Manual de Trámites y Servicios al Público.

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Gobierno del Estado de Colima. Secretaría de Finanzas y Administración. Manual de Trámites y Servicios al Público.

ÍNDICE Presentación... 2 Marco jurídico... 4 Organigrama... 5 Trámites... 6 Dirección de Recaudación. Atención de las solicitudes de condonación de multas.... 8 Aviso de apertura de establecimiento de REPECOS... 11 Aviso de cambio de actividad económica de REPECOS... 14 Aviso de cambio de domicilio fiscal de REPECOS.... 17 Aviso de cierre de establecimiento de REPECOS... 20 Aviso de corrección o cambio de nombre de REPECOS... 23 Aviso de incorporación o cambio de CURP de REPECOS... 26 Aviso de reanudación de actividades de REPECOS... 29 Aviso de suspensión de actividades de REPECOS... 32 Avisos de cambio al Registro Estatal de Contribuyentes... 35 Determinación de la cuota fija del Régimen de Pequeños Contribuyentes.... 38 Devolución del Pago de lo Indebido... 40 Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes... 43 Inscripción o alta de REPECOS en el Registro Federal de Contribuyentes.... 46 Pago de cuota fija del Régimen de Pequeños Contribuyentes... 49 Pago de cuotas de IEPS a la gasolina y diesel... 51 Pago de la cuota por la expedición o renovación anual de la calcomanía fiscal vehicular... 53 Pago de multas impuestas por PROFECO... 55 Pago del 5% del Impuesto Sobre la Renta del Régimen Intermedio de las personas físicas con actividades empresariales.... 57 Pago del Impuesto a la Prestación del Servicio de Enseñanza... 59 Pago del Impuesto a la Transmisión de la Propiedad de Vehículos Automotores Usados.... 61 Pago del Impuesto por Enajenación de Terrenos, Construcciones o Terrenos y Construcciones..... 63 Pago del Impuesto por la Prestación del Servicio de Hospedaje.... 65 Pago del Impuesto Sobre Ejercicio de Profesiones... 67 Pago del Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos y Juegos Permitidos.... 69 Pago del Impuesto Sobre Nóminas... 71 Pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos... 73 Pago de derechos por extracción de materiales... 76 Solventación de requerimientos... 78 Dirección de Auditoría Fiscal. Certificación de la constancia de regularización de vehículos de procedencia extranjera, de conformidad con el decreto de 1992 81 Certificación de documentos que integran expedientes... 84 Recepción de documentación requerida al amparo de una orden de auditoría... 86 Glosario... 89 Directorio... 93 1

PRESENTACIÓN El Gobierno del Estado de Colima inició desde hace varios años un proceso de simplificación de trámites y servicios que se prestan a la población, buscando que los mismos sean proporcionados con la mayor calidad y agilidad posibles y con una intervención cada vez menor del aparato burocrático. En ese contexto, se inició con la implementación de los denominados Kioscos de Servicios de Gobierno, a los que cada día se incorporan un mayor número de servicios y trámites, además de que la cantidad de estos establecimientos se ha mantenido en constante incremento, al grado de que en la actualidad existen 31 operando en la entidad, uno más en Guadalajara y otro en la Unión Americana que proporciona servicios a los migrantes. El Lic. Mario Anguiano Moreno, Gobernador Constitucional del Estado, ha asumido el compromiso de convertir al Estado de Colima en el más eficiente del país, para ello, entre otras muchas acciones, se inició con la certificación de los procesos con criterios de calidad bajo la norma ISO 9001-2008. La Secretaría de Finanzas y Administración que encabeza el Dr. J. Jesús Orozco Alfaro, viene desarrollando a la par acciones muy importantes para contribuir a alcanzar la meta del C. Gobernador del Estado de hacer de Colima el Estado más eficiente del país; entre las acciones emprendidas, destacan las relacionadas con los trámites y servicios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, los cuales se han venido incorporando a los esquemas electrónicos asociados a la red de internet, al grado que hoy en día la mayoría de ellos se pueden realizar desde la comodidad del domicilio del contribuyente. 2

Sin embargo, por sí solas las medidas de simplificación de los trámites y la incorporación de tecnologías de punta son insuficientes, si la población desconoce cuáles son los trámites y servicios que se ofrecen, cómo se pueden solicitar, cuáles son los requisitos que se deben cumplir para obtener los productos deseados, en qué fundamentos legales se apoya la autoridad para su prestación y realización y cuáles son los medios de defensa de que dispone el particular para cuando el resultado del trámite o servicio no le es satisfactorio, entre otras cuestiones. De ello deviene fundamental que la autoridad responsable de la prestación y desarrollo de los trámites y servicios, documente todos y cada uno de los trámites y servicios que ofrece y que además los difunda en los medios idóneos para que la sociedad esté debidamente enterada de ellos, a efecto que pueda solicitarlos con plena certidumbre de que será atendida con celeridad y eficacia, echando por tierra cualquier pretensión de exigencia de requisitos innecesarios o negativas improcedentes. El presente Manual de Trámites y Servicios al Público de la Dirección General de Ingresos, pone a disposición de los ciudadanos colimenses la información medular de los diversos trámites y servicios que se prestan en las diferentes áreas que conforman la Dirección General, el cual además se difundirá permanentemente a través de la página de internet de la Secretaría de Finanzas y Administración debidamente actualizado, mediante la incorporación de nuevos trámites y servicios o de las modificaciones que a los mismos se realicen. Atentamente Lic. Miguel Ceballos Valencia Director General de Ingresos 3

MARCO JURÍDICO Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. Ley Orgánica de la Administración Pública. Ley de Ingresos del Estado para el ejercicio fiscal 2011. Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio. Ley de Coordinación Fiscal del Estado. Ley de Deuda Pública del Estado. Ley de Presupuesto y Gasto Público del Estado. Ley de lo Contencioso Administrativo del Estado. Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración. Tabulador del Impuesto sobre Enajenación de Vehículos. Tarifa para el Cobro de Productos. Reglamento del Registro Estatal de Deuda Pública. Reglamento de la Ley de Coordinación Fiscal. Ley de Mejora Regulatoria. Ley del Impuesto al Valor Agregado. Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 2011. Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal. Ley del Impuesto Sobre la Renta. Código Fiscal de la Federación. Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, suscrito entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. 4

ORGANIGRAMA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS UNIDAD ADMINISTRATIVA UNIDAD DE INFORMÁTICA UNIDAD DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN DE POLÍTICA DE INGRESOS Y COORD. FISCAL DIRECCIÓN DE AUDITORIA FISCAL SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Y CONTROL DE OBLIGACIONES SUBDIRECCIÓN DE OPERACIÓN RECAUDATORIA DEPARTAMENTO DE INGRESOS ESTATALES DEPARTAMENTO DE INGRESOS FEDERALES COORDINADOS RECEPTORÍAS DE RENTAS DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A KIOSCOS DEPARTAMENTO DE RECURSOS FEDERALES DEPARTEMENTO TÉCNICO DEPARTEMENTO DE VIGILANCIA DE OBLIGACIONES Y EJECUCION DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DEPARTAMENTO DE VISITAS DOMICILIARIAS DEPTO. DE REV. GABINETE Y DICTAMENES DEPARTAMENTO JURÍDICO KIOSCOS DE SERVICIOS DE GOBIERNO ANALISTA (2) 5

TRÁMITES 6

DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN. 7

Atención de las solicitudes de condonación de multas. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas y morales que son objeto de imposición de sanciones por parte de las autoridades fiscales por infracción a las disposiciones fiscales, estatales y federales aplicables, desean obtener condonación total o parcial de las mismas. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Presentar solicitud de condonación en escrito libre en original y copia para acuse, firmada por el contribuyente. 2. En caso de representación, escritura pública o mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. 3. Copia de la identificación de quien firma la solicitud, previo cotejo con su original. Gratuito. 4. Original o copia simple de la resolución mediante la cual se impuso la multa y demás documentos que el contribuyente desee exhibir para fortalecer su petición. 8

El escrito deberá contener: El nombre, la denominación o razón social, y el domicilio fiscal manifestado el registro de contribuyentes respectivo (Federal o Estatal), así como la actividad económica a la que se dedica. Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito del escrito. Señalar el domicilio para recibir notificaciones y si el solicitante lo desea, la dirección de correo electrónico o números telefónicos donde se le pueda informar respecto del trámite de su solicitud. Describir los hechos o circunstancias que motiven la solicitud. Indicar si el contribuyente está sujeto a alguna revisión fiscal y señalar los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión y si se encuentra dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución. Señalar que la multa o multas cuya condonación se solicita, no han sido combatidas a través de algún medio jurídico. Garantizar el interés fiscal o solicitar su dispensa, según proceda. Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. El contribuyente presenta su solicitud ante la Dirección General de Ingresos, ya sea en forma directa o a través de la autoridad que le impuso la multa, con los documentos señalados en el recuadro de requisitos. 2. La unidad administrativa receptora, en su caso, remite por escrito el expediente a la 3. La Dirección General de Ingresos analiza la procedencia o improcedencia de la solicitud y emite la resolución respectiva. 4. Se notifica la resolución en el domicilio señalado por el solicitante. Termina trámite. 9

Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Director General de Ingresos. Nota: (Ver Directorio). Resolución. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 20 días. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículo 74 del Código Fiscal de la Federación; Artículo 65 del Código Fiscal del Estado de Colima; Articulo 18, Fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas y Administración. 10

Aviso de apertura de establecimiento de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, abran un segundo o ulterior establecimiento. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Original del comprobante de domicilio del establecimiento que se apertura. 2. Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cedula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres, para que uno de ellos actúe como representante; para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Gratuito. Indefinida. Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 11

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno Pasos a Seguir para realizar este Trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. No aplica Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. No aplica Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. No aplica 12

Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Articulo 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y Artículos 25, Fracción VIII del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive, tales como la apertura de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades. 13

Aviso de cambio de actividad económica de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, hagan cambio de actividad económica preponderante. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. Único: Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Gratuito. Indefinida. Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 14

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Guía de obligaciones. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. 15

Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación; 25, Fracción VII y 26, Fracción V inciso e) del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Décima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. Las actividades que se modifiquen no deben cambiar su régimen fiscal de pequeño contribuyente. 16

Aviso de cambio de domicilio fiscal de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, establezcan su domicilio en lugar distinto al que manifestaron en el Registro Federal de Contribuyentes o cuando deban actualizarse datos por cambio de nomenclatura o numeración oficial. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Original del comprobante del nuevo domicilio fiscal. 2. Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Gratuito. Indefinida. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 17

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. 18

Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículo 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y Artículos 25, Fracción IV, 26, Fracción III del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o se del hecho que lo motive. 19

Aviso de cierre de establecimiento de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, cierren alguno de sus establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares en donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades, sin suspenderlas. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. Único: Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Gratuito. Indefinida. Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 20

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. 21

Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y 25, Fracción IX del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 22

Aviso de corrección o cambio de nombre de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012. Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, cambien o corrijan su nombre o apellidos en los términos de las disposiciones legales aplicables. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por el Registro Civil. 2. Identificación oficial con fotografía. (IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Gratuito. Indefinida. Si es menor de edad, (copia certificada del acta de nacimiento del menor, escrito libre manifestando la conformidad de los padres, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). 23

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. 24

Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y 25, Fracción III, 26, Fracción II, 27 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 25

Aviso de incorporación o cambio de CURP de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas que realizan actividades empresariales y se encuentran inscritas en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, cambien o incorporen su CURP en los términos de las disposiciones legales aplicables. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). 2. Clave Única de Registro de Población (CURP). 3. Acta de nacimiento expedida por el Registro Civil. Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Gratuito. Indefinida. Si es menor de edad, (copia certificada del acta de nacimiento del menor, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 26

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. 27

Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículo 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 28

Aviso de reanudación de actividades de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando el contribuyente después de estar en suspensión, vuelva a iniciar alguna actividad económica o tenga alguna obligación fiscal periódica de pago, siempre que vaya a continuar en el régimen de pequeños contribuyentes. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite 1. Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, Certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). 2. Original de comprobante de domicilio de no más de 3 meses de antigüedad. Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Gratuito. Indefinida. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 29

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener Formas de pago Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Guía de obligaciones. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. 30

Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y 25, Fracción VI y 26, Fracción IV, inciso b) del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 31

Aviso de suspensión de actividades de REPECOS. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando el contribuyente persona física deje de realizar todas sus actividades económicas por las cuales está obligada a presentar pagos de cuota fija, siempre que no deba cumplir con otras obligaciones fiscales periódicas de pago, por sí mismo o por cuenta de terceros. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. Único.- Identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Nota: En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público y la identificación oficial con fotografía del apoderado. Si es menor de edad, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Gratuito. Indefinida. Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. 32

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal a la Receptoría de Rentas que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal. 2. Mostrar la documentación descrita en el recuadro de requisitos y proporcionar los datos que le sean solicitados. 3. El servidor público captura los datos en la base de datos del SAT e imprime acuse de actualización al Registro Federal del Contribuyentes en dos ejemplares. 4. El interesado o representante legal firma los dos ejemplares del acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes y se le entrega el original de éste, más los originales de los documentos presentados. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. 33

Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y 25, Fracción V y 26, Fracción IV, inciso a) del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Cláusula Decima Primera fracción VI incisos a) y c) del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Colima. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 34

Avisos de cambio al Registro Estatal de Contribuyentes Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012 Receptorías de Rentas o Módulos de Servicios, Internet: https://www.finanzas.col.gob.mx/finanzas/index.php Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas, las morales y las unidades económicas sin personalidad jurídica, que se encuentran inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes, realizan algún cambio de denominación o razón social; cambio de domicilio fiscal; aumento o disminución de obligaciones fiscales; suspensión o reanudación de actividades; liquidación o apertura de sucesión; apertura o cierre de sucursales, establecimientos o bodegas; y cancelación en el Registro. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Llenar y firmar el formato de aviso. 2. Adjuntar copia del documento equivalente que se hubiere presentado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes. 3. Original de identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por gobierno federal, estatal o municipal. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Gratuito. Mientras que se mantengan los supuestos que dieron origen a la presentación del aviso. En caso de representación legal, poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público, con la identificación oficial con fotografía del apoderado. 35

Si es menor de edad, (copia certificada del acta de nacimiento del menor, escrito libre manifestando la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante, para el caso de tutores o curadores la resolución judicial en el que conste la patria protestad o la tutela e identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es). Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Formato de movimientos al Registro Estatal de Contribuyentes. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. Acudir personalmente el contribuyente o su representante legal con los requisitos, a la Receptoría de Rentas o Módulo de Servicios Tributarios, que corresponda al domicilio fiscal. 2. El servidor público que atiende el trámite, recibe y revisa los documentos. 3. El servidor público afecta el cambio solicitado en el Registro Estatal de Contribuyentes. 4. El servidor público firma y sella de recibido la solicitud y sus anexos, imprime el formato de movimientos al REC, lo sella y firma y se lo entrega al solicitante. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: ( Ver Directorio) Formato de movimientos al Registro Estatal de Contribuyentes, sellado y firmado. Sin costo. 36

Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 15 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Articulo 37, Fracción III, incisos a), b), c), d), e), f), g) y último párrafo, del Código Fiscal del Estado. Observaciones. Los avisos deberán presentarse dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. 37

Determinación de la cuota fija del Régimen de Pequeños Contribuyentes. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012. Receptorías de Rentas y Módulos de Servicios Tributarios. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando los pequeños contribuyentes inician operaciones o que los ingresos que sirven de base para la determinación de la cuota fija, se modifican en más de un 10%. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, en el régimen de pequeños contribuyentes. 2. Mostrar identificación oficial con fotografía. 3. Manifestar los ingresos que obtiene y los gastos que eroga, en la realización de las actividades gravadas. Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Gratuito. Mientras los ingresos del contribuyente no se modifiquen en más de un 10%. Ninguno, el llenado debe realizarse por el servidor público que atiende al contribuyente. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. El contribuyente se presenta en el módulo de Asistencia al Contribuyente de la Receptoría de Rentas o en el Módulo de Servicios Tributarios que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal. 2. El contribuyente proporciona la información que se le solicita respecto a los ingresos y gastos de la actividad económica. 3. El servidor público que atiende el trámite calcula la cuota bimestral a pagar, imprime en dos ejemplares el formato de la determinación de la cuota fija y se la presenta al contribuyente para su firma. 4. Se entrega un ejemplar de la determinación de la cuota fija al contribuyente. Termina el trámite. 38

Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). Formato de la determinación de la cuota fija. Sin costo. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Recurso de revocación previsto en los artículos de 116 al 128 del Código Fiscal de la Federación. Dependencia ante la que se realiza. A quien se otorga. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. A las personas físicas, pequeños contribuyentes. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. 20 minutos. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 137, 138 y 139 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; 2C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; 17 de la Ley de IETU, Reglas I.3.12.3.1, I.3.12.3.2, II.3.7.2.1, II.5.1.1., II.5.1.2., II.5.1.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 2011. Observaciones. Se consideran pequeños contribuyentes, las personas físicas que realicen actividades empresariales, que únicamente enajenen bienes o presten servicios, al público en general, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $2 000,000.00. 39

Devolución del Pago de lo Indebido. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012. Receptorías de Rentas. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas o morales hubieran realizado pagos de impuestos, derechos, productos o aprovechamientos, estatales o federales coordinados en forma indebida o en demasía y deseen que les sea devuelto el importe a su favor. Requisitos, incluyendo anexos en su caso. Costo del trámite. Vigencia del trámite. 1. Copia de identificación oficial con fotografía. 2. Presentar escrito libre solicitando la devolución en original y copia. 3. Original del recibo oficial que ampara el pago cuya devolución se solicita. 4. Carta poder para la persona que realiza el trámite, en caso de que actué en representación de un tercero persona física y original y copia de identificación oficial con fotografía del apoderado y del representado. 5. Poder notarial en caso de que se actúe en representación de una persona moral y original y copia de identificación oficial con fotografía del apoderado 6. Acreditar el derecho a la devolución. Gratuito. 40

Formato(s) que el solicitante debe requisitar. Ninguno, la solicitud se presenta en escrito libre. Pasos a seguir para realizar este trámite. 1. El contribuyente se presenta en la Receptoría de Rentas con los documentos señalados en el recuadro de requisitos. 2. La Receptoría recibe la documentación y la turna a las oficinas centrales de la Dirección de Recaudación, para su análisis y autorización en su caso. 3. La Dirección autoriza la devolución y turna los documentos a la Dirección de Tesorería para su pago. 4. La Dirección de Tesorería recibe los documentos, programa el pago y expide el contra recibo en el que se señala la fecha de pago y que servirá como comprobante para recoger los recursos a favor del solicitante. 5. En la fecha señalada para pago, el interesado se presenta a la Dirección de Tesorería a recibir el monto solicitado. Termina el trámite. Servidor público responsable de atenderlo y resolverlo. Producto a obtener. Formas de pago. Receptor de Rentas. Nota: (Ver Directorio). El importe de la devolución. Sin costo. Recursos o medios de impugnación que puede hacer valer en caso de no ser satisfactoria la respuesta o no darse ésta en el plazo establecido. Recurso de revocación previsto en los artículos 107, fracción I, 108, fracción II, 110, 111, 113 al 122 del Código Fiscal del Estado y del 116 al 128 del Código Fiscal de la Federación. 41

Dependencia ante la que se realiza. Lugar de pago. Secretaría de Finanzas y Administración Dirección de Recaudación. Receptoría de Rentas. Tiempo de respuesta. Afirmativa / Negativa Ficta. En materia estatal dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que se presente la solicitud; en materia federal son 40 o 25 días según se trate de contribuyentes no dictaminados o dictaminados, respectivamente. Negativa ficta. Fundamento jurídico que da origen al servicio, trámite o acto administrativo. Artículos 31 y 34 del Código Fiscal del Estado; 22, 22-A y 22-B del Código Fiscal de la Federación. Observaciones. Cuando no se realice la devolución dentro de los plazos legales, las autoridades pagarán recargos o intereses que se calcularán a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo, conforme la tasa que establezca la Ley de Ingresos del Estado o el Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, según corresponda. 42

Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes. Trámite. Servicio. Fecha de Validación. El Trámite / Servicio se realiza en: X 08/02/2012. Receptorías de Rentas. Casos o supuestos en los que debe presentarse. Cuando las personas físicas y morales así como las unidades económicas sin personalidad jurídica, realicen habitualmente actividades gravadas por contribuciones estatales, tales como: La prestación del servicio de enseñanza, cuando tengan autorización o reconocimiento de validez oficial. El libre ejercicio de una profesión, actividad técnica o de una actividad que requiera habilidad, de una actividad cultural, artística, deportiva o de cualquier otra naturaleza que no estén gravadas por la Ley del Impuesto al Valor Agregado. La prestación del servicio de hospedaje. La celebración de loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos con cruce de apuestas legalmente permitidos. Efectuar erogaciones por concepto de remuneraciones al servicio personal subordinado prestado en el territorio del Estado de Colima. La explotación o extracción de sustancias, minerales o materiales del suelo o subsuelo, tales como: arena y grava; arcillas y balastres; y materiales preponderantemente de carbonato de calcio. Costo del Vigencia del Requisitos, incluyendo anexos en su caso. trámite. trámite. 1. Llenar el formato de solicitud. 2. Adjuntar copia del documento equivalente que se hubiere presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes. 3. Original de identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por gobierno federal, estatal o municipal. (Credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte vigente, cartilla militar, cédula profesional, certificado de matrícula consular y en caso de extranjero, documento migratorio vigente). Gratuito. 43