Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana 1219 Decreto de 10 junio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana por el que se aprueba la convocatoria para la selección de 174 jóvenes para la realización de cursos intensivos de inglés en el British Council. 1.- OBJETO. La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de los criterios necesarios para la selección de 174 jóvenes del municipio de Madrid, para la realización de cursos intensivos de inglés. Se seleccionarán 150 jóvenes para los cursos intensivos de verano y 24 para los cursos de otoño. 2.- LUGAR DE REALIZACIÓN. Los cursos se realizarán principalmente en la sede del British Council en el Paseo del General Martínez Campos, 31, de Madrid o, en su defecto, en cualquiera de sus otras sedes en el municipio de Madrid. 3.- HORARIO Y CLASES. A. Podrán matricularse en los cursos de verano los jóvenes seleccionados por el Ayuntamiento de Madrid de edades comprendidas entre 14 y 18 años. El curso se realizará durante los meses de julio, agosto y septiembre. Los horarios en los que se desarrollarán los cursos serán los siguientes: Del 15 al 28 de julio, de 15:30-17:55 h y de 18:05-20:30 h. Del 1 al 14 de agosto, de 09:00-11:25 h y de 11:35-14:00 h. Del 18 al 29 de agosto, de 09:00-11:25 h y de 11.35-14:00 h. Del 1 al 5 septiembre. *curso intensivo de 5 días x 5 horas diarias de 09:00-14:00 h. Del 1 al 12 de septiembre, de 15:30-17:55 h y de 18:05-20:30 h. Del 15 al 26 de septiembre, de 15:30-17:55 h y de 18:05-20:30 h. Los cursos serán de lunes a viernes y tendrán una duración de 2,5 horas cada día (*excepto el curso intensivo del 1-5 septiembre de 5 horas al día durante 5 días), siempre teniendo en cuenta que cada hora lectiva es de 50 minutos. Se ofrecerán tres niveles: Marco Común Europeo de Referencia: Intermediate: B1. Upper Intermediate: B2. Advanced: C1. El número máximo de alumnos matriculados será de 150. El número máximo de alumnos por clase será de doce y el mínimo de ocho. Las plazas disponibles están limitadas por nivel, quincena y horario. El British Council se reserva el derecho a reagrupar alumnos. B. Podrán matricularse en los cursos de otoño los jóvenes seleccionados por el Ayuntamiento de Madrid de edades comprendidas entre 18 y 30 años, que posean un nivel de inglés B2-C1. Los cursos se desarrollarán con periodicidad semanal en el mes de septiembre, de lunes a viernes, siendo el curso de 15 horas lectivas en total. Del 8 al 12 de septiembre ------ 15.30-18.30 h. Del 15 al 19 de septiembre ----- 15.30-18.30 h. Del 22 al 26 de septiembre ----- 15.30-18.30 h. El número máximo de alumnos matriculados será de 24. El número máximo de alumnos por clase será de doce y el mínimo de ocho. Las plazas disponibles están limitadas por nivel. 4.- DESTINATARIOS. A. Los cursos de verano están dirigidos a 150 jóvenes que reúnan los siguientes requisitos: a) Estar empadronados en el municipio de Madrid. El Ayuntamiento comprobará esta circunstancia de oficio. b) Haber nacido entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 1999. c) Estar matriculado durante el curso 2013/2014, en escuelas o colegios públicos y concertados del municipio de Madrid, siempre que el curso que estén realizando sea concertado y no privado, en cualquier curso de alguno de los siguientes estudios: a. Educación Secundaria Obligatoria b. Bachillerato c. Formación Profesional de Grado Medio d. Universidad d) Estar situado en un lugar del orden de prelación de solicitudes que le permita la obtención de plaza. e) Acreditar, mediante la prueba que realizará el British Council, un nivel de inglés acorde con los cursos que se ofertan. B. Los cursos de otoño están dirigidos a 24 jóvenes que reúnan los siguientes requisitos: f) Estar empadronados en el municipio de Madrid. El Ayuntamiento comprobará esta circunstancia de oficio. g) Haber nacido entre el 1 de enero de 1984 y el 31 de diciembre de 1995. h) Estar en situación de desempleo. Se deberá acreditar con el documento DARDE o documento acreditativo de la oficina de empleo de la Comunidad de Madrid que le corresponda. i) Estar situado en un lugar del orden de prelación de solicitudes que le permita la obtención de plaza. j) Acreditar, mediante la prueba que realizará el British Council, un nivel de inglés B2-C1 del marco común europeo de referencia. 5.- DOCUMENTACIÓN. Se deberá presentar la siguiente documentación: 1.- Solicitud que estará disponible en la página web municipal www.madrid.es/juventud. 2.- Copia del Boletín de Notas correspondiente al curso 2012/2013. (Sólo para las solicitudes de los cursos de verano). 3.- Deberá exhibirse en el momento de presentación de la solicitud, para su comprobación, el DNI del beneficiario o, en su defecto, si no se dispusiera de este documento por tratarse de menores de edad, el Libro de familia. 4.- Declaración responsable de estar matriculado en los estudios requeridos en el apartado anterior. (Sólo para las solicitudes de los cursos de verano). 5.- Declaración responsable del solicitante (o de sus representantes legales en caso de que sea menor de edad) de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme al modelo recogido en la solicitud. 6.- Documento DARDE o documento acreditativo de la situación de desempleo de la oficina de empleo de la Comunidad de Madrid que le corresponda. (Sólo para los cursos de otoño). El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho a exigir posteriormente a los adjudicatarios de plaza la documentación que acredite alguna de las circunstancias que se declaran responsablemente. Conforme al artículo 71 bis, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP): "La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación". 6.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, c/ José Ortega y Gasset, 100, sin perjuicio de las otras formas de presentación previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAP). En el caso de que alguna solicitud no se acompañe de la documentación completa o ésta resulte defectuosa, los interesados 25
podrán ser requeridos para que aporten la documentación incompleta o defectuosa, en el plazo de diez días hábiles, dejándose constancia escrita en el expediente principal del aporte de documentación. En caso de no presentarse dicha documentación se tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución en los términos del artículo 71.1 LRJAP. 7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN. A. En el caso de los cursos de verano y en el supuesto de que las solicitudes presentadas superen el número de plazas disponibles en los niveles que se determinen, la selección se realizará conforme a los siguientes criterios, en el orden en el que están establecidos: 1.- Se dará prioridad a los jóvenes que no hayan obtenido plaza en las convocatorias de años anteriores. 2.- Tendrán preferencia los alumnos que mayor nota media hayan obtenido en el curso escolar 2012/2013. En el caso de que las calificaciones que consten en el Boletín de Notas sean numéricas, la nota media será el resultado de dividir la suma de las notas obtenidas en cada asignatura, por el número total de asignaturas. Si las notas no son numéricas, la nota media se calculará de la misma forma que en el caso anterior, ajustándose al siguiente baremo: Matrícula de Honor: 10. Sobresaliente: 9. Notable: 7,5. Bien: 6,5. Aprobado, suficiente o apto: 5,5. 3.- En caso de que se produzca algún empate, se dará prioridad a los alumnos que mayor nota final obtuvieran en la asignatura de inglés durante el curso 2012/2013. Si la nota no es numérica, se aplicará el baremo descrito en el número anterior. 4.- Si aún así persistiera el empate, éste se resolverá atendiendo al criterio de mayor edad en función de la fecha de nacimiento del alumno solicitante. B. En el caso de los cursos de otoño y en el supuesto de que las solicitudes presentadas superen el número de plazas disponibles, la selección se realizará mediante un sorteo público que tendrá lugar en la sede del Área de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana (calle José Ortega y Gasset, número 100). A cada solicitud recibida se le adjudicará un número por orden de llegada, conforme a la fecha y hora que conste en la pegatina de la oficina de registro. Una vez elaborada la relación con todas las solicitudes y sus números correspondientes, se publicará en la página web www.madrid.es/juventud, indicando la fecha en la que se realizará el sorteo. El sorteo tiene por objeto seleccionar al azar un número de solicitud que servirá para establecer una ordenación creciente de todas las solicitudes presentadas, con el fin de realizar la adjudicación de las plazas. El sorteo se realizará por el sistema de bombos múltiples, mediante el empleo de tres o más bombos señalados respectivamente con la designación de unidades, decenas, centenas, etc. Todos los bombos contendrán cada uno diez bolas numeradas del cero (0) al nueve (9), excepto los correspondientes a las unidades de orden superior que contendrán tantas bolas como sean necesarias según el total de solicitudes que entren en sorteo. La extracción sucesiva de las bolas compondrá el número, a partir del cual se realizará la ordenación creciente de todas las solicitudes. Este número equivaldrá a la primera solicitud a la que se le asigna plaza. El número de solicitudes presentadas y el resultado del sorteo se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Madrid. 8.- COMISIÓN DE VALORACIÓN. La Comisión de Valoración se constituirá con el fin de estudiar, valorar y fijar los criterios, incluso de oportunidad no previstos, para la selección de los alumnos que realizarán el curso de inglés en el Instituto Británico. La participación en este proceso de selección para la realización de un curso intensivo de inglés en el Instituto Británico supone la plena aceptación de esta convocatoria, siendo resuelta por la Comisión de Valoración cualquier duda que surja en su interpretación. Esta comisión estará integrada por la Jefa del Departamento de Juventud, que la presidirá, el Jefe de la Sección de Programas y Recursos Juveniles, el Jefe del Negociado de Recursos Juveniles y la Jefa de la Sección de Gestión y Actividades Juveniles, de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud. Esta última actuará como secretaria. 9.- RESOLUCIÓN PROVISIONAL. La Directora General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se publicará en la página web municipal http://www.madrid.es/juventud, para que en el plazo de 5 días hábiles, los interesados presenten alegaciones, y comuniquen su aceptación en el modelo facilitado al efecto en la publicación de la propuesta de resolución provisional. La propuesta de resolución provisional de la convocatoria contendrá, para cada modalidad de curso, tres relaciones: una, en la que se incluirán los alumnos que obtienen plaza, una vez ordenados conforme a los criterios de selección citados; una segunda, en la que se incluirán aquellos a los que se deniega la plaza por no reunir alguno o algunos de los requisitos exigidos en la convocatoria; y una tercera, denominada "lista de espera", en la que se incluirán los alumnos que, reuniendo los requisitos, no hayan alcanzado un número de orden que les permita obtener plaza. La obtención provisional de plaza queda condicionada a los resultados de la prueba de nivel que realizará el British Council, de manera que si algún alumno no tiene un nivel de inglés que se corresponda con alguno de los cursos que se ofertan (B1-B2-C1 para los cursos de verano, y B2-C1 para los de otoño), se entenderá que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, a los efectos de ofrecer las plazas a los interesados que hayan quedado en lista de espera, por orden de puntuación. A estos efectos, una vez realizada la prueba de nivel, el British Council elaborará un informe en el que se indicará qué alumnos no reúnen el nivel de los cursos que se ofertan, bien por superarlo o bien por no alcanzarlo. Recibido dicho informe, se llamará a los siguientes candidatos de la lista de espera, por orden de puntuación, para que realicen la citada prueba, hasta agotar la lista de espera o hasta conseguir el total de 150 seleccionados para los cursos de verano y 24 para los cursos de otoño. Si citado a las pruebas de nivel, algún alumno no se presentase a las mismas, se entenderá que renuncia a su plaza. 10.- OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS SELECCIONADOS. A. En el caso de los cursos de verano, el beneficiario deberá abonar por el curso 100 euros al Instituto Británico, en la forma que se establezca, con carácter previo a la realización del mismo, correspondiendo al Ayuntamiento de Madrid abonar el resto del precio. Los alumnos seleccionados que no hayan abonado dicha cantidad antes del comienzo de cada curso, se considerará que renuncian a su plaza. El beneficiario deberá asistir a las clases, dando lugar las faltas de asistencia no justificadas superior al 25% de horas lectivas, a la no expedición del certificado correspondiente de aprovechamiento del curso, y a la imposibilidad de obtener plaza en próximas Convocatorias. No se devolverá importe alguno a los alumnos que causen baja después de la matriculación. B. En el caso de los cursos de otoño, el beneficiario deberá abonar en concepto de fianza la cantidad de 30 euros al Instituto Británico que será devuelta al finalizar el curso. El beneficiario deberá asistir a las clases, dando lugar las faltas de asistencia no justificadas superior al 25% de horas lectivas, a la no devolución de la fianza, así como la no expedición del certificado correspondiente de aprovechamiento del curso, y la imposibilidad de obtener plaza en próximas convocatorias. No se devolverá importe alguno a los alumnos que causen baja después de la matriculación. 11.- RESOLUCIÓN DEFINITIVA. La Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, a la vista de la propuesta de la Directora General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, adoptará la resolución definitiva procedente. Dicha resolución será motivada, acreditando los fundamentos de la resolución que se adopte. Además de contener la relación de solicitantes a los que se concede el curso, contendrá de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes. En el caso de que se produzcan renuncias o cualquier situación que incremente los plazos de tramitación de las solicitudes y para evitar que se queden plazas sin cubrir, se adoptarán hasta cuatro resoluciones diferenciadas, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, haciendo referencia cada una de ellas a los alumnos admitidos a los cursos del mes de julio, agosto, septiembre o a los cursos de otoño, respectivamente. La resolución, o resoluciones, se publicarán en el Boletín Oficial del 26
Ayuntamiento de Madrid. El plazo máximo para resolver y publicar será de 6 meses a partir de la publicación de la presente convocatoria. Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud. La resolución de esta convocatoria tendrá carácter definitivo y pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Madrid, a 10 de junio de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, María Dolores Navarro Ruiz. 27
ÁREA DE GOBIERNO DE FAMILIA, SERVICIOS SOCIALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA SOLICITUD DE CURSO DE INGLÉS PARA JÓVENES MADRILEÑOS Espacio reservado para la etiqueta con los datos del Registro Página 1 de 2 1 DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE DNI, NIF, NIE, Pasaporte: Nombre: Primer apellido: Segundo apellido: Tipo vía: Nombre de vía: N.º: Portal: Esc.: Planta: Puerta: C.P.: Municipio: Provincia: País: Fecha nacimiento: / / Teléfono(s): / Correo electrónico: 2 DATOS DEL PADRE, DE LA MADRE, TUTOR O TUTORA LEGAL (sólo en caso de solicitantes menores de edad) DNI, NIF, NIE, Pasaporte: Nombre: Primer apellido: Segundo apellido: Tipo vía: Nombre de vía: N.º: Portal: Esc.: Planta: Puerta: C.P.: Municipio: Provincia: País: Teléfono(s): / Correo electrónico: 3 DATOS DEL CURSO QUE SE SOLICITA (marque de 1 a 3 el curso según orden de preferencia) A) CURSOS DE VERANO (Estudiantes, nacidos entre el 1 de enero de 1996 y el 31 de diciembre de 1999) FECHA HORARIO ORDEN DE PREFERENCIA De 15 a 28 de julio De 1 a 14 de agosto De 18 a 29 de agosto De 1 a 5 de septiembre (curso intensivo de 5 horas diarias) De 1 a 12 de septiembre De 15 a 26 de septiembre De 15:30 a 17:55 horas De 18:05 a 20:30 horas De 9:00 a 11:25 horas De 11:35 a 14:00 horas De 9:00 a 11:25 horas De 11:35 a 14:00 horas De 9 a 14 horas De 15:30 a 17:55 horas De 18:05 a 20:30 horas De 15:30 a 17:55 horas De 18:05 a 20:30 horas (Véase referencia a la Ley de Protección de Datos) 28
SOLICITUD DE CURSO DE INGLÉS PARA JÓVENES MADRILEÑOS Página 2 de 2 B) CURSOS DE OTOÑO (Jóvenes desempleados, nacidos entre el 1 enero de 1984 y 31 diciembre de 1995) FECHA HORARIO ORDEN DE PREFERENCIA De 8 a 12 de septiembre De 15 a 19 de septiembre De 22 a 26 de septiembre De 15:30 a 18:30 horas De 15:30 a 18:30 horas De 15:30 a 18:30 horas El British Council realizará una prueba de nivel para organizar los turnos en las diferentes fechas previstas, respetando en la medida de lo posible, la fecha solicitada. 4 DOCUMENTACIÓN A APORTAR Copia del boletín de notas final correspondiente al curso 2012 / 2013 (solo para los cursos de verano). Copia del documento DARDE o documento acreditativo de la oficina de empleo de la Comunidad de Madrid que le corresponda (solo para los cursos de otoño). Además, deberá exhibir para su comprobación: Original del DNI, NIE, partida de nacimiento o Libro de Familia de la persona solicitante. 5 DECLARACIÓN RESPONSABLE La persona abajo firmante, declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos aportados en la documentación y que, en el supuesto de ser propuesta como beneficiaria de la ayuda para la realización de un curso de inglés: - Acepta la ayuda en los términos propuestos. - Está matriculada en los estudios requeridos en la convocatoria (en el caso de solicitar los cursos de verano). - Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y acepta plenamente el contenido de las bases de la convocatoria. 6 AUTORIZACIÓN (sólo en caso de solicitantes menores de edad) D / D.ª con DNI, NIF, NIE, Pasaporte autoriza a a realizar el curso de inglés arriba indicado. En, a de de 20 Firma de la persona solicitante (o del padre, la madre, el tutor o la tutora legal si es menor de edad): Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados por la Dirección General de Infancia, Familia, Educación y Juventud con la finalidad de posibilitar la realización de los procesos de baremación y asignación de ayudas conforme a la norma de la convocatoria. Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Familia, Infancia, Voluntariado, Educación y Juventud, calle de José Ortega y Gasset, 100 28006 Madrid, ante el que la persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la referida Ley Orgánica 15/1999. 29
SOLICITUD DE CURSO DE INGLÉS PARA JÓVENES MADRILEÑOS ÁREA DE GOBIERNO DE FAMILIA, SERVICIOS SOCIALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Instrucciones INSTRUCCIONES GENERALES INSTRUCCIONES GENERALES El impreso puede ser cumplimentado a mano (con mayúsculas tipo imprenta) o electrónicamente a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Una vez cumplimentado, preséntelo firmado preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, calle de José Ortega y Gasset, n.º 100. Además, podrá presentarlo en los registros de los Distritos, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, en los registros de la Administración General del Estado, en los de las comunidades Autónomas, o mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid. 30