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XXXVII GRUPO DE EXPERTOS PARA EL CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS

Transcripción:

1 9 9 9 2 0 0 0 M e c a n i s m o de Evaluación M u l t i l a t e ra l M E M El Salvador Organización de los Estados Americanos OEA Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD M EM 1 9 9 9 2 0 0 0 Organización de los Estados Americanos OEA Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas CICAD Organization of American States OAS Inter-American Drug Abuse Control Commission CICAD Organização dos Estados Americanos OEA Comissão Interamericana para o Controle do Abuso de Drogas CICAD Organisation des Etats Américains OEA Commission Interaméricaine de Lutte Contre l abus des Drogues CICAD

El Salvador ESTRATEGIA NACIONAL ANTIDROGAS El Salvador no cuenta con un Plan Nacional Antidrogas. Con el propósito de avanzar en su formulación se creó la Comisión Interinstitucional por iniciativa por la Dirección Ejecutiva de la Comisión Antinarcoactividad (CAN) y la Comisión Salvadoreña Antidrogas (COSA). Dicho plan cubrirá las áreas de reducción de la oferta, reducción de la demanda y medidas de control; además, definirá un sistema de evaluación, su estructura institucional y su presupuesto. Las actividades de coordinación central son llevadas a cabo de forma conjunta por la Comisión Antinarcoatividad (CAN), encargada de la reducción de la oferta y las medidas de control, y la Comisión Salvadoreña Antidrogas (COSA), encargada de las actividades de reducción de la demanda y de prevención. Ambas comisiones se establecieron mediante decreto ejecutivo. La Dirección Ejecutiva pone en marcha las políticas de trabajo de estas comisiones. Esta estructura no incluye una entidad para la recopilación y procesamiento de información. El presupuesto de las comisiones proviene del rubro de seguridad pública y justicia. El Salvador ha ratificado las Convenciones de las Naciones Unidas de 1961, 1971 y 1988, así como la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados. No ha firmado la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal. El país cuenta con normas legales y reglamentarias para tratar el tema de las drogas conformes con las convenciones internacionales. Específicamente, tiene legislación sobre el control del lavado de activos, el desvío de sustancias y el tráfico de armas de fuego, municiones y explosivos de conformidad con los Reglamentos Modelo de la CICAD. El Salvador no cuenta con un sistema integrado para la colección y mantenimiento de estadísticas y documentos. Sin embargo, el proyecto del Plan Nacional Antidrogas (PNAD) incluye la creación de un observatorio de drogas que recopile información de diferentes fuentes y que permitirá dar un seguimiento de la problemática de la droga en el país. Para su diseño y puesta en marcha se está recibiendo cooperación de la CICAD y el Plan Nacional de Drogas de España. En la actualidad, sólo mantiene estadísticas en reducción de la oferta y medidas de control. Recomendaciones 1. Concluir los procesos de diseño y aprobación del Plan Nacional Antidrogas y proceder a su implementación. 1

OEA-CICAD-MEM 1999-2000 2. Firmar y ratificar la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal. 3. Continuar con el proceso de establecimiento del observatorio de drogas de forma que pueda contar con estadísticas y documentos que le permita mantener información consolidada en las áreas de reducción de la demanda, reducción de la oferta y medidas de control. REDUCCION DE LA DEMANDA El Salvador no cuenta con una Estrategia Nacional de Reducción de la Demanda, pero ha adoptado La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Rectores de la Reducción de la Demanda de Drogas y su Plan de Acción. Tampoco ha establecido un sistema nacional de programas de prevención del uso indebido de drogas dirigidas a poblaciones clave. No hay programas de Drogas en el Lugar de Trabajo. En el campo del tratamiento y rehabilitación, sólo cuenta con un programa en el sector público y otro en el sector privado con una capacidad de atención limitada. No se cuenta con normas mínimas de atención para el tratamiento de drogas ni capacitación profesional especializada. No se realizan diagnósticos periódicos sobre el consumo de drogas en la población general. Sin embargo, vienen aplicando ventanas epidemiológicas en salas de emergencia en dos ciudades del país. FUNDASALVA ha realizado investigaciones con diferentes poblaciones sobre creencias y normas en el uso de alcohol y otras drogas, y estilos de vida en la población juvenil, entre otras. A pesar de los estudios realizados por Fundasalva para determinar la edad del primer consumo de drogas, la limitación en cuanto a población y muestra no permite contar con un dato que refleje la realidad en la población general. Recomendaciones 1. Aprobar una estrategia nacional de reducción de la demanda, basada en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Rectores de la Reducción de la Demanda de Drogas y su Plan de Acción, que le permita desarrollar e implementar programas de manera sistemática en esta área crítica. 2

El Salvador 2. Establecer programas sobre Drogas en el Lugar de Trabajo en el ámbito de los sectores públicos y privados. 3. Establecer normas mínimas de atención a las instituciones que ofrecen servicios de tratamiento y rehabilitación. 4. Brindar oportunidades de capacitación al personal encargado de prevención, tratamiento y rehabilitación. 5. Realizar estudios para determinar la magnitud y características del consumo de drogas en la población general que considere indicadores sobre prevalencia, incidencia y edad de inicio. REDUCCION DE LA OFERTA En El Salvador hay pequeñas extensiones de cultivos de cannabis ubicados principalmente en los departamentos de Chalatenango y Cabañas con un potencial de producción de 72 toneladas métricas anuales. El Consejo Nacional de Salud Pública es el organismo encargado del control de productos farmacéuticos y sustancias químicas controladas, así como del seguimiento y regulación de las profesiones involucradas en la distribución y uso de drogas farmacéuticas. Estas profesiones se rigen por la Ley del Consejo Superior de Salud Pública y de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica, Odontológica y Farmacéutica así como por el Reglamento de Estupefacientes, Sicotrópicos, Precursores, Sustancias y Productos Químicos Agregados. El Consejo Superior de Salud Pública es el encargado de la elaboración de las estimaciones de necesidades legítimas tanto para productos farmacéuticos como para sustancias químicas controladas. En desarrollo de las acciones de prevención del desvío de productos farmacéuticos, El Salvador controla algunas sustancias en adición a las contempladas en los instrumentos internacionales y, en aplicación de dichas normas, incautó 12 productos farmacéuticos de los cuales cuatro son regulados internacionalmente. La Ley Reguladora de las actividades relativas a las drogas de 1991 establece sanciones penales y civiles al desvío de sustancias químicas controladas, mientras que el Código de Salud de 1988 y la Ley del Consejo Superior de Salud Pública y de la Junta de Vigilancia de las Profesiones Médicas de 1958 sanciona administrativamente el desvío de productos farmacéuticos. En aplicación de esta legislación, reporta 12 sanciones penales y 25 administrativas para productos farmacéuticos; y 5 penales aplicadas a sustancias químicas controladas. 3

OEA-CICAD-MEM 1999-2000 Cuenta con un mecanismo que se encarga del intercambio de información operativa entre autoridades nacionales sobre productos farmacéuticos y sustancias químicas controladas. La información se canaliza a través del Consejo Superior de Salud Pública y la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil y se distribuye a todas las entidades responsables del control de drogas. La agencia encargada del intercambio de información a nivel internacional sobre productos farmacéuticos y sustancias químicas controladas es la Policía Nacional Civil a través del Centro de Inteligencia Conjunto Antinarcóticos, encargado del recibo y difusión de la información. Como parte de los controles ejercidos sobre las sustancias químicas controladas, el país aplica el sistema de notificaciones previas sobre exportaciones e importaciones de sustancias químicas controladas, previsto en el Artículo 12 de la Convención de Viena de 1988. En tal sentido, realizó 236 notificaciones previas a la exportación. El Salvador no indicó haber recibido respuestas a las mismas. Asimismo, recibieron 4 notificaciones de pre-exportación, las cuales fueron contestadas oportunamente. Recomendación 1. Establecer un mecanismo para la vigilancia y control al crecimiento de los cultivos ilícitos. MEDIDAS DE CONTROL La Fiscalia General de la República y la Policía Nacional Civil son las entidades encargadas de la interdicción y control del tráfico ilícito de drogas. En el campo del control administrativo figuran el Consejo Superior de Salud Pública, la Comisión Salvadoreña Antidrogas, la Comisión Salvadoreña Antinarcoactividad, el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Aduanas. En lo relativo a las entidades judiciales, el control judicial está a cargo de los Tribunales de Justicia. En 1999 se conformó el Grupo Conjunto Cuscatlán (GCC), del que hacen parte la división antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y la Comisión Ejecutiva Portuaria, cuyo fin es ejercer control y lograr una capacidad de reacción inmediata contra el tráfico ilícito de drogas. De manera adicional, el GCC es el encargado del intercambio de información operativa y colaboración entre autoridades nacionales. El intercambio de información y coordinación con otros países es función del Centro de Inteligencia Conjunto Antinarcóticos. 4

El Salvador El Salvador efectuó 1,254 operaciones de incautación de drogas, y señala la cantidad incautada de 98.0 gramos de heroína, 27,994.8 gramos de cocaína, 4,688 plantas de cannabis, 604,580.6 gramos de hojas de cannabis (hierba). Además, indica que 1,319 personas fueron detenidas; 895 fueron procesadas y 204 condenadas por delitos de tráfico ilícito de drogas. No efectuó solicitudes de cooperación internacional para la investigación y enjuiciamiento de narcotraficantes. El Salvador ha tipificado el delito de fabricación, exportación e importación ilícita de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados; se encuentra ante la asamblea legislativa un estudio para la introducción de una disposición penal especifica para el tráfico ilícito de armas y explosivos. En la referida materia, ha establecido controles administrativos para su prevención, así como leyes y reglamentos que permiten la incautación o el embargo preventivo de dichos artefactos. La División de Armas y Explosivos de la Policía Nacional Civil es la autoridad administrativa encargada de llevar el registro de fabricación, importación, exportación y tránsito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. Además, cuenta con un mecanismo o autoridad que asegura, previamente a la exportación de los citados materiales bélicos, que el país importador o de tránsito haya expedido las licencias o permisos correspondientes. Por otra parte, cuenta, además con una entidad dedicada a la coordinación e intercambio de información entre las agencias. El Salvador menciona 341 procesados y 72 condenados por estos delitos y 72 operaciones de incautación de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados en conexión con el tráfico de drogas, resultando 85 armas incautadas en el año de 1999. Por otra parte, agrega que mantuvo una identificación del origen de las armas, municiones, explosivos y otros materiales, así como de las rutas utilizadas en el desvío de estos materiales. El Salvador ha tipificado el delito del lavado de activos que abarca la represión y prevención de la legitimación de capitales provenientes del narcotráfico y otras actividades criminales mediante la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos promulgada en 1998. Adicionalmente creó un cuerpo de fiscales y un cuerpo de policías especializados encargados de la investigación en la materia, los cuales requieren de apoyo internacional para su capacitación. Además, cuenta con controles administrativos de orden preventivo, tiene un marco legal que le permite el embargo preventivo o incautación y el decomiso de estos bienes. La Unidad de Investigación Financiera (FIU) de la Fiscalia General de la República, es la entidad encargada de procesar los datos provenientes de comunicaciones de operaciones sospechosas. La ley contra lavado de dinero y de activos exige a las institu- 5

OEA-CICAD-MEM 1999-2000 ciones financieras y otros obligados a comunicar las operaciones sospechosas. Cuenta con un mecanismo para la administración de los bienes incautados provenientes del tráfico ilícito de drogas, aunque no se menciona el nombre de la misma. No se han producido sanciones administrativos y penales producto de la aplicación de la ley. No recibió ni formuló solicitudes de cooperación internacional para la investigación y enjuiciamiento de delitos de lavado de activos. Recomendación 1. Fortalecer los mecanismos de cooperación internacional para la investigación y enjuiciamiento por delitos de fabricación y tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. COSTO HUMANO, SOCIAL Y ECONOMICO DE LAS DROGAS La estimación del costo humano, social y económico del problema de las drogas en todas sus manifestaciones constituye un proceso complejo. Esta información es relevante para que cada país comprenda la magnitud del problema de las drogas y pueda reconocer su costo directo e indirecto en proporción con su Producto Nacional Bruto, o presupuesto nacional anual. Debido a que muchos países tienen dificultades en proporcionar estas estimaciones, la CICAD propone un programa de alcance hemisférico que prevé capacitación y asistencia técnica, el cual ayudará a los países a hacer frente al problema de las drogas y a cumplir con los requisitos de este indicador. Recomendación 1. Desarrollar la capacidad para estimar el costo humano, social y económico del problema de las drogas. 6

El Salvador RESUMEN DE RECOMENDACIONES Con la finalidad de fortalecer los esfuerzos nacionales antidrogas que realiza El Salvador, la CICAD recomienda: 1. Concluir los procesos de diseño y aprobación del Plan Nacional Antidrogas y proceder a su implementación. 2. Firmar y ratificar la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal. 3. Continuar con el proceso de establecimiento del observatorio de drogas de forma que pueda contar con estadísticas y documentos que le permita mantener información consolidada en las áreas de reducción de la demanda, reducción de la oferta y medidas de control. 4. Aprobar una estrategia nacional de reducción de la demanda, basada en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Rectores de la Reducción de la Demanda de Drogas y su Plan de Acción, que le permita desarrollar e implementar programas de manera sistemática en esta área crítica. 5. Establecer programas sobre Drogas en el lugar de trabajo en el ámbito de los sectores públicos y privados. 6. Establecer normas mínimas de atención a las instituciones que ofrecen servicios de tratamiento y rehabilitación. 7. Brindar oportunidades de capacitación al personal encargado de prevención, tratamiento y rehabilitación. 8. Realizar estudios para determinar la magnitud y características del consumo de drogas en la población general que considere indicadores sobre prevalencia, incidencia y edad de inicio. 9. Establecer un mecanismo para la vigilancia y control al crecimiento de los cultivos ilícitos. 10. Fortalecer los mecanismos de cooperación internacional para la investigación y enjuiciamiento por delitos de fabricación y trafico ilícito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados. 11. Desarrollar la capacidad para estimar el costo humano, social y económico del problema de las drogas. 7