SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA DE



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2. Se entenderá que concurre la nota de excepcionalidad en los siguientes supuestos:

Transcripción:

SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA DE CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR, PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS DEL RECINTO FERIAL DE IFEMA. EXP. 13/003 2000008085 DIRECCIÓN DE COMPRAS Madrid, junio de 2012 publicitaria e institucional 1

CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DE PLIEGO DE BASES EXP. 13/003 2000008085 A- DENOMINACIÓN DEL SERVICIO.- SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA DE CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR, PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS DEL RECINTO FERIAL DE IFEMA. B- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE CONTRATACIÓN.- PROCEDIMIENTO ABIERTO. C- PERIODO DE CONTRATACIÓN.- LA DURACIÓN DEL CONTRATO SERÁ DE DOS AÑOS, DESDE EL 1 DE ENERO DE 2013 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 CON POSIBILIDAD DE PRÓRROGAS ANUALES POR UN PERIODO DE MÁXIMO DE 2 AÑOS ADICIONALES, MEDIANTE ACUERDO MUTUO ENTRE LAS PARTES MANIFESTADO POR ESCRITO CON 5 MESES DE ANTELACIÓN A LA FINALIZACIÓN DEL MISMO. D- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.- EXISTEN DOS LOTES DE CONTRATACIÓN, CUYOS PRESUPUESTOS DE LICITACIÓN SON LOS SIGUIENTES: LOTE 1: CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR: 644.125,22 euros IVA EXCLUIDO. LOTE 2: CARTELERÍA Y ROTULACIÓN PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS: 292.373,98 euros IVA EXCLUIDO. E- FORMA DE PAGO.- MEDIANTE TRANSFERENCIA, CONFIRMING O CHEQUE CON VENCIMIENTO A 60 DÍAS DESDE LA FINALIZACIÓN DEL SERVICIO. F- GARANTÍAS.- GARANTÍA PROVISIONAL.- 3% DE LOS PRESUPUESTOS DE LICITACIÓN DE CADA LOTE, SEGÚN DETALLE DEL APARTADO 9 GARANTÍAS PROVISIONALES. GARANTÍA DEFINITIVA.- 5% DE LOS PRESUPUESTOS DE LICITACIÓN DE CADA LOTE, SEGÚN DETALLE DEL APARTADO 10 GARANTÍAS DEFINITIVAS. publicitaria, institucional y de stands 2

Í N D I C E PÁG. 1. OBJETO DEL CONTRATO... 4 2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN... 4 3. PERIODO DE CONTRATACIÓN... 4 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN... 4 5. PARTICIPANTES... 6 6. REVISIÓN DE PRECIOS... 6 7. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO... 6 8. COSTES DE SEGUROS, PORTES Y FINANCIEROS... 7 9. GARANTÍA PROVISIONAL... 7 10. GARANTÍA DEFINITIVA... 8 11. CAPACIDAD JURÍDICA Y AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR... 10 12. CONSULTAS... 14 13. PERFIL DEL CONTRATANTE... 14 14. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN... 16 15. PERIODO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS... 16 16. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS DE OFERTAS... 16 17. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO... 21 18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO... 24 19. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA... 25 20. PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES... 31 21. EXTINCIÓN DEL CONTRATO... 31 22. DATOS PERSONALES... 32 23. CONFIDENCIALIDAD... 32 24. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO... 33 25. NORMAS APLICABLES... 34 ANEXO I - DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA... 35 ANEXO II - DOCUMENTACIÓN TÉCNICA... 47 ANEXO III - PROPOSICIÓN ECONÓMICA... 70 ANEXO IV ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOPORTES... 87 ANEXO IV - CALENDARIO FERIAL... 88 publicitaria e institucional 3

SOLICITUD DE OFERTAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA DE CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR, PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS DEL RECINTO FERIAL DE IFEMA. 1. OBJETO DEL CONTRATO.- El contrato que se regirá por el presente Pliego de Bases tiene por objeto lo especificado en el encabezamiento con arreglo a las condiciones técnicas unidas al expediente y que se dan por reproducidas y se consideran como parte integrante del presente Pliego. Los Pliegos de Bases y, en su caso, los Pliegos Técnicos, revestirán carácter contractual, por lo que la presentación de ofertas implicará ACEPTACIÓN INCONDICIONADA y conocimiento pleno del ofertante del contenido total de dichas cláusulas así como de las Instrucciones Internas de Contratación sin salvedad alguna. 2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.- El contrato se adjudicará por procedimiento abierto. 3. PERIODO DE CONTRATACIÓN.- La duración del contrato será de dos años, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014 con posibilidad de prórrogas anuales por un periodo de máximo de 2 años adicionales, mediante acuerdo mutuo entre las partes manifestado por escrito con 5 meses de antelación a la finalización del mismo. 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.- Los presupuestos máximos de licitación para cada uno de los lotes, y para dos años de contratación, son los siguientes: LOTE 1: SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR: 644.125,22 euros (SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICINCO EUROS Y VEINTIDOS CÉNTIMOS) IVA EXCLUIDO. publicitaria, institucional y de stands 4

LOTE 2: SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA CARTELERÍA Y ROTULACIÓN PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS: 292.373,98 euros (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS Y NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS) IVA EXCLUIDO. Estos importes máximos se basan en las estimaciones de producción, instalación, mantenimiento, y retirada de cartelería y producción de rotulación para el periodo de contratación establecido, incluyendo los márgenes legales previstos. Los importes establecidos para cada lote son máximos, por lo tanto, no serán admitidas a trámite aquellas propuestas que superen alguno de los importes indicados anteriormente. Los trabajos que los contratistas se obligan a realizar, se ajustarán a las condiciones y necesidades fijadas por los técnicos designados por IFEMA, de acuerdo con las especificaciones que figuran en el anexo II, cuyo ejemplar se reproduce íntegramente en este documento. Los trabajos a realizar incluyen, por parte de los contratistas, todos los medios, equipamiento, mano de obra directa e indirecta, herramientas, materiales, consumibles, etc, para un correcto desarrollo del servicio. La asignación de este servicio corresponderá a dos empresas, o grupos de empresas, adjudicándoles cada uno de los lotes previstos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas a través de los criterios de valoración de las ofertas. Las empresas interesadas podrán presentar oferta a uno o los dos lotes definidos en el apartado anterior, siempre y cuando cumplan las condiciones específicas que para cada uno se detallarán. Las empresas interesadas deberán presentar oferta individualizada a cada uno de los dos lotes. No se admitirán ofertas conjuntas. Cada uno de los lotes definidos anteriormente será adjudicado a una empresa diferente o grupo de empresas siguiendo el siguiente orden de preferencia en la adjudicación: Lote 1: a la mejor oferta al Lote 1, atendiendo a los criterios de valoración. Lote 2: a la mejor oferta al Lote 2, atendiendo a los criterios de valoración. publicitaria, institucional y de stands 5

Si tras la valoración de las ofertas, una misma compañía obtuviera la mayor puntuación en ambos lotes de contratación, IFEMA asignará el lote 1 a esta compañía, adjudicándole el lote 2 a la segunda mejor oferta del Lote 2. 5. PARTICIPANTES.- Pueden presentar ofertas para optar a la adjudicación, aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten capacidad técnica y profesional suficiente, conforme a lo previsto en este pliego de bases y sus anexos, para llevar a buen término todos los trabajos que se encomiendan en el presente pliego. Si varias empresas concurren mediante compromiso de constitución de una unión temporal de empresas, cada uno de los empresarios comprometidos en su constitución deberá acreditar los requisitos establecidos en la Documentación administrativa, salvo los correspondientes a la Garantía provisional, que podrán ser cumplidos complementariamente entre las empresas comprometidas en la constitución de la U.T.E. Deberán acompañar, asimismo, una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA en la que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que lo suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas. 6. REVISIÓN DE PRECIOS.- Los precios propuestos por los adjudicatarios se mantendrán fijos durante toda la vigencia del contrato. En caso de prórrogas para el año 2015, los precios unitarios ofertados serán revisados en función del 85 % del IPC general del ejercicio 2014. En caso de prórrogas para el año 2016, los precios unitarios ofertados serán revisados en función del 85 % del IPC general del ejercicio 2015. 7. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.- Las facturas - con referencia al pedido asignado por IFEMA -, deben recibirse en el Departamento de Contabilidad, en un plazo máximo de 10 días desde la finalización de la prestación de cada servicio. Una vez conformada la factura, se procederá a su pago mediante transferencia, confirming o cheque, con vencimiento a 60 días contados desde la fecha de la realización del servicio. publicitaria, institucional y de stands 6

En caso de recepcionarse las facturas en el Departamento de Contabilidad después de los 10 días autorizados, prevalecerá la fecha de recepción de éstas para el cálculo del plazo de pago. 8. COSTES DE SEGUROS, PORTES Y FINANCIEROS.- Los precios ofertados que figurarán en el pedido se entenderán netos y por ello libres de costes de portes, seguros y embalajes, que en caso de haberlos, correrían a cargo del adjudicatario con la sola excepción de condiciones particulares pactadas y aceptadas de mutuo acuerdo de forma expresa y escrita. 9. GARANTÍAS PROVISIONALES.- Los ofertantes deberán incorporar en el sobre de Documentación Administrativa, el documento acreditativo de haber constituido a disposición de IFEMA unas garantías provisionales por importe del 3% de los presupuestos de licitación de cada lote, que ascienden a las siguientes cantidades: - LOTE 1: 19.323,75 euros. - LOTE 2: 9.358,95 euros. Las garantías podrán depositarse en metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución, o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. Si se constituyera mediante aval bancario o seguro de caución, deberán utilizase los modelos que figuran como ANEXO del presente Pliego, que igualmente deberán incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. La garantía provisional deberá estar constituida antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. Cuando se preste en metálico, se entenderá constituida cuando el ingreso (por el importe total exigido en concepto de garantía) tenga efectiva entrada en la cuenta bancaria de IFEMA antes del vencimiento del plazo de presentación de ofertas. publicitaria, institucional y de stands 7

La garantía provisional, será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, salvo en el caso del adjudicatario, a quien se le retendrá hasta que constituya la garantía definitiva. La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. Se incautará la garantía provisional a aquellos licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Se entenderá injustificada, entre otras, la retirada que pretenda fundamentarse en error en la formulación de la oferta. En todo caso la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación provisional y de la proposición del adjudicatario provisional hasta su elevación a definitiva. La garantía provisional le será retenida hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. 10. GARANTÍAS DEFINITIVAS.- 1.- Los contratistas deberá prestar una garantía definitiva por importe del 5% del presupuesto de licitación de cada lote del que resulte adjudicatario, que ascienden a las cantidades de: - LOTE 1: 32.206,25 euros. - LOTE 2: 15.598,25 euros. Estas garantías podrán constituirse en cualquiera de las formas admitidas para la garantía provisional es decir metálico, aval bancario o contrato de seguro de caución o mediante cualquiera de los medios previstos en las normas de contratación pública. Si la garantía se presta en metálico, deberá ingresarse en la cuenta corriente número: 0049 2222 51 1510001900 abierta a nombre de IFEMA, indicando el procedimiento selectivo mediante la cita, al menos, del número de expediente de contratación. El resguardo acreditativo del ingreso, en original o copia compulsada ante Notario deberá incorporarse al sobre de Documentación Administrativa. publicitaria, institucional y de stands 8

Estas garantías deberán constituirse en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acuerdo de adjudicación, acreditando, mediante comparecencia en el Departamento de Tesorería de IFEMA, la constitución de la misma, así como del pago de los anuncios, con la exhibición de sus justificantes. Si el contratista no cumpliese la referida obligación en el plazo citado, IFEMA podrá resolver el contrato incautando la garantía provisional y exigiendo del contratista el abono de los daños y perjuicios causados. 2.- La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos: - De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, cuando aquéllas no puedan deducirse del pago de las facturas recibidas del mismo. - De la pérdida que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo, sin perjuicio del derecho de IFEMA al resarcimiento, además, de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasionara a la misma con motivo de la ejecución del contrato, en lo que exceda del importe de la garantía definitiva incautada. - De los gastos originados por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios causados por el contratista en supuestos de incumplimiento del mismo, sin resolución del contrato. 3.- Cuando como consecuencia de la modificación del contrato experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo señalado en el apartado 1 anterior contado desde la fecha en la que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, para que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de su modificación. De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al contratista, IFEMA podrá declarar resuelto el contrato por culpa del contratista, con incautación de la garantía definitiva e indemnización además, en lo que exceda del importe de la garantía incautada, de los daños y perjuicios causados. 4.- La garantía definitiva deberá permanecer vigente durante toda la vida del contrato y hasta su completa extinción, incluido el periodo de garantía si lo hubiere. La garantía será liberada dentro del plazo de dos meses contados a partir de esa fecha. La devolución se producirá mediante la puesta a disposición del licitador, en el departamento de Tesorería de IFEMA del documento acreditativo de la garantía constituida, o mediante la devolución a través de cheque nominativo del importe en publicitaria, institucional y de stands 9

metálico depositado (opcionalmente se podrá realizar una transferencia bancaria, en el caso de designación de una cuenta bancaria nominativa cuyo único titular sea el licitador siempre que así se comunique a IFEMA de manera fehaciente, mediante certificación de la entidad bancaria). La persona que pretenda hacerse cargo de tales documentos, deberá acreditar poder suficiente a tal fin. 11. CAPACIDAD JURÍDICA Y AUSENCIA DE PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR.- 11.1.- Están facultadas para contratar con IFEMA las personas físicas o jurídicas españolas o extranjeras, que gozando de capacidad jurídica o de obrar, no se hallen incursas en ninguna de las circunstancias de incompatibilidad o incapacidad que, a continuación, se mencionan: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina de mercado, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de publicitaria, institucional y de stands 10

Impacto Ambiental; en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos; en el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen. e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar al órgano competente para la clasificación la variación en las circunstancias que se hubieran tenido en cuenta para concederla cuando pueda dar lugar a su revisión y la obligación de comunicar al Registro de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado cualquier variación sobre los datos en él reflejados. f) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma. La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas. La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal. publicitaria, institucional y de stands 11

Concurrirá causa de incompatibilidad para contratar en relación con aquellas empresas privadas de cuyos consejos de administración u órganos rectores formen parte el Director General o alguno de los miembros del Equipo de Dirección de IFEMA, o sus cónyuges o demás personas en los términos señalados en el párrafo anterior. g) Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo. h) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. i) Sin perjuicio de la posibilidad de presentar variantes en los términos en los que, en su caso, se prevea en el presente Pliego, haber presentado más de una oferta para la contratación, o haber suscrito propuesta en agrupación temporal con otros OFERTANTES si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una agrupación temporal. j) Estar vinculadas a persona física o jurídica, nacional o extranjera, que tenga un contrato en vigor con IFEMA y cuya realización esté relacionada con el objeto de la nueva contratación, desde el punto de vista de vigilancia, supervisión, control o dirección de la ejecución del contrato. Se entiende por empresa vinculada a otra, aquella en la que el CONTRATISTA pueda ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante o puedan ejercerla sobre él. Se presumirá que existe influencia dominante cuando el CONTRATISTA, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones: - Posea la mayoría de los derechos de voto. - Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración. publicitaria, institucional y de stands 12

- Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto. - Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. A los efectos de este apartado, a los derechos de voto de la entidad dominante se añadirán los que posea a través de otras sociedades dependientes o a través de personas que actúen en su propio nombre pero por cuenta de la entidad dominante o de otras dependientes o aquellos de los que disponga concertadamente con cualquier otra persona k) Haber incumplido las obligaciones impuestas al empresario por los acuerdos de suspensión de las clasificaciones concedidas o de la declaración de inhabilitación para contratar con cualquiera de las Administraciones públicas. l) Si se trata de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, no hallarse inscritos, en su caso, en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos. m) Haber sido sancionado como consecuencia del correspondiente expediente administrativo en los términos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. n) No hallarse, en su caso, debidamente clasificadas o no acreditar la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas. publicitaria, institucional y de stands 13

11.2.- Si IFEMA tuviese conocimiento de alguna de estas circunstancias con posterioridad a la celebración del contrato, o si la vinculación antes aludida se produjese a lo largo del desarrollo de éste, IFEMA podrá resolverlo dejándolo sin efecto, con derecho a exigir del empresario el resarcimiento de daños y perjuicios que haya podido causar. 11.3.- Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición, bastanteados por la Secretaría General de IFEMA (Tfno.: 91 722 51 19 /23), a cuyo efecto deberán ser presentados, concertando cita previa, en la citada Secretaría con una anticipación mínima de 48 horas a la entrega del pliego de proposición. El representante responderá de la vigencia y eficacia de sus facultades y de que están subsistentes y no han sido modificadas, ni revocadas. 11.4. El contrato se otorgará con una sola persona o entidad. No obstante, podrá concertarse con dos o más personas o entidades siempre que la oferta la hubieran formulado conjuntamente y en ella se incluya (i) el porcentaje de participación de cada una de ellas en el contrato de resultar adjudicatarios, (ii) una declaración expresa por la que se obliguen solidariamente frente a IFEMA y (iii) la designación de un representante o apoderado único con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato, y cuyas decisiones vincularán a los partícipes. Dicho representante o apoderado único será el interlocutor de IFEMA en todo lo que atañe al contrato. 12. CONSULTAS.- Todos los ofertantes podrán formular por escrito, hasta las 12:00 h. del día 9 de julio de 2012, cuantas aclaraciones precisen, remitiendo la solicitud de las citadas aclaraciones al número de fax: 91.722.53.18, y confirmando su correcta recepción al teléfono: 91.722.50.75, o bien entregándolas por escrito directamente en la Dirección de Compras de IFEMA. IFEMA, tras la finalización del mencionado periodo, procederá a publicar en el Perfil del Contratante, www.ifema.es, apartado Concursos y Licitaciones, las consultas realizadas y las correspondientes contestaciones de IFEMA. 13. PERFIL DEL CONTRATANTE.- En la página web de IFEMA (www.ifema.es, apartado de Concursos y Licitaciones) podrá consultarse el perfil del contratante de IFEMA en el que se incluirán cualesquiera datos e informaciones referentes a este concurso y, en particular, las modificaciones y correcciones de erratas que afecten a este Pliego, las consultas planteadas por los licitadores y la adjudicación del contrato. Sin perjuicio de lo publicitaria, institucional y de stands 14

anterior, la adjudicación provisional y su elevación a definitiva se notificarán también personalmente al interesado. La publicación de cualquier información general en el perfil del contratante produce plenos efectos desde el momento de su publicación. 14. PROPOSICIÓN Y DOCUMENTOS. PLAZO DE PRESENTACIÓN.- Esta documentación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser revisada o retirada en el perfil del contratante (www.ifema.es, apartado Concursos y Licitaciones), a partir del día 27 de junio de 2012 hasta el día 17 de julio de 2012, ambos inclusive. Hasta las 13:00 horas del día 17 de julio de 2012, podrán entregarse las proposiciones y la documentación adjunta en el Registro General de IFEMA (Tfno.: 91 722 51 20/21), ubicado en el despacho 312 la tercera planta del Edificio de Oficinas de IFEMA. La citada documentación deberá presentarse en sobres precintados, debiendo indicar en el anverso del sobre: At: Dirección de Compras Expediente: 12/003 2000008085 SERVICIO DE PRODUCCIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y RETIRADA DE CARTELERÍA Y ROTULACIÓN INTERIOR, PUBLICITARIA E INSTITUCIONAL Y DE STANDS DEL RECINTO FERIAL DE IFEMA. Documentación/Proposición:... Presentado por:... Las proposiciones podrán, asimismo, remitirse por correo certificado urgente con acuse de recibo dentro del plazo de presentación de ofertas, si bien el licitador deberá justificar la imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (91.722.53.18 Dirección de Compras) o telegrama en el mismo día. Transcurridos, no obstante, tres días naturales sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso, aunque se reciba efectivamente con posterioridad. publicitaria, institucional y de stands 15

Sobre núm. 1.- Documentación Administrativa.- Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y habrá de contener la documentación recogida en el ANEXO I. Los mencionados documentos deberán presentarse originales o copias auténticas, acompañados de fotocopia simple. Sobre núm. 2.A.- Documentación Técnica. LOTE 1. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante. El contenido de la propuesta técnica del LOTE 1, con el detalle y la documentación obligatoria que deberá acompañar a la misma se fija en el ANEXO II. Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (CD, USB,etc) en formato PDF. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático. Sobre núm. 2.B. - Documentación Técnica. LOTE 2. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante. El contenido de la propuesta técnica del LOTE 2, con el detalle y la documentación obligatoria que deberá acompañar a la misma se fija en el ANEXO II. Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (CD, USB,etc) en formato PDF. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático. El ofertante deberá indicar en el anverso del sobre técnico, el lote al que se presenta, teniendo en cuenta que podrá presentarse a uno o a los dos lotes previstos para el citado concurso. La documentación deberá presentarse de forma completamente independiente y separada, bajo los epígrafes: LOTE 1 o LOTE 2. publicitaria, institucional y de stands 16

Sobre núm. 3.A. - Proposición Económica. LOTE I. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y contendrá la oferta y detalle económico correspondiente al LOTE I, de conformidad con el modelo -4- y la ficha A- del ANEXO III. Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (CD, USB,etc) en formato PDF. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático. Sobre núm. 3.B. - Proposición Económica. LOTE II. Incorporará la firma de la persona que represente legalmente al ofertante y contendrá la oferta y detalle económico correspondiente al LOTE II, de conformidad con el modelo -5- y las fichas B1 y B2- del ANEXO III. Se deberá presentar un original de la citada documentación en papel y una copia en soporte informático (CD, USB,etc) en formato PDF. El ofertante deberá tener en cuenta que ante discrepancias en la documentación facilitada, la documentación presentada en papel prevalecerá sobre la copia en soporte informático. El ofertante deberá indicar en el anverso del sobre de la proposición económica el lote al que se presenta, teniendo en cuenta que podrá presentarse a uno o los dos lotes previstos para el citado concurso y entendiendo que la asignación de este servicio corresponderá a dos empresas, o grupos de empresas, a criterio de IFEMA. Por esa razón, las propuestas tendrán carácter individual. La documentación económica deberá presentarse de forma completamente independiente y separada, en sobres bajo los epígrafes: LOTE 1 y LOTE 2. Las proposiciones que se aparten de los modelos incluidos en este Pliego serán rechazadas. publicitaria, institucional y de stands 17

IDIOMA Todos los documentos que conforman las propuestas tienen que ser presentados en idioma castellano. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al castellano. 15. PERIODO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS.- Las ofertas presentadas tendrán un periodo de validez de tres meses. 16. APERTURA DE OFERTAS Y CALIFICACIÓN DE OFERTAS.- 16.1.- Apertura de las proposiciones económicas: La Comisión de Compras y Contratación se reunirá con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de ofertas y revisará la documentación presentada en el sobre 1 DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, decidiendo sobre la admisión de las proposiciones y concediendo, un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de carencias en la documentación. En ningún caso podrá otorgarse plazo de subsanación para permitir el cumplimiento material tardío de requisitos impuestos al licitador. La fecha y hora del acto público de apertura de las proposiciones técnicas se comunicará oportunamente en el Perfil del Contratante de IFEMA. Este acto se celebrará en el edificio de oficinas de IFEMA, sala de Comisión de Compras y Contratación en la planta -1, comenzando con la lectura del anuncio y de la relación de las proposiciones presentadas. Después se notificará el resultado de la revisión de los documentos del sobre 1, DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, con expresión de las proposiciones admitidas y rechazadas, y la causa de su inadmisión. A continuación se realizará la apertura del sobre 2 (Documentación técnica subjetiva), y se levantará la oportuna acta con las observaciones que se formulen. En el acto público de apertura no se admitirá la presentación de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o, en su caso, durante el plazo otorgado para la subsanación de defectos. La documentación técnica será valorada con carácter previo a la apertura del sobre 3 OFERTA ECONÓMICA. Previa convocatoria que se anunciará en el Perfil del Contratante, se procederá a la apertura en acto público de la documentación del sobre 3. Antes de su apertura y en el mismo acto público, se expondrán las puntuaciones obtenidas en la propuesta técnica de carácter subjetivo (sobre 2) por los licitadores admitidos. publicitaria, institucional y de stands 18

Seguidamente o en un momento posterior, la Comisión de Compras y Contratación realizará su informe final de propuesta de adjudicación. Dicho informe versará sobre los criterios de adjudicación reseñados en este Pliego y según el baremo que se incluye en el mencionado apartado 17.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO- La Comisión de Compras y Contratación, de conformidad con el acta de apertura y el informe final de propuesta de adjudicación, elevará dicha propuesta al Órgano de Contratación, que tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o declarar desierto el concurso, en los términos señalados en este Pliego. Pueden ser rechazadas las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen del modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, así como cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. La Comisión de Compras y Contratación podrá requerir cualquier aclaración de la documentación presentada por alguno de los ofertantes con el carácter fehaciente que considere necesario, para una mayor comprensión y adecuada valoración de las ofertas presentadas. La Comisión de Compras y Contratación, atendiendo a criterios técnicos y/o económicos, podrá considerar temerarias aquellas propuestas que por sus características así se deban de entender, al no corresponder su valoración con la evaluación mínima de costes para desarrollar el servicio con garantías suficientes. Todo ello de acuerdo con los siguientes cálculos que se realizarán una vez abiertas las ofertas económicas: 16.2.- Ofertas desproporcionadas o temerarias: De las ofertas admitidas se podrán considerar desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: - Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. - Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. publicitaria, institucional y de stands 19

- Cuando concurran tres licitadores, las ofertas admitidas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. - Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas admitidas. No obstante, si existieran ofertas superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará considerando las tres ofertas de menor cuantía. - Aquella oferta cuya baja en relación al presupuesto tipo sea superior a 25 unidades porcentuales. En el caso de presentarse una oferta que, de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente pueda ser considerada desproporcionada a criterio de la Comisión de Compras y Contratación y, previamente a su consideración definitiva como desproporcionada o temeraria, se solicitarán al ofertante los informes complementarios que especifiquen las circunstancias por las cuales considera el ofertante que la proposición presentada puede ser cumplida en los términos ofertados. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la Comisión de Compras y Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada. Para el caso de que, a la luz de los informes complementarios presentados, la oferta considerada inicialmente como desproporcionada o temeraria resulte finalmente la adjudicataria, será condición necesaria la constitución por el adjudicatario de una garantía definitiva del 20 % del importe de la adjudicación. 16.3.- Calificación y adjudicación. La Comisión de Compras y Contratación podrá requerir cualquier aclaración de la documentación presentada por alguno de los ofertantes con el carácter fehaciente que considere necesario, para una mayor comprensión y adecuada valoración de las ofertas presentadas. publicitaria, institucional y de stands 20

La Comisión de Compras y Contratación realizará informe final de propuesta de adjudicación. Dicho informe versará sobre el criterio de adjudicación reseñado en este Pliego y según el baremo que se incluye en el mencionado apartado 17 - CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO-. La Comisión de Compras y Contratación, de conformidad con el acta de apertura y el informe final de propuesta de adjudicación, elevará dicha propuesta al Órgano de Contratación, que tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, sin atender necesariamente al valor económico, o declarar desierto el concurso. 17. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.- El ofertante deberá acompañar, toda la documentación que considere oportuna relacionada con los criterios de evaluación que se fijan en este apartado, para una correcta valoración de los mismos. La ausencia de información impedirá la posibilidad de valoración. Los criterios y su ponderación que servirá de base para la adjudicación de cada uno de los lotes, serán los siguientes: CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN: CRITERIOS OBJETIVOS (700 PUNTOS) BASE 1000 A. PROPUESTA ECONÓMICA... 0-700 La valoración se realizará mediante la utilización de la siguiente fórmula matemática: M x Min Y = ---------------------- X Siendo para este caso: publicitaria, institucional y de stands 21

Y: puntuación de la oferta económica que se valora M: máxima puntuación a otorgar. X: oferta económica a valorar. Min: la menor oferta económica. Se asigna la máxima puntuación a la menor oferta económica. La valoración del resto de ofertas se calculará según la fórmula matemática anterior. Se valorarán con cero puntos a aquellas proposiciones económicas que coincidan con presupuesto base de licitación incorporado en el pliego de condiciones. CRITERIOS SUBJETIVOS (300 PUNTOS) B. MEDIOS HUMANOS Y TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DEL SERVICIO... 0-150 - Características técnicas y adecuación de los medios técnicos propuestos para la ejecución del servicio... 0-75 Se valorarán las características técnicas y su adecuación a las necesidades del servicio de los medios técnicos que el ofertante propone para el desarrollo del servicio. - Disponibilidad y adecuación de los medios humanos propuestos para la ejecución del servicio... 0-75 Se valorará la disponibilidad y adecuación de los medios humanos que el ofertante proponga para el desarrollo del servicio que intervengan en las tareas de preparación/adecuación/diseño, producción, montaje, mantenimiento y desmontaje. Para cada subapartado se establecen 20 niveles de valoración, entre el 5 % y el 100% de la puntuación de cada uno de ellos. C. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO... 0-150 - Propuesta de desarrollo del servicio... 0-100 Partiendo de la descripción del servicio indicada en el Anexo II del pliego de bases, se valorará la propuesta metodológica que realice el ofertante y su publicitaria, institucional y de stands 22

adecuación a cada una de las fases y tareas requeridas en el objeto del contrato. - Mejora en el plazo de respuesta de producción e instalación... 0-50 Teniendo en cuenta los plazos generales expresados en el apartado 3.1 del Anexo II, disponibles entre envío de artes finales por parte de IFEMA al adjudicatario y la fecha de montaje, se valorarán aquellas propuestas que presenten una mejora en los plazos de producción e instalación, debiendo describir la mejora de plazos ofertada en función de cada una de las tipologías de trabajo incluidas en el servicio. Para cada subapartado se establecen 20 niveles de valoración, entre el 5% y el 100% de la puntuación de cada uno de ellos. Cada uno de los lotes definidos en el pliego de bases será adjudicado a una empresa diferente o grupo de empresas siguiendo el siguiente orden de preferencia en la adjudicación: Lote 1: a la mejor oferta al Lote 1, atendiendo a los criterios de valoración. Lote 2: a la mejor oferta al Lote 2, atendiendo a los criterios de valoración. Si tras la valoración de las ofertas, la propuesta de adjudicación recayera en la misma compañía, IFEMA adjudicaría el lote 1 a esta compañía, adjudicándole el lote 2 a la segunda mejor oferta del Lote 2. Preferencia en la adjudicación 1.- Tendrán preferencia en la adjudicación en caso de empate entre dos o más licitadores, las empresas que acrediten tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por cien del total de la plantilla siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación. Si dos o más de las empresas licitadoras que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditasen así mismo tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. publicitaria, institucional y de stands 23

A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán presentar declaración responsable al respecto de conformidad con el modelo incluido en el Anexo I En el caso de considerarlo necesario, esta Institución podrá solicitar la aportación de los documentos que acrediten lo reflejado en la Declaración Responsable relativa al personal discapacitado en plantilla en los términos y condiciones reflejados en el Modelo de Declaración Responsable incluida en el Anexo I. 2.- En aquellos casos en los que no se pueda aplicar el criterio de preferencia indicado anteriormente (por ausencia de acreditación de las circunstancias descritas o incluso por coincidencia en el número de trabajadores minusválidos) y se presentasen dos o más proposiciones que igualen en todos sus términos a la más ventajosa, se decidirá la adjudicación mediante sorteo para cuya realización se convocará a ambas partes. En el caso de no presentarse alguna de ellas, el sorteo tendrá lugar igualmente en la fecha y hora señaladas en la convocatoria. 18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.- 18.1.- El Órgano de Contratación, previa la propuesta de la Comisión de Compras y Contratación, y los informes técnicos que considere conveniente, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas, atendiendo a los criterios de valoración contemplados en este Pliego. Se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en el Departamento de Tesorería de IFEMA acreditación de haber constituido la garantía definitiva, el pago de los correspondientes anuncios, así como el resto de la documentación administrativa requerida al adjudicatario, que figura en el Anexo I del presente pliego de bases. 18.2. El Órgano Contratante adjudicará el contrato, si procediera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior. El acto de adjudicación del contrato deberá ser motivado, se notificará a los licitadores, indicándose el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato. Posteriormente, requerirá al adjudicatario para la formalización del contrato, formalización que deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores. El contrato se entenderá perfeccionado con su formalización. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el Órgano de Contratación podrá acordar la incautación sobre la publicitaria, institucional y de stands 24

garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, se hubiese exigido. 18.3.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado en los términos previstos en la Cláusula 18.1 anterior, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 19.4.- IFEMA tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa mediante los criterios establecidos para su adjudicación sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso cuando no se hayan presentado ofertas, cuando no sean admisibles o cuando, a juicio del Órgano de Contratación, motivadamente no satisfagan las necesidades de IFEMA. Con independencia de ello, IFEMA podrá desistir por razones justificadas del procedimiento de licitación inacabado y se notificará personalmente a los licitadores que hubieran presentado la oferta, acompañándoles la resolución completa por la que se adopte dicho acuerdo. 19. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- El contratista está obligado a prestar el servicio objeto del contrato y a seguir las instrucciones de IFEMA, conforme a lo dispuesto en este pliego. La reiteración en la no prestación de algunos de los servicios contratados dará lugar a la resolución inmediata del contrato y a la reclamación de los daños y perjuicios que se hubieran producido. Se considerará incumplimiento de pedido si no se cumplen cualquiera de las condiciones o garantías expresas o tácticas que figuran en el presente pliego de condiciones generales y técnicas. a) Obligaciones fiscales, laborales y sociales.- El contratista está obligado al cumplimiento de la legislación vigente, especialmente en todo lo previsto en las disposiciones en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, u otros que le sean de aplicación. A tal efecto, deberá presentar a IFEMA, aquellos justificantes oficiales que, en cada momento se le requieran (TC1, TC2, etc.). En consecuencia, la empresa contratista, como único empresario de su personal adscrito a los trabajos contratados, se compromete expresamente a cumplir, respecto del mismo, con todas las obligaciones derivadas, tanto laboral y social, como fiscal, declinando IFEMA cualquier responsabilidad a este respecto. publicitaria, institucional y de stands 25