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Transcripción:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF) Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-08100-02-0324 DE-005 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar la Gestión Financiera para comprobar que el presupuesto asignado al citado proyecto, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 904,077.9 Muestra Auditada 882,073.4 Representatividad de la Muestra 97.6 % La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación reportó un presupuesto ejercido de 904,077.9 miles de pesos en la partida 4101 "Subsidios a la Producción", Programa Presupuestario S233 "Programa de Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural", Componente Presupuestario 3JB PROMAF (DESARROLLO RURAL), del cual se revisaron 882,073.4 miles de pesos, equivalentes al 97.6%. Antecedentes Encausado como parte del Programa Presupuestario S233 "Programa de Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural", a cargo de la SAGARPA, el Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF) apoya a los productores mexicanos y a sus familias que se dedican a la producción de maíz y frijol, ofreciendo apoyos para la siembra de parcelas, compra de semillas mejoradas, fertilizantes, uso de nuevas formas de producir y apoyo técnico de expertos profesionales. El objetivo general del programa es contribuir al logro de la seguridad alimentaria nacional y fortalecer la competitividad de los productores de maíz y frijol por medio del otorgamiento 1

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 de apoyos en servicios de asistencia técnica, capacitación, innovación tecnológica, desarrollo organizativo y mecanización de las unidades productivas, así como la inducción hacia una agricultura sustentable y el uso del crédito para capitalizarse y mejorar su rentabilidad. El PROMAF 2011 se encuentra regulado por las Reglas de Operación de la SAGARPA 2011 y la Guía de Operación PROMAF 2011, y para la adecuada dirección y ejecución contó con un Grupo Técnico Nacional y un Grupo Técnico Estatal. La operación del PROMAF estuvo a cargo del Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO) en su carácter de agente técnico, quien recibió de la SAGARPA los recursos de ejecución directa para el citado programa. Resultados 1. Se constató que de acuerdo con las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicadas en el DOF del 31 de diciembre de 2010, la Unidad Responsable del PROMAF es la Dirección General de Fomento a la Agricultura (DGFA) de la SAGARPA y la instancia ejecutora el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO). Asimismo, se conoció que la DGFA elaboró, aprobó y difundió en la página web de la SAGARPA, la Guía de Operación PROMAF 2011, a efecto de establecer los mecanismos de coordinación para que el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), como agente técnico de la SAGARPA, asumiera la distribución y dispersión de los apoyos del PROMAF 2011. 2. Al comparar las cifras del presupuesto original, ampliaciones, reducciones y ejercido reportadas en la Cuenta Pública 2011, con las consignadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto (EEP) de la SAGARPA, correspondientes a la partida 43101 Subsidios a la Producción, Programa Presupuestario S233 "Programa de Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural", componente presupuestario 3JB PROMAF (Desarrollo rural), no se determinaron diferencias. 3. Se comprobó que el "Programa de Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural" (S233), en su Componente Presupuestario 3JB PROMAF (Desarrollo Rural), referente al Proyecto de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF) 2011, contó con un presupuesto original autorizado de 1,150,000.0 miles de pesos, el cual tuvo ampliaciones y reducciones netas por 245,922.1 miles de pesos, las cuales se encuentran respaldadas en los oficios de adecuación presupuestaria internas y externas debidamente informados y, en su caso, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con lo que resultó un presupuesto modificado de 904,077.9 miles de pesos, los cuales se reportaron como ejercidos. 4. El 1 de abril de 2011, la SAGARPA y el FIRCO suscribieron un Convenio de Colaboración con el objeto de fijar las bases para establecer las acciones, ejecución y operación del Proyecto de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF). 2

Al respecto, se conoció que de los 1,150,000.0 miles de pesos asignados al PROMAF en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2011, la SAGARPA, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación de la SAGARPA, reservó centralmente 25,300.0 miles de pesos para gastos asociados de operación, por lo que para la realización de las acciones convenidas, en la cláusula tercera del citado convenio se estableció que la SAGARPA entregaría al FIRCO 1,124,700.0 miles de pesos, de los cuales, 1,092,500.0 miles de pesos se destinaría al pago de subsidios y 32,200.0 miles de pesos a gastos de operación del agente técnico. No obstante lo anterior, mediante afectación presupuestaria del 27 de junio de 2011, la SAGARPA redujo del PROMAF un monto de 188,100.0 miles de pesos destinados originalmente al pago de subsidios, para darle suficiencia a otros programas a su cargo, con lo que finalmente, mediante cinco cuentas por liquidar certificadas, la SAGARPA transfirió al FIRCO 904,400.0 miles de pesos. 5. Con el análisis de la base de datos proporcionada por el FIRCO, se determinó que en el ejercicio 2011 se otorgaron apoyos a 129,372 productores de 27 entidades federativas, en seis conceptos de apoyo, por un monto de 904,088.7 miles de pesos, de los cuales 22,015.3 miles de pesos se ejercieron en oficinas centrales en el concepto de apoyo Soporte y Tutoría, tal como se indica a continuación: Componentes de Apoyo del Programa de Maíz y Frijol (PROMAF 2011) (miles de pesos) Vertiente Concepto de Apoyo Alto Rendimiento Baja Escala Transición Total Paquete Tecnológico Avío 32,631.9 492,097.6 524,729.5 Asistencia Técnica 71,557.9 33,147.4 158,056.6 262,761.9 Desarrollo Organizativo 2,724.7 23,044.9 25,769.6 Formulación de Proyecto 199.0 3,794.3 3,993.3 Maquinaria y Equipo 4,709.9 60,109.2 64,819.1 Soporte y Tutoría 22,015.3 Totales 71,557.9 73,412.9 737,102.6 904,088.7 FUENTE: Base de datos 2011 proporcionada por la Dirección de Análisis y Servicios Institucionales del FIRCO Al comparar dicho importe con los 904,400.0 miles de pesos entregados al FIRCO para la operación del PROMAF 2011, se observó una diferencia de 311.3 miles de pesos, los cuales corresponden a la devolución de recursos no ejercidos en 12 proyectos de las Gerencias Estatales del FIRCO en Chiapas, Durango, Puebla y Veracruz, enterados a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma. 3

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 6. Se realizaron pruebas globales a la base de datos, y se constató que los apoyos otorgados en los conceptos de Asistencia Técnica, Desarrollo Organizativo, Formulación de Proyecto y Maquinaria y Equipo por 357,343.9 miles de pesos, se ajustaron a los montos y porcentajes autorizados en los numerales V.11, V.12, V.13 y V.14 de la Guía de Operación del PROMAF 2011, para las vertientes de alto rendimiento, baja escala y de transición aplicables. No obstante lo anterior, en el caso de los conceptos de apoyo Paquete Tecnológico Avío y Asistencia Técnica en la vertiente de transición, se determinaron pagos improcedentes por un monto de 179.8 miles de pesos, en virtud de que los productores aparecen repetidos en las listas de beneficiarios presentadas por las organizaciones. Cabe señalar que la entidad fiscalizada, por intervención de la Auditoría Superior de la Federación, reintegró dichos recursos a la Tesorería de la Federación, por lo que se dá por solventada la observación determinada. 7. Se constató que para comprobar la aplicación de los recursos otorgados por 3,249.9 miles de pesos, las organizaciones Unión de Productores de Maíz de la Rivera del Sur, S.C. de R.L. de C.V. ; Productores de Granos Básicos de Jesús Carranza, S.C. de R.L de C.V., y Productores Agrícolas y Ganaderos de Jesús Carranza, S.C. de R.L. de C.V., presentaron a la Gerencia Estatal del FIRCO en el Estado de Veracruz copia de tres facturas expedidas a su favor por una persona física proveedora de los insumos agrícolas por un importe total de 3,376.6 miles de pesos, las cuales fueron cotejadas con sus originales por el personal del FIRCO, y se integraron al expediente elaborado para cada una de esas organizaciones. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, se realizó visita al domicilio de dicha persona física, quien mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría señaló que las tres facturas en principio, sí fueron expedidas por la negociación de la cual es dueño y son auténticas, pero que se encuentran en su consecutivo con la leyenda de cancelada, debido a que los representantes de dichas organizaciones inicialmente hicieron compromiso de compra de los insumos agrícolas, por lo que le solicitaron los originales de las facturas para presentarlas ante una dependencia federal a fin de tramitar un apoyo económico y así poder pagar el monto de las mismas; sin embargo, al no concretarse las operaciones, les solicitó a dichas organizaciones la devolución de sus facturas originales, y procedió a su cancelación y archivo. Asimismo, se comprobó que los recursos otorgados por el PROMAF a dichas organizaciones, en el caso de las dos primeras, fueron retirados de las cuentas bancarias de las organizaciones mediante cheques a favor de personas diferentes de los supuestos proveedores, y en el caso de la tercera, se transfirieron a una cuenta de inversión a plazo a nombre de la misma organización. Cabe señalar que con motivo de la reunión de presentación de resultados preliminares, la Gerencia Estatal del FIRCO en Veracruz presentó, el 4 de octubre del 2012, la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas 4

irregularidades cometidas por las citadas organizaciones en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-17100-02-0324-09-001 11-0-17100-02-0324-09-002 11-0-17100-02-0324-09-003 8. En el caso de las organizaciones Macedonios, S.C. de R.L. ; Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V., y Beluzari, S.P.R. de R.L., a las cuales se les otorgaron recursos por 4,519.3 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos las citadas organizaciones presentaron cuatro facturas de dos proveedores de insumos agrícolas por un monto total de 8,298.9 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, con fecha 12 de julio de 2012 se realizó visita domiciliaria a los proveedores que supuestamente las expidieron, y aun cuando se localizaron los domicilios, éstos no atendieron los requerimientos de información y documentación de la Auditoría Superior de la Federación, lo que impidió constatar la correcta aplicación de los recursos. Por lo anterior, se solicitó al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público información de los movimientos efectuados en el Registro Federal de Contribuyentes de los supuestos proveedores, y se conoció que en el caso del proveedor de las organizaciones Macedonios, S.C. de R.L., y Beluzari, S.P.R. de R.L., en su declaración de impuestos del ejercicio 2011, no reportó los supuestos ingresos obtenidos por la venta de productos agrícolas a las citadas organizaciones, por un monto de 7,425.8 miles de pesos, y en cuanto al supuesto proveedor de la organización Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V., de acuerdo con el SAT, no ha presentado su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio 2011. Por otra parte, se solicitó información a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y se comprobó que los recursos fueron retirados de las cuentas bancarias de las organizaciones mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes de los supuestos proveedores, con lo que se refuerza la presunción de que los recursos se utilizaron para fines distintos de los autorizados. Véase acción(es): 11-0-06E00-02-0324-05-001 11-0-06E00-02-0324-05-002 11-0-08100-02-0324-06-001 11-0-17100-02-0324-09-004 11-0-17100-02-0324-09-005 11-0-17100-02-0324-09-006 11-9-08I6L-02-0324-08-001 9. Por lo que corresponde a la organización Puro Maíz de Tierra Blanca, S.C. de R.L. de C.V., a la cual se le otorgaron recursos por 1,136.3 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos la organización presentó una factura expedida por una persona física, proveedor de insumos agrícolas por la misma cantidad. 5

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, con fecha 3 de julio de 2012 se acudió al domicilio señalado en la factura de la persona física, el cual, por referencias de residentes del lugar, presumiblemente es inexistente, ya que la numeración impar de la calle buscada no llega a ese número, además de que la calle donde se ubica la supuesta negociación no hace esquina con la asentada en la factura, puesto que ambas son paralelas, lo que impidió constatar cabalmente la correcta aplicación de los apoyos otorgados. Por lo anterior, se solicitó al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público información de los movimientos al Registro Federal de Contribuyentes de dicha persona física, y se observó que el domicilio fiscal registrado difiere del asentado en la factura del mismo, además de que dicha persona física suspendió operaciones el 30 de septiembre de 2010, y la actividad económica con la que se dio de alta en el Registro Federal de Contribuyentes es la de comercio al por menor de teléfonos y otros aparatos de comunicación. Asimismo, se comprobó que los recursos se retiraron de la cuenta bancaria mediante disposiciones realizadas por el Presidente, Tesorero y Secretario de la propia organización. Cabe señalar que, con motivo de la reunión de presentación de resultados preliminares, la Gerencia Estatal del FIRCO en Veracruz presentó, el 4 de octubre del 2012, la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas irregularidades cometidas por la citada organización en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-06E00-02-0324-05-003 11-0-17100-02-0324-09-007 10. Respecto de la organización Sembradores de Palma Cuata, S.C. de R.L. de C.V., a la cual se le otorgaron recursos por 735.9 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos la citada organización presentó una factura de un proveedor de insumos agrícolas por 736.2 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, el 3 de julio de 2012 se realizó visita domiciliaria a la negociación de la persona física que supuestamente expidió la factura, quien manifestó en Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría que la misma no fue expedida por la negociación de la cual es dueño, que no conoce a la organización mencionada, y que en ningún momento ha celebrado operaciones comerciales con ella ni en el año de 2011 ni en ningún otro. Además, al compararla con la factura de igual número que obra en el consecutivo de facturas de su negociación, coincide con las características que presenta en cuanto al formato, diseño, logotipo, Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal, pero no así con el tipo y tamaño de letra, la descripción y cantidades de los insumos agrícolas, el número de celular y correo electrónico de quien la expide, ni tampoco por el valor de la factura, ya que la que obra en su consecutivo es por la cantidad de 1.7 miles de pesos. Para demostrarlo, proporcionó la copia al carbón del original que obra en su consecutivo, por la cantidad señalada. 6

Adicionalmente, se solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información relacionada con los movimientos bancarios de la citada organización, y se comprobó que los recursos que se le otorgaron fueron retirados de la cuenta bancaria mediante diversos cheques expedidos a favor de personas que no tienen relación con el supuesto prestador de servicios, con lo que se refuerza la presunción de que los recursos no se destinaron a los fines autorizados. Cabe señalar que, con motivo de la reunión de presentación de resultados preliminares, la Gerencia Estatal del FIRCO en Veracruz presentó, el 4 de octubre del 2012, la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas irregularidades cometidas por las citadas organizaciones en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-17100-02-0324-09-008 11. Por lo que corresponde a las organizaciones Socios Unidos San Carlos, S.C. de R.L. de C.V., Monsamiyanto, S.C. de R.L., y Los Tres Pueblos, S.P.R. de R.L., a las cuales se les otorgaron recursos por 3,258.0 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos las citadas organizaciones presentaron tres facturas de distintos proveedores de insumos agrícolas con un monto en conjunto de 3,726.0 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, con fecha 25 de junio y 9 de julio de 2012 se realizaron visitas domiciliarias a las empresas que supuestamente expidieron las facturas, en las que los representantes legales de las mismas mediante Actas Administrativas Circunstanciadas de Auditoría indicaron que, inicialmente, las facturas sí fueron expedidas por sus representadas y son auténticas, pero que se encuentran en su consecutivo con la leyenda cancelada, debido a que los representantes de dichas organizaciones inicialmente hicieron compromiso de compra de los insumos agrícolas, por lo que le solicitaron los originales de las facturas para presentarlas ante una dependencia federal a fin de tramitar un apoyo económico y así poder pagar el monto de las mismas; sin embargo, al no concretarse las operaciones, les solicitaron a dichas organizaciones la devolución de sus facturas originales, y procedieron a su cancelación. Adicionalmente, se solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información relacionada con los movimientos bancarios de las citadas organizaciones, y se comprobó que los recursos que se les otorgaron fueron retirados de sus cuentas bancarias mediante diversos cheques expedidos a favor de personas que no tienen relación con los supuestos proveedores, con lo que se refuerza la presunción de que los recursos no se destinaron a los fines autorizados. Cabe señalar que, con motivo de la reunión de presentación de resultados preliminares, la Gerencia Estatal del FIRCO en Veracruz presentó, el 4 de octubre del 2012, la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas 7

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 irregularidades cometidas por las citadas organizaciones en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-17100-02-0324-09-009 11-0-17100-02-0324-09-010 11-0-17100-02-0324-09-011 12. En el caso de las organizaciones Grupo Agropeforac, S.C. de R.L. de C.V., y Unión de Productores de Granos Playa Vicente, S.C. de R.L., a las cuales se les otorgaron recursos por 2,528.1 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos las citadas organizaciones presentaron dos facturas de distintos proveedores, por el importe de 2,528.1 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, el 27 y 29 de junio de 2012 se realizó visita domiciliaria a las empresas que supuestamente expidieron las facturas, en las que los representantes legales de las mismas, mediante Actas Administrativas Circunstanciadas de Auditoría, manifestaron no haberlas expedido, e indicaron que al compararlas con las que obran en los consecutivos de facturas de sus representadas, coinciden con las características que presentan en cuanto al formato y número, diseño, logotipo, Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal, pero no así en el tipo de letra, descripción y cantidades de los insumos agrícolas e importe de las facturas, ya que las que obran en sus consecutivos son por 16.8 y 2.6 miles de pesos. Adicionalmente, se solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información relacionada con los movimientos bancarios de las citadas organizaciones, y se comprobó que los recursos que se les otorgaron fueron retirados de las cuentas bancarias mediante diversos cheques expedidos a favor de personas que presumiblemente no tienen relación con los supuestos proveedores, con lo que se refuerza la presunción de que los recursos no se destinaron a los fines autorizados. Cabe señalar que, con motivo de la reunión de presentación de resultados preliminares, la Gerencia Estatal del FIRCO en Veracruz presentó, el 4 de octubre del 2012, la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas irregularidades cometidas por las citadas organizaciones en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-17100-02-0324-09-012 11-0-17100-02-0324-09-013 13. En el caso de las organizaciones Unión de Productores Agropecuarios Dos Mil Once, S.C. de R.L. de C.V. y Productores de Maíz y Sorgo Olmecas, S.C. de R.L. de C.V., a las cuales se les otorgaron recursos por 3,628.8 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos las citadas organizaciones presentaron dos facturas del proveedor Agroquímicos y Semillas Nueva Esperanza, S.A. de C.V., de fechas 26 y 24 de agosto de 2011, por un monto de 1,747.3 miles de pesos y 1,881.7 miles de pesos, respectivamente. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, el 28 de junio de 2012 se realizó visita domiciliaria a la empresa que supuestamente expidió dichas facturas en la que 8

el representante legal, mediante Actas Administrativas Circunstanciadas de Auditoría, indicó que las facturas sí fueron expedidas por su representada y son auténticas, las cuales amparan la venta de los insumos agrícolas que en ellas se describen, para lo cual mostró las copias al carbón de los originales de las facturas; sin embargo, la citada empresa no acreditó cabalmente la prestación de los servicios, ni tampoco que las mencionadas organizaciones le hubieran realizado el pago por los mismos. Adicionalmente, la citada empresa pretendió acreditar la compra de los insumos que a su vez vendió a las organizaciones, mediante la presentación de diversas facturas, notas de remisión y notas de venta de 8 proveedores por un monto de 3,066.3 miles de pesos, de las cuales fueron compulsadas 7 facturas, 2 notas de remisión y una nota de venta por 3,000.7 miles de pesos, que representan el 97.9% de la supuesta compra de insumos, y mediante Actas Administrativas Circunstanciadas de Auditoría, dichos proveedores manifestaron que los citados documentos no fueron expedidos por ellos, ya que los que obran en sus consecutivos son por un monto conjunto de 52.5 miles de pesos. Por lo anterior, se solicitó al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público información de los movimientos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del supuesto proveedor, y se observó que se dio de alta el 23 de mayo de 2011, y que en su declaración anual del ejercicio 2011, no declaró los supuestos ingresos por 3,629.0 miles de pesos recibidos por la venta de los productos a las citadas organizaciones. Es importante mencionar que con posterioridad a la visita domiciliaria al citado proveedor, éste presentó una declaración complementaria de impuestos del ejercicio 2011, en la que se incluyeron los supuestos ingresos obtenidos por la venta de los productos a las dos organizaciones, así como la deducción de las supuestas compras de insumos cuyas facturas resultaron ser presuntamente apócrifas, y en la que determinó un pago de Impuesto Empresarial a Tasa Única por 9.0 miles de pesos. Cabe señalar que también se solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información relacionada con la expedición y cobro de los cheques con los que se retiraron de las cuentas bancarias de las citadas organizaciones los recursos otorgados por la SAGARPA, y se comprobó que en ambas organizaciones éstos se retiraron de su cuenta bancaria mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor Agroquímicos y Semillas Nueva Esperanza, S.A. de C.V., y que de ellos, tres por 212.7 miles de pesos de la organización Unión de Productores Agropecuarios 2011, S.C. de R.L. de C.V., y dos por 155.7 miles de pesos de la organización Productores de Maíz y Sorgo Olmeca, S.C. de R.L. de C.V., se expidieron a favor del Representante Legal de Agroquímicos y Semillas Nueva Esperanza, S.A. de C.V.. Véase acción(es): 11-0-06E00-02-0324-05-004 11-0-08100-02-0324-06-002 11-0-17100-02-0324-09-014 11-0-17100-02-0324-09-015 11-9-08I6L-02-0324-08-002 9

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 14. En el caso de la organización Los Introvertidos, S.C. de R.L. de C.V., a la cual se le otorgaron recursos por 1,615.6 miles de pesos para la realización de las acciones previstas en el proyecto de inversión que le fue autorizado con recursos del PROMAF 2011, para comprobar la aplicación de los mismos la citada organización presentó ante la Gerencia Estatal del FIRCO en el estado de Chiapas una factura de un proveedor de insumos agrícolas por un monto de 2,349.2 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, con fecha 26 de junio de 2012 se realizó visita domiciliaria a la negociación de una persona física que expidió la factura, cuyo propietario y/o proveedor manifestó en Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría que sí expidió la factura, y que vendió y entregó los bienes en ella descritos; para demostrarlo proporcionó copia simple de la recepción del pedido donde se acredita la entrega de los bienes que refiere la factura, ya que contiene el sello y firma de recibido del representante legal de la citada organización; sin embargo, en cuanto a los estados de cuenta bancarios solicitados en los que se refleje el depósito de los recursos obtenidos por la venta de los insumos agrícolas, señaló que no cuenta con ellos, pues del valor total de la factura por 2,349.2 miles de pesos, sólo ha recibido un pago en efectivo por la cantidad de 300.0 miles de pesos, los cuales no depositó en ninguna cuenta bancaria ya que realizó el pago a su proveedor de insumos por la cantidad de 250.0 miles de pesos y la diferencia de 50.0 miles de pesos los destinó para otro tipo de gastos de su negocio; para demostrarlo, proporcionó copia del recibo de anticipo suscrito por él, el cual contiene la firma y sello de la negociación de la cual es dueño. Adicionalmente, manifestó que la citada organización le expidió un cheque por 2,049.0 miles de pesos, que no ha podido cobrar, puesto que en la institución bancaria le informaron que la cuenta bancaria de la organización no cuenta con los fondos suficientes; para demostrarlo proporcionó copia simple del cheque; además, acudió al área jurídica de la Delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) en el estado de Chiapas para solicitar su apoyo con la finalidad de conseguir el pago que a la fecha le adeuda la organización, por lo que está en espera de una solución. Cabe señalar que, en respuesta a los resultados preliminares y finales, la entidad fiscalizada informó que durante el procedimiento de verificación física realizado por la Gerencia Estatal del FIRCO en Chiapas a una muestra de 223 productores de la citada organización (69.0% del total), determinó incumplimientos en la aplicación de los recursos, de los cuales el 32.0% de los entrevistados manifestó no haber recibido los insumos; el 14.0% haberlos recibido incompletos y al 10.0 % no se le había entregado su certificado de participación individual, por lo que dicha gerencia solicitó asesoría jurídica a la Gerencia Jurídica del FIRCO para proceder conforme a derecho, y en consecuencia, el 25 de octubre de 2012, presentó la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República, por las diversas irregularidades cometidas por la citada organización en agravio de la operación del PROMAF. Véase acción(es): 11-0-06E00-02-0324-05-005 11-0-08100-02-0324-06-003 11-9-08I6L-02-0324-08-003 10

15. Por lo que corresponde a las organizaciones Del Ámbar Productos Agrícolas, S. de S.S. y Grupo Agrícola Cinco Estrellas, S.P.R. de R.L., a las cuales se les otorgaron recursos por 1,375.0 miles de pesos, para comprobar la aplicación de los mismos las citadas organizaciones presentaron dos facturas de un mismo proveedor de insumos agrícolas por un monto de 3,375.7 miles de pesos. Con objeto de verificar la correcta aplicación de los recursos, con fecha 14 de junio de 2012 se realizó visita domiciliaria a la empresa que expidió la factura, en la que el contador externo de la misma indicó mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría que reconoce que sí fueron expedidas por la empresa y haber realizado la venta de los productos en ellas descritos, pero que no se tienen registros de pago de dichas facturas en los Estados de Cuenta bancarios de la empresa debido a que ambas operaciones de venta se realizaron otorgando crédito a las organizaciones con vencimiento a un año a pagarse en una sola exhibición, para lo cual fueron suscritos dos pagarés; el primero por 2,130.6 miles de pesos y el segundo por 1,245.1 miles de pesos; para demostrarlo proporcionó copia simple de los mismos; sin embargo, en relación con la documentación que avale la entrada y salida de almacén de los productos vendidos a las organizaciones señaló que no cuentan con ese tipo de registros, por lo que no fue posible acreditar que realmente fueron suministrados a las organizaciones los insumos agrícolas a que se refieren dichas facturas. Acciones Véase acción(es): 11-0-08100-02-0324-03-001 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal 11-0-06E00-02-0324-05-001.- Para que el Servicio de Administración Tributaria instruya a quien corresponda con el propósito de que audite al contribuyente con Registro Federal de Contribuyentes MEPL 881107464 y/o Agro Insumos de Isla, con domicilio fiscal ubicado en calle Raúl Sandoval núm. 360, entre calle Abasolo y calle Anaya, Col. Centro, C.P. 95641, Ciudad Isla, Veracruz, a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del ejercicio de 2011, toda vez que las organizaciones "Macedonios, S.C. de R.L.", y "Beluzari, S.P.R. de R.L.", proporcionaron tres facturas expedidas por dicho contribuyente, a quien le cubrieron $7,425,816.00 (siete millones cuatrocientos veinticinco mil ochocientos dieciseis pesos 00/100 M.N.), los cuales, de acuerdo con la información proporcionada por el SAT, no se reportaron en su declaración anual de impuestos del ejercicio 2011. [Resultado 8] 11-0-06E00-02-0324-05-002.- Para que el Servicio de Administración Tributaria instruya a quien corresponda con el propósito de que audite al contribuyente con Registro Federal de Contribuyentes ZAAG 830408 y/o Corporativa Agrícola, con domicilio fiscal en Av. Benito Juárez Núm. 898, Col Centro, C.P. 95641, Ciudad Isla, Veracruz; a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del ejercicio de 2011, toda vez que la organización "Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V.", proporcionó una factura expedida por dicho contribuyente, a quien le cubrió $873,126.00 (ochocientos setenta y tres mil ciento veintiséis pesos 00/100 M.N.), y de acuerdo con la información proporcionada por el SAT, no ha presentado su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio 2011. [Resultado 8] 11

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 11-0-06E00-02-0324-05-003.- Para que el Servicio de Administración Tributaria instruya a quien corresponda con el propósito de que audite al contribuyente con Registro Federal de Contribuyentes ROAC720101PE0 y/o Comercial Agropecuaria del Golfo, a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del ejercicio de 2011, toda vez que la organización "Puro Maíz de Tierra Blanca, S.C. de R.L. de C.V.", proporcionó una factura expedida por ese contribuyente por la venta de insumos agricolas, a quien le cubrió $1,136,300.00 (un millón ciento treinta y seis mil trescientos pesos 00/100 M.N.), y el domicilio señalado en su factura es presumiblemente inexistente; además, de acuerdo con la información proporcionada por el SAT, el domicilio difiere del registrado ante el mismo; el contribuyente suspendió operaciones el 30 de septiembre de 2010, y la actividad económica con la que se dio de alta en el Registro Federal de Contribuyentes es la de comercio al por menor de teléfonos y otros aparatos de comunicación. [Resultado 9] 11-0-06E00-02-0324-05-004.- Para que el Servicio de Administración Tributaria instruya a quien corresponda con el propósito de que audite al contribuyente Agroquímicos y Semillas Nueva Esperanza, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en Cerrada Prolongación Lerdo núm. 404, Col. Villa Alta, C.P.96026, Acayucan, Veracruz; a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del ejercicio fiscal de 2011, debido a que su representante legal manifestó haber vendido productos agrícolas a las organizaciones "Unión de Productores Agropecuarios Dos Mil Once, S.C. de R.L. de C.V.", y "Productores de Maíz y Sorgo Olmecas, S.C. de R.L. de C.V.", por un monto total de $3,629,004.00 (tres millones seiscientos veintinueve mil cuatro pesos 00/100 M.N.), lo que no pudo acreditar; además de que presentó facturas de gasto, cuyos proveedores negaron haberlas expedido, las cuales fueron consideradas como deducciones para efectos del cálculo de sus impuestos. [Resultado 13] 11-0-06E00-02-0324-05-005.- Para que el Servicio de Administración Tributaria instruya a quien corresponda con el propósito de que audite al contribuyente MOTR750707GC0 y/o Cyclon Sanidad Industrial, con domicilio fiscal en calle 12a. Oriente Sur núm. 1226 A, Col. Maldonado, C.P. 29080, Tuxtla Gutierrez, Chiapas a fin de constatar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales del ejercicio de 2011, toda vez que la organización "Los Introvertidos, S.C. de R.L. de C.V.", proporcionó una factura expedida por dicho contribuyente, a quien le cubrió $2,349,190.00 (dos millones trescientos cuarenta y nueve mil ciento noventa pesos 00/100 M.N.), mismos que no acreditó haberlos recibido. [Resultado 14] Solicitudes de Aclaración 11-0-08100-02-0324-03-001.- Para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que compruebe que los recursos por 1,375.0 miles de pesos otorgados a las organizaciones "Del Ámbar Productos Agrícolas, S. de S.S." y "Grupo Agrícola Cinco Estrellas, S.P.R. de R.L.", para el concepto de Paquete Tecnológico (Avío), se utilizaron para cubrir el importe de las facturas presentadas al Fideicomiso de Riesgo Compartido para comprobar la aplicación de dichos recursos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 15] 12

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria 11-9-08I6L-02-0324-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión omitieron supervisar y dar seguimiento al Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF), en específico a los apoyos otorgados a las organizaciones denominadas "Macedonios, S.C. de R.L."; "Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V.", y "Beluzari, S.P.R. de R.L." [Resultado 8] Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s): 11-0-08100-02-0324-06-001 11-9-08I6L-02-0324-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión omitieron supervisar y dar seguimiento al Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF), en específico a los apoyos otorgados a las organizaciones "Unión de Productores Agropecuarios Dos Mil Once, S.C. de R.L. de C.V." y "Productores de Maíz y Sorgo Olmecas, S.C. de R.L. de C.V.". [Resultado 13] Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s): 11-0-08100-02-0324-06-002 11-9-08I6L-02-0324-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Fideicomiso de Riesgo Compartido, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión omitieron supervisar y dar seguimiento al Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF), en específico a los apoyos otorgados a la organización "Los Introvertidos, S.C. de R.L. de C.V.". [Resultado 14] Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s): 11-0-08100-02-0324-06-003 Pliegos de Observaciones 11-0-08100-02-0324-06-001.- Se presume un probable daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $4,519,300.00 (cuatro millones quinientos diecinueve mil trescientos pesos 00/100 M.N.), en virtud de que no se pudo constatar que las organizaciones 13

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 denominadas "Macedonios, S.C. de R.L."; "Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V.", y "Beluzari, S.P.R. de R.L.", realizaron las acciones convenidas para el componente de Paquete Tecnológico (Avío), toda vez que los supuestos proveedores de los bienes no atendieron los requerimientos de información de la Auditoría Superior de la Federación, además de que presumiblemente los recursos fueron retirados de las cuentas bancarias de las organizaciones mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes de los supuestos proveedores. [Resultado 8] 11-0-08100-02-0324-06-002.- Se presume un probable daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $3,628,750.00 (tres millones seiscientos veintiocho mil setecientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), en virtud de que no se acreditó cabalmente que las organizaciones denominadas "Unión de Productores Agropecuarios Dos Mil Once, S.C. de R.L. de C.V." y "Productores de Maíz y Sorgo Olmecas, S.C. de R.L. de C.V.", realizaron las acciones convenidas para el componente de Paquete Tecnológico (Avío), toda vez que se comprobó que dichos recursos fueron retirados de sus cuentas bancarias mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes de sus supuestos proveedores de los bienes, quienes además no acreditaron haber realizado las operaciones de compraventa con las citadas organizaciones, ni que éstas les hubieran pagado el importe de las facturas presentadas al Fideicomiso de Riesgo Compartido como parte de la comprobación de la aplicación de los recursos que le fueron otorgados, provenientes del Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol. [Resultado 13] 11-0-08100-02-0324-06-003.- Se presume un probable daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $1,615,600.00 (un millón seiscientos quince mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), en virtud de que no se acreditó que la organización denominada "Los Introvertidos, S.C. de R.L. de C.V.", realizó las acciones convenidas para el componente de Paquete Tecnológico (Avío), toda vez que el supuesto proveedor de los bienes, mediante acta administrativa circunstanciada de auditoría, no acreditó cabalmente que la mencionada organización le hubiera realizado el pago por sus servicios, respecto a la factura que ésta presentó al Fideicomiso de Riesgo Compartido como parte de la comprobación de la aplicación de los recursos que le fueron otorgados, provenientes del Proyecto Estratégico de Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol. [Resultado 14] Denuncias de Hechos 11-0-17100-02-0324-09-001.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $616,500.00 (seiscientos dieciséis mil quinientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Unión de Productores de Maíz de la Rivera del Sur, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 7] 14

11-0-17100-02-0324-09-002.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $894,600.00 (ochocientos noventa y cuatro mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Productores de Granos Básicos de Jesús Carranza, S.C. de R.L de C.V.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 7] 11-0-17100-02-0324-09-003.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,738,800.00 (un millón setecientos treinta y ocho mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Productores Agrícolas y Ganaderos de Jesús Carranza, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron transferidos de la cuenta bancaria de la organización a otra cuenta de inversión a plazo también a nombre de ésta. [Resultado 7] 11-0-17100-02-0324-09-004.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,929,700.00 (un millón novecientos veintinueve mil setecientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Macedonios, S.C. de R.L.", que presentó una factura de un proveedor, el cual aun cuando se localizó su domicilio, éste no atendió el requerimiento de información y documentación de la Auditoría Superior de la Federación, y de acuerdo con el SAT en su declaración de impuestos del ejercicio 2011, no reportó los supuestos ingresos obtenidos por la venta de productos agrícolas a la citada organización; además, se presume que los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante disposiciones realizadas a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 8] 11-0-17100-02-0324-09-005.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,803,200.00 (un millón ochocientos tres mil doscientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Beluzari, S.P.R. de R.L.", que presentó una factura de un proveedor, el cual aun cuando se localizó su 15

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 domicilio, éste no atendió el requerimiento de información y documentación de la Auditoría Superior de la Federación, y de acuerdo con el SAT en su declaración de impuestos del ejercicio 2011, no reportó los supuestos ingresos obtenidos por la venta de productos agrícolas a la citada organización; además, se presume que los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante disposiciones realizadas a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 8] 11-0-17100-02-0324-09-006.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $786,400.00 (setecientos ochenta y seis mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Productores de Maíz de la Región de Isla, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un proveedor, el cual aun cuando se localizó su domicilio, éste no atendió el requerimiento de información y documentación de la Auditoría Superior de la Federación, y de acuerdo con el SAT no ha presentado su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio 2011; además, se presume que los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante disposiciones realizadas a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 8] 11-0-17100-02-0324-09-007.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,136,300.00 (un millón ciento treinta y seis mil trescientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Puro Maíz de Tierra Blanca, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un proveedor; que de acuerdo con el SAT, su actividad económica es la de comercio de teléfonos y aparatos de telecomunicación, suspendió operaciones en septiembre de 2010, y no fue localizado, ya que el domicilio asentado en su factura no existe; además, de que los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante disposiciones realizadas por su Presidente, Secretario y Tesorero. [Resultado 9] 11-0-17100-02-0324-09-008.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $735,900.00 (setecientos treinta y cinco mil novecientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Sembradores de Palma Cuata, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura no fue expedida por la empresa que representa; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de su cuenta bancaria mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 10] 16

11-0-17100-02-0324-09-009.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,907,400.00 (un millón novecientos siete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Socios Unidos San Carlos, S.C. de R.L. de C.V.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 11] 11-0-17100-02-0324-09-010.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $667,900.00 (seiscientos sesenta y siete mil novecientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Monsamiyanto, S.C. de R.L.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 11] 11-0-17100-02-0324-09-011.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $682,700.00 (seiscientos ochenta y dos mil setecientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Los Tres Pueblos, S.P.R. de R.L.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura se encuentra en su consecutivo con la leyenda de cancelada; además, porque presumiblemente los recursos fueron retirados de la cuenta bancaria de la organización mediante cheques expedidos a favor de personas diferentes del supuesto proveedor. [Resultado 11] 11-0-17100-02-0324-09-012.- Contra quien resulte responsable por los actos u omisiones Tecnológico (Avío) por un monto de $1,432,200.00 (un millón cuatrocientos treinta y dos mil doscientos pesos 00/100 M.N.) que se le otorgaron a la organización denominada "Unión de Productores de Granos Playa Vicente, S.C. de R.L.", que presentó una factura de un prestador de servicios, el cual mediante Acta Administrativa Circunstanciada de Auditoría, manifestó que dicha factura no fue expedida por la empresa que representa; además, 17