INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA REALIZADO PARA LA SESIÓN A CELEBRAR EL 25 DE FEBRERO DE 2016

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Transcripción:

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA REALIZADO PARA LA SESIÓN A CELEBRAR EL 25 DE FEBRERO DE 2016 A. INTRODUCCIÓN La Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores, establece en su apartado 4 las competencias mínimas que el Comité de Auditoría deberá ejercer, señalando en los puntos 5º y 6º que deberá: 5ª Establecer las oportunas relaciones con los auditores de cuentas o sociedades de auditoría para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos, para su examen por el Comité, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría la confirmación escrita de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por los citados auditores o sociedades, o por las personas o entidades vinculados a éstos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas. 6ª Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado anterior. Dichas obligaciones se encuentran incorporadas en los Estatutos Sociales de Codere S.A. en el artículo 26, así como en el Reglamento del Consejo en el artículo 14. En concreto, el artículo 14, apartado 3 2º g) del Reglamento del Consejo de Codere S.A. dispone que es obligación del Comité de Auditoría: Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado anterior. Adicionalmente el mismo artículo 14.3. en su apartado c) establece que el Comité tiene la obligación de asegurar la independencia del auditor externo, y a tal efecto deberá:

i) Asegurarse que la Sociedad comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido. ii) Asegurarse que la Sociedad y el auditor respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas establecidas para asegurar la independencia de los auditores; iii) En caso de renuncia del auditor externo examinar las circunstancias que la hubieran motivado. En consecuencia, el Comité de Auditoría de Codere S.A. procede en su sesión de 25 de febrero de 2016, a comprobar la independencia del auditor de cuentas de la sociedad y su grupo, emitiendo la opinión que la Ley y la normativa interna de la sociedad le exige. B. EXAMEN DE LA INDEPENDENCIA DEL AUDITOR. Como ya hemos indicado en el apartado anterior, el artículo 14 del Reglamento del Consejo de Codere S.A. indica que, al efecto de asegurar la independencia del auditor externo, el Comité de Auditoría deberá comprobar o asegurar determinados extremos, que pasamos a continuación a citar. b.1.) Asegurarse que la Sociedad comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido. El Comité de Auditoría celebrado el 13 de mayo de 2009, acordó recomendar al Consejo de Administración que propusiera a la Junta General de Accionistas la elección de la sociedad Pricewaterhouse Coopers Auditores S.L. como auditores de cuentas de la sociedad y su grupo. Ese mismo año, la Junta General Ordinaria de Accionistas de Codere S.A. celebrada el 25 de junio de 2009 acordó elegir a la sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., como Auditores de Cuentas de la sociedad Codere, S.A. y de su Grupo Consolidado, para los ejercicios 2009, 2010 y 2011, y en esa misma fecha, la sociedad procedió a comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como Hecho Relevante, el acuerdo adoptado sobre el nombramiento de los auditores de cuentas. El 15 de marzo de 2012, el Comité de Auditoría acordó recomendar al Consejo de Administración que propusiera a la Junta General la reelección de la sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., como Auditores de Cuentas de la sociedad Codere, S.A. y de su Grupo Consolidado, para los ejercicios 2012, 2013 y 2014. La Junta General de Accionistas de Codere S.A. celebrada el 10 de Mayo de 2012 acordó, por unanimidad de los accionistas presentes y representados (79,057%), reelegir a la

sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., como Auditores de Cuentas de la sociedad Codere, S.A. y de su Grupo Consolidado, por el plazo más arriba señalado. En esa misma fecha, la sociedad procedió a comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como Hecho Relevante, el acuerdo adoptado sobre la reelección del auditor (nº 163.719). En el ejercicio 2015, en la sesión celebrada el 26 de febrero el Comité de Auditoría acordó proponer al Consejo la reelección de Pricewaterhousecoopers como auditores de la Sociedad y su Grupo, para el siguiente ejercicio social al cerrado el 31 de Diciembre de 2.014. La Junta General de Accionistas de Codere S.A. celebrada el 25 de Junio de 2015, acordó por el 99 9% de los accionistas presentes y representados (69 164%), reelegir a la sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., como Auditores de Cuentas de la sociedad Codere, S.A. y de su Grupo Consolidado para el siguiente ejercicio social al cerrado el 31 de Diciembre de 2.014. En esa misma fecha, Codere S.A. comunicó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como Hecho Relevante, el acuerdo adoptado sobre la reelección del auditor (nº 225.125). En consecuencia, PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. ha sido el auditor de cuentas individuales y consolidadas de Grupo Codere en el ejercicio 2015, de conformidad con los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas de Codere S.A. habiendo sido comunicado su nombramiento a la C.N.M.V. como Hecho Relevante en cada ocasión. b.2.) Asegurarse que la Sociedad y el auditor respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas establecidas para asegurar la independencia de los auditores. En relación con la percepción de honorarios facturados por la firma auditora y sus sociedades vinculadas a Codere y su Grupo, estos ascendieron durante 2015 a un total de 2.277.994 euros, de los cuales 1.964.897 euros corresponden a servicios de auditoría, y el resto, por importe de 313.097 euros a otros servicios distintos de los de auditoría (servicios de verificación, asesoramiento fiscal ). Lo anterior supone que los honorarios facturados por la sociedad auditora y sus sociedades vinculadas por otros servicios distintos de auditoría, suponen un 13 74% del importe total facturado por PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. y sus sociedades vinculadas, a Codere S.A. y su Grupo y que por tanto, la mayor parte de los ingresos que la firma de auditoría percibe, lo son por sus labores específicas de auditoría.

Adicionalmente, la sociedad auditora informa en su página web (http://www.pwc.es/es/sala-prensa/cifras/cifras-de-pwc-espana---ano-2014.html) de los siguientes datos de facturación (referidos al ejercicio 2014 por ser el último publicado): Ingresos de PwC España por servicio. España Datos económicos 2014 Facturación total 518,1 Auditoría 201,5 Consultoría 173,7 Asesoramiento Legal y Fiscal 142,9 millones de euros Si tenemos en cuenta que de los 2 2 millones de euros facturados a Codere S.A. y su grupo, 338.245 euros corresponden a servicios prestados por PWC en España, podemos concluir que el importe de los servicios facturados por PwC (España) a la Sociedad durante 2015, supondría un 0 06% del total de los ingresos en España de la sociedad auditora (respecto al dato de 2014). Ingresos de PwC Global por servicio. Mundo Datos económicos 2015 Facturación total 15,177 Auditoría 11,235 Consultoría 8,944 Asesoramiento Legal y Fiscal 142,9 millones de dólares En el contexto de los ingresos globales de PwC, los 2 2 millones de euros facturados a Codere S.A. y su grupo durante 2015, supondría un 0 015% del total de los ingresos mundiales de la sociedad auditora (tipo de cambio Euro/Dólar a 31/12/2015).

Sobre la base de la información desglosada anteriormente, el Comité de Auditoría concluye que no existen razones objetivas que permitan cuestionar la independencia del Auditor de Cuentas. b.3.) En caso de renuncia del auditor externo examinar las circunstancias que la hubieran motivado. Dado que no se ha producido la renuncia del auditor externo, el Comité de Auditoría no se pronuncia sobre este extremo. b.4.) Recibir anualmente de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría la confirmación escrita de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por los citados auditores o sociedades. El Comité de Auditoría de Codere S.A. ha recibido en la sesión de 25 de febrero de 2016 de los auditores externos, la confirmación escrita de su independencia, formalizada mediante carta de fecha 25 de febrero de 2016 firmada por el Socio responsable de la cuenta de Codere S.A. y su grupo consolidado. Esta declaración de independencia implica que el auditor de cuentas de la Sociedad no se ha encontrado durante 2015, en ninguna de las causas de incompatibilidad recogidas en la Ley de Auditoría de Cuentas que le impidan ejercer sus funciones con la debida independencia. C. CONCLUSIÓN. El Comité de Auditoría de Codere S.A. a la vista de la normativa y las circunstancias expuestas, considera que no existen motivos para dudar de la independencia de la firma auditora PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. durante el ejercicio 2015 y procede a redactar el presente informe. En a 25 de febrero de 2016.