AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA

Documentos relacionados
Ajuntament de Benilloba

BASES. a)poseer la Nacionalidad Española o de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea.

AYUNTAMIENTO DE ALBARREAL DE TAJO

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

E D I C T O. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2016, aprobó las siguientes bases

B A S E S D E S E L E C C I Ó N PARA LA SUSTITUCIÓN DE UN TRABAJADOR SOCIAL PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALEDO

6.- Fotocopia compulsada del Título exigido.

CUARTA.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ASPIRANTES.

PRIMERA. Objeto y publicidad:

Oferta empleo Monitores Talleres de Ocio y ludotecas de Verano para niños del plan de Empleo de Dipu Secretaría General

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Plaza de España, Talarrubias P B -

- Jornada de trabajo, horario y salario: Jornada completa y salario según categoría y convenio del personal laboral del Ayuntamiento.

BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE LIMPIADORAS

Bases y convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso, de una plaza de Monitor de cultura, como personal laboral temporal

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

Sede electrónica Página 1

SUPERIORES EN EDUCACION INFANTIL PARA LLEVAR A CABO LA ESCUELA INFANTIL 2016.

a) Trabajador/a Social del Servicio Municipal de Atención a la Dependencia.

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE UN/A GERENTE PARA EL CONSORCIO DE TURISMO Y CONGRESOS DE A CORUÑA.

BOLSA DE TRABAJO TITULADO MEDIO TRABAJADOR SOCIAL

1.- Requisitos generales para acceder a la función pública docente en régimen de interinidad:

BASES. AUXILIAR ADMINISTRATIVO-GRUPO V: Titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

Ayuntamiento de Villarta de San Juan (Ciudad Real)

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE DOS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL PARA LA GUARDERÍA MUNICIPAL DE ALFARNATE.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE COBEJA (TOLEDO)

AYUNTAMIENTO DE PEGALAJAR Plaza de la Constitución, 10 Tlf Fax

CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE 1 PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE EN EL CONSULADO GENERAL DE

PROPUESTA QUE PRESENTA EL ALCALDE ACCTAL, A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, PARA SU APROBACION SI PROCEDE:

Ayuntamiento. Logrosán

BASES PARA LA AMPLIACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADOR/A

AYUNTAMIENTO DE POBLETE PLAZA CONSTITUCION, S/N POBLETE (CIUDAD REAL) TELEFONO: FAX:

MONITOR/A DE ESCUELA DE VERANO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRES

"# $%& $' $ " ".* $) +$ $ / 0), $ ( & $ '( ) )$%$& * $, / * ), $ ) $( & $% )$ $& +$, ) )$ $$, ' $ $ ( $ ' / 0 (&, 4 0) ) $ ( )$ " $/ $ $,& &, $%

PRIMERA.- Número y características del puesto de trabajo

El contrato laboral, que formalizará la Entidad promotora, tendrá una duración máxima de ocho meses. La jornada será a tiempo completo.

El proceso de selección será mediante concurso.

EXPEDIENTE PARA LA PROVISIÓN CON CARACTER INTERINO DEL PUESTO DE TRABAJO DE SECRETARIO-INTERVENTOR.

Llar de Calvià BASES QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA FORMAR PARTE DE LA BOLSA DE TRABAJO DE LLAR DE CALVIÀ S.A.

AYUNTAMIENTO DE YUNCOS

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico.

CATEGORÍA Nº JORNADA TIEMPO DE CONTRATACIÓN PEÓN SERVICIOS MÚLTIPLES

Ayuntamiento de Ponferrada

BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE MONITORES DEPORTIVOS PARA LA TEMPORADA

BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCION CONVOCADO, PARA LA CONFECCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO

BASES DE CONVOCATORIA. 2.1Los aspirantes que participen en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR INTERINAMENTE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO.

PROEMPLEO-LORCA III, enmarcado en la Subvención Global del Fondo

TODOS LOS CENTROS TABLONES DE ANUNCIOS REGISTRO

BASES DE CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO EN LA CATEGORÍA DE TRABAJADOR SOCIAL.

BASES DE LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL CON FUNCIONES DE ADMINISTRATIVO, A JORNADA COMPLETA POR OBRA O SERVICIO.

BASES PARA LA SELECCIÓN TEMPORAL DE PEÓN DE SERVICIOS POLIVALENTES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS

D. MIGUEL RUZ SALCES, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTALBÁN DE CÓRDOBA ( CÓRDOBA ),

CONVOCATORIA UNA PLAZA DE TRABAJADOR/A SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE GUAEÑA

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

puntuación será designado para la jornada de trabajo de mayor duración, y así sucesivamente, salvo acuerdo entre los seleccionados.

(Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 10 de mayo de 2006)

ayuntamiento de HOrCajO de santiago

BASES PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE UN CONSERJE PARA EL AYUNTAMIENTO DE PEÑAFLOR Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO.

Es objeto de las presentes bases la contratación en régimen laboral temporal, de los siguientes puestos de trabajo:

SEGUNDA.- Período, modalidad de contratación e importe.

AYUNTAMIENTO DE YUNCOS

Butlletí Oficial de la Província d Alacant. Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEON DE JARDINERIA EN PEDANÍA DE CONSOLACION Y PARAJES DEL PERAL Y CAÑAVERAL

BOLSA DE EDUCADOR/A EN GUARDERÍA TEMPORERA DEL AYUNTAMIENTO DE TORRES

1º.- Objeto de la convocatoria.

BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL: MONITORES/AS DEL CURSO F.P.E. Monitor de actividades de tiempo libre infantil y juvenil BASES

BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO EXTERNA DE INFORMADOR TURÍSTICO

Denominación del puesto: Trabajadora Social. Grupo A2. Naturaleza: BOLSA TRABAJO PARA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL.

CONCELLO DE CHANTADA (LUGO)

ANUNCIO. El sistema selectivo será el de concurso- oposición, conforme a lo previsto en el apartado noveno de las presentes bases.

A Y U N T A M I E N T O DE SAN ANDRÉS DEL RABANEDO (LEÓN)

2.- Las funciones de los Peones serán las establecidas en el los Convenios Colectivos de ESMASA.

BOLSA DE PEONES POLIVALENTES DEL AYUNTAMIENTO DE TORRES

BASES PARA LA CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

Convocatoria Pública para contratación con carácter indefinido y en Régimen de Derecho Laboral, de un Médico Especialista en Oncología Radioterápica.

Las personas contratadas desarrollarán las funciones características de un peón.

GOBIERNO DE CANTABRIA

Primera.- Objeto. Segunda.- Régimen Jurídico.

La retribución bruta mensual máxima correspondiente al trabajador, será de 1.223,41 euros, extra incluida.

Primera.- Objeto. a) Cuando se produzca la situación de vacante temporal con reserva de puesto de trabajo del/de la titular del servicio.

BOLSA DE EMPLEO PUESTO: TÉCNICO/A DE EMPLEO- A2

A N U N C I O. Página 1 de 3

AYUNTAMIENTO DE HERVÁS (CÁCERES)

Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía Delegación Provincial Paloma, Ciudad Real

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA BOLSA DE TRABAJO DE MONITOR/A DEPORTIVO DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE MORAL DE CALATRAVA.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS (3 MONITORES DE FÚTBOL)

ANUNCIO NÚMERO BOLETÍN NÚMERO 165 MARTES, 30 DE AGOSTO DE 2016

Teniendo en cuenta para los desempleados de larga duración alguno de los siguientes requisitos:

BASES GENERALES DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES DE CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE LA EMPRESA MUNICIPAL SERVIMAN LUCENA S.L.

BASES DE CONVOCATORIA. 1. Normas generales. 2. Requisitos de los candidatos

Bases generales para la convocatoria pública de selección de profesores de Escuela Municipal de Música del Exmo. Ayuntamiento de Munera, (Albacete).

SEGUNDA.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en el procedimiento de selección será necesario:

Ayuntamiento Casas de Juan Núñez (Albacete)

NORMAS QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE EMPLEO DE AYUDANTE TECNICO SANITARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MOSTOLES

AYUNTAMIENTO DE CASAS DE DON PEDRO

PRIMERA. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA

Transcripción:

AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA BOLSA DE TRABAJO ABIERTA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA. 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El Ayuntamiento de Torrenueva convoca una bolsa abierta para la prestación del servicio de limpieza de los distintos edificios municipales, por el sistema de concurso. El número de puestos para cubrir el servicio de limpieza quedará determinado por las necesidades de las distintas dependencias municipales. 2.- TIPO DE CONTRATO, CATEGORIA Y JORNADA LABORAL. El personal seleccionado siguiendo las bases establecidas por la bolsa de trabajo y lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, tendrá un contrato de personal laboral conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. La categoría será Grupo V, según la plantilla de personal del Ayuntamiento de Torrenueva. La jornada laboral será de 20 horas semanales que podrán realizarse en horario de mañana o en horario de tarde, dependiendo del horario de uso establecido por las distintas dependencias municipales, así también, el horario de la prestación del servicio de limpieza puede verse modificado por nuevas necesidades o causas imprevistas. 3.- BOLSA DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES. Base 1.- Requisitos de los candidatos: Para tener acceso a la lista que integre la Bolsa de Trabajo abierta, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, o de un estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. En los procesos selectivos podrán participar también las personas nacionales de cualquier otro estado con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, y no padecer enfermedad o defecto físico que impida o menoscabe el desempeño de las correspondientes funciones. d) No hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública. Las personas cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad. f) Estar en posesión del certificado de Escolaridad. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo. Base 2.-SOLICITUDES. Las instancias solicitando formar parte de la lista de la bolsa de Trabajo, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán a la Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torrenueva, de lunes a viernes de 9,00 a 14.00 horas. Las instancias para tomar parte en esta convocatoria serán facilitadas gratuitamente por este Ayuntamiento. A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, y de cuantos documentos acrediten los méritos que solicita sean valorados, conforme a la Base 5., pudiendo hacerse las compulsas en el momento de la presentación, previo cotejo con el documento original aportado por los interesados. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente a que haya tenido lugar la publicación de estas Bases en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Base 3.-ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias, y tras la valoración por el Tribunal de Selección, el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica, www.ayuntamientodetorrenueva.es, se indicará el nombre, apellidos y D.N.I. de los admitidos y excluidos, con indicación de los puntos obtenidos y, en su caso de las causas de la exclusión y concediendo un plazo de 10 días para subsanación de defectos, en su caso, a tenor de lo establecido en el Art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes que dentro de dicho plazo no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos. Si durante el periodo de exposición de las listas provisionales no existiera reclamación, éstas se elevarán a definitivas. Las listas definitivas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Base 4.-TRIBUNAL DE SELECCIÓN. El Tribunal de Selección será el órgano encargado de la selección y valoración de las solicitudes, estará compuesto por: Presidente: D. Felipe Giner Gonzalez, funcionario de carrera. Secretario:Dña.María Jesús Campos Rodriguez, funcionaria de carrera. Vocal: D. Julián Nuñez González, personal laboral fijo. Los miembros del Tribunal de Selección deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada. Los miembros del Tribunal de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Corporación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el Art.28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior, de conformidad con lo preceptuado en el Art. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Base 5.-VALORACIÓN DE MÉRITOS. Sólo se puntuará la documentación que se haya presentado en plazo. El orden de prelación de las listas vendrá determinado por el siguiente baremo: - Por experiencia en el puesto de trabajo que se solicita: de 0,5 a 2 puntos. Hasta 6 meses de experiencia: 0,5 puntos. De 6 meses y un día hasta 12 meses: 1 punto. De 12 meses y un día hasta 18 meses: 1,5 puntos. A partir de 18 meses: 2 puntos.

- Por antigüedad como desempleado: Hasta 6 meses de antigüedad: 0,5 puntos. De 6 meses y un día hasta 12 meses: 1 punto. De 12 meses y un día hasta 18 meses: 1,5 puntos. A partir de 18 meses: 2 puntos. - Por cada hijo a cargo de la unidad familiar: 0,5 punto por hijo menor de 18 años. - Por cualquier miembro de la unidad familiar que padezca minusvalía en grado superior al 33 %: 0,50 puntos. (Máximo: 1 punto.) - Por constituir familia monoparental: 1 punto (En el caso de madres solteras, se considerarán cuando los hijos no estén reconocidos legalmente por el padre). - Por estar empadronado en Torrenueva: 2 puntos (antigüedad mínima de 6 meses). En caso de igualdad en la puntuación, se dará prioridad al mayor tiempo desempleado, y al mayor número de cargas familiares, en este orden. De persistir el empate, se procederá a efectuar un sorteo entre los aspirantes empatados. Base 6.-FUNCIONAMIENTO DE LAS LISTAS. El orden de llamamiento para cada una de las listas vendrá determinado en función de la vacante a cubrir, y comenzará por el de mayor puntuación en la lista, y así sucesivamente en orden decreciente. Los aspirantes inscritos en la bolsa de trabajo estarán obligados a la aceptación del puesto de trabajo ofertado cuando les corresponda de acuerdo con el número de orden que ocupe. La renuncia al puesto ofertado o al puesto ya adjudicado, conllevará la baja definitiva del aspirante en la bolsa de trabajo salvo causa justificada en los supuestos que se detallan a continuación, en los cuales no se causará baja en la bolsa, manteniéndose el lugar que se viniera ocupando, cuando concurran las siguientes causas justificadas y así se haga constar documentalmente: 1º) Baja por enfermedad. 2º) Maternidad. 3º) Riesgo durante el embarazo. 4º) Ocupar un puesto de trabajo. 5º) Cursar estudios en centros oficiales. 6º) El cuidado de personas discapacitadas que impidan la prestación del trabajo. A los aspirantes seleccionados se les notificará por escrito la selección según la urgencia en la necesidad de cubrir el puesto de trabajo, debiendo presentarse en el Ayuntamiento en el plazo de un día a efectos de aceptar el puesto de trabajo o aportar certificación, en su caso, entendiendo que renuncia al mismo si no se presenta en dicho plazo. Los aspirantes están obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio en los datos personales, telefónicos o de domicilio a efectos de las notificaciones.

Asimismo se les exigirá en el momento de la contratación una declaración jurada de no poseer a priori ningún impedimento o enfermedad que les impida el normal ejercicio del trabajo para el que se les va a contratar. Cualquier omisión o falsa información sobre el estado físico del aspirante será causa para la rescisión del contrato por parte del Ayuntamiento. Base 7.- BOLSA ABIERTA. La bolsa tiene carácter abierto de modo que se actualizará sucesivamente entre el 1 de julio y el 25 de julio de cada año, pudiendo en este período presentarse nuevos aspirantes a la bolsa con las mismas condiciones que la bolsa original. Asimismo los inscritos en la bolsa podrán aportar nueva documentación acreditativa de méritos, que será valorada por el Tribunal de Selección, el cual aprobará, al finalizar dicho plazo, un nuevo listado que permanecerá en vigor hasta la siguiente actualización anual de la bolsa de trabajo objeto de esta convocatoria conforme al siguiente procedimiento: El Tribunal de Selección valorará las nuevas solicitudes y completará la valoración de los ya inscritos en el caso de que aporten nueva documentación. El Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, se indicará el nombre, apellidos y D.N.I. de los admitidos y excluidos, con indicación de los puntos obtenidos y, en su caso de las causas de la exclusión y concediendo un plazo de 10 días para subsanación de defectos, en su caso, a tenor de lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes que dentro de dicho plazo no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos. Si durante el periodo de exposición de las listas provisionales no existiera reclamación, éstas se elevarán a definitivas. Las listas definitivas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Torrenueva y en la sede electrónica, www.ayuntamientodetorrenueva.es. Base 8.-NORMAS FINALES. 1.- El Tribunal de Selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas Bases, así como la forma de actuación en los casos no previstos en las mismas. 2.- Las Bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación del Tribunal de Selección, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 3.- Para lo no contemplado en estas Bases se estará a lo dispuesto en la normativa sobre función pública, legislación laboral, y demás disposiciones legales aplicables. 4.- La presente Bolsa de Trabajo entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de las listas definitivas, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA SOLICITUD DE INCLUSIÓN EN LA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA DATOS PERSONALES BOLSA DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES Apellidos Nombre D.N.I. Fecha de nacimiento: de de. Domicilio a efectos de comunicaciones y notificaciones: Municipio Provincia Código Postal Teléfono DOCUMENTACIÓN APORTADA (señalar con una X ): Fotocopia compulsada del D.N.I. Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria (certificado de escolaridad) Fotocopia compulsada del Libro de Familia (Hoja de los hijos a cargo de la unidad familiar). Fotocopia compulsada de la demanda de empleo, tarjeta SEPECAM. Empadronamiento (volante). Fotocopia compulsada de la tarjeta de la Seguridad Social. -Certificado expedido por el organismo competente reconociendo la minusvalía y su grado de la/s persona/s dependiente. Acreditación de experiencia en puesto similar (contratos, certificado de empresa ). El abajo firmante solicita ser admitido en el proceso a que se refiere la presente solicitud y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas par participar en este proceso selectivo. Torrenueva, a de de 2011. Fdo.: SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA (CIUDAD REAL)

AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA D./Dª. con D.N.I., y con domicilio en la C/ nº de la localidad de, provincia. DECLARA BAJO JURAMENTO: - No hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública. - No hallarse incurso en causa de incompatibilidad. - No poseer ningún impedimento o enfermedad que le impida o menoscabe el desempeño de las correspondientes funciones del trabajo para el que se presenta. Torrenueva, a de de 201. Fdo.: SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENUEVA (CIUDAD REAL)