Nº DE REGISTRO. EL ASESOR (p.p)



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Transcripción:

De una parte, en adelante PROFIM y/o el asesor, y de otra la/s persona/s/entidad cuyos datos han sido reflejados al inicio, en adelante el CLIENTE, convienen la formalización del presente Contrato de Asesoramiento Financiero, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan, formalizándose por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados, y a tal efecto, EXPONEN I.- Que PROFIM, es una empresa de asesoramiento financiero (EAFI), estando autorizada para la prestación de esta clase de servicios de inversión por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) e inscrita en el Registro habilitado por dicho organismo con el Nº 26. II.- Que el CLIENTE está interesado en recibir el asesoramiento en materia de inversiones de PROFIM, y que a tal fin reconoce y declara haber recibido de esta entidad con carácter previo a la formalización de este contrato: (i) información previa y relativa al servicio que será prestado; (ii) la información y documentación necesaria sobre su clasificación como CLIENTE de PROFIM; (iii) la evaluación/test de idoneidad pertinente que resulte exigida en consideración a la categoría del CLIENTE a la naturaleza y grado del servicio prestado, de acuerdo a la normativa aplicable en materia de servicios de inversión; (iv) un ejemplar del presente contrato junto a las tarifas aplicables. El CLIENTE reconoce y declara haber tomado conocimiento y aceptado en su integridad todos los términos del presente Contrato, del cuestionario sobre perfil inversor (test de idoneidad) y de las tarifas anexas expresamente aceptadas, reservándose PROFIM la facultad de variar su contenido y condiciones, proponiendo al CLIENTE la aceptación de las nuevas, que se entenderán aceptadas si en el plazo de dos meses después de formuladas no se hiciera manifestación en contrario. III.- El CLIENTE certifica ser propietario de los valores mobiliarios y/o instrumentos financieros objeto de asesoramiento, y declara bajo su entera responsabilidad que toda la información suministrada a PROFIM, es veraz, fiel y exacta a la realidad de su situación financiera y patrimonial, comprometiéndose a comunicar y a proporcionar a PROFIM tan pronto como tenga noticia de ello cualquier variación que pudiera producirse durante la vigencia de este contrato. CLÁUSULAS 1. OBJETO 1.1.- El presente contrato tiene por objeto regular las condiciones aplicables al servicio de asesoramiento en materia de inversión que PROFIM va a prestar al CLIENTE a partir de la celebración del mismo. A los efectos del presente contrato se entenderá por asesoramiento en materia de inversión la prestación de las recomendaciones personalizadas al CLIENTE, sea a petición de éste o por propia iniciativa de PROFIM, con respecto a una o más operaciones relacionadas con valores mobiliarios o instrumentos financieros. No se considerará asesoramiento en materia de inversión las recomendaciones de carácter genérico y no personalizadas al CLIENTE que puedan ser realizadas por PROFIM en el desarrollo de acciones comerciales y publicitarias a través de los canales de comunicación establecidos para la relación con sus clientes. En ningún caso, las recomendaciones de PROFIM suponen la obligación de conseguir un resultado en concreto, siendo su finalidad la de cumplir con su obligación de asesoramiento con la mayor diligencia y profesionalidad. 1.2.- La posible materialización de la inversión del CLIENTE será en todo caso competencia y responsabilidad exclusiva de éste, debiendo él mismo realizar personalmente toda su tramitación (apertura de cuentas de efectivo y anotación de valores, órdenes de compra-venta, contratación de productos financieros y otros servicios de inversión, etc ). En ningún caso PROFIM gestionará la cartera de un CLIENTE ni realizará labores de representación o mandato ante los intermediarios financieros a través de los cuales el CLIENTE formalice sus inversiones. 1.3.- Con la finalidad de que PROFIM pueda desarrollar el objeto de este contrato y prestar el servicio de asesoramiento contratado por el CLIENTE, éste se obliga a remitir a PROFIM de forma puntual detalle de las operaciones realizadas sobre los activos financieros objeto de asesoramiento, requisito imprescindible para prestar el servicio. A tal fin, el CLIENTE deberá facilitar y proporcionar dicha información a PROFIM en un formato legible y entendible, incluso facilitar el acceso electrónico o telemático a sus posiciones, a los solos efectos consultivos. 1.4.- En ningún caso, se incluirá asesoramiento y/o información de tipo fiscal en los servicios que se presten. 1.5.- Los servicios de asesoramiento financiero que presta PROFIM son los que a continuación se regulan, debiendo marcar el CLIENTE con una X en la primera hoja del contrato el/los servicio/s que desea contratar: SERVICIO INTEGRAL El CLIENTE contrata a PROFIM el diseño personalizado de una cartera de Fondos de Inversión, y en su caso, otros instrumentos financieros, que se ajuste a las necesidades y perfil inversor del CLIENTE, que deberá suscribir a través de la entidad financiera colaboradora designada por PROFIM. En todo lo relativo al Servicio de Intermediación (suscripción y reembolso de participaciones en fondos de inversión, y contratación de otros instrumentos financieros) PROFIM solo actúa como colaborador de la entidad financiera donde el CLIENTE realizará las operaciones. La solicitud de asesoramiento se cursará en cada momento por cualquiera de los medios siguientes: Teléfono (el CLIENTE autoriza la grabación de sus conversaciones y de las respuestas al cuestionario), correo postal, visita personal, correo electrónico, o cualquier otro medio facilitado y autorizado por PROFIM. Las órdenes de suscripción y reembolso de participaciones se cursarán por el CLIENTE únicamente a través de la entidad o entidades financieras con las que a estos efectos colabore PROFIM, ahora o en el futuro, por cualquiera de los medios autorizados para ello por dicha entidad y de acuerdo con los procesos y procedimientos establecidos por la misma al efecto. El CLIENTE deberá ingresar el importe que desea invertir en la cuenta que abrirá en dicha entidad financiera para tal fin, identificándose siempre como CLIENTE de PROFIM. Si la cuenta no la abriera como CLIENTE de PROFIM, el CLIENTE perderá su derecho a la prestación del servicio de asesoramiento prestado por PROFIM, siendo por tanto causa de resolución y extinción del presente contrato. 2

Asimismo, PROFIM remitirá al CLIENTE, a través del conducto elegido por éste, un informe personalizado sobre la cartera de fondos recomendada, así como un informe trimestral en el que, se incluye información detallada sobre la situación de los mercados financieros y recomendaciones concretas de inversión/desinversión. en la elección de fondos de inversión inscritos en la CNMV, adecuados al perfil inversor del CLIENTE y a la situación de los mercados financieros. El cliente realiza las operaciones de suscripción y reembolso de fondos o de compra venta de valores o productos financieros, en entidades financieras de su elección, distintas de las que colaboren con PROFIM en estas tareas. La contratación del servicio integral, incluye el envío de alarmas, alertas y notas de análisis, que se realizan en función de la evolución de los mercados financieros y que no tienen por qué coincidir con el informe trimestral de seguimiento. ASESORAMIENTO SOBRE CARTERAS GESTIONADAS POR TERCEROS El CLIENTE contrata directamente con PROFIM un servicio de asesoramiento financiero de carteras gestionadas por otra entidad financiera (empresa de servicios de inversión). Este servicio consiste en el asesoramiento que PROFIM presta a la empresa de servicios de inversión, sobre la inversión que más se ajuste a las necesidades y perfil inversor manifestados por el CLIENTE de acuerdo al test de idoneidad suscrito con PROFIM, sobre los diferentes modelos de carteras de fondos gestionados y disponibles en la entidad financiera o bancaria propuesta por PROFIM. PROFIM mantendrá informado al CLIENTE de su visión de los mercados financieros y del proceso de selección de fondos, realizando trimestralmente informes de seguimiento centrados en estas áreas, remitiendo notas de análisis cuando sea conveniente informar sobre asuntos que no coincidan en el tiempo con la fecha de envío del informe trimestral, todo ello con objeto de mantener informado al CLIENTE sobre la situación y expectativas de evolución de los mercados financieros y de los fondos de inversión que invierten en ellos. La información y los análisis elaborados por PROFIM exponen la visión de sus analistas sobre los mercados y comentan cuáles son las carteras más interesantes para el CLIENTE, siempre acordes con su perfil de inversión y en base a la cartera gestionada por la entidad financiera propuesta, no teniendo por qué coincidir la información suministrada con la que dicha entidad financiera pueda enviar al CLIENTE según las condiciones establecidas en su contrato de gestión discrecional vigente en cada momento. Para la efectividad y cumplimiento de este servicio, el CLIENTE deberá contratar y mantener vigente un servicio de gestión discrecional de carteras de fondos con la entidad financiera propuesta por PROFIM, de acuerdo con el contrato y las condiciones legales establecidas por la entidad financiera para la prestación de ese servicio. PROFIM remitirá al CLIENTE por el conducto que este haya elegido previamente, la información antes citada, debiendo comunicar el CLIENTE cualquier cambio que se produzca en la dirección, fax o correo electrónico facilitados. En todo caso, el CLIENTE dispone de un servicio de atención telefónica prestado en horario comercial por los asesores financieros de PROFIM, excluido cualquier tipo de asesoramiento o recomendación de tipo fiscal. El servicio de asesoramiento prestado por PROFIM es ajeno e independiente al servicio que la entidad financiera propuesta pueda prestar al CLIENTE, razón por la cual, el CLIENTE mantendrá indemne a PROFIM de cualquier daño o perjuicio que se derive del incumplimiento de los deberes y obligaciones legales de la entidad financiera y/o empresa de servicios de inversión con el CLIENTE. Se informa al CLIENTE, que exclusivamente la entidad financiera propuesta por PROFIM es quien presta el servicio de gestión de carteras, y por consiguiente, dicha entidad financiera es plenamente responsable de la prestación adecuada de este servicio y su control, de conformidad con el artículo 79 quinquies de la Ley del Mercado de Valores, si bien, dicha entidad podrá basarse para ello en la información que sobre el cliente reciba de PROFIM, en particular, las recomendaciones de inversión acordes a su test de idoneidad. Este servicio incluye el envío al CLIENTE de un informe trimestral en el que, se incluye información detallada sobre la situación de los mercados financieros y recomendaciones personalizadas concretas de inversión/desinversión. Este servicio de solo asesoramiento, también incluye avisos, alertas y notas de análisis, que se realizan en función de la evolución de los mercados financieros, y que no tienen por qué coincidir con el informe trimestral de seguimiento. ASESORAMIENTO SOBRE OTROS ACTIVOS FINANCIEROS DE INVERSION El CLIENTE contrata a PROFIM el asesoramiento financiero sobre otros instrumentos o productos financieros y valores mobiliarios diferentes a los fondos de inversión, bien sean del mercado financiero de Renta Fija (Bonos, -deuda pública y privada-) o del mercado de Renta Variable (Acciones) mediante el diseño de una cartera o selección de los mismos, que se enviará al CLIENTE por el conducto elegido por este. Este servicio también incluye el envío al CLIENTE de avisos, alertas y notas de análisis, que se realizan en función de la evolución de los mercados financieros, y que no tienen por qué coincidir con las recomendaciones anteriores. 2. DURACIÓN La duración inicial y vigencia del contrato, se pacta por un año a contar desde la fecha de su firma por ambas partes, renovable automáticamente por periodos de idéntica duración, salvo que medie denuncia expresa y escrita del mismo por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para su vencimiento natural. 3. COMUNICACIONES 3.1.- Cualquier comunicación o notificación entre las partes que afecte a la vigencia del presente contrato, deberá realizarse en castellano, por conducto fehaciente en los domicilios expresados en encabezamiento de este contrato, sin más obligación que comunicarse cualquier cambio en los mismos. Este mismo procedimiento y forma, será el empleado por el CLIENTE a la hora de formular una reclamación contra la entidad ante el Servicio de Atención al Cliente. El CLIENTE para el resto de comunicaciones, autoriza por medio del presente contrato, a recibir cualquier información derivada del desarrollo de este documento por medios electrónicos, y a los efectos de poder ser proveído de información en un soporte duradero, acepta como tal, que pueda ser a través de la página web de la compañía www.profim.es. 3.2.- La información derivada del desarrollo del presente contrato, será remitida al CLIENTE o a la persona autorizada/representante de éste, por el conducto elegido, que previamente habrá designado el CLIENTE. En caso de indicar el CLIENTE una dirección de correo electrónico en el encabezamiento de este contrato (primera hoja), se entenderá que este es el medio de comunicación elegido. SOLO ASESORAMIENTO El CLIENTE contrata a PROFIM un servicio especializado de asesoramiento 3.4.- En caso de que el CLIENTE autorice a otra persona a recibir la información que le remita PROFIM, o intervenga en calidad de 3

representante, el CLIENTE exonera de toda responsabilidad a PROFIM por el uso y destino que dicha persona pudiera darle a la información. El CLIENTE no obstante, deberá poner en conocimiento de la persona autorizada o representante, del deber de confidencialidad que tiene la información y documentación que reciba de PROFIM, y de la prohibición legal de cederla, venderla, copiarla, reproducirla, difundirla o hacerla pública por ningún medio, salvo imperativo legal. 3.5.- La prestación de los servicios y la documentación que emita PROFIM se efectuará principalmente en castellano. 4. RETRIBUCIÓN 4.1.- De conformidad y según el folleto de tarifas vigentes en cada momento, cuyo ejemplar figura Anexo a este contrato, las cuales podrán ser modificadas por PROFIM, previa comunicación al CLIENTE con dos meses de antelación a su entrada en vigor. A la firma del contrato, figura la tabla anexa de tarifas expresamente firmada y aceptada por el CLIENTE. El CLIENTE como contraprestación al servicio de asesoramiento contratado, se obliga a satisfacer a PROFIM las cantidades establecidas en las tarifas actuales y futuras que se encuentren vigentes, publicadas en el organismo oficial competente, y de manera general puestas a su disposición en el tablón de anuncios de la página web de PROFIM (www.profim.es). El CLIENTE, en caso de disconformidad con la modificación de las tarifas propuestas dispondrá del plazo de dos meses desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual. Transcurrido ese plazo, serán de aplicación las nuevas tarifas. No obstante, en el supuesto que dicha modificación de tarifas conlleve claramente un beneficio para el cliente, se aplicarán automáticamente. 4.2.- PROFIM podrá repercutir al CLIENTE los gastos y costes que implique la prestación del servicio contratado cuando por circunstancias operativas o de mercado fuese necesario, así como los que puedan repercutir terceros con ocasión del presente contrato, siempre que el CLIENTE haya sido informado de forma previa, y no haya mostrado objeción alguna al respecto. 4.3.- La retribución a percibir por PROFIM en contraprestación por sus servicios se incrementarán, en su caso, en el importe correspondiente a cuantos impuestos y tasas resulten de aplicación conforme a la normativa vigente en cada momento, en particular, el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A). 4.4.- La forma y plazo de pago, será la establecida en el anexo de tarifas firmado y aceptado expresamente por el CLIENTE en este contrato. 4.5.- El impago de cualquier cantidad económica por parte del CLIENTE, facultará a PROFIM a resolver el contrato, sin perjuicio de su derecho a reclamar el importe adeudado. 4.6.- PROFIM, como consecuencia de la prestación del servicio de asesoramiento financiero, a fin de conseguir un aumento de la calidad del servicio prestado, y actuando siempre en el interés óptimo del CLIENTE, puede recibir o entregar incentivos, facilitándose más información y detalle en el tablón habilitado en su web corporativa (www.profim.es) y en la hoja explicativa sobre la POLÍTICA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE PROFIM, que ya ha recibido previamente a la firma de este documento. El CLIENTE, puede obtener información detallada en cualquier momento, durante la vigencia del contrato. 5. OBLIGACIONES DE PROFIM: Se obliga frente al CLIENTE a actuar con la diligencia debida y transparencia, en el mejor interés del CLIENTE, de forma honesta, imparcial y profesional, observando los principios establecidos en las normas de conducta para la prestación de los servicios de inversión a clientes, y en particular, con sometimiento a la normativa sectorial relativa al mercado de valores. A incorporar el presente contrato al registro existente que mantiene la compañía de conformidad con la normativa aplicable. A estos efectos, el CLIENTE autoriza que dicho contrato pueda almacenarse en su servidor seguro. D: Solicitar por escrito y con su firma las cuestiones sobre las que ha de versar el asesoramiento. Satisfacer la retribución pactada de acuerdo con el folleto de tarifas vigente y publicado por PROFIM, conforme a la modalidad de asesoramiento elegida por el CLIENTE. Facilitar y proporcionar a PROFIM la información y documentación requerida en las normas sobre prevención de blanqueo de capitales, normas de conducta aplicables a quienes presten servicios de inversión y, en particular, la información necesaria para realizar la evaluación de idoneidad en la condiciones legal y reglamentariamente establecidas. A tales efectos el CLIENTE declara y confirma en este acto que toda la información facilitada a PROFIM con anterioridad a la celebración del presente contrato, así como cualquiera otra adicional, está actualizada, es completa, exacta y veraz. Con la periodicidad legal y/o reglamentariamente establecida, confirmar a PROFIM que la información facilitada por el CLIENTE, está actualizada, es completa y exacta. Asimismo, el CLIENTE se compromete a informar con la debida inmediatez a PROFIM de cualquier cambio en sus conocimientos, experiencia en el mercado, situación financiera y objetivos de inversión. 6. INFORMACIÓN GENERAL 6.1.- El CLIENTE y demás intervinientes en su caso, son informados en este acto sobre la naturaleza y características de cada uno de los servicios ofrecidos por PROFIM, y de los riesgos inherentes a la inversión en valores mobiliarios y/o instrumentos financieros que pueden ser objeto de asesoramiento bajo el presente contrato. Con carácter específico, el servicio de asesoramiento contratado, no supone obligación de conseguir ningún tipo de resultado por parte de PROFIM, siendo siempre el CLIENTE el único responsable de la toma de decisiones que afecten a su inversión. En todo caso, las recomendaciones de PROFIM se realizan en función del perfil inversor y riesgo asumido por el propio CLIENTE a través del 4

cuestionario cumplimentado por éste (test de idoneidad), por lo que el CLIENTE exonera a PROFIM de cualquier error que pueda recaer a estos efectos como consecuencia de la inexactitud de los datos contenidos en dicho cuestionario. 6.2.- PROFIM, no responderá de la pérdida de valor o liquidez de los valores mobiliarios y/o instrumentos financieros que componen la cartera de inversión del CLIENTE objeto de asesoramiento. 6.3.- En caso de existencia de varios titulares, PROFIM, podrá evaluar la idoneidad del titular con mayor experiencia, lo que expresamente se acepta por todos los intervinientes. 6.4.- La información obtenida de las diferentes fuentes por PROFIM para el desarrollo de sus informes de análisis y asesoramiento, se considera fiable y, aunque se han realizado los mejores esfuerzos y tareas adecuadas para que la misma no sea incorrecta, inexacta, incierta e inequívoca en el momento de su emisión, PROFIM no garantiza que sea exacta y completa, razón por la cual, no debe confiarse en ella como si lo fuera. Los informes no suponen una invitación a la compra-venta de instrumentos financieros. Cualquier decisión de compra-venta por parte del CLIENTE que afecte a sus inversiones es personal del propio CLIENTE y debería siempre adoptarse teniendo en cuenta la información pública existente y, en su caso, la posible fluctuación y variación del precio definitivo antes de su compra o venta, vigencia y demás condiciones legales aplicables, y con carácter especial, teniendo en cuenta el contenido del folleto legal que debe estar registrado y disponible en la CNMV (también disponible en Sociedad Rectora del Mercado correspondiente, y directamente a través de las entidades comercializadoras y las emisoras de los citados instrumentos financieros, estas últimas, responsables de la información que figura en dicho folleto). 6.5.- PROFIM no garantiza un resultado concreto, e informa, que los aciertos en recomendaciones pasadas no implican aciertos en recomendaciones futuras, y que las rentabilidades históricas o pasadas de las inversiones no garantizan rentabilidades o resultados futuros. Se informa expresamente al CLIENTE por medio del presente contrato, que cualquier inversión en instrumentos financieros entraña riesgos que el inversor debe conocer previamente, tales como la pérdida de la inversión realizada. 7. RESPONSABILIDADES 7.1.- El CLIENTE exonera a PROFIM de cualquier daño o perjuicio que pueda sufrir por caso fortuito, causa de fuerza mayor o por suspensión, interrupción y/o la volatilidad típica de los mercados financieros. Asimismo, serán de cuenta del CLIENTE los daños y perjuicios causados a PROFIM por error u omisión en la comunicación de datos que afecten a su clasificación como CLIENTE y su evaluación de idoneidad, con especial mención a sus datos personales o patrimoniales, o de terceros en cuya representación opere, y muy especialmente si se trata de datos con trascendencia tributaria, según lo dispuesto en la legislación especial sobre la materia. 7.2.- PROFIM queda exonerada de toda responsabilidad, respecto a situaciones y hechos ajenos a su voluntad, y en particular respecto a la caída de los sistemas informáticos y de los sistemas de telecomunicaciones y comunicaciones electrónicas, los fallos, retrasos o errores en la transmisión de datos, las pérdidas o daños que pueda sufrir el CLIENTE o un tercero por posibles interrupciones o retrasos del servicio cuando sean por motivos ajenos al control de PROFIM, y en cuanto a las decisiones de inversión adoptadas por el CLIENTE, de manera específica PROFIM no responderá de la garantía, seguridad o liquidez de los valores mobiliarios objeto de asesoramiento y tampoco de la información, garantía o solvencia de la sociedad emisora de los mismos. 7.3.- PROFIM no asume responsabilidad alguna por los errores que la información suministrada por terceros pudiera contener, y en particular, no asume responsabilidad alguna por cualquier pérdida patrimonial o perjuicio (directo o indirecto) del CLIENTE que haya hecho un uso indebido de la información suministrada. Dicha información no deberá ser considerada como una invitación a la compra-venta de instrumentos financieros. PROFIM declina cualquier responsabilidad por los errores que pudiera contener la citada información, así como aquellos otros que pudieran cometer, las entidades gestoras de los fondos de inversión, y demás entidades responsables, como por ejemplo, los emisores de los instrumentos financieros objeto de análisis y asesoramiento. 8. CONFIDENCIALIDAD La información recibida y enviada entre el CLIENTE y PROFIM se considera confidencial. La información no podrá destinarse a un fin diferente del previsto en este contrato. La información y asesoramiento emitida por PROFIM con motivo de este Contrato, no podrá ser objeto de comercialización, venta, distribución, copia, reproducción y difusión por cualquier medio, reservándose PROFIM en caso contrario, las acciones legales que correspondan y la reclamación de indemnización de daños y perjuicios que pudiera derivarse de este incumplimiento. 5

9. POLITICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 9.1.- En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, que aprueba su Reglamento de desarrollo, el CLIENTE y los demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) queda(n) informado(s) de forma expresa e inequívoca de que la totalidad de datos de carácter personal que nos proporcione(n) por cualquier medio durante la presente relación contractual, serán incorporados a ficheros, automatizados o no, titularidad de PROFIM, debidamente inscritos en el Registro General de Protección de Datos, con la finalidad de mantener la presente relación contractual. PROFIM, como Responsable de los mismos, los tratará con total confidencialidad y seguridad, de conformidad con la normativa vigente. 9.2.- Los datos identificativos, los referentes a su actividad profesional y la de los demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) así como todos los datos de contacto cuyo carácter obligatorio se establezca expresamente y cualesquiera otros que puedan ser exigidos por la normativa aplicable son obligatorios y la negativa a suministrarlos supondrá la imposibilidad de celebrar el contrato. Los restantes datos que puedan solicitarse son voluntarios, por lo que el hecho de no facilitarlos no impedirá el establecimiento de la relación contractual. Los destinatarios de dichos datos serán los departamentos comerciales y técnicos de PROFIM, quienes están sujetos al más estricto deber de secreto y confidencialidad, el cual subsistirá con carácter indefinido, aún finalizada su relación contractual con PROFIM. 9.3.- El CLIENTE y, según corresponda, demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) se comprometen a que todos los datos personales que faciliten a PROFIM durante la presente relación contractual y comercial serán correctos, completos, exactos, y actualizados y que, en todo momento, responderán a su situación actual. Asimismo, se comprometen a comunicar a PROFIM cualquier modificación en sus datos personales con carácter inmediato, de forma que los citados datos figuren permanentemente actualizados en los ficheros de PROFIM. Mientras no exista una notificación a PROFIM relativa a un cambio en los mencionados datos, el CLIENTE y demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados), aceptan la plena validez y eficacia de cualquier notificación remitida por PROFIM a la(s) dirección(es) postal(es), correo(s) electrónico(s), teléfono(s) o fax que figure en los ficheros de PROFIM, para las finalidades del presente contrato, y en su caso, de comercialización y publicidad de servicios propios o de terceros. 9.4.- Los datos personales recabados serán los estrictamente necesarios para llevar a cabo la prestación contractual y serán tratados exclusivamente para aquellas finalidades que guarden relación directa con el mantenimiento, desarrollo y control de la relación contractual y/o comercial. Mediante la firma del presente contrato Ud. y los demás intervinientes en el presente contrato (incluidos los autorizados) consienten expresamente el tratamiento de sus datos personales para las finalidades indicadas, así como para 1. Que PROFIM pueda adecuar sus ofertas comerciales a su(s) perfil(es) particular(es) y pueda realizar, en su caso, modelos valorativos. 2. Que PROFIM le(s) remita comunicaciones publicitarias o promocionales, incluidas las electrónicas, a los efectos del artículo 21 de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información, con la finalidad de mantenerle(s) informado(s) sobre los productos y servicios de PROFIM que puedan resultar de su interés. 3. Para realizar encuestas de satisfacción del cliente así como control interno de calidad para lo que, en determinadas ocasiones, podremos grabar las conversaciones telefónicas que mantengamos con Ud., o con los demás intervinientes, de lo cual Ud. será previamente advertido. Todo ello sin perjuicio del derecho del(os) afectado(s) de manifestar expresamente su negativa al tratamiento o a la comunicación de sus datos personales no directamente relacionados con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual, en los términos señalados posteriormente. 9.5.- El CLIENTE y demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) autoriza(n) expresamente a PROFIM a que pueda comunicar los datos relativos al impago de cualquiera de sus obligaciones dinerarias en el término previsto para ello, a los ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias, siempre que se cumplan los requisitos previstos en el artículo 38 del Reglamento 1720/2007. 9.6.- El CLIENTE y demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) autoriza(n) expresamente que sus datos puedan ser cedidos a la(s) entidad(es) bancaria(s) colaboradora(s), exclusivamente para las finalidades previstas en este contrato. Esta aceptación y autorización es de carácter revocable, sin efectos retroactivos, conforme a lo que disponen los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, y para revocar dicho consentimiento se podrán dirigir por escrito firmado junto con una copia de su documento de identidad, al departamento responsable del fichero automatizado de PROFIM, sito en la C/ Juan de Mena, N º 19 de Madrid.(C.P. 28014). 9.7.- y demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados) podrá(n) ejercitar en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales, así como oponerse al tratamiento de los mismos con fines promocionales, remitiendo una comunicación escrita, adjuntando copia de su DNI, a la siguiente dirección C/ Juan de Mena 19, Madrid, 28014 o bien a través de la siguiente dirección de correo electrónico: profim@ profim.es 9.8.- El CLIENTE y demás intervinientes en el presente Contrato, (incluidos los autorizados), queda(n) informado(s) que PROFIM, en virtud de la normativa reguladora de la prevención del blanqueo de capitales y otras actividades ilícitas, podrá comunicar sus datos personales a las autoridades competentes, con la finalidad de cumplir con sus obligaciones legales. 9.9.- En caso de que el CLIENTE facilite a PROFIM datos de carácter personal de terceros, deberá contar siempre con su previo consentimiento para ello, formulado de forma expresa y escrita, siendo el CLIENTE el único responsable tanto frente a PROFIM como frente a terceros, por los datos que facilite. 6

El presente contrato, además de por las causas ya mencionadas y generales previstas en la ley, podrá resolverse ante el incumplimiento grave de las obligaciones por cualquiera de las partes que deberá ser notificado por escrito de una parte a la otra con una antelación mínima de dos meses a la fecha prevista para su término; la imposibilidad legal o sobrevenida que impida la prestación efectiva de los servicios; la disolución de PROFIM o del CLIENTE (si es persona jurídica), y/o fallecimiento u otras circunstancias que afecten a su capacidad de obrar (si es persona física). La renuncia o desistimiento unilateral del contrato por el CLIENTE antes de su término natural no da derecho a reembolso de la cuota satisfecha. 11. CESIÓN/MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 11.1.- Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones del presente contrato, salvo en los supuestos de transformación, fusión o escisión de PROFIM, bastando la comunicación escrita en estos supuestos al CLIENTE. Los servicios de PROFIM, son nominativos e intransferibles. 11.2.- El presente contrato, podrá ser modificado por PROFIM atendiendo a requerimientos legales, y necesidades del mercado, así como por cuestiones de índole técnica, operativa u organizativa, previa información al CLIENTE, quien dispondrá de quince días naturales para mostrar su disconformidad y/o desistir o cancelar el contrato sin coste, excepto cuando se trate de una exigencia legal, que surtirá efectos automáticos. 11.3.- Si alguna/s de las clausulas que regulan este contrato fuera/n declarada/s nula/s por la autoridad competente, el resto de su clausulado permanecerá en vigor y aplicable a todos los efectos. 12. LEGISLACIÓN Y FUERO 12.1 Resultará de aplicación a este contrato la legislación española. 12.2 Ambas partes, con renuncia expresa a la jurisdicción y fuero que por ley pudiera corresponderles, designan los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para la resolución de cuantas divergencias o conflictos pudieran surgir durante la vigencia de este contrato en su aplicación y/o interpretación. 12.3 La entidad cuenta con un Servicio de Atención al Cliente (S.A.C.), al que necesariamente deberá remitir el CLIENTE cualquier reclamación con carácter previo a su formulación ante la C.N.M.V., o cualquier otra autoridad competente. 13. PLURALIDAD DE TITULARES/AUTORIZADOS Cuando varias personas físicas sean titulares de un servicio se entenderá que se suscribe en nombre y por cuenta de todos los demás titulares. Todas aquellas personas físicas que aparezcan en este Contrato como titulares, se obligan solidariamente en derechos y obligaciones, pudiendo PROFIM dirigirse a cualquiera de ellos de modo indistinto en caso de incumplimiento. Podrá designarse por una persona autorizada a los solos efectos de recibir la información/documentación que PROFIM deba enviar al CLIENTE, debiendo suscribirse el formulario de autorización correspondiente, donde se especifica la identidad y aceptación de la persona autorizada. Todas las partes intervinientes en este Contrato, se obligan a aportar su DNI/NIF en vigor, así como la documentación necesaria y exigible conforme a la legislación vigente (incluido el autorizado). 14. CLÁUSULA FINAL Las partes, una vez leído el presente contrato, en señal de aceptación y conformidad con su contenido lo firman por duplicado ejemplar en el lugar y fecha al inicio indicados. 7