I. Principado de Asturias



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Transcripción:

núm. 9 de 13-i-2014 1/7 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Universidad de Oviedo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública para la concesión de ayudas de matrícula destinadas a los alumnos matriculados en la veintiuna edición en el Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo para el curso académico 2013/2014. La Universidad de Oviedo, en su ámbito competencial, estima conveniente la tramitación de un expediente para la apertura de convocatoria para ayudas de matrícula destinadas a los alumnos matriculados en la veintiuna edición en el Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo para el curso académico 2013/2014. Las bases reguladoras, para la concesión de ayudas a los estudiantes de Títulos Propios de la Universidad de Oviedo, se han establecido por Resolución de fecha 30 de noviembre de 2010 (BOPA 30/12/2010). Para la financiación de las ayudas de matrícula indicadas se cuenta con la subvención concedida por el Ayuntamiento de Oviedo, según acuerdo adoptado por su Junta de Gobierno el 17 de octubre de 2013 y en virtud del cual se aprueba el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Oviedo y la Universidad de Oviedo para financiar la concesión de becas de matrícula parciales para un total de diez alumnos del Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo impartido por el Instituto Universitario de Empresa (IUDE). Fundamentos de derecho Primero. Según lo establecido en el artículo 30 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013 toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, con respeto a las bases reguladoras de la concesión que se establezcan. Segundo. Según lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Tercero. El artículo 30 del Decreto Legislativo 2/1988, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, referido a la tramitación anticipada de gastos, especifica que en los expedientes de concesión de ayudas se podrá llegar a la resolución de concesión de ayudas, quedando la misma condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones asumidas. Cuarto. Al expediente se ha incorporado diligencia expedida por el Servicio de Contabilidad Presupuestaria y Financiera de gasto anticipado en la aplicación 06.02.422C.481.21 del presupuesto de la Universidad de Oviedo, de conformidad con lo previsto en el Decreto 83/1998, de 21 de julio, del Principado de Asturias, por el que se regula la tramitación anticipada de expediente de gasto. Quinto. Vista la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Resolución de 9 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones, publicada en el BOPA de 28 de abril de 2010; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Sexto. Visto el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo y de acuerdo con lo establecido en los puntos 2 y 4 del artículo 20 de las Bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2013, sobre autorización y disposición de gastos. RESUELVO Primero. Aprobar la convocatoria de ayudas de matrícula destinadas a los alumnos matriculados en la veintiuna edición en el Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo para el curso académico 2013/2014. Segundo. Autorizar un gasto por importe total de treinta y cinco mil euros (35.000 ) que será sufragado con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.422C.481.21, del presupuesto de gastos de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2014, quedando en todo caso sujeta su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Dado que el importe de las ayudas se imputará al ejercicio económico 2014, se estima conveniente su tramitación como expediente anticipado de gasto.

núm. 9 de 13-i-2014 2/7 Tercero. El régimen regulador es el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones, en la Resolución de 30/11/2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a estudiantes de Títulos Propios de la Universidad de Oviedo (BOPA de 30/12/2010) y en la presente convocatoria. Cuarto. Objeto de las ayudas. Convocatoria abierta de diez ayudas de matrícula, destinadas a los alumnos matriculados en la veintiuna edición en el Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo para el curso académico 2013/2014. Quinto. Requisitos generales de los beneficiarios, compatibilidad e incompatibilidad con otras ayudas. 5.1 Estar matriculado en la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014. 5.2 El requisito anterior deberá cumplirse en la fecha límite de presentación de solicitudes. 5.3 Los solicitantes deberán contar con recursos económicos limitados para afrontar el pago de la matrícula. 5.4 Los solicitantes no han de estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5.5 El solicitante deberá comunicar al órgano concedente la obtención o la solicitud de otras subvenciones o ayudas que haya obtenido o solicitado para las actividades subvencionadas, tanto al presentar la solicitud como en cualquier momento ulterior del procedimiento. 5.6 La renuncia a la ayuda o la interrupción de la misma por otros motivos, una vez iniciado el período de disfrute de la misma, supondrá la obligación de devolver el importe. 5.7 Estas ayudas son incompatibles con cualquiera otra concedida por organismos públicos o privados para los mismos fines. Sexto. Carácter, modalidad y cuantía de la ayuda. 6.1. Las ayudas no tendrán naturaleza contractual, rigiéndose en su tramitación por la legislación aplicable en materia de subvenciones, y las bases de la convocatoria. 6.2. Teniendo en cuenta el colectivo para el que se destina la ayuda, ésta tendrá la siguiente modalidad: 6.2.1. Ayuda para la exención parcial del importe de la matrícula. 6.3. Las ayudas se conceden para cursar los 60 ECTS de docencia teórica y práctica de la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014. 6.4. El importe de la ayudas será de tres mil quinientos euros (3.500 ) cada una. 6.5. En el caso de que los alumnos beneficiarios hubieran efectuado algún pago en concepto de matrícula del Curso Máster con anterioridad a la concesión de la ayuda de la presente convocatoria, podrán solicitar a la Universidad de Oviedo la devolución de las cuantías que les correspondan y que fueron abonadas previamente. El pago se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta que el solicitante señale en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (Anexo III), cuyo titular debe ser el mismo. Séptimo. Criterios de valoración. 7.1. Se concederán ayudas hasta agotar el límite presupuestario. 7.2. En los criterios de valoración para la concesión de las ayudas, se tendrá en cuenta criterios académicos y profesionales, con una ponderación en el global del 50% y criterios económicos con una ponderación en el global del 50%. 7.2.1. Criterios académicos y profesionales: a) expediente académico. Puntuación máxima: 3 puntos. Se determinará el orden en función de la nota media del expediente académico del título con el que se accedió al Curso de Experto. El criterio de baremación que se utilizará será: Matrícula de honor: 4 puntos Sobresaliente: 3 puntos Notable: 2 puntos Aprobado o apto: 1 punto b) Otros méritos alegados: 1. Premios extraordinarios. 2. Becas del Programa Erasmus y/o estancias en el extranjero. 3. Idiomas. 4. Contratos con empresas, publicaciones, investigación, congresos, otros cursos. 5. Se podrá realizar una entrevista personal, en caso de ser necesario. c) experiencia profesional. Puntuación máxima: 2 puntos. 7.2.2. Criterios económicos: a) estar en situación legal de desempleo laboral debidamente acreditada. Puntuación máxima: 3 puntos.

núm. 9 de 13-i-2014 3/7 b) nivel de renta familiar, así como de la situación económica personal en el momento de presentación de las solicitudes, se ordenará a los candidatos de menor a mayor, situando en primer lugar a los que tengan ingresos de menor cuantía y así sucesivamente. En lo relativo a este criterio se utilizarán como referencia las bases establecidas en la Resolución de 13 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Puntuación máxima: 2 puntos. 7.3. La Comisión no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados. Octavo. Dotación. Se regirá por lo dispuesto en la base reguladora duodécima. Las ayudas compensarán la minoración de ingresos que tendrá la Universidad, el alumno becado no ingresaría el segundo plazo de matrícula que se vería compensado con la subvención recibida por el Ayuntamiento de Oviedo. La compensación de las matrículas se hará con cargo a la aplicación 06.02.422C.481.21 del presupuesto del ejercicio 2014, quedando en todo sujeta su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente, por importe total de treinta y cinco mil euros (35.000 ). Noveno. Procedimiento de concesión. La Comisión se reunirá dentro de los diez días hábiles siguientes a haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Una vez confeccionada la lista de candidatos, ordenados de acuerdo a los criterios mencionados en el punto cuarto, se procederá a la adjudicación de las ayudas, en el orden establecido por dicha lista, hasta el importe total asignado para estas ayudas. Décimo. Plazo de presentación de solicitudes y documentación Se regirá por lo dispuesto en la base reguladora sexta. 10.1. Las solicitudes se dirigirán a la Directora del Centro Internacional de Postgrado y se presentarán, en cualquiera de los siguientes registros de la Universidad de Oviedo: Registro General, Plaza de Riego, 33003 Oviedo; Registro Auxiliar del Campus del Cristo A, Aulario Ciencias Jurídico Sociales, calle Valentín Andrés Álvarez, planta baja, 33071 Oviedo; Registro auxiliar del Campus del Milán, Edificio Administrativo del Milán, calle Teniente Alfonso Martínez s/n, planta baja, 33011 Oviedo; Registro auxiliar del Campus de Viesques, Servicio del Campus de Gijón, Edificio Sur, planta baja, 33203 Gijón; Registro Auxiliar del Campus de Mieres, Servicio Administrativo de Mieres, edificio Científico Técnico, calle Gonzalo Gutiérrez Quirós, s/n 33600 Mieres; Registro Auxiliar de Avilés, Centro de Servicios Universitarios, calle la Ferrería n.º 7-9, planta baja, 33402 Avilés; o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y se formularán en el modelo normalizado que figura como anexo I y acompañado de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI del solicitante, en vigor. Impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo que figura como anexo III de esta convocatoria. Original (y fotocopia para su compulsa) de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de todos los miembros de la unidad familiar o certificación emitida por la Agencia Tributaria, correspondientes al ejercicio del 2012. el solicitante que no hubiera presentado la declaración de la renta del 2012 por estar exento de ello o hubiera percibido ingresos libres de impuestos deberá acreditarlo documentalmente. Certificado de Padrón Municipal donde se especifique el número de integrantes de la unidad familiar que conviven. Certificado de Vida Laboral, con fecha comprendida en los últimos 15 días naturales previos al cierre de solicitudes Personas que estén trabajando, deberán acompañar fotocopia de la última nómina. en su caso, situación legal de desempleo laboral debidamente acreditada. Certificación Académica con nota media del título con el que ha accedido al curso de Experto. documentación acreditativa de los otros méritos alegados. 10.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Los datos personales recogidos en la solicitud tiene carácter obligatorio y podrán ser tratados por la Universidad de Oviedo de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con el fin de la correcta gestión de los mismos, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del Servicio Público de Educación Superior, reguladas en la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Oviedo. El solicitante acepta que sus datos personales sean recabados, tratados y, en su caso, cedidos para los siguientes fines: Gestión administrativa y académica de su expediente, oferta y prestación de servicios universitarios, realización de estadísticas, proyectos de investigación, evaluaciones, encuestas y seguimiento de los servicios universitarios prestados, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo y prácticas en empresas. El responsable del

núm. 9 de 13-i-2014 4/7 tratamiento de estos datos es la Universidad de Oviedo. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante la Universidad de Oviedo, Secretaria General, c/ Principado, n.º 3, 33007-Oviedo. Undécimo. Tramitación de las solicitudes. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión es el Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado, que revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida. Si resultase que esta estuviera incompleta o defectuosa, se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, haciéndole saber que en caso contrario su solicitud será archivada, de conformidad con el art. 71 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por los aspirantes. Igualmente, podrá recabar cuantos informes, datos o aclaraciones considere oportunos para resolver las solicitudes. Duodécimo. Comisión de Valoración. 12.1. La valoración de las solicitudes presentadas corresponderá a la Comisión de Valoración cuyos miembros serán nombrados por el Rector, a propuesta de la Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado y que estará integrada por: Presidenta: Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado. vocales: Directora de Área de Postgrado y Títulos Propios. Dos representantes del equipo de dirección del Curso Máster. Un representante del Ayuntamiento de Oviedo. Un representante de los estudiantes miembros del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado. secretaria: La Jefe de Servicio de la Administración del Centro Internacional de Postgrado o persona que la sustituya. 12.2. La actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en el Capítulo IX del Título III del Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo y a lo que se establezca en esta convocatoria. Decimotercero. Plazos y medios de notificación Se regirá por lo dispuesto en la base reguladora undécima. El Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado instruirá el procedimiento de concesión, y la Comisión de Valoración realizará propuesta de concesión dentro de los límites de las disposiciones presupuestarias. La resolución de concesión se publicará en el tablón de anuncios del Vicerrectorado indicado y en la web oficial de la Universidad de Oviedo (http://www.uniovi.es). Se realizará una única convocatoria, finalizando la misma con la resolución de concesión o denegación de las solicitudes recibidas. Decimocuarto. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación. Decimoquinto. Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo. Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Oviedo, a 19 de diciembre de 2013. La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado..

núm. 9 de 13-i-2014 5/7 ANEXO I Modelo de solicitud Convocatoria de ayudas de matrícula destinadas a los alumnos matriculados en la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014. DATOS PERSONALES: Apellidos...Nombre... D.N.I....Dirección...nº... C.P....Localidad... Teléfono... Correo electrónico... DOCUMENTACIÓN APORTADA: Fotocopia del DNI del solicitante, en vigor. Impresos de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo, que se ajustará al modelo que figura como anexo III de la presente Resolución. Original (y fotocopia para su compulsa) de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de todos los miembros de la unidad familiar o certificación emitida por la Agencia Tributaria, correspondientes al ejercicio del 2012. Deberá presentar acreditación documental, el solicitante que no hubiera presentado la declaración de la renta del 2012 por estar exento de ello o hubiera percibido ingresos libres de impuestos. Certificado de Padrón Municipal donde se especifique el número de integrantes de la unidad familiar que conviven. Certificado de Vida Laboral, con fecha comprendida en los últimos 15 días naturales previos al cierre de solicitudes. Certificado de la situación de desempleo laboral debidamente acreditada. Deberán presentar fotocopia de la última nómina las personas que estén trabajando. Certificación Académica con nota media del título con el que accedió al curso de Experto. Documentación acreditativa de los otros méritos alegados. Premios extraordinarios. Becas del Programa Erasmus y/o estancias en el extranjero. Idiomas. Contratos con empresas, publicaciones, investigaciones, congresos, otros cursos. SOLICITA: Que tenga por admitida la presente solicitud para concurrir a la adjudicación de las ayudas de matrícula destinadas a los alumnos de la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014. Oviedo, a...de... de 2014 Fdo.:... SRA. DIRECTORA DEL CENTRO INTERNACIONAL DE POSTGRADO

núm. 9 de 13-i-2014 6/7 ANEXO II Renuncia a la ayuda de matrícula destinada a los alumnos de la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014. APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I.: DOMICILIO (calle): D.P.: LOCALIDAD: PROVINCIA: TELEFONO: CORREO ELECTRÓNICO En cumplimiento de lo establecido en las bases que regulan la convocatoria de ayudas de matrícula destinadas a los alumnos de la veintiuna edición del Título Propio Máster en Dirección de Empresas MBA Ejecutivo, para el curso académico 2013/2014, manifiesto mi voluntad de renunciar a la ayuda por los siguientes motivos: Para que conste, a los efectos oportunos, firmo la presente renuncia en..., a...de...de 201.. (Firma del interesado) SRA. DIRECTORA DEL CENTRO INTERNACIONAL DE POSTGRADO

núm. 9 de 13-i-2014 7/7 ANEXO III IMPRESO DE DATOS BANCARIOS DE TERCEROS ACREEDORES DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO DATOS PERSONALES (se acompañará fotocopia del NIF o CIF) N.I.F. /C.I.F. : Apellidos y Nombre o denominación social de la empresa: Vía Pública : Localidad : Código Postal: Municipio: Provincia: Teléfono : Fax : Correo Electrónico: DATOS BANCARIOS Nombre de la entidad bancaria : Sucursal : Código Entidad (4 dígitos) Código Oficina (4 dígitos) Dígito Control (2 dígitos) Número de cuenta (10 dígitos) AUTORIZO a dar de baja los datos que pudiesen existir al incorporar los reseñados en este impreso. En Oviedo, a de de 201.. Fdo.:. (firma del acreedor, firma y sello en caso de persona jurídica)