Becas al Mérito Reglamento de Becas al Mérito en el estudio para estudiantes y graduados universitarios

Documentos relacionados
Becas al Mérito. Para nosotros el compromiso con el estudio vale mucho. Reglamento de Becas al Mérito en el estudio para estudiantes secundarios

REGLAMENTO DE BECAS AL MÉRITO EN EL ESTUDIO PARA LA COMUNIDAD

Programa de Becas Reglamento

PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA HIJOS DE EMPLEADOS DEL NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS AÑO 2017

Becas al Mérito. Para nosotros el compromiso con el estudio vale mucho. Reglamento de Becas al Mérito en el estudio para estudiantes secundarios

Programa de Becas Universitarias y Tecnicaturas Pan American Energy Para Estudiantes del Golfo San Jorge

Estar dentro de los tres mejores promedios de su promoción.

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

10 Premio Anual de Investigación Económica Dr. Raúl Prebisch Bases y Reglamento

PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS

Estar cursando el último año del secundario en escuelas públicas o privadas o que hayan finalizado sus estudios en el ciclo lectivo anterior.

Reglamento de Becas de Estudiantes Universitarios

BECA HIJOS DE DOCENTES: PARA LA EXCELENCIA ACADÉMICA EN EL PERÚ

1.0 Tipos de Beneficios. 2.0 Requisitos para el Otorgamiento. 3.0 Mantenimiento de las Ayudas Financieras

BASES DEL PROCESO DE ADMISIÓN 2018 DE CADETES DE LA ESCUELA NAVAL ARTURO PRAT

BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PROINVERSIÓN

Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Instructivo. Becas Secundarias

PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER RÍO GRADO 7º Convocatoria 2017

CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Universidad Nacional del Nordeste BECAS DE ESTÍMULO A LAS VOCACIONES CIENTÍFICAS 2012 Pág.

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN

Programa de Becas Universitarias para Hijos de Empleados de Banco Santa Cruz Reglamento - Edición 2017

Becas de Formación para Estudiantes de la UNLaR. Requisitos

Decreto 383/14. Artículo 5. Las becas serán adjudicadas mediante concurso de méritos y antecedentes.

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN

Programa de Becas Universitarias Ingeniero Juan Carlos Dragonetti

Circuito de Inscripción Programa Becas al Merito. Índice:

Porcentaje de la beca: 50%, aplicable a las cuotas mensuales de la carrera.

REGLAMENTO GENERAL LÍNEA ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS). CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES.

Banco Hipotecario del Uruguay Resolución de Directorio Nº 0332/15

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

RESOLUCIÓN N : 029/2015.

1) Características generales: 2) Beneficio: 3) Monto del beneficio:

ANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Las Facultades Regionales y Unidades Académicas. solicitud del alumno y en cualquier estado de la carrera, un certificado de los

Bases del Concurso Público de Méritos

C O N V O C A B A S E S

FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS Universidad Nacional de Hurlingham

Rawson, Chubut, 28 de abril de VISTO : El Expediente Nº 205 UCH 2015; y

REQUISITOS GENERALES PARA TODAS LAS BECAS

REGLAMENTO DE BECAS UNIVERSITARIAS EXTERNAS AÑO 2014

BECAS TANDIL ESTUDIA

Ministerio de Salud Pública del Chaco Dirección de Laboratorios

BECAS BICENTENARIO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO. CONVOCATORIA 2009 FORMACION DE MAGISTER EN AREAS TECNOLÓGICAS PRIORITARIAS Resolución Nº 47/09 C.S.

BASES DE LA CONVOCATORIA A BECAS DE FORMACIÓN DOCTORAL PARA PROFESIONALES DEL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA

PROGRAMA BECAS Y APOYO ESCOLAR 2017 Segmento Trabajadores Dependientes Afiliados

Becas de Educación Superior 2015

Premio BAL-UNAM Ciencias de la Tierra 2017

BASES PARA LA CONVOCATORIA BECAS DE POSGRADO UNTREF. Plazo de Presentación de postulaciones: Del 29 de mayo al 30 de junio de 2017.

Lista de verificación de documentos para solicitar BECA

Pasos para completar el trámite de solicitud de ingreso de los nuevos alumnos. Vigencia: a partir de noviembre del 2009

VISTO el Expediente N /13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

ANEXO I HILDA INES HERRERA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL Y PORTLAND LLAMADO A ASPIRANTES PARA PROVEER EN RÉGIMEN DE CONTRATO DE FUNCIÓN PÚBLICA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE FACULTAD DE DERECHO MAGISTER EN DERECHO, LLM REGLAMENTO DE BECAS Y DESCUENTOS DE ARANCEL

Reglamento de Becas de Estudiantes Técnicos

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015

CONCURSO DE INVENTORES 2014 BASES DE LOS INVENTORES

1. Requisitos de participación

Programa Nacional de Becas para la Educación Superior en el Estado de Veracruz. Proceso Selección

GUÍA CONVOCATORIA Dirigido a postulantes Colombianos. Si tienes un promedio de 4.0 en tus estudios de pregrado, esta es tu oportunidad.

2017 Bases de la convocatoria

BECA DE AYUDA ECONOMICA - BECA U.N.Ju. -

BASES PAES 2010 CHILE

Reglas de operación Becas Santander Universidades para Prácticas Profesionales en PyMES"

I. OBJETIVO QUIÉNES PUEDEN POSTULARSE? DURACIÓN DE LA MOVILIDAD

BECAS DE EXCELENCIA FORMATIVA DE LA FUNDACIÓN GRUPO SIRO

Se notificará a las Sedes GTEC acreditadas por CONEAU la apertura de la convocatoria para su difusión a los graduados.

Programa Jóvenes de Intercambio México Argentina J.I.M.A. - Primer semestre de 2016

CIERRE DE LA CONVOCATORIA La convocatoria permanecerá abierta hasta el jueves 30 de Noviembre de 2018 a las 12:00 hs.

Premio Anual de Investigación Económica

*Se refiere al Ingreso Mínimo no remuneracionales, el que actualmente asciende a $

BASES PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS

Bienestar Social Sindicato de Trabajadores de Empresa Minera Spence S.A. REGLAMENTO

Convocatoria interna a becas en la Universidad Católica Boliviana San Pablo. Unidad Académica Regional Cochabamba. Gestión 1/2017

CONVOCATORIA GENERAL. Becas de Movilidad Estudiantil

PROGRAMA DE BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN PARA ESTUDIANTES DE CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE (PROBEA)

Requisitos para inscribirse en Concursos Docentes:

INSTRUCCIONES PARA LOS BECARIOS DE MOVILIDAD SÉNECA CURSO OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

Instructivo Becas 2017 PNBU-PNBB-PRONAFE

Reglamento Becas Colegio

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016

UNIVERSIDAD MARISTA VALLADOLID LISTA DE VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SOLICITAR BECA.

innovación a través del fortalecimiento de la formación de recursos humanos como un componente significativo para mejorar la calidad académica.

CONCURSO PÚBLICO MEMORISTAS UNIVERSITARIOS REGLAMENTO DEL CONCURSO ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN PARA MEMORISTAS UNIVERSITARIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA ENTREGA DE BECA DE RESIDENCIA MUNICIPAL PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS CONCURSO INTERNO ABIERTO DECRETO PROVINCIAL 2019/15

DISPOSICIÓN INTERNA Nº 29/ 16

BECAS DE INVESTIGACIÓN DE POSDOCTORADO Secretaría de Investigación - UNSAM Instituto del Transporte

PROGRAMA DE BECAS FUNDACIÓN ROSARIO DISEÑO REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

BECAS MOVILIDAD ESTUDIANTIL - UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO Bases Generales. Becas Rectoría

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes PRONABES) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

SOLICITUD de COBERTURA por DISCAPACIDAD SERVICIO SOCIAL AÑO INSTRUCTIVO.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

Transcripción:

Becas al Mérito Para nosotros el compromiso con el estudio vale mucho. Reglamento de Becas al Mérito en el estudio para estudiantes y graduados universitarios

2 Reglamento Becas al Mérito en el estudio para estudiantes y graduados universitarios 1. De las becas 1.1. La Fundación Hermanos Agustín y Enrique Rocca (en adelante, la Fundación ) otorga anualmente becas destinadas a (i) el personal efectivo contrato por tiempo indeterminado de las empresas indicadas en el Anexo I y/o de cualquier otra empresa que la Fundación expresamente establezca dentro del ámbito de la República Argentina (en adelante, denominados Empleados ), y/o (ii) a los hijos de los Empleados (en adelante, denominados Hijos ). En cualquiera de los casos, es requisito que sean estudiantes universitarios, que cursen sus estudios en el territorio de la República Argentina, en carreras y universidades determinadas por el Comité de Becas de la Fundación (en adelante, el Comité ), las cuales se encuentran detalladas en el Anexo II del presente Reglamento. 1.2. Estas becas consisten en la entrega de una suma de dinero y los postulantes deberán concursar para obtener las mismas. El monto y las condiciones de otorgamiento de las becas son determinadas por el Comité. Las becas distinguen y estimulan a los estudiantes de alto rendimiento que, además de cumplir con los requisitos del presente Reglamento y haber obtenido las mejores calificaciones, acrediten a criterio del Comité compromiso con la comunidad y con el proceso educativo. 1.3. Las becas no son renovables automáticamente. Se otorgarán anualmente en las fechas que establezca el Comité, siempre que se dé cumplimiento a las condiciones que se indican en el presente Reglamento y las que adicionalmente determine el Comité. En consecuencia, aquellos que hubiesen obtenido becas y deseen continuar participando en el programa en el próximo año, deberán inscribirse nuevamente y cumplir con los requisitos del presente Reglamento. 1.4. Cada año el Comité establecerá la cantidad de becas a asignar y el importe de las mismas, como así también podrá modificar el listado de las carreras y universidades. La inscripción y/o la presentación de cualquier formulario no implicará la adjudicación de la beca.

3 1.5. Es improrrogable el plazo de inscripción a la beca que fije la Fundación en cada llamado a concurso. 1.6. La asignación de las becas quedará a criterio del Comité, que además podrá modificar unilateralmente y en cualquier momento los parámetros de selección y/o cualquier otro, a su exclusiva discreción y sin que ello otorgue derecho a los postulantes a reclamo alguno. La postulación que efectúen los candidatos implicará la plena conformidad con las decisiones que tome el Comité y la Fundación y, asimismo, la renuncia irrevocable a impugnar y/o controvertir por cualquier medio tales decisiones. 1.7. La postulación a la beca implicará la autorización irrevocable del postulante a que la Fundación utilice su nombre y/o su imagen y/o la de sus familiares, sin limitación alguna, sin que ello genere a dichas personas y/o a cualquier otro tercero derecho a reclamar indemnización y/o compensación alguna. 1.8. Cualquier declaración que no se ajuste a la verdad en los datos ingresados y/o en la documentación presentada y/o cualquier modificación de los datos fuera de los plazos aquí previstos, invalidará automáticamente la postulación, sin necesidad de aviso alguno. En el supuesto de comprobarse dicha falsedad con posterioridad al otorgamiento de la beca, la misma se cancelará en forma inmediata de pleno derecho, sin que ello otorgue al postulante derecho a reclamo alguno. 2. De los candidatos 2.1. Procedimientos 2.1.1. Podrán postularse solamente estudiantes de una carrera de grado que se encuentre en el listado del Anexo II, de cursada regular con plan de estudios presencial de cuatro (4) o más años de duración, que cursen en las universidades aprobadas anualmente por el Comité (ver listado del Anexo II), y que, además de las condiciones indicadas en el punto 1.1 del presente Reglamento, reúnan los siguientes requisitos: Promedio general durante la carrera de siete (7) puntos o más. A tal efecto, deberá tomarse -sin excepción- el promedio de todos los exámenes finales rendidos desde el comienzo de la carrera hasta el último día hábil del mes de febrero del año 2017. En el caso de los estudiantes de la UBA, deberán computar la nota general de todas las materias de su plan de estudios, incluidas aquellas del CBC que formen parte del primer año de la carrera.

4 Haber aprobado, como mínimo, cinco (5) exámenes finales en el período de marzo de 2016 a febrero de 2017 inclusive y no tener aplazos (es decir no aprobados conforme la institución) sin recuperar al último día hábil del mes de febrero del año 2017. Los aplazos, de ser recuperados, no conformarán el promedio y se tendrá en cuenta la nota del examen recuperado. Aquellos alumnos que cursen carreras cuyo plan de estudios contemplara menos de cinco (5) materias anuales, deberán consignarlo en el formulario de inscripción y presentar el plan de estudios o nota de la facultad que certifique lo informado. Cuenten con DNI emitido por el Registro Nacional de las Personas de la República Argentina, o Constancia de DNI en trámite. 2.1.2. Con relación a las becas para Hijos, podrán postularse quienes tuviesen como máximo veintiún (21) años al inicio de la carrera y, asimismo, quienes tuviesen como máximo veintiocho (28) años al momento de cursar el último año de la carrera. Adicionalmente, los postulantes no deberán exceder en más de un año la duración estipulada en el plan de estudios respectivo. Estos requisitos no aplican para los Empleados. 2.2. Presentaciones 2.2.1. Para inscribirse y participar del concurso, el alumno deberá registrarse en el sitio web: www.becastechint.org.ar, y seguir los pasos allí indicados. 2.2.2. Los postulantes deberán presentar en los Centros de Recepción de Documentación que la Fundación informe oportunamente a través del sitio web del Programa de Becas al Mérito o vía e-mail, la siguiente documentación: Formulario de inscripción (el cual deberá ser descargado del sitio web) firmado por (i) el postulante, en el caso de becas para Empleados; y (ii) el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal debidamente acreditado, en el caso de becas para Hijos. Certificado Analítico original donde consten las notas obtenidas desde el comienzo de la carrera, incluidos los exámenes desaprobados. Si al momento de la presentación no se contara con el certificado analítico, deberá presentar provisoriamente fotocopia de la libreta de estudiante, de donde puedan extraerse las notas finales de cada materia, firmada por el postulante (en caso de becas para Empleados) o por el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal de aquél debidamente acreditado (en el supuesto de becas para Hijos). Copia íntegra del presente Reglamento, firmado en todas sus hojas por el postulante (en el caso de becas para Empleados), o por el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal de aquél debidamente acreditado (en el caso de becas para Hijos).

5 2.2.3. Los postulantes deberán presentar adicionalmente un certificado de inscripción a las materias a cursar en el año 2017. En caso de no ser posible entregarlo antes de la fecha límite de la presentación de la documentación, deberá presentar provisoriamente constancia del pedido de inscripción expedida por las autoridades universitarias. 2.2.4. No será recibida la documentación que presente: Enmiendas. Diferencias en los promedios generales informados en cada uno de los documentos a presentar. Ausencia de firmas y sellos que correspondan a cada formulario y/o Reglamento. 2.2.5. En caso que, por fuerza mayor, no se pudiera cumplimentar alguno de los requisitos solicitados en los puntos anteriores, los mismos podrán ser sustituidos provisoriamente siempre sujeto a la conformidad de la Fundación por una declaración jurada suscripta por el postulante (en el caso de becas para Empleados) o por el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal debidamente acreditado (en el caso de becas para Hijos). 2.2.6. Para completar su postulación, el aspirante deberá presentar la documentación requerida hasta el último día hábil del mes de marzo de 2017, quedando la beca en suspenso en el supuesto que le fuese otorgada hasta haberse cumplimentado la totalidad de los requisitos. 2.2.7. Aquellos alumnos que cambien de carrera y/o universidad deberán informarlo con anterioridad al 15 de abril de 2017 o último día hábil anterior. 2.2.8. La falta de cumplimiento oportuno de cualquiera de estos requisitos dejará sin efecto la postulación en forma automática, sin necesidad de aviso alguno. 2.2.9. La documentación presentada por los postulantes no favorecidos podrá ser retirada por aquellos contra recibo, hasta sesenta (60) días corridos después de anunciado el resultado del concurso. Pasado ese plazo, serán destruidos y no les asiste a los postulantes derecho alguno de reclamo sobre los mismos.

6 3. De la condición de becario - Comunicación de las becas 3.1. La Fundación comunicará el otorgamiento de la beca únicamente vía e-mail, a la dirección de correo electrónico ingresada por el postulante en el sitio web del Programa de Becas al Mérito. 3.2. Sin perjuicio de ello, la nómina de los seleccionados podrá ser publicada a través de la Intranet de las empresas indicadas en el listado que surge del Anexo I y/o del sitio web del Programa de Becas al Mérito y/o afiches y/o por otros medios que determine la Fundación. Los afiches serán instalados en las carteleras ubicadas en los lugares de trabajo del Empleado. 3.3. Con la correspondiente postulación, el becario y sus familiares prestan expresa conformidad con la realización de dichas comunicaciones y la incorporación de sus nombres, imágenes y otros datos en las mismas, renunciando a efectuar reclamo alguno al respecto. 4. De las obligaciones del becario - Depósito de la beca 4.1. El becario se compromete a notificar inmediata y fehacientemente por escrito a la Fundación lo siguiente: Cualquier modificación de su plan de estudios, cambio de carrera y de universidad, ya sea que éstas se produzcan o no por razones ajenas a su voluntad. Cualquier situación de fuerza mayor que le impida cumplir con su plan de estudios o reunir la documentación solicitada de seguimiento del programa académico. Cambio de domicilio y/o teléfono y/o dirección de e-mail y/o de cualquier otro de sus datos personales. Pérdida de la condición de alumno regular. Haber rendido la última materia de la carrera y obtenido el título profesional. Pérdida de la condición de Empleado del postulante (en el caso de becas para Empleados) o del padre, madre o representante legal debidamente acreditado (en el caso de becas para Hijos). La omisión del citado deber de información, o la modificación de las citadas y/o cualquiera de las condiciones que dieron origen a la asignación de la beca, podrá importar la pérdida de la misma a exclusivo criterio del Comité, sin que ello otorgue derecho al postulante a efectuar reclamo alguno.

7 4.2. El monto de la beca se entregará únicamente mediante transferencia bancaria, a través de dos (2) entregas anuales y en las condiciones indicadas en el presente Reglamento. El comprobante de transferencia bancaria servirá como constancia y recibo suficiente. 4.3. Para hacer efectiva la entrega de la primera parte de la beca (que consistirá en el cincuenta por ciento del monto total de la beca), el becario deberá presentar a la Fundación entre el 1 y el 23 de junio de 2017 la constancia original de alumno regular que avale su condición de estudiante de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento, y el Formulario de Autorización de Datos Bancarios, el cual deberá imprimir una vez cargados los datos de la cuenta bancaria en el sitio web. Dicho formulario deberá contar con la totalidad de los datos allí requeridos (entre los que se encuentran el nombre del banco; número de sucursal; tipo, número y CBU de la cuenta; nombre y apellido completo, DNI y CUIL/CUIT del titular de la cuenta, etc.) y estar firmado por el/los titulares de la cuenta bancaria. Asimismo, deberán adjuntar al formulario una constancia emitida por la entidad bancaria correspondiente, de la cual surjan los datos solicitados en el Formulario de Autorización de Datos Bancarios. 4.4. En caso de cumplirse con tales requisitos y siempre que a criterio del Comité el alumno continúe cumpliendo las condiciones indicadas en el presente Reglamento, la Fundación depositará en la cuenta autorizada el importe de la beca en el plazo que estime correspondiente. En caso de no cumplirse la totalidad de estas condiciones y/o que por cualquier causa no fuera posible la realización de tal depósito, la Fundación no realizará la transferencia bancaria del monto de la beca, no pudiendo el becario efectuar reclamo alguno al respecto. 4.5. La cuenta bancaria informada deberá ser de titularidad del postulante (en el caso de becas para Empleados) y de los padres y/o del representante legal debidamente acreditado del postulante (en el caso de becas para Hijos). La Fundación se reserva el derecho a requerir otra cuenta bancaria a satisfacción de la Fundación. La Fundación discrecionalmente podrá autorizar a que la beca sea depositada en una cuenta bancaria de titularidad de un tercero, siempre que ello cuente con la autorización expresa y escrita del postulante (en caso de becas para Empleados) y del postulante y sus padres o, en su caso, representante legal debidamente acreditado- que surjan del Formulario de Autorización de Datos Bancarios (en caso de becas para Hijos). De acuerdo a la normativa legal vigente, no podrán

8 informarse a estos fines cuentas bancarias donde sean depositados los importes correspondientes a planes sociales y/o a la Asignación Universal por Hijo. Tampoco podrán realizarse depósitos en cuentas bancarias a nombre de personas jurídicas. 4.6. Para hacer efectiva la entrega de la segunda parte de la beca (que consistirá en el restante cincuenta por ciento del monto total de la beca), la Fundación requiere al becario que, como condición previa, presente entre el 1 y el 15 de septiembre de 2017 la constancia de alumno regular actualizada que avale su condición de estudiante y de la cual se desprenda el cumplimiento del resto de los requerimientos establecidos en el presente Reglamento. En caso que la documentación no fuese presentada en tiempo y forma, la Fundación no tendrá obligación de entregar la segunda parte de la beca, por lo que el postulante no tendrá derecho a efectuar reclamo alguno. 4.7. La Fundación no se responsabiliza por el destino del dinero depositado en concepto de beca. Se encuentra expresamente prohibida la cesión de los derechos pecuniarios originados en la eventual obtención de la beca. 5. Reconocimiento para egresados de carreras de grado 5.1. Premio a la Excelencia 5.1.1. La finalidad del Premio a la Excelencia (en adelante, el Premio ) cuya naturaleza es distinta a las becas para Hijos y Empleados indicadas precedentemente consiste en distinguir con una suma dineraria y/o una medalla y/o un diploma, a discreción de la Fundación a los egresados de carreras universitarias de grado y universidades indicadas en el Anexo II del presente Reglamento, que se hayan graduado al 31 de diciembre del año 2016 con un promedio general de excelencia (nueve puntos o más). Es requisito excluyente que tales egresados hubiesen realizado dicha carrera en el plazo establecido en el plan de estudios pertinente o, en su caso, que no se hubiesen excedido en más de un año. 5.1.2. El Premio estará dirigido (i) al personal efectivo contrato por tiempo indeterminado de las empresas indicadas en el Anexo I y/o de cualquier otra empresa que la Fundación expresamente establezca dentro del ámbito de la República Argentina (en adelante, denominados Empleados ), y/o (ii) a los hijos de los Empleados (en adelante, denominado Hijos ), siempre que cumplan con las condiciones indicadas en el apartado 5 del presente Reglamento.

9 5.1.3. Para concursar para el Premio, los postulantes deberán registrarse en el sitio web: www.becastechint.org.ar, y seguir los pasos allí indicados. 5.1.4. Los aspirantes deberán presentar en los Centros de Recepción de Documentación que la Fundación informe oportunamente a través del sitio web del Programa de Becas al Mérito o vía e-mail, la siguiente documentación: Formulario de inscripción (el cual deberá ser descargado del sitio web) firmado por (i) el postulante, en el caso de Premio para Empleados; y (ii) el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal debidamente acreditado, en el caso de Premio para Hijos. Fotocopia del Certificado Analítico Completo con la firma y el sello original de una autoridad de la entidad educativa. Fotocopia de Título o Constancia de Título en Trámite con la firma y el sello original de una autoridad de la entidad educativa. Copia íntegra del presente Reglamento, firmado en todas sus hojas por el postulante (en el caso de Premio para Empleados), o por el postulante y sus padres o, en su caso, representante legal de aquél debidamente acreditado (en el caso de Premio para Hijos). 5.1.5. El Comité evaluará las postulaciones, determinará la cantidad de Premios a entregar y definirá a los ganadores según su exclusivo criterio, sin que la elección otorgue derecho a quienes no fueran seleccionados a efectuar reclamo alguno. 5.1.6. El otorgamiento del Premio será informado a los postulantes seleccionados de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del presente Reglamento. 5.1.7. Asimismo, si el Premio consistiera en la entrega de una única suma dineraria, la misma será entregada durante el año 2017 mediante transferencia bancaria realizada a la cuenta bancaria indicada, por quien haya obtenido el Premio, en el Formulario de Autorización de Datos Bancarios. Dicho formulario deberá contar con la totalidad de los datos allí requeridos (entre los que se encuentra el nombre del banco; N de sucursal; tipo, N y CBU de la cuenta; nombre y apellido completo, DNI y CUIL/CUIT del titular de la cuenta, etc.) y estar firmado por el/los titulares de la cuenta bancaria. Asimismo, deberán adjuntar al formulario una constancia emitida por la entidad bancaria correspondiente, de la cual surjan los datos solicitados en el Formulario de Autorización de Datos Bancarios. En lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en los puntos 4.5 y 4.7 del presente Reglamento.

10 Anexo I Sociedades ARHSA S.A. Asociación del Personal Superior de la Organización Techint Exiros.AR S.A. FerroExpreso Pampeano Sociedad Anónima Concesionaria Finma S.A. Fundación Hermanos Agustín y Enrique Rocca Metalmecánica S.A. Santa María S.A. ScrapService S.A. Siat Sociedad Anónima Siderar Sociedad Anónima Industrial y Comercial Siderca S.A.I.C. Sidernet S.A. Sigsa S.A. Sociedad Anónima de Mandatos y Administración S.A. Techinst S.A. Techint Ingeniería y Construcción Tecnología en Servicios Urbanos - Tesur S.A. Tecpetrol S.A. Tenaris Ingeniería de Argentina S.A. Tenaris Supply Chain Services S.A. Tisa S.A.

11 Anexo II Carreras Universitarias Ingeniería Geodesta y Geofísica Ingeniería Aeronáutica Ingeniería Ambiental Ingeniería Civil Ingeniería de Petróleo Ingeniería Eléctrica Ingeniería Electricista-Electrónica Ingeniería Electromecánica Ingeniería Electrónica Ingeniería en Computación Ingeniería en Construcciones Ingeniería en Informática Ingeniería en Materiales Ingeniería en Mecatrónica Ingeniería en Metalurgia Extractiva Ingeniería en Minas Ingeniería en Perforación Ingeniería en Recursos Naturales Renovables Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente Ingeniería en Sistemas de Información Ingeniería en Telecomunicaciones Ingeniería Hidráulica Ingeniería Industrial Ingeniería Mecánica Ingeniería Metalúrgica Ingeniería Naval Ingeniería Química e ingenierías afines Contador Público Lic. en Adm. de Empresas Lic. en Análisis de Sistemas Lic. en Ciencias Ambientales Lic. en Ciencias de la Computación Lic. en Economía Lic. en Energías Renovables Lic. en Física Lic. en Geofísica Lic. en Geología Lic. en Matemática Lic. en Química Lic. en Química Industrial Lic. en Higiene y Seguridad del Trabajo Lic. en Sistemas de Información Lic. en Proteccion y Saneamiento Ambiental y carreras afines Universidades Instituto Balseiro Instituto Sábato Instituto Tecnológico Buenos Aires Universidad Argentina de la Empresa Universidad Austral Universidad Católica Argentina Universidad Católica de Córdoba Universidad Católica de Rosario Universidad Católica de Salta Universidad Nacional de Buenos Aires Universidad Nacional de Córdoba Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Gral. San Martín Universidad Nacional de la Matanza Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco Universidad Nacional de La Plata Universidad Nacional de Luján Universidad Nacional de Mar del Plata Universidad Nacional de Río Cuarto Universidad Nacional de Rosario Universidad Nacional de Salta Universidad Nacional de San Juan Universidad Nacional de San Luis Universidad Nacional de Tucumán Universidad Nacional del Centro Universidad Nacional del Comahue Universidad Nacional del Litoral Universidad Nacional del Sur Universidad Tecnológica Nacional

12 www.becastechint.org.ar Para mayor información Podrá contactarse con la Fundación Hermanos Agustín y Enrique Rocca, Av. Córdoba 320 - Piso 7 - CP: 1054 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. E-mail: consultas@becastechint.org.ar