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ANEXO I. REGLAMENTACIÓN DEL CAPÍTULO XVII DEL TÍTULO III DEL LIBRO II PERSONAL CON ESTADO POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD (Arts.

Transcripción:

Unión del Personal Militar Asociación Civil Haberes de las FFAA Proyecto de Decreto de Normalización de Haberes Militares Febrero de 2016

I N D I C E CONSIDERACIONES 1 ANTECEDENTES 1-2 TEXTO DEL DECRETO 2 ANEXOS 3-6 BENEFICIOS 6

U.P.M.A.C. PROYECTO DE DECRETO DE HABERES - AÑO 2016 CONSIDERACIONES 1. La estructura salarial actual de las FFAA mantiene para el personal en actividad- Suplementos No Remunerativos ni Bonificables que se aplican a la generalidad de los cuadros, por lo que no pueden considerarse suplementos particulares. Esto ya ha sido determinado por un fallo de 1ra instancia, al que seguirán tantos otros como demandas se hayan iniciado o se incien en el futuro inmediato. 2. El Ministerio de Defensa ha comenzado a revertir lentamente esta política, a partir del Decreto 614/2014, reduciendo parcialmente los porcentajes de los suplementos por Responsabilidad Jerárquica y Administración de Materiales, e integrándolos al Haber Mensual. 3. No se debe desestimar que, siendo el Haber Mensual la base de cálculo de los demás suplementos, y siendo además el Suplemento de Zona un beneficio aplicado en casi todo el país y no solo en regiones donde las condiciones de vida sean muy desfavorables, éste tendrá una incidencia desproporcionada y en la mayoría de los casos injustificada, por lo que es menester retrotraerse a la situación anterior, o bien reformularlo totalmente. 4. Los decretos de haberes 1305/12 y posteriores muestran una política errática en lo referente a las relaciones entre los distintos grados y jerarquías, beneficiando por momentos a unos y luego a otros, esto es, una política de incentivos para el ascenso incierta e impredecible, cuando debiera ser inamovible, al menos en el mediano plazo. 5. Hace ya varios años que el Salario Mínimo, Vital y Móvil constituye un piso legal, que en el caso de los haberes militares es compensado con suplementos transitorios cada vez que supera el haber mensual mínimo. Considerando que el solo hecho de someterse al servicio militar supone exigencias extraordinarias respecto del medio civil, y que los actuales suplementos mencionados en el punto 2. deben ser eliminados, es menester asegurar que el haber mensual mínimo de las FFAA, correspondiente al soldado voluntario de segunda, tenga una relación convenientemente por encima del S.M.V.M. 6. La aplicación de un criterio de relación fija y automática entre los haberes de las FFAA y el S.M.V.M. permitirá desentenderse de la problemática inflacionaria y reducir las expectativas que preocupan al personal militar, desviando la atención de sus obligaciones cotidianas, en beneficio del servicio. ANTECEDENTES 1. Proyecto de Decreto de Haberes para las FFAA presentado por la Unión del Personal Militar Asociación Civil al Sr. Ministro de Defensa Arturo Puricelli, con fecha 28 de febrero de 2012. 2. Proyecto de Ley presentado por los Diputados Julio César Martínez, Patricia Bullrich y otros, según trámite parlamentario Nro 48 de fecha 14 de mayo de 2013. 1

3. Numerosos estudios realizados por U.P.M.A.C. y publicados mediante Circulares y en su página web www.upmac.org.ar TEXTO DEL DECRETO 1) Derogar los suplementos por responsabilidad jerárquica y por administración de materiales establecidos por D. 1305/12. 2) Fijar la escala de coeficientes de grado restableciendo la relación entre extremos de 5,35 a 1 vigente desde 1992 hasta junio de 2012- conforme se detalla en el Anexo I. 3) Establecer el haber mensual del Voluntario de Segunda o su equivalente en una relación uno y medio a uno con el monto del salario mínimo vital y móvil, como mínimo. El haber mensual de los restantes grados resultará de aplicar los coeficientes referidos en 2) al haber mensual del Voluntario de Segunda (Anexo II). 4) Derogar la Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93 por la que se ha hecho del país una gran zona desfavorable e insalubre, estableciendo una nueva escala de Coeficientes para el Suplemento de Zona (Anexo III). 5) Dejar establecido que en lo sucesivo el salario mínimo vital y móvil constituirá la referencia de la escala salarial del personal militar, siendo su aplicación automática con relación al mismo, sin perjuicio de que el Honorable Congreso de la Nación, en virtud de las facultades que le competen, establezca incrementos superiores cuando lo considere oportuno. 6) Otorgar un suplemento general transitorio al personal militar en actividad, que como resultado de aplicar estas medidas pasaren a percibir un haber mensual inferior al percibido el mes anterior, hasta la absorción de tal diferencia por sucesivos aumentos. Notas: (1) Se agrega, como Anexo II y con finalidad ilustrativa, los montos del Haber Mensual que corresponden al SMVM vigente al 01/01/2016, de $ 6.060.- (2) Se agrega, como Anexo III, una escala tentativa de Suplementos de Zona, de debe ser revisada por la autoridad competente. (3) Se agrega, como Anexo IV, también como dato ilustrativo, la escala de diferencias porcentuales entre cada grado y su inmediato anterior, acompañada del gráfico correspondiente. 2

Anexo I COEFICIENTES DE GRADO GRADO COEF. Teniente General, Almirante, Brigadier General 5,3515 General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor 4,8169 General de Brigada, Contraalmirante, Brigadier 4,2969 Coronel, Capitán de Navío, Comodoro 3,7659 Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro 3,3006 Mayor, Capitán de Corbeta, Mayor 2,8927 Capitán, Teniente de Navío, Capitán 2,4915 Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 2,1836 Teniente, Teniente de Corbeta, Teniente 1,8972 Subteniente, Guardiamarina, Alférez 1,6627 Suboficial Mayor 2,9743 Suboficial Principal 2,6067 Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante 2,2452 Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar 1,9678 Sargento, Cabo Principal 1,6949 Cabo Primero 1,4854 Cabo, Cabo Segundo, Cabo 1,3019 Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 1,1410 Voluntario 2da., Marinero 2da. 1,0000 3

Anexo II HABER MENSUAL (*) GRADO HABER Teniente General, Almirante, Brigadier General 48.645 General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor 43.786 General de Brigada, Contraalmirante, Brigadier 39.059 Coronel, Capitán de Navío, Comodoro 34.232 Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro 30.002 Mayor, Capitán de Corbeta, Mayor 26.295 Capitán, Teniente de Navío, Capitán 22.648 Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 19.849 Teniente, Teniente de Corbeta, Teniente 17.246 Subteniente, Guardiamarina, Alférez 15.114 Suboficial Mayor 27.036 Suboficial Principal 23.695 Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante 20.409 Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar 17.887 Sargento, Cabo Principal 15.407 Cabo Primero 13.502 Cabo, Cabo Segundo, Cabo 11.834 Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 10.372 Voluntario 2da., Marinero 2da. 9.090 (*) Haber Vol 2da = S.M.V.M. x 1,5 = $ 6.060 x 1,5 = $ 9.090 4

Anexo III SUPLEMENTOS DE ZONA LOCALIDAD PROVINCIA COEF. LOCALIDAD PROVINCIA COEF. Primeros Pinos Neuquén 0,80 Bernardo de Yrigoyen Misiones 0,30 Rospentek Santa Cruz 0,80 Apóstoles Misiones 0,25 Covunco Neuquén 0,70 San Javier Misiones 0,25 Río Mayo Chubut 0,60 Campo Los Andes Mendoza 0,20 Las Lajas Neuquén 0,60 Tupungato Mendoza 0,20 Puerto Santa Cruz Santa Cruz 0,55 Bariloche Río Negro 0,20 Puente del Inca Mendoza 0,50 Tartagal Salta 0,20 Cte. Luis Piedrabuena Santa Cruz 0,50 Formosa Formosa 0,15 Rió Turbio Santa Cruz 0,50 Puerto Iguazú Misiones 0,15 Colonia Sarmiento Chubut 0,45 San Ant. de los Cobres Salta 0,10 Puerto Deseado Santa Cruz 0,45 Magdalena Bs. As. 0,05 Comodoro Rivadavia Chubut 0,40 Pigüé Bs. As. 0,05 Esquel Chubut 0,40 Punta de Indio Bs. As. 0,05 Puerto Madryn Chubut 0,40 Mercedes Corrientes 0,05 Trelew Chubut 0,40 Monte Caseros Corrientes 0,05 Junín de los Andes Neuquén 0,40 Chajarí Entre Ríos 0,05 Neuquén Neuquén 0,40 Crespo Entre Ríos 0,05 San Martín de los Andes Neuquén 0,40 Rosario del Tala Entre Ríos 0,05 Zapala Neuquén 0,40 Villaguay Entre Ríos 0,05 Río Gallegos Santa Cruz 0,40 General Pico La Pampa 0,05 Ushuaia Tierra del Fuego 0,40 El Chamical La Rioja 0,05 5

Anexo IV DIFERENCIAS PORCENTUALES ENTRE CADA GRADO Y SU INMEDIATO ANTERIOR Y LA ESCALA DE COEFICIENTES DE GRADO. GRADO DIF. C/Gº ANT. Teniente General, Almirante, Brigadier General 11,1% General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor 12,1% General de Brigada, Contraalmirante, Brigadier 14,1% Coronel, Capitán de Navío, Comodoro 14,1% Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro 14,1% Mayor, Capitán de Corbeta, Mayor 16,1% Capitán, Teniente de Navío, Capitán 14,1% Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente 15,1% Teniente, Teniente de Corbeta, Teniente 14,1% Subteniente, Guardiamarina, Alférez Suboficial Mayor 14,1% Suboficial Principal 16,1% Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante 14,1% Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar 16,1% Sargento, Cabo Principal 14,1% Cabo Primero 14,1% Cabo, Cabo Segundo, Cabo 14,1% Voluntario 1ra., Marinero 1ra. 14,1% Voluntario 2da., Marinero 2da. 6

BENEFICIOS 1. Desde el punto de vista político a. Permite normalizar una crítica situación ilegal e ilegítima que sufre el sector militar desde hace más de una década, saldando una vieja deuda del estado nacional con sus fuerzas armadas. b. Afianza la confiabilidad de la familia militar en el partido gobernante al cual se votó unánimemente (M.C.R.). 2. Desde el punto de vista económico a. Reduce la posibilidad de nuevas acciones judiciales y su importante costo para las arcas nacionales. b. Permite un equilibrado incremento del haber mensual del personal militar activo, incluyendo su respectiva jerarquización. c. Beneficia notablemente a las Obras Sociales, posibilitando mejores prestaciones al afiliado y su grupo familiar. d. La drástica reducción de los Suplementos de Zona minimiza y en algunos casos compensa los mayores costos para el estado nacional. 3. Desde el punto de vista militar a. Establece una clara política salarial, afianzando la disciplina en beneficio de la conducción de las Fuerzas. b. Ofrece incentivos permanentes para ascender a las distintas jerarquías. c. Genera confianza en el futuro económico, al pasar a situaciónde retiro, evitando distraer esfuerzos que deben volcarse en las actividades del servicio. d. Provee una compensación equilibrada frente a los eventuales cambios de destino. 4. Desde el punto de vista social a. Dignifica la profesión militar al recuperar una posición equivalente a las fuerzas de seguridad y en general con relación al empleado público de nivel nacional. b. Rescata del estado de pobreza/indigencia a una buena parte del personal retirado y pensionistas. 7