Ayuntamiento de Zaratán realizará al comienzo de cada año una convocatoria de subvenciones, a la que podrán acceder cada uno de los Clubes Deportivos locales. Los Clubes Deportivos, para poder optar a la misma, tendrán la obligación de tener establecido el domicilio social en el municipio y de estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro de Entidades Deportivas de la Junta de Castilla y León, siendo requisito imprescindible presentar la documentación acreditativa al respecto. En las bases de dicha convocatoria se establecerán una serie de criterios de valoración para establecer la cuantía económica a asignar, tales como el nivel de la competición en la que se participa, el número de equipos federativos inscritos y de participantes totales del club, las actividades de inclusión social que realiza, la colaboración con el Ayuntamiento en la gestión de las Escuelas Deportivas Municipales, etc. Junto a la solicitud de subvención, será obligatoria también la presentación de un proyecto deportivo anual. La justificación de la subvención concedida se realizará mediante la presentación de una memoria deportiva y la justificación económica mediante facturas y otros documentos acreditativos del gasto, tales como transferencias bancarias, etc. Asimismo, se compromete a someterse a los actos de comprobación y de control financiero que respecto a la gestión de los fondos municipales pueda efectuar el Ayuntamiento de Zaratán. Los Clubes Deportivos también tendrán derecho a solicitar un anticipo de la cantidad total otorgada. DECIMOSEGUNDA.- En los equipos de categorías inferiores, la condición para poder usar las instalaciones deportivas por parte de los Clubes Deportivos será acreditar un mínimo del 80% de participantes empadronados en el municipio de Zaratán. Si por razones demográficas, no se pudiera lograr dicho 80%, se estudiará el caso concreto y excepcionalmente, se reducirá el tanto por ciento antedicho. DECIMOTERCERA.- Para otro tipo de competición que no esté sujeta a las ligas federadas de los equipos del Club Deportivo, la solicitud se deberá hacer con al menos un mes de antelación y estará sujeta al correspondiente Acuerdo con el Ayuntamiento de Zaratán. El Ayuntamiento no responderá en modo alguno de las consecuencias perjudiciales que se deriven de este tipo de competición en el entendimiento y obligación para sus participantes, de que los mismos se encuentran debida y convenientemente asegurados para la cobertura de daños y perjuicios que puedan tener lugar.

DECIMOCUARTA.- Se constituirá una comisión de seguimiento compuesta por dos miembros del Ayuntamiento de Zaratán designados por la Alcaldía y dos miembros designados por el Club Deportivo en cuestión que serán a todos los efectos los que representen al mismo, para velar por el cumplimiento del Convenio. Asimismo, el Ayuntamiento de Zaratán podrá solicitar del Club Deportivo en cuestión la documentación que considere necesaria para su control y seguimiento. DECIMOQUINTA.- En la publicidad de las actividades realizadas por el Club Deportivo en las instalaciones municipales de Zaratán, deberá aparecer en todo caso el Ayuntamiento de Zaratán como entidad colaboradora. DECIMOSEXTA.- El presente Convenio entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de la temporada de competición deportiva, que se entiende desde el día 1 de septiembre hasta el 31 de mayo del año siguiente, prorrogándose tácitamente por periodos iguales para sucesivas temporadas deportivas, salvo que se produzca la denuncia del mismo por cualquiera de las partes, formulada por escrito con al menos un mes de antelación a la fecha de finalización. DECIMOSEPTIMA.- El incumplimiento de las obligaciones que asumen las partes de este Convenio dará lugar a su resolución, previa denuncia del mismo por la parte interesada. Y para que así conste, en prueba de conformidad, firman el presente convenio y anexo en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados. EL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ZARATAN, Fdo. José Luis Revuelta Giralda EL PRESIDENTE DEL CLUB DEPORTIVO Fdo..

ANEXO AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE ZARATAN Y CLUB DEPORTIVO DE... PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MUNICIPIO DE ZARATAN. Temporada Deportiva: 2011/2012.- - Número de participantes totales del Club Deportivo: - Número de participantes de cada Sección deportiva del Club Deportivo, que están empadronados en el municipio de Zaratán: - Secciones/Modalidades deportivas del Club Deportivo incluidas en el Convenio: - Nivel de la competición/es en la que participa: - Categorías de los Equipos Federados inscritos: EL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ZARATAN, Fdo. José Luis Revuelta Giralda EL PRESIDENTE DEL CLUB DEPORTIVO Fdo..