BASES DEL LLAMADO A ASPIRACIONES PARA FORMADORES EN LA ENSEÑANZA DE LA EXPRESIÓN CORPORAL (EDUCACIÓN ARTÍSTICA) DE LA FORMACIÓN EN SERVICIO DEL CEIP I. Objeto del llamado El Consejo de Educación Inicial y Primaria llama a aspirantes para Formadores de la enseñanza de la Expresión Corporal, en el marco del Documento Propuesta de la institucionalización de la Formación en Servicio en el ámbito del CEIP aprobado por Resolución N 4, Acta Extraordinaria N 61 de fecha 10 de julio de 2013 del CEIP y el Programa de Educación Inicial y Primaria 2008 (incorporados en la página web del organismo). El Formador tendrá una carga horaria de 20 horas semanales. Deberá tener disponibilidad de horarios para incluir en su trabajo los días sábados o no lectivos ya que las instancias presenciales con maestros se desarrollarán en esos días. II. Cometidos de los formadores Cada uno de los formadores tendrá la responsabilidad de ejercer la docencia directa para orientar la enseñanza de los contenidos curriculares de la Expresión Corporal (Área de Conocimiento Artístico). El desempeño del cargo exigirá: Asistencia y participación en encuentros y seminarios de Formación de Formadores con el objeto de profundizar en los contenidos objeto de enseñanza y todo lo inherente a la Formación en Servicio. Participación en encuentros de formadores para planificar y evaluar el desarrollo de las jornadas con los maestros. Docencia directa con Maestros en jornadas presenciales en las jurisdicciones departamentales que le sean adjudicadas. Análisis y devolución de las tareas de campo y las demás actividades a distancia que se propongan. Seguimiento del desempeño de cada docente y elaboración de todos los registros que corresponda. Asistencia técnica a la Coordinación del Área en todas las actividades que le sean requeridas. III. Validez del presente llamado El presente llamado tiene validez por tres años. Las funciones se renovarán anualmente de mediar evaluación favorable. El informe de evaluación será elaborado por el Coordinador del área quien considerará la actuación del
formador en todas las actividades y asimismo la evaluación realizada por los cursantes. IV. Requisitos para la inscripción Las inscripciones se recibirán en las Inspecciones Departamentales del CEIP de todo el país. Podrán inscribirse aquellos docentes que cumplan con uno de los siguientes requisitos: Poseer título de Maestro, un mínimo de cinco años en el ejercicio de la docencia y antecedentes en Formación Docente de Maestros relacionados con la Expresión Corporal o Formación en Servicio de Maestros en esa disciplina. Poseer título de Profesor afín a la disciplina la Expresión Corporal, un mínimo de cinco años en el ejercicio de la docencia y antecedentes en Formación Docente de Maestros relacionados con la Expresión Corporal o Formación en Servicio de Maestros en esa disciplina, Poseer título de Maestro, un mínimo de cinco años en el ejercicio de la docencia y documentación que acredite la aprobación de un curso con evaluación, relacionado con la enseñanza de la Expresión Corporal, que complete un mínimo de cien horas o un año según corresponda. Ser egresado Universitario con título relacionado con la Expresión Corporal y tener antecedentes en Formación Docente de Maestros relacionados con la Expresión Corporal o Formación en Servicio de Maestros en esa disciplina (mínima de dos años en uno u otro caso). Al momento de la inscripción los aspirantes deberán presentar: a) fotocopia de la Cédula de Identidad, b) documentación que acredite reunir uno de los requisitos exigidos, c) relación de méritos respaldada por la documentación que acredite cada antecedente. La misma deberá estar autenticada, foliada y ordenada según las presentes bases. El tribunal actuante podrá solicitar la presentación de originales si lo estima pertinente d) un sobre tamaño oficio conteniendo las tres copias del trabajo escrito y el sobre blanco con el seudónimo, e) el voto por el delegado representante de los aspirantes. V. Integración de los tribunales Se constituirán dos tribunales: uno que se responsabilizará de la valoración de los antecedentes y otro del trabajo escrito y de la entrevista.
Ambos estarán integrados por tres miembros designados por el CEIP y un delegado de los aspirantes (con voz pero sin voto). Los miembros designados por el CEIP serán propuestos: uno por Inspección Técnica quien presidirá el tribunal y dos por la Comisión de Institucionalización de la Formación en Servicio que serán los vocales. Se preverá un suplente por cada titular. El tribunal responsable de la valoración de los méritos actuará antes de realizarse la valoración de las tareas escritas y las entrevistas. Los puntajes obtenidos quedarán registrados en un acta cerrada hasta que finalicen las otras dos instancias. El tribunal responsable de la valoración de las tareas escritas y las entrevistas se responsabilizará de la confección del ordenamiento final. VI. De la valoración de los aspirantes Los Tribunales valorarán de cada uno de los aspirantes: 1- Los antecedentes a los que corresponderá un máximo de 40 puntos 1.1- Formación académica relacionada con la enseñanza de la Expresión Corporal (máximo 15 puntos) a. Otros títulos (no se considerará el que se presentó para reunir uno de los requisitos exigidos); b. Postgrados; c. Cursos de Formación en Servicio con evaluación y duración mínima de un año o 100 horas. d. Otros cursos desarrollados con evaluación y duración mínima de un año o 100 horas; e. Participación en otras instancias de formación. 1.2- Antecedentes laborales relacionados con la Formación Docente en la Expresión Corporal o Formación en Servicio en esa disciplina (máximo 12 puntos). 1.3- Antecedentes laborales relacionados con la Formación Docente, la Formación en Servicio o la Formación de Postgrado (máximo 8 puntos). 1.4- Actuación académica en los últimos diez años relacionada con el cargo a proveer (máximo 5 puntos): a. como ponente en Congresos, Seminarios, Cursos, b. publicaciones, c. integración de Equipos Académicos (Programas, Proyectos, Investigaciones). 1.5- Deméritos Presentación de una constancia de la oficina correspondiente certificando este ítem.
a- Sumarios que hayan culminado con una resolución de sanción: descontar hasta 10 puntos. b- Observaciones o amonestaciones: descontar hasta 5 puntos. Puntaje máximo a descontar por Deméritos: 15 puntos. Cada antecedente no podrá ser presentado en más de un ítem. 2- Un trabajo escrito de elaboración personal, de carácter anónimo, que consistirá en: Máximo: 30 puntos. Identificar uno o más problemas en la enseñanza de la Expresión Corporal en la Escuela Pública Uruguaya. A partir de ello, en el marco de la Formación en Servicio y desde su rol de Formador de docentes del CEIP, desarrollar y fundamentar líneas de intervención que aporten al mejoramiento de las prácticas de enseñanza. El aspirante entregará un sobre tamaño oficio que contenga: tres ejemplares del trabajo escrito con su respectiva carátula en la que conste: denominación del Llamado al que se postula, título del trabajo y seudónimo. En ninguna hoja (ni en el sobre) deberá registrarse dato alguno que identifique al aspirante. un sobre cerrado tamaño carta, de color blanco, identificado con el seudónimo elegido por el postulante y la denominación del Llamado al que se presenta, conteniendo en su interior los siguientes datos personales: nombre y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, correo electrónico, teléfono fijo y celular. Aspectos formales: Cantidad de carillas: 5 a 10. Tamaño y tipo de letra: Arial 12 Espacio interlineal: 1,5. Todos los márgenes: 2,5 cm. Cantidad de ejemplares: 3. Formato de hoja: A4. Paginación correlativa. 3- Entrevista que tendrá una duración máxima de 30 minutos (máximo 30 puntos). Los fallos de los tribunales serán inapelables. VII. De los habilitados Podrán integrar la lista de habilitados para optar por el cargo de formador aquellos docentes que hayan superado el 60% de la suma de los puntajes obtenidos en la valoración de la tarea escrita y la instancia de la entrevista. A
los puntajes de los docentes habilitados se les sumarán los puntajes obtenidos en los antecedentes y se confeccionará la lista de prelación con los puntajes totales ordenados de mayor a menor Como mínimo el 50% de los cargos serán elegidos por docentes de la lista de habilitados con título de Maestro independientemente de que haya otros aspirantes que superen a los maestros en los puntajes obtenidos. VIII. Respecto a las funciones docentes a cumplir Los formadores iniciarán sus funciones a partir del 1 de marzo del 2014. La remuneración será la correspondiente a la categoría Experto C 20 horas de CODICEN. IX. Calendario de las actuaciones Difusión de las bases del llamado 26 de agosto de 2013 Inscripción de los aspirantes en las Inspecciones Departamentales del CEIP Envío a Inspección Técnica de las inscripciones y la documentación correspondiente Actuación de los tribunales Publicación de nómina de habilitados 30 de setiembre al 4 de octubre de 2013 7 de octubre de 2013 14 de octubre al 1 de noviembre de 2013 5 de noviembre de 2013