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ANEXO NORMAS REFERENCIADAS

Transcripción:

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UNE 60.670/05 Página 2

1.- AMBITO REGLAMENTARIO JERARQUIA COMUNIDAD EUROPEA Los estados miembros deben transponer las directivas. Cada estado tiene su propia estructura. ESTADO MIEMBRO AUTONOMIAS LOCALES SUMINISTRADORAS Los reglamentos siempre son de mínimos, por lo que a mayor jerarquía menor nivel de exigencia. NIVEL DE EXIGENCIA 1.- AMBITO REGLAMENTARIO JERARQUIA LEY DECRETO ó REAL DECRETO ORDEN RESOLUCION Política de nuevo enfoque de la armonización técnica (1985) NORMAS TECNICAS (UNE, EN, ISO, etc) Solo son de obligado cumplimiento cuando así lo indique la reglamentación correspondiente NIVEL DE EXIGENCIA 1

REAL DECRETO 919/2006 de 28 de julio REGLAMENTO TECNICO DE DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE COMBUSTIBLES GASEOSOS. Publicado en el BOE de 04/09/06 Ha entrado en vigor el 04/03/07 RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS Este reglamento deroga toda la reglamentación excesivamente dispersa y, en muchos casos, obsoleta del sector del gas. Se compone de diversas instrucciones técnicas, dedicadas a los diferentes aspectos del suministro de gas. El contenido técnico se basa en diferentes normas UNE, UNE EN, referenciadas en cada instrucción. 2

RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS Asigna a los distribuidores la responsabilidad de realizar la inspección de las instalaciones receptoras de gases canalizados; establece el cobro de la misma. La relación de normas UNE se da sin año; en la ITC-IGC 11 se da la relación incluyendo el año, de modo que solo debe actualizarse esa instrucción para que las normas queden automáticamente actualizadas. Al actualizarla se fijaran los plazos para el cumplimiento de las nuevas versiones. Se elaborará una GUIA TECNICA de aplicación, quedando encargado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de su elaboración y actualización. Se dispone de dos años para la convalidación de los carnes de instaladores actuales. RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS Artículo 1: OBJETO Establecer las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las instalaciones de distribución y utilización de combustibles gaseosos y aparatos de gas, con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y los bienes. 3

RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS Artículo 7: MANTENIMIENTO En las instalaciones alimentadas desde REDES se realizaran INSPECCIONES periódicas; las realiza el DISTRIBUIDOR y serán abonadas por el titular. En las restantes instalaciones se realizaran REVISIONES periódicas; serán responsabilidad del titular, para lo que deberá solicitar los servicios de la entidad correspondiente. RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS Artículo 8: INTERVINIENTES EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS. INSTALADORES DE GAS. AGENTES DE PUESTA EN MARCHA Y ADECUACION DE APARATOS A GAS. 4

RD 919/2006: REGLAMENTO DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE GAS INDICE INSTRUCCIONES TECNICAS ITC-ICG 01 ITC-ICG 02 ITC-ICG 03 ITC-ICG 04 ITC-ICG 05 ITC-ICG 06 ITC-ICG 07 ITC-ICG 08 ITC-ICG 09 ITC-ICG 10 ITC-ICG 11 INSTALACIONES DE DISTRIBUCION DE COMBUSTIBLES GASEOSOS POR CANALIZACION. CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION DE ENVASES DE GLP. INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GLP EN DEPOSITOS FIJOS. PLANTAS SATELITES DE GAS NATURAL LICUADO (GNL). ESTACIONES DE SERVICIO PARA VEHICULOS A GAS. INSTALACIONES DE ENVASES DE GLP PARA USO PROPIO. INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS. APARATOS A GAS. INSTALADORES Y EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS. INSTALACIONES DE GLP DE USO DOMESTICO EN CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS. RELACION DE NORMAS UNE DE REFERENCIA ITC-IGC 01: COMBUSTIBLES GASEOSOS POR CANALIZACION SUSTITUYE AL REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS. Remite a las Normas: - UNE EN 12.007. - UNE EN 1.594. - UNE EN 12.186. - UNE EN 12.327. - UNE 60.310. - UNE 60.311. - UNE 60.312 5

ITC-IGC 03: INSTALACIONES DE GLP EN DEPOSITOS FIJOS Las capacidades máximas de almacenamiento son: - 2.000 m 3 en depósitos de superficie. - 500 m 3 en depósitos enterrados. Remite a la norma UNE 60.250 Instalaciones que requieren proyecto: - Cuando alimenten a instalaciones de distribución por canalización. - Cuando dispongan de vaporizador. - Cuando estén ubicadas en lugares de libre acceso al público. - o Con capacidades de almacenamiento superiores a 13 m 3. ITC-IGC 05: ESTACIONES DE SERVICIO PARA VEHICULOS A GAS Fija los requisitos para proyecto, construcción y explotación de las estaciones de servicio para vehículos a gas; puede suministrarse: - Gases licuados del petróleo (GLP) a granel. - Gas Natural Comprimido (GNC). Remite a las normas: - UNE 60.630 (para GLP). - UNE 60.631-1 (para GNC). 6

ITC-IGC 06: INSTALACIONES DE ENVASES DE GLP PARA USO PROPIO Se aplica a envases de carga unitaria superior a 3 kg. Las capacidades máximas de almacenamiento son: - 300 kg, para envases de carga unitaria no superior a 15 kg. - 1.000 kg, para cargas unitarias superiores a 15 kg No se requiere proyecto ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Sustituye al RIGLO y a la Orden de Documentación y Empresas (1985) Remite a las normas: - UNE 60.670 (13 partes). - UNE 60.620 (6 partes). - UNE 60.601 Instalaciones que requieren proyecto: - Instalaciones individuales de potencia útil? superior a 70 kw. - Instalaciones comunes de potencia útil superior a 2.000 kw. - Acometidas interiores de potencia útil superior a 2.000 kw. - Instalaciones alimentadas desde redes de MOP superior a 5 bar. - Instalaciones que empleen nuevas técnicas o materiales. - Las ampliaciones que superen en un 30% la potencia de diseño inicial. 7

ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Punto 2: CHIMENEAS Con carácter general la evacuación de los Productos de la Combustión (PdC) se realizará por la cubierta; para el diseño de las chimeneas remite a las normas: DISEÑO - UNE 123.001. - UNE EN 13.384-1. - UNE EN 13.384-2 MATERIALES -UNE EN 1.856-1 (Metálicas) -NTE-ISH/74 (No Metálicas) Ya está derogada por el CTE Admite la evacuación por fachada hasta 70 kw para aparatos estancos o de tiro forzado, y hasta 24,4 kw para ACS con atmosféricos. ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Punto 2: PATIOS DE VENTILACION En caso de utilizar el patio de ventilación para evacuación de los PdC, la superficie en planta del mismo será: Sup (m 2 ) = 1 x N T (con un mínimo de 6 m 2 ) Siendo N T el número de locales que pueden contener aparatos conducidos que desemboquen en el patio. En edificación existente la superficie mínima será: Sup (m 2 ) = 0,5 x N T (con un mínimo de 4 m 2 ) Si el patio está cubierto en su parte superior por un techado, este debe dejar libre una superficie permanentemente en contacto con el exterior del 25% de su sección en planta, con un mínimo de 4 m 2. 8

ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Punto 4: MANTENIMIENTO (INSPECCION) INSPECCION PERIODICA: Las instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribución se inspeccionarán cada 5 años, dentro del año natural de vencimiento; la inspección será realizada por la distribuidora. * * En instalaciones hasta 70 kw, la inspección comprenderá desde la llave de usuario hasta los aparatos de gas, incluidos estos. En instalaciones de mas de 70 kw, la inspección comprenderá desde la llave de edificio hasta la conexión de los aparatos de gas, excluidos estos. La revisión periódica consistirá básicamente en la comprobación de estanqueidad de la IRG y la verificación del buen estado de conservación de la misma, la combustión higiénica de los aparatos y la correcta evacuación de los PdC. ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Punto 4: MANTENIMIENTO (REVISION) REVISION PERIODICA: Las instalaciones receptoras NO alimentadas desde redes de distribución se revisarán cada 5 años, dentro del año natural de vencimiento; será realizada por una empresa instaladora. * * En instalaciones hasta 70 kw, la revisión comprenderá desde la llave de usuario hasta los aparatos de gas, incluidos estos. En instalaciones de mas de 70 kw, la revisión comprenderá desde la llave de edificio hasta la conexión de los aparatos de gas, excluidos estos. * En instalaciones suministradas desde una red de presión máxima de operación superior a 5 bar, la inspección comprenderá desde la llave de acometida hasta la conexión de los aparatos de gas, excluidos estos. En instalaciones suministradas desde redes de presión hasta 5 bar, consistirá básicamente en la comprobación de estanqueidad de la IRG y la verificación del buen estado de conservación de la misma, la combustión higiénica de los aparatos y la correcta evacuación de los PdC. El personal que realice la inspección estará FORMADO y ACREDITADO. 9

ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS ANEXO: MODELOS DE IMPRESOS ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS ANEXO: MODELOS DE IMPRESOS 10

ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS ANEXO: MODELOS DE IMPRESOS ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS ANEXO: MODELOS DE IMPRESOS 11

ITC-IGC 07: INSTALACIONES RECEPTORAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS ANEXO: MODELOS DE IMPRESOS VENTILACION ELIMINACION DE CONTAMINANTES Y DISIPACION DEL CALOR RESIDUAL C + O 2 = CO 2 + Calor (28 kwh/kgco 2 ) 2H + O 2 = 2H 2 O+ Calor(40 kwh/kgh 2 O) AIRE PARA LA COMBUSTION 12

CARACTERISTICAS DE COMBUSTION DE LOS COMBUSTIBLES COMBUSTIBLE Nm 3 AIRE/kWh Nm 3 HUMOS/kWh BUTANO 0,94 1,01 PROPANO 0,95 1,05 GAS NATURAL 0,94 1,02 Por kwh, Aproximadamente, TODOS los combustibles Requieren 1 Nm 3 de aire y producen 1 Nm 3 de humos CARACTERISTICAS DE CONTAMINACION DE LOS COMBUSTIBLES COMBUSTIBLE grco 2 /kwh grh 2 O/kWh AZUFRE BUTANO 238 122 < 0,05% PROPANO 233 2% 126 < 0,05% GAS NATURAL 204 17% 155 NULO EL GAS NATURAL ES EL COMBUSTIBLE MENOS CONTAMINANTE 13

CLASIFICACION DE LOS APARATOS A GAS TIRO CAMARA ABIERTA CAMARA CERRADA NATURAL ATMOSFERICOS VENTOSA FORZADO TIRO FORZADO ESTANCOS Los aparatos mas seguros son los de cámara cerrada. Por motivos estrictamente económicos los mas utilizados han sido los atmosféricos. APARATOS NO CONECTADOS 14

APARATOS NO CONECTADOS APARATOS NO CONECTADOS 15

APARATOS NO CONECTADOS Salida de Aire, SUPERIOR DISTANCIA MAXIMA VOLUMEN MINIMO Entrada de Aire, INFERIOR ALTURA MAXIMA ALTURA MINIMA APARATOS SIN SEGURIDAD POR FALTA DE LLAMA VENTILACION RAPIDA 16

APARATOS NO CONECTADOS: PN > 30 kw APARATOS CONECTADOS 17

APARATOS CONECTADOS Entrada de Aire. APARATOS DE CAMARA CERRADA 18

VENTILACION ELIMINACION DE POSIBLES FUGAS DE GAS? Densidad Relativa respecto al AIRE: BUTANO: 1,966 PROPANO: 1,583 GAS NATURAL: 0,643 SITUACION NO SE UBICARAN APARATOS A GAS EN LOCALES POR DEBAJO DEL PRIMER SOTANO CON GASES MAS PESADOS QUE EL AIRE EL NIVEL LIMITE ES EL DE PLANTA BAJA 19

SITUACION ESTA PROHIBIDO INSTALAR APARATOS DE CAMARA ABIERTA EN DORMITORIOS, BAÑOS o ASEOS. 8.1.2: Terminal de evacuación de los PdC para aparatos atmosféricos. 20

Distancias de los terminales de evacuación de los PdC a aberturas y huecos El conducto debe disponer en su extremo del DEFLECTOR diseñado para el aparato Forma de medir las distancias 8.4.2: La salida de los PdC distará 40 cm, como mínimo, de ventanas, rejillas de ventilación adyacentes y rejillas de ventilación situadas por encima. 21

8.4.2: Respecto a la propia ventana del local donde se instale, no es necesario respetar esa distancia, siempre que la salida de los PdC quede por encima de la parte practicable de la ventana y de la ventilación superior, y, como mínimo, a 220cm del suelo. Así mismo, tampoco es preciso respetar los 40 cm a rejillas situadas por debajo del terminal de los PdC. 8.4.3: La salida de los PdC debe situarse, como mínimo, a 220 cm del suelo exterior de la finca, público o privado, con transito o permanencia de personas. 22

Detalles correspondientes a la figura 2 de la norma UNE 60.670 parte 6 versión de 2005. Figura: Descarga libre. Figura : Descarga con deflector. 8.4.4: El extremo del conducto de los PdC debe sobresalir de fachada lo mínimo posible. 23

8.4.6: Entre dos salidas de los PdC situadas al mismo nivel, se debe mantener una distancia mínima de 60 cm. La distancia se puede reducir a 30 cm si se emplean deflectores divergentes, indicados por el fabricante. 8.4.7: La salida de los PdC bajo cornisa o balcón debe guardar una distancia mínima de 30 cm. Si no puede respetarse esta distancia, el extremo del conducto se llevará hasta la rasante del saliente. En el caso de evacuación a galería, el conducto se debe prolongar hasta el exterior de la misma. 24

8.4.8: La salida de los PdC debe distar al menos 100 cm de la pared lateral con ventanas o huecos de ventilación, o 30 cm de pared lateral sin ventanas o huecos de ventilación. 8.4.9: La salida de los PdC distará al menos 300 cm de la pared frontal con ventanas o huecos de ventilación, o 200 cm de pared frontal sin ventanas o huecos de ventilación. 25

LOCAL UNICO Para resolver las situaciones en la que no se puedan cumplir los requisitos reglamentarios, se ha definido LOCAL UNICO: Son dos locales que estén PERMANENTEMENTE comunicados por 1,5 m 2 APARATOS NO CONECTADOS: LOCAL UNICO 26

INSTALACION APARATOS CONECTADOS LOS APARATOS CONECTADOS Y ESTANCOS DEBEN SER FIJOS 27

INSTALACION APARATOS DE COCINADO > 40 cm INSTALACION APARATOS DE COCINADO PANTALLA DE PROTECCION < 40 cm 28

ITC-IGC 08: APARATOS DE GAS Sustituye al REGLAMENTO DE APARATOS A GAS Punto 5: PUESTA EN MARCHA La puesta en marcha de los aparatos a gas podrá realizarse: * * Aparatos B y C de mas de 24,4 kw, por el servicio técnico de asistencia (SAT) del fabricante, siempre que posea un sistema de calidad certificado, o por instaladores debidamente autorizados. Resto de aparatos, por el SAT del fabricante, o por una empresa instaladora de gas. El agente que realice la puesta en marcha de un aparato de gas deberá emitir y entregar al cliente un certificado de puesta en marcha. ITC-IGC 08: APARATOS A GAS. ANEXO: CERTIFICADO DE PUESTA EN MARCHA 29

ITC-IGC 09: INSTALADORES Y EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS EMPRESAS INSTALADORAS CATEGORIA RD 919/2006 ORDEN 1985 C B A NORMATIVA I II III IV EQUIVALENCIAS CATEGORIAS INSTALADORES Además se fija la figura del SOLDADOR DE POLIETILENO ITC-IGC 09: INSTALADORES Y EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS REQUISITOS EMPRESAS INSTALADORAS REQUISITO C B A Nº INSTALADORES 1/3 (*) 1/5 (**) 1/7 (**) SEGURO RC 300.000 600.000 900.000 LOCAL NO SI SI MEDIOS TECNICOS SI SI SI TECNICO NO PRECISA NO PRECISA NO PRECISA (*): Relación entre el número de instaladores a jornada completa, incluidos en plantilla, y el número total de obreros especialistas. (**): Relación entre el número de instaladores (A o B, según corresponda) a jornada completa, incluidos en plantilla, y el número total de obreros especialistas e instaladores de categorías inferiores (B o C). 30

ITC-IGC 09: INSTALADORES Y EMPRESAS INSTALADORAS DE GAS Punto 4.1: AGENTES DE PUESTA EN MARCHA. Para estar capacitados para la puesta en marcha de los aparatos a gas (tipos B y C de mas de 24,4 kw) se crean los siguientes requisitos adicionales: * * Estar acreditado a tal fin por el fabricante. o Poseer la certificación de una entidad acreditada para la certificación de personas, específicamente para estas operaciones, según lo establecido en el RD 2.200/1995. Punto 4.2: CAMBIO DE FAMILIA DE GAS. Los instaladores de categoría A que pretendar adecuar los aparatos por cambio de familia de gas, deberan: * Estar acreditado a tal fin por el fabricante. * o Poseer la certificación de una entidad acreditada para la certificación de personas, específicamente para estas operaciones, según lo establecido en el RD 2.200/1995. ITC-IGC 10: INSTALACIONES DE GLP EN CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS Remite a la norma UNE EN 1.949 Se deberá realizar una revisión cada 4 años, por una empresa instaladora autorizada. 31

ITC-IGC 10: INSTALACIONES DE GLP EN CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS ANEXO: CERTIFICADO DE REVISION ITC-IGC 10: INSTALACIONES DE GLP EN CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS ANEXO: CERTIFICADO DE INSTALACION 32

UNE 60.670/05 * Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación inferior o igual a 5 bar. UNE 60.670/05 Parte 1: Generalidades. Parte 2: Terminología. Parte 3: Tuberías, elementos, accesorios y sus uniones. Parte 4: Diseño y construcción. Parte 5: Recintos destinados a la instalación de contadores de gas. Parte 6: Requisitos de configuración, ventilación y evacuación de los productos de la combustión en los locales destinados a contener los aparatos a gas. Parte 7: Requisitos de instalación y conexión de aparatos a gas. Parte 8: Pruebas de estanqueidad para la entrega de las instalaciones. Parte 9: Pruebas previas al suministro y puesta en servicio. Parte 10: Verificación de mantenimiento de las condiciones de seguridad de los aparatos en su instalación. Parte 11: Operaciones en instalaciones receptoras en servicio. Parte 12: Criterios técnicos básicos para el control periódico de las instalaciones receptoras en servicio. Parte 13: Criterios técnicos básicos para el control periódico de los aparatos a gas de las instalaciones receptoras en servicio. UNE 60.670/05 Página 3

UNE 60.670 Parte 1: GENERALIDADES INSTALACIONES RECEPTORAS DE GAS (IRG) A los efectos de la norma UNE 60.670 se consideran IRG aquellas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Que utilicen combustibles gaseosos incluidos en las familias mencionadas en la UNE 60.002 y en las condiciones de suministro indicadas en la UNE EN 437. - Que la presión máxima de operación (MOP) sea igual o inferior a 5 bar. - Destinadas a la conexión de cualquier tipo de aparatos a gas. No tienen carácter de IRG los aparatos móviles alimentados por un único envase o depósito móvil de GLP de contenido unitario inferior a 15 kg, conectado por tubería flexible o acoplado directamente a un solo aparato a gas, ni los aparatos populares. CLASES DE IRG Atendiendo a la forma de suministro se distinguen tres clases de IRG: - Desde una red de distribución (canalizado). - Desde depósitos de GLP fijos (granel) o móviles de carga unitaria superior a 15 kg (envasado). - Desde depósitos de GLP móviles de carga unitaria inferior a 15 kg (envasado). COMPONENTES DE LA IRG En general pueden constar de las siguientes partes: - Acometida Interior. - Instalación Común. - Instalación Individual. UNE 60.670/05 Página 4

RANGO DE PRESIONES El diseño de los elementos de regulación y seguridad se realizará cumpliendo las relaciones entre las presiones indicadas en la siguiente tabla: RANGO DE PRESIONES (bar) MOP < 0,1 0,1 < MOP < 2 2 < MOP < 5 MOP: Presión Máxima de Operación Tabla I: UNE 60.601/05 Parte 1 REQUISITOS GENERALES DE LAS IRG Se garantizará: - La adecuada aportación de gas a los aparatos (caudal y presión). - La seguridad de las conducciones hasta los mismos. UNE 60.670/05 Página 5

UNE 60.670 Parte 2: TERMINOLOGIA En la parte 2 se dan las diferentes definiciones de los componentes de las IRG; en este capitulo se indican las mas significativas, agrupadas por temas: COMPONENTES DE LAS IRG INSTALACION RECEPTORA DE GAS: Es el conjunto de conducciones y accesorios comprendidos entre la llave de acometida, (excluida) y las llaves de aparato (incluidas), quedando excluidos los tramos de conexión de los aparatos y los propios aparatos. Una misma IRG puede suministrar a varios edificios siempre que estén ubicados en terrenos de una misma propiedad. ACOMETIDA: Es la parte de la canalización de gas comprendida entre la red de distribución y la llave de acometida (incluida). No forma parte de la IRG. ACOMETIDA INTERIOR: Es el conjunto de conducciones y accesorios comprendidos entre la llave de acometida, (excluida) y la llave, o llaves, de edificio (incluidas), en el caso de instalaciones receptoras suministradas desde redes de distribución. En el caso de instalaciones individuales con contaje situado en el límite de la propiedad no existe acometida interior. INSTALACION COMUN: Es el conjunto de conducciones y accesorios comprendidos entre la llave, o llaves, de edificio (excluidas) y las llaves de usuario (incluidas). En general esta compuesta por: - Armario de Regulación. - Instalación común propiamente dicha. - Centralización de contadores. INSTALACION INDIVIDUAL: Es el conjunto de conducciones y accesorios comprendidos entre la llave de usuario (excluida), cuando exista instalación común, o la llave de acometida o edificio (excluidas) cuando suministre a un único usuario, y las llaves de aparato (incluidas). En general se compone de: - Instalación individual exterior. - Regulador de usuario. - Instalación individual interior. En instalaciones suministradas desde depósitos móviles de GLP de carga unitaria inferior a 15 kg, es el conjunto de conducciones y accesorios comprendidos entre el regulador o reguladores acoplados a los envases o botellas (incluidos) y las llaves de conexión a aparatos (incluidas) UNE 60.670/05 Página 6

LLAVES DELIMITADORAS DE LAS INSTALACIONES Las diferentes partes de una IRG están delimitadas por una serie de llaves, que a continuación se definen: LLAVE DE ACOMETIDA: Es el dispositivo de corte mas próximo, o en el mismo límite de la propiedad, accesible desde el exterior de la misma e identificable. En instalaciones suministradas desde depósitos de GLP fijos o móviles, esta función la desempeña la llave de salida en fase gaseosa desde la instalación de almacenamiento o batería de botellas, o bien la llave de salida incorporada al regulador acoplado a las propias botellas, según el caso. LLAVE DE EDIFICIO: Es el dispositivo de corte mas próximo, o en el muro de cerramiento del edificio, accionable desde el exterior del mismo. En las instalaciones que dispongan de estación de regulación y/o medida sus funciones las podrá desempeñar el dispositivo de corte situado lo más próximo posible a la entrada de dicha estación, accionable desde el exterior del recinto qie delimita la estación. LLAVE DE USUARIO: Es el dispositivo de corte, que perteneciendo a la instalación común, establece el límite entre ésta y la instalación individual, puede interrumpir el paso de gas a una sola instalación individual. En instalaciones suministradas desde depósitos de GLP fijos o móviles, la llave de usuario coincide con la de acometida. LLAVE DE CONEXIÓN DE APARATO: Es el dispositivo de corte que está situado lo más próximo posible a la conexión de cada aparato a gas. No debe confundirse con la llave de mando de corte que lleve incorporada el propio aparato. Debe existir en todos los casos salvo que se trate de instalaciones individuales en las que se utilice un depósito móvil de GLP de contenido inferior a 15 kg, equipado con un regulador con dispositivo de corte incorporado y acoplado a un solo aparato situad en el mismo local que el depósito. UNE 60.670/05 Página 7

Además de las llaves que separan las diferentes partes de una IRG existen otras que también son necesarias y que se detallan a continuación: LLAVE DE REGULADOR: Se situará muy próxima a la entrada del regulador. En depósitos móviles de GLP de carga inferior a 15 kg es la llave incorporada en el propio regulador acoplado a cada envase o botella. LLAVE DE MONTANTE COLECTIVO: Es aquella que permite cortar el paso de gas al tramo de la Instalación Común que suministra gas a varios usuarios situados en un mismo sector o ala de un edificio. LLAVE DE VIVIENDA O DE LOCAL PRIVADO: Es aquella con la cual el usuario desde el interior de su vivienda o local puede cortar el paso de gas al resto de la instalación. En depósitos móviles de GLP de carga inferior a 15 kg situados en el interior del local, es la llave que incorpora el propio regulador, o reguladores, acoplados a cada envase o botella. ACCESIBILIDAD Para poder garantizar la seguridad y correcto mantenimiento de las IRG es preciso poder acceder a sus elementos fundamentales; en la terminología se definen los diferentes grados de accesibilidad: ACCESIBILIDAD GRADO 1: Cuando la manipulación del elemento se puede realizar sin necesidad de abrir cerraduras y el acceso tiene lugar sin necesidad de disponer de escaleras convencionales o medios mecánicos especiales. ACCESIBILIDAD GRADO 2: Cuando el elemento está protegido por un armario, un registro practicable o una puerta, provistos de cerradura con llave normalizada. Su manipulación se debe poder realizar sin necesidad de disponer de escaleras convencionales o medios mecánicos especiales. ACCESIBILIDAD GRADO 3: Cuando para la manipulación del elemento se precisan escaleras convencionales o medios mecánicos especiales, o bien es preciso pasar por una zona privada o que, aún siendo común, sea de uso privado. UNE 60.670/05 Página 8

PRESIONES Se definen las siguientes presiones, todas relativas: PRESION DE DISEÑO (DP): Es la presión de dimensionado de las instalaciones. PRESION DE PRUEBA CONJUNTA DE RESISTENCIA Y ESTANQUEIDAD (CTP): Presión a la que se somete a la instalación en el momento de la prueba conjunta de resistencia y estanqueidad. PRESION DE PRUEBA DE ESTANQUEIDAD: Presión a la que se somete a la instalación en el momento de la prueba de estanqueidad. PRESION DE PRUEBA DE RESISTENCIA (STP): Presión a la que se somete a la instalación en el momento de la prueba de resistencia. PRESION DE OPERACIÓN (OP): Presión a la cual trabaja una IRG en un momento determinado. PRESION MAXIMA DE OPERACIÓN (MOP): Máxima presión a la que la instalación se puede ver sometida de forma continuada en condiciones normales de operación. PRESION MAXIMA EN CASO DE INCIDENTE (MIP): Presión máxima a la que se prevé se puede ver sometida una instalación durante un breve instante de tiempo, limitada por los sistemas de seguridad. PRESION TEMPORAL DE OPERACION (TOP): Presión máxima a la que puede operar temporalmente una instalación, bajo control de los elementos de regulación. PRESION DE GARANTIA: Presión mínima que, contractualmente, se debe disponer en el inicio de la IRG, es decir a la salida de la acometida. PRESION DE TARADO: Presión preestablecida a la que se ajustan cada una de las funciones de un regulador o válvula de seguridad. UNE 60.670/05 Página 9

CONSUMOS Y POTENCIAS En esta norma se definen los siguientes consumos y potencias: CONSUMO CALORIFICO: Cantidad de energía consumida por un aparato a gas en una unidad de tiempo, referida al Poder Calorífico del Gas, en las condiciones de referencia. Se calcula como el producto del consumo volumétrico o másico por el Poder Calorífico del Gas, expresado en el mismo sistema de unidades. Se expresa en kw. CONSUMO CALORIFICO NOMINAL: Valor del consumo calorífico indicado por el fabricante del aparato. Se expresa en kw. CONSUMO MASICO: Masa de gas consumida por el aparato en funcionamiento continuo, en una unidad de tiempo. Se expresa en kg/h o en gr/h. CONSUMO VOLUMETRICO: Volumen de gas consumido por el aparato en funcionamiento continuo, en una unidad de tiempo, tomándose el gas en condiciones de referencia. Se expresa en m 3 /h o eventualmente en l/min. POTENCIA UTIL: Es la cantidad de energía térmica transmitida al fluido portador de calor por unidad de tiempo. POTENCIA UTIL NOMINAL: Valor máximo de la potencia útil indicada por el fabricante del aparato. UNE 60.670/05 Página 10

ELEMENTOS DE SEGURIDAD Se definen los siguientes elementos para la seguridad de las instalaciones: VALVULA DE ALIVIO (VAS): Dispositivo que conecta la IRG con el exterior permitiendo reducir la presión de la instalación por evacuación directa de una pequeña cantidad de gas al exterior cuando la presión supera un valor predeterminado. VALVULA DE SEGURIDAD POR MINIMA PRESION (VIS min ): Dispositivo que tiene por objeto interrumpir el suministro de gas aguas abajo del punto donde se halla instalado, cuando la presión del gas llega a ser inferior a un valor predeterminado. Este dispositivo puede estar integrado en otro elemento de la instalación. VALVULA DE SEGURIDAD POR MAXIMA PRESION (VIS máx ): Dispositivo que tiene por objeto interrumpir el suministro de gas aguas abajo del punto donde se halla instalado, cuando la presión del gas excede a un valor predeterminado. Este dispositivo puede estar integrado en otro elemento de la instalación. CORTE AUTOMATICO DE GAS: Sistema que permite el corte del suministro de gas al recibir una determinada señal procedente de un detector de gas, de una central de alarmas o de cualquier dispositivo previsto como elemento de seguridad en la IRG, siendo la reapertura del suministro únicamente posible mediante un rearme manual. UNE 60.670/05 Página 11

LOCALES Se definen los siguientes tipos de locales, con influencia directa en el diseño de las IRG: PRIMER SOTANO O SEMISOTANO: La primera planta cuyo suelo se encuentra en todas sus paredes a un nivel inferior e más de 60 cm con relación al suelo exterior de la calle o de un patio de ventilación contigüo. PATIO DE VENTILACION: Espacio situado dentro del volumen del edificio y en comunicación directa con el exterior en su parte superior, que es susceptible de ser utilizado para realizar la ventilación (entrada y/o salida de aire y/o evacuación de los PdC) de los locales que den al citado espacio y en los cuales estén ubicados aparatos a gas. PATIO INGLES: Espacio abierto entre el muro del edificio y un muro de contención del terreno que evita el contacto entre ambos y permite el acceso de luz y aire al sótano. PUERTA O REGISTRO ESTANCO: Puerta o registro que siendo ciego se ajusta a su marco en todo su perímetro mediante una junta de estanqueidad. LOCAL DE ASEO: Recinto destinado sólo a la higiene personal. LOCAL DE DUCHA O BAÑO: Recinto destinado a la higiene personal, en el cual existe al menos una bañera o u n plato de ducha. LOCAL DESTINADO A USOS COLECTIVOS O COMERCIALES: Aquel al que habitualmente concurren personas ajenas al mismo, para recibir o desarrollar determinados servicios o actividades. Tienen esta consideración locales tales como: edificios institucionales, restaurantes, hoteles, salas de fiestas, cines, oficinas, escuelas, cuarteles, hospitales, locales de culto religiosos, almacenes, comercios o locales similares. LOCAL DESTINADO A USOS DOMESTICOS: Aquel destinado a vivienda de perdonas. LOCAL TECNICO: Local o recinto destinado exclusivamente al emplazamiento centralizado de contadores y/o reguladores de gas y sus accesorios cuya lectura y mantenimiento se realizan desde el interior del mismo. ZONAS COMUNITARIAS: Son aquellas que no están destinadas para una utilización con cierta permanencia, siendo por lo general lugares de paso de personas tales como vestíbulos, escaleras, rellanos, etc. UNE 60.670/05 Página 12

UNE 60.670 Parte 3: TUBERIAS, ELEMENTOS, ACCESORIOS Y SUS UNIONES POLIETILENO Será conforme a la Norma UNE EN 1.555, con material de calidad PE 80 o PE 100. Su uso queda limitado a tuberías enterradas y a tramos alojados en vainas empotradas que discurran por muros exteriores o enterrados que suministren a armarios de regulación y/o contadores de las edificaciones, los cuales tendrán al menos una de sus paredes colindantes con el exterior. COBRE El tubo de cobre debe ser redondo de precisión estirado en frío sin soldadura, del tipo denominado Cu-DHP, de acuerdo con la norma UNE EN 1.057. Se debe utilizar tubo en estado duro con espesor mínimo 1 mm para tuberías vistas, pudiéndose utilizar tubo en estado recocido y en rollo para la conexión de aparatos y para tuberías enterradas; en caso de tuberías enterradas el espesor mínimo será de 1,5 mm y un diámetro máximo de 22mm. ACERO El tubo de acero debe estar fabricado a partir de banda de acero laminada en caliente con soldadura longitudinal o helicoidal, o bien estirado en frío sin soldadura. Los tubos soldados deben ser conformes a la Norma UNE 36.864 y los estirados a las normas UNE 19.040, UNE 19.041 y UNE 19.046; si bien estas normas han sido sustituidas por la norma UNE EN 10.255. ACERO INOXIDABLE El tubo de acero inoxidable debe estar fabricado a partir de banda de acero inoxidable soldado longitudinalmente Las características mecánicas de los tubos de acero inoxidable, así como sus medidas y tolerancias deben ser conformes a la norma UNE 19.049-1. UNE 60.670/05 Página 13

F EXTERIOR TUBERIA DE POLIETILENO s/une EN 1.555/03 PARA CANALIZACIONES ENTERRADAS DE GAS SDR 17,6 SDR 11 ESPESOR F Interior VOLUMEN ESPESOR F Interior VOLUMEN mm mm mm l/m mm mm l/m 16 2,3 11,4 0,10 3,0 10,0 0,08 20 2,3 15,4 0,19 3,0 14,0 0,15 25 2,3 20,4 0,33 3,0 19,0 0,28 32 2,3 27,4 0,59 3,0 26,0 0,53 40 2,3 35,4 0,98 3,7 32,6 0,83 50 2,9 44,2 1,53 4,6 40,8 1,31 63 3,6 55,8 2,45 5,8 51,4 2,07 75 4,3 66,4 3,46 6,8 61,4 2,96 90 5,2 79,6 4,98 8,2 73,6 4,25 110 6,3 97,4 7,45 10,0 90,0 6,36 125 7,1 110,8 9,64 11,4 102,2 8,20 140 8,0 124,0 12,08 12,7 114,6 10,31 160 9,1 141,8 15,79 14,6 130,8 13,44 180 10,3 159,4 19,96 16,4 147,2 17,02 200 11,4 177,2 24,66 18,2 163,6 21,02 225 12,9 199,2 31,17 20,5 184,0 26,59 250 14,2 221,6 38,57 22,7 204,6 32,88 280 16,0 248,0 48,31 25,4 229,2 41,26 315 17,9 279,2 61,22 28,6 257,8 52,20 355 20,2 314,6 77,73 32,3 290,4 66,23 400 22,8 354,4 98,65 36,4 327,2 84,08 450 25,6 398,8 124,91 40,9 368,2 106,48 500 28,5 443,0 154,13 45,5 409,0 131,38 560 31,9 496,2 193,38 50,9 458,2 164,89 630 35,8 558,4 244,90 57,3 515,4 208,63 SDR = Diámetro Nominal (DN) / Espesor Nominal (e) CONDICIONES DE TRABAJO PRESION MAXIMA (MOP) BAR 10 Tª DE OPERACIÓN ( C): 20 20 C 1,0 COEFICIENTES CORRECTORES POR TEMPERATURA 30 C 1,1 40 C 1,3 UNE 60.670/05 Página 14

TUBERIAS NORMALIZADAS DE COBRE SEGUN UNE-EN 1.057 Φ EXT. ESPESOR DE PARED NOMINAL (mm) (mm) 0,5 0,6 0,7 0,8 0,9 1,0 1,1 1,2 1,5 2,0 2,5 3,0 6 5 4,8 4,4 4 8 7 6,8 6,4 6 10 9 8,8 8,6 8,4 8 12 11 10,8 10,6 10,4 10 14 12,6 12,4 12 15 14 13,6 13,4 13 12,6 12 16 14,4 14 13,6 18 16,8 16,4 16 15,6 15 22 20,8 20,4 20,2 20 19,8 19,6 19 25 23 22,6 22 28 26,8 26,4 26,2 26 25,6 25 35 33,6 33,4 33 32,8 32,6 32 31 40 38 37,8 42 40,4 40 39,6 39 38 54 52,4 52,2 52 51,6 51 50 64 61 60 59 66,7 64,7 64,3 63,7 62,7 61,7 70 66 65 76,1 73,7 73,1 72,1 71,1 80 78 76 88,9 84,9 83,9 82,9 108 106 105 104 103 102 133 130 129 127 159 156 155 153 219 213 267 261 EN NEGRILLA: DIMENSIONES EUROPEAS RECOMENDADAS. NORMAL: OTRAS DIMENSIONES EUROPEAS. UNE 60.670/05 Página 15

TUBERIA DE ACERO (UNE EN 10.255) M (SERIE MEDIA) H (SERIE PESADA) Φ NOMINAL Φ Exterior ESPESOR Φ Interior Volumen PESO ESPESOR Φ Interior Volumen PESO mm " mm mm mm l/m kg/m mm mm l/m kg/m DN 6 1/8 10,2 2,0 6,20 0,03 0,40 2,6 5,00 0,02 0,49 DN 8 1/4 13,5 2,3 8,90 0,06 0,64 2,9 7,70 0,05 0,76 DN 10 3/8 17,2 2,3 12,60 0,12 0,85 2,9 11,40 0,10 1,02 DN 15 1/2 21,3 2,6 16,10 0,20 1,20 3,2 14,90 0,17 1,43 DN 20 3/4 26,9 2,6 21,70 0,37 1,56 3,2 20,50 0,33 1,87 DN 25 1 33,7 3,2 27,30 0,59 2,41 4,0 25,70 0,52 2,93 DN 32 1 1/4 42,4 3,2 36,00 1,02 3,09 4,0 34,40 0,93 3,79 DN 40 1 1/2 48,3 3,2 41,90 1,38 3,56 4,0 40,30 1,28 4,37 DN 50 2 60,3 3,6 53,10 2,21 5,03 4,5 51,30 2,07 6,19 DN 65 2 1/2 76,1 3,6 68,90 3,73 6,44 4,5 67,10 3,54 7,95 DN 80 3 88,9 4,0 80,90 5,14 8,38 5,0 78,90 4,89 10,35 DN 100 4 114,3 4,5 105,30 8,71 12,19 5,4 103,50 8,41 14,50 DN 125 5 139,7 5,0 129,70 13,21 16,61 5,4 128,90 13,05 17,89 DN 150 6 165,1 5,0 155,10 18,89 19,74 5,4 154,30 18,70 21,27 ACERO INOXIDABLE UNE 19.049/97 Φ EXTERIOR ESPESOR Φ INTERIOR VOLUMEN PESO mm mm mm l/m kg/m 6,0 0,6 4,8 0,02 0,080 8,0 0,6 6,8 0,04 0,109 10,0 0,6 8,8 0,06 0,139 12,0 0,6 10,8 0,09 0,169 15,0 0,6 13,8 0,15 0,213 18,0 0,7 16,6 0,22 0,299 22,0 0,7 20,6 0,33 0,368 28,0 0,8 26,4 0,55 0,537 35,0 1,0 33,0 0,86 0,838 42,0 1,1 39,8 1,24 1,110 54,0 1,2 51,6 2,09 1,563 66,7 1,2 64,3 3,25 2,448 76,1 1,5 73,1 4,20 2,753 88,9 2,0 84,9 5,66 4,350 108,0 2,0 104,0 8,49 5,307 UNE 60.670/05 Página 16

UNIONES POR SOLDADURA EN INSTALACIONES RECEPTORAS DE GAS MATERIAL PE UNE EN 1.555 CU UNE-EN 1.057 AºCº UNE EN 10.255 INOX UNE 19.049 CU PE ELECTROFUSION UNE EN 1.555 o A TOPE NO CAPILARIDAD (3) y (4) NO NO DIRECTA NO NO DIRECTA UNE-EN 1.057 NO FUERTE Tª > 450 C (2) Con accesorio Aleacion Cu Con Accesorios Cu o Inox (1) En AºCº Tª > 850 C Capilaridad Fuerte AºCº NO DIRECTA NO DIRECTA ELECTRICA UNE EN 10.255 NO Con accesorio Aleacion Cu Con Accesorio Cu En AºCº Tª > 850 C OXIACETILENO < DN50 Limitado a Reformas en BP INOX NO DIRECTA NO DIRECTA CAPILARIDAD (5) y (6) UNE 19.049 NO Con Accesorios Cu o Inox Con Accesorio Cu FUERTE Tª > 450 C (1) Capilaridad Fuerte Limitado a Reformas en BP A TOPE (1): Se admite la Soldadura Blanda (Tª > 220 C) en BP y Locales Domésticos, con material de Aportación según UNE-EN 1.044 (2): Materiales de Aportación según UNE-EN 1.045 (3): NO debe utilizarse ESTAÑO-PLOMO como material de aportación. (4): NO se admite el ABOCARDADO, excepto en las Baterías de contadores sin perder espesor. (5): Materiales de Aportación según mismas normas que Cu (6): NO debe utilizarse ESTAÑO-PLOMO como material de aportación. UNE 60.601/05 Parte 3 UNE 60.670/05 Página 17

UNE 60.670/05 Parte 4: DISEÑO Y CONSTRUCCION. GRADO DE GASIFICACION POTENCIA EN PCS GRADO 1 P < 30 kw GRADO 2 30 kw < P < 70 kw GRADO 3 70 kw < P Tabla 2: UNE 60.601/05 Parte 4. FACTOR DE SIMULTANEIDAD PARA CONSUMO DE GAS Nº de viviendas S1 S2 1 1,00 1,00 2 0,70 0,88 3 0,55 0,79 4 0,46 0,72 5 0,40 0,67 6 0,36 0,63 7 0,33 0,59 8 0,30 0,56 9 0,28 0,54 10 0,26 0,52 15 0,21 0,45 25 0,17 0,38 30 0,16 0,36 Más de 30 0,15 0,35 S1: Factor de sumultaneidad cuando No Exista Calefacción Individual. S2: Factor de sumultaneidad cuando Exista Calefacción Individual. S1= (19+N) / 10 x (N+1) S2= (19+N) / 4 x (N+4) Tabla 2: UNE 60.601/05 Parte 4. UNE 60.670/05 Página 18

Nº Viv. F Simult. kw Nº Viv. F Simult. kw Nº Viv. F Simult. kw 1 1,00 30,0 18 0,42 227 50 0,35 525 2 0,88 52,5 19 0,41 235 60 0,35 630 3 0,79 70,7 20 0,41 244 70 0,35 735 4 0,72 86,3 21 0,40 252 80 0,35 840 5 0,67 100 22 0,39 260 90 0,35 945 6 0,63 113 23 0,39 268 100 0,35 1.050 7 0,59 124 24 0,38 276 110 0,35 1.155 8 0,56 135 25 0,38 284 120 0,35 1.260 9 0,54 145 26 0,38 293 130 0,35 1.365 10 0,52 155 27 0,37 300 140 0,35 1.470 11 0,50 165 28 0,37 308 150 0,35 1.575 12 0,48 174 29 0,36 316 160 0,35 1.680 13 0,47 184 30 0,36 324 170 0,35 1.785 14 0,46 193 31 0,35 326 180 0,35 1.890 15 0,45 201 32 0,35 336 190 0,35 1.995 16 0,44 210 33 0,35 347 191 0,35 2.006 17 0,43 219 34 0,35 357 200 0,35 2.100 POTENCIAS SIMULTANEAS INSTALACION COMUN VIVIENDAS (S2) FAMILIA GAS PRESIONES MINIMAS EN LLAVES DE APARATO DENOMINACION DEL GAS 1a GAS MANUFACTURADO 6 1c AIRE PROPANADO 6 1e AIRE METANADO 6 2H GAS NATURAL 17 2E AIRE PROPANADO ALTO PODER CALORIFICO 17 3B GAS BUTANO 20 3P (50) GAS PROPANO 42,5 3P (37) GAS PROPANO 25 3B/P GAS BUTANO/PROPANO 25 Tabla 2: UNE 60.601/05 Parte 4. PRESION EN LLAVE APARATO (mbar) UNE 60.670/05 Página 19

MODALIDADES DE UBICACION DE TUBERIAS Según su ubicación las tuberías se clasifican en: - Vistas: Cuando el trayecto es visible en todo su recorrido. - Alojadas en vainas o conductos: Cuando discurren por el interior de los mismos. - Enterradas: Cuando están alojadas directamente en el subsuelo. - Empotradas: Cuando están alojadas en el interior de un muro o pared. DISTANCIA MAXIMA ENTRE SOPORTES (m) Φ NOMINAL TUBERIA HORIZONTAL VERTICAL DN < 15 1,0 1,5 15 < DN < 28 1,5 2,0 28 < DN < 42 2,5 3,0 42 < DN 3,0 3,5 (*) (*): Al menos un soporte por planta. Tabla 4: UNE 60.601/05 Parte 4. DISTANCIA MINIMA (cm) A OTRAS CANALIZACIONES CANALIZACION Curso Paralelo Cruces Conducciones Eléctricas Mecanismos Eléctricos Tuberías de Agua o Vapor Chimeneas Distancia mínima a suelo 3 1 3 1 3 1 3 1 3 No debe haber contacto con estructuras metálcias del edificio, ni con otras tuberías. MATERIALES PARA VAINAS Y CONDUCTOS EN IRG FUNCION MATERIAL VAINAS MATERIAL CONDUCTOS Protección Mecánica Acero, Espesor Mínimo 1,5 mm Materiales Metalicos, Espesor Mínimo 1,5 mm Otros Materiales de Resistencia Mecánica Suficiente De obra, Espesor Mínimo 50 mm Ventilación en Sótanos (*) Materiales Metálicos (Acero, Cobre, etc). Materiales Metálicos (Acero, Cobre, etc). Ventilación Restantes Casos (*) Materiales Metálicos (Acero, Cobre, etc). Materiales Metálicos (Acero, Cobre, etc). Otros Materiales Rígidos (Plásticos, etc) De obra. Acceso a ERM o Armario Contadores (*) Materiales Metálicos (Acero, Cobre, etc). Tuberías en Suelos o Subsuelos (*) Otros Materiales Rígidos (Plásticos, etc) (*) En estos casos el material debe garantizar la estanqueidad. Tabla 5: UNE 60.601/05 Parte 4 UNE 60.670/05 Página 20

LLAVES DE CORTE EN LA INSTALACION COMUN * LLAVE DE ACOMETIDA. Debe existir en todos los casos. Su emplazamiento lo debe decidir la empresa distribuidora. Accesibilidad Grado 1 o 2 desde zona pública, tanto para la empresa distribuidora como para los servicios públicos (bomberos, policía, etc). * LLAVE DE EDIFICIO. Se debe instalar lo más cerca posible de la fachada del edificio o sobre ella misma. Su emplazamiento lo debe decidir la empresa instaladora de acuerdo con la empresa distribuidora y la propiedad. Accesibilidad Grado 2 o 3 para la empresa distribuidora. Se debe instalar si la longitud de la acometida interior es igual o superior a: - 25 m en tuberías vistas. - 4 m en tuberías enterradas. - En todos los casos que se suministre a mas de un edificio. * LLAVE DE MONTANTE COLECTIVO. Se debe instalar cuando exista más de un montante colectivo. Accesibilidad Grado 2 o 3 para la empresa distribuidora, desde zona común o pública. * LLAVE DE USUARIO. Se debe instalar en todos los casos. Accesibilidad Grado 2 para la empresa distribuidora, desde zona común o desde el límite de la propiedad, salvo autorización expresa de la empresa distribuidora. UNE 60.670/05 Página 21

LLAVES DE CORTE EN LA INSTALACION INDIVIDUAL * LLAVE DE CONTADOR. Debe existir en todos los casos y situarse en el mismo recinto lo más cerca posible del mismo. * LLAVE DE VIVIENDA O DE LOCAL PRIVADO. Debe existir en todos los casos; se debe ubicar en el exterior de la vivienda o local, pero accesible desde su interior; se puede instalar en el interior pero de manera que el tramo anterior a la misma, dentro de la vivienda o local, sea lo mas corto posible. Accesibilidad Grado 1 para el usuario. * LLAVE DE CONEXION DE APARATO. Debe existir en todos los casos y para todos los aparatos; se debe ubicar en el mismo local que el aparato y lo mas próximo posible al mismo. Accesibilidad Grado 1 para el usuario. En caso de aparatos de cocinado, para facilitar su operatividad, puede instalarse en un recinto contiguo siempre y cuando ambos locales estén comunicados mediante una puerta. Cuando la instalación se componga de un único aparato suministrado desde un depósito móvil de GLP de capacidad inferior a 15 kg situado en el mismo local, la llave de regulador puede hacer las veces de llave de aparato. * LLAVE DE REGULADOR. Cada regulador, si no la lleva incorporada, debe disponer de una llave situada lo mas cerca posible de su entrada. Accesibilidad Grado 1 o 2 bien para el usuario, bien para la empresa distribuidora. CASOS EN QUE UNA LLAVE PUEDE CUMPLIR VARIAS FUNCIONES Una llave integrante de la instalación común o individual puede ejercer varias funciones si reúne los requisitos exigidos a todas ellas. En el caso de un regulador con llave incorporada esta no puede asumir la función de llave de usuario, a excepción de instalaciones individuales suministradas desde depósitos móviles de GLP de contenido inferior a 15 kg en que, si el regulador lleva dispositivo de corte incorporado, este puede realizar también la función de llave de usuario. UNE 60.670/05 Página 22

UNE 60.670/05 Parte 5: RECINTOS DESTINADOS A LA INSTALACION DE CONTADORES DE GAS Para gases mas ligeros que el aire NO se pueden colocar a un nivel inferior a primer sótano; para gases mas pesados NO se pueden colocar por debajo de planta baja. Los recintos (local técnico, armario o nicho, o conducto técnico) destinados a la instalación de contadores deben estar reservados exclusivamente a este uso. El totalizador de los contadores se debe situar a una altura inferior a 2,20 m; si bien en el caso de módulos prefabricados esta altura puede ser de hasta 2,40 m, siempre que se habilite el recinto con una escalera o útil similar que facilite su lectura. VENTILACION Superficies (cm 2 ) para ventilacion de recintos de contadores de gas CUARTO ARMARIO EXTERIOR Hasta 2 contadores Mas de 2 contadores ARMARIO INTERIOR Hasta 2 contadores Mas de 2 contadores CONDUCTO TECNICO SUPERIOR INFERIOR DIRECTA 200 5 50 5 200 150 INDIRECTA NO NO NO 5 NO NO DIRECTA 200 5 50 5 200 150 INDIRECTA 200 (*) NO NO 5 (*) 200 (*) 150 (*) PARA GASES MAS DENSOS QUE EL AIRE NO SE PUEDEN UBICAR POR DEBAJO DE PLANTA BAJA. (*): Cuando el armario o local esté situado en primer sótano la puerta debe ser estanca; además la superficie de ventilación se incrementará en un 50%; no admitiendose la ventilación indirecta. Tabla 1 UNE 60.670 Parte 5. UNE 60.670/05 Página 23

MODELO MEMBRANA PISTONES o TURBINA MODELO Q Máximo Q Mínimo Dinámica Q Mínimo Dinámica G-1,6 2,5 0,016 156 G-2,5 4 0,025 160 G-4 6 0,04 150 G-6 10 0,06 167 G-10 16 0,10 160 G-16 25 0,16 156 1,30 19 G-25 40 0,25 160 2 20 G-40 65 0,40 163 3 22 G-65 100 0,65 154 5 20 G-100 160 1,00 160 8 20 G-160 250 1,60 156 13 19 G-250 400 2,50 160 20 20 G-400 650 32 20 G-650 1.000 50 20 G-1.000 1.600 80 20 G-1.600 2.500 200 13 G-2.500 4.000 320 13 G-4.000 6.500 500 13 CONTADORES DE GAS UNE 60.670/05 Página 24

UNE 60.670/05 Parte 6: REQUISITOS DE CONFIGURACION, VENTILACION Y EVACUACION DE LOS PRODUCTOS DE LA COMBUSTION EN LOS LOCALES DESTINADOS A CONTENER APARATOS A GAS. Para gases mas ligeros que el aire NO se permite la instalación de aparatos a gas en locales a nivel inferior a primer sótano, y en el caso de gases mas pesados que el aire el nivel no será inferior a planta baja. LOCALES CON APARATOS NO CONDUCIDOS EXCEPTO APARATOS DE CALEFACCION CONSUMO CALORIFICO DE LOS APARATOS NO CONDUCIDOS VOLUMEN BRUTO MINIMO (m3) P NC < 16 kw 8 P NC > 16 kw P NC - 8 Tabla 1 UNE 60.601 Parte 6. Ventilación DIRECTA con orificios: 5 cm 2 /kw, con un mínimo de 125 cm 2. Cuando se realice mediante un conducto individual p colectivo horizontal de más de 3 m de longitud la sección libre mínima se incrementará un 50%. En cualquier caso el tramo horizontal no superará los 10 m. Las superficies indicadas serán la suma de las inferiores y superiores, ninguna de ellas tendrá una superficie inferior a 50 cm 2. REQUISITOS GENERALES DE VENTILACION DE LOS LOCALES CON APARATOS A GAS APARATOS GASES MENOS DENSOS QUE EL AIRE GASES MAS DENSOS QUE EL AIRE Aparatos Ventilación: DIRECTA o INDIRECTA NO CONDUCIDOS Campana o Extractor (1) Ventilación: DIRECTA o INDIRECTA de P NC < 16 kw Posición: Lado inferior > 1,80 m del suelo y con o sin aparatos < 0,40 m del techo. Posición: Dividida en dos aberturas (2) CONDUCIDOS En edificios construidos a cualquier altura Aparatos Ventilación: siempre que exista campana extractora. DIRECTA, la inferior puede ser Indirecta Inferior... < 15 cm del suelo NO CONDUCIDOS Posición: Dividida en dos aberturas (2) de P NC > 16 kw Inferior... < 50 cm del suelo Superior... > 1,80 m del suelo y Superior... > 1,80 m del suelo y < 0,40 m del techo con o sin aparatos < 0,40 m del techo o Campana o Extractor (1) CONDUCIDOS o Campana o Extractor (1) o Cortatiros del aparato NO CONDUCIDOS Ventilación: DIRECTA o INDIRECTA conducido y CONDUCIDOS Posición: Lado inferior > 1,80 m del suelo y Solo Aparatos < 0,40 m del techo. Ventilación: DIRECTA o CONDUCIDOS En edificios construidos a cualquier altura. INDIRECTA solo en edificación existente Posición: Inferior... < 15 cm del suelo * En las aberturas rectangulares el lado mayor no puede ser superior al doble del lado menor. (1) La campana o el extractor cumplirá los requisistos indicados en el apartado 6.5. (2) Cada una de sección la mitad que la calculada según la tabla 2. Tabla 2 UNE 60.601 Parte 6. UNE 60.670/05 Página 25

SISTEMAS DE EVACUACION DE LOS APARATOS A GAS CONDUCIDOS TIPO DE EDIFICIO Nueva Edificación Edificación Existente (1) Edificación Existente (2) TIPOS DE APARATOS A INSTALAR ATMOSFERICOS TIRO FORZADO ESTANCOS Conducto Vertical a Cubierta (3) Conducto Vertical a Cubierta (5) Conducto Vertical a Cubierta o a Fachada o Patio (4) (1): Edificios que dispongan de Conducto Vertical ADECUADO al aparato a instalar y con funcionamiento correcto. (2): Edificios que NO dispongan de Conducto Vertical adecuado al aparato a instalar o con funcionamiento Incorrecto. (3): Se admite la evacuación por fachada o patio para CALENTADORES hasta 24,4 kw. (4): Se admite la evacuación a fachada o patio cumpliendo los requisitos del apartado 8.4. (5): Se admite la evacuación a fachada o patio cumpliendo los requisitos del apartado 8.42. Tabla 3 UNE 60.670/05 Parte 6. A Conducto Existente Conducto a Cubierta o a Fachada o Patio (5) CONDUCTOS EVACUACION PdC (ATMOSEFERICOS) POTENCIA NOMINAL DEL APARATO (kw) DIAMETRO INTERIOR MINIMO DEL CONDUCTO EVACUACION PdC (mm) Hasta 11,5 90 Mayor de 11,5 hasta 23 110 Mayor de 23 hasta 30,7 125 Mayor de 30,7 hasta 39 139 Mayor de 39 hasta 45 150 Mayor de 45 175 Tabla 4 UNE 60.670 Parte 6 PATIOS DE VENTILACION Cuando tengan una superficie mínima en planta de 3 m 2, para edificación existente, y de 4 m 2 cuando se trate de nueva edificación, siendo la dimensión del lado menor de la misma como mínimo 1 m, en nueva edificación se admiten superficies mínimas de 3 m 2 si disponen en su parte inferior de una abertura para entrada directa de aire del exterior, o bien se aporta aire mediante un conducto que comunique el patio directamente con el exterior, dicha superficie, o conducto, debe tener una superficie libre mínima de 300 cm 2. En caso de contar de un techado en su parte superior, éste debe dejar libre una superficie permanente de comunicación con el exterior de, al menos, 2 m 2. Aquellos patios en edificios construidos destinados a la evacuación de los PdCs de aparatos conducidos deben tener una superficie en planta, como mínimo de 0,5xN T (m 2 ), con un mínimo de 4 m 2 ; para nueva edificación los mínimos serán de 1xN T y 6 m 2. (N T : Número total de locales que pueden contener aparatos conducidos al patio). UNE 60.670/05 Página 26

LOCALES CON APARATOS FIJOS DE CALEFACCION NO CONDUCIDOS Se permite la ubicación de aparatos fijos de calefacción no conducidos (tubos radiantes, radiadores luminosos) cuando el volumen bruto del local sea superior a 10,75 m 3 /kw, con un mínimo de 15 m 3. V (m 3 ) = Q N (kw) / 0,093 = 10,75 x Q N (kw) RADIADORES LUMINOSOS: ALTURAS DE SUSPENSION (m) MINIMAS POTENCIA NOMINAL SUSPENSION 0 15 30 45 60 Qn < 10 4,7 4,5 4,2 4,0 4,0 10 < Qn < 15 5,7 5,5 5,1 4,5 4,0 15 < Qn < 20 6,5 6,2 5,8 5,2 4,2 20 < Qn < 30 8,0 7,5 7,2 6,3 5,2 30 < Qn 9,0 8,7 8,3 7,2 6,0 Norma UNE 60.670/6 POTENCIA NOMINAL SUSPENSION HORIZONTAL INCLINADA 30 Qn < 20 3,8 3,3 20 < Qn < 40 4,2 3,7 40 < Qn 4,8 4,3 Norma UNE 60.670/6 TUBOS RADIANTES: ALTURAS DE SUSPENSION (m) MINIMAS UNE 60.670/05 Página 27