CONFIDENCIALIDAD Aspectos ético legales. Dr. Lluís Cabré Hospital de Barcelona. SCIAS



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Transcripción:

CONFIDENCIALIDAD Aspectos ético legales Dr. Lluís Cabré Hospital de Barcelona. SCIAS

CONCEPTO Confidencialidad deriva de fidelidad Confianza que el enfermo espera dentro de la relación fundamental de la medicina, que es la relación médico paciente. Uso limitado de la información clínica y social que del paciente, tiene le personal sanitario. Privacidad = Intimidad, protección de la autoimagen fundamentalmente pública.

MARCO ÉTICO La fundamentación se basa en el mismo acto médico ya que la relación se basa en la confianza y la fidelidad Juramento hipocrático: callaré todo lo que en el ejercicio de la profesión y hasta fuera de ella pueda ver y oír, que no tenga necesidad de ser divulgado, estimando que estas cosas tienen derecho al secreto de los misterios Los derechos humanos basa la relación MP en el reconocimiento de la dignidad de la persona y respeto a la autonomía.

MARCO ÉTICO El bien común de la sociedad lo exige (principio de Justicia). La relación MP es en este caso relación M- sociedad. Beneficencia y No Maleficencia sustentan también este derecho fundamental. Límites: La seguridad de otros Bienestar público

MARCO LEGAL Derecho fundamental reconocido constitucionalmente. Integridad la intimidad física y psíquica y la confidencialidad. Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Datos sanitarios son merecedores de especial atención La ley General de Sanidad, El Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina del Consejo de Europa. Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

MARCO LEGAL La intimidad personal del usuario y su libertad precisa garantizar la confidencialidad de la información relacionada con los servicios sanitarios y la no discriminación. Titular de la información es el paciente. Aspectos relacionados con la HC

MARCO LEGAL Ley 14/2007 de investigación biomédica. Investigación distinta de los ensayos clínicos con medicamentos. Análisis genéticos Investigación con muestras biológicas de naturaleza embrionaria Biobancos Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones Ley 34/2002 Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

DATOS CONFIDENCIALES DEL PROFESIONAL DE LA SALUD El PS como paciente ostenta los mismos derechos. Problemas : Confidencialidad en el equipo interdisciplinario Acceso a la HC Baja laboral Peligro para los pacientes

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES Los PS están obligados que la información obtenida NO sea inapropiadamente difundida ni transmitida. Definir en cada caso la información sensible y susceptible de dañar a la persona en cuestión. Familiares Amigos Conocidos Allegados Información telefónica Etc..

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES Interés público del individuo Medios de difusión Autorización del mismo y límites. Efectos adversos Discusión hasta donde se debe informar o comunicar

HISTORIA CLÍNICA Motivos de acceso a la HC. Asistencial Epidemiológicos, calidad asistencial, investigación y docencia. Requerimiento judicial Tareas administrativa solo a datos relacionados. Mutuas y centros privados previa autorización del paciente. Centros concertados y traslados a otros centros libre acceso. Servicios de salud de prisiones libre accesos si sus profesionales están implicados en el proceso asistencial No tendrán acceso los servicios sociales ajenos al centro sanitario El paciente tiene derecho a su HC pero nunca sin perjuicios a terceros

HISTORIA CLÍNICA Los menores emancipados y los mayores de 16 años son titulares de derecho. Pude solicitar la HC el representante legal debidamente acreditado En caso de fallecidos se facilitará si lo solicitan, familiares allegados o miembros de unión de hecho, siempre que no exista prohibición escrita del fallecido.

HISTORIA CLÍNICA Anotaciones subjetivas: Los PS pueden oponer el derecho de acceso. Qué se entiende por anotaciones subjetivas? Circuito de HC restringido. Autorización de la Dirección Médica

RECLAMACIONES Es un derecho y al mismo tiempo se ha de preservar la confidencialidad de los implicados. Pasos a seguir: Análisis de la situación y poner en conocimiento de los implicados. Es responsabilidad del jefe de servicio o supervisora llevar la causa con la mayor discreción y preservando siempre la confidencialidad. Contestar con rapidez a la reclamación

MENOR MADURO Menor maduro: individuos menores de edad, pero con capacidad suficiente (intelectual o emocional) para involucrarse en la toma de decisiones. La mayoría de edad en sanidad de son los 16 años. Menor maduro entre los 12 y los 16 a. La IVE, la práctica de ensayos clínicos y las técnicas de reproducción humana asistida la mayoría de edad es los 18 a.

INFORMÁTICA Contrato de confidencialidad Documento de seguridad de la organización. Relación de usuarios Procedimiento de notificación y registro de incidencias. Procedimiento de controles periódicos. Barreras de seguridad para el acceso a los equipos Copias de seguridad Procedimientos para eliminar datos o documentos no válidos.

VISITA FAMILIARES EN UCI Horarios restringidos en la mayoría de UCIs españolas Conocer las preferencias de los pacientes. Potenciar la participación de la familia

ENSAYOS CLÍNICOS CI es la base ética fundamental Tienen deber de confidencialidad Promotor Investigador principal Monitor CEIC CLEC Encargado del tratamiento Sujetos del ensayo clínico

RECOMENDACIONES Confidencialidad es el derecho que tienen los pacientes a que los PS no revelen sus datos sin su autorización expresa. El respeto a la confidencialidad afecta a todo el proceso de comunicación; el titular de la información es el paciente y/o sus familiares. Los datos de sobre la salud forman parte de la intimidad de las personas y son merecedoras de una especial protección

RECOMENDACIONES II Se debe conocer las preferencias de los pacientes con respecto a las visitas. La confidencialidad incluye no dar información a persona del ámbito asistencial (propio o ajeno). No se debe dar información a los medios de comunicación. La legislación actual establece la mayoría de edad a los 16 a.

RECOMENDACIONES III El tratamiento informatizado de los datos clínicos debe asegurar la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los mismos. La base ética fundamental de la investigación clínica es el CI

DOCUMENTO DE POLÍTICA DE CONFIDENCIALIDAD La finalidad de crear un documento de política de confidencialidad del HdB responde al objetivo general de respetar la autonomía y dignidad de los pacientes ingresados, de sus acompañantes y del personal que trabaja en el Hospital de Barcelona. Este documento pretende ser el marco de referencia en todo lo relativo a la confidencialidad.

DEFINICIONES RELACIÓN SANITARIA: es la relación que se establece entre el personal sanitario y el paciente y varía según el cargo del trabajador.

DEFINICIONES SECRETO MEDICO Y CONFIDENCIALIDAD: es un deber asumido de manera compartida o derivada por todos los profesionales que participan en la relación sanitaria.

DEFINICIONES INTIMIDAD: es la esfera o ámbito más interior y reservado de una persona. Es un espacio, físico y espiritual, que pertenece al individuo de forma exclusiva y le es enteramente propio. Sólo desde la existencia de esa intimidad es posible definir y decidir cuales son las partes de uno mismo y de la propia existencia que se quieren compartir con los demás y cuales se quieren mantener reservadas y ajenas al conocimiento de otros.

DEFINICIONES Así pues, la intimidad y la privacidad pueden definirse como el derecho que compete a cualquier persona a tener una esfera reservada en la cual desenvolver su vida sin que la indiscreción ajena tenga acceso a ella.

DEFINICIONES CONFIDENCIALIDAD: señala los límites entre los cuales debe circular determinada información (íntima y privada) en una relación de confianza, como la que es propia de la relación sanitaria, con el fin último de respetar la voluntad del paciente y beneficiarle.

FUNDAMENTOS MARCO LEGAL: - Constitución española. - Ley orgánica de protección civil de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen. - Ley general de sanidad, ley reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. - Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal

FUNDAMENTOS MARCO DEONTOLÓGICO: - Código de ética y deontología del COMB. - Código de deontología de la Enfermería Española. - Código deontológico del Colegio de Fisioterapeutas de Barcelona. - Código deontológico del Colegio de Farmacéuticos.

FUNDAMENTOS Marco Ético: Los principios de autonomía, beneficencia, nomaleficencia y justicia, son los principios generales de la bioética y constituyen un marco básico y un lenguaje común para analizar y resolver los conflictos éticos en el campo sanitario. La confidencialidad, la intimidad y la privacidad se enraízan en el principio de autonomía y la libertad individual porque cada individuo por el hecho de serlo, es gestor de sus derechos y libertades.

DATOS CONFIDENCIALES EN LA RELACIÓN CLÍNICA. El titular de los datos confidenciales es el individuo y él es quién ha de decidir a quién se revelan. Los datos que definimos como confidenciales son: Los datos demográficos o de identificación Los datos médicos La historia clínica

LA HISTORIA CLÍNICA. Soporte documental de la información generada en la asistencia a un paciente. Sistematizada para poder reconstruir todo el proceso asistencial Contiene datos confidenciales de los pacientes Instrumento de comunicación entre los distintos profesionales de la salud Permite mantener una continuidad en la asistencia de los pacientes.

HISTORIA CLÍNICA. La información esta a disposición del paciente y del personal sanitario implicado en el diagnóstico y tratamiento del enfermo El personal sanitario que accede a la HC debe garantizar el derecho del enfermo a su intimidad personal y familiar y el deber de guardar secreto.

DATOS CONFIDENCIALES DEL PERSONAL DEL HdB. DATOS DE IDENTIFICACIÓN: - departamento de personal - responsables del servicio NOMBRE Y APELLIDO se facilitan al paciente en el contexto de la calidad asistencial LAS SEÑAS PROFESIONALES de los médicos son públicas y pueden consultarse en el libro de ASC

DATOS CONFIDENCIALES DEL PERSONAL DEL HdB. DATOS DE SALUD. - Cuando un trabajador está ingresado sus datos se trataran como los del resto de los pacientes. - Cuando dejan de ser pacientes, el acceso a sus datos puede estar restringido. - Seguimiento de bajas laborales son confidenciales y el acceso está restringido al Departamento de Personal y a la Dirección. - Los datos de accidentes laborales están en la Mutua patronal y en el Servicio de Prevención.

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES DEL HdB. DATOS DE IDENTIFICACIÓN: - servicios administrativos del HdB, SCIAS y ASC. - personas implicadas en la asistencia sanitaria con fines profesionales.

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES DEL HdB. DATOS MÉDICOS. El titular del derecho a la información es el propio paciente En la medida que el paciente lo permita de forma explícita o tácita, también serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho.

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES DEL HdB. La información sanitaria que se facilite a cualquier otro profesional no involucrado en la asistencia deberá tener la autorización expresa del paciente o de la persona de referencia (en caso de incapacidad del paciente). El modo en cómo se transmite esa información la determinará el médico responsable.

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES DEL HdB. LOCALIZACIÓN: La localización del paciente en el hospital no es un secreto. El censo de todo el hospital solo estará disponible en Recepción. En las UUHH solo estará el censo de la unidad y solo se dará información de las personas ingresadas en dicha unidad.

DATOS CONFIDENCIALES DE LOS PACIENTES DEL HdB. INFORMACIÓN A PACIENTES Y FAMILIARES: La información que se da a los pacientes y/o personas de referencia debe hacerse en las condiciones de privacidad más adecuadas posibles. Debe evitarse tener conversaciones sobre aspectos confidenciales de los pacientes y sus familias en lugares donde terceras personas puedan escucharlos.

ACCESO A LOS DATOS CONFIDENCIALES El paciente puede decidir quien tiene acceso a estos datos. La HC es un documento de trabajo elaborado por el personal sanitario que contiene datos confidenciales del paciente y datos de índole más profesional, como las valoraciones de los profesionales sanitarios y los razonamientos de la profesión sanitaria (se debe evitar incluir datos de índole subjetiva o personal en la HC del paciente). El acceso a la Historia Clínica debe reservarse al personal asistencial y a los trabajos de investigación.

ACCESO A LOS DATOS CONFIDENCIALES Las personas designadas por los pacientes tendrán acceso a la hoja de constantes y al resultado de las pruebas. Al resto de la HC se podrá tener acceso conjuntamente con el médico responsable.

ACCESO A LOS DATOS CONFIDENCIALES Los contactos con la prensa solo se harán a través de un comité de prensa creado específicamente para este fin y renovado en cada caso.

ACCESO A LOS DATOS CONFIDENCIALES Los pacientes que son trasladados a otros centros (trasladoconvalecencia, traslado-alta, traslado-exploraciones complementarias externas,..) llevaran consigo la documentación necesaria (informes de alta, exploraciones complementarias,..) No se dará al personal de las ambulancias.

ACCESO A LOS DATOS CONFIDENCIALES Reclamaciones: A las quejas recibidas en el Servei d Atenció al Usuari solo tendrá acceso Dirección Médica, el interesado y su inmediato superior. En ningún caso se harán públicas.

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. El Archivo de Historias es la unidad hospitalaria cuyo objetivo es la guarda y custodia de las historias clínicas generadas en el Hospital. La responsabilidad de la adecuada conservación y disponibilidad de la documentación médica recae en el Archivo de HC. El personal del Archivo controla quien accede a la historia clínica, registra todas las salidas de las HC y los motivos de consulta. El personal del archivo tiene la responsabilidad de custodiar la HC.

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. La seguridad está garantizada por una serie de barreras informáticas sucesivas que debe abrir el que consulta: identificador, clave de acceso, menú, localización, definición de tipo de caso (activo, inactivo o urgente), registro de excepciones y casos opacos. Este sistema permite rastrear quien es el usuario que ha accedido a la información.

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. Todos los usuarios deben firmar un contrato de confidencialidad. Se realiza un control de accesos a casos inactivos mensualmente por parte del responsable del servicio y verificación por parte del responsable de Documentación Clínica.

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. El Servicio de Documentación Clínica y Archivo gestiona la solicitud de copias de la documentación de la HC. Las copias pueden ser solicitadas por: - el paciente o familiar directo identificado con D.N.I. del paciente. - Médico responsable. - Otros centros sanitarios. - Juzgado

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. La revisión de HC se hará preferentemente en el Archivo del Hospital Cuando la HC está fuera del archivo es responsabilidad del profesional que solicita la HC la custodia el buen uso de la misma. Cuando el paciente esta ingresado: la HC es responsabilidad del personal de la Unidad de Hospitalización o del Servicio en que se encuentre el paciente (RX; quirófano )

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. Las funciones de la HC son sanitarias y extrasanitarias pudiéndose agrupar en: asistenciales, docentes, auditoria de calidad, investigación, para la gestión y jurídico-legales. Por lo tanto se puede solicitar la consulta de una HC para cualquiera de estas finalidades. En el Archivo de HC se registra la fecha, el motivo de consulta y quien la realiza.

MENORES Cuando el paciente es menor de edad nos encontramos con el dilema de si el paciente es o no titular de la información relativa a su salud y de si hay o no que informar a sus tutores legales.

MENORES En los casos de menores cuyos representantes legales son los padres, por razones obvias de edad o desarrollo cognitivo incompleto, no se plantean problemas ya que la información a los mismos no vulnera ningún principio ético y, por descontado, la intimidad, privacidad y confidencialidad.

MENORES Los problemas se plantean en adolescentes y sobre todo en las figuras del menor maduro y del menor emancipado. Es difícil dar una respuesta al tema de cuándo una persona es moralmente madura. Diferentes estudios demuestran que, la mayor parte de los adolescentes alcanzan su madurez moral entre los 13 y 15 años.

MENORES La Ley 41/2002 dice que los menores de edad no incapaces ni incapacitados, pero emancipados o con dieciséis años cumplidos, tienen plena capacidad de decisión en materia sanitaria con la única excepción de aquellos casos en los que la actuación pueda suponer un grave riesgo, según el criterio facultativo, en los cuales los padres deberán ser informados y su opinión será tenida en cuenta para la toma de decisión correspondiente.

MENORES Los problemas se plantean cuando el menor maduro se opone expresamente a que se comunique su situación médica a sus representantes, exigiendo respeto a su derecho al secreto médico. El no respeto a la confidencialidad entre médico y paciente menor de forma sistemática puede llevar a situaciones perjudiciales para éste, que se puede mostrar reticente a acudir a un profesional de la medicina o a revelarle toda la información necesaria para el tratamiento por temor a que éste informe a sus padres o tutor.

MEDIDAS QUE CONTRIBUYEN A GARANTIZAR LA CONFIDENCIALIDAD Contrato de confidencialidad. Barreras informáticas de acceso a la HC: - Clave de acceso personal e intransferible. - Menú personalizado - Rastreo de los accesos - Duración del acceso cuando no hay actividad (pte). - Inaccesibilidad a los datos del personal sanitario. - Caducidad de los permisos de entrada en el ordenador, renovables en caso de asistencia directa a un paciente. Identificación del personal: los pacientes han de saber con quien están hablando. Formación del personal: difusión del documento.

Gracias. 10654lcp@comb.cat