ANUNCIO Por Resolución de Alcaldía número 4435 de fecha 29 de agosto corriente, han sido aprobadas las bases para la selección de becarios correspondientes al Convenio entre Diputación Provincial de Valencia e Instituto Valenciano de la Joventud que a continuación se transcriben: BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN POR EL M.I. AYUNTAMIENTO DE REQUENA EN EL MARCO DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA Y EL INSTITUT VALENCIA DE LA JOVENTUT. GENERALITAT JOVE BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. EI objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 4 becas formativas dirigidas a jóvenes desempleados. BASE SEGUNDA. Dotación, pago y duración de las becas. Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. El periodo de duración de las becas será de cómo máximo de tres meses, comenzando en el mes de septiembre de 2012 y finalizando el 30 de noviembre del mismo año. BASE TERCERA. Requisitos. Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente: 1.- Poseer la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia. (este requisito debe cumplirse con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes bases). 2.- Tener como máximo 30 años cumplidos en el momento de finalización del plazo de solicitudes. 3.- Haber finalizado estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior en los cursos académicos 2010/11 o 2011/12, que se relacionan en el Anexo I de estas Bases. 4.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículos concordantes de su Reglamento 5.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca. BASE CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el tablón de anuncios y página web del
Ayuntamiento, finalizando el día 10 de septiembre próximo a las 14 horas. Se dará información de las mismas igualmente a través de los medios de comunicación locales. Las solicitudes, presentadas en el modelo que se facilitará al efectos se presentarán preferentemente en el registro de este ayuntamiento (SAT). Las solicitudes presentadas en cualquier otro Registro, deberán ser enviadas a través de fax al Ayuntamiento, sin cuyo requisitos no serán admitidas. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados. En concreto, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación: - Fotocopia compulsada del DNI. - Volante de empadronamiento, acreditativo de la residencia en la provincia de Valencia. - Certificado del SERVEF, acreditativo de situarse en situación de desempleo. - Acreditación de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículos concordantes de su Reglamento - Documentación acreditativa de haber acabado estudios universitarios o ciclos formativos en los cursos 2010/11 o 2011/12. - Fotocopia compulsada del la nota media correspondiente al expediente académico correspondiente a los estudios realizados. BASE QUINTA. Méritos. Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes: 1. Vecindad en el municipio de Requena: 5 puntos. 2. Nota media del expediente académico: hasta 5 puntos. 3. Estudios realizados: - Técnico Medio: 2 puntos. - Técnico Superior: 4 puntos. - Estudios Universitarios: 6 puntos. 4. Discapacidad: 1 punto. BASE SEXTA. Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros: PRESIDENTE: TITULAR: Dª Maria Luisa González Arona, Jefa de del Ayuntamiento de Requena. SUPLENTE: Dª Esperanza Campos García, Jefa del Negociado de Rentas y Exacciones. SECRETARIO: - TITULAR: Dª Bárbara López Ramón, Vicesecretaria-Interventora del Ayuntamiento de Requena.
SUPLENTE: Dª. Ana Maria Miñana Gimeno, Jefa del Departamento de Servicios Sociales. VOCALES: TITULAR: Dª. Rosa Isabel Mislata Atienza. SUPLENTE: Dª Encarnación Cubas Requena. TITULAR: D. Enrique Navarro López. SUPLENTE: Dª Maria Consuelo Teresa Moya Llaosa. TITULAR: D. Fernando López Herrero. SUPLENTE: Dª Maria Pilar Oviedo Pérez. - Asesora: Paola Zahonero Abril. Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma, o en su caso, si se anulara o no se recibiera de Diputación Provincial la Resolución concesionaria de las mismas. Igualmente, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de modificar la distribución de plazas entre las diferentes áreas en función de circunstancias organizativas sobrevenidas. La entidad local nombrará uno o varios tutores/tutoras, o responsables de los proyectos que realizarán el seguimiento, coordinación y ordenarán la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades. BASE SÉPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias. 1. Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con el desarrollo de cualquier actividad laboral con dedicación total o parcial. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca. 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local, ni con la Diputación de Valencia. 3. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el articulo 14 de la Ley General de Subvenciones. 4. Son obligaciones de los becarios: Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor. Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor. Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor. Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor.
5. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será de 35 horas semanales, que deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento del centro donde se realice la beca. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. ANEXO 1 ÁREAS PROYECTOS ESTUDIOS NÚMERO DE BECAS CANTIDAD TOTAL Deportes Turismo Colaboración en la gestión de actividades deportivas Apoyo oficina de turismo Técnico en actividades físico deportivas (TAFAD) Licenciatura en E.F. Ciclo formativo de guía, o Diplomatura de Turismo. Lic. En Idiomas. 2 2 2 2 En caso de no presentarse candidatos a las becas con las titulaciones anteriormente citadas, pueden admitirse estudios genéricos de administración: ÁREAS PROYECTOS ESTUDIOS Deportes/Turismo Apoyo tareas de administración Técnico en Gestión Administrativa Técnico Superior en Administración y Finanzas En caso de no existir candidatos con este perfil, se admitiríanotros estudios que no se hayan contemplado para las becas programadas siempre y cuando la Comisión Evaluadora estime
que aquellos guarden suficiente relación con el proyecto como para garantizar el buen desempeño de las tareas previstas. Lo que se expone al público a los efectos oportunos. Requena, 29 de septiembre de 2.012. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo. Javier Berasaluce Ramos.