PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EL CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA PARA LOS VEHÍCULOS DE LA POLICÍA LOCAL. 1º. OBJETO DEL CONTRATO El presente tiene por objeto la contratación de un servicio de mantenimiento y limpieza para la flota de vehículos de la Policía Local. 2º. NECESIDAD E IDONEIDAD. El actual parque móvil en servicio, compuesto por vehículos propios del Cuerpo de Policía Local unidos a la incorporación de vehículos de BESCAM plantea la necesidad inaplazable de disponer de un servicio de mantenimiento que garantice un optimo estado de las condiciones de seguridad, higiene, limpieza y conservación de estos en todo momento, dado su uso intensivo y su elevado número de usuarios. Con la finalidad de conseguir la mayor rentabilidad y operatividad de la flota. 3º. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN, TIPO DE TRAMITACIÓN QUE SE PROPONE Y SU JUSTIFICACIÓN. La adjudicación se hará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, al tratarse de un contrato de servicios de cuantía superior a 60.000 Euros. 4º. DURACIÓN DEL CONTRATO. La duración será de cuatro años (48 meses), contados a partir de la fecha de formalización del contrato, prorrogable anualmente por un máximo de dos años. 5º. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. El presupuesto base de licitación es de 62.400 Euros sin I.V.A. 6º. REVISIÓN DE PRECIOS. La fórmula o índice aplicable para la revisión de precios será la siguiente: al finalizar el primer año, se revisará el precio del mismo aplicando el Índice de Precios de Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, del año anterior al periodo que se revisa, la revisión será del 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado. No obstante, los precios no serán actualizados hasta el cumplimiento de las dos condiciones siguientes: a) Que haya transcurrido un año desde su adjudicación. b) Que se hubiese ejecutado el 20 por 100 del importe global del contrato. 7º. PARQUE DE VEHÍCULOS POLICIAL. El parque de vehículos objeto de prestación del servicio de mantenimiento contratado, está compuesto por: Vehículos Municipales adscritos al Cuerpo de la Policía Local: 11 turismos radio patrulla 1 vehículos todoterreno 1 furgón de atestados. 3 motocicletas.
Vehículos pertenecientes a BESCAM asignados a la Policía Local de Majadahonda. 6 turismos radio patrulla 2 vehículos todo terreno 6 motocicletas. Otros vehículos procedentes de alquiler, sustitución o préstamo de otras entidades, organismos o instituciones que prestan servicio temporalmente en esta Policía Local. 2 turismos seguridad y protocolo. 8º. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El adjudicatario deberá limpiar adecuadamente el interior y exterior de cada uno de los vehículos del parque policial, al menos una vez por semana. Procurando que permanentemente el aspecto exterior e interior de los vehículos sea el adecuado a la imagen y servicio que prestan y se garanticen las mejores condiciones de higiene y seguridad. La limpieza exterior se realizara de forma que no dañe los equipos de señalización policial, la pintura del vehículo ni la imagen corporativa, rotulación, etc. Para la realización de la limpieza exterior se podrán utilizar equipos de agua a alta presión (hidrolimpiador) y productos de limpieza homologados por la legislación en materia de medio ambiente. Se procurará siempre que sea posible, economizar la cantidad de agua en atención a la escasez de este recurso. La limpieza interior se realizará mediante aspiración de tapicerías y moquetas, vaciado de ceniceros, guanteras, portaobjetos de puertas, maletero, limpieza de cristales y salpicadero utilizando para ello los productos adecuados a cada superficie. El adjudicatario efectuará una limpieza en profundidad de la tapicería, moquetas y guarnecidos de los vehículos, una vez al trimestre, salvo que, bajo supervisión del departamento de Material de la Policía Local y con la aprobación de este, no se considerase necesario en alguno de los vehículos. 9º. MAQUINARIA, PRODUCTOS Y ÚTILES DE LIMPIEZA. La maquinaria, herramientas, productos y útiles de limpieza necesarios para la adecuada prestación del servicio contratado, serán aportados por el adjudicatario del contrato. 10º. REPARACIONES EN LOS VEHÍCULOS. El adjudicatario estará obligado a reparar, en un plazo máximo de 48 horas, las deficiencias de los vehículos relativas a la realización de trabajos básicos de sustitución de elementos de alumbrado, control de niveles y reposición de líquidos necesarios para su correcto funcionamiento, la prevención y detección de averías o desperfectos que requieran la intervención de talleres especializados, la comprobación de los accesorios, elementos o sistemas de seguridad y señalización prioritaria. El adjudicatario deberá revisar las reparaciones efectuadas por terceros, con el fin de conseguir que la flota de vehículos se encuentre en perfecto estado. Todas aquellas reparaciones que sean cubiertas por la Compañía de Seguros, serán gestionadas directamente por el departamento competente de la Policía Local
11º.MATERIALES DE REPOSICIÓN Y PIEZAS. Las piezas de recambio necesarios para el mantenimiento de los vehículos, serán proporcionados al adjudicatario por el departamento de material de la Policía Local. En ningún caso el adjudicatario adquirirá material de recambios o piezas sin el consentimiento y autorización previos de la Jefatura de Policía Local. 12º. HORARIOS Y DEPENDENCIAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El servicio se prestará entre las 09.00 horas y las 20.00 horas de los días lunes, miércoles y viernes de cada semana. El adjudicatario dispondrá, para la realización de los trabajos, de los locales y zonas habilitados a tal fin, en las Dependencias de la Policía Local, pudiendo excepcionalmente realizarlos en otras instalaciones ajenas a la Policía Local, siempre que éstas se encuentren dentro del Municipio de Majadahonda, que los traslados de los vehículos se realicen por personal de la empresa adjudicataria, que los vehículos permanezcan en lugar cerrado, debidamente custodiado y durante el tiempo imprescindible para la realización de los trabajos. 13º. PARTES DE TRABAJO Y FACTURACIÓN DEL SERVICIO. El adjudicatario deberá presentar, junto con la factura mensual, los Partes de Trabajo sellados y firmados por el departamento de material de la Policía Local, que avalen los trabajos realizados correspondientes al servicio contratado. En dichos Partes deberá figurar la matrícula del vehículo, fecha, trabajos realizados con indicación de los materiales o piezas sustituidas y las observaciones e incidencias destacables. 14º. CRITERIOS DE VALORACIÓN La valoración consistirá en el examen de cada una de las ofertas presentadas. Otorgándose un máximo de 100 puntos, basándose en los siguientes criterios: Criterio Nº 1: Oferta más económica. Puntuación máxima 100 puntos. Se otorgará la máxima puntuación al licitante que oferte la mayor baja sobre el importe máximo de licitación y al resto de los licitantes se puntuará de forma proporcional, aplicando la siguiente fórmula: V i ( B B B ) 2,5 max i V max V max. 2 5 max Donde: V i = Puntuación obtenida por la oferta objeto de valoración. V max = Puntuación máxima posible. B max = Baja máxima, en porcentaje (%), entre las presentadas al concurso. B i = Baja, en porcentaje (%), de la oferta objeto de valoración.
15º. BAJA DESPROPORCIONADA O ANORMAL DE LAS OFERTAS. Se considerará como baja desproporcionada o anormal aquella que concurra las circunstancias previstas en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001 de doce de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas. 16º. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: Podrá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. 17. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: 1. La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. 2. Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. 18º. PENALIDADES Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en incumplimiento a lo establecido en los apartados 8º y 10º del presente pliego el Ayuntamiento de Majadahonda, podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 1,20 euros por cada 1.000 euros del precio total del contrato. 19º. GARANTÍA DEL CONTRATO. 1.- El adjudicatario deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2.-Dadas las características del servicio que se contrata por las cuales la comprobación de los trabajos a realizar es supervisada por el departamento de material de la Policía Local mediante la firma y sello de los partes de trabajo establecidos en el art.º 9º del presente pliego. No se considera necesario establecer plazo de garantía del contrato, por lo que una vez finalizado éste, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de las fianzas constituidas. La cancelación de garantías del contrato, se realizará según lo dispuesto en el art. 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público.
20º. RESPONSABLE DEL CONTRATO A los efectos de lo establecido en el art. 52 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público, se propone como responsable de este contrato, al funcionario del Cuerpo de Policía Local D. Estanislao Gil Sacristán 21º CODIFIFICACION CORRESPONDIENTE A LA CLASIFICACIÓN (CPA 2002) La codificación correspondiente a la clasificación de Productos por Actividades 2002 (CPA-2002) aprobada por R.D 331/2003, de 14 de marzo, para los bienes objeto de suministro en el presente contrato es: 50203100 Lavado de automóviles y servicios similares. Majadahonda, 6 de febrero de 2012. EL OFICIAL JEFE DE POLICÍA LOCAL Fdo. Estanislao Gíl Sacristán.