CALENDARIO LABORAL DEL PAS PARA EL AÑO 2016

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CALENDARIO LABORAL DEL PAS PARA EL AÑO 2016 De acuerdo con los criterios y directrices establecidos en el Acuerdo de Adaptación del Acuerdo para la conciliación de la vida familiar y laboral del personal de administración y servicios de la Universitat Politècnica de València, firmado por la Mesa de Negociación del PAS con fecha 5 de febrero de 2013, se acuerda aprobar el siguiente calendario laboral para el año 2016: 1.- Fiestas Nacionales: 1 de enero Viernes Año Nuevo 6 de enero Miércoles Epifanía del Señor 24 de marzo Jueves Jueves Santo 25 de marzo Viernes Viernes Santo 15 de agosto Lunes Asunción de la Virgen 12 de octubre Miércoles Fiesta Nacional de España 1 de noviembre Martes Fiesta de todos los santos 6 de diciembre Martes Día de la Constitución 8 de diciembre Jueves Día de la Inmaculada Concepción 26 de diciembre Lunes Navidad (festividad trasladada) 2.- Fiestas de la Comunidad Autónoma: 19 de marzo Sábado San José 28 de marzo Lunes Lunes de Pascua En los campus de Alcoy, Gandia y Valencia, se incorpora un día de permiso adicional por coincidir en sábado un día de Fiesta Autonómica (el día 19 de marzo de 2016). 3.- Fiestas Locales: 22 de enero Viernes Valencia (San Vicente Mártir) 4 de abril Lunes Valencia (San Vicente Ferrer) 22 de abril Viernes Alcoy 25 de abril Lunes Alcoy 4 de abril Lunes Gandia (San Vicente Ferrer) 3 de octubre Lunes Gandia (San Francisco de Borja) 4.- Fiestas Locales UPV: 18 de marzo Viernes Valencia y Gandia 21 de abril Jueves Alcoy Página 1 de 9

5.- Reducciones de Jornada Fiestas Locales: Durante la semana de fiestas locales, el personal disfrutará de una exención de 6 horas y 30 minutos laborables. Para todos los campus, estas reducciones se aplicarán en todo caso, sin perjuicio de que se garantice los servicios de apertura y cierre de los centros y unidades, o aquellos otros que por su actividad deban garantizarse en unas horas determinadas. Para las localidades de Valencia y Gandia, la reducción se aplicará en dos horas diarias durante los días 15 y 16 de marzo. El día 17 de marzo, la reducción será de dos horas y treinta minutos, siendo el horario de entrada para el turno de mañanas a las 10:30 horas y el horario de salida para el turno de tarde a las 19:30 horas. Para aquel personal que tenga la dedicación a tiempo completo, podrá optar por aplicar la reducción de la siguiente forma: día 16 de marzo reducción de dos horas. El día 17 de marzo, la reducción será de dos horas y el horario de entrada para el turno de mañanas será a las 10 horas y el horario de salida para el turno de tarde será a las 20 horas, todo ello junto con la tarde o mañana que corresponde realizar en esa semana (semana del 14 al 20 de marzo). En el caso de Servicios Centrales y aquellas otras unidades en las que el día del patrón recaiga el día 17 de marzo, disfrutarán de la exención de 2 horas o de 2 horas y treinta minutos de trabajo durante el periodo comprendido entre el día 7 al 16 de marzo. Esta exención se podrá aplicar dentro de las franjas de horario flexible. Para la localidad de Alcoy, la reducción se aplicará en dos horas diarias durante los días 18 y 19 de abril. El día 20 de abril, la reducción será de dos horas y treinta minutos, siendo el horario de entrada para el turno de mañanas a las 10:30 horas y el horario de salida para el turno de tarde a las 19:30 horas. Para aquel personal que tenga la dedicación a tiempo completo, podrá optar por aplicar la reducción de la siguiente forma: días 18 y 19 de abril reducción de una hora diaria. El día 20 de abril, la reducción será de dos horas y el horario de entrada para el turno de mañanas será a las 10 horas y el horario de salida para el turno de tarde será a las 20 horas, todo ello junto con la tarde o mañana que corresponde realizar en esa semana (semana del 18 de abril al 24 de abril). 6.- Fiestas de ámbito de las Administraciones Públicas: 24 de diciembre Sábado Alcoy, Gandia y Valencia 31 de diciembre Sábado Alcoy, Gandia y Valencia En los campus de Alcoy, Gandía y Valencia, se incorporan dos días de permiso adicionales por coincidir en sábado las festividades del 24 y 31 de diciembre 2016. Página 2 de 9

7.- Periodo de Semana Santa y Pascua: Por exceso de dedicación anual, el personal tendrá derecho a disfrutar de un total máximo de las horas equivalentes a 4 días comprendidos dentro del periodo: de 21 de marzo al 5 de abril, ambos inclusive. La disposición de estos cuatro días se efectuará teniendo en cuenta el cumplimiento, en todos los Servicios/Unidades, de unos servicios mínimos para la atención y sin perjuicio de las necesidades del mismo, el personal podrá optar: a.- Como norma general los días se disfrutarán consecutivos. b.- Y excepcionalmente los días se disfrutarán independientes dentro del citado periodo. 8.- Periodo de Navidad y Año Nuevo: Por exceso de dedicación anual, el personal tendrá derecho a disfrutar de un total máximo de las horas equivalentes a 4 días comprendidos dentro del periodo: del viernes 23 de diciembre de 2016 al viernes 6 de enero de 2017, ambos inclusive. La disposición de estos cuatro días se efectuará teniendo en cuenta el cumplimiento, en todos los Servicios/Unidades, de unos servicios mínimos para la atención y sin perjuicio de las necesidades del mismo, el personal podrá optar: a.- Como norma general los días se disfrutarán consecutivos. b.- Y excepcionalmente los días se disfrutarán independientes dentro del citado periodo. 9.- Reducción de Jornada de Verano: En el periodo comprendido entre los días 16 de junio y 31 de agosto, ambos inclusive, por exceso de dedicación anual, el personal podrá reducir su jornada laboral en 30 horas, a razón de una hora diaria. O bien, una reducción de media hora diaria junto con la tarde o la mañana que corresponde realizar al personal con jornada completa. El personal que opte por no reducir su jornada laboral, podrá acumular dichas horas en jornadas completas que utilizará a lo largo del año. 10.- Vacaciones: El personal tendrá derecho a disfrutar durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de 22 días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor. Página 3 de 9

En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales: a) A partir de los quince años de servicio: 23 días hábiles. b) A partir de los veinte años de servicio: 24 días hábiles. c) A partir de los veinticinco años de servicio: 25 días hábiles. d) A partir de los treinta años de servicio: 26 días hábiles. Estos días se podrán disfrutar desde el día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes años de servicio. 11.- Permiso por Asuntos Propios: El personal podrá disfrutar de 6 días por asuntos propios o particulares correspondientes al año 2016. El disfrute de estos días podrá ser efectivo hasta el día 31 de marzo del año 2017. Además de los 6 días por asuntos propios establecidos, el personal tendrá derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo Estos días se podrán disfrutar desde el día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes trienios. 12.- Día del Patrón: Los diferentes centros y servicios, tendrán como día exento de asistencia al trabajo el día del Patrón, de acuerdo con la fecha que apruebe el órgano competente de la misma. La celebración del día del Patrón establecido por cada uno de los órganos competentes de los Centros/Escuelas, deberá ser comunicado con antelación suficiente a la Gerencia. Se establece como día del Patrón en los Servicios Centrales el día 17 de marzo (jueves). Página 4 de 9

13.- Calendario Biblioteca Central (jornada sábado a miércoles): El personal destinado en Unidades o Servicios de la Universidad Politécnica de Valencia, que preste sus servicios en jornada distinta de la ordinaria de lunes a viernes, deberá realizar las mismas horas de trabajo que el personal con jornada ordinaria, acogiéndose a lo establecido en el presente Calendario laboral 2016 con las peculiaridades que conlleve el propio servicio. Para el presente año sus días festivos obligatorios serán: A.- Fiestas Nacionales: 1 de enero Viernes Año Nuevo (se anula y se traslada al 2 enero) 6 de enero Miércoles Epifanía del Señor 24 de marzo Jueves Jueves Santo (como jornada de lunes-viernes) 25 de marzo Viernes Viernes Santo (como jornada de lunes-viernes) 15 de agosto Lunes Asunción de la Virgen 12 de octubre Miércoles Fiesta Nacional de España 1 de noviembre Martes Fiesta de todos los santos 6 de diciembre Martes Día de la Constitución 8 de diciembre Jueves Día de la Inmaculada Concepción (se anula y se traslada al 10 de diciembre) 26 de diciembre Lunes Navidad (festividad trasladada) A este personal se le traslada el día festivo del viernes 1 de enero al sábado 2 de enero, por coincidir en su fin de semana (jueves y viernes) el viernes 1 de enero. El jueves 24 de marzo, el viernes 25 de marzo no generan traslado de festivos, ni días adicionales, dado que tanto el turno de lunes a viernes como el turno de sábado a miércoles realizan la misma jornada laboral (lunes a viernes) durante el periodo establecido de Semana Santa Pascua. La festividad del jueves 8 de diciembre se traslada al sábado 10 de diciembre. B.- Fiestas de la Comunidad Autónoma: 19 de marzo Sábado San José 28 de marzo Lunes Lunes de Pascua C.- Fiestas Locales: 22 de enero Viernes Valencia (San Vicente Mártir) (se anula y se traslada al sábado 23) 4 de abril Lunes Valencia (San Vicente Ferrer) Página 5 de 9

A este personal se le traslada el día festivo del viernes 22 de enero, por coincidir en su fin de semana (jueves y viernes), al sábado 23 de enero de 2016. Estos días adicionales por coincidencia de festivos se disfrutarán durante el fin de semana inmediato siguiente, que en este caso coincidirán el sábado 23 de enero. D.- Fiestas Locales UPV: 20 de marzo Domingo Valencia (por traslado del 18 marzo) A este personal se le traslada el día festivo de la UPV del viernes 18 de marzo, por coincidir en su fin de semana (jueves y viernes), al domingo 20 de marzo. E.- Fiestas de ámbito de las Administraciones Públicas: 24 de diciembre Sábado Valencia (como turno de lunes-viernes) 31 de diciembre Sábado Valencia (como turno de lunes-viernes) El jueves 24 de diciembre y el jueves 31 de diciembre no generan traslado de festivos, dado que tanto el turno de lunes a viernes como el turno de sábado a miércoles realizan la misma jornada laboral (lunes a viernes) durante el periodo establecido de Navidad Año nuevo. El jueves 24 de diciembre y el jueves 31 de diciembre generan 2 días adicionales de asuntos propios. F.- Periodo de Semana Santa y Pascua. Periodo de Navidad y Año Nuevo: El personal con destino en la Biblioteca Central, con jornada de sábado a miércoles tendrá derecho a disfrutar de los periodos de Navidad Año Nuevo y Semana Santa - Pascua en las mismas condiciones que el resto del personal. Durante estos periodos todo el personal de Biblioteca realizará la misma jornada laboral de lunes a viernes. No obstante, si excepcionalmente tuviesen que modificarse dichos periodos por necesidades del servicio, el personal tendrá derecho a una compensación según la recuperación establecida para días festivos. Por exceso de dedicación anual, el personal tendrá derecho a disfrutar de un total máximo de las horas equivalentes a 4 días comprendidos dentro del periodo de Semana Santa y Pascua: del lunes 21 de marzo al martes 5 de abril, ambos inclusive. Uno de los días por exceso, no utilizados en el periodo indicado, se podrá disfrutar hasta el 31 de enero de 2017. Por exceso de dedicación anual, el personal tendrá derecho a disfrutar de un total máximo de las horas equivalentes a 4 días comprendidos dentro del periodo de Navidad y Año Página 6 de 9

Nuevo: del viernes 23 de diciembre de 2016 al domingo 8 de enero de 2017, ambos inclusive. Uno de los días por exceso, no utilizados en el periodo indicado, se podrá disfrutar hasta el 31 de enero de 2017. G.- Reducciones de Jornada Fiestas Locales: Durante la semana de fiestas locales, el personal disfrutará de una exención de 6 horas y 30 minutos laborables. Para aquel personal que tenga la dedicación a tiempo completo, podrá optar por aplicar la reducción de la siguiente forma: Exención de dos horas en un día de trabajo durante el periodo comprendido entre el día 14 al 21 de marzo. El día 16 de marzo, la reducción será de dos horas, todo ello junto con la tarde o mañana que corresponde realizar en esa semana (semana del 14 al 20 de marzo). Esta exención se podrá aplicar dentro de las franjas de horario flexible. H.- Reducción de Jornada de Verano: Con carácter general se estará a lo dispuesto para el personal con jornada ordinaria de lunes a viernes. I.- Vacaciones: Con carácter general se estará a lo dispuesto para el personal con jornada ordinaria de lunes a viernes. J.- Permiso por Asuntos Propios: Con carácter general se estará a lo dispuesto para el personal con jornada ordinaria de lunes a viernes. La denegación de estos días deberá ser motivada. Cuando se denieguen días de asuntos propios en sábado o domingo, no se podrá motivar en la falta de liquidez para el abono de guardias de sustitución del personal. K.- Día del Patrón: Con carácter general se estará a lo dispuesto para el personal con jornada ordinaria de lunes a viernes. Página 7 de 9

Se establece como día del Patrón el día 20 de marzo (domingo). L.- Criterio para la apertura de días festivos coincidentes en jueves o viernes: Cuando la UPV considere imprescindible la apertura de la Biblioteca en un jueves o viernes festivo, tanto para el turno de lunes a viernes como para el turno de sábado a miércoles, se deberá ofrecer con carácter voluntario a toda la plantilla de la Biblioteca, abonándose a elección de los interesados a razón de dos días y medio de descanso, o mediante el pago de las correspondientes horas extras por guardias. En Valencia, a xx de diciembre de 2015. Página 8 de 9

Por la Administración: Por la Administración: Por la Administración: José Antonio Pérez García Por la Administración (Secretario): María José Iza Martínez Por CCOO:: María Consol Nadal Navarro Por CCOO:: Antonio Gimeno Alacreu Por UGT: María Jesús Salvador Gijón Por UGT: Alonso Pérez Tébar Por CSI-F: José Sahuquillo García Por CSI-F: Emiliana Adalid Huerta Por STEPV Por STEPV Por UPV-Sindical: Sergio Panella Bonet Por UPV-Sindical Rosario Gutiérrez Crespo José Villena Carretero Juan Cano Calero Página 9 de 9