Chat: "Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Documentos relacionados
Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría Legal en Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: "Asesoría Legal de Divorcio Incausado

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores"

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: " Asesoría legal de Custodia de Menores

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Guarda y custodia de menores

Chat: Asesoría legal en Acreditación de Concubinato

Chat: Asesoría Legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría Legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores"

Chat: Asesoría legal en Divorcio Incausado y Voluntario"

Chat: Asesoría legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría Legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría para tramitar un amparo

Chat: Asesoría legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría legal en Juicio Sucesorio Testamentario o Intestamentario"

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría legal en Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría para el divorcio incausado

Chat: Asesoría legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Chat: Asesoría para tramitar un amparo

Instituto de la Defensoría Pública: Guest, estamos a tus órdenes que tengas un excelente día. martes 29 de octubre de :16

Lic. Jose Antonio Malanco: Buenos días,daremos por iniciado el chat, respecto del tema DIVORCIO VOLUNTARIO jueves 8 de diciembre de :03

Chat: Asesoría legal para obtener Pensión Alimenticia

Chat: Asesoría legal para el Divorcio Voluntario

Chat: "Asesoría Legal en Pérdida de la Patria Potestad

Chat: Asesoría Legal en Juicio Sucesorio Testamentario

Carlos: No. Sólo se retiró a la casa de sus padres. Estamos casados por bienes separados martes 6 de marzo de :14

Chat: Asesoría sobre Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría para el divorcio voluntario

Silvia: Bueno gracias, ah a donde están ubicados para la asesoría? de nuevo gracias. jueves 26 de septiembre de :36

Guest: ES para rectificar datos en mi acta de nacimiento? en acta de divorcio? en actas en general? viernes 16 de agosto de :12

Chat: "Asesoría Legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Asesoría legal Divorcio Incausado y Voluntario"

jose: tienen oficinas en el valle de México? o algún teléfono de emergencia? lunes 19 de diciembre de :17

Chat: Asesoría en defensa jurídica en materia penal

JSHN: Hola buen día Lic. Bertha, nos puede aportar mas sobre el tema para poder hacerle unas preguntas martes 13 de diciembre de :08

alejandra: SANTA CATARINA

sonia: buen dia a donde me puedo dirigir para tramitar la pension y que documentacion debo presentar martes 9 de abril de :13

Chat: "Asesoría Legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: Guarda y Custodia de Menores

Moderador: Buenos días! A los participantes les pedimos que hagan su pregunta breve y concreta explicada en un sólo mensaje por favor.

Chat: Asesoría legal en Reconocimiento de Paternidad

Chat: Asesoría legal en Juicio Sucesorio Testamentario e Intestamentario

Chat: Identidad de persona y rectificación de Acta

Chat: Asesoría Legal en Divorcio Voluntario e Incausado

Chat: Guarda y custodia de menores

sory: Vivo en ecatepec? a donde puedo acudir? tiene teléfono de emergencia o como es la atención? lunes 30 de mayo de :11

Chat: Asesoría para tramitar un amparo

Chat: "Acreditación de Concubinato"

Chat: "Asesoría Legal en Divorcio Incausado y Voluntario

Lic. Kity Hernandez: Bienvenido espero poder esclarecer sus dudas atte lic. HERNANDEZ martes 22 de febrero de :02

Chat: Asesoría legal en Violencia Intrafamiliar"

Chat: Violencia familiar y las defensas legales

Chat: Asesoría legal en Guarda y Custodia de Menores

Chat: "Asesoría legal de Rectificación de Acta de Nacimiento

Chat: Asesoría sobre Guarda y Custodia de Menores

Llevar todos los documentos en original y copia relacionados al trámite a realizar. considere las indicaciones siguientes:

Chat: Asesoría legal en asuntos en Materia Civil

Chat: Asesoría legal en Control de la función notarial

Instituto de la Defensoría Pública: Buen día gracias por acompañarnos a nuestro chat el día de hoy, bienvenidos. martes 30 de abril de :57

HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E.

Chat: Asesoría para obtener la pensión alimenticia

Formato de Tramites. Indicaciones: De favor que el documento sea llenado en Arial 12 y que se adjunten lo documentos correspondientes al trámite.

Chat: " Asesoría legal de Juicio Testamentario e Intestamentario

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA

Comentario de Mou: Ustedes ofrecen asesoría jurídica para contestar estas demandas? martes 7 de diciembre de :09

Mary: Buenos dias me podria decir de que edad un adolescente entra dentro de está ley martes 7 de mayo de :07

Chat: Asesoría para el divorcio voluntario

R E S U L T A N D O

Cómo Realizo un Intercambio de Pruebas? Ayuda con los Interrogatorios y las Peticiones de Producción en Casos de Ley Familiar

SECRETARÍA,DIRECCIÓN O CORDINACIÓN Instituto Municipal de la Mujer C. Sofía Isela Molina Castañón NOMBRE DEL TRAMITE: Asesoría Jurídica

Chat: Identidad de persona y rectificación de actas

TRÁMITES Y SERVICIOS ASESORIA JURIDICA EN JUICIO ESPECIAL DE ALIMENTOS.

REF. 300-R07 REV. 01 CÓDIGO SOLICITUD DE BECA INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA SOLICITUD DE BECA

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES

Chat: La familia y su papel en la prevención social del delito

Chat: Identidad de persona y rectificación de actas

Chat: Guarda y custodia de menores

DERECHO DE FAMILIA UNIDAD 3: LOS ALIMENTOS Y LA OBLIGACION ALIMENTARIA 3.1. CONCEPTO JURIDICO. Lic. Francisco Javier Sosa Santana.

CUESTIONES DEBATE DICIEMBRE 18

PENSION ALIMENTICIA REQUISITOS

Índice. Qué son los alimentos?...9. Puedo pedir alimentos en forma retroactiva?...9. Qué pasa si me demandan de alimentos?...10

Puesto: Coordinador de Asistencia Jurídica con Domicilio: 5 de Febrero S/N Esquina con Hidalgo Teléfono: Ext. 1406

Chat: "Asesoría Legal de Pensión Alimenticia

R E S U L T A N D O

MUJER, Órdenes de Protección en el EDOMÉX CONOCE TUS DERECHOS

Chat: " Asesoría legal de Divorcio Incausado

Chat: Asesoría para obtener la Pensión Alimenticia

Procedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el

Transcripción:

Chat: "Asesoría legal en Pensión Alimenticia Moderador: Buen día, hoy estaremos charlando con personal del Instituto de la Defensoría Pública, quienes estarán dando Asesoría legal en "Pensión Alimenticia".!Bienvenidos El chat comienza a las 11:00 a.m. martes 1 de julio de 2014 10:44 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Buen día, el Instituto de la Defensoría Pública, les da la mas cordial bienvenida a nuestro chat, el día de hoy charlaremos sobre el tema "Asesoría Legal en Pensión alimenticia". No omitimos mencionar que los servicios que brinda nuestro Instituto son totalmente gratuitos. Bienvenidos! martes 1 de julio de 2014 11:00 javier Como puedo quitar una pensión alimenticia ya que mi hijo a estado en el tutelar, y además acaba de ebarazar a una chica? El tiene 17 años ya no quiere estudiar pero su mama se la pasa iscribiendolo en escuelas para justificar q estudia martes 1 de julio de 2014 11:15 Guest buenos días, quiero legalizar una pensión alimenticia, llevo 4 años separada, nunca me case, y viví con el 5 años aproximadamente, el tiene un negocio informal y yo un trabajo formal, nunca lo he demandado, pues el siempre me ha dado dinero, tenemos un hijo de ya casi 10 años, pero quiero saber que puedo o que tengo que hacer para que quede establecida una cantidad exacta ante un jurado. martes 1 de julio de 2014 11:16 chantal Que requisitos necesito para hacer el.tramite.? Necesito estar divorciada? martes 1 de julio de 2014 11:21 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guest, Buenos días, te recomendamos iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados Familiares más cercanos al domicilio en donde habitas, dentro de dicho juicio se establecerá una pensión alimenticia en días de salarios mínimos, la cual será obligatoria para el padre de tu hijo, una vez que sea establecida por el Juez. martes 1 de julio de 2014 11:21 Miriam Buenos días solicite en mi demanda de divorcio la pensión alimenticia para mis 2 menores hijas y el juez no me la otorgara hasta la segunda audiencia, mi pregunta es esto es valido porque el papá de las niñas ya no me da dinero para su manutención y el proceso es largo y por lo tanto que hago. martes 1 de julio de 2014 11:22 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Chantal, no necesitas estar divorciada para solicitar la pensión alimenticia, tienes que iniciar un juicio ante los Juzgados Familiares a través de abogado, quien ingresara la demanda acompañada de las copias certificadas de las actas de nacimiento así como la de matrimonio. martes 1 de julio de 2014 11:24 santi Buen día. Aun no estoy divorciada, puedo tramitar pensión alimenticia para mi hija? Estando separada de mi pareja? martes 1 de julio de 2014 11:24 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Mirian, Buenos días, te recomendamos solicitar a través de tu abogado se establezca la pensión alimenticia provisional, para que durante el procedimiento, no se queden en estado de indefensión con los menores. martes 1 de julio de 2014 11:26 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Santi, buen día, no necesitas estar divorciada para solicitar la pensión alimenticia, te recomendamos iniciar tu juicio ante los Juzgados Familiares mas cercanos a tu domicilio, dicho tramite es a través de abogado. martes 1 de julio de 2014 11:27 MARIBEL MI PREGUNTA ES SI CUANDO SE INGRESA LA DEMANDA EL JUEZ PUEDE FIJAR LA PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL martes 1 de julio de 2014 11:28 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Recodamos a nuestros usuarios que pueden acudir a cualquiera de nuestras tres Direcciones Regionales, en donde recibirán asesoría jurídica gratuita y en caso d ser procedente se les puede asignar a un Defensor Público para que su trámite sea totalmente 1

gratuito. martes 1 de julio de 2014 11:28 Miriam Hola Chantal el Abogado que me esta viendo este proceso así lo realizo, solicito la pensión alimenticia y el Juez que me toco no da pensiones ni custodias hasta la segunda audiencia, ni si quiera se le ha notificado al demandado y ya tenemos fecha de audiencia el 02 de agosto. El Abogado metio un escrito apelando a la pensión martes 1 de julio de 2014 11:28 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Maribel, efectivamente, de acuerdo al criterio del Juez, se puede establecer la pensión alimenticia provisional, desde el auto en el cual se admite la demanda o dentro de la audiencia inicial, en caso de no ser así, puedes solicitar en cualquier momento se establezca la misma. martes 1 de julio de 2014 11:31 MARIBEL MUCHAS GRACIAS, PERO MI DUDA ES, DE ACUERDO A LA LEY ES FIJAR MEDIDAS PRECAUTORIAS Y EN ESAS ESTA LA PENSION ALIMENTICIA, HAY ALGUNOS JUECES QUE NO LA FIJAN DESDE INICIO, NO DEBERIA S martes 1 de julio de 2014 11:35 MARIBEL ENTONCES EN ESE CASO ES FACULTAD DISCRCIONAL DEL JUEZ EL FIJARLA DESDE UN INICIO Y NO COMO MENCIONA LA LEY, COMO MEDIDA PRECAUTORIA, DESDE UN INICIO martes 1 de julio de 2014 11:35 sonia Que trámite tengo que hacer para solicitar pensión alimenticia...soy mamá soltera martes 1 de julio de 2014 11:35 Guest HOLA SOY ROUSE Y ME INTERESA SABER LOS REQUISITOS PARA PEDIR UNA PENSION ALIMENTICIA PARA DOS NIÑAS UNA DE CASI UN AÑO Y UNA DE DOS, Y TAMBIEN QUISIERA SABER CUANTO LES TOCARIA A CADA NIÑA Y QUE TANTO DERECHO TIENE SU PAPA martes 1 de julio de 2014 11:36 lili Que eslo que necesito hacer para que me de pensión alimenticia el Papa de mi hija ella tiene 11años...soy mamá soltera martes 1 de julio de 2014 11:36 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Miriam, efectivamente como lo hemos mencionado de acuerdo al criterio del Juez la pensión alimenticia provisional se puede establecer desde el auto de admisión de la demanda, o de manera posterior; sin embargo por tratarse de alimentos se puede solicitar se establezca la misma, en cualquier etapa del procedimiento, por ser prioritarios, de orden público e interés social. martes 1 de julio de 2014 11:37 Guest EEs muy caro iniciar una demanda sopor pensión alimenticia martes 1 de julio de 2014 11:41 Miriam Muchas gracias, el Juez tiene la facultad para negarle este derecho a mis menores hijas, Cuál es la pensión más baja que fija un juez? agradeceré sus comentarios martes 1 de julio de 2014 11:41 nallely Y si desconozco la dirección del papá de mi niño a donde se le envía la notificación martes 1 de julio de 2014 11:41 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Maribel, recordemos que efectivamente la facultad discrecional que tiene el Juez le permite determinar el momento en el cual establecerá la pensión alimenticia, ya que necesita tener noción las necesidades alimentarias del acreedor alimentario, así como de la capacidad económica del deudor alimentario, sin embargo, por ser de órden público e interes social, puedes solicitar que se establezca en cualquier momento la pensión alimenticia provisional. martes 1 de julio de 2014 11:42 mar hola mi nombre es mar, tengo 3 hijos pero no los reconocio su papá, sera que puedo pedir pensión alimenticia para ellos martes 1 de julio de 2014 11:42 nallely Esta persona no tiene un trabajo donde se le pueda comprobar un ingreso neto ahí que sucedería, la pensión sería mínima martes 1 de julio de 2014 11:44 2

INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Sonia, si tu menor se encuentra reconocido puedes iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados familiares mas cercanos a tu domicilio, dicho tramite es a través de abogado. martes 1 de julio de 2014 11:44 ROUSE HOLA DISCULE PARA SOLICITAR LA PENSION ALIMENTARIA CUALES SON LOS REQUISITO, TENGO UNA NIÑA QUE ES SU HIJA PERO NO QUIERE REGISTRARLA TAMBIEN PUEDO PEDIR PENSION PARA ELLA martes 1 de julio de 2014 11:44 nallely O sea que primero se tiene que solicitar un juicio por reconocimiento de un menor y después el de pensión alimenticia o se pueden los dos al mismo tiempo martes 1 de julio de 2014 11:46 MARIBEL MUCHAS GRACIAS POR SU VALIOSA INFORMACIÓN Y DE IGUAL MANERA GRACIAS POR ESTA OPORTUNIDAD DE DISIPAR NUESTRAS DUDAS POR ESTE MEDIO. BUENO DIA martes 1 de julio de 2014 11:46 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Te invitamos a recibir asesoría jurídica gratuita en nuestras Direcciones Regionales: TOLUCA, República de Belice No, 109, Col. Américas, Toluca, Méx. ZONA ORIENTE, Adolfo López Mateos No. 36, Col. Centro, Ecatepec, Méx. ZONA NORORIENTE, Periférico Norte No. 63, Col. Viveros de la Loma, Tlalnepantla de Baz. Estado de México. martes 1 de julio de 2014 11:47 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guest, si tus menores se encuentran reconocidas puedes iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados familiares correspondientes, a través de abogado, presentando la demanda y las actas de nacimiento de tus menores, en donde el C. Juez establecerá una pensión alimenticia, de acuerdo a las posibilidades del padre y las necesidades de los menores, se establecerá la guarda y custodia a tu favor y el progenitor tendrá derecho a convivir con los menores. martes 1 de julio de 2014 11:50 Miriam Miriam, gracias por su asesoría, que tengan un gran día. martes 1 de julio de 2014 11:52 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Lili, tienes que iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados Familiares más cercanos a tu domicilio, a través de abogado, en donde el C, Juez establecerá dicha pensión. martes 1 de julio de 2014 11:54 divaa buen dia, yo tengo 2 años que me separe cuando lo hice levante un acta en el dif del municipio y como el no tiene forma de comprobar ingresos solo me daba 350 a la semana pero empeze a trabajar y ya no me deposito. hace apenas 4 meses levante un acta en el palacio de justicia y nos citaron para realizar el convenio, dicho convenio no se llevo acabo ya que el sr no puede darme mas y la lic me dijo q ella no podia hacer nada, que buscara otra alternativa. martes 1 de julio de 2014 11:55 lili Aunque mi hijo no este reconocido por el padre lo puedo hacer martes 1 de julio de 2014 11:56 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guest, el tramite ante Juzgado es gratuito, sin embargo es a través de abogado, te recomendamos acudir a cualquiera de nuestras tres Direcciones Regionales cuyo domicilio proporcioné de manera anterior, en donde, en caso de ser procedente se te puede asignar a un Defensor público para que tu trámite sea totalmente gratuito. martes 1 de julio de 2014 11:57 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Miriam, estamos para servirte, el Juez y el Ministerio Público siempre velaran por los intereses de los menores, motivo por el cual no podrán negar el derecho para recibir la pensión alimenticia, en la practica se estila fijar de un 15 a un 25 % para cada acreedor alimentario, ya que la pensión alimenticia se establece de acuerdo a lo que necesitan los menores y a la posibilidad económica del deudor alimentario (padre), en caso de no contar con ingresos fijos, el Juez fijará como mínimo un día de salario mínimo general vigente en la zona económica. martes 1 de julio de 2014 12:03 3

INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Nallely, para iniciar el juicio de pensión alimenticia es indispensable investigar y proporcionar el domicilio particular del demandado para entregar la notificación, así como el domicilio laboral para girar los oficios de descuentos de la pensión alimenticia. martes 1 de julio de 2014 12:05 Guadalupe Hola buen día, el padre de mis hijas no me da ni un quinto desde que se fue de la casa, trabaja en servicio de mudanzas y la camioneta es propia, ero siempre argumenta que no tiene dinero, pero teniendo esta entrada, se le puede fijar una pensión alimenticia, tengo dos hijos menores y uno mayor que estudia, pero se me hace muy difícil la manutención, ya que cada día la demanda es mayor. martes 1 de julio de 2014 12:07 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Mar, te recomendamos iniciar un juicio de reconocimiento de paternidad, en caso de ser procedente se establecerá como consecuencia la pensión alimenticia, ya que en tanto no se encuentren reconocidos los menores no puedes solicitar dicha pensión. martes 1 de julio de 2014 12:08 Joacko Hola tengo una hermana la cual fue dejada con dos nenas de 5 y 3 años la cual tiene que estar adidtiendo cada 15 dias a convivencia familiar el problema es que el tipo nisiquiera se presenta y la juez que llevo su caso le sigue inputando que asista aun sabiendo que no hay respuesta por parte de este tipo el problema es que no ha dado la pension que acordaron y la juez con palabras despotas le dijo a mi hermana" esto no es para que te hagas rica" el caso es que es muy desgastante por que tiene que estar asistiendo y son gastos los cuales ya mo podemos afrontar existiria alguna forma de evitar las convivencias y obligar a su expareja a cumplir con las pensiones martes 1 de julio de 2014 12:09 LUPE CUANTO ES LO MÁXIMO QUE ME PUEDEN DAR DE PENSIÓN ALIMENTICIA SI MI EX ESPOSO NO TIENE INGRESOS COMPROBABLES Y YO SI. martes 1 de julio de 2014 12:10 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Rouse, si la menor se encuentra reconocida puedes iniciar tu juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados Familiares mas cercanos a tu domicilio, en caso de no estar reconocida tienes que iniciar un juicio de reconocimiento de paternidad y como consecuencia se establecerá dicha pensión. martes 1 de julio de 2014 12:10 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Nallely, dentro del juicio de reconocimiento, puedes solicitar como consecuencia de la prestación anterior, la pensión alimenticia, en donde, en caso de ser procedente el reconocimiento de paternidad el C. Juez establecerá la pensión. martes 1 de julio de 2014 12:12 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Maribel, Estamos para servirte, que tengas un excelente día, saludos! martes 1 de julio de 2014 12:12 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Miriam, estamos para servirte, que tengas una excelente tarde, saludos! martes 1 de julio de 2014 12:13 nallely OOk muchas gracias han aclarado varias dudas y los visitaré en alguna de sus oficinas, que tengan excelente dia gracias! martes 1 de julio de 2014 12:18 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Divaa, Buen día, te recomendamos iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados Familiares mas cercanos a tu domicilio para establecerla de manera formal y jurídica, en donde un C. Juez determinará una pensión equitativa de acuerdo a lo que necesitan tus menores y de acuerdo a las posibilidades del padre. martes 1 de julio de 2014 12:18 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Lili, si tu hijo no se encuentra reconocido necesitas iniciar un juicio de reconocimiento de paternidad, en donde se puede solicitar como consecuencia el establecimiento de la pensión alimenticia. martes 1 de julio de 2014 12:19 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guadalupe, te recomendamos iniciar un juicio de pensión alimenticia ante los Juzgados familiares mas cercanos a tu domicilio, en donde el C. Juez, establecerá una pensión alimenticia en días de salarios mínimos por no contar con ingresos fijos, 4

dicha pensión será proporcional a las necesidades de las menores, pero también a las posibilidades del padre. martes 1 de julio de 2014 12:22 Lucero solo se casó por la iglesia tiene mas de 25 años que vive con su pareja, pero el se va a ir a vivir a otro lado dejandola sin ningun apoyo, hay forma de que se le pueda apoyar?? martes 1 de julio de 2014 12:29 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Joacko, Hola! tu hermana se encuentra obligada a cumplir con las convivencias, ya que en caso de no ser así, puede hacerse acreedora a una sanción, por otro lado puede solicitar que se liquiden las pensiones adeudadas, para que se le pague todo lo adeudado. martes 1 de julio de 2014 12:29 Cristian M buenas tardes desde el 2009 estoy divorciada en la sentencia cláusula cuarta indica que el papá de mi hijo cubrirá una pensión alimenticia por dicha cantidad que depositara mensualmente en una cuenta bancaria pero desde hace casi 3 años el año cumplido con esto cómo puedo hacer para reclamar esta pensión y se haga un depósito directamente de su nómina gracias martes 1 de julio de 2014 12:31 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Lupe, cuando no existen ingresos comprobables se establece la pensión alimenticia en días de salarios mínimos vigentes en la zona económica. martes 1 de julio de 2014 12:32 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Nallely, con gusto te atenderemos, que tengas una excelente tarde, saludos! martes 1 de julio de 2014 12:33 Joacko Tiene que seguir asistiendo aunque su expareja no se presente?? No existe de igualforma una sancion para el? martes 1 de julio de 2014 12:34 divaa yo me presente en mediación y conciliación para llegar a un acuerdo. pero no se arreglo nada. y fue en el palacio de justicia. martes 1 de julio de 2014 12:35 Guadalupe que puedo entender conforme a las necesidades de las menores, pero también a la posibilidad del padre, si mis hijos están en secundaria, el uniforme, los útiles, su manutención, vestido, doctor cuando es necesario, ya que no cuento con seguridad social, y también tengo los gastos de mi hijo mayor que estudia la universidad tiene 20 años, y también son muchos gastos y yo con el sueldo que tengo ya no me alcanza para el pago de los demás gastos que son: agua, luz, teléfono. Si el padre de mis hijos no tiene comprobar sus ingresos y siempre va a decir que no saca mucho dinero, que no hay trabajo, cuando nosotros sabemos que gracias a Dios, no le falta el trabajo, pero a parte de todo es un alcohólico, ya que diario que le llama a sus hijos está borracho. martes 1 de julio de 2014 12:37 Any G Hola buen dìa quisiera su orientacion acerca de la pension alimenticia de mis sobrinos: mi hermano se divorcio el juez le otorgo la custodia a la madre, al igual que el domicilio y la pension alimenticia, el problema es que la mamà cada vez que se enoja pasa a dejar a sus hijos con el papa sin dejarle el dinero de la pension y asi le ha hecho durante 3 ocasiones confiada que en cualquier momento ella puede argumentar que mi hermano le quita a los niños sabiendo que eso no es verdad ya que ella siempre es la que los pasa abandonar, mi hermano se asesoro en la dfensoria publica pero le dijeron que tiene que esperar 2 meses para poder pelear la custodia de sus hijos,y no se me hace justo que el tenga que estar cuidandolos y manteniendolos mientras la mama los abandona por periodos, gastandose la pension de sus hijos y cuando a ella se le plasca puede pelearlos sabiendo que ella tiene la custodia, ojala puedan asesorarme ya que mis sobrinos no tienen una estabilidad tanto familiar como psicologica...gracias martes 1 de julio de 2014 12:37 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Lucero, nos podrías indicar si tuvieron hijos en común y de que edades son? martes 1 de julio de 2014 12:38 alma Hola buen dia yo tengo decretada una pension para tres desde hace 6 anos pero ni la ley a podido obligar al sr. A depositarla y ya desde hace tiempo no hago ningun tramite si de todas formas no la da apesar de tener una deuda de pensiones debidas y no pagadas que puedo hacer se supone son prioridad los alimentos martes 1 de julio de 2014 12:39 5

Lucero si tuvieron 2 hijos ya mayores de 36 y 37 años respectivamente martes 1 de julio de 2014 12:42 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Buenas tardes! te recomendamos iniciar un incidente de liquidación de las pensiones adeudadas y no pagadas ante los Juzgados Familiares correspondientes; en su defecto puedes iniciar ante el Ministerio Público una denuncia por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, en donde en caso de ser necesario se puede establecer una pena privativa de la libertad para el padre. martes 1 de julio de 2014 12:43 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Cristian M. puedes iniciar un incidente de liquidación de pensiones alimenticias adeudadas ante los Juzgados Familiares o bien, realizar una denuncia de hechos ante el Ministerio Público por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias. martes 1 de julio de 2014 12:45 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Joacko, efectivamente tiene que seguir asistiendo ya que se encuentra obligada a dar cumplimiento a una sentencia definitiva, sin embargo, puede intentar modificar las convivencias en virtud de la falta de interés del padre, en donde el C. Juez determinará lo conducente. martes 1 de julio de 2014 12:51 Cristian M Que necesito para hacer la denuncia por incumplimiento o para el incidente de liquidacion cabe mencionar q el desde hace un año radica en el estado de Queretaro martes 1 de julio de 2014 12:52 Moderador: En diez minutos daremos por concluído nuestro chat, invitamos a los usuarios a realizar una última pregunta. martes 1 de julio de 2014 12:52 yoya Hola buenas tardes, yo tramite mi pensión y me otorgaron el 20% pero en el ayuntamiento donde el trabaja no me lo dan porque el tiene una pensión antes de la mía martes 1 de julio de 2014 12:53 Cristian M A llegado a hacer depositos de 200 o 500 al mes pero esto no cubre lo que se firmo en el acuerdo y estos depositos llegan a ser esporadicos martes 1 de julio de 2014 12:53 divaa ahi en juzgado familiar me daran solucion y haran que el sr cumpla con su obligacion. martes 1 de julio de 2014 12:53 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Divaa, las instancias conciliadoras no son obligatorias, por ese motivo, te recomendamos iniciar el juicio como lo referimos anteriormente, ante los Juzgados Familiares correspondientes. martes 1 de julio de 2014 12:54 Guadalupe entonces puedo entender que de acuerdo a la posibilidad del padre, es que si el papá de mis hijos me da 100 pesos por cada uno de manera mensual, para el criterio del juez esto es suficiente para cubrir las necesidades de ellos? martes 1 de julio de 2014 12:58 yoya Y dicen que ya no le alcanza para darme nada porque el otorgó el 80% martes 1 de julio de 2014 12:58 Vero Pichardo Hola, tengo dos hijas y viven conmigo, yo tengo la custodia, cuánto es lo que me tienen que dar de pensión? martes 1 de julio de 2014 12:58 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guadalupe, la pensión alimenticia se establece de acuerdo a las necesidades alimentarias de tus hijos, todo lo que mencionas es valorado en su totalidad por el C. Juez, la pensión alimenticia comprende todo lo necesario para el sustento, habitación, vestido, atención médica y hospitalarias, gastos escolares, descanso y esparcimiento, Asi mismo valora el Juez, cuanto gana el padre y cuanto puede aportar para cubrir las necesidades alimentarias de los menores. martes 1 de julio de 2014 12:59 Guest: HOLA BUENOS DIAS YO TRAMITE LA PENSION PERO FIRME DE COMUN ACUERDO PERO NO SUPE QUE SEGUIA, SOLO SUPE QUE EL DEMANDANTE TENIA QUE IR A FIRMAR Y YA NO PUDE ASISTIR A LOS JUZGADOS ME PUEDE ACESORAR martes 1 de julio de 2014 1:01 6

INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Any, G. Buen día, te recomendamos que tu hermano asista nuevamente a recibir asesoría jurídica, para hacerle saber todos lo alcances jurídicos, ya que si la madre abandona a los menores puede solicitar inclusive la modificación de la guarda y custodia, en donde, si se reúnen los elementos el C. Juez determinara la procedencia. martes 1 de julio de 2014 1:02 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Alma, efectivamente los alimentos son prioritarios, de orden publico e interes social, te recomendamos insistir en tu incidente de liquidación de pensiones alimenticias adeudadas en materia familiar, o en su defecto, en materia penal, iniciar una denuncia de hechos ante el Ministerio Público, ya que hoy en día existe pena privativa de la libertad para éste delito. martes 1 de julio de 2014 1:05 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Lucero, si no tienen hijos menores de edad y no se encuentran casados civilmente, aunado a la separación que refieres, es dificil que se pueda conceder la pensión alimenticia que refieres. martes 1 de julio de 2014 1:06 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Cristian M. tienes que acudir ante el Ministerio Público mas cercano a tu domicilio para realizar tu denuncia por el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, en materia penal. Para iniciar el incidente de liquidación de pensiones alimenticias adeudadas tienes que acudir al Juzgado Familiar en donde se encuentre tu juicio inicial, dicho tramite es a través de abogado. martes 1 de julio de 2014 1:14 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Yoya, si tu pensión alimenticia se encuentra establecida por un Juez, tienen que dar cabal cumplimiento a la misma, en caso de no ser así, tienen que hacerlo saber al Juzgado para que tome las determinaciones correspondientes, ya que la cuestión que refieres, no es impedimento para recibir dicha pensión. martes 1 de julio de 2014 1:16 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Cristian M. en este caso, te recomendamos que se liquiden las pensiones adeudadas, ya sea en materia familiar o penal, como lo hemos mencionado con anterioridad. martes 1 de julio de 2014 1:18 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Divaa, tienes que hacer las solicitudes y gestiones correspondientes ante el Juzgado, a través de abogado, en donde el C. Juez determinará lo conducente. martes 1 de julio de 2014 1:19 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guadalupe, el Juez valora las pruebas y establece la pensión alimenticia, mencionando que la cantidad mínima que se puede fijar por concepto de pensión alimenticia, es la cantidad equivalente a un día de salario mínimo vigente en la zona económica, ya que los menores nunca se podrán quedar en estado de indefensión. martes 1 de julio de 2014 1:23 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Yoya, tienes que hacerlo del conocimiento al Juzgado a través de tu abogado, para que se tomen las pertinencias necesarias. martes 1 de julio de 2014 1:25 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Vero Pichardo, Hola, solo el Juez puede establecer la pensión alimenticia d manera jurídica, y en la práctica estilan fijar de un 15 a un 25% del total de las percepciones del padre; en caso de no contar con ingresos fijos, se establece en días de salarios mínimos. Mencionando que la cantidad mínima que se puede fijar por concepto de pensión alimenticia es lo equivalente a un día de salario mínimo general vigente en la zona económica. martes 1 de julio de 2014 1:29 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: Guest, te recomendamos que acudas a cualquiera de nuestras tres Direcciones Regionales cuyo domicilio proporcione anteriormente, con las copias certificadas de tu expediente para analizar tu asunto y darte una respuesta oportuna. martes 1 de julio de 2014 1:30 INSTITUTO DE LA DEFENSORIA PUBLICA: El Instituto de la Defensoría Pública, agradece a nuestros usuarios por su participación en el presente chat relativo al tema "Asesoría Legal en pensión alimenticia", deseándoles que tengan una excelente tarde, saludos! 7

No omitimos recordar a nuestros usuarios que los servicios que brinda nuestro Instituto son totalmente gratuitos. Hasta la próxima! martes 1 de julio de 2014 1:32 Moderador: Agradecemos al Instituto de la Defensoría Pública, el haber contestado las preguntas. A todos nuestros lectores los invitamos a seguir participando en los blogs y en los próximos chats que tendremos en el portal de Internet del Gobierno del Estado de México. También nos pueden contactar por twitter en www.twitter.com/edomex ó @edomex además en nuestras páginas de Facebook http://www.facebook.com/gob... Hasta una próxima ocasión! martes 1 de julio de 2014 1:34 8