PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES. Art. 1º) - PROCEDIMIENTO: Licitación Pública N 77/13 - Expte. Nº 391.435/13



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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Art. 1º) - PROCEDIMIENTO: Licitación Pública N 77/13 - Expte. Nº 391.435/13 Art. 2º) - OBJETO: La Municipalidad de Córdoba, a través de la Secretaría de Transporte y Transito - Dirección de Transito, solicita la siguiente contratación: "SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN TECNOLÓGICA DE LA RED SEMAFÓRICA Y ADQUISICIÓN DE ÓPTICAS LEDS". Art. 3º) - FECHA Y LUGAR DE APERTURA: La apertura de la presente contratación se realizará en la Dirección de Compras y Suministros - Palacio " 6 de Julio" - 9 Piso, sito en Marcelo T. de Alvear esquina Caseros, el día, a las horas. Art. 4º) - PRESUPUESTO OFICIAL: El Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ($ 15.665.000,00). Art. 5º) - VALOR DEL PLIEGO: El precio de adquisición del pliego se ha fijado en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00). Art. 6º) - FORMA DE COTIZAR: Los Proponentes deberán cotizar el ítem 1 en forma global conforme al ANEXO A y en el ítem 2 el precio por unidad de cada subítem y según lo especificado en el ANEXO B. Art. 7º) - VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del contrato será por SEIS (6) meses. Art. 8º) - MUESTRAS: Los Proponentes deberán disponer de una muestra de lo cotizado en el local, para el caso de que la Dirección de Transito lo requiera. En ese caso la presentación se realizará en el Departamento Semáforos, sito en calle Rodríguez Peña Nº 461 de Barrio Alberdi de esta Ciudad. Art. 9º) - INICIACIÓN DEL SERVICIO - PLAZO DE ENTREGA: El servicio deberá comenzar dentro de los CINCO (5) días posteriores a la notificación de la Orden de Provisión. En el caso del ítem 2, las entregas se efectuarán de la siguiente manera: 1era. Entrega: 25% de cada subítem dentro de los 20 días calendario posteriores a la

notificación de la Orden de Provisión, salvo el subítem 6 que se entregará el 50%.- 2da. Entrega: 25% de cada subítem dentro de los 40 días calendario posteriores a la notificación de la Orden de Provisión. salvo el subítem 6 que se entregará el 50%.- 3era. Entrega: 25% de cada subítem dentro de los 60 días calendario posteriores a la notificación de la Orden de Provisión.- 4ta. Entrega: 25% de cada subítem dentro de los 90 días calendario posteriores a la notificación de la Orden de Provisión.- Art. 10º) - PERSONAL: La Adjudicataria tendrá a su cargo con exclusiva relación de dependencia al personal que afecte a la prestación del servicio cuya contratación se ajustará a las leyes laborales vigentes. Durante toda la vigencia del contrato, la relación entre el personal de la prestataria y ésta se regirá por las previsiones contenidas en dicha legislación. Siendo responsabilidad de la Adjudicataria el comportamiento de su personal al igual que el pago en término de sueldos, aportes previsionales, obra social, etc. según el régimen al que pertenezca. Todo el personal que se afecte al cumplimiento del servicio deberá ser mayor de edad. Art. 11º) - SEGUROS: La Adjudicataria deberá contar con personal afiliado a una Aseguradora de Riesgo de Trabajo en tanto que, todo personal que no lo estuviera, deberá estar cubierto por un Seguro de Accidentes Personales con vigencia durante toda la vigencia del contrato y su eventual prorroga y que cubra como mínimo las indemnizaciones en concepto de incapacidad permanente o transitoria, parcial o total y/o muerte. La Adjudicataria deberá dar estricto cumplimiento a las previsiones establecidas en la Ley Nacional N 24.557 y sus reglamentaciones, en lo que respeta a la seguridad en el trabajo.- Los seguros de accidentes de trabajo y de accidentes personales deberán contratarse con Aseguradoras de Riesgo de Trabajo y Empresas de Seguro, según corresponda, con sede central o sucursales en la Ciudad de Córdoba. Todas las altas y bajas del personal afiliado a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo deberán notificarse a la Supervisión, así como toda modificación respecto a los seguros de accidentes personales, no pudiéndose variar sin previa autorización de la Supervisión.- Art. 12º) - HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO: De conformidad a lo dispuesto por Ordenanza Nº 9543 y su Decreto Promulgatorio Nº 2359/96 la Municipalidad de Córdoba adhirió a la Ley Nacional Nº 19587, su Decreto Reglamentario Nº 351/79, sus modificatorias, complementarias y correlativas, por lo que controlará el estricto

cumplimiento por parte de sus adjudicatarias de la normativa vigente Nacional, Provincial y Municipal, relativa a la Higiene y Seguridad en el Trabajo. Art. 13º) - SUPERVISIÓN: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Tránsito y se efectuará a través de una o más personas idóneas designadas por la mencionada Dependencia quien impartirá instrucciones sobre las actividades diarias, controlará su cumplimiento e informará de las deficiencias constatadas en el cumplimiento integral del contrato. Art. 14º) - CONDUCCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO: La Adjudicataria, antes de comenzar la ejecución del contrato, deberá designar un Representante que tendrá a su cargo la conducción integral de los trabajos y actuará como nexo entre la Adjudicataria y la Municipalidad, debiendo concurrir diariamente a la Dirección de Tránsito a fin de notificarse de las Órdenes de Servicio. Art. 15º) - CORTES EN LA VÍA PÚBLICA - SEÑALIZACIÓN: La Adjudicataria deberá señalizar en forma adecuada los lugares de prestación del servicio a efectos de prevenir accidentes. Para ello utilizará carteles indicadores móviles, cuyas características, dimensiones y leyendas deberán ser aprobadas por la Comisión de Autorización de Cortes en la Vía Pública. Cuando fuera necesario desviar el tránsito, la Adjudicataria deberá señalizar los desvíos en forma adecuada, asegurando la eficacia de las indicaciones y advertencias destinadas a prevenir y guiar el tránsito en la dirección adecuada. La señalización deberá ser adecuada tanto de día como de noche, debiendo en este último caso utilizar señales luminosas. La Adjudicataria será responsable por los accidentes y daños que se produzcan por causas de deficiente o inadecuado señalamiento de los trabajos. Art. 16º) - LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO: La Dirección de Tránsito habilitará al iniciarse el servicio un libro de Órdenes de Servicios y un libro de Notas de Pedidos que será provisto por la Adjudicataria foliados y con hojas triplicadas en los que se consignará constancia por ambas partes de todas y cada una de las novedades surgidas, observaciones, deficiencias constatadas y las sanciones aplicadas con sus correspondientes descargos. Para el caso de los días inhábiles para la Administración Pública se comunicará a la Adjudicataria con 24 horas de anticipación los trabajos a realizar. Posteriormente se entregará el duplicado a la Adjudicataria o a su Representante bajo firma, en prueba de su notificación. Art. 17º) - APERTURA DEL SERVICIO: El día de iniciación de la prestación del

servicio se producirá la apertura del LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO, a través de una acta en la que quedará registrada la presentación de la documentación correspondiente al personal afectado al servicio, los seguros que requieren y además la designación de las personas que tendrán la función de Representante Técnico de la Adjudicataria y de Supervisión del Servicio por parte de la Dirección de Tránsito. La apertura de dicho libro deberá ser refrendada por la Adjudicataria o persona autorizada por la dependencia, y por quién tendrá a su cargo la Supervisión del Servicio. El Acta antes mencionada contendrá como mínimo lo siguiente: a) Nómina del personal que la adjudicataria afectará a la prestación del servicio con la documentación correspondiente y discriminación de tareas. b) Nombre de la Compañía Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.) con la que se contratan los seguros. c) Nombre de la persona que tendrá a su cargo la Representación Técnica de la Adjudicataria y reemplazante para caso de ausencia. d) Nombre de la persona que tendrá a su cargo la Supervisión del servicio por parte de la Dirección de Tránsito y reemplazante para caso de ausencia. e) Modalidades particulares de la prestación que se consideren de interés especial y que si bien están enunciadas genéricamente en el pliego, requieren aclaración. Art. 18º) - PENALIDADES: Constatado el incumplimiento de la Adjudicataria, la Dirección de Tránsito le notificará a través de la Orden de Servicio correspondiente, la o las deficiencias detectadas, las que deberán ser solucionadas en un plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas. Estas multas serán graduadas por puntos y cada punto equivale a PESOS UN MIL ($ 1.000,00). TIPIFICACION: PUNTOS a) Mora en el inicio de los trabajos, y por causas imputables a la Adjudicataria, por cada día corrido: 2 b) Incumplimiento parcial de una Orden de Servicios: 2 d) Incumplimiento total de una Orden de servicio: 4 e) Falta de alguno de los seguros que está obligada a contratar, por cada día no cubierto: 2 Art. 19º) - PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES: La aplica-

ción de sanciones previstas en el presente pliego se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Constatada la infracción por parte del personal encargado de la fiscalización del servicio, éste procederá a dejar la correspondiente constancia en el Libro de Ordenes de Servicio, la que será notificada a la Adjudicataria dentro de las VEINTICUATRO (24) horas a través del Representante Técnico del servicio o en el domicilio constituido. La Adjudicataria podrá presentar el descargo correspondiente dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de recibida la notificación. b) Transcurrido el plazo previsto en el punto anterior el Director o Titular de la Repartición evaluará las actuaciones y resolverá en consecuencia a través de una simple disposición en el Libro de Ordenes de Servicio en la que se analice la situación y se expongan los fundamentos que justifiquen la decisión a adoptar, dicha orden será notificada a la Adjudicataria. c) Contra estas sanciones podrán interponerse los recursos de reconsideración y jerárquico ante las autoridades correspondientes, según previsiones de la Ordenanza Nº 6904. Art. 22º) - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: La Adjudicataria podrá transferir total o parcialmente sus derechos, con autorización expresa de la autoridad competente para adjudicar, cuando ofrezca iguales o mayores garantías. De no contar con dicha autorización el contrato será rescindido, según disposiciones, contenidas en el Art. 21º inc. "b" del presente Pliego. Art. 21º) - RESCISIÓN DEL CONTRATO: La Municipalidad podrá disponer la rescisión del contrato cuando mediare alguna de las siguientes circunstancias: a) La no presentación de la Garantía de Adjudicación. b) Transferencia no autorizada del contrato por culpa de la Adjudicataria. c) Falseamiento de datos por parte de la Adjudicataria. d) Aplicación de multas que superen el DIEZ (10) por ciento del monto mensual del contrato durante DOS (2) meses consecutivos. e) Incumplimiento en la fecha de inicio de la prestación del servicio. La Adjudicataria podrá rescindir el contrato por incumplimiento de la Municipalidad, cuando ésta incurra en falta de pago del servicio por TRES (3) meses consecutivos. Previo a declarar la rescisión, la Adjudicataria deberá intimar al Departamento Ejecutivo para efectivizar el pago, por medio fehaciente y con la antelación de TREINTA (30) días. Art. 22º) - RECHAZO DE LOS TRABAJOS: La Dirección de Tránsito, a través del Supervisor del Servicio rechazará todos los trabajos en cuya ejecución no se hayan

empleado los materiales especificados, cuya mano de obra sea defectuosa o que no tenga las formas, dimensiones, cantidades y/o calidades especificadas en el Pliego respectivo. La Adjudicataria estará obligada a deshacer y/o reponer por su exclusiva cuanta estos trabajos, sin derecho a reclamo alguno por prórroga del plazo contractual; y sin perjuicio de las sanciones que pueda aplicar la autoridad competente. Art. 23º) - RECEPCIÓN: Será la última operación a realizar durante el plazo de la provisión y colocación, previamente la Adjudicataria tendrá que haber realizado y aprobado por parte de la Supervisión todos los trabajos que comprende la presente contratación. La recepción se formalizará mediante una Orden de Servicio suscripta conjuntamente por la Supervisión y la Adjudicataria. Art. 24º) - FORMA DE FACTURAR: El servicio, ítem 1, será facturado en forma mensual. La provisión de la ópticas leds, ítem 2, se facturará conforme a la entrega establecida en el Art. 9º del presente pliego, debiendo adjuntar copia de los remitos de entrega. Art. 25º) - LUGAR DE PRESENTACION DE FACTURAS: La Adjudicataria presentará las facturas en la Dirección de Compras y Contrataciones debidamente conformada por la Dirección de Tránsito, con sus respectivas Órdenes de Servicios, Notas de Pedidos, remitos y las multas que se le hubieren aplicado en el período. Las mismas se confeccionarán a consumidor final y conforme a las normas establecidas por la A.F.I.P. Art. 26º.- PLAZO DE PAGO: ITEM 1: El importe cotizado en forma global para este ítem se prorrateará en partes iguales y mensuales, conforme a la vigencia del contrato y las facturas se abonaran de la siguiente manera: El correspondiente a las dos primeras facturaciones mensuales se abonaran a los SESENTA (60) días corridos de presentadas en la Dirección de Tránsito y las restantes se abonaran dentro de los CIENTO VEINTE (120) días calendarios de su presentación, devengando a favor del proveedor, a partir de los SESENTA (60) días calendarios de su presentación y hasta su fecha de vencimiento, el interés correspondiente a la última tasa de interés nominal anual publicada en la serie mensual para préstamos al sector privado no financiero en moneda nacional a tasa fija y repactable por el Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) para documentos

a sola firma y de noventa (90) y más días de plazo. ITEM 2: El pago de las dos primeras facturas presentadas que corresponden a los dos primeros tramos de entrega previstos en el Art. 9º del presente pliego se efectuará a los SESENTA ( 60) días corridos de su presentación en la Dirección de Tránsito, y el Pago de las facturas correspondiente a la tercera y cuarta entrega prevista en el mencionado artículo, se realizará dentro de los CIENTO VEINTE (120) días calendarios de su presentación, devengando a favor del proveedor, a partir de los SESENTA (60) días calendarios de su presentación y hasta su fecha de vencimiento, el interés correspondiente a la última tasa de interés nominal anual publicada en la serie mensual para préstamos al sector privado no financiero en moneda nacional a tasa fija y repactable por el Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) para documentos a sola firma y de noventa (90) y más días de plazo.