Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Dirección n Nacional de Inteligencia Criminal
La Dirección Nacional de Inteligencia Criminal se crea en el marco del Sistema de Seguridad Interior (Ley 24.059), con el fin de ejercer la dirección funcional y coordinación de la actividad de los órganos de información e inteligencia de las Fuerzas de Seguridad y Policiales.
En el año 2001, con la sanción de la Ley 25.520, la Dirección pasa también a integrar el Sistema de Inteligencia Nacional, dependiendo orgánicamente de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Secretaría de Seguridad Interior y funcionalmente del Ministerio de Justicia, Seguridad Y Derechos Humanos de la Nación.
LEY DE INTELIGENCIA NACIONAL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL SECRETARIA DE INTELIGENCIA DIC Inteligencia Criminal Inteligencia Nacional DNIEM Inteligencia Estratégica Militar
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS SECRETARIA DE INTELIGENCIA Inteligencia táctica Inteligencia estratégica DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL
Inteligencia Nacional Ley 25.520 DEFINICIÓN DE INTELIGENCIA Es la actividad consistente en la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información específica referida a los hechos, amenazas, riesgos y conflictos que afectan la seguridad exterior e interior de la Nación.
Inteligencia Criminal Ley 25.520 DEFINICIÓN DE INTELIGENCIA CRIMINAL Es la parte de la Inteligencia referida a las actividades criminales específicas que, por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o modalidades, afecten la libertad, la vida, el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.
SEGURIDAD PREVENTIVA SEGURIDAD COMPLEJA INVESTIGACIÓN CRIMINAL
La SEGURIDAD PREVENTIVA tiende a evitar o interrumpir la posibilidad de decisión de cometer un delito (técnicas disuasivas) e impedir la realización de actos que impliquen un delito, así como también, a conjurar en forma inmediata un hecho delictivo en desarrollo, evitando la producción de consecuencias ulteriores y, eventualmente, garantizando la detención de sus autores.
La SEGURIDAD COMPLEJA tiende a evitar, interrumpir o conjurar las actividades delictivas desarrolladas por la criminalidad organizada, el terrorismo y los grupos políticos ilegales, es decir, la criminalidad protagonizada por grupos delictivos internamente estructurados y con permanencia en el desarrollo de emprendimientos ilegales. Cumple esta función a través de la producción de inteligencia, el seguimiento y la investigación de tales grupos y actividades, apuntando a su persecución penal y desarticulación.
La INVESTIGACIÓN CRIMINAL configura el ámbito funcional en el cual la agencia policial presta auxilio a la justicia penal en la investigación de hechos delictivos y en la persecución penal de sus responsables. Estos hechos delictivos pueden haber sido protagonizados por autores individuales u organizaciones no estructuradas internamente, como por aquellas organizaciones que se incluyen en la esfera de la criminalidad compleja. La investigación criminal siempre se aboca a hechos pasados y a delitos ya consumados o tentados, con el fin de colectar la prueba necesaria para la condena de los imputados.
Decreto 1697/2004 RESPONSABILIDAD PRIMARIA DE LA DIC Entender en la producción y difusión de Inteligencia Criminal con el objeto de prevenir y reprimir actividades criminales que afecten a la Seguridad Interior de la Nación.
Decreto 1697/2004 RESPONSABILIDAD PRIMARIA DE LA DIC (cont.) Ejercer la dirección funcional y coordinación de las actividades de los órganos de Información e Inteligencia de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria y de los órganos provinciales de acuerdo a los convenios que se celebren, con los enlaces establecidos en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior y el Decreto Reglamentario Nº 1273/92.
Muchas gracias por su atención Dirección n Nacional de Inteligencia Criminal