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Transcripción:

Relación de documentos. RELACION DE DOCUMENTOS Código de Barras DATOS GENERALES Aduana de Despacho Número de Patente o Autorización Nombre del Agente o Apoderado Aduanal Fecha de Emisión LISTADO DE PEDIMENTOS O NUMEROS DEL COVE Consecutivo Número de Pedimento Número del COVE NUMERO DE CONTENEDORES 1. 2. 3. 4. INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO RELACION DE DOCUMENTOS 3. Listado de Pedimentos o números de COVE 1. Consecutivo Consecutivo del pedimento y/o del número del COVE que se está declarando. 2. Número de pedimento Se deberán declarar todos los pedimentos o números del COVE(S) en consolidación de carga que amparen a las mercancías en trasporte en un mismo vehículo. 3. Número de COVE Se deberá declarar el(los) número(s) del COVE(S) obtenido(s) de la transmisión de la(s) factura(s), o lista de facturas o del comprobante que exprese el valor de las mercancías, que amparen las remesas de los pedimentos consolidados conforme al artículo 37 de la Ley, 58 de su Reglamento y la regla 1.9.17..

Pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías CODIGO DE BARRAS Número de pedimento Datos del vehículo Candados oficiales Contenedor(es) Tipo de mercancía Cantidad en Unidades de Comercialización Cantidad en Unidades de Tarifa NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: FIRMA ELECTRONICA AVANZADA: Nombre Instructivo de llenado de la forma pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías. CAMPO CONTENIDO 1.- Código de barras. Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT. 2.- Número de pedimento. El número asignado por el agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a: 2 dígitos, del año de validación; 2 dígitos, de la aduana de despacho; 4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la AGA al Agente, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos; 7 dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana; en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el numero 0000001. NOTA: blanco. Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en 3.- Datos del vehículo. Se anotará el número de contenedor o remolque, así como los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie. 4.- Candados oficiales 5.- Contenedores. Se anotarán los números de candados oficiales con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. Se anotará el número de contenedor o remolque, cuando proceda. Tratándose de operaciones por aduanas de la Frontera Norte y Sur y el medio de transporte es Ferrocarril se deberá declarar el número de identificación del equipo ferroviario ó número de contenedor. 6.- Tipo de mercancía. Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria. 7- Cantidad en Unidades de Comercialización. 8- Cantidad en Unidades de Tarifa. 9.- Número de serie del certificado. Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la factura o documento comercial respectivo. Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE. Número de serie del certificado de la firma electrónica avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho. 10. Firma Electrónica Avanzada. Firma Electrónica Avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho. 11 Nombre Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal o apoderado de almacén, o del mandatario del agente aduanal que promueva.

Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías CODIGO DE BARRAS Número de pedimento Datos del vehículo Candados oficiales Contenedor(es) Tipo de mercancía Cantidad en Unidades de Comercialización Cantidad en Unidades de Tarifa Número de serie del certificado: Firma Electrónica Avanzada: Nombre Instructivo de llenado de la forma pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías. CAMPO CONTENIDO 1.- Código de barras. Se imprimirá en este espacio el código de barras bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo que proporciona el SAT. 2.- Número de pedimento. El número asignado por el agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a: 2 dígitos, del año de validación; 2 dígitos, de la aduana de despacho; 4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la AGA al Agente o Apoderado Aduanal, Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios para completar 4 dígitos; 7 dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana, en la que se encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente, apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de pedimento, empezando cada año con el numero 0000001. NOTA: Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en blanco. 3.- Datos del vehículo. Se anotará el número de contenedor o remolque, así como los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía, como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie. 4.- Candados oficiales. 5.- Contenedores. Se anotarán los números de candados oficiales con los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. Se anotará el número de contenedor o remolque, cuando proceda. Tratándose de operaciones por aduanas de la Frontera Norte y Sur y el medio de transporte es Ferrocarril se deberá declarar el número de identificación del equipo ferroviario ó número de contenedor 6.- Tipo de mercancía. Se anotará la descripción de las mercancías, naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su clasificación arancelaria. 7.- Cantidad en Unidades de Comercialización. 8.- Cantidad en Unidades de Tarifa Se anotará la cantidad de mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la factura o documento comercial respectivo. Se anotará la cantidad de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la TIGIE. 9.- Número de serie del Número de serie del certificado de la firma electrónica avanzada del agente aduanal,

certificado apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho 10.- Firma Electrónica Avanzada Firma Electrónica Avanzada del agente aduanal, apoderado aduanal, apoderado de almacén o mandatario del agente aduanal, que promueve el despacho. 11.- Nombre Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente aduanal o de almacén, o el mandatario de agente aduanal que promueva y su firma autógrafa.

Formato para Impresión Simplificada del Pedimento La impresión simplificada del Pedimento es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente, con la información transmitida al SAAI en el momento de la elaboración del pedimento a que se refiere el Instructivo para el llenado del pedimento del Anexo 22. Este formato deberá presentarse en un ejemplar. Este formato no será aplicable tratándose de las operaciones previstas en las reglas 3.1.12, fracción II, 3.5.1, fracción II, 3.5.3, 3.5.4, 3.5.5, 3.5.7, 3.5.8 y 3.5.10 en las cuales se deberá presentar el pedimento en la forma oficial aprobada, en un ejemplar destinado al importador. A continuación se presentan los diferentes bloques que pueden conformar la impresión simplificada de un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos. Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, éste se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran. La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación: INFORMACION Encabezados de Bloque FORMATO DE LETRA Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. Nombre del Campo Información Declarada Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente. El formato de impresión para todas las fechas será: DD/MM/AAAA Donde DD Es el día a dos posiciones. Dependiendo del mes que se trate, puede ser de 01 a 31. MM Es el número de mes. (01 a 12). AAAA Es el año a cuatro posiciones. ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque de toda impresión simplificada del pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de selección automatizada y la certificación de las instituciones bancarias autorizadas para recibir el pago de recaudaciones fiscales al comercio exterior. La impresión del sub-bloque denominado CUADRO DE LIQUIDACION es obligatorio cuando el pago se realice por Ventanilla Bancaria y cuando se realice el pago por expedición de certificado de importación de SAGARPA. IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO NUM. PEDIMENTO: T. OPER CVE. PEDIMENTO: CERTIFICACIONES DESTINO: PESO BRUTO: ADUANA E/S: DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR ACUSE ELECTRONICO VALIDACION: DE CODIGO DE BARRAS CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO: MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS:

FECHAS CUADRO DE LIQUIDACION CONCEPTO F.P. IMPORTE CONCEPTO F.P. IMPORTE TOTALES EFECTIVO OTROS TOTAL ENCABEZADO PARA PAGINAS SECUNDARIAS DE LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación. ANEXO DEL PEDIMENTO Página M de N NUM. PEDIMENTO: TIPO OPER: CVE. PEDIM: PIE DE PAGINA DE TODAS LAS HOJAS DE LA IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento. Deberán aparecer la firma electrónica avanzada del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén. Cuando el pedimento lleve del mandatario, deberán aparecer su firma electrónica avanzada y nombre después de los del Agente Aduanal. AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN NOMBRE O RAZ. SOC: DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL NOMBRE: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA ARTICULO 81 DE LA LEY ADUANERA: PATENTE O AUTORIZACION: NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: FIRMA ELECTRONICA AVANZADA: CANDADO(S) Para el renglón denominado NUMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números de candados. El renglón 1RA. REVISION y el renglón 2DA. REVISION solamente se imprimen una sola vez NUMERO DE CANDADO 1RA. REVISION 2DA. REVISION GUIAS, MANIFIESTOS O CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE

Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres números de guías, manifiestos o números de orden del conocimiento de embarque (número e identificador). NUMERO (GUIA/ORDEN EMBARQUE)/ID: CONTENEDORES/CARRO DE FERROCARRIL/NUMERO ECONOMICO DEL VEHICULO Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información de contenedores, carro de ferrocarril y número económico de vehículo. (número y tipo). NUMERO/TIPO Números del COVE Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de cuatro números NÚMERO DEL COVE NOTA: La información de número del COVE, únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente. IDENTIFICADORES (NIVEL PEDIMENTO) CLAVE/COMPL. IDENTIFICADOR COMPLEMENTO 1 COMPLEMENTO 2 COMPLEMENTO 3 NOTA: Este bloque únicamente deberá imprimirse con el identificador correspondiente a las operaciones previstas en la regla 3.1.12, fracción I. E-DOCUMENTS Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de cuatro números de E-DOCUMENT. NÚMERO DE E-DOCUMENT NOTA: La información de renglones, únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente. DATOS DEL TRANSPORTE Y TRANSPORTISTA TRANSPORTE IDENTIFICACION: PAIS: TRANSPORTISTA CURP RFC DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO NOTA: Este bloque deberá ser impreso cuando electrónicamente se haya enviado esta información. OBSERVACIONES El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar conveniente manifestar alguna observación relacionada con el pedimento. PIE DE PAGINA DEL FORMATO DE IMPRESION SIMPLIFICADA DEL PEDIMENTO

El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último bloque de la impresión simplificada del pedimento. Deberán aparecer el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén, el número de serie del certificado y la firma electrónica avanzada. AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN NOMBRE O RAZ. SOC: NOMBRE: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: FIRMA ELECTRONICA AVANZADA: El pago de las contribuciones puede realizarse mediante el servicio de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), conforme a lo establecido en la regla 1.6.2., con la posibilidad de que la cuenta bancaria de la persona que contrate los servicios sea afectada directamente por el Banco. El agente o apoderado aduanal que utilice el servicio de PECA, deberá imprimir la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, conforme al Apéndice 20 Certificación de Pago electrónico Centralizado del Anexo 22. El Importador-Exportador podrá solicitar la certificación de la información contenida en este pedimento en: Administración General de Aduanas, Administración de Operación Aduanera 7, Av. Hidalgo Núm. 77, Módulo IV, P.B., Col. Guerrero C.P. 06300. México, D.F NOTA: Cuando el pedimento lleve la firma electrónica avanzada del agente aduanal, no se deberán imprimir los datos del mandatario; tratándose de la leyenda de Pago Electrónico Centralizado Aduanero (PECA), ésta se deberá imprimir en el Pie de Página del pedimento, únicamente en la primera hoja IMPRESIÓN SIMPLIFICADA DEL COVE La impresión simplificada del COVE es un formato conformado por bloques, en el cual se deberán imprimir únicamente los bloques que se indican en el presente, para efectos de lo previsto en la fracción II del artículo 58 del Reglamento y la regla 3.1.31 Este formato deberá presentarse en un ejemplar. A continuación se presentan los diferentes bloques que deberán conformar la impresión simplificada del COVE, citando la forma en la que deberán ser impresos. Deberá realizarse de preferencia con impresora láser en papel tamaño carta y con el formato de letra que se señala a continuación: Encabezados de Bloque INFORMACION FORMATO DE LETRA Arial 9 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. De preferencia, los espacios en donde se presenten encabezados deberán imprimirse con sombreado de 15%. Nombre del Campo Información Declarada Arial 8 Negritas u otra letra de tamaño equivalente. Arial 9 u otra letra de tamaño equivalente.

ENCABEZADO PRINCIPAL DEL COVE El encabezado principal deberá imprimirse como primer bloque de toda impresión simplificada del COVE. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de selección automatizada. IMPRESION SIMPLIFICADA DEL COVE NUM. PEDIMENTO: ADUANA E/S CERTIFICACIONES DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR ACUSE ELECTRONICO DE VALIDACION: NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL: CODIGO DE BARRAS CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO: DATOS DEL VEHICULO MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS: ENCABEZADO PARA PAGINAS SECUNDARIAS DE LA IMPRESION SIMPLIFICADA DE COVE El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación. ANEXO DEL PEDIMENTO Página M de N NUM. PEDIMENTO: TIPO OPER: CVE. PEDIM: RFC NUMERO DEL COVE Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de cuatro números. NÚMERO DE E-DOCUMENT NOTA: La información de renglones, únicamente tendrá que ser impreso cuando esta información haya sido transmitida electrónicamente. CANDADO(S) Para el renglón denominado NUMERO DE CANDADO se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de seis números de candados El renglón 1RA. REVISION y el renglón 2DA. REVISION solamente se imprimen una sola vez NUMERO DE CANDADO 1RA. REVISION 2DA. REVISION CONTENEDORES Se podrán imprimir tantos renglones como sean necesarios y en cada uno se podrá declarar la información hasta de tres contenedores (número y tipo). NUMERO / TIPO DE CONTENEDOR:

OBSERVACIONES El bloque correspondiente a observaciones deberá ser impreso cuando se haya enviado electrónicamente esta información, por considerar conveniente manifestar alguna observación relacionada con la factura o comprobante que expresa el valor de las mercancías. Asimismo cuando se declare los e-documents relacionados con la digitalización de los documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias. PIE DE PAGINA DEL FORMATO DE IMPRESION SIMPLIFICADA DEL COVE El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior como último bloque de la impresión simplificada del COVE. Deberán aparecer el RFC, CURP y nombre del Agente Aduanal, Apoderado Aduanal o Apoderado de Almacén, el número de serie del certificado y la firma electrónica avanzada de la transmisión a que se refiere la regla 1.9.17. AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN NOMBRE O RAZ. SOC: NOMBRE: NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO: FIRMA ELECTRONICA AVANZADA: MANDATARIO/PERSONA AUTORIZADA