PROTOCOLO DE ACTUACIÓN. VIOLENCIA DE GÉNERO INTRODUCCIÓN

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Transcripción:

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN. VIOLENCIA DE GÉNERO CENTRO DE LA MUJER LA MANCHUELA INTRODUCCIÓN Contenido: Introducción 1 Pautas de actuación 2 La Comarca de la Manchuela es una comarca que abarca físicamente 24 pueblos de Albacete y 1 de Cuenca y se encuentra entre la llanura de La Mancha y la Serranía de Cuenca. Actuaciones por parte del Centro de la Mujer Acompañamiento a mujeres Seguimiento de la mujer víctima de violencia Recursos para mujeres víctimas de violencia 3 4 5 6 La Comarca de la Manchuela de Albacete se encuentra conformada por 25 municipios, los cuales son Abengibre, Alatoz, Alborea, Alcalá del Júcar, Balsa de Vés, Carcelén, Casas de Vés, Casas de Juan Núñez, Casas Ibáñez, Cenizate, El Herrumblar, Fuentealbilla, Golosalvo, Jorquera, La Recueja, Pozo Lorente, Valdeganga, Villa de Ves, Villamalea, Villatoya y Villavaliente. Datos del centro 7 Dichos municipios adoptaron el acuerdo de constituir la Mancomunidad para el Desarrollo de la Manchuela para la prestación de unos fines conjuntos recogidos en sus Estatutos. Casas Ibáñez 1 de Marzo de 2011. PROGRAMA RE- GIONAL ACCION SOCIAL PRIS JÓVENES PRIS MAYORES 45 AÑOS S.A.M.I. CENTRO LA MUJER LA MANCHUE- LA PROGRAMA DE ACCIONES DE ACOM- PAÑAMIENTO PER- SONAL AGENCIA DE EMPLEO Y DESA- RROLLO LOCAL 3 ANIMADORES/AS SOCIOCULTURALES 2 EDUCADORAS FAMILIARES 1 PSICÓLOGA 4 TRABAJADORAS SOCIALES 1 COORD. 1 COORDINADORA 2 ASESORES/AS JURÍDICOS 2 TÉCNICAS EMPLEO E INSER- CION LABORAL 2 AGENTES DE EMPLEO DESA- RROLLO LOCAL 1 PSICÓLOGA 1 DINAMIZADORA- PEDAGO- GA 1 DINAMIZADORA 1 AUX. ADMINISTRATIVA

P á gina 3 Con la promulgación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género, se pretende, legislativamente, combatir y erradicar definitivamente la violencia de género. En esa Ley se contempla, de forma clara y precisa, entre otras muchas cosas, la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, junto con otras administraciones públicas y el establecimiento de medidas para la mejor protección y seguridad de la víctima. Pues bien, esta Ley integral junto con la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de los Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas en Castilla-La Mancha, configuran Derechos Sociales para las mujeres que han sufrido violencia de género, que tienen como finalidad restituirles en su proyecto de vida y consecuentemente en su estatuto de ciudadanía plena. Por todo ello es necesario coordinar las actuaciones de todas las administraciones y agentes implicados (entre ellos los Centros de la Mujer), para lo que se firmó, el 25 de noviembre de 2009, un Protocolo de actuación en Castilla-La Mancha. Si bien este protocolo nos es plenamente aplicable a los Centros de la Mujer, desde el Centro de la Mujer de La Manchuela queremos ir más allá, para lo que, puestos de acuerdo todos los profesionales integrantes en el mismo, creamos el Protocolo de actuación, a nivel interno, del Centro de la Mujer de La Manchuela. Este nuevo documento que confeccionamos está plenamente adaptado a la Ley Orgánica 1/2004, a la Ley de nuestra Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha 5/2001 y al Protocolo de 25 de noviembre de 2009, donde siguiendo las directrices dadas por estos instrumentos conseguiremos dar la protección integral que se merecen las mujeres víctimas de violencia de género de La Manchuela. Por una vida digna, libre, y sin violencia. PAUTAS DE ACTUACIÓN POR PARTE DEL CENTRO DE LA MUJER. Se comprometen a ofrecer una atención integral a las víctimas de violencia de género mediante información, asesoramiento y diligenciamiento en los aspectos jurídicos, psicológicos, empleo y recursos sociales. Se comprometen a gestionar de forma urgente el desplazamiento de las víctimas a través de los programas de acompañamiento gratuitos disponibles en la provincia. Se comprometen a informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de que las víctimas poseen un dispositivo de teleasistencia móvil con objeto de asegurar una protección integral. se comprometen a informar a los Servicios Sociales sobre cualquier asunto que traten o conozcan de malos tratos, donde existan menores con el fin de que se proceda a su intervención por el personal competente.

P á gina 4 PAUTAS DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LOS SERVICIOS SOCIALES. Se comprometen a informar al Centro de la Mujer sobre cualquier asunto que traten o conozcan de malos tratos con el fin de que desde el mismo se proceda a su intervención integral ( legal, psicológica, empleo, formación, etc) así como la utilización de recursos específicos para la víctima o agresor. Se comprometen a informar a la víctima de la existencia del Centro de la Mujer, como servicio especializado al que pueden acudir, así como facilitar información sobre recursos y teléfonos de interés en materia de protección a la mujer, este documento informativo será facilitado por el Centro de la Mujer de La Manchuela. ACTUACIONES POR PARTE DEL CENTRO DE LA MUJER Cuando un profesional del Centro de la Mujer tenga conocimiento, por cualquier medio, de la existencia de un posible caso de malos tratos le dará a éste prioridad sobre cualquier otro asunto. Se entenderá que estamos en presencia de un proceso de violencia de género, en todo caso, en las siguientes situaciones: Cuando la mujer manifieste ser objeto de cualquier amenaza, injuria o agresión de carácter leve. Cuando se observan en la mujer pruebas evidentes de los malos tratos (hematomas, golpes...) Cuando la mujer aporte informes médicos donde se refieran los malos tratos. Cuando la propia mujer manifieste miedo o temor al agresor. El presente Protocolo debe servir como herramienta que garantice que una mujer maltratada nunca se encontrará sola en las dependencias de la Guardia Civil o en el Juzgado de Instrucción, siendo la Coordinadora del Centro de la Mujer la responsable último de velar por el cumplimiento de ese cometido, además de ser la figura de referencia y la que coordina todas las actuaciones en casos de violencia: interposición de la denuncia, asistencia jurídica, estimación del riesgo, articulación de los sistemas de protección, valoración de la red de apoyo sociofamiliar y de las alternativas de alojamiento, situación de los/as menores a cargo de la mujer, motivación para salir del ciclo de la violencia, propuesta de atención ambulatoria, propuesta y elaboración del informe de propuesta de ingreso en un recurso de acogida o de derivación a otros servicios, solicitud de los dispositivos de localización inmediata, seguimiento de la mujer, vigencia de las órdenes de protección etc.

P á gina 5 El acompañamiento a la mujer víctima de violencia se convierte en una cuestión de absoluta relevancia, por lo que se procederá de la siguiente manera: 1º.- La víctima todavía no ha presentado denuncia. Cuando una mujer maltratada acude al Centro de la Mujer o es derivada por los Servicios Sociales con carácter de urgencia, será atendida por el servicio psicológico y/o jurídico e informada de todos sus derechos y de los recursos existentes. Se acompañará a la víctima a presentar la denuncia al Cuartel de la Guardia Civil. Los profesionales que deben realizar este acompañamiento serían por orden de prioridad: 1º.- Asesor/a jurídico/a del Centro de la Mujer. 2º.- Psicóloga del Centro de la Mujer. 3º.- Coordinadora del Centro de la Mujer o cualquier profesional que en el Centro se encuentren. Cuando no haya sido el/la Asesor/a Jurídico/a quien acompañe a la víctima a presentar la denuncia, el/la técnico que haya realizado el acompañamiento debe informar al/la Asesor/a al día siguiente, facilitándole una copia de la denuncia con la que se solicitará el Programa de Asistencia Jurídica a mujeres víctimas de violencia (THEMIS). Así mismo, el/la Asesor/a Jurídico citará a la mujer víctima de violencia, a la mayor brevedad posible, para informarle de los trámites del procedimiento penal. 2º. La víctima ha presentado denuncia y no ha comparecido en el Juzgado. Cuando una mujer maltratada llegue al Centro de la Mujer o a los Servicios Sociales, inmediatamente después (24 horas) de presentar la denuncia ante la Guardia Civil, deberá ser atendida por un/a Asesor/a Jurídico/a antes de la comparecencia que tendrá lugar en el Juzgado presumiblemente al día siguiente. Serán el/la Asesor/a Jurídico/a y el /la Psicólogo/a los/as profesionales que acompañarán a la víctima al Juzgado, para la primera comparecencia. Cuando esté presente una abogada de THEMIS no es necesaria la presencia del/la Asesor/a Jurídico/a. Cuando se acompañe a la víctima al Juzgado se pedirá a la Secretaria que indique la dependencia en la que debe permanecer la mujer mientras el maltratador queda en la sala de espera, evitando de esta manera que permanezcan juntos. 3º.- La víctima ha presentado denuncia y ha comparecido en el Juzgado. Cuando la mujer maltratada llegue al Centro de la Mujer después de la presentación de la denuncia y de la vista en el Juzgado deberá ser atendida por el/la Asesor/a Jurídico/a, el/la Psicólogo/a y procurarle todos los recursos jurídicos, psicológicos y sociales. El día de la celebración del Juicio en el Juzgado de lo Penal de Albacete la mujer será acompañada por los profesionales y en el orden enumerado en el apartado 1º. 4º.- Seguimiento periódico. Tanto si la víctima ingresa en alguno de los recursos para víctimas de violencia de género, como si no lo hace, se llevará a cabo un seguimiento psicológico, jurídico y social a lo largo de todo su procedimiento, por parte del equipo técnico del Centro de la Mujer. Igualmente se le informará de manera específica del recurso de inclusión en el programa de asistencia jurídica procesal a mujeres víctimas de malos tratos, recursos sociales y recursos psicológicos. También sobre la existencia del Turno Especial de Oficio para Víctimas de malos tratos del Ilustre Colegio de abogados de Albacete.

P á gina 6 SEGUIMIENTO DE LA MUJER VICTIMA DE VIOLENCIA El seguimiento de la mujer víctima de violencia deberá ser realizado por el personal del Centro de la Mujer que la atendió. Se programarán consultas periódicas de seguimiento en las que se evaluará y revisará: Dispositivo de Localización ( si dispone de él) Orden de protección ( sigue vigente?, ha vuelto a convivir con el agresor?... Prestaciones económicas Red social de apoyo Area laboral. La periodicidad del seguimiento dependerá de la gravedad y/ o riesgo de la mujer, así como de la fecha de la última atención, realizándose un seguimiento a corto plazo, medio y largo plazo. ( Consultas quincenales, mensuales, trimestrales ) HOJA DE SEGUIMIENTO Y EVOLUCIÓN NOMBRE Y APELLIDOS:. FECHA ACTUACIONES

P á gina 7 RECURSOS PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. LÍNEAS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA. Servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia a nivel nacional 016. Línea de atención telefónica permanente de Castilla La Mancha 900100114. Servicio de atención a mujeres maltratadas (TAMM) 967511600. Ayuda a la mujer 24 horas 629168309. Teléfono de asistencia a las víctimas de agresiones sexuales (CAVAS) 967240312. Equipo de atención a mujeres y menores de la Guardia Civil (EMUME) 062. Servicio de atención de urgencias 112. SERVICIOS DISPONIBLES A TRAVÉS DEL CENTRO DE LA MUJER. Recursos de Acogimiento: Centro de Urgencia, Casas de Acogida, Casa de Acogida para mujeres jóvenes y Casa de Acogida para mujeres víctimas de tráfico, explotación sexual y violencia. Dispositivos de localización inmediata y teleasistencia móvil. NAVEGADORA: www.navegadora.es. Servicio de TÉLETRADUCCIÓN DUALIA para mujeres inmigrantes. ASISTENCIA PSICO-SOCIAL A TRAVÉS DEL CENTRO. Programa de atención y acompañamiento a mujeres víctimas. María Zambrano. 967522199. Programa de atención a mujeres víctimas e hijos e hijas testigos/as de violencia de género. AMUSYD. 967511600. Programa de asistencia psicológica a víctimas de agresiones sexuales. CAVAS. 967240312. Intervención psicológica con mujeres víctimas de la prostitución, tráfico y trata. FEPAMUC. 967240312. Programa Vitrubio. Reeducación de agresores. 967219802. ASISTENCIA JURÍDICA ESPECIALIZADA GRATUITA. Programa de asistencia jurídica procesal a mujeres víctimas de violencia. Themis. Programa de asistencia jurídico procesal en caso de impago de pensiones compensatorias y/o alimenticias. Programa de defensa para mujeres en el caso de incumplimiento de regímenes de visitas. Programa de asistencia jurídica especializada a mujeres víctimas de agresiones sexuales (CAVAS). Programa de asistencia jurídica gratuita para mujeres víctimas de tráfico y explotación sexual. AYUDAS PARA FACILITAR UNA VIDA AUTÓNOMA. Ayudas de solidaridad para mujeres víctimas. Ayudas a la salida de casa de acogida. Ayudas sociales para mujeres con especial dificultad en inserción laboral. Renta activa de inserción. Ayuda de acceso a la vivienda. Programa de estancias de tiempo libre para mujeres con hijos/as exclusivamente a su cargo. Integración laboral. Preferencia en programas de empleo local.

CENTRO DE LA MUJER LA MANCHUELA PLAZA CONSTITUCION 3, 1ª B C.P. 02200 CASAS IBÁÑEZ Teléfono: 967467009 / 967462081 Fax: 967460640 mademanchuela@dipualba.es http://www.dipualba.es/mademanchuela/!!no TE CALLES!!